Concursos Literarios

 

 

 

I CERTAMEN LITERARIO CARMEN MARTÍN GAITE

 

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I CERTAMEN LITERARIO CARMEN MARTÍN GAITE (España)

06:06:2025

Género: relato corto

Premio:   3.500 euros

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante: Distrito de Salamanca

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fechas de cierre: 06:06:2025

 

BASES

I CERTAMEN LITERARIO CARMEN MARTÍN GAITE 

La Junta Municipal del Distrito de Salamanca organiza la iniciativa de relato corto, que repartirá 7.000 euros en premios

Salamanca abre el plazo de inscripción para su
I Certamen Literario Carmen Martín Gaite

• Hay dos categorías de relato corto, una a nivel nacional y otra para personas empadronadas en el distrito

El distrito de Salamanca abre el plazo para inscribirse en elpara obras inéditas en la modalidad de relato corto. Hasta el 6 de junio, los interesados pueden presentar su solicitud a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid o de manera presencial en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid.

Organizado por la Junta Municipal del Distrito de Salamanca pretende dinamizar la creación literaria entre los escritores del distrito, de la ciudad y a nivel nacional, sirviendo de plataforma de encuentro a personas con interés en la creación del relato corto.

En el certamen pueden participar las personas mayores de edad que presenten obras originales, inéditas y no premiadas anteriormente en otro concurso. Se establecen dos categorías: relato corto a nivel nacional, destinado a cualquier persona residente en España, y relato corto para personas empadronadas en el distrito de Salamanca. Los participantes solo pueden presentarse a una de las dos categorías. Los premios para los ganadores son de 3.500 euros para la categoría de relato corto nacional y de 2.000 euros para la de autores empadronados en el distrito de Salamanca. Asimismo, habrá un finalista por categoría que recibirán 1.000 y 500 euros, respectivamente.

Esta nueva iniciativa literaria rinde homenaje a la escritora Carmen Martín Gaite en el centenario de su nacimiento. Salmantina afincada en Madrid, escritora de ensayo, novela, poesía, cuentos y traductora de novelas, entre otros géneros, falleció el pasado 2020. Considerada una de las escritoras más relevantes de la literatura contemporánea, es autora de obras como Caperucita en Manhattan, Entre visillos o El cuarto de atrás y fue galardonada con el Premio Príncipe de Asturias de las Letras, el Premio Nadal o el Premio Nacional de Literatura, siendo la primera mujer en recibir este galardón. /

B) Disposiciones y Actos

Distrito de Salamanca

1629 Decreto de 21 de abril de 2025 de la Concejal Presidenta del Distrito de Salamanca por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Literario “Carmen Martín Gaite”, en su edición correspondiente a 2025.

1.- Objetivo y finalidad de la convocatoria.

El Distrito de Salamanca establece las bases por las que se regirá la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la I Edición del Certamen Literario "Carmen Martín Gaite" en la modalidad de relato corto.

Constituye el objeto de estas bases regular la convocatoria del certamen, con una triple finalidad, la de incentivar la creación artística en el ámbito de la literatura; crear una plataforma de promoción para los escritores del Distrito de Salamanca, y rendir homenaje a Carmen Martín Gaite, una de las escritoras más relevantes de la literatura española contemporánea y que en este año 2025 se celebra el centenario de su nacimiento.

2.- Régimen jurídico aplicable.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11-2003).

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 25-7-2006).

La disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 y la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, así como, lo recogido en la presente convocatoria.

3.- Premios.

Podrán Los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán al crédito recogido en la partida 2025/001/204/G/33401/48203 "Actividades culturales. Premios".

El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 7.000,00 euros.
Categorías:
· Relato corto a nivel nacional… 3.500,00 euros.
· Finalista relato corto a nivel nacional 1.000,00 euros.
· Relato corto para autores empadronados en el Distrito de Salamanca… 2.000,00 euros.
· Finalista relato corto autores empadronados en el Distrito de Salamanca… 500,00 euros.

El abono de premios se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por los beneficiarios, previa aportación del documento "Alta de pago por transferencia" o documento "T" y se tendrá en cuenta la legislación vigente en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.

4.- Participantes y categorías.

