Concursos Literarios

 

 

 


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PREMIO DE DRAMATURGIA JUAN RUIZ DE ALARCÓN 2019 (México)

26:04:2019

Género:  Dramaturgia, obra publicada

Premio:   $ 500.000 y diploma

Abierto a:  dramaturgas y dramaturgos propuestos de nacionalidad mexicana o extranjera residentes en México, sin importar su lugar de residencia, estatus legal o migratorio, y cuya trayectoria haya enaltecido el teatro mexicano

Entidad convocante: Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y el Gobierno del Estado de Guerrero

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   26:04:2019

 

BASES

 

La Secretaría de Cultura, en conjunto con el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, y el Gobierno del Estado de Guerrero, a través de la Secretaría de Cultura del Estado de Guerrero, convocan al

Premio de Dramaturgia
Juan Ruiz de Alarcón 2019

BASES

DE LAS Y LOS PARTICIPANTES
PRIMERA. Podrán ser propuestos dramaturgas y dramaturgos de nacionalidad mexicana o extranjera y dramaturgas y dramaturgos, cuya obra esté escrita en una de las lenguas incluidas en el Catálogo de Lenguas Indígenas Nacionales (http://www.inali.gob.mx/clin-inali/), sin importar su lugar de residencia, estatus legal o migratorio, y cuya trayectoria haya enaltecido el teatro mexicano. Las dramaturgas y dramaturgos extranjeros deberán comprobar su residencia actual en México por un mínimo de 5 años.
SEGUNDA. No podrán ser candidatas o candidatos al Premio:
1. Autoras y autores que lo hayan recibido con anterioridad.
2. Trabajadoras y trabajadores de cualquiera de las instituciones convocantes bajo cualquier esquema y nivel de contratación (base, plaza, confianza, honorarios). Esto incluye a las personas que ingresen o dejen de laborar en estas instituciones en cualquier momento del proceso del concurso.

DE LAS PROPUESTAS
TERCERA. Compañías, escuelas e instituciones teatrales, públicas y privadas, podrán hacer propuestas, en las que se incluya lo siguiente:
a) Una justificación, con una extensión máxima de 2 cuartillas, que exprese los merecimientos de las candidatas o candidatos.
b) Currículum vitae de la o el candidato. En el caso de las candidaturas en una de las lenguas incluidas en el Catálogo de Lenguas Indígenas Nacionales se deberá indicar en qué lengua está hecha la propuesta y anexar la traducción al español de los incisos a y b.
c) Acta de nacimiento de la persona propuesta.
CUARTA. En caso de no cumplir con todos los documentos, la propuesta será descartada.
QUINTA. No serán consideradas candidaturas que no hayan sido postuladas y registradas en tiempo y forma antes de la fecha límite estipulada.

DEL JURADO CALIFICADOR
SEXTA. Será designado por las instituciones convocantes y estará integrado por 3 personas, entre quienes habrá escritores, críticos e investigadores de reconocido prestigio.

RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
SÉPTIMA. Se llevará a cabo vía digital en la plataforma de participación de los Premios Bellas Artes de Literatura (http://bit.ly/PBA20192FJai2u), la cual estará abierta desde la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta el 26 de abril de 2019 a las 23:59 (hora de la Ciudad de México). Siguiendo las instrucciones de la plataforma, al concluir el registro se generará una plica con folio, misma que será llenada a mano por los proponentes y enviada por correo postal o mensajería a la dirección indicada en dicha plataforma. Se entiende por plica una hoja con los datos de contacto del autor en sobre cerrado. Por fuera, el sobre llevará rotulado el título de la obra y el seudónimo.
OCTAVA. Las plicas se depositarán en una notaría pública con domicilio en la ciudad de Guerrero.

EVALUACIÓN Y FALLO
NOVENA. Será facultad de las instituciones organizadoras no aceptar aquellas candidaturas que no cumplan con los requisitos establecidos en los rubros “De las propuestas” y “Recepción de propuestas” de la presente convocatoria, y dejará constancia de ello.
DÉCIMA. El fallo del Jurado se realizará a puerta cerrada y será definitivo e inapelable.

