Concursos Literarios

 

 

 

IV CONCURSO LITERARIO DE CUENTOS DE CIENCIA FICCIÓN Y FANTASÍA REVISTA NOVUM (Venezuela)


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IV CONCURSO LITERARIO DE CUENTOS DE CIENCIA FICCIÓN Y FANTASÍA REVISTA NOVUM (Venezuela)

18:06:2021

Género:  Relato

Premio:   Publicación

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Revista Digital NOVUM

País de la entidad convocante:  Venezuela

Fecha de cierre:  18:06:2021

 

BASES

BASES DEL CONCURSO
 

Para aceptar cualquier manuscrito o historia dentro del concurso, el mismo debe cumplir con la siguiente serie de condiciones, y el autor debe brindar su consentimiento con las mismas. Al momento de enviar la solicitud el autor estará aceptándolas. En caso de existir alguna clase de conflicto con estas bases el resultado será la desconsideración del manuscrito para el veredicto del concurso.   www.escritores.org

1. El contenido del manuscrito debe ser 100% original. No se aceptarán “fanfics” dentro del concurso. La historia puede ser firmada con un pseudónimo (es opcional), pero dentro del envío de la misma debe estar reflejado el nombre verdadero del autor.

2. La extensión de los manuscritos DEBE ESTAR entre las 2 (dos) y 12 (doce) páginas, tamaño carta y escritos con “Times New Roman”, “Arial” u otra fuente similar de tamaño 12 e interlineado sencillo. ESTOS SON LÍMITES ESTRICTOS. En caso de que el manuscrito no esté dentro de estos parámetros, éste quedará descalificado. TODO MANUSCRITO deberá ser enviado en formato .DOC o .DOCX (es decir, deben ser archivos legibles y modificables por MS Word).

3. El jurado, conformado por la junta directiva de la asociación (presidente, secretario, tesorero y bibliotecario), será el encargado de emitir el veredicto sobre el ganador del concurso de manera final y sin tener que brindar explicaciones al público o a los autores.

4. El manuscrito ganador del concurso será publicado en una sección especial de nuestra revista digital, NOVUM, la cual será publicada en nuestras redes sociales. Si llegara a ser el caso, también serán publicadas historias consideradas “finalistas” (aunque con la debida distinción, por supuesto). El número de finalistas publicado dependerá del jurado.

5. En caso de ser necesario, la historia ganadora o las finalistas podrían ser editadas por la agrupación, con previo consentimiento del autor.

6. Una historia que necesite edición por errores de ortografía y de redacción puede quedar en segundo plano frente a una que no, así que es MUY recomendado revisar el manuscrito antes de enviarlo.

7. La Agrupación está conformada por estudiantes de la Universidad Simón Bolívar (USB), en el valle de Sartenejas, Venezuela. Dado que somos una agrupación de carácter exclusivamente recreativo y 100% sin fines de lucro, que no percibe ingresos monetarios de ninguna clase, y que nuestra revista NOVUM es totalmente gratuita y está disponible en línea, no habrá ningún premio económico para el autor ganador. Sin embargo, éste recibirá por correo electrónico un diploma digital reconociendo su victoria.

8. Los manuscritos deberán ser enviados ÚNICAMENTE al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con el asunto “IV CONCURSO NOVUM”. No se recibirán manuscritos en físico o digitales por cualquier otra vía. En el correo deberán aparecer el nombre del autor, pseudónimo (opcional) y un teléfono de contacto, en caso de surgir alguna eventualidad que lo amerite. Por lo general, toda la comunicación con los autores será por correo electrónico.

9. El máximo de historias que pueden enviarse es de una por autor. El envío de una segunda o posterior historia quedará sin consideración para efectos del concurso.

10. Se pueden enviar historias escritas en equipo, pero deben estar firmadas con un nombre grupal (por cuestiones de espacio). En la revista también figurarán los nombres de cada uno de los autores, al final de la historia (en caso de ser publicada).

11. La historia deberá contener elementos de ciencia ficción o fantasía (o ambos) en sus más amplias excepciones. De lo contrario su envío quedara sin consideración para efectos del concurso.

12. Ni la agrupación ni la revista quedarán con derechos de publicación o de exclusividad sobre la historia después de la publicación del número correspondiente de NOVUM. Todos estos seguirán siendo del autor, junto con toda la propiedad intelectual de la misma.

13. Los manuscritos serán recibidos hasta el día viernes 18 de junio del año 2021, ese día inclusive, hasta las 12 PM (GMT-4). No habrá excepciones o prórrogas de ninguna clase.

