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II PREMIO DE INVESTIGACIÓN VIRGILIO CASTILLA 2023 (España)


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II PREMIO DE INVESTIGACIÓN VIRGILIO CASTILLA 2023 (España)

02:07:2023

Género:  Ensayo

Premio:  3.000 € y edición

Abierto a:  mayor de 18 años, de nacionalidad española o residente en España

Entidad convocante:  Diputación de Granada

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  02:07:2023

 

BASES

 

 

El 14 de marzo de 2023, por Resolución del Presidente con asistencia de la Junta de Gobierno, se aprobó la ACTUALIZACIÓN del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN DE CULTURA Y MEMORIA HISTÓRICA Y DEMOCRÁTICA DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA 2021-2023 para la anualidad 2023. El Plan recoge, entre otros, el siguiente objetivo estratégico: “Impulsar la creación artística y literaria”. Para su consecución se establecen unas líneas de actuación, entre las que se encuentra la de “APOYO A LA CREACIÓN ARTÍSTICA Y LITERARIA MEDIANTE LA CONCESIÓN DE PREMIOS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA”, y el Plan de Acción “Concesión del PREMIO VIRGILIO CASTILLA DE INVESTIGACIÓN. GRANADA ENTRE LAS DOS CONSTITUCIONES DEMOCRÁTICAS (1931- 1978)”.

Desde el año 2015, los principios, objetivos y contenidos de la Ley de Memoria Histórica y Democrática se han convertido para la Diputación de Granada en un eje transversal y estratégico para el estudio, conocimiento, divulgación y aplicación de los aspectos más significativos que allí se recogen.

Dicha ley, como ha demostrado desde su aprobación, no pretende abrir heridas ni remover el pasado: se trata, como bien se recoge en su argumentario, de “saldar una deuda con las víctimas de la represión franquista, con los luchadores por la libertad y por la democracia”.

La Ley de Memoria Histórica y Democrática es un compromiso con los derechos humanos, con el derecho de las víctimas a la justicia, la verdad y la reparación.

En colaboración con las Entidades Locales de la Provincia, la Diputación de Granada ha establecido las oportunas sinergias para ir avanzando conjuntamente en el desarrollo de objetivos comunes en materia de Memoria Democrática.

A través de la Concertación con los Ayuntamientos, se va consolidando un plan de acción que nos ayuda a conocer la verdad de los acontecimientos que ocurrieron en nuestros pueblos en este período histórico, a cerrar heridas y a dignificar personas y acciones colectivas que han estado ocultas o han sido intencionadamente mal trasladadas hasta ahora. Pero que también nos ayude, amparándonos en esta Ley, a sustituir o eliminar nombres de calles o símbolos pre democráticos. En definitiva, a seguir caminando en un modelo de convivencia inclusivo, sin hostilidades ni rencillas y en franca igualdad indistintamente de la posición ideológica que se hubiera ocupado en aquellos momentos.

Con las Asociaciones Memorialistas, como agentes sociales de la Memoria Democrática, se avanza conjuntamente en el desarrollo de programas y actividades que contribuyan a la difusión y reconocimiento de los compromisos adquiridos a partir de la Ley de Memoria Histórica y Democrática tanto por la sociedad civil como por las Instituciones y Entidades.

El trabajo de investigación riguroso, científico y contrastado, que se viene realizando en nuestra Provincia por parte de historiadores, sociólogos, politólogos y demás especialistas en Memoria Democrática, resulta imprescindible para seguir cumpliendo con los objetivos de la Ley y con los nuestros como Institución de ámbito provincial.

Es en este sentido en el que nos proponemos, a través de esta convocatoria, y dentro del marco de la Ley de Memoria Histórica y Democrática, impulsar y apoyar económicamente estudios y trabajos inéditos que contribuyan al conocimiento y difusión de hechos históricos acontecidos en nuestra provincia durante la II República, la guerra civil, la posguerra y la transición hacia la democracia.

1. Objeto y régimen jurídico

1.1 Objeto

La Diputación de Granada convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el PREMIO DE INVESTIGACIÓN VIRGILIO CASTILLA, con el objetivo de apoyar trabajos de investigación que contribuyan al conocimiento y difusión de nuestro pasado reciente, aquel comprendido entre la constitución de 1931 y la de 1978 en la provincia de Granada, dentro del contexto de la ley de Memoria Histórica y Democrática.

1.2 Régimen jurídico
a) En virtud del artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y según lo dispuesto en artículo 37.A).1 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación de Granada aprobadas por acuerdo del Pleno de la misma de fecha 29 de diciembre de 2020, estos premios se rigen por lo establecido en las referidas Bases.
b) Aquellos aspectos no recogidos en esta Convocatoria se regularán por lo establecido en la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre y su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y por la ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Destinatarios y Requisitos

2.1.- Podrán optar al premio cualquier persona física residente en España que en el momento del cierre de plazo haya cumplido 18 años.

2.2.- Cada aspirante podrá concurrir exclusivamente con un único original. El trabajo deberá ser inédito, escrito en español, incluidas las citas literales, y habrá de suponer una interesante y novedosa aportación a la investigación sobre la memoria histórica de la provincia de Granada.

