Concursos Literarios

 

 

 

CONCURSO DE RELATO BREVE FANTÁSTICO "BIBLIOTECA FANTÁSTICA" 2023 (España)


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CONCURSO DE RELATO BREVE FANTÁSTICO "BIBLIOTECA FANTÁSTICA" 2023 (España)

20:06:2023

Género:  Relato

Premio:  250 € en libros y cena

Abierto a:  mayores de 18 años

Entidad convocante:  Feria del Libro de Santander y Cantabria (Felisa) y la Red de Bibliotecas Municipales de Santander

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  20:06:2023

 

BASES

 

 

La Feria del Libro de Santander y Cantabria (Felisa) y la Red de Bibliotecas Municipales de Santander convocan el concurso de relatos breves ‘Biblioteca Fantástica’, una oportunidad de conmemorar los 100 años de la Biblioteca de Menéndez Pelayo de Santander a través de la literatura.

Con una promoción conjunta, se recibirán relatos en todas las bibliotecas municipales así como en las librerías participantes en Felisa 2023 en las que se podrán recibir las propuestas hasta el día 20 de junio de 2022, aunque es preferible el envío al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El fallo del jurado se hará público durante la Feria del Libro, el domingo 9 de julio en la mañana durante el último día de la Feria.

 

Bases del concurso

• ‘Biblioteca Fantástica’ es un concurso de relatos breves en género fantástico en los que la Biblioteca Menéndez Pelayo de Santander debe ser un elemento central, como lugar, como personaje, etcétera.

• Entendemos por género Fantástico aquel que utiliza elementos fantásticos dentro de su historia (eventos de aspecto sobrenatural, imaginarios, ficticio y/o extraordinario) y que puede jugar con personajes reales y fantásticos, en una especie de relación entre lo real y lo irreal. La tradición de la literatura fantástica es laica y sitúa lo sobrenatural fuera del espectro religioso.

• Puede presentarse cualquier persona con 18 o más años de edad.

• Cada persona podrá, como máximo, presentar una única obra original inspirada en la Biblioteca de Menéndez Pelayo de Santander, escrita en lengua española, inédita y no premiada en otros concursos. El relato debe tener una extensión máxima de 800 palabras y un mínimo de 350. Las obras que no cumplan este requisito, así como aquellas que no se encuadren en la literatura fantástica serán desestimadas.

• Cada concursante presentará su relato en un sobre cerrado en el que figure el nombre del concurso (Biblioteca Fantástica) y el pseudónimo de la autora o del autor. Dentro del sobre debe ir la (s) carta (s) a concurso, así como otro sobre cerrado que esté marcado con el pseudónimo y dentro debe figurar el nombre completo del autor(a), su fecha y lugar de nacimiento, su dirección de residencia, el teléfono móvil y el correo electrónico.

• En caso de presentarse hasta el 20 de junio a través del correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) el asunto del correo debe ser “Biblioteca Fantástica” + Pseudónimo del autor/a. En el correo electrónico se deben adjuntar los siguientes documentos: el relato en formato PDF + documento PDF titulado con el pseudónimo del autor/a y que contenga nombre completo del autor(a), su fecha y lugar de nacimiento, su dirección de residencia, el teléfono móvil y el correo electrónico.

• Se establecerá un jurado conformado por dos personas designadas por la Red de Bibliotecas Municipales de Santander, una persona por la Biblioteca de Menéndez Pelayo y dos personas por Librerías Asociadas de Cantabria, organizadora de la Feria del Libro, así como un invitado externo de reconocido prestigio en el ámbito editorial.

• Se establecerán dos premios dotados, cada uno, con 250 euros canjeables en libros en las librerías designadas por la Red de Bibliotecas Municipales de Santander. Cada persona premiada, además, disfrutará de una cena para dos personas en el restaurante Deluz.

• El concurso no devolverá originales presentados al concurso.www.escritores.org

• Los textos premiados o reconocidos podrán ser divulgados a través de los canales propios de la Red de Bibliotecas y de la Feria, así como podrán ser difundidas por otros medios de promoción de la lectura.

• Se adjuntan a estas bases información general de interés facilitada por la Biblioteca Menéndez Pelayo con datos que pueden servir para inspirar los relatos.

• El fallo del jurado será inapelable y será hecho público durante la clausura de la Feria del Libro de Santander y Cantabria, el 9 de julio de 2023.

 

Fuente: felisacantabria.com/concurso/

 

 
 

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PREMIO NACIONAL DE LITERATURA LUIS RENTERÍA 2023 (Panamá)


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PREMIO NACIONAL DE LITERATURA LUIS RENTERÍA 2023 (Panamá)

30:08:2023

Género:  Ensayo

Premio:  3.000 dólares, edición y 100 ejemplares

Abierto a:  panameños por nacimiento, residentes o no en el territorio nacional, y los panameños por naturalización residentes en el país, mayores de edad

Entidad convocante:  Asociación de Futbolistas Profesionales de Panamá, la Asociación Panameña de Lupus y el Ministerio de Cultura

País de la entidad convocante:  Panamá

Fecha de cierre:  30:08:2023

 

BASES

 

 

