Concursos Literarios

 

 

 

XXXV CONCURSO DE CUENTOS CARMEN SEGURA (España)


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XXXV CONCURSO DE CUENTOS CARMEN SEGURA (España)

28:05:2021

Género:  Cuento, infantil y juvenil

Premio:  Lote de libros o material escolar valorado en 120 € y diploma

Abierto a:  alumnos de 5º y 6º de Primaria y 1º y 2º de Secundaria de los centros escolares

Entidad convocante:  Área de Educación del Ayuntamiento de Benicarló

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  28:05:2021

 

BASES

 

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BASES DEL XXXV CONCURSO DE CUENTOS CARMEN SEGURA.

 

El Área de Educación del Ayuntamiento de Benicarló, convoca el XXXV CONCURSO DE CUENTOS CARMEN SEGURA, de acuerdo con las siguientes BASES:

1. REGULACIÓN. Las presentes bases se regularan por lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Benicarló, publicada el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, número 154 de fecha 26 de diciembre de 2017.

2. OBJETIVO. Este concurso organizado por el área de Educación del Ayuntamiento de Benicarló, tiene como objetivo fomentar la originalidad y motivar la importancia del uso de la expresión escrita, siendo la finalidad principal de este concurso el estimular la creatividad de los escolares promoviendo la escritura.

3. PARTICIPANTES. Alumnos de 5º y 6º de Primaria (categoría A) y 1º y 2º de Secundaria (categoría B) de los centros escolares.

4. MODALIDAD, TEMA Y PROCEDIMIENTO. habrá dos modalidades, valenciano y castellano.

El tema para el Concurso de Cuentos Carmen Segura 2021, será"Los oficios tradicionales del mar".

El calafate, el carpintero de ribera, el patrón, el marinero mercante, el marinero pescador, la remendadora, el farero, el subastador, la pescadera, el arriero/la arriera, la placera...

¿Sabéis quiénes son? Son las personas que ejercían viejos oficios relacionados con el mar. La mayoría de ellos han desaparecido o se han adaptado a los nuevos tiempos, pero queremos recordarlos, porque forman parte de la historia y cultura de nuestro pueblo.

Escribir una historia sobre estos oficios o alguno de ellos y las personas que los desarrollaban. Si queréis saber más de lo que hacían, en el Museo de la Mar encontrareis bien explicada su historia.

La extensión mínima de los trabajos será de 2 a 3 folios para los alumnos de Primaria, y de 3 a 5 folios para los de Secundaria, escritos por una suela cara, con formato de letra Times New Roman o Arial, medida 12, interlineado 1 y 1/2.

Cada centro escolar participante entregará un máximo de 4 cuentos por línea educativa y por cada una de las categorías y modalidades.

5. PRESENTACIÓN. Los cuentos serán originales e inéditos y se presentarán por sextuplicado en el Ayuntamiento de Benicarló (Pº. Ferreres Bretó, 10, 12580 Benicarló), Área de Cultura, con la indicación PARA EL "XXXV CONCURSO DE CUENTOS CARMEN SEGURA".

6. IDENTIFICACIÓN. Se tendrán que presentar con sistema de plica:
En el exterior del sobre se anotará un lema.
En el interior del sobre, cerrado, documento con el nombre y apellidos del autor, edad, dirección, teléfono, centro escolar y curso en que está matriculado.

7. FECHA DE PRESENTACIÓN. Hasta el 28 de mayo de 2021.

8. JURADO. Será designado por la alcaldesa.

9. DECISIÓN DEL JURADO. Será inapelable, se podrá declarar desierto algún premio si el jurado así lo estima oportuno.

La decisión del jurado se hará pública al Tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Benicarló (www.ajuntamentdebenicarlo.org).

El resultado del premio se justificará documentalmente mediante el acta del resultado, que se firmará por los integrantes del jurado.
Vista el acta con el veredicto del jurado, la alcaldesa tendrá la facultad de resolver la concesión u otorgamiento de los premios mediante decreto.

El resultado del premio se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

10. CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA SELECCIÓN:
Originalidad.
Riqueza y variedad de vocabulario.
Argumentación.
Creatividad.