2.3.- Se podrán presentar trabajos e investigaciones siempre que no hubiesen sido premiados en otros certámenes, concursos o convocatorias, publicados o reproducidos total o parcialmente, en cualquier formato de impresión o medio audiovisual o digital.

2.4.- Las Tesis Doctorales y otros trabajos académicos de investigación tendrán que ser reelaborados en título, estructura y contenido para evitar duplicidades con los repositorios universitarios. Ha de eliminarse cualquier referencia al trabajo de investigación o defensa de la tesis.

2.5.- Los originales deberán tener una extensión comprendida entre 150 y 300 páginas, incluidas notas, bibliografía y apéndices, con interlineado de espacio y medio

3. Dotación

A la presente convocatoria se destinará un importe total de 3.000,00 €, que serán imputados a la aplicación presupuestaria 211.33411.48000 del Presupuesto de la Diputación de Granada.
Al premio le será aplicada la retención fiscal que corresponda según la legislación vigente en ese momento.
La cuantía económica de este premio es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que pudieran serles concedidos al beneficiario después de la concesión de este premio

4. Solicitudes y documentación

4.1 Formalización y presentación de solicitudes:
Los aspirantes que reúnan el requisito exigido en el punto 2 de esta convocatoria presentarán su solicitud en el apartado de “Presentación de Escritos” del registro de la Sede Electrónica de Diputación de Granada[1] indicando que solicita participar en la convocatoria del PREMIO DE INVESTIGACIÓN VIRGILIO CASTILLA de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de su presentación por los restantes medios contemplados en el art. 16.4 de la citada Ley.
El plazo de presentación comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOP, y finalizará a los 60 días naturales. No se admitirán solicitudes presentadas fuera de este plazo.

4.2 Documentación:
- El original del trabajo en formato pdf. El ejemplar deberá preservar el anonimato, eliminándose cualquier dato que revele su autoría.
- Anexo debidamente cumplimentado
- Fotocopia DNI
- Declaración responsable de que el trabajo no ha sido publicado, ni premiado en España o el extranjero
- Breve curriculum vitae de la autora o autor del texto
- En el supuesto de presentar a título individual un trabajo realizado con otros investigadores, deberá presentar una declaración responsable indicando que los otros autores están de acuerdo y que renuncian de forma expresa al premio en caso de ser concedido

[1] sede.dipgra.es/opencms/opencms/sede

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos será motivo suficiente para la exclusión del proceso de evaluación.
La presente convocatoria, junto con su anexo, está disponible en:
sede.dipgra.es/opencms/opencms/sede
hwww.dipgra.es/contenidos/publicaciones/

También podrá consultarse en la Web de la BDNS del Ministerio de Hacienda.

5. Jurado y valoración

El jurado estará formado por tres especialistas, asistidos por un Secretario/a, con voz y sin voto, y será designado mediante Resolución del Presidente con asistencia de la Junta de Gobierno. Uno de los miembros del jurado que tenga la condición de funcionario/a de la Diputación, actuará como Secretario del Jurado. Su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable.
El funcionamiento de este Jurado se regirá por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo II de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Como criterios de valoración se tendrán en cuenta el carácter innovador y original del tema y su tratamiento, así como la coherencia y unidad de conjunto.

6. Fallo del jurado y resolución

6.1 Revisión de la documentación administrativa y técnica. La Delegación de Presidencia, Cultura y Memoria Histórica y Democrática verificará que los aspirantes cumplen los requisitos necesarios. En todo caso, esta fase sólo podrá afectar a aquellos requisitos que sean de apreciación automática y cuya concurrencia no requiera de ninguna valoración. En el caso de que la documentación aportada por el solicitante sea incompleta o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que subsane las deficiencias observadas en el plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de recepción del requerimiento, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.
6.2 La evaluación será llevada a cabo por el Jurado a que hace referencia el apartado 5 de esta convocatoria, el cual emitirá un informe (fallo) en el que se concretará el resultado de la evaluación.
6.3 Resolución. La Diputada Delegada de Presidencia, Cultura y Memoria Histórica y Democrática formulará la propuesta de resolución en la que se expresará el nombre del/de la aspirante seleccionado/a. La resolución del Sr. Presidente, con la asistencia de la Junta de Gobierno, que se dicte, será motivada teniendo en cuenta los criterios establecidos en el apartado 5 de esta convocatoria, haciendo alusión al contenido del fallo del jurado. La resolución de concesión del premio pone fin a la vía administrativa.www.escritores.org

7. Adjudicación y premio

La resolución será publicada en el Tablón de Anuncios Electrónico de Diputación de Granada y se notificará conforme a lo previsto en los artículos 40 al 46 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
La Diputación de Granada podrá declarar la convocatoria desierta.