PREMIACIÓN
DÉCIMA PRIMERA. El Premio es único e indivisible y no podrá ser concedido a título póstumo.
DÉCIMA SEGUNDA. La ganadora o ganador del Premio recibirá un diploma y la cantidad de $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
DÉCIMA TERCERA. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura notificará a la autora o autor que haya resultado ganador del Premio.
DÉCIMA CUARTA. El acto de premiación tendrá lugar en el mes de mayo en la inauguración de las XXXII Jornadas Alarconianas, en Taxco, Guerrero. La hora precisa será establecida por las instituciones convocantes.
DÉCIMA QUINTA. Las instituciones convocantes darán a conocer el nombre de la ganadora o ganador del Premio en sus respectivas páginas electrónicas y redes sociales en el mes de mayo de 2019.
DÉCIMA SEXTA. En caso de que el Premio sea declarado desierto, las instituciones convocantes se reservan la decisión de emplear el recurso económico correspondiente para apoyar actividades teatrales.
DÉCIMA SÉPTIMA. Las instituciones convocantes cubrirán el traslado de la ganadora o ganador del Premio en el territorio nacional, desde su lugar de residencia, así como la estancia correspondiente para que la ganadora o ganador asista al acto de premiación.

DISPOSICIONES GENERALES
DÉCIMA OCTAVA. Las compañías, escuelas e instituciones teatrales, públicas y privadas que hagan las propuestas aceptan íntegra e incondicionalmente el contenido y condiciones de las presentes bases.
DÉCIMA NOVENA. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el jurado y las instituciones convocantes.


Sede:
Secretaría de Cultura de Guerrero
Subsecretaría de Formación y Vinculación Cultural
Av. Costera Miguel Alemán 4834
Fraccionamiento Costa Azul C.P. 39850
Acapulco, Guerrero
Teléfono: (01 744) 484 71 68
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Página web: www.secretariadeculturaguerrero.gob.mx

Mayores informes

Coordinación Nacional de Literatura
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura
Teléfono: (01 55) 47 38 63 00, ext. 6728 y 6729
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Página web: www.literatura.bellasartes.gob.mx

 

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 COEDICIÓN DE LOS PREMIOS BELLAS ARTES DE LITERATURA 2019 (México)

30:04:2019

Género:  coedición libro

Premio:   Entre $ 20.000 y $ 30.000

Abierto a:  editoriales mexicanas

Entidad convocante: Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL)

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   30:04:2019

 

BASES

 

El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), a través de la Coordinación Nacional de Literatura (CNL), convoca a

Coedición de los Premios Bellas Artes de Literatura 2019


BASES

DE LAS Y LOS PARTICIPANTES

PRIMERA. Podrán participar las editoriales mexicanas, sin importar su lugar de residencia en el país, que cuenten con un catálogjo propio y con colecciones literarias que incluyan los géneros afines a la naturaleza de los premios.

SEGUNDA. Las obras por coeditar serán las ganadoras de los siguientes premios:
1. Premio Bellas Artes Baja California de Dramaturgia Luisa Josefina Hernández
2. Premio Bellas Artes Buzón Penitenciario 2019 en dos Géneros: 25º Concurso Nacional de Cuento José Revueltas y 24º Concurso Nacional de Poesía Salvador Díaz Mirón
3. Premio Bellas Artes de Crónica Literaria Carlos Montemayor
4. Premio Bellas Artes de Cuento Infantil Juan de la Cabada
5. Premio Bellas Artes de Ensayo Literario José Revueltas
6. Premio Bellas Artes de Literatura en Lenguas Indígenas
7. Premio Bellas Artes de Minificción Edmundo Valadés
8. Premio Bellas Artes de Novela José Rubén Romero
9. Premio Bellas Artes de Obra de Teatro Para Niñas, Niños y Jóvenes Perla Szuchmacher
10. Premio Bellas Artes Juan Rulfo para Primera Novela
11. Premio Bellas Artes San Luis Potosí de Cuento Amparo Dávila


DEL CONVENIO DE COEDICIÓN

TERCERA. Los convenios se celebrarán entre la Coordinación Nacional de Literatura del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y cada editorial seleccionada, que amparará sólo la primera edición de la obra que haya ganado uno de los Premios Bellas Artes.

CUARTA. Las editoriales seleccionadas recibirán de la Coordinación Nacional de Literatura un monto mínimo de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.) y un monto máximo de $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.) para cubrir un porcentaje de la producción editorial, cuyo tiraje será de común acuerdo y la distribución entre ambas partes será proporcional.

QUINTA. Se considerará el monto de los premios y la selección y contratación de jurados como una aportación al proyecto de coedición entre la CNL y las editoriales.