11. PREMIOS. Por modalidad y categoría:

-Un 1r premio de 120 € y diploma.
-Un 2n premio de 60 € y diploma.
(El valor de los premios se entregará en lotes de libros o material escolar).

Los premios no podrán ser acumulativos ni divisibles y hace falta que se adquieran en el plazo de un mes a partir de la entrega del premio.

El importe de 720,00 euros de los premios, están consignados en la aplicación 06.33481.48000 del Presupuesto del 2021 del Ayuntamiento de Benicarló.

La concesión de los premios se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

12. ENTREGA DE PREMIOS. El día 3 de junio en el Auditorio Pedro Mercader a las 18:30 horas.

Será necesaria la presencia de los ganadores/as siempre que la situación generada por la Covid-19 y las medidas sanitarias decretadas en cada momento por las autoridades competentes lo permitan. Si no fuera posible, la entrega de premios se comunicará a los centros escolares e institutos participantes.

13. NOTAS. La devolución de los cuentos no premiados, podrá solicitarse en el plazo máximo de un mes, a partir de la fecha en que se haga pública la decisión del jurado. Transcurrido este tiempo, los que no se hayan retirado, se destruirán.

El hecho de participar en el concurso implica la total aceptación de estas bases y faculta el jurado para la interpretación y resolución de los casos no previstos en las bases.


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XXXII PREMIO DE ARTE "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)


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XXXII PREMIO DE ARTE "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)

31:05:2021

Género:  Obra creación artística

Premio:   9.000 €

Abierto a:  mayores de edad, nacidas o empadronadas en la Comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:05:2021

 

BASES

 


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1. OBJETO

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXII Premio de Arte "Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal", año 2021, con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación e innovación del arte y pretende generar espacios de acercamiento entre los artistas, el arte, y la comunidad.

2. DESTINATARIOS

Tendrán derecho a participar todas aquellas personas físicas, de forma individual o colectiva, mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrán presentarse a esta convocatoria las personas ganadoras en la última edición del Premio de Arte.

3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

La cuantía del premio será la siguiente:

• Gran Premio "Santa Isabel de Portugal", dotado con 9.000 euros.

• Un accésit dotado de 5.000 euros.

El referido gasto por importe de 14.000 euros se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200.33400.4810000 del vigente Presupuesto (RC 22021003539). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición de premios o compartidos ex-aequo, aunque podrá declarar desiertos los premios si no considera con suficiente mérito ninguna de las obras presentadas.

4. RETENCIONES E IMPUESTOS

Las obras premiadas pasarán a ser propiedad de la Diputación Provincial de Zaragoza, implicando la cesión dentro del ámbito del concurso de los derechos de difusión y reproducción de las obras presentadas.

4.1. Retenciones: Los premios quedan sometidos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente, conforme al RD 439/2007, de 30 de marzo, que corresponde a una retención del 15%.

4.2. Impuestos: En relación al impuesto sobre el valor añadido (IVA) se distinguen dos situaciones conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre:

- Actividad de carácter aficionado que no se ejerce en un ámbito de actividad económica: no estaría sujeta al IVA.

- Actividad ejercida como empresario o profesional (incluye el ejercicio de profesiones artísticas): estaría sujeta al IVA y el tipo impositivo corresponderá al 10 % ya que DPZ se queda con la obra ganadora y esta tiene la consideración de objeto de arte según lo dispuesto en el art. 136, núm. 2º, de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

Por ello, la participación en esta convocatoria conlleva la presentación de una Declaración responsable sobre la derivación de la obra de una actividad artística, cuyos rendimientos tienen la consideración de profesionales o certificación censal del IAE como profesional. (Anexo II)

5. TEMÁTICA Y FORMATO

Cada artista podrá presentar una única obra fechada entre los años 2020-2021, que no haya sido presentada en otro certamen ni exposición, ni haya formado parte en ninguna de las convocatorias anteriores de este Premio. La temática y la técnica artística serán libres, ajustadas a las siguientes características:

PINTURA, FOTOGRAFÍA, DIBUJO, GRABADO: Medidas mínimas de 100x100 y máximo de 200 x 200 cm. o su equivalencia en superficie (sin incluir marco, listón o soporte).