Para el abono del premio será necesario que el/la ganador/a presente en la Diputación el modelo de alta a terceras personas. El pago del premio se realizará una vez que concluyan todos los trámites para su concesión. En ningún caso procederá el otorgamiento del premio objeto de la convocatoria a favor de un/a participante que estuviese incurso/a en alguna de las causas que, conforme a la legislación española aplicable, le impida ser beneficiario/a de subvención

8. Condiciones

Concurrir a este premio supone la plena aceptación de sus bases. El jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en la presente convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación, siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma.
La Diputación de Granada se reservará el derecho a la publicación de la obra ganadora en la colección de Memoria Histórica y a la difusión y distribución del libro como parte de su catálogo, sin estar obligada al pago de derechos de autor a su propietario/a. El premiado/a cederá gratuitamente los derechos de explotación de la obra en favor de la Diputación de Granada. Esta cesión tendrá carácter de exclusividad y se realizará con la aceptación de las bases y su participación en la convocatoria.

9. Renuncia y reintegro

En el supuesto de que la persona ganadora no cumpliera con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad de los premios, lo que conllevará a la obligación de esta persona de reintegrar la cantidad percibida, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía del premio percibido en la Tesorería de la Diputación de Granada, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.
La renuncia al premio concedido deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por la persona ganadora en el plazo de diez días hábiles contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera inhábil, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto de que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, su devolución conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.

10. Normativa de aplicación

En todo lo que no prevea esta convocatoria son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el RDL 1/1996, de 12 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación de Granada para 2023 y, supletoriamente, las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.
La Resolución por la que se aprueba la presente convocatoria pone fin a la vía administrativa conforme al art. 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local pudiendo interponer contra ella, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.1 de la citada Ley 7/85, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria, ante el mismo órgano que ha dictado el acto. Si no se estima oportuna la interposición del recurso potestativo de reposición se podrá interponer RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses contados en la misma forma y con arreglo a lo señalado en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

11. INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del Tratamiento: DIPUTACIÓN DE GRANADA. SECCIÓN DE CULTURA TRADICIONAL, DOCUMENTACIÓN Y PUBLICACIONES DEL SERVICIO DE ACCIÓN CULTURAL
CIF P‐1800000‐J

Dirección postal: c/ Plaza de los Girones, 1-18009 Granada Teléfono: 958247243
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Delegado de Protección de Datos:

Dirección Postal: c/ Periodista Barrios Talavera, 1. 18014 Granada Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Finalidad: Participación en el PREMIO DE INVESTIGACIÓN VIRGILIO CASTILLA. Así como para efectos estadísticos y de archivo.
Legitimación: El tratamiento de sus datos se realiza con las siguientes bases jurídicas que legitiman el mismo:
- Art. 6.1, c y art. 6.1.e del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
- La Ley 2/2017 de 28 de marzo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, regula la política pública para la recuperación de la Memoria Democrática de Andalucía.
- El artículo 15 de Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

IMPORTANTE: En caso de no facilitar sus datos o facilitarlos de manera inexacta, no será posible tramitar su participación en el presente concurso.
Destinatario: Sus datos solo se cederán en caso de cumplimiento de obligaciones legales o requerimiento judicial. NO ESTÁ PREVISTA NINGUNA TRANSFERENCIA INTERNACIONAL NI SE TOMAN DECISIONES AUTOMATIZADAS SOBRE LOS MISMOS.
Plazo de conservación: Los datos personales se conservarán por el plazo mínimo necesario para cumplir la finalidad prevista o mientras no manifieste su oposición al tratamiento, en cumplimiento legislación vigente y a efectos de archivo y estadística.
Derechos: Como usuario puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad en cualquier momento mediante solicitud dirigida al email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o directamente ante nuestro Delegado de Protección de Datos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Importante: En caso de que entienda que sus datos no están siendo tratados conforme a la finalidad prevista o no son atendidos sus derechos, puede presentar reclamación gratuita ante la autoridad de control que es el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. ctpdandalucia.es.

 

Fuente y Anexo

 

 
 

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II PREMIO DE INVESTIGACIÓN Y ENSAYO SOBRE APLICACIONES TERAPÉUTICAS DEL ARTE FUNDACIÓN MARÍA JOSÉ JOVE 2020 (España)


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II PREMIO DE INVESTIGACIÓN Y ENSAYO SOBRE APLICACIONES TERAPÉUTICAS DEL ARTE FUNDACIÓN MARÍA JOSÉ JOVE 2020 (España)

20:09:2020

Género:  Ensayo

Premio:   6.000 €

Abierto a:  mayores de 18 años

Entidad convocante:  Fundación María José Jove

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  20:09:2020

 

BASES

 

 

Bases II Premio de Investigación y Ensayo Fundación María José Jove 2020

 

1. Objeto, condiciones y finalidad.

1.1. La Fundación María José Jove (en adelante, la “FMJJ”) convoca el II Premio de Investigación y ensayo Aplicaciones terapéuticas del arte (en adelante, el “Premio”).

1.2. Podrán participar las personas mayores de edad (18 años).

1.3. El premio quiere fomentar el pensamiento contemporáneo y su confluencia interdisciplinar con el fin de contribuir al estudio, divulgación y praxis del arte como herramienta terapéutica.

2. Género, tema y extensión.
El género al que se refiere la presente convocatoria atañe a un escrito constituido por pensamientos del autor sobre un tema relacionado con el arte en el medio clínico, como instrumento de trabajo en el ámbito terapéutico, como vehículo de canalización expresiva o como herramienta “curativa”. El ensayo debe adoptar carácter de monografía, manteniendo una unidad de conjunto y pudiendo abordarse desde diferentes disciplinas: artística, filosófica, sociológica, psicológica, educativa, psicoterapéutica, antropológica, etc., permitiendo un marco conceptual amplio.