14. El ganador y los finalistas del concurso serán anunciados por las redes sociales de la agrupación: @ubikusb en Twitter y la página UBIK USB en Facebook a finales de junio o a principios de julio de 2021. También les será enviado un correo electrónico a los autores correspondientes.

15. La revista será publicada por las redes anteriormente mencionadas a principios de agosto de 2021.

16. Cualquier modificación de las bases anteriores será informada por las redes sociales de la agrupación.

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


III CERTAMEN DE POESÍA A LA VIRGEN DE LOS DOLORES DE LAS SALINAS (España)


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III CERTAMEN DE POESÍA A LA VIRGEN DE LOS DOLORES DE LAS SALINAS (España)

30:06:2021

Género:  Poesía, infantil y juvenil

Premio:   Trofeo y set de escritura

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Fundación Reales Salinas de Arcos de las Salinas

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:06:2021

 

BASES

 

El III Certamen de Poesía a la Virgen de los Dolores de Las Salinas es convocado por la Fundación Reales Salinas de Arcos de las Salinas en honor y como muestra de devoción a la Virgen de los Dolores de Las Salinas.
www.escritores.org

El presente certamen se enmarca en la recuperación de la Romería a la Virgen de los Dolores de Las Salinas efectuada por la Fundación Reales Salinas de Arcos de las Salinas que sensible a la tradición religiosa y a la devoción a la Virgen de los Dolores recuperó la Romería y creó el Certamen de Poesía en honor y como muestra de devoción a la Virgen de los Dolores de Las Salinas.

La Romería se celebrará el domingo 12 de septiembre de 2021, en honor a la Virgen de los Dolores, en Las Salinas en Arcos de las Salinas en Teruel, siguiendo el siguiente programa:

11h Inicio de la Romería de la Virgen de los Dolores de Las Salinas desde la Fuente del Molino de Arcos de las Salinas en Teruel.
12h Eucaristía en la Ermita de la Virgen de los Dolores de las Salinas.
13:00h Ofrenda de flores a la Virgen de los Dolores y acto de despedida con recital de poesía a la Virgen, exhibición de Jota Aragonesa y canto de los Gozos de la Virgen de los Dolores.
13:30h Degustación popular.
14h Comida de hermandad en Las Salinas.

La Romería fue un elemento determinante en la declaración del Conjunto Las Salinas como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto de Interés Cultural, Lugar de Interés Etnográfico por el DECRETO 188/2010, de 19 de octubre, del Gobierno de Aragón como así viene reflejado en la declaración estableciendo lo siguiente: «La ermita del Salinar, conocida también como ermita de la Virgen de los Dolores, data del siglo XVIII, en concreto de 1758 si atendemos a la inscripción en el dintel de la puerta. Se trata de una construcción de mampostería y planta de cruz latina, con crucero coronado por una cúpula de cerámica, siguiendo el estilo del sur de Teruel y Levante. La cubierta de la ermita es con bóveda de medio cañón con lunetos. En el camarín destaca la decoración de estilo rococó y el atrio de madera. La singularidad del emplazamiento, al lado de la explotación salinar, es lo verdaderamente destacable e indica la estrecha y relevante vinculación de las salinas con la población.
Todo el conjunto constituye un patrimonio cultural etnológico o inmaterial cuyo valor se sustenta en la importancia que ha tenido durante siglos como explotación económica alrededor de las salinas, así como de los oficios vinculados directa o indirectamente a aquéllas.
Asimismo, ha sido también muy relevante la tradición religiosa existente en la vocación de la población a la Virgen de los Dolores, reflejada en la romería celebrada anualmente el martes de Pascua de Resurrección desde el pueblo hasta la ermita del conjunto, hoy ya perdida a raíz del cierre de las salinas»

El certamen se regirá según las siguientes Bases:

1. Participantes y categorías.

Podrá participar en el certamen cualquier persona que lo desee. La inscripción es gratuita e implica la aceptación de las presentes bases.

Se establece 3 categorías de participación:

-Infantil hasta los 12 años
-Juvenil de 13 a 18 años
-Adultos a partir de 18 años

Los participantes menores de edad deberán aportar una autorización de la persona a su cargo.

2. Temática y formato

Se tendrá que participar con una poesía que sea inédita dedicada a la Virgen de los Dolores de los Dolores de Las Salinas escritas en castellano. La poesía podrá tener la extensión deseada así como la estructura estrófica, rima deseada o ser un verso libre.