ESCULTURA: Las medidas de las esculturas (que no superarán los 75 kilos) tendrán al menos un lado no inferior a 30 cms. y un máximo de alrededor de 180 cms, debiendo ser fácilmente manipulables sin necesidad de máquinas.

INSTALACIONES: Obras realizadas en cualquier material orgánico o inorgánico, pueden incluir sonidos, luces, vídeos y movimientos mecánicos o eléctricos. El proyecto de instalación artística tiene que adecuarse al espacio propuesto en esta convocatoria, para la exposición posterior. Las medidas máximas tendrán como base 4 metros, profundidad 4 metros y altura 8 metros.

NUEVAS TECNOLOGÍAS Y OTROS: Videoarte, obras digitales, disciplinas mixtas o cualquier otra manifestación plástica emergente no incluida en las disciplinas anteriores. Los trabajos serán presentados en formato DVD, AVI, MOV, MP4, MPEG y soporte digital reproducible con un máximo de duración de 15 minutos con título y créditos de cierre incluidos.

Los autores son los únicos responsables de los derechos de imagen de las personas que pudieran aparecer en el trabajo, especialmente los que atenten contra el honor, la intimidad y/o la imagen del menor y demás protegidos por la legalidad vigente, así como la responsabilidad legal sobre empresa, entidad... que no hubieran aprobado la presentación de su imagen en este Premio.

En todos los casos que fuera necesario, se deberán adjuntar las indicaciones técnicas necesarias para su correcto montaje y exhibición, así como, una fotografía de la pieza ya montada.

No se admitirán obras realizadas con materiales peligrosos para su manipulación o para la integridad de la propia obra.

6. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La presente convocatoria se compone de tres fases:

6.1. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES EN FORMATO DIGITAL

Para formar parte de la convocatoria, los solicitantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la misma. La documentación que debe acompañar a ésta es la siguiente:

a) Anexo I: Modelo de solicitud

b) Fotocopia del D.N.I. o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en la comunidad de Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria.

c) Currículum vitae que incluya la formación y becas, exposiciones individuales, colectivas, premios y menciones. (Máximo 40 líneas).

d) Ficha de Terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. También debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.

e) Documento con una breve explicación de la obra presentada y del proceso creativo del artista en relación a la misma (máximo 20 líneas).

f) Dos imágenes digitales de la obra que presenta a concurso, con una resolución mínima de 72 píxeles, en formato tiff o jpg (en soporte USB/CD/DVD si se hace presencial). Deberá mostrar la obra en su totalidad para su valoración, pudiendo el autor/a aportar dos imágenes adicionales con algún encuadre o detalle relevante de la obra si se desea. No se tendrán en consideración los envíos de imágenes que no cumplan estos requisitos. (dichas imágenes se enviarán también a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

El plazo de recepción de la documentación y las imágenes de la obra a concurso será de un plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente).

Se presentará la documentación anterior preferiblemente de manera telemática a través del "Catálogo de trámites" de la sede electrónica de la DPZ: dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza. En caso de hacerlo presencialmente, se realizará en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a
14 horas dentro del plazo establecido, así como, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el beneficiario sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de recepción del requerimiento, se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se estimará desistida la solicitud.

A los efectos de notificaciones al interesado/a, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Normas de la convocatoria, junto con los anexos, están disponibles en el "Catálogo de trámites" de dpz.sedelectronica.es, y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.pap.hacienda.gob.es)

6.2. SELECCIÓN DE PROPUESTAS

De entre las obras presentadas recibidas en el formato digital descrito, en tiempo y forma, en el punto 6.1., el Jurado designado conforme al apartado 7.2., seleccionará aquellas obras que a su criterio pueden optar a los premios estipulados para esta convocatoria.

La selección se celebrará en reunión del Jurado en fecha a determinar antes del 11 de junio de 2021, y redactarán un acta en la que consten las obras seleccionadas que optarán al Premio que compondrán la Exposición del XXXII Premio de Arte "Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal", que se organizará en Palacio de Sástago (Coso, 44) de Zaragoza a inaugurar en fecha a determinar a lo largo del año 2021.

Antes del 20 junio de 2021, la Diputación Provincial de Zaragoza notificará al interesado/ha seleccionado/a, según establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El hecho de ser seleccionado en el proceso supone aceptar formar parte de la exposición resultante donde se han de exhibir las obras que han sido seleccionadas sobre formato digital. El artista puede declinar la aceptación de ser seleccionado.