Las obras tendrán una extensión mínima de 100 y máxima de 150 folios numerados, de 2.100 caracteres cada página aproximadamente
(normalizados formato DIN A-4, tipo de letra Times New Roman o equivalente, cuerpo de letra 12), transcritos a 1,5 espacio.

3. Plazo de presentación y fallo.
La presente convocatoria permanecerá abierta entre el 20 de febrero y el 20 de septiembre, de 2020 y será fallado la segunda semana de diciembre, de 2020. La FMJJ informará a los participantes del fallo y de cualquier extremo y circunstancia relacionada con el presente concurso a través de todos o algunos de los siguientes medios:
• Web: www.fundacionmariajosejove.org
• Facebook: fundacionmariajosejove
• Twitter:@funfmjj
• Personalmente, por teléfono, al participante que resulte ganador del Premio.

4. Forma de presentación.

4.1. Formulario WEB
Para la presentación de las propuestas se tendrá que rellenar el formulario de inscripción, disponible en www.fundacionmariajosejove.org, y enviar el mismo a través del sistema habilitado al efecto. Se deberá cumplimentar todos los campos requeridos y adjuntar un ejemplar en PDF de la obra. Además, se acompañará de un extracto del contenido en formato PDF, con una extensión no superior a los dos folios numerados (normalizados formato DIN A-4, tipo de letra Times New Roman o equivalente, cuerpo de letra 12), transcritos a 1,5 espacio.
Asimismo, el participante deberá antes de enviar el formulario de inscripción de la web, aceptar las presentes bases, la no aceptación de las mismas imposibilitará tramitar su solicitud.

Una vez enviado el formulario de inscripción habilitado en la web, inmediatamente aparecerá un mensaje en la pantalla del ordenador con un número asignado a la obra y solicitud enviada, es muy importante que el participante apunte y
conserve el número facilitado ya que la FMJJ podrá requerir, en su caso, la subsanación de la solicitud de inscripción mediante la publicación en la web de avisos haciendo referencia a dicho número que solamente conoce el participante y la FMJJ.

4.2. Sede de la Fundación María José Jove Posteriormente y dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación se deberá enviar un sobre, sin remitente, a la siguiente dirección:

Fundación María José Jove.
Polígono de A Grela, Edificio Workcenter, C/ Galileo Galilei, nº 6.
15008, A Coruña

Incluyendo:
4.2.1. PRIMER SOBRE “DATOS PERSONALES”. Es decir, un sobre cerrado que contenga:
• la solicitud de inscripción impresa, que previamente se habrá descargado el participante cuando haya cumplimentado y enviado el formulario web de inscripción en el premio. Dicha solicitud impresa deberá estar cumplimentada
con los datos del participante requeridos por la FMJJ al efecto (nombre apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono) y debidamente firmada y fechada.
• fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identificación legalmente aceptado.
• Breve referencia biográfica.
• Declaración jurada de que la obra es original e inédita, de que el participante es autor de la obra y titular de todos los derechos de propiedad intelectual de la misma y que ésta no ha sido registrada ni depositada en ningún registro de propiedad intelectual, que está libre de cualquier compromiso de edición y no está pendiente de resolución en ninguno otro concurso.

En el exterior de este primer sobre deberá figurar (I) el título: con letras mayúscula “ SOBRE 1:.DATOS PERSONALES”, (II) el título de la obra y (III) seudónimo del autor.

4.2.2. SEGUNDO SOBRE “OBRA”:
Sobre cerrado que contendrá una copia impresa de la obra ya facilitada en formato PDF al realizar el envío del formulario de participación en el Premio, a través de la web.

En el exterior de este segundo sobre y con letras en mayúscula deberá figurar: (I) el título del sobre:“ SOBRE 2:OBRA”. (II) el título de la obra; (III) seudónimo del autor.

4.3. Es importante que todos los participantes tengan en cuenta y respeten las indicaciones dadas en este apartado cuarto para que las obras sean anónimas hasta que el Jurado adopte una decisión respecto del ganador del Premio.

4.4. Será imprescindible para la admisión de la participación la presentación de la solicitud en ambos formatos (4.1 y 4.2) y en los términos aquí indicados.

5. Premio: Consignación presupuestaria y cuantía.
El premio para la obra ganadora consistirá en la entrega de la cantidad de seis mil euros (6.000 €) a los que habrá que descontar los impuestos correspondientes según la legislación vigente. La cuantía incluye la cesión en exclusiva de todos los derechos de explotación sobre la obra en todo el mundo, sin limitación de ninguna clase, y por todo el plazo que legalmente duren los derechos de propiedad intelectual, incluídos los de distribución pública por cualquier medio o soporte, reprodución (total o parcial) y comunicación pública.

La Fundación María José Jove se reservará el derecho a publicar las ediciones de la obra ganadora que estime conveniente, en cualquier forma, territorio, idioma o modalidades.