LA ASOCIACIÓN DE FUTBOLISTAS PROFESIONALES DE PANAMÁ, LA ASOCIACIÓN PANAMEÑA DE LUPUS Y EL MINISTERIO DE CULTURA DECLARAN ABIERTO EL CONCURSO NACIONAL DE LITERATURA “LUIS RENTERÍA”, EL CUAL BUSCA PROMOVER EL DEPORTE, LA CULTURA LITERARIA, LA SENSIBILIZACIÓN PARA EL APOYO A ESTA FUNDACIÓN, AL MISMO TIEMPO, RENDIR HOMENAJE A ESTE FUTBOLISTA PANAMEÑO, QUIEN FORMÓ PARTE DE LA SELECCIÓN NACIONAL DE PANAMÁ, Y DE LOS EQUIPOS LOS DORADOS DE LOS MOCHIS EN MÉXICO, EL REAL CARTAGENA DE COLOMBIA, BOLÍVAR DE BOLIVIA Y TAURO F.C. DE LA LIGA PANAMEÑA DE FÚTBOL.

DISPOSICIONES GENERALES

1. La Asociación de Futbolistas profesionales de Panamá, La Asociación Panameña de Lupus y El Ministerio de Cultura declaran abierto el Concurso Nacional de Literatura Luis Rentería 2023, a partir del 06 de mayo de 2023, fallecimiento del futbolista Rommel Fernández.

2. Podrán participar en el Concurso Nacional de Literatura Luis Rentería los panameños por nacimiento, residentes o no en el territorio nacional, y los panameños por naturalización con más de cinco (5) años de residencia comprobada en el país y mayor de edad.

3. Las obras participantes deben ser enviadas a la cuenta de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. La fecha de cierre será el 30 de agosto de 2023 hasta las 4:00 p.m. En la página web de la Asociación de Futbolistas Profesionales de Panamá así como en la página web del Ministerio de Cultura encontrarán las bases de este concurso.

4. El Ensayo presentado al concurso debe ser original e inédito, estar escrito en idioma español, tener un solo autor, no haber sido premiado en otro certamen, ni estar participando en otro concurso. Este criterio será aplicable a la obra en su totalidad.

5. Los participantes podrán escribir su ensayo sobre cualquier aspecto relacionado al Fútbol nacional o sobre personalidades del fútbol en Panamá.

6. La obra constará de uno o varios ensayos afines entre sí por su unidad temática, debe demostrar la efectiva comunicación de ideas. La extensión mínima es de cincuenta (50) páginas y la máxima de cien (100) páginas. Los trabajos que presenten estructura de tesis o monografía serán descalificados.

7. Los participantes enviarán por correo electrónico su ensayo, escrito a doble espacio, en letra Times New Roman 12, márgenes de una pulgada, en hoja 8.5 x 11 pulgadas e identificado con un seudónimo. A este archivo debe colocarle la palabra “Obra”. En el asunto del correo colocará: Concurso Luis Rentería y el título del ensayo.

8. El archivo que contiene los datos personales del participante debe ser enviado al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. e identificado con la palabra “Plica”. En el asunto del correo colocará: Concurso Luis Rentería y el título de la obra. Este archivo en PDF debe contener una reseña biográfica actualizada, dirección completa, números de teléfonos y copia de la cédula del participante. La ausencia de uno de estos documentos solicitados será motivo de descalificación.

9. En el archivo de la plica y en la primera página del Ensayo escribirá lo siguiente:

PREMIO NACIONAL DE LITERATURA
LUIS RENTERÍA 2023
ENSAYO
TÍTULO DE LA OBRA
SEUDÓNIMO
JURADO, FALLO Y PREMIACIÓN

10. Se garantizará un jurado calificador idóneo, constituido por personalidades vinculadas al deporte del fútbol, así como periodistas deportivos y miembros de la comunidad literaria, quienes tendrán la obligación de mantener secreta su condición de jurado hasta el momento de la deliberación.

11. El jurado calificador al emitir su fallo deberá tener presente que la obra seleccionada contribuya eficazmente al acervo intelectual del país y que cuente con los méritos necesarios para ser premiada.

2. El fallo del jurado calificador será razonado y tendrá carácter definitivo e inapelable. Podrá ser unánime o por mayoría y en ambos casos deberá ser sustentado.

13. La apertura de plicas se efectuará el 25 de octubre de 2023 y la ceremonia de premiación se realizará el 16 de noviembre de 2023

14. El ganador recibirá un PREMIO ÚNICO DE TRES MIL DÓLARES, más la publicación de su obra.

15. El premio podrá ser declarado desierto cuando, a juicio mayoritario del jurado, las obras participantes no reúnan la calidad literaria.

 

PUBLICACIÓN

16. El ganador enviará, por correo electrónico, al Departamento de Letras del Ministerio de Cultura el ensayo ganador debidamente revisado, el cual será fiel al contenido del original enviado al concurso. El ensayo premiado será editado por el Ministerio de Cultura en la Editorial Mariano Arosemena de la Dirección Nacional de Derechos Culturales y Ciudadanía.