La obra que resulte seleccionada para formar parte de la exposición debe estar disponible para exponerse en la muestra durante el total del período de duración que se estipule en su momento.

Aquellos que hayan resultado seleccionados, recibirán información-recordatorio del plazo de recepción de obras y requisitos según se indican a continuación en estas bases.

Las propuestas de artistas presentadas presencialmente en formato USB, que no hayan sido seleccionadas para la exposición, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde dicha comunicación. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

6.3. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS SELECCIONADAS

Las obras seleccionadas se presentarán presencialmente en el Servicio de Cultura de la Diputación Provincial de Zaragoza (Plaza España, 2) el 23, 24 y 25 de junio de 2021, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 h. En caso de no presentar las obras fuera de estas fechas, quedarán excluidas de la exposición. Además, si el Jurado percibiera algún cambio respecto de la obra presentada digitalmente a concurso, será motivo de exclusión de la selección, exposición y del procedimiento del Premio.

Las obras se entregarán debidamente protegidas y en perfecto estado de conservación. Además, se entregarán firmadas al dorso, donde figurará claramente el nombre y apellidos del artista, así como el título de la misma.

Se podrán enviar las obras por cuenta y riesgo de sus autores, a portes pagados y con embalaje reutilizable (de material rígido, ej: madera) o suficientemente sólido para que su posterior devolución asegure su integridad. La Diputación Provincial de Zaragoza no responderá de pérdidas, roturas, robos, hurtos o daños en las obras, por razón de fuerza mayor o cualquier otra causa ajena a su voluntad, tanto en los actos de recepción y devolución como durante el tiempo en que estén bajo su custodia. Los seguros que quisieran efectuarse serán por cuenta de cada uno de los participantes.

En caso de que las condiciones de recepción de la obra no sean las óptimas, la Diputación se reserva la posibilidad de comunicar al autor la circunstancia y valorar la conveniencia de ser excluida de la exposición final.

En caso de que el autor envíe la obra con un embalaje especial, deberá hacerlo constar en un documento adjunto a la obra, indicando medidas, material en que está hecho el embalaje y otros detalles que garanticen la correcta identificación del mismo para su conservación hasta el final de la exposición.

En caso de gran complejidad en cualquiera de las obras presentadas, la organización podrá requerir la colaboración del artista para su montaje y correcta exhibición.

La Diputación Provincial de Zaragoza contratará una póliza de seguro que cubra, tras su peritación, los posibles daños de las obras, si los hubiera, durante la exposición y hasta la devolución de las mismas a sus autores.

Las obras seleccionadas y expuestas no podrán ser retiradas de la Diputación Provincial de Zaragoza hasta la clausura de la exposición. En este momento, la institución avisará a los autores para su recogida en el Servicio de Cultura de la Diputación de Zaragoza, Plaza España, 2, en horario de 9 a 14 horas, exclusivamente durante los 15 días después a la finalización de la muestra expositiva. Transcurridos los cuales las no recogidas pasarán automáticamente a libre disposición de la Diputación Provincial de Zaragoza.

7. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO

Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación, ésta será tramitada de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza de Subvenciones aprobada por la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estos premios corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

7.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

7.2. Designación del Jurado por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza (publicándose en el BOPZ), que estará formado tres personas de reconocido prestigio en el mundo artístico teniendo en cuenta la representación de asociaciones de artistas, galeristas, críticos, especialistas e historiadores del arte y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrán los beneficiarios.

7.3. Preelección conforme a lo previsto en el punto 6.2. de las bases de la convocatoria.

7.4. Propuesta de concesión formulada por el Jurado con arreglo a los criterios de calidad artística y técnica utilizada, así como, el carácter cultural propio de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma.

7.5. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

7.6. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

7.7. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de los premios de acuerdo con la propuesta del Jurado. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta del Jurado dejando constancia de los motivos en el expediente.

7.8. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2021.

8. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 5/2015, de 24 de marzo, de Subvenciones de Aragón modificado por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento ( artículo 23 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo, no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a los beneficiarios conforme a los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y podrá ser consultada a través de la dpz.sedelectronica.es

La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.

Contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso- Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

10. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXI Premio de Arte "Santa Isabel de Portugal", año 2021, es conforme al Plan estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza (2020-2023), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2019-2213 de 20/07/2019 y modificado por Decreto de Presidencia 2020-0234 de fecha 07/02/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-1658 de fecha 05/07/2020,Decreto de Presidencia nº 2020-2077 de fecha 31/08/2020, Decreto de Presidencia nº 2021-0549 de fecha 11/03/2021 y por Decreto de Presidencia nº 2021-1033 de fecha 15/04/2021.

11. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

12. RENUNCIA Y REINTEGRO

En el supuesto de que el/los ganador/es no cumpliera/n con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad de los premios, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.

La renuncia al Premio concedido deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del mismo en el plazo de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Fuente y Anexos: infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/562409



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IV PREMIO DE NOVELA POLICÍA NACIONAL (España)


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IV PREMIO DE NOVELA POLICÍA NACIONAL (España)

31:05:2021

Género:  Novela

Premio:  10.000 € y edición

Abierto a:  mayor de edad con residencia en España

Entidad convocante:  Fundación Policía Española, Algaida Editores y Fundación Unicaja

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:05:2021

 

BASES

 

Convocado por la Fundación Policía Española, Algaida Editores, S.A. (Grupo Anaya) y Fundación Unicaja

BASES DE PARTICIPACIÓN

I. Se establece un único Premio dotado con 10.000 euros que se entregará en concepto de anticipo de derechos de autor y atendiendo a la normativa fiscal vigente. El premio no podrá dividirse ni declararse desierto, salvo que las obras finalistas atenten contra los derechos fundamentales o la buena imagen de la institución policial.
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II. Podrá optar al premio cualquier escritor mayor de edad con residencia en España cuya obra esté escrita en lengua castellana, sea original e inédita, no haya sido premiada en ningún otro certamen ni esté sujeta a compromiso alguno de edición. La organización no admitirá a concurso trabajos que hayan resultado premiados antes o durante el periodo de celebración de este certamen. Cualquier novela que haya resultado previamente premiada quedará descalificada por tal motivo. La presentación al certamen supone la autorización a las entidades convocantes del premio para reproducir cuantas copias sean necesarias del material enviado para los procesos de registro, selección y administración de los trabajos recibidos.

Todas las obras presentadas quedarán en depósito de los receptores hasta la fecha del fallo.

III. Las obras a concurso deberán estar adscritas al género policíaco, criminal o de suspense (novela negra). El autor o autora responde de la autoría y originalidad de su obra, así como de no ser copia ni modificación de obra ajena.

IV. Las novelas se presentarán al IV Premio de Novela Policía Nacional firmadas bajo lema o pseudónimo y tendrán una extensión no inferior a 150 páginas o 350.000 caracteres, espacios incluidos, en fuente Times New Roman, Arial o similar, de 12 puntos y con doble interlineado, que deberán enviarse en formato digital PDF, Word o compatibles, y con indicación del título de la obra y el lema o pseudónimo elegido por el autor.
Las obras a concurso deberán remitirse antes del 31 de mayo de 2021, a las 23:59 horas, única y exclusivamente por correo electrónico, a la siguiente dirección:
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Los envíos se realizarán mediante dos archivos cuyo peso total no excederá de 2 MB, de acuerdo al siguiente procedimiento:
• En el primer archivo deberá incluirse la obra en formato PDF, sin datos personales ni referencia alguna a su autor. En el nombre de este archivo se hará constar únicamente: "Obra (seguido del título)".
• En el segundo archivo deberán incluirse, en formato PDF, los datos personales del autor: nombre y apellidos, domicilio postal, correo electrónico y teléfono de contacto, así como una breve nota biobibliográfica y la certificación de que el autor no tiene comprometidos los derechos de la obra ni que ésta se encuentra pendiente de resolución en otro premio. En el nombre de este archivo se hará constar únicamente: "Datos personales".

En el asunto del correo electrónico deberá figurar obligatoriamente el siguiente texto: "IV Premio de Novela Policía Nacional - (Título de la obra) - (Ciudad de procedencia)".