Podrán participar en este concurso todos los escritores, mayores de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, que presenten obras originales, inéditas, no premiadas en otros certámenes y escritas en castellano, en una de las siguientes categorías:

· Relato corto a nivel nacional, destinado a cualquier persona residente en España que haya cumplido la mayoría de edad en el momento de presentar su obra.
· Relato corto para personas empadronadas en el Distrito de Salamanca para autores empadronados en el distrito y que hayan cumplido la mayoría de edad en el momento de presentar su obra.

Los participantes solo podrán presentarse a una de las dos categorías.

No podrán participar los miembros del jurado.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir aquellos que, cumpliendo los requisitos recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.

Todo ello se acreditará en el momento de presentación de las solicitudes en la forma prevista en el apartado que regula la Inscripción.

No se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, la persona solicitante deberá declarar en qué administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la persona solicitante deberá autorizar expresa e inequívocamente a este Ayuntamiento para la petición y obtención de dicha información, debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud de concesión o en cualquier otra comunicación posterior.

La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de las presentes bases y del fallo inapelable del jurado.

5.- Requisitos de las obras.

Las características técnicas de las obras a presentar se establecen de la siguiente forma:

Relato corto. Máximo 15 páginas, en tamaño DIN A4 (210 x 297 mm). Tema libre. Cuerpo de letra: Times New Roman, 12 puntos. Interlineado: 1,5. Márgenes 2,5.

Los trabajos originales deberán entregarse bajo seudónimo, indicando el título de la obra, el seudónimo y la categoría en la que participen en el encabezado o en la portada de la obra. Cada participante solo podrá presentar una obra en una sola de las categorías (residentes en cualquier lugar de España o residentes empadronados en el Distrito de Salamanca), quedando excluidos aquellos que presenten más obras de las permitidas o en más de una categoría.

Serán rechazadas todas aquellas obras que no cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases.

6.- Inscripción y presentación.

Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

· Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. Documentación que deberá acompañar a la solicitud electrónica en formato PDF: 1.- La obra literaria (relato corto). 2.- Trayectoria literaria del autor.
· Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC). Documentación que deberá acompañar a la solicitud presencial: 1.- La obra literaria (relato corto) en formato papel. 2.- Trayectoria literaria del autor.

El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y estará dirigida a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito de Salamanca. La solicitud incluye:

La opción de autorizar que el órgano instructor recabe de oficio la información de consulta y verificación de los datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria de Madrid. En caso contrario, la entidad solicitante deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.

La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra del presente concurso.

7.- Plazo.

El plazo de presentación de las solicitudes se establece entre el 28 de abril y el 06 de junio de 2025. No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta la fecha de los certificados electrónicos, oficinas de registro.

8.- Jurado y criterios de valoración.

Se designará un jurado compuesto por profesionales del ámbito literario, académico, periodístico o editorial, que estará presidido por la concejala presidenta del Distrito de Salamanca, o persona en quien delegue. Este jurado elegirá los ganadores y finalistas en las dos categorías.

Actuará como secretario del jurado el Secretario del Distrito, o funcionario en quien delegue, con voz, pero sin voto, que levantará acta de la resolución adoptada.

Las obras serán valoradas teniendo en cuenta su creatividad, originalidad, estilo y calidad literaria, por cada miembro del jurado.

Las deliberaciones del jurado serán secretas y se levantará acta de la reunión por la persona que realiza las funciones de secretario.

El fallo del jurado será inapelable, se hará público antes del 30 de septiembre de 2025 y se comunicará a los premiados de forma individual. El jurado es el responsable de la interpretación de las bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

El jurado estará facultado para dejar desierto el certamen cuando las obras presentadas no alcancen la calidad literaria necesaria, cuando no haya ningún participante o el número de participantes sea considerado como insuficiente.

La entrega de premios tendrá lugar en el mes de octubre, durante la celebración de las fiestas del distrito.

9.- Instrucción, resolución y entrega de premios.

La instrucción del procedimiento corresponde al Coordinador del Distrito, a través de la Unidad Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

El órgano instructor, a la vista del fallo del jurado, formulará propuesta de resolución que se elevará a la Concejal Presidenta del Distrito de Salamanca.

Se prescinde del trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La resolución por la que se conceden los premios a cargo del distrito pone fin a la vía administrativa y se publicarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

Contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución y/o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.