17. Esta primera edición será de (500) ejemplares, de los cuales 100 le corresponden al autor. El resto de los libros será utilizado para beneficio de la Asociación Panameña de Lupus.

 www.escritores.org

DISPOSICIONES FINALES

18. Con relación a los derechos de autor, queda establecido que, mediante el acto de aceptación formal del premio, los autores conceden legalmente a la Asociación de Futbolistas profesionales de Panamá y a la Asociación Panameña de Lupus, la titularidad de los derechos de edición, publicación y comercialización de la totalidad del libro presentado en el concurso, por un período de un año o hasta que se agote la primera edición.

19. En caso de producirse alguna eventualidad o plagio comprobado, se revocará el fallo y el participante tendrá que reembolsar los gastos que los organizadores de este concurso hubiesen incurrido, tales como premios, impresión de ejemplares, acto de premiación y otros, así como hacerle frente a las acciones civiles y penales que este delito conlleva.

20. La participación en este certamen implica el conocimiento y la aceptación de estas bases. El incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones será motivo de descalificación.

 

 
 

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VIII PREMIO DE CUENTO SANTIAGO ANZOLA OMAÑA 2023 (Venezuela)


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VIII PREMIO DE CUENTO SANTIAGO ANZOLA OMAÑA 2023 (Venezuela)

01:09:2023

Género:  Cuento

Premio:  US$ 800 y publicación

Abierto a:  estudiantes, venezolanos o extranjeros residenciados en el país, de pregrado y postgrado inscritos en universidades venezolanas

Entidad convocante:  Comité organizador Premio Santiago Anzola Omaña

País de la entidad convocante:  Venezuela

Fecha de cierre:  01:09:2023

 

BASES

 

 

Se anuncia la convocatoria a participar en la VIII Edición del Premio de Cuento Santiago Anzola Omaña 2023, regido por las siguientes BASES.

1. Podrán optar al Premio estudiantes de pregrado y postgrado inscritos en universidades venezolanas. Los participantes deben ser venezolanos o extranjeros residenciados en el país.

2. El tema será libre y los cuentos deberán estar escritos en español.

3. Los cuentos serán presentados en letra Times New Roman punto 12 y un interlineado de 1, 5. Los mismos tendrán una extensión mínima de 2 cuartillas y máxima de 20.

4.Únicamente se podrá presentar 1 texto por autor.

5. El premio es único e indivisible y consiste en el monto de ochocientos dólares (US $800). La publicación del cuento galardonado será en la página web del Premio (premiosantiagoanzola.com), y el ganador tendrá la opción de firmar un contrato de edición con Ediciones Palíndromus para la publicación de un libro de cuentos de su autoría en formato tapa blanda y kindle a través de Amazon y en versión ebook, en un período que no supere los dos años luego de concedido el premio. Será potestad del jurado otorgar menciones honoríficas.

6. El jurado estará integrado por Claudia Cavallin, Luis Barrera Linares y Julieta Omaña.

7. El lapso de recepción de los textos será del 1 de mayo al 1 de septiembre de 2023. El veredicto se dará a conocer el 20 de octubre de 2023 vía nuestra página web (premiosantiagoanzola.com), y a través de nuestras cuentas de Instagram, Twitter y Facebook como @premiosantiagoanzola)

8. Los trabajos se presentarán vía correo electrónico en formato Word o PDF, en un archivo cuyo nombre será el título del cuento. El cuento será firmado con seudónimo.

9. En el mismo correo, en un archivo separado, se incluirá un documento titulado PLICA, con el título del cuento, el seudónimo, y los datos personales del autor (nombre y apellidos, domicilio, dirección de correo electrónico, teléfonos de contacto, nombre de la Universidad, Facultad, carrera y año que cursa, así como la copia de la cédula de identidad).

10. Los cuentos participantes deberán ser inéditos, y no deben haber sido cedidos a ningún otro editor.www.escritores.org

11. No podrán participar ganadores o menciones honoríficas de años anteriores.

12. Los trabajos deberán ser enviados a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Fuente

 

 
 

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PREMIOS INJUVE DE PERIODISMO Y COMUNICACIÓN 2023 (España)


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PREMIOS INJUVE DE PERIODISMO Y COMUNICACIÓN 2023 (España)

09:06:2023

Género:  Periodismo

Premio:  5.000 €

Abierto a:  mayores de edad, de nacionalidad española o extranjeros con residencia legal en España, que no superen los 35 años

Entidad convocante:  Instituto de la Juventud (Injuve)

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  09:06:2023

 

BASES

 

 

Solicitudes: del 12 de mayo al 9 de junio.

Artículo 1.- Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.

1. El objeto de la presente convocatoria es reconocer el trabajo de jóvenes periodistas o comunicadores en el ámbito del periodismo social que mejor hayan contribuido al fomento, defensa y difusión de valores cívicos, sociales y de igualdad, con la finalidad de fomentar el desarrollo y la difusión de su carrera profesional. Para ello, se premiarán los trabajos publicados entre el 2 de junio de 2022 y la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, enmarcados en el ámbito del periodismo social, entendido como aquel que asume su responsabilidad en los procesos sociales, reflexiona sobre su papel en el devenir social y se preocupa por la búsqueda de soluciones.
Se valorará principalmente el enfoque social de los trabajos periodísticos realizados, especialmente los relacionados con derechos humanos, discapacidad, igualdad, migración, discriminación, sanidad, educación, sostenibilidad, etc.