Quedarán excluidos de la convocatoria todos aquellos trabajos presentados físicamente o por correo postal, quedando eximida la organización de la devolución de los mismos.

V. La organización no expenderá recibos o cualquier documentación relacionada con las obras presentadas a concurso que no resulten ganadoras. De igual manera, no mantendrá correspondencia o comunicación con los participantes, ni facilitará información sobre la clasificación y selección de las novelas.

VI. La organización declina cualquier responsabilidad por eventuales pérdidas, retrasos, deterioros o incidencias relacionadas con el envío de documentación por parte de los autores. Asimismo, no se admitirán obras enviadas a portes debidos o cuya entrega comporte algún coste económico, incluidos impuestos, tasas aduaneras, recargos o cualquier otro gasto.

VII. Algaida Editores, a través de sus servicios editoriales y en colaboración con la Fundación Policía Española y la Fundación Bancaria Unicaja, seleccionará las novelas finalistas sobre las que fallará el Jurado. La composición del mismo no se hará pública hasta la proclamación oficial de la obra ganadora.

El fallo del Jurado, que será inapelable, se hará público en una fiesta literaria que se celebrará en otoño de 2021.

El autor ganador se compromete a no retirar su obra y a suscribir cuantos documentos legales fueran necesarios para optar al premio, así como participar con su presencia en la campaña de promoción que diseñen las entidades convocantes.

VIII. El autor premiado cede los derechos de explotación sobre la obra en favor Algaida Editores, de conformidad al modelo de contrato de cesión de derechos establecido al efecto, contrato que los participantes pueden consultar, si así lo desean, mediante solicitud motivada a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., donde quedan depositados junto a las bases.

La presentación al premio implica el conocimiento y la aceptación expresa de dicho contrato de cesión de derechos en todo su contenido. El importe del Premio se computará como anticipo a cuenta de los derechos de autor que se estipulen en el contrato de edición. En caso de ser premiado, el autor, que no podrá renunciar al premio, firmará dicho contrato de cesión de derechos, y si esto no hiciere, se dará como firmado y aceptado por el premiado pudiendo Algaida Editores S. A., proceder a la explotación de derechos sobre la obra en la forma determinada en el contrato de cesión de derechos antes indicado.

La cesión de derechos es a favor Algaida Editores, S.A., en exclusiva y sin limitaciones espaciales o territoriales, de todos los derechos de propiedad intelectual para la explotación de la obra premiada en la forma más amplia posible y durante quince años desde la fecha en que se haga público el fallo del jurado, teniendo plena libertad en cuanto a ediciones, número de ejemplares, precio y distribución, todo ello con la remuneración y condiciones determinados en el contrato de cesión de derechos, no devengándose al autor cantidad alguna hasta cubrir el anticipo.

Si así lo considerase, Algaida Editores podrá publicar las obras no premiadas susceptibles de su interés, previo contrato de edición suscrito con los autores.

Los originales no premiados y sobre los que Algaida Editores no ejerza su derecho de opción, serán destruidos, no manteniéndose correspondencia con sus autores.

IX. Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y Tribunales de Sevilla.

La participación en este certamen implica la aceptación total de sus bases y normas.

X. Los interesados aceptan expresamente que sus datos de carácter personal serán incorporados a un registro de actividades de tratamiento con la única finalidad de gestionar su participación en el presente concurso. De igual manera, aceptan que los datos puedan ser cedidos a Administraciones Públicas y cualquier otra entidad pública o privada que fuera necesaria para el correcto desarrollo del certamen. Los autores podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición; así como cualquier otro establecido en la normativa vigente enviando correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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I CONCURSO DE RELATOS CORTOS BENIMACLET 2021 (España)


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I CONCURSO DE RELATOS CORTOS BENIMACLET 2021 (España)

31:05:2021

Género:  Relato

Premio:   300 €, publicación en antología y 10 ejemplares

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Asociación de Imagen Experimental y Junta Municipal de distrito Exposición

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:05:2021

 

BASES

 

 

Entidades convocantes:
Asociación de Imagen Experimental
Junta Municipal de distrito Exposición

Fecha de cierre: 31 mayo 2021

Objetivo:
Reunir en una edición colectiva relatos cortos cuya acción transcurra en Benimaclet.