10.- Retirada de obras.

Los trabajos que no hayan sido premiados podrán ser retirados por sus autores en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario hasta el 14 de noviembre de 2025, de lunes a viernes en horario de 10:00 a 14:00 horas.

Transcurrido el plazo que se indica para la recogida de dichos trabajos, los que no hayan sido retirados serán destruidos.

Igualmente, los trabajos remitidos telemáticamente, serán destruidos en el mismo plazo.

11.- Derechos de autor.

Los autores que hayan sido premiados ceden los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de su obra ganadora al Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Salamanca, durante el periodo de un año desde la publicación del fallo del jurado. El distrito utilizará esta cesión para posibles exhibiciones, difusiones o publicaciones de carácter no venial. El Distrito de Salamanca podrá llevar a cabo las acciones que considere oportunas para difundir las obras premiadas, con el fin de promocionar a los participantes en este certamen.

12.- Publicación.

La convocatoria del Certamen se publicará conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 24.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.

Los premios concedidos se publicarán en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica www.madrid.es.

Bases e inscripciones
https://sede.madrid.es/sites/v/index.jsp?vgnextoid=b2655936f6166910VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=1b8637c190180210VgnVCM100000c90da8c0RCRD

 

 

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XII CERTAMEN LITERARIO DE RELATO CORTO “TABARCA CULTURAL” 

 

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XII CERTAMEN LITERARIO DE RELATO CORTO “TABARCA CULTURAL”  (España)

15:06:2025

Género: relato corto

Premio:   un fin de semana en la isla de Tabarca para dos personas, valorado en 500€, o su equivalente en metálico, a elección del autor

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Asociación “Tabarca Cultural”  

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fechas de cierre: 15:06:2025

 

BASES

XII CERTAMEN LITERARIO DE RELATO CORTO “TABARCA CULTURAL” 

1.- Participantes

Podrán concurrir a este certamen cuantos escritores, mayores de edad, lo deseen, en lengua castellana o valenciana.

2.- Características de los relatos.

Para participar en el certamen los relatos presentados tienen que cumplir los siguientes requisitos:

Tienen que ser obras originales, e inéditas, que no hayan sido publicadas anteriormente por ningún medio, así como que no hayan sido galardonadas, ni estén pendientes de fallo, en ningún otro certamen celebrado con anterioridad.

La temática y el contenido de los trabajos serán libres, si bien, el argumento deberá tener algún tipo de vinculación con “ realidades mediterraneas ”.

Se podrá presentar un máximo de un trabajo por autor.

Cada trabajo deberá tener una extensión mínima de dos folios y máxima de cinco, han de ser mecanografiados a dos espacios por una sola cara, en formato Word.

No serán admitidos los relatos que no reúnan todos los requisitos relacionados anteriormente.

3.-Plazo y requisitos de presentación de los relatos.

El plazo de admisión de los trabajos finalizará el día 15 de Junio del 2025. Los trabajos se remitirán cumpliendo los siguientes requisitos:

Se presentarán mediante correo electrónico en dos archivos:

Uno con la obra que se presente a concurso, firmado con pseudónimo. El archivo se nombrará con el pseudónimo y se entregará en formato Word.

Otro con los datos personales, nombre, teléfono, domicilio, e-mail, y un breve currículo biográfico. El archivo también se nombrará con el pseudónimo y se entregará en formato PDF.

Cualquier dato sobre la identidad del autor encontrado en el archivo en el que se encuentra la obra original motivará su descalificación del concurso.

Se acompañará una declaración jurada, de que la obra que se adjunta es inédita, y no ha sido publicada ni premiada con anterioridad.

Los      trabajos      se     remitirán      a      la     siguiente      dirección      de      correo     electrónico:

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4.- Desarrollo del concurso.

El comité calificador, compuesto por cinco miembros vinculados al mundo literario, emitirá el fallo, que será inapelable, el mes de julio de 2025. Un miembro de la asociación “Tabarca Cultural” ejercerá la secretaría del comité, asistiendo al acto de deliberación sin derecho a voto.

El mismo día inmediatamente después de la deliberación del jurado se le comunicara al ganador del certamen, por correo electrónico y mediante llamada telefónica, que su relato ha sido premiado.