2. Los Premios tendrán las siguientes modalidades de:
a. Periodismo escrito, que comprenderá los trabajos de carácter textual publicados tanto en medios impresos como digitales.
b. Fotoperiodismo, que comprenderá tanto fotorreportajes como las fotografías realizadas para ilustrar noticias y reportajes en medios impresos o digitales.
c. Periodismo audiovisual, que comprenderá videorreportajes y otros trabajos en formato vídeo realizados para televisión y/o internet.
d. Periodismo radiofónico, que comprenderá los trabajos en formato audio realizados tanto para radio como para podcast.

Artículo 2.- Régimen de la concesión.

De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, recogidas en la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero, se convocan los «Premios Injuve de Periodismo y Comunicación» para el año 2023, que serán concedidos de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

Artículo 3.- Créditos presupuestarios y cuantía total máxima de los premios convocados.

La financiación de los premios a que se refiere el artículo 1, se hará con cargo al crédito presupuestario asignado al Instituto de la Juventud para el año 2023, disponible en la aplicación presupuestaria 29.101.232A.486.02, en una cuantía total máxima de 20.000,00 euros distribuida por igual en cuatro premios de 5.000,00 euros, uno para cada una de las diferentes modalidades, que se formalizarán en un pago único una vez notificada la resolución de concesión.

Los premios de una o varias modalidades podrán ser declarados desiertos pudiendo, en su caso, acrecentar el número de premiados del resto de modalidades.

Todos y cada uno de los premios podrán ser otorgados ex aequo, compartiéndose equitativamente su dotación en función del número de trabajos premiados.

Artículo 4.- Beneficiarios y requisitos para la presentación de candidaturas.

Podrán solicitar su candidatura las personas físicas (de forma individual o participando de forma colectiva, con un máximo de 3 componentes) mayores de edad, sean de nacionalidad española o sean extranjeros con residencia legal en España, que no superen los 35 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de los premios, con las particularidades que se señalan en los párrafos siguientes, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cada participante podrá presentar su candidatura una sola vez (bien individualmente o de forma colectiva) y para una sola de las modalidades (Periodismo Escrito, Fotoperiodismo, Periodismo Audiovisual o Periodismo Radiofónico). El envío de más de una solicitud por persona para diferentes categorías de Premio será considerado causa de exclusión de dichas solicitudes.

Los participantes que presenten su candidatura, ya sea de forma individual o colectiva, deberán garantizar su condición de únicos y legítimos autores del trabajo presentado.

La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, en cualquier momento del proceso anterior a la concesión, podrá comportar la denegación del premio, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los solicitantes.

Cuando se trate de trabajos en los que participen más de una persona, el requisito de edad se exigirá a todos los componentes que participen en el mismo.

Cuando la participación se realice de forma colectiva, deberá nombrarse en la solicitud un representante único para todos los integrantes de dicho colectivo, si bien cada uno de los miembros tendrá la consideración de beneficiario. El reparto del premio entre los integrantes del colectivo se hará a partes iguales para cada uno de sus miembros.

No podrán tener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que hayan sido premiados en anteriores convocatorias de los Premios Injuve de Periodismo y Comunicación.

Artículo 5.- Presentación de las candidaturas y trabajos. Requisitos y forma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero, la solicitud de inscripción deberá realizarse mediante la cumplimentación obligatoria del Anexo I de esta convocatoria.

La solicitud, acompañada de la correspondiente documentación administrativa y técnica, deberá dirigirse a la Dirección General del Instituto de la Juventud.

Las solicitudes podrán presentarse en:

- la Sede Electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030: sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/formularios.htm.
- La oficina de asistencia en materia de registros del Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset, 71-28006 Madrid).
- En los Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.
- En los Registros de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o la de alguna de las entidades que integran la Administración Local, si existe el oportuno acuerdo o convenio entre Administraciones (artículo art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
- En las oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Conforme al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no. En los casos en que se opte por la presentación de la solicitud en papel, a efectos de determinar la fecha de su presentación, deberá figurar el sello de entrada de la oficina de registro correspondiente en la solicitud de inscripción establecida en el Anexo I. En el caso de que se opte por presentar la solicitud de inscripción en una oficina de correos se hará en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser cerrado y enviado el sobre.

La presentación de la solicitud implica la aceptación íntegra de las bases reguladoras de los premios recogidas en la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero, y en la presente Resolución.