SEXTA. Cuando una contraparte de los estados se sume con una aportación económica, se integrará su participación al documento del convenio y recibirá un porcentaje proporcional del tiraje, así como la inclusión de su logotipo.


DE LA PROPUESTA DE EDICIÓN

SÉPTIMA. Cada editorial podrá participar con una sola propuesta.

OCTAVA. Las propuestas de edición deben incluir una semblanza del sello editorial y los géneros literarios que publica, señalando la colección a la que se integrará la obra ganadora, así como sus características editoriales (medidas del libro, tipo de papel, tipografía, portada, cintillo, etc.).

NOVENA. Las editoriales postulantes deberán integrar en su propuesta una cotización de edición e impresión, tomando como extensión tentativa del libro 100 páginas en formato media carta (14 x 21). Esto con el objetivo de valorar presupuestos. La cotización final se realizará una vez conocida la extensión del libro ganador.

DÉCIMA. Se incluirá en la propuesta el mecanismo actual de distribución de la editorial, anexando convenios de distribución en librerías y otros puntos de venta, si los hubiere.


DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

DÉCIMA PRIMERA. Las propuestas que se reciban deberán incluir los siguientes documentos, en regla y vigentes:
—Acta constitutiva de la editorial
—Poder notarial del representante legal
—Identificación oficial del representante legal
—RFC de la editorial
—Comprobante de domicilio fiscal reciente


DEL COMITÉ DICTAMINADOR

DÉCIMA SEGUNDA. Estará integrado por editores de reconocido prestigio y representantes de la Coordinación Nacional de Literatura.


DE LA RECEPCIÓN DE PROPUESTAS

DÉCIMA TERCERA. Las propuestas se enviarán a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

DÉCIMA CUARTA. La recepción de las propuestas finaliza el 30 de abril de 2019, a las 23:59 (hora de la Ciudad de México).

DÉCIMA QUINTA. La Coordinación Nacional de Literatura hará una revisión administrativa de las propuestas recibidas, según las cláusulas “De la propuesta de edición” y “De la documentación requerida”, descartará aquellas incompletas y dejará registro de ello.

DÉCIMA SEXTA. Las editoriales deberán enviar un ejemplar de muestra de su catálogo editorial a la Coordinación Nacional de Literatura: República de Brasil 37, Col. Centro, CP 06020, Ciudad de México, Tel. (01 55) 47 38 63 00.


DE LA EVALUACIÓN Y DICTAMEN

DÉCIMA SÉPTIMA. La Coordinación Nacional de Literatura buscará diversidad, pluralidad y representatividad en la selección de editoriales. Las propuestas deberán ser originales, viables y propositivas.

DÉCIMA OCTAVA. La Coordinación Nacional de Literatura dará a conocer los resultados el 31 de mayo a través de sus redes sociales y página electrónica.

DÉCIMA NOVENA. La selección y asignación por parte del comité dictaminador se emitirá a puerta cerrada y será definitivo e inapelable.

VIGÉSIMA. La titularidad de los derechos de autor corresponde a las autoras y autores, quienes firmarán un contrato con la editorial seleccionada para publicar su obra.


DEL TIRAJE Y EL PRECIO DE VENTA

VIGÉSIMA PRIMERA. El tiraje, que será acordado por la editorial y la Coordinación Nacional de Literatura, será distribuido de acuerdo con el porcentaje de participación económica de ambos coeditores.

VIGÉSIMA SEGUNDA. El precio de venta será acordado por la editorial y la Coordinación Nacional de Literatura.

VIGÉSIMA TERCERA. Será compromiso de las editoriales hacer llegar ejemplares suficientes y de manera oportuna a las presentaciones de los libros en cualquier punto del país donde éstas se verifiquen.

VIGÉSIMA CUARTA. Las editoriales tendrán prioridad en la promoción y comercialización de sus ejemplares.

 
Fuente: literatura.inba.gob.mx

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 XXXVII PREMIOS LITERARIOS CIUTAT DE VALÈNCIA 2019 - POESÍA EN CASTELLANO JUAN GIL-ALBERT (España)

20:05:2019

Género:  Poesía

Premio:   6.000 € y edición

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante: Ayuntamiento de València

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   20:05:2019

 

BASES

 

El plazo de presentación de originales acaba el próximo 20 de mayo de 2019.