 

El concurso no podrá declararse desierto, siempre y cuando se presenten un mínimo de seis obras que cumplan los requisitos establecidos en los apartados 2º y 3º de las presentes bases.

5.- Premio.

El relato ganador será premiado con un fin de semana en la isla de Tabarca para dos personas, valorado en 500€, o su equivalente en metálico, a elección del autor.

También se otorgarán dos accésits, para los dos siguientes relatos mejor valorados, que se publicarán junto con el ganador.

No se podrá otorgar el primer premio en más de una edición del certamen al mismo autor.

6.- Derechos de autor.

El trabajo galardonado quedará en poder de la asociación “Tabarca Cultural”, la cual podrá hacer uso de este, para los diferentes actos o las distintas publicaciones que considere oportuno.

El relato ganador y los dos accésits serán publicados en los mismos medios en los que hayan sido publicadas las presentes bases, y también serán incorporados a una base de datos de la asociación convocante en la que se recopilaran todos los relatos ganadores de los certámenes de relatos cortos convocados por la asociación “Tabarca Cultural” en estas y otras ediciones.

En el caso en el que la entidad organizadora lo decida, también podrá editarse esta publicación en papel con los relatos galardonados en otras ediciones del presente certamen.

A los efectos anteriores, los autores de los relatos galardonados ceden a la asociación “Tabarca Cultural” los derechos de autor correspondientes que resulten necesarios para llevar a cabo todos los usos de los que se ha hecho mención anteriormente en el presente artículo.

Los relatos que no hayan sido galardonados serán automáticamente eliminados de los archivos de “Tabarca Cultural” sin que dicha organización pueda hacer ningún uso de ellos.

7.- Aceptación de las bases y condiciones.

La participación en el X certamen literario de relatos cortos “Tabarca Cultural” supone el conocimiento y total aceptación de las presentes bases.

Para cualquier aclaración pueden dirigirse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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IV EDICIÓN CONCURSO DE RELATO GASTRONÓMICO CON MUCHA GULA

 

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IV EDICIÓN CONCURSO DE RELATO GASTRONÓMICO CON MUCHA GULA (España)

31:08:2025

Género: relato

Premio:   500 euros

Abierto a:  mayores 18 años

Entidad convocante:  Revista "Con mucha gula"  

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fechas de cierre: 31:08:2025

 

BASES

IV EDICIÓN CONCURSO DE RELATO GASTRONÓMICO CON MUCHA GULA

Objetivo:

El IV CONCURSO DE RELATO GASTRONÓMICO CON MUCHA GULA nace como un puente de unión entre la literatura y la gastronomía. Una forma de darle difusión y valor a la literatura gastronómica y al enorme talento literario que encontramos en nuestro país.

Bases 

  • Primera: Podrán participar todas las personas de cualquier nacionalidad, mayores de 18 años, siempre que los trabajos presentados estén escritos en lengua española. Los participantes deberán residir en España.
  • Segunda: Cada participante podrá presentar un máximo de tres trabajos que se enviarán por email a la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

En este email se adjuntará la obra en formato PDF y sin firmar, siendo el nombre de ese archivo adjunto el título del relato. En el cuerpo del email, se escribirán los siguientes datos del autor: nombre y apellidos, título del relato, teléfono de contacto y una declaración acreditando que la obra

presentada es original e inédita y que no tiene cedidos sus derechos, ni ha sido galardonada en cualquier otro concurso, ni está pendiente de fallo en cualquier otra convocatoria. El asunto del email será: IV CONCURSO DE RELATO GASTRONÓMICO CON MUCHA GULA .

En caso de enviar más de un relato, se deberá enviar cada uno de los trabajos presentados en emails independientes.

  • Tercera: La temática de los trabajos deberá girar en torno a la gastronomía, en cualquiera de sus
  • Cuarta: La extensión de los relatos será de un mínimo de 1000 y un máximo de 1500
  • Quinta: El plazo de admisión de los trabajos comienza el 1 de Junio de 2025 y finaliza el 31 de Agosto de 2025 a las 24:00h.
  • Sexta: El jurado, designado al efecto, estará formado por personalidades íntimamente ligadas al mundo de la literatura, la cultura y/o la

gastronomía.

  • Séptima: Se dará un único premio al ganador que consistirá en 500€ (importe sometido a la retención de IRPF según la legislación vigente) .