Artículo 6.- Documentación que debe acompañar a la solicitud. Las solicitudes deberán acompañarse la siguiente documentación:
1. Documentación administrativa:

a) Identificación de la persona interesada: la presentación de la solicitud conllevará la autorización para que el Instituto de la Juventud verifique los datos de identidad de las personas interesadas. En el caso de que las personas interesadas manifiesten su oposición expresa a que se verifiquen sus datos de identidad, deberán aportar el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.

b) Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: a los efectos de acreditar hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social la persona interesada o su representante podrá optar entre manifestar expresamente en la solicitud su consentimiento para que estos datos sean recabados por el órgano convocante o acreditar tal circunstancia, acompañando a la solicitud las certificaciones que se regulan en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) Declaración responsable, marcando la casilla correspondiente del Anexo I, de no estar incursa en las prohibiciones para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Declaración responsable, marcando la casilla correspondiente del Anexo I mencionado, de estar al corriente del pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

e) La presentación de la solicitud conllevará la autorización para que el Instituto de la Juventud pueda incluir en su página web o en cualquier otro soporte o material de difusión de los Premios los trabajos presentados, así como para la grabación y/o emisión por cualquier medio audiovisual, tanto en directo como en diferido, de las actividades que se pudieran realizar por el acto de entrega de los Premios.

2. Documentación técnica:

La documentación técnica que deberá acompañar a la solicitud se podrá presentar por vía telemática (en formato jpg, pdf, doc, docx, xls, xlsx, txt, rtf, odf, tif, tiff y zip. En caso de que no fuera posible por tamaño o porque el formato del archivo fuera diferente a los indicados deberán ser aportados en un dispositivo USB, poniendo el número de registro que se ha obtenido al presentar la solicitud y demás documentación por sede electrónica, enviándolo al efecto por correo certificado o mediante su presentación en registro). En los casos en que sea posible la presentación de la solicitud en papel y se opte por esta opción, la documentación técnica que acompañe a la solicitud se presentará en dispositivo USB.

Esta documentación en todo caso incluirá:

a) Breve currículum del o los candidatos, acompañado de una memoria justificativa que resuma y explique el trabajo en los aspectos que el autor o autores consideren relevantes.
Los trabajos deberán presentarse en castellano o en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado español, acompañados de traducción.

b) Documentación específica para cada una de las modalidades:

- Periodismo Escrito: En el caso de publicaciones impresas, se aportará una copia del trabajo presentado, si bien el Instituto de la Juventud podrá requerir al interesado la exhibición de las páginas completas, originales del diario o revista que los haya publicado al objeto de comprobar su veracidad. En el caso de publicaciones digitales, se aportará la URL donde esté publicado el trabajo; de no estar disponible en red, se presentará un documento en formato PDF del mismo por vía telemática o en dispositivo USB.

- Fotoperiodismo: Se podrá presentar una serie, con un número de entre una y cinco fotografías, señalando el orden de las mismas, bien digitalmente por vía telemática, bien en dispositivo USB, en formato JPG alta resolución, mínimo 300 dpi. El autor debe incluir los datos de la publicación de la serie presentada: medio de comunicación y fecha de aparición.

- Periodismo Audiovisual: La documentación que se aporte deberá permitir el visionado, bien facilitando la URL donde esté publicado el trabajo o bien en dispositivo USB.

- Periodismo Radiofónico: La documentación que se aporte deberá permitir la audición, bien facilitando la URL donde esté publicado el trabajo o bien en dispositivo USB.

c) Podrán presentarse varios trabajos únicamente en el caso de que hayan sido concebidos y desarrollados como una serie unitaria y coherente en temática, formato y estilo, pudiendo la serie estar compuesta por un máximo de cinco trabajos. En ningún caso podrán presentarse revistas al completo; webs; colecciones de podcasts; blogs o videoblogs completos; libros, etc.

d) Todos los trabajos presentados deberán mostrar claramente la fecha de publicación de los mismos

Artículo 7.- Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las candidaturas finalizará transcurridos 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la presente convocatoria, cuyo contenido completo se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), tal como establece el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Artículo 8.- Subsanación de errores.

Si la solicitud o documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días hábiles subsane el defecto de que adolezca, con indicación expresa de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 9.- Criterios de valoración de las solicitudes de candidaturas.

La concesión de estos premios se efectuará atendiendo a la calidad de los trabajos presentados por los candidatos y la contribución de éstos a la sensibilización y difusión de valores sociales y cívicos como la tolerancia, igualdad, derechos humanos, sanidad, educación o sostenibilidad.

En este contexto, para la adjudicación de los premios se valorarán los siguientes aspectos de los trabajos presentados:

a) Calidad del trabajo (de cero a veinticinco puntos), según los siguientes parámetros:
-Calidad narrativa e informativa (hasta quince puntos).
-Estilo y lenguaje utilizado en el texto (hasta cinco puntos).
-Documentación gráfica y/o locución, según la categoría (hasta cinco puntos).

b) Compromiso social (de cero a veinte puntos), según los siguientes parámetros:
-Fomento del respeto a la dignidad de las personas a través de la temática tratada, así como a través de la forma en que se trata (hasta diez puntos).
-Sensibilización de la sociedad en valores éticos y sociales (hasta diez puntos).

c) Esfuerzo investigador: valorando la pluralidad de fuentes, suficientemente contrastadas, así como el trabajo de documentación y análisis. Asimismo, se tendrá en cuenta el equilibrio de recursos disponibles y el resultado final del trabajo (de cero a quince puntos).

d) Adecuado tratamiento informativo: atendiendo al rigor en el tratamiento de los hechos con una perspectiva social, valorándose la claridad, contextualización y profundidad del trabajo (de cero a quince puntos).

e) Carácter innovador del contenido: valorando la originalidad del tema elegido y de su enfoque (de cero a quince puntos).

f) Notoriedad e impacto: logrando una repercusión relevante dentro de la categoría de publicación de cada trabajo que consiga promover los valores sociales como herramienta de empoderamiento (de cero a diez puntos).