BASES

1. Las presentes bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios “Ciutat de València” en su XXXVII edición y se regirán según lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la indicada ley, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos (OGS) aprobada por acuerdo de 28 de julio de 2016 y publicada en el BOP el 2 de noviembre de 2016, siendo el procedimiento seguido el régimen de concurrencia competitiva.

La presente edición comprende las siguientes modalidades:

- Premio de Narrativa en valenciano Isabel de Villena.
- Premio de Narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez.

- Premio de Poesía en valenciano María Beneyto.
- Premio de Poesía en castellano Juan Gil-Albert.

- Premio de Teatro en valenciano Eduard Escalante.
- Premio de Teatro en castellano Max Aub.

- Premio de Ensayo en castellano Celia Amorós
- Premio de Ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués.


El crédito presupuestario al que se imputa el importe total de 72.000,00 € será con cargo a la aplicación presupuestaria EP730 33400 48100, denominada “transf. premios, becas, pens. estud. investig.” del vigente presupuesto municipal y cuyo gasto se aplicará a la propuesta 2019/666, Ítems.: 2019/036030-036040-036050-036060-036080-036090- 036100 i 036120.

2. Podrán presentarse a los premios de narrativa todas las obras (novelas y cuentos) escritas en el idioma especificado en la base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio.

3. Podrán presentarse a los premios de poesía todas las obras escritas en el idioma especificado en la base 1 con una extensión mínima de 400 versos.

4. Podrán presentarse a los premios de teatro todas las obras escritas en el idioma especificado en la base 1, con una extensión que, escenificadas, tengan una duración propia de las representaciones teatrales.

5. Podrán presentarse a los premios de ensayo todas las obras (textos filosóficos, de pensamiento, aforismos, diarios, memorias…) escritas respectivamente en el idioma especificado en la base 1 cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio. Quedan expresamente excluidas las tesis doctorales y el ámbito de la investigación.

6. Podrán participar en los Premios Literarios Ciutat de València las personas físicas mayores de edad que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, y con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio, las personas que resulten premiadas tendrán que acreditar no encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, así como acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro.

7. Se excluirán como aspirantes a quienes hubieran obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Así mismo, no podrán presentarse obras de personas que hayan muerto antes de la apertura del periodo de presentación de originales.

8. Las obras presentadas tienen que ser originales e inéditas, y, en el caso de las obras de teatro, no estrenadas, ni dadas a conocer en lectura pública, ni editadas antes de la concesión del premio.

En cuanto a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.

En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la cual, según el parecer del jurado, concurran las siguientes características:

a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.

b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de autoría ajena (en este caso, citando siempre la referencia). No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.

9. Habrá de presentarse cinco ejemplares originales impresos con las páginas numeradas y en perfectas condiciones de legibilidad, todas las obras se presentarán con pseudónimo y habrá de adjuntarse una plica cerrada, en cuyo exterior constará el pseudónimo correspondiente y el título de la obra, y en el interior los datos pertinentes (nombre, dirección, teléfono, correo electrónico y una breve nota bibliográfica) y adjuntando fotocopia de DNI, NIE o pasaporte. La plica solo se abrirá en caso de que la obra resulte ganadora.

10. Las obras podrán presentarse en el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. Los trabajos tendrán que dirigirse al Ayuntamiento de Valencia, Registro General, plaza del Ayuntamiento, 1, 46002 Valencia, pudiendo presentarse directamente a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento o de los otros órganos administrativos que establece el artículo 16.4

de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, haciendo constar en la instancia “Premios Literarios Ciutat de València” y la modalidad a la cual concurren.

11. A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos premios, así como del importe de la respectiva dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria EP730 33400 48100, que será la siguiente:

- Premio de Narrativa en valenciano Isabel de Villena 12.000 €
- Premio de Narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez 12.000 €
- Premio de Poesía en valenciano María Beneyto 6.000 €
- Premio de Poesía en castellano Juan Gil-Albert 6.000 €
- Premio de Teatro en valenciano Eduard Escalante 8.000 €
- Premio de Teatro en castellano Max Aub 8.000 €
- Premio de Ensayo en castellano Celia Amorós 10.000 €
- Premio de Ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués 10.000 €

Los premios se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex aequo. El importe de estos premios estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento de su entrega, y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por las personas ganadoras.