Además, los tres relatos mejor valorados se publicarán en la revista www.conmuchagula.com

  • Octava: Si en el transcurso de la convocatoria, y antes del fallo del jurado, algún relato participante es proclamado ganador de otro concurso, el autor deberá notificarlo a la organización del concurso y resultará excluido del certamen.
  • Novena: El fallo del jurado será Asimismo, estará facultado para resolver toda cuestión de su competencia que no hubiese quedado establecida de modo explícito en las presentes bases. El fallo se hará público el día 15 de Noviembre de 2025 a través de www.conmuchagula.com y el ganador será informado personalmente.
  • 10- Décima: Con Mucha Gula se reserva el derecho de publicar los relatos ganadores y de otras obras presentadas, adquiriendo los derechos de estas.

11- Undécima: El hecho de participar en este concurso supone la aceptación incondicional e íntegra de todas y cada una de las bases.

 

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XXXIII PREMIO DE POESÍA CIUDAD DE CÓRDOBA "RICARDO MOLINA"

 

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XXXIII PREMIO DE POESÍA CIUDAD DE CÓRDOBA "RICARDO MOLINA" (España)

11:07:2025

Género: poesía

Premio:   12.000 euros y publicación

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Córdoba  

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: No

Fechas de cierre: 11:07:2025

 

BASES

XXXIII PREMIO DE POESÍA CIUDAD DE CÓRDOBA "RICARDO MOLINA"

PRIMERA

Podrán optar al XXXIII Premio de Poesía Ciudad de Córdoba, “Ricardo Molina”, cuantos poetas lo deseen, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que sus obras sean inéditas, no hayan sido premiadas en otros certámenes y se presenten escritas en lengua castellana, con una extensión de setecientos a mil doscientos versos. Cada autor sólo podrá presentar un poemario de temática libre. Quedan expresamente excluidos los autores que hayan obtenido este premio en ediciones anteriores. Asimismo, los participantes quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación de la Administración.

SEGUNDA

Los originales se presentarán por sextuplicado en ejemplares separados, numerados y a dos espacios por una sola cara, en formato A4, Letter, Oficio o Folio. Los trabajos deberán estar debidamente grapados, cosidos o encuadernados y deberán presentarse sin firma, bajo lema y acompañados de una plica, con el mismo lema, que contendrá solicitud firmada por la persona interesada, nombre, dirección, correo electrónico y teléfono, así como un breve currículum vitae. Además debe incluirse por parte de la persona que se presente al certamen, declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 39/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

TERCERA

Los trabajos podrán presentarse directamente o remitirse por correo certificado con acuse de recibo. Serán presentados o remitidos a la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de Córdoba, (Plaza de Orive, 2; 14071 Córdoba), haciendo constar que el envío se hace al XXXIII Premio de Poesía Ciudad de Córdoba “Ricardo Molina”. No se admiten trabajos presentados por correo electrónico u otro medio que no sea el antedicho.

CUARTA

El plazo de recepción será de 3 meses contados a partir de la publicación de estas Bases en el BOP de Córdoba. No serán admitidos aquellos trabajos que se reciban fuera de plazo.

QUINTA

El Premio está dotado con DOCE MIL EUROS, con cargo a la partida presupuestaria C41.3340.48105, Premios, Certámenes y Concursos, del presupuesto vigente y se realizará la correspondiente publicación en una editorial de reconocido prestigio.

SEXTA

Los derechos inherentes a la primera edición de la obra premiada serán del editor, que entregará al autor cincuenta ejemplares de la misma. Estas condiciones serán revisadas y acordadas en caso de nuevas ediciones.

Transcurridos 5 años de la fecha del fallo, el autor tendrá libre disposición de su obra.

SÉPTIMA

Una Comisión Lectora hará una preselección de obras que serán propuestas al Jurado para el fallo del Premio. No obstante, los miembros del Jurado tendrán acceso al conjunto de las obras presentadas, si lo estimasen oportuno. La Comisión lectora consta de dos miembros seleccionados por su prestigio en el ámbito de la cultura, la docencia y la creación literaria y con experiencia suficiente para poder hacer una primera evaluación de los trabajos presentados.