La puntuación global mínima deberá ser de cincuenta puntos para optar a la condición de persona candidata. En todos los casos, para efectuar la valoración global del proyecto será requisito imprescindible haber obtenido un mínimo de diez puntos en el criterio de calidad del trabajo (a).

De no alcanzar la valoración mínima antes expuesta, los Premios de una o varias modalidades podrán ser declarados desiertos pudiendo, en su caso, acrecentar el número de premiados del resto de modalidades.

Artículo 10.-Difusión de las obras premiadas.

La participación en la convocatoria de Premios Injuve de Periodismo y Comunicación en el año 2023 supone que todos los participantes, de manera expresa, aceptan la divulgación de sus trabajos en la manera en que se especifica en el presente artículo y en las condiciones que el Instituto de la Juventud pudiera determinar en desarrollo de lo previsto en éste.

El Instituto de la Juventud podrá editar, sin ánimo de lucro, los trabajos periodísticos premiados y seleccionados en las diferentes modalidades.

El Instituto de la Juventud podrá utilizar la reproducción de textos e imágenes completas de los trabajos, o un detalle de los mismos, para ilustrar las portadas de los diferentes catálogos, folletos y cartelería, u otros elementos de divulgación, haciendo mención de la autoría y del título del trabajo reproducido.

Artículo 11.- Órganos competentes.

1. Los órganos competentes serán los señalados en el artículo 9 de la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero, correspondiendo la instrucción del procedimiento a la División de Programas.

2. Se constituirá una Comisión de Evaluación compuesta por:

a) Una presidencia que será ejercida por la persona titular de la División de Programas del Instituto de la Juventud o, en su ausencia, por la persona titular de la Jefatura del Área de Iniciativa Joven.

b) Cuatro vocales elegidos de entre expertos y profesionales de reconocido prestigio en el ámbito del periodismo y la comunicación, nombrados por la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud.

c) Una secretaría, con voz y sin voto, ejercida por un funcionario del Instituto de la Juventud nombrado por la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud.

Artículo 12.- Compatibilidades.

1. Los presentes premios podrán compatibilizarse con otros premios de similar naturaleza, que los beneficiarios puedan obtener en otros certámenes, concursos y encuentros, convocados tanto por organismos públicos como privados, así como con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

2. Los beneficiarios de los premios deberán comunicar al órgano concedente, tan pronto como se conozca la obtención de subvenciones, premios, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera de las administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de organismos internacionales, así como su importe.

Artículo 13.- Resolución y notificación.

El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento de concesión de los premios será, según determina el artículo 12 de la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero, de seis meses contados desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la presente convocatoria.

El premio se hará efectivo durante el ejercicio económico en el que se notifique y publique dicha resolución de concesión. En ningún caso podrá realizarse en ejercicios económicos posteriores con carácter retroactivo.

Una vez otorgado el premio, la comprobación de datos no ajustados a la realidad comportará el reintegro del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir el beneficiario.

Artículo 14.- Medio de notificación o publicación.

1. La resolución de concesión será dictada por esta Dirección General y publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), tal como establecen el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, conteniendo la relación de adjudicatarios de los premios en cada una de las modalidades convocadas, así como la desestimación del resto de las solicitudes y, en su caso, los premios que se hayan declarado desiertos.

2. Una vez otorgados los premios, la comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad comportará el reintegro del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los beneficiarios.

Artículo 15.- Recursos

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, en la forma prevista en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución en la forma prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Artículo 16.- Obligaciones de los beneficiarios.

Las personas beneficiarias de los Premios estarán obligadas a cumplir los deberes que se recogen en el artículo 14 de la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero.

Artículo 17.- Justificación de las subvenciones.

Se entenderá justificado el premio por la propia presentación del trabajo que cumpla los requisitos referidos en el artículo 5 junto con la solicitud de la candidatura al premio de acuerdo con lo establecido por el artículo 15 de la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero.

Artículo 18.- Reintegros.

1. La renuncia voluntaria de todo o una parte del premio sin el previo requerimiento de la Administración por parte del beneficiario, se realizará solicitando al Instituto de la Juventud, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., el número de cuenta corriente en el que realizar la devolución. Una vez efectuado el ingreso del remanente, deberá acreditarlo ante la División de Programas del Instituto de la Juventud.

2. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago del premio y hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, como establece el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en la cuantía fijada en el artículo 38 de la citada Ley, en los casos de obtención de la subvención, premio o ayuda, falseando u ocultando las condiciones requeridas para ello y todas aquellas que sean de aplicación a la concesión de estos premios.

3. El procedimiento para el reintegro se rige por las estipulaciones contenidas en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Artículo 19.- Responsabilidad y régimen sancionador.

Las personas beneficiarias quedarán sometidas a las responsabilidades y régimen sancionador que, sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones, establece el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Asimismo, quedarán sometidas a lo dispuesto en el capítulo III, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.www.escritores.org

Artículo 20.- Protección de Datos.