6. Comisión de valoración y resolución. En la edición 2020 el jurado, cuyo fallo será inapelable, estará formado por la presidenta
de la Fundación María José Jove, Felipa Jove; la directora de la Colección FMJJ, directora de proyectos y comisaria, Susana González; la catedrática de Educación Artística de la Universidad Complutense de Madrid, impulsora del Máster Oficial Interuniversitario de Arteterapia y Educación Artística para la Inclusión Social, y Vicepresidenta del Consorcio Europeo de Educación de Terapias Expresivas (ECARTE), Marián López Fernández Cao; La doctora y profesora Titular de Postgrado en Psicoterapia Artística de la Queen Margaret University, de Edimburgo en la División de Terapia Ocupacional y Terapias de Arte, Margaret Hills de Zárate y El Doctor honoris causa en la Universidad Veracruzana de México, médico, psiquiatra, psicoanalista y ensayista, Néstor Braunstein.

La comisión valorará especialmente aquellas obras que destaquen por su originalidad, análisis y relación interdisciplinar. Además, se valorará el modo de exposición, la claridad, la coherencia, el ritmo y la corrección formal.

El premio podrá ser declarado desierto si el jurado considerase que ninguna de las obras presentadas reúne la debida calidad.

La resolución del premio se efectuará en la segunda semana de diciembre de 2020.

7. Obligaciones del ganador/a.
• Garantizar la autoría y originalidad de la obra, incluso frente a reclamaciones de terceros.
• La cesión en exclusiva de los derechos que se detallan a continuación, por todo el plazo que legalmente duren los derechos de propiedad intelectual, para el ámbito territorial mundial y a cambio de percibir la cuantía del Premio considerado como una remuneración a tanto alzado:
- derechos de divulgación, publicación, explotación, y, en especial los derechos de reproducción (edición en papel y digital en castellano y gallego del texto ganador), distribución, comunicación pública, traducción de la obra ganadora a la lengua castellana, gallega y cualquier otra que lengua que FMJJ considere, así como la edición de la obra en papel o en formato digital, comprometiéndose el ganador del Premio a suscribir los documentos y realizar los actos necesarios para que se produzca dicha transmisión, si así le fuera requerido por la FMJJ .
• Asistir a la entrega del premio. La FMJJ asumirá los gastos de desplazamiento y, en su caso, alojamiento del ganador hasta una cuantía máxima de 500 euros, todos los gastos deberán ser debidamente justificados a la FMJJ.

8. Ejemplares no premiados.
La documentación presentada para las obras no premiadas serán destruidas una vez resuelto el premio.

9. Tratamiento de datos personales En cumplimiento de la normativa que resulta de aplicación en materia de Protección de
Datos Personales, se informa a continuación del tratamiento de datos personales a ser realizado por la FMJJ respecto de los datos personales facilitados por los participantes con motivo su participación en el premio:

9.1. Identidad y datos de contacto del responsable. Todos los datos personales que nos facilite (en adelante, los “Datos Personales”) serán incorporados a un registro de actividades de tratamiento titularidad de FMJJ.

9.2. Finalidades y bases jurídicas del tratamiento. La FMJJ tratará sus datos personales con la finalidad de tramitar su solicitud de participación en el Premio y para la prestación por parte de la FMJJ de los servicios relacionados con la actividad. Usted puede revocar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales en cualquier momento. Para ello, simplemente deberá remitir
una solicitud por escrito a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a Calle Galileo Galilei 6, (15008)- A Coruña. La solicitud deberá contener copia de su DNI u otro documento identificativo equivalente, así como el contenido mínimo previsto en la normativa aplicable.

9.3. Medidas de seguridad. La FMJJ tratará sus datos personales de manera absolutamente
confidencial. Asimismo, ha implantado medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de sus datos personales y evitar su destrucción, pérdida, acceso ilícito o alteración ilícita. A la hora de determinar estas
medidas, se han tenido en cuenta criterios como el alcance, el contexto y los fines del tratamiento; el estado de la técnica y los riesgos existentes.

9.4. Destinatarios de los datos personales. La FMJJ no comunicará sus datos personales a ninguna entidad. salvo a o los miembros que compondrán el Jurado antes indicados. No obstante, lo anterior, el participante cuya obra resulte premiada consiente mediante la aceptación de las presentes bases la comunicación y difusión pública de su nombre y de sus apellidos, como ganador del Premio.

9.5. Transferencias internacionales de datos. La FMJJ tiene previsto realizar una única transferencia internacional de datos: a la entidad Google, Inc. para poder utilizar el servicio de correo electrónico de Google. Esta transferencia es lícita, ya que

Google, Inc. garantiza un nivel de protección a los datos personales equivalente al existente en la Unión Europea al encontrarse adherida al Privacy Shield.

9.6. Derechos. Usted puede ejercitar sus derechos de acceso, cancelación, rectificación, limitación, portabilidad y oposición, dirigiéndose a FMJJ a través del correo electrónico info@ fundacionmariajosejove.org o a Calle Galileo Galilei 6, (15008)- A Coruña. La solicitud deberá contener copia de su DNI u otro documento identificativo equivalente, así como el contenido mínimo previsto en la normativa aplicable. Si la solicitud no reúne los requisitos especificados, la FMJJ podrá requerir su subsanación.