OCTAVA

El jurado estará compuesto por cinco miembros, designados por el Ayuntamiento de Córdoba entre poetas, escritores, críticos, académicos, profesores y personalidades relevantes de las letras. Actuará como Secretario con voz, pero sin voto, un funcionario/a del Ayuntamiento de Córdoba.

NOVENA

El jurado emitirá su fallo inapelable antes del final del 2025. Para valorar la obra el jurado tendrá en cuenta la originalidad e innovación, la calidad técnica, la capacidad para transmitir emociones, el dominio del lenguaje y la coherencia interna. Si las obras presentadas no alcanzaran la calidad necesaria el premio sería declarado desierto. El jurado se rige exclusivamente por criterios de calidad u otras aportaciones dignas de destacarse en el ámbito de la poesía.

El fallo del jurado se comunicará al ganador/a personalmente y será publicado en la Web de la Delegación de Cultura, el BOP y la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

DÉCIMA

Los trabajos no se devolverán y serán destruidos a los 10 días siguientes al fallo. No se mantendrá correspondencia con los autores de los libros presentados.

UNDÉCIMA

Si con posterioridad a la concesión del premio se tuviese conocimiento de anomalía o incumplimiento de las bases, procederá su revocación por parte del Ayuntamiento de Córdoba, previa consulta con el jurado.

DUODÉCIMA

Es obligación inexcusable del beneficiario/a del Premio para poder percibirlo encontrarse al corriente de sus obligaciones con el Excmo. Ayuntamiento, con el Estado y la Seguridad Social.

DECIMOTERCERA

La participación en el certamen conlleva la plena aceptación de estas bases, así como de la hipotética decisión del jurado ante cualquier imprevisto no recogido en las mismas.

Para lo no previsto en las Bases de la Convocatoria serán de aplicación:

La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba publicada en el BOP de 3 de octubre del 2005.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según redacción dada por la Ley 15/2014 de 16 de septiembre de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

El Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento Córdoba.

La Ley 39/15, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

+INFO: cultura.cordoba.es

Acceso a las bases 

 

 

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XLIX PREMIO DE POESÍA CIUDAD DE BURGOS 2025 

 

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XLIX PREMIO DE POESÍA CIUDAD DE BURGOS 2025  (España)

11:05:2025

Género: poesía

Premio:   7.200 euros y publicación

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Ayuntamientoi de Burgos  

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fechas de cierre: 11:05:2025

 

BASES

XLIX PREMIO DE POESÍA CIUDAD DE BURGOS 2025 

Requisitos de participación

  • El Premio de Poesía Ciudad de Burgos está dirigido poetas en lengua española, de cualquier nacionalidad
  • El Premio Antonio L. Bouza - Poeta de América, está dirigido a poetas en lengua española con residencia en cualquier país americano.
  • Las obras presentadas para su valoración deberán ser originales, inéditas, únicas y propias, no habiendo sido premiadas en otro certamen o en anteriores convocatorias.
  • No se podrá presentar más de una obra por solicitante.
  • El tema será libre y la extensión de los originales no podrá ser inferior a 500 versos.
  • El plazo de presentación finaliza el 11 de mayo de 2025.

Según rezan los Estatutos de la Gerencia Municipal de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Burgos, la misma “asume la gestión de cuantas actividades y servicios relacionados con la promoción y el fomento de la cultura, las artes y el turismo en el municipio de Burgos, bien directamente, bien en los términos de la delegación que se le pueda conferir, cuantas funciones fueren precisas para gestionar cuantas actividades, servicios o equipamientos tengan relación con la promoción y el fomento de la cultura en el municipio de Burgos, tales como centros de cultura, bibliotecas, archivo municipal, museos, exposiciones, coros, teatros, cine, danza y música”.

En cumplimiento de dichas competencias, la Gerencia de Cultura del Ayuntamiento de Burgos organiza el concurso de Poesía Ciudad de Burgos.

De conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede a la aprobación de unas bases reguladoras para la concesión del premio XLVIII Premio de Poesía Ciudad de Burgos, en dos modalidades.

El procedimiento de concesión de los premios se tramitará, de conformidad con los artículos 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la Concejala de Cultura.

La convocatoria se ajustará a los principios de transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación según marca la Ley 38/2003 General de subvenciones. Si así lo pretende el concursante se garantizará el anonimato hasta la adjudicación.