1. De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los solicitantes quedan informados y manifiestan su consentimiento expreso e inequívoco para la incorporación en el fichero que a tal efecto gestiona el Injuve, de los datos de carácter personal que faciliten, así como para, en el caso de ser beneficiarios, la publicación de los mismos, incluida su imagen en la página web y en las publicaciones del Organismo. Dichos datos serán utilizados únicamente por el Injuve, a los propios efectos de esta convocatoria, así como a la difusión de las actividades propias de Injuve, garantizando, en todo caso el mantenimiento de las debidas condiciones de confidencialidad en relación a los mismos.

2. Los datos de carácter personal, recogidos en la solicitud, formarán parte de un fichero de titularidad del Injuve y quedarán sometidos a la protección establecida por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

3. Los participantes en esta convocatoria garantizan que los datos facilitados son veraces, se hacen responsables de comunicar al Injuve cualquier modificación de los mismos y tienen reconocidos y podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición dirigiéndose por escrito al Instituto de la Juventud, Secretaría General, c/José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid.

Artículo 21.- Régimen supletorio.

En lo no previsto expresamente en la resolución, se estará a lo dispuesto en la Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, modificada mediante Orden DSA/234/2023, de 27 de febrero.

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

PREMIOS "FEDERICO GARCÍA LORCA" UGR 2023 (España)


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PREMIOS "FEDERICO GARCÍA LORCA" UGR 2023 (España)

31:05:2023

Género:  Relato, poesía, teatro

Premio:  1.000 €, diploma de reconocimiento y publicación

Abierto a:  estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado y Posgrado del Espacio Europeo de Educación Superior durante el curso académico 2022-2023, y los egresados que hayan finalizado sus estudios en el curso académico 2021-2022

Entidad convocante:  Universidad de Granada

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:05:2023

 

BASES

 

 

• Tres modalidades: Narrativa, Poesía y Texto dramático

• Dirigidos a estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado y Posgrado del Espacio Europeo de Educación Superior durante el curso académico 2022-2023, así como los egresados que hayan finalizado sus estudios en el curso académico 2021-2022.

• Un premio de 1.000 euros por cada una de las tres modalidades.

• Presentación de obra de manera online (información sobre el procedimiento electrónico en el apartado 8 de las bases generales).

• Plazo desde las 00:00 horas del día 23 de marzo de 2023 hasta las 12.00 horas del 31 de mayo de 2023.

 

Bases específicas:

• Cada concursante podrá presentar una única obra por cada modalidad, de tema y estructura libres, escrita en lengua castellana, inédita y no galardonada con anterioridad ni en este ni en otros certámenes.

• En la modalidad de NARRATIVA podrá presentarse un relato o un conjunto de ellos cuya extensión en ambos casos no sea inferior a 50 páginas ni superior a 80 (DIN A4, tamaño 12, a 1,5 espacios).

• En la modalidad de POESÍA la extensión del poemario estará comprendida entre 250 y 400 versos. En cuanto a poemas en prosa la extensión no será inferior a 50 páginas ni superior a 80 (DIN A4, tamaño 12, a 1,5 espacios).

• En la modalidad de TEXTO DRAMÁTICO puede tratarse de un texto o de una serie de piezas breves, siempre y cuando tengan una cierta unidad. La extensión en ambos casos no será inferior a 50 páginas ni superior a 80 (DIN A4, tamaño 12, a 1,5 espacios).

• Las obras se presentarán, bajo título o lema y sin ninguna referencia al autor/a, de manera online en formato PDF a través del procedimiento descrito en el apartado 8 de las bases generales.

• El premio se concederá atendiendo a los valores de originalidad, creatividad y calidad. Y conllevará la entrega de un diploma de reconocimiento y un premio económico de 1.000 € por cada modalidad. A esto se suma la publicación de la obra premiada en cada modalidad en un volumen único en régimen de coedición entre la Editorial de la Universidad de Granada y una editorial de prestigio. En el caso de la modalidad de Texto dramático el premio económico podrá completarse con la publicación o representación de la obra por el Grupo de Teatro de la Universidad de Granada

 

Bases generales:

1. Podrán participar en los citados premios, en régimen de concurrencia competitiva, estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado y Posgrado del Espacio Europeo de Educación Superior de durante el curso académico 2022-2023 en centros del territorio nacional, así como los egresados que hayan finalizado sus estudios en el curso académico 2021-2022. Deberá ser acreditado mediante copia del resguardo de matrícula de los estudios que le habilitan a participar, o, en el caso de los egresados, documento que acredite haber finalizado los estudios en el curso 2021-2022.