No se exigirá contraprestación alguna por el ejercicio de los derechos. Asimismo, en el caso de que Usted considere que Fundación ha tratado sus Datos Personales infringiendo la normativa,
dispone del derecho de presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o autoridad de control correspondiente.

10. Aceptación de las bases y consentimiento expreso.
El hecho de participar en el Premio supone la íntegra aceptación y el cumplimiento de las presentes Bases. Incumplir las obligaciones que se aplican en la convocatoria podrá ser motivo de revocación de los beneficios de la misma.

11. Normativa aplicable y Jurisdicción.
La resolución de cualquier conflicto o litigio en relación con el presente Premio se dirimirá de conformidad con las leyes españolas, sometiéndose expresamente al fuero o jurisdicción de los Tribunales de A Coruña.

La FMJJ se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del presente concurso.

 

 

Fuente

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II PREMIO DE JUSTA POÉTICA ALEXANDRE AMAD (España)
 20:04:2015

Género: Poesía

Premio:  250 EUROS 

Abierto a:alumnos y alumnas matriculados en la UGR

Entidad convocante: Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Granada

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 20:04:2015

 

BASES


La Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Granada convoca
II EDICIÓN DEL PREMIO DE JUSTA POÉTICA ALEXANDRE AMAD
 
"¿A quién sirve la poesía?"
 www.escritores.org
Con la presencia de los poetas Carmelo Amado y Alejandro Molina presentando su libro "Heridas de la posibilidad"
 
PREMIOS
 
PRIMER PREMIO DE 250 EUROS
SEGUNDO PREMIO DE 150 EUROS
TERCER PREMIO DE 100 EUROS
 
BASES
 
- El plazo de presentación acaba el 20 de abril de 2015 a las 14h.
 
- Podrán participar todos aquellos alumnos y alumnas matriculados en la UGR
 
- Deben presentar por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. un poema con una extensión máxima de 30 versos en documento Word, formato DIN A-4, a una sola cara, letra Times New Roman, tamaño 12 e interlineado 1,5.
Las obras deberán estar escritas en castellano y ser originales e inéditas. El tema será libre y sólo se admitirá una obra por autor.
 
- En "asunto" se indicará II Edición Justa Poética Alexandre Amad, y se adjuntarán dos archivos, uno cuyo título será el de la obra y contendrá el poema firmado con un seudónimo, y el otro cuyo título será plica y contendrá los datos del autor (nombre, apellidos, DNI, teléfono, dirección, correo electrónico y una pequeña reseña biográfica).
 
- Las obras finalistas serán anunciadas en el acto que se celebrará el día 23 de abril de 2015, Día Internacional del Libro, en el Aula Andrés Manjón de la Facultad de Ciencias de la Educación a las 12:30h.
 
- De entre los finalistas se elegirán los ganadores mediante el procedimiento de justa poética.
 
Cualquier duda puede ser dirigida a la dirección de correo antes mencionada.
Consulta las bases online: heridasdelaposibilidad.blogspot.com
 

  

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


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II PREMIO DE INVESTIGACIONES FEMINISTAS EN MATERIA DE IGUALDAD (España)

15:09:2017

Género: Investigación

Premio:  1.700 €

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Instituto Aragonés de la Mujer y la Universidad de Zaragoza

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:09:2017

 

BASES

 El Instituto Aragonés de la Mujer y la Universidad de Zaragoza, conscientes de la importancia de los estudios de Género en la sociedad actual convoca, a través de la Cátedra sobre Igualdad y Género el II Premio de investigaciones feministas en materia de igualdad.

Los trabajos que opten al premio deberán ser originales e inéditos, poseer estructura académica y tener una extensión aproximada entre 60 y 80 páginas (anexos excluidos). Deberán remitirse  en un sobre bajo el lema II Premio de investigaciones feministas en materia de igualdad a:

Secretaría General
Instituto Aragonés de la Mujer
Pso. María Agustín nº 16, 5ª planta
50.071 ZARAGOZA

El sobre ha de contener el trabajo en soporte informático (pendrive o CD) y en papel encuadernado, un resumen del mismo y un sobre cerrado donde figure la fotocopia del DNI de la autora o autor y la ficha de participación adjunta en este artículo, que también se puede descargar en las páginas web del IAM y del Observatorio de Igualdad de Género de la UZ.

El Comité evaluador tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración:

- La calidad y originalidad de la propuesta y su adecuación metodológica.
www.escritores.org
- El impacto potencial de las aportaciones en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres.

- La aplicación de los resultados del proyecto.

Se otorgarán dos premios en metálico y diploma acreditativo:

1º Premio: 1.700 euros

2º Premio: 1.000 euros

(Los premios se encuentran sujetos a la retención correspondiente según la legislación vigente)

Los premios podrán quedar desiertos.

El plazo de entrega de los trabajos finaliza el 15 de septiembre de 2017 y el Comité evaluador estará compuesto por personas expertas en la materia nombradas por el IAM y la UZ.

El fallo del jurado se hará público el 23 de noviembre de 2017 en el edificio Pignatelli del Gobierno de Aragón (Pso. María Agustín, 36) a las 12 horas.