3. Presentación, plazo y comunicación.

Las poesías han de ser enviadas a la dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. en un archivo word que tendrá como nombre, el nombre de la poesía, en el mismo correo electrónico ha de enviarse otro archivo Word, que tendrá como nombre, el nombre de la poesía y la palabra “Contacto”. En este archivo han de incluirse los siguientes datos de la persona participante: Nombre completo (nombre y apellidos), dirección postal, teléfono, torreo electrónico y número de DNI. En el caso que se sea menor de edad se tendrá que enviar escaneada y firmada la autorización de sus padres o tutores legales.

La fecha de presentación comienza el 25 de enero de 2021 y finaliza el 30 de junio de 2021.

La concesión del premio se comunicará a las personas premiadas a través del correo electrónico y/o teléfono durante la primera semana de julio de 2021.

4. Premios y jurado.

Habrá tres primeros premios para cada una de las 3 categorías consistente en un Trofeo y un set de escritura exclusivo de la Fundación Reales Salinas de Arcos de las Salinas.

Las personas ganadoras recitarán su poesía en la Romería de la Virgen de los Dolores de Las salinas durante el acto de despedida que tendrá lugar a las 13h del domingo 12 de septiembre de 2021. En el caso de no poder asistir lo tendrán que comunicar a través de la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El jurado estará compuesto por los miembros de la Fundación Reales Salinas de Arcos de las Salinas.

5. Difusión datos premios.

Las personas premiadas acceden a que se pueda publicar su poesía, nombre y foto en los medios de comunicación y difusión que estimen oportunos los convocantes del certamen. Los datos personales suministrados por las personas participantes se incorporarán a un fichero de participantes del concurso titularidad de la Fundación Reales Salinas de Arcos de las Salinas. La información obtenida será procesada únicamente para su gestión administrativa, y queda totalmente prohibida utilizarla para finalidades diferentes de las que recoge este documento.

6. Poesías presentadas.

Las poesías presentadas pasarán a ser propiedad de la Fundación Reales Salinas de Arcos de las Salinas, que se reserva todos los derechos sobre las mismas y podrá utilizarlas citando siempre el nombre del autor; ateniéndose a lo que dispone la Ley de Propiedad Intelectual.

7. Aceptación bases.

El hecho de participar en el concurso, implica la aceptación de estas bases por las personas participantes. Cualquier situación no contemplada en estas bases, será resuelta por los convocantes del certamen y acatada por todos los participantes.

 

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PREMIO AMSTER–CORÉ AL DISEÑO Y LA ILUSTRACIÓN EDITORIAL FNFLL 2021 (Chile)


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PREMIO AMSTER–CORÉ AL DISEÑO Y LA ILUSTRACIÓN EDITORIAL FNFLL 2021 (Chile)

25:06:2021

Género:  Ilustración, obra publicada

Premio:   $ 4.330.000 y diploma de honor

Abierto a:  personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad de Chile, y mayores de edad

Entidad convocante:  Subsecretaría de las Culturas y las Artes y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura

País de la entidad convocante:  Chile

Fecha de cierre:  25:06:2021

 

BASES

 

 

BASES DE CONVOCATORIA PÚBLICA
PREMIO AMSTER–CORÉ AL DISEÑO Y LA ILUSTRACIÓN EDITORIAL
CONVOCATORIA 2021

 

1. CONVOCATORIA
La Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en adelante “la SUBSECRETARÍA” y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en adelante “el Consejo”, de conformidad a lo dispuesto en el 4° letra j) de la ley N° 19.227 que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y en su Reglamento, y con el objeto de reconocer al diseño y la ilustración como expresiones fundamentales en el desarrollo del arte y la industria editorial, como un valor capital para la mejor lectura, difusión de las obras literarias y libros en general; y con el objeto de promover y estimular a los creadores gráficos, convocan a concurso público para otorgar el Premio “Amster - Coré” al diseño y la ilustración editorial.
Los beneficiados por los premios deberán realizar una actividad de difusión en establecimientos escolares de educación pública y/o en las comunidades próximas a ellos, conforme a lo establecido en la Ley N° 21.289, que aprueba el presupuesto del sector público año 2021. Los beneficiados podrán efectuar esta actividad en el marco de los programas de Educación Artística que ejecuta la SUBSECRETARÍA para lo cual deberán tomar contacto con el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.
www.escritores.org

2. MENCIONES
Este Premio consta de las siguientes menciones:
• Mención “Amster”, destinada a premiar obras por su Diseño y/o Diagramación.
• Mención “Coré”, destinada a premiar obras por su Ilustración.