De conformidad con el art. 30.7 de la Ley General de Subvenciones, el otorgamiento de estos premios no requiere de justificación ulterior.

12. Mediante un acuerdo de coedición con el Ayuntamiento de Valencia, las obras ganadoras de los Premios Ciutat de València serán publicadas por las siguientes editoriales, especializadas en cada una de las modalidades de los premios:

· Edicions Bromera: premios “Isabel de Villena”, “María Beneyto” y “Eduard Escalante”.
· Edicions del Bullent: Premio “Josep Vicent Marqués”.
· Editorial Pre-Textos: premios “Vicente Blasco Ibáñez”, “Juan Gil-Albert” i “Celia Amorós”.
· Editorial Ñaque: Premio “Max Aub”.

13. Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, que se producirá antes de la finalización del año natural, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios Ciutat de València, esta tendrá que comunicarlo por escrito a este ayuntamiento, a fin de que el jurado no la tenga en consideración en la decisión del correspondiente premio.

14. El jurado que valorará las obras presentadas a cada uno de los premios estará integrado por los siguientes componentes:

• Presidente: el alcalde, o concejala o concejal en quien delegue.
• Vocales: cuatro, de elección por el Ayuntamiento entre personas de la literatura, de la crítica literaria, de la investigación y docentes de la universidad de acreditado prestigio.

• Secretario: el secretario general de la Administración municipal o personal funcionario en quien este delegue.

15. En función del número de obras presentadas, podrá constituirse una comisión integrada por personal especializado elegido por el Ayuntamiento con objeto de proceder a la previa selección de las obras finalistas a valorar por el jurado.

16. El jurado de cada uno de los premios podrá no adjudicarlo si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.

17. La decisión del jurado, con carácter de inapelable, será elevada por la Alcaldía a acto administrativo, siendo competente para conceder este tipo de subvenciones, habiendo delegado dicha competencia en la Junta de Gobierno Local, de conformidad con la Resolución de Alcaldía número 20, de 26 de junio de 2015, pudiendo ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de procedimiento administrativo.

18. La concesión del premio se publicará en la página web municipal
y se notificará a las personas premiadas por los medios previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las administraciones públicas.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de las obras.
La resolución se notificará a los interesados y pondrá fin a la vía administrativa, contra la que se podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución, o bien recurrir directamente ante la orden jurisdiccional contencioso-administrativa en la forma y plazos previstos en la ley reguladora de dicha Jurisdicción.

19. Todos los ejemplares de las obras presentadas serán destruidos.

20. La presentación de originales a cualquiera de estos premios supone la plena aceptación de las presentes bases, sin perjuicio de su posible impugnación de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre procedimiento administrativo.


Fuente


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 XXXVII PREMIOS LITERARIOS CIUTAT DE VALÈNCIA 2019 - NARRATIVA EN CASTELLANO VICENTE BLASCO IBÁÑEZ (España)

20:05:2019

Género:  Novela, cuento

Premio:   12.000 € y edición

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante: Ayuntamiento de València

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   20:05:2019

 

BASES

 

El plazo de presentación de originales acaba el próximo 20 de mayo de 2019.

BASES

1. Las presentes bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios “Ciutat de València” en su XXXVII edición y se regirán según lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la indicada ley, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos (OGS) aprobada por acuerdo de 28 de julio de 2016 y publicada en el BOP el 2 de noviembre de 2016, siendo el procedimiento seguido el régimen de concurrencia competitiva.

La presente edición comprende las siguientes modalidades:

- Premio de Narrativa en valenciano Isabel de Villena.
- Premio de Narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez.

- Premio de Poesía en valenciano María Beneyto.
- Premio de Poesía en castellano Juan Gil-Albert.

- Premio de Teatro en valenciano Eduard Escalante.
- Premio de Teatro en castellano Max Aub.

- Premio de Ensayo en castellano Celia Amorós
- Premio de Ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués.


El crédito presupuestario al que se imputa el importe total de 72.000,00 € será con cargo a la aplicación presupuestaria EP730 33400 48100, denominada “transf. premios, becas, pens. estud. investig.” del vigente presupuesto municipal y cuyo gasto se aplicará a la propuesta 2019/666, Ítems.: 2019/036030-036040-036050-036060-036080-036090- 036100 i 036120.

2. Podrán presentarse a los premios de narrativa todas las obras (novelas y cuentos) escritas en el idioma especificado en la base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio.