Concurrir a este premio significa la aceptación plena de sus bases, así como la decisión del jurado que será inapelable.


Fuente y Ficha de participación: observatorioigualdad.unizar.es/noticias/ii-premio-de-investigaciones-feministas-en-materia-de-igualdad

Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


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II PREMIO DE LITERATURA "NAVARRO VILLOSLADA" 2024 (España)


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II PREMIO DE LITERATURA "NAVARRO VILLOSLADA" 2024 (España)

30:05:2024

Género:  Novela, relato, poesía, teatro, cómic, novela gráfica, ensayo, biografía, infantil y juvenil

Premio:  15.000 € y edición

Abierto a:  mayor de edad, natural o empadronada en Navarra

Entidad convocante:  Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:05:2024

 

BASES

 

 

Plazo: 30/04/24 - 30/05/24

1.–Objeto del premio de literatura "Navarro Villoslada".

El Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra, con objeto de promover la creación literaria de obras originales en la Comunidad Foral de Navarra convoca el premio de literatura "Navarro Villoslada 2024", edición en castellano y edición en euskera.

Este premio impulsa la creación y publicación de obras literarias inéditas en castellano y en euskera y cuenta con dos modalidades:

–Premio de literatura "Navarro Villoslada 2024" en castellano.

–Premio de literatura "Navarro Villoslada 2024" en euskera.

Las obras que opten al premio (en la modalidad de castellano o en la modalidad de euskera) pueden pertenecer a cualquiera de las siguientes clases:

a) Narrativa.

b) Poesía y prosa poética.

c) Teatro.

d) Cómic y novela gráfica.

e) Ensayos y biografías.

f) Literatura infantil y juvenil.

2.–Imputación presupuestaria y cuantía.

2.1. El premio se financiará con cargo a la partida A20000 A2010 2268 334200 Premio Navarro Villoslada de literatura, premio metálico en el presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana para el año 2024.

2.2. El importe del premio será en metálico, 15.000 euros para la modalidad en castellano y 15.000 euros para la modalidad en euskera.

3.–Requisitos de las personas candidatas.

3.1. Podrán concurrir al premio cualquier persona física mayor de edad que sea natural o esté empadronada en Navarra con anterioridad al día 1 de enero de 2024.

3.2. Los participantes solo podrán presentar una obra a una sola de las dos modalidades (en castellano o en euskera).

3.3. Las personas participantes no deberán estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, no pudiendo obtener la condición de premiadas aquellas personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 de dicho artículo.

3.4. La participación en el concurso implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria.

4.–Requisitos de las obras.

4.1. Las obras que se presenten estarán escritas en castellano o en euskera. Deben ser originales e inéditas. En el caso de no cumplir estos requisitos la obra será inadmitida. No se podrán presentar obras que ya hayan sido editadas tanto en papel, como en cualquier otro medio, incluidos blogs y redes sociales. Tampoco se admitirán obras auto publicadas o las creadas por Inteligencia Artificial.

4.2. Las obras no deben haber sido premiadas con anterioridad en ningún otro concurso nacional o internacional, ni haberse presentado a ningún otro certamen cuyo fallo deba producirse antes de la resolución de la convocatoria. No debe haberse cedido a terceros los derechos de autor de la obra, ni comprometido su cesión futura.

4.3. Las obras deberán presentarse en formato DIN- A4, escritas por ambas caras, en letra Arial tamaño 12, a doble espacio. En el caso del Cómic y novela gráfica deberán presentarse en formato DIN A4 en páginas sueltas, numeradas y podrán realizarse en blanco y negro o a color.

4.4. Las obras presentadas deberán tener la siguiente extensión según la clase a la que pertenezcan:

a) Narrativa: mínimo 200 páginas para novelas y 100 páginas para novelas cortas y conjuntos de relatos.

b) Poesía y prosa poética: más de 500 versos o equivalente.

c) Teatro: mínimo 70 páginas.

d) Cómic y novela gráfica: mínimo 40 páginas.

e) Ensayo, incluyendo biografías, sobre un tema propio del campo de las humanidades: mínimo 150 páginas.

f) Literatura infantil y juvenil: mínimo 50 páginas infantil y 100 páginas juvenil.

5.–Presentación de candidaturas.

5.1. Las solicitudes de participación se formalizarán en el modelo específico que se adjunta como anexo de estas bases, disponible dentro de la ficha correspondiente en el catálogo de trámites: navarra.es/es/tramites/on/-/line/premio-de-literatura-navarro-villoslada.

5.2. La solicitud deberá ir dirigida a la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, indicando en la misma "Premio de literatura Navarro Villoslada 2024".

5.3. Las solicitudes se presentarán preferentemente de manera telemática a través del registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (navarra.es) siendo necesario para identificarse disponer de certificado digital o cl@ve; en su defecto, se podrán presentar presencialmente en la Oficina del Registro ubicada en la calle Navarrería 39 de Pamplona o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.4. La solicitud de participación a la que hace referencia la base 5.1 deberá ir acompañada por la siguiente documentación.

a) Para los naturales de Navarra: fotocopia del DNI. Para el resto de solicitantes: certificado de empadronamiento.

b) Un ejemplar de la obra en formato PDF o, en caso de presentación presencial, en formato papel. En la primera página se hará constar exclusivamente el título de la obra, el pseudónimo del autor o autora y la modalidad (castellano o euskera) a la que se presenta. En las obras no se incluirá ningún dato que permita identificar al autor o autora de la misma.