 

Bases del I CONCURSO DE RELATOS CORTOS BENIMACLET 2021

1 - Podrán optar al premio todas las personas mayores de 18 años que lo deseen o menores con autorización de tutor/a sea cual sea su nacionalidad, siempre que las obras que se presenten se ajusten a lo descrito en estas bases, estén escritas en castellano o en valenciano, sean originales, inéditas y no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso, o que hayan sido presentadas a otro premio por fallar en las mismas fechas.

www.escritores.org
2 - La extensión de las obras: Los relatos deberán tener una extensión mínima de 1.500 palabras y máxima de 6.000, sin contar el título, en hojas numeradas y mecanografiadas en formato WORD, con espacio interlineal doble con letra Arial y tamaño de fuente de 14 puntos, No se aceptarán obras con ilustraciones, salvo que sean mapas o detalles necesarios para la comprensión del relato

3 - El envío de los ORIGINALES deberá realizarse mediante correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En el asunto del correo se pondrá el título de la obra Se enviarán dos documentos words adjuntos en el mismo correo:

Uno con el original que se nombrará con el título de la obra, debiendo aparecer el título que el autor/a desee dar a la obra sin más datos del autor/a.

En otro documento words adjunto en el mismo correo que se nombrará plica, y dentro con el título del relato, se incluirá el nombre, apellidos, fecha de nacimiento, dirección personal completa con código postal, teléfono de contacto, así como una fotocopia del DNI en vigor (si el autor/a es español), o la carta de identidad que acredite la nacionalidad a la que pertenece (en caso de no ser ciudadano/a español/a). Todos los trabajos se entregarán en soporte digital, en formato de texto editable (no PDF).

4 - Sólo se admite una obra por cada autor/a. La ausencia de cualquier dato puede llevar a la descalificación del relato.

5 - Las obras presentadas al premio serán de temática libre, pero con una condición la acción del relato debe de transcurrir en Benimaclet.

6 - La Entidad convocante, Asociación de Imagen Experimental, no mantendrá correspondencia alguna relacionada con las obras presentadas en el tiempo previo o a la proclamación de la obra vencedora, tras la deliberación del jurado. La entidad organizadora no se hace responsable de las posibles pérdidas o deterioros de los originales, ni de los retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al sistema de mensajería por el que haya optado el concursante o a errores de terceros que hayan podido afectar a los envíos de las obras participantes en el Premio.

7 - El plazo de admisión de originales se cerrará el día 31 de mayo de 2021. Los envíos que no cumplan este requisito y lleguen fuera de plazo no entrarán a concurso. Por el hecho de concurrir al Premio, los autores/as aceptan estas bases y se comprometen a no retirar la obra una vez enviada. El autor/a no puede mantener compromiso editorial previo o simultáneo referido a la obra presentada, ya sea de forma unitaria o en un texto de colaboraciones conjuntas. Así mismo, si la obra presentada está incluida en algún medio interactivo de Internet o en alguna red social, ésta debe ser retirada en el mismo momento del envío para participar en el premio.

8 - El jurado será nombrado por la Asociación de Imagen Experimental y estará formado por especialistas en literatura en sus distintas parcelas y un secretario/a que no tendrá voto. Su composición se hará pública el día 31 de julio de 2021, que será cuando se dará a conocer los nombres de los 10 autores/as de los textos finalistas y los ganadores/as de los tres premios en metálico. El fallo del jurado será inapelable, reservándose la entidad organizadora el derecho a modificar esta fecha. La entrega se llevará a cabo en un acto organizado por la Asociación de Imagen Experimental el día 7 de agosto de 2021. Al acto de entrega deberán asistir los autores/as premiados/as. Y los y las finalistas

9 - Los premios, se concederá a tres obras vencedoras, de entre los 10 finalistas si bien, el jurado podrá aconsejar a la entidad convocante las obras no premiadas en las que hayan juzgado un valor singular, reservándose la Asociación de Imagen Experimental las actuaciones pertinentes sobre ellas, así como su posible relación con sus autores/as, al margen de este premio. El jurado estará facultado para resolver toda cuestión de su competencia que no hubiera quedado establecida de forma explícita en estas bases.