3. Podrán presentarse a los premios de poesía todas las obras escritas en el idioma especificado en la base 1 con una extensión mínima de 400 versos.

4. Podrán presentarse a los premios de teatro todas las obras escritas en el idioma especificado en la base 1, con una extensión que, escenificadas, tengan una duración propia de las representaciones teatrales.

5. Podrán presentarse a los premios de ensayo todas las obras (textos filosóficos, de pensamiento, aforismos, diarios, memorias…) escritas respectivamente en el idioma especificado en la base 1 cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio. Quedan expresamente excluidas las tesis doctorales y el ámbito de la investigación.

6. Podrán participar en los Premios Literarios Ciutat de València las personas físicas mayores de edad que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, y con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio, las personas que resulten premiadas tendrán que acreditar no encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, así como acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro.

7. Se excluirán como aspirantes a quienes hubieran obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Así mismo, no podrán presentarse obras de personas que hayan muerto antes de la apertura del periodo de presentación de originales.

8. Las obras presentadas tienen que ser originales e inéditas, y, en el caso de las obras de teatro, no estrenadas, ni dadas a conocer en lectura pública, ni editadas antes de la concesión del premio.

En cuanto a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.

En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la cual, según el parecer del jurado, concurran las siguientes características:

a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.

b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de autoría ajena (en este caso, citando siempre la referencia). No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.

9. Habrá de presentarse cinco ejemplares originales impresos con las páginas numeradas y en perfectas condiciones de legibilidad, todas las obras se presentarán con pseudónimo y habrá de adjuntarse una plica cerrada, en cuyo exterior constará el pseudónimo correspondiente y el título de la obra, y en el interior los datos pertinentes (nombre, dirección, teléfono, correo electrónico y una breve nota bibliográfica) y adjuntando fotocopia de DNI, NIE o pasaporte. La plica solo se abrirá en caso de que la obra resulte ganadora.

10. Las obras podrán presentarse en el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. Los trabajos tendrán que dirigirse al Ayuntamiento de Valencia, Registro General, plaza del Ayuntamiento, 1, 46002 Valencia, pudiendo presentarse directamente a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento o de los otros órganos administrativos que establece el artículo 16.4

de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, haciendo constar en la instancia “Premios Literarios Ciutat de València” y la modalidad a la cual concurren.

11. A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos premios, así como del importe de la respectiva dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria EP730 33400 48100, que será la siguiente:

- Premio de Narrativa en valenciano Isabel de Villena 12.000 €
- Premio de Narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez 12.000 €
- Premio de Poesía en valenciano María Beneyto 6.000 €
- Premio de Poesía en castellano Juan Gil-Albert 6.000 €
- Premio de Teatro en valenciano Eduard Escalante 8.000 €
- Premio de Teatro en castellano Max Aub 8.000 €
- Premio de Ensayo en castellano Celia Amorós 10.000 €
- Premio de Ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués 10.000 €

Los premios se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex aequo. El importe de estos premios estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento de su entrega, y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por las personas ganadoras.

De conformidad con el art. 30.7 de la Ley General de Subvenciones, el otorgamiento de estos premios no requiere de justificación ulterior.

12. Mediante un acuerdo de coedición con el Ayuntamiento de Valencia, las obras ganadoras de los Premios Ciutat de València serán publicadas por las siguientes editoriales, especializadas en cada una de las modalidades de los premios:

· Edicions Bromera: premios “Isabel de Villena”, “María Beneyto” y “Eduard Escalante”.
· Edicions del Bullent: Premio “Josep Vicent Marqués”.
· Editorial Pre-Textos: premios “Vicente Blasco Ibáñez”, “Juan Gil-Albert” i “Celia Amorós”.
· Editorial Ñaque: Premio “Max Aub”.

13. Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, que se producirá antes de la finalización del año natural, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios Ciutat de València, esta tendrá que comunicarlo por escrito a este ayuntamiento, a fin de que el jurado no la tenga en consideración en la decisión del correspondiente premio.

14. El jurado que valorará las obras presentadas a cada uno de los premios estará integrado por los siguientes componentes:

• Presidente: el alcalde, o concejala o concejal en quien delegue.
• Vocales: cuatro, de elección por el Ayuntamiento entre personas de la literatura, de la crítica literaria, de la investigación y docentes de la universidad de acreditado prestigio.