5.5. El plazo para la presentación de solicitudes y documentación requerida será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Navarra.

6.–Instrucción y tramitación del procedimiento.

6.1. La instrucción del procedimiento corresponderá al Negociado de Innovación de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra.

6.2. Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos, se requerirá al solicitante la subsanación del defecto observado a través del correo electrónico para que, en el plazo de diez días hábiles, se subsane la falta o se acompañen la documentación preceptiva. El incumplimiento del requisito de participación contenido en la base 3.1 o la inclusión en el texto de la obra de algún dato que permita identificar al autor o autora determinará la inadmisión de la solicitud presentada.

6.3. El órgano instructor será el encargado de dar traslado de las obras presentadas a los componentes del Jurado para su evaluación. El órgano instructor garantizará la reserva de los datos personales que figuran en la solicitud de participación hasta la finalización del proceso.

1.1. El Jurado estará compuesto, para cada una de las modalidades, por:

a) Modalidad en castellano:

–Presidencia: La persona titular del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra o la persona titular de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
–Vocalías:
La dirección del Servicio de Bibliotecas, y en su defecto la dirección del Servicio de Acción Cultural.
Dos vocales de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes, y en su defecto, un vocal de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes y una persona de la competencia de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
Dos personas especialistas en el mundo de la literatura.
–Secretaría: la jefa del negociado de publicaciones de la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico.

b) Modalidad en euskera.

–Presidencia: La persona titular del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra o la persona titular de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
–Vocalías:
Una persona del Servicio de Bibliotecas, y en su defecto una persona de la competencia de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
Dos vocales de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes, y en su defecto, un vocal de la Comisión de Publicaciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes y una persona de la competencia de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.
Dos personas especialistas en el mundo de la literatura.
–Secretaría: la jefa del negociado de publicaciones de la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico.

Todas las personas componentes del jurado tendrán voz y voto.

La composición de los jurados se publicará en la ficha de la convocatoria en el catálogo de trámites del portal del Gobierno de Navarra: navarra.es/es/tramites/on/-/line/premio-de-literatura-navarro-villoslada.

6.4. El Jurado valorará las obras presentadas de forma motivada. Para la valoración de las obras, tanto en castellano como o en euskera, se tendrá en cuenta la calidad artística, el rigor, la riqueza expresiva del lenguaje, de acuerdo con las características propias de cada una de las categorías, así como la originalidad de la obra, capacidad innovadora de la creación en su estructura, planteamiento, valor estético, singularidad y originalidad.

6.5. El jurado actuará como órgano colegiado y hará constar el fallo en el acta correspondiente. El premio en castellano y euskera será de carácter indivisible y el jurado podrá declararlo desierto.

6.6. El jurado rechazará aquellas obras que no se ajusten a lo dispuesto en las presentes bases, siendo el responsable de su interpretación, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

7.–Resolución.

A la vista del fallo del jurado el órgano instructor, previa identificación de los participantes de las obras que figuran en el fallo del jurado, formulará la correspondiente propuesta de concesión a la persona titular del departamento competente en materia de cultura.

8.–Cesión de los derechos de autor y publicación de las obras.

8.1. Las obras premiadas serán objeto de publicación por parte de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.

8.2. El autor o autora de la obra premiada en cada una de las modalidades cederá en exclusiva durante tres años la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública sobre la obra premiada con la finalidad de publicar una primera edición de la misma. Corresponderá al Negociado de Publicaciones de la Sección de Recursos y Desarrollo Estratégico determinar la modalidad de edición, número de ejemplares, precio y forma de distribución de las obras.

8.3. La cuantía del premio cubrirá los derechos de autor correspondientes a la publicación de esta primera edición.

8.4. Transcurrido tres años el autor o autora premiados recuperarán los derechos de explotación cedidos sobre sus obras comprometiéndose a que en futuras ediciones figure siempre la referencia de haber sido galardonado con el "Premio Navarro Villoslada" del Gobierno de Navarra.

9.–Pago.

9.1. Una vez notificada la concesión del premio, será imprescindible que las personas premiadas expresen por escrito su conformidad con dicha concesión, autorizando en exclusiva a la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana para que proceda a la publicación de la obra en los términos indicados en la base 8.ª

9.2. Aceptada la concesión del premio las personas ganadoras del "Premio Navarro Villoslada" recibirán la cantidad asignada mediante transferencia bancaria durante el 2024.

9.3. El premio será objeto de la retención correspondiente prevista en la normativa que regula el I.R.P.F.www.escritores.org

10.–Derechos de imagen de los participantes.

10.1. Las personas ganadoras presentarán por escrito un permiso específico para que puedan aparecer en imágenes (fotografía, video...) tomadas con motivo de la participación en el certamen y/o en el acto de entrega de premios.

10.2. Los datos facilitados se tratarán conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

 

 
 

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