10 - Se establecen tres premios:
1º premio 300€
2º premio 200€
3º premio 100€

11 - Se editarían 200 ejemplares con los 10 relatos finalistas, entregando como premio 10 ejemplares a cada finalista para que reparta entre amigos/as y familiares.
Los 100 ejemplares restantes se repartirían entre las diferentes asociaciones culturales del barrio, no estando permitida su comercialización.

 

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XXXI PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)


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XXXI PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)

10:06:2021

Género:  Novela, relato

Premio:   5.000 €, edición y 30 ejemplares

Abierto a:  mayores de edad, nacidas o empadronadas en la Comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  10:06:2021

 

BASES

 

1. OBJETO

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXI Premio de Narrrativa "Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal", año 2021.
www.escritores.org

Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.

2. DESTINATARIOS

Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Narrativa.

3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22021003540). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.

La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Baltasar Gracián la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.

Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.

La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.

4. RETENCIONES E IMPUESTOS

4.1. Retenciones: Los premios quedan sometidos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente, conforme al RD 439/2007, de 30 de marzo, que corresponde a una retención del 15%.

4.2. Impuestos: En relación al impuesto sobre el valor añadido (IVA) se distinguen dos situaciones conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre:

- Actividad de carácter aficionado que no se ejerce en un ámbito de actividad económica: no estaría sujeta al IVA.
- Actividad ejercida como empresario o profesional (incluye el ejercicio de profesiones artísticas): estaría sujeta al IVA y el tipo impositivo corresponderá al 10 % ya que DPZ se queda con la obra ganadora y esta tiene la consideración de objeto de arte según lo dispuesto en el art. 136, núm. 2º, de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

Por ello, la participación en esta convocatoria conlleva la presentación de una Declaración responsable sobre la derivación de la obra de una actividad artística, cuyos rendimientos tienen la consideración de profesionales o certificación censal del IAE como profesional. (Anexo II)

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Para formar parte de la convocatoria, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la convocatoria, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado.

Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.

Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).

Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital (.doc o .pdf) mecanografiadas electrónicamente en tamaño DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cm y con tipo de letra "arial" o "times" y un tamaño de 12 puntos. La extensión será de 125 a 250 páginas DIN A4. Las páginas irán numeradas.

Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la "XXXI Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021 y un lema o seudónimo.

Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.

A los anexos, la ficha a terceros, el documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en su caso) y la obra a concurso, se acompañará de una plica a modo de sobre cerrado en cuyo exterior conste: "XXXI Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, el título de la obra y un lema o seudónimo de la persona que sea su autora. En el interior de la misma se incluirán:
- Nombre y apellidos / Dirección de correo postal / Teléfono de contacto / Correo electrónico.
- Breve relación de méritos o biografía.
- Declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.
- Escrito de conformidad a la cesión de los derechos de edición de la obra (incluidos los de publicación, distribución y explotación) por un plazo de doce meses, que se contarán desde la fecha de concesión del premio.

Todo podrá presentarse en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas, en un plazo de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, de manera telemática a través del "Catálogo de trámites" de la sede electrónica de la DPZ: dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a teceros están disponibles en el "Catálogo de trámites" de dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.pap.hacienda.gob.es)

Las obras no premiadas presentadas en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

6.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

6.2. Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.

6.3. Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.4. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.5. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

6.6. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.7. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.

6.8. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2021.

7. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 5/2015, de 24 de marzo, de Subvenciones de Aragón modificado por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento ( artículo 23 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo, no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a el/los beneficiario/s conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrá ser consultada a través de dpz.sedelectronica.es.

La falta de resolución y notificación en este plazo producirá efectos desestimatorios contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

8. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, es conforme al Plan estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza ( 2020-2023), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2019-2213 de 20/07/2019 y modificado por Decreto de Presidencia 2020-0234 de fecha 07/02/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-1658 de fecha 05/07/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-2077 de fecha 31/08/2020, Decreto de Presidencia nº 2021-0594 de fecha 11/03/2021 y por Decreto de Presidencia nº 2021-1033 de fecha 15/04/2021.

9. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

10. RENUNCIA Y REINTEGRO

En el supuesto de que el/los ganador/es no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad del premio, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.

La renuncia a la subvención concedida deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del Premio en el plazo de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Fuente y Anexos: infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/562417



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