La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos», de acuerdo con elprocedimiento establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en la página web del Ayuntamiento de Burgos.

 

Artículo 1. Objeto y finalidad

El objeto de las presentes bases reguladoras es la de establecer las normas por las que se regirá el Concurso de Poesía Ciudad de Burgos en sus dos modalidades, a saber:

 

-          Premio de Poesía Ciudad de Burgos (modalidad general)

-          Premio Antonio L. Bouza- Poeta de América

 

Artículo 2. Premios

-          En la modalidad general se establece un premio de 7.200 €, al que podrán optar poemarios escritos en lengua española por autores de cualquier nacionalidad.

-          En la modalidad Premio Antonio L. Bouza- Poeta de América se establece un premio de 2.500 €, al que optarán los poemarios, de entre todos los presentados, de poetas residentes en cualquier país americano o con nacionalidad en alguno de esos países (tanto del norte como del sur del continente).

-          Ambos premios pueden recaer en el mismo poemario.

-          Ambos premios pueden quedar desiertos.

-          No hay otros premios ni existe la categoría de finalista en ninguna de las dos modalidades.

-          El pago de la dotación económica del premio se realizará por transferencia bancaria a la cuenta indicada por el solicitante.

-          Los premios están sujetos a la legislación fiscal vigente.

-          A los efectos de dar cumplimiento al artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión del premio implica la aceptación de publicar el nombre de los ganadores en la web municipal o en cualquier medio, figurando los beneficiarios e importes de los premios.

-          Es premio también la edición de las dos obras ganadoras. Tanto el Ayuntamiento de Burgos como los autores cederán los derechos de reproducción de los poemarios premiados en el XLIX Concurso de Poesía “Ciudad de Burgos” a Editorial Visor, quien se encargará de su edición y distribución.

 

Artículo 3. Beneficiarios y requisitos de participación

-          El Premio de Poesía Ciudad de Burgos está dirigido a poetas en lengua española, de cualquier nacionalidad.

-          El Premio Antonio L. Bouza-Poeta de América, está dirigido a poetas en lengua española con residencia en cualquier país americano.

-          Las obras presentadas para su valoración deberán ser originales, inéditas, únicas y propias, no habiendo sido premiadas en otro certamen o en anteriores convocatorias.

-          No se podrá presentar más de una obra por solicitante.

-          El tema será libre y la extensión de los originales no podrá ser inferior a 500 versos.

-          La obra deberá presentarse con un tipo de letra times, Arial o calibri de 12 puntos. Las páginas deberán ir numeradas.

-          Son requisitos de los beneficiarios:

-          Ser persona física.

-          Presentarse dentro del periodo y con las condiciones que se establezcan.

-          Las personas que se presenten al concurso, deberán cumplir, al menos, las siguientes condiciones:

-          Tener plena capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

-          No estar inhabilitadas o incursas en prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

-          Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Burgos.

-          No podrán ser seleccionadas como ganadoras las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvención previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, ley General de Subvenciones. La participación en el certamen de Poesía en cualquiera de las dos modalidades supone la total aceptación de las presentes bases reguladoras de su convocatoria.

 

Artículo 4. Solicitudes y plazo de presentación

La inscripción en el concurso y la presentación de trabajos se realizará mediante sistema telemático, a través de la web https://premiopoesiaburgos.aytoburgos.es cumplimentando todos los campos de la ficha de inscripción y adjuntado el poemario en formato PDF.

Los trabajos se presentarán identificados con el nombre propio del autor o su pseudónimo, como se prefiera. En el caso de presentarse con pseudónimo el poemario no deberá incluir datos identificativos del autor. En todo caso también se solicitará el título del poemario y, en otros campos, que no conocerá el jurado (salvo en caso de resultar ganador), el nombre completo del autor, número de NIF y pasaporte, domicilio, e-mail y teléfonos de contacto, así como un breve currículum vitae.

No se admitirá ningún tipo de corrección una vez enviada la obra.

Para cualquier incidencia con el formulario de presentación existirá el buzón de correo electrónico de contacto: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El plazo de admisión de originales termina un mes después de la publicación de las bases.

El incumplimiento en todo o en parte de cualquiera de los puntos de las presentes bases conllevará a la imposibilidad de participación en el concurso.