2. La cuantía destinada a financiar las distintas convocatorias se encuentra retenida con cargo a la partida presupuestaria 3020000000 321B.8 486.00, suponiendo un importe total de 16.300 € repartidos de la siguiente manera:
- Premios “Federico García Lorca”. Un premio único de 1.000 euros por cada una de las tres modalidades.
- Premios “Alonso Cano”. Un premio único de 1.000 euros por cada una de las cuatro modalidades. En la de Artes visuales se sumará al premio una ayuda a la producción por valor de 1.500 € para la realización de un proyecto expositivo individual que será comisariado y tutelado por la dirección del Área de Artes Visuales de La Madraza. Además, se cuenta con una dotación de 5.000 euros para la concesión de varios premios de adquisición de obra, cuya cuantía será decidida por el jurado en función del valor de tasación de las obras indicado por los autores, el cual no podrá ser superior a 1.000 €.
- Premio “Manuel de Falla”. Un premio único de 1.000 euros. A esto se podrá sumar una ayuda a la producción por importe de 800 € para la realización, en su caso, de un proyecto musical comisariado y tutelado por el Área de Música de La Madraza.
- Premio “José López Rubio”. Un premio único de 1.000 euros

3. Los importes mencionados estarán sujetos a las retenciones fiscales vigentes en el momento de hacerse efectivos y su abono se hará mediante transferencia bancaria una vez publicada la resolución definitiva, y en todo caso dentro del año 2023.

4. El Jurado estará presidido por la rectora de la Universidad de Granada, o persona en quien delegue. Y estará constituido, en cada una de las modalidades, por:

FEDERICO GARCÍA LORCA:

Narrativa: el director de la Cátedra Federico García Lorca y tres profesores/as de la Universidad de Granada del ámbito de las Artes y Humanidades.

Poesía: el director de la Cátedra Federico García Lorca, la presidenta de la Fundación Federico García Lorca, un/a profesor/a de la Universidad de Granada del ámbito de las Artes y Humanidades y dos poetas de reconocido prestigio.

Texto dramático: el director del Área de Artes Escénicas, dos profesores/as de la Universidad de Granada y un/a especialista teatral externo.

5. El orgáno instructor será el Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio. La concesión de los premios para cada modalidad se llevará a cabo por Resolución de la Rectora y firmada por el vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio en virtud de la delegación firma de la Rectora de 9 de febrero de 2023, a propuesta de cada una de las comisiones descritas en el apartado anterior. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada la cual será publicada en la página web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio durante el mes de septiembre de 2023. Acto seguido se abrirá un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Tras finalizar el plazo de alegaciones, y resueltas las presentadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que será emitida por la Rectora y firmada por el vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio en virtud de la delegación firma de la Rectora de 9 de febrero de 2023, dando lugar a la resolución de la convocatoria, lo que se hará público en la web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio y notificado a las personas solicitantes a finales del mes de septiembre 2023. Posteriormente se celebrará el acto de entrega de los premios en lugar y fecha por determinar. Dicha resolución agota la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28 de julio de 2011) y 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Rectora, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación/notificación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de notificación/publicación de la resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

6. La Universidad de Granada se compromete a publicar, presentar, exponer o editar las obras premiadas y seleccionadas, según corresponda a cada modalidad.

7. Las obras premiadas quedarán en propiedad de la Universidad de Granada. Los autores premiados y los seleccionados para la exposición pública de sus obras se comprometen a ceder de manera gratuita y no exclusiva los derechos de reproducción de estas a la Universidad de Granada. En el caso de los premios Federico García Lorca, se llevará a cabo la edición de las obras ganadoras, por lo que los autores cederán a la Universidad de Granada, o a cualquier otra empresa editorial con la que la universidad convenie la publicación de los premios, los derechos de reproducción de la primera edición.

8. La entrega de la documentación para la participación se llevará a cabo de manera online a través del procedimiento electrónico habilitado en Sede UGR, donde deberá identificarse a través de uno de estos métodos: a) Con usuario y clave de Acceso Identificado UGR (miembros de la comunidad universitaria); b) Con Certificado Digital (si no dispone de esta herramienta puede obtenerla a través de la Web de FNMT). Una vez identificado/a deberá aportar obligatoriamente la siguiente documentación en formato PDF:
- Formulario de solicitud, a través del modelo habilitado al efecto.
Archivo que contenga la obra a presentar (máximo 5 Mb) con las características indicadas en las bases específicas de cada modalidad (este documento no podrá contener ninguna referencia al autor/a).
- Copia del resguardo de matrícula de los estudios que le habilitan a participar según lo indicado en el punto 3.1. En el caso de los egresados, documento que acredite haber finalizado los estudios en el curso 2021-2022.

9. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde las 00:00 horas del día 23 de marzo de 2023 hasta las 12:00 horas del 31 de mayo de 2023.

10. No se podrá concursar a la misma modalidad en la que se obtuvo premio anteriormente. No se podrá concursar a otras modalidades distintas a la que se obtuvo premio hasta que transcurra una convocatoria.

11. Las obras no podrán llevar incluido el nombre del autor/a ni su firma para mantener el anonimato de los participantes en el proceso de valoración. www.escritores.org

12. El hecho de participar en estos premios implica la aceptación de sus bases y la renuncia a cualquier reclamación legal.

13. Norma final: Contra la presente Resolución por la que se aprueban las bases de la convocatoria, y que agota la vía administrativa en virtud del artículo 84 del Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Granada, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el BOUGR, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

 

Fuente y Modelo solicitud: veu.ugr.es/informacion/premios-creacion-artistica-estudiantes/edicion-2023/federico-garcia-lorca

 

 
 

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