• Secretario: el secretario general de la Administración municipal o personal funcionario en quien este delegue.

15. En función del número de obras presentadas, podrá constituirse una comisión integrada por personal especializado elegido por el Ayuntamiento con objeto de proceder a la previa selección de las obras finalistas a valorar por el jurado.

16. El jurado de cada uno de los premios podrá no adjudicarlo si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.

17. La decisión del jurado, con carácter de inapelable, será elevada por la Alcaldía a acto administrativo, siendo competente para conceder este tipo de subvenciones, habiendo delegado dicha competencia en la Junta de Gobierno Local, de conformidad con la Resolución de Alcaldía número 20, de 26 de junio de 2015, pudiendo ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de procedimiento administrativo.

18. La concesión del premio se publicará en la página web municipal
y se notificará a las personas premiadas por los medios previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las administraciones públicas.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de las obras.
La resolución se notificará a los interesados y pondrá fin a la vía administrativa, contra la que se podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución, o bien recurrir directamente ante la orden jurisdiccional contencioso-administrativa en la forma y plazos previstos en la ley reguladora de dicha Jurisdicción.

19. Todos los ejemplares de las obras presentadas serán destruidos.
www.escritores.org
20. La presentación de originales a cualquiera de estos premios supone la plena aceptación de las presentes bases, sin perjuicio de su posible impugnación de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre procedimiento administrativo.


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


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 XXXVII PREMIOS LITERARIOS CIUTAT DE VALÈNCIA 2019 - TEATRO EN CASTELLANO MAX AUB (España)

20:05:2019

Género:  Teatro

Premio:   8.000 € y edición

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante: Ayuntamiento de València

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   20:05:2019

 

BASES

 
El plazo de presentación de originales acaba el próximo 20 de mayo de 2019.

BASES

1. Las presentes bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios “Ciutat de València” en su XXXVII edición y se regirán según lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la indicada ley, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos (OGS) aprobada por acuerdo de 28 de julio de 2016 y publicada en el BOP el 2 de noviembre de 2016, siendo el procedimiento seguido el régimen de concurrencia competitiva.

La presente edición comprende las siguientes modalidades:

- Premio de Narrativa en valenciano Isabel de Villena.
- Premio de Narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez.

- Premio de Poesía en valenciano María Beneyto.
- Premio de Poesía en castellano Juan Gil-Albert.

- Premio de Teatro en valenciano Eduard Escalante.
- Premio de Teatro en castellano Max Aub.

- Premio de Ensayo en castellano Celia Amorós
- Premio de Ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués.


El crédito presupuestario al que se imputa el importe total de 72.000,00 € será con cargo a la aplicación presupuestaria EP730 33400 48100, denominada “transf. premios, becas, pens. estud. investig.” del vigente presupuesto municipal y cuyo gasto se aplicará a la propuesta 2019/666, Ítems.: 2019/036030-036040-036050-036060-036080-036090- 036100 i 036120.

2. Podrán presentarse a los premios de narrativa todas las obras (novelas y cuentos) escritas en el idioma especificado en la base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio.

3. Podrán presentarse a los premios de poesía todas las obras escritas en el idioma especificado en la base 1 con una extensión mínima de 400 versos.

4. Podrán presentarse a los premios de teatro todas las obras escritas en el idioma especificado en la base 1, con una extensión que, escenificadas, tengan una duración propia de las representaciones teatrales.

5. Podrán presentarse a los premios de ensayo todas las obras (textos filosóficos, de pensamiento, aforismos, diarios, memorias…) escritas respectivamente en el idioma especificado en la base 1 cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio. Quedan expresamente excluidas las tesis doctorales y el ámbito de la investigación.

6. Podrán participar en los Premios Literarios Ciutat de València las personas físicas mayores de edad que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, y con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio, las personas que resulten premiadas tendrán que acreditar no encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, así como acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro.

7. Se excluirán como aspirantes a quienes hubieran obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Así mismo, no podrán presentarse obras de personas que hayan muerto antes de la apertura del periodo de presentación de originales.

8. Las obras presentadas tienen que ser originales e inéditas, y, en el caso de las obras de teatro, no estrenadas, ni dadas a conocer en lectura pública, ni editadas antes de la concesión del premio.

En cuanto a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.

En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la cual, según el parecer del jurado, concurran las siguientes características:

a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.

b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de autoría ajena (en este caso, citando siempre la referencia). No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.