Los trabajos procedentes de cualquier país de América optan, además, al Premio Antonio L. Bouza-Poeta de América, que es acumulable, pudiendo recaer ambos premios en el mismo autor y poemario.

 

Artículo 5. Procedimiento de concesión

-          La instrucción del procedimiento corresponderá a la Gerencia de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Burgos.

-          Recibidas las solicitudes, se verificará que éstas reúnen los requisitos exigidos y que se acompañan de la documentación requerida. Si se apreciara que alguna de las solicitudes presentadas adolece de defectos formales, por no reunir los requisitos establecidos o por no ir acompañada de alguno de los documentos exigidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que se dictará al efecto en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley 39/2015. Las solicitudes presentadas y admitidas que cumplan los requisitos establecidos serán valoradas por un jurado artístico designado a tal efecto.

 

Artículo 6. Jurado

-          Se nombrará un jurado compuesto por cinco miembros técnicos y un secretario sin voto. El jurado será el mismo para las dos modalidades.

 

Los miembros del jurado deberán ser personas reconocidas en la poesía por su trayectoria profesional, cultural y artística, mientras que el secretario deberá ser empleado público de la Gerencia Municipal de Cultura y Turismo.

 

-          La Concejala de Cultura será quien designe a través de resolución la composición de los miembros del jurado. El desempeño de la función de jurado será retribuido, salvo el de secretario.

-          La composición de los miembros del jurado se dará a conocer en el momento de hacerse público el fallo.

-          El jurado, una vez finalizado el plazo de admisión, se reunirá para la valoración de los poemarios presentados y elaborará un acta, en la que se indicará las obras admitidas, de las presentadas en el concurso y las obras no admitidas, indicándose las razones de la exclusión.

-          La función del jurado se concretará, además de en su función evaluadora, en la interpretación de las siguientes bases, resolviendo aquellas cuestiones o circunstancias excepcionales, que puedan suscitarse a lo largo del proceso. El fallo del jurado es inapelable, las deliberaciones serán secretas y se levantará acta de la reunión.

-          El jurado, atendiendo a la originalidad, creatividad, calidad literaria, así como aspectos técnicos, valorará las diferentes propuestas presentadas al certamen.

-          El jurado podrá declarar los premios desiertos cuando, a su juicio, las obras presentadas no reúnan la calidad suficiente. Si no hay ningún poema de autores americanos entre los finalistas, la modalidad Premio Antonio L. Bouza- Poeta de América quedaría desierta.

 

Artículo 7. Resolución

-          La convocatoria será resuelta por la Concejala que ostente las competencias en materia de Cultura y se publicará en la web del Ayuntamiento de Burgos, comunicándose a los premiados.

-          Se dictará la resolución definitiva de adjudicación de los premios.

-          No se mantendrá correspondencia con los particulares y los originales no premiados serán destruidos.

-          No se abrirá más plica que la del poemario ganador.

 

-          Contra la resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo el recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, o directamente formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses computados desde la fecha de la notificación de la resolución. En el caso de haber interpuesto un recurso potestativo de reposición no podrá interponerse el recursocontencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta según lo dispuesto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Artículo 8. Propiedad de las obras

-          Las obras premiadas seguirán siendo propiedad en todos sus aspectos de los autores. El/la autor/a de los poemarios ganadores del Premio de Poesía Ciudad de Burgos se comprometen, por el mero hecho de aceptar el premio, a que la primera edición de la obra la lleve a cabo la Editorial Visor.

 

-          La responsabilidad derivada del plagio o de cualquier transgresión de la legislación vigente que, en materia de propiedad intelectual, en que pudiesen incurrir los participantes, correrá exclusivamente a cuenta de estos.

 

En cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos se informa de que los datos personales serán tratados por el Ayuntamiento de Burgos como responsable del tratamiento, con la única finalidad de tramitar la solicitud o el procedimiento administrativo solicitado. Los datos no serán comunicados ni cedidos a terceros, salvo obligación legal, y serán conservados durante el tiempo necesario para atender dicha finalidad. Podrá ejercer sus derechos sobre protección de datos en la siguiente dirección: Plaza Mayor, 1. C.P. 09071. Burgos. Si desea más información sobre protección de datos, visite nuestra política de privacidad en www.aytoburgos.es

 

 

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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