3. PREMIOS
Para cada una de las menciones, se distinguirá al autor(a) del diseño y/o diagramación e ilustración, según sea el caso, con una suma única de dinero equivalente a $4.330.000.- (cuatro millones trescientos treinta mil pesos chilenos).
La editorial del libro premiado recibirá un diploma de honor en reconocimiento a la distinción obtenida por la obra publicada por su sello.
El premio señalado, se entregará al autor(a) o a quien sea designado como representante, en la carta adjunta a la postulación, en caso que el diseño y/o diagramación e ilustración de la obra tenga más de un(a) autor(a), certificado por un mandato especial emitido ante notario, por los autores.
Ten presente que para efectos de recibir el Premio, como ganador deberás acreditar que tu cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile se encuentra vigente, en caso que no conste su vigencia en los antecedentes entregados en la postulación.
En caso de fallecimiento del ganador/a, el premio será entregado a la sucesión que legalmente corresponda.

4. REQUISITOS PARA POSTULAR
• Podrás postular obras en idioma español o en las lenguas de los pueblos originarios, siempre que éstas se presenten en una edición bilingüe (español-pueblos originarios).
• Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
• Podrás postular libros de cualquier género literario y dirigido a cualquier tipo de público.
• Solo podrás postular libros que cuenten con ISBN (International Standard Book Number).
• Sólo podrás postular libros cuya primera edición sea del año 2020.
Ten presente que las postulaciones que no cumplan con los requisitos antes señalados serán declaradas fuera de convocatoria.

Se deja expresa constancia que no podrás postular:
• Obras publicadas póstumamente.
• Libros en formato digital.
• Obras que hubieren obtenido premios y/o galardones otorgados por el Consejo.

5. POSTULANTES Y AUTORES
Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
Los autores del diseño, diagramación o ilustración de la obra deberán ser personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile; y mayores de edad de conformidad con la legislación chilena.

6. INCOMPATIBILIDADES APLICABLES A LOS(AS) POSTULANTES Y AUTORES DE LA OBRA
No podrán participar en esta convocatoria como postulantes y/o autores del diseño, diagramación o ilustración de la obra, autoridades del Ministerio y los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (contratados bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo). De la misma forma son incompatibles para postular los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio contratados bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias públicas, quienes cumplan la labor de quienes cumplan la labor de jurados de la mención que corresponda en la presente convocatoria y las personas que se encuentren impedidas de postular por afectarles alguna causal de incompatibilidad administrativa contemplada en el artículo 56° del Decreto con Fuerza de Ley No 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. En este sentido, es del caso destacar que se encuentran impedidos de presentar una postulación las personas jurídicas con fines de lucro, en que tengan participación social (constituyente, socio o accionista) las personas referidas en el inciso anterior. En el caso que la autoridad o trabajador sea sólo representante legal de una persona jurídica con o sin fines de lucro y no reciba ningún tipo de beneficio con respecto a la postulación ni participe de ninguna manera en ella, dicha persona deberá abstenerse para todos los efectos de la presente convocatoria.
Como orientación, tienen la calidad de autoridades del Ministerio los integrantes del Consejo de Fomento de la Música Nacional, del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, del Consejo Nacional del Libro y la Lectura, del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la incompatibilidad que te afecta para presentar tu proyecto, estarás habilitado para postular, pudiendo presentar tu postulación mientras esté abierto el periodo de recepción de postulaciones, siempre y cuando no hayas postulado con antelación al cese de tu incompatibilidad. Como Subsecretaría revisaremos, durante todo el proceso que no te encuentres en alguna situación de incompatibilidad. Te recomendamos tener precaución con lo anterior, ya que tu proyecto quedará fuera de convocatoria en caso que no lo cumplas.
Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del Ministerio que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respecto de alguno de los postulantes.
La circunstancia que te encuentres en situación de incompatibilidad para ser beneficiario(a) del Fondo será certificada por la Secretaría del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, en adelante la “Secretaría” o la “Secretaría del Fondo”.

7. PERÍODO DE CONVOCATORIA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presente Convocatoria estará abierta por un plazo de 30 días hábiles (de lunes a viernes sin contar los feriados) desde la publicación de las bases en el sitio web premiosliterarios.cultura.gob.cl
, teniendo como hora límite las 17:00 horas de Santiago de Chile del último día hábil para postular.
Podrás presentar tu postulación de conformidad con lo establecido en las presentes bases, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.
El Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes certificará en la respectiva página web donde estarán publicadas las bases, la fecha de inicio y de término de la convocatoria de conformidad con lo precedentemente señalado.
Sólo podrás postular a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl .
No se aceptarán postulaciones presenciales o por correo certificado.

8. NOTIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA
EDeberás indicar en la Ficha de Postulación, el medio preferente de notificación de las distintas etapas de la Convocatoria, esto es, para la declaración de inadmisibilidad, selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de bases. Para esto, podrás señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de tu correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indiques, entenderemos que optas por notificación por carta certificada. Estamos preocupados en asegurarte la debida comunicación de los resultados de tu postulación, por lo que si optas por notificación vía correo electrónico deberás indicar dos direcciones distintas, pero debes tener presente que es tu responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción y revisar de manera constante tu bandeja de correos spam, ya que no depende de nosotros el asegurarte que nuestros correos no sean derivados a dicha bandeja.
Asimismo, si optas por notificación vía carta certificada, deberás indicar tu domicilio, debiendo informarnos de cualquier cambio del mismo, ya que mientras no nos avises te seguiremos notificando a tu antiguo domicilio.
Considera que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá efectuada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos de tu domicilio; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día hábil siguiente a su válido envío por parte de la Subsecretaría.
Te solicitamos preferir la forma de notificación vía correo electrónico debido a la contingencia nacional e internacional provocada por el virus COVID-19.

9. CONSTATACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES
La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Secretaría del Fondo durante toda la convocatoria.
Si constatamos algún incumplimiento por parte de tu postulación, ésta quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de:
• La Secretaría del Fondo, si se comprueba antes de la selección de tu postulación, lo que formalizaremos a través del respectivo acto administrativo dictado por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes o por quien ejerza sus funciones. Dicho acto administrativo te lo notificaremos según te lo indicamos en el punto anterior.
• La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección de tu postulación, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del/la interesado/a, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
En caso que tu postulación sea declarada fuera de convocatoria, conforme al artículo 59 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

10. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y DEBER DE VERACIDAD
Para nosotros es importante que sepas que por la sola presentación de postulaciones a esta convocatoria declaras que conoces y aceptas el contenido íntegro de las presentes bases. Además deberás dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución de actividades.
Considera también que al momento de presentar tu postulación, declaras bajo juramento que toda la información contenida en ella es verídica y das fe de su autenticidad.
Ten presente que nos reservamos el derecho de verificar dicha información y en caso que constatemos que contiene elementos falsos, deberemos declarar fuera de convocatoria tu postulación.

11. DE LA POSTULACIÓN
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
Ten presente que la Ficha de Postulación es el formato exclusivo y canal válido disponible para la formulación de tu postulación, permitiendo una elaboración ordenada al proveer los campos necesarios para que como postulante expongas los detalles de tu postulación. El llenado de todos los campos de la Ficha de Postulación será obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.
Postulación digital
a) Debes ingresar a la página premiosliterarios.cultura.gob.cl
b) Luego, registrarte como postulante en la página premiosliterarios.cultura.gob.cl
c) Posteriormente debes seleccionar el premio y mención al que postulas.
d) A continuación, debes completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que el libro tenga dos o más autores (as) del diseño, diagramación o ilustración de la obra, la ficha deberá contemplar los datos de todos ellos. En la Ficha de Postulación deberás explicitar el aporte que desde el ámbito gráfico hace relevante a la obra editada.
e) En el caso que postules a la Mención Amster: En la Ficha de Postulación debes especificar claramente los datos del diseñador/a y del diagramador/a, en caso de que sean personas distintas y ser un reflejo fiel de los créditos del libro.
f) Debes adjuntar en archivo digital la fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) del diseño, diagramación o ilustración de la obra, otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
g) Además, debes adjuntar copia del comprobante de depósito legal dado por la Biblioteca Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.733.
h) Finalmente deberás validar y enviar tu postulación.
Luego del primer envío (Ficha de Postulación), deberás enviar por correo certificado tres (3) ejemplares del título postulado en la Secretaría del Fondo, ubicada en Ahumada 48, piso 5, Santiago o en la sede de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio correspondiente. Esta entrega material deberás realizarla dentro del plazo de recepción establecido en el numeral 6. Respecto del material enviado por correo certificado, consideraremos como fecha de presentación, la fecha de envío estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva. Tu postulación se entenderá completada con el envío a través de la plataforma digital, más el envío del número respectivo de ejemplares del título postulado.