9. Habrá de presentarse cinco ejemplares originales impresos con las páginas numeradas y en perfectas condiciones de legibilidad, todas las obras se presentarán con pseudónimo y habrá de adjuntarse una plica cerrada, en cuyo exterior constará el pseudónimo correspondiente y el título de la obra, y en el interior los datos pertinentes (nombre, dirección, teléfono, correo electrónico y una breve nota bibliográfica) y adjuntando fotocopia de DNI, NIE o pasaporte. La plica solo se abrirá en caso de que la obra resulte ganadora.

10. Las obras podrán presentarse en el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. Los trabajos tendrán que dirigirse al Ayuntamiento de Valencia, Registro General, plaza del Ayuntamiento, 1, 46002 Valencia, pudiendo presentarse directamente a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento o de los otros órganos administrativos que establece el artículo 16.4

de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, haciendo constar en la instancia “Premios Literarios Ciutat de València” y la modalidad a la cual concurren.

11. A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos premios, así como del importe de la respectiva dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria EP730 33400 48100, que será la siguiente:

- Premio de Narrativa en valenciano Isabel de Villena 12.000 €
- Premio de Narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez 12.000 €
- Premio de Poesía en valenciano María Beneyto 6.000 €
- Premio de Poesía en castellano Juan Gil-Albert 6.000 €
- Premio de Teatro en valenciano Eduard Escalante 8.000 €
- Premio de Teatro en castellano Max Aub 8.000 €
- Premio de Ensayo en castellano Celia Amorós 10.000 €
- Premio de Ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués 10.000 €

Los premios se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex aequo. El importe de estos premios estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento de su entrega, y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por las personas ganadoras.

De conformidad con el art. 30.7 de la Ley General de Subvenciones, el otorgamiento de estos premios no requiere de justificación ulterior.

12. Mediante un acuerdo de coedición con el Ayuntamiento de Valencia, las obras ganadoras de los Premios Ciutat de València serán publicadas por las siguientes editoriales, especializadas en cada una de las modalidades de los premios:

· Edicions Bromera: premios “Isabel de Villena”, “María Beneyto” y “Eduard Escalante”.
· Edicions del Bullent: Premio “Josep Vicent Marqués”.
· Editorial Pre-Textos: premios “Vicente Blasco Ibáñez”, “Juan Gil-Albert” i “Celia Amorós”.
· Editorial Ñaque: Premio “Max Aub”.

13. Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, que se producirá antes de la finalización del año natural, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios Ciutat de València, esta tendrá que comunicarlo por escrito a este ayuntamiento, a fin de que el jurado no la tenga en consideración en la decisión del correspondiente premio.

14. El jurado que valorará las obras presentadas a cada uno de los premios estará integrado por los siguientes componentes:

• Presidente: el alcalde, o concejala o concejal en quien delegue.
• Vocales: cuatro, de elección por el Ayuntamiento entre personas de la literatura, de la crítica literaria, de la investigación y docentes de la universidad de acreditado prestigio.

• Secretario: el secretario general de la Administración municipal o personal funcionario en quien este delegue.

15. En función del número de obras presentadas, podrá constituirse una comisión integrada por personal especializado elegido por el Ayuntamiento con objeto de proceder a la previa selección de las obras finalistas a valorar por el jurado.

16. El jurado de cada uno de los premios podrá no adjudicarlo si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.

17. La decisión del jurado, con carácter de inapelable, será elevada por la Alcaldía a acto administrativo, siendo competente para conceder este tipo de subvenciones, habiendo delegado dicha competencia en la Junta de Gobierno Local, de conformidad con la Resolución de Alcaldía número 20, de 26 de junio de 2015, pudiendo ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de procedimiento administrativo.

18. La concesión del premio se publicará en la página web municipal
y se notificará a las personas premiadas por los medios previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las administraciones públicas.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de las obras.
La resolución se notificará a los interesados y pondrá fin a la vía administrativa, contra la que se podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución, o bien recurrir directamente ante la orden jurisdiccional contencioso-administrativa en la forma y plazos previstos en la ley reguladora de dicha Jurisdicción.

19. Todos los ejemplares de las obras presentadas serán destruidos.

20. La presentación de originales a cualquiera de estos premios supone la plena aceptación de las presentes bases, sin perjuicio de su posible impugnación de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre procedimiento administrativo.


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