12. ADMISIBILIDAD

12.1. Examen de admisibilidad
Una vez que se cierre el periodo de postulación, revisaremos que tu postulación cumpla con los siguientes requisitos de admisibilidad:
• Que tu postulación se haya efectuado en la forma establecida en las presentes Bases;
• Que como postulante y/o autor del diseño, diagramación o ilustración de la obra no estés afecto a alguna situación de incompatibilidad;
• Que tu postulación haya sido presentada dentro del periodo de postulación; y
• Que tu postulación adjunte los antecedentes obligatorios y cumpla con las formalidades señaladas en el numeral 11 de estas Bases.
Ten presente que no será una causal de incompatibilidad que un Jurado participe como postulante y/o autor de la obra en la presente convocatoria, respecto de la mención en la que no le corresponda evaluar y seleccionar.

12.2. Declaración de inadmisibilidad
En caso que tu postulación no cumpla con alguno de los requisitos de admisibilidad, deberemos declararlo inadmisible a través de una resolución administrativa que dictará la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes, la cual te notificaremos según te lo indicamos en el punto 8 de las presentes bases. Para revisar los mecanismos administrativos con los cuales cuentas en caso que estimes que existió un error en la declaración de inadmisibilidad de tu postulación, por favor revisa lo que se señala en el punto que viene a continuación.
En caso que acojamos un recurso que hayas presentado en contra de la declaración de inadmisibilidad de tu proyecto, no te preocupes, porque tu postulación será incluida dentro del proceso de la convocatoria por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes para ser evaluada junto con las demás postulaciones admisibles de la convocatoria, en forma simultánea.

12.3 Recursos Administrativos
En caso que tu postulación sea declarada inadmisible, conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos:
• recurso de reposición ante la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria;
• recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el/la superior/a jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y
• recurso jerárquico ante el/la superior jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

13. DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Las postulaciones admisibles serán oportunamente puestas a disposición de la instancia de evaluación y selección por parte de la Secretaría del Fondo, esto es, por un Jurado para cada una de las menciones contempladas en esta Convocatoria, cada uno de los cuales estará integrado por 3 personas designadas por el Consejo. Ten presente que esto no impide que tu postulación no pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento de la Convocatoria.
Cada Jurado deberá emitir su pronunciamiento dentro del plazo de noventa días hábiles contados desde que se hubieren constituido.
En las sesiones de evaluación y selección se requerirá un quórum de mayoría absoluta de los miembros del Jurado para sesionar y de mayoría absoluta de los presentes para adoptar acuerdos. Sus decisiones deberán contener los fundamentos de la evaluación y selección. Al finalizar la etapa de selección se levantará un acta que incluirá la individualización de los ganadores. Esta tendrá validez con la firma de todos los integrantes del Jurado que asistieron a la respectiva sesión. Las decisiones que adopten los Jurados serán inapelables y deberán ser aprobadas por el Consejo, expresándose en una resolución que la SUBSECRETARÍA dictará para tal efecto.
Cada Jurado podrá declarar desierto el concurso por motivos fundados, no existiendo obligación de indemnizar a los(as) concursantes.

14. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
La nómina de ganadores(as) se publicará en la página web institucional premiosliterarios.cultura.gob.cl , indicando el nombre de los ganadores. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona. Asimismo, la SUBSECRETARÍA notificará los resultados de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, a los ganadores, de acuerdo a la forma señalada en el numeral 8 de las presentes bases.

15. NORMAS DE PROBIDAD
Las personas a cargo de la evaluación y selección de postulaciones realizarán dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcialidad. Además, estarán obligadas a guardar la debida confidencialidad sobre las postulaciones que les corresponda conocer.
Estas personas, en relación a aquellas postulaciones realizadas por personas hábiles y respecto a la convocatoria en que les tocare intervenir, estarán sujetos(as) a las normas de probidad y abstención establecidas en los artículos 52 y 53 de la ley N° 18.575 y en el artículo 12 de la ley N° 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrán tomar parte en la discusión de asuntos en los que él/ella, su cónyuge, su conviviente civil, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estén interesados. Se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrán tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes de la presente convocatoria. Tampoco podrán haber participado, a título remunerado o gratuito, en la elaboración anterior a la postulación a evaluar y seleccionar.
Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algún interés directo o indirecto en la postulación de una persona hábil, el involucrado deberá informarlo a la Secretaría del Fondo y a los demás integrantes del órgano, absteniéndose de conocer del asunto, de todo lo cual se deberá dejar constancia en el acta respectiva. En caso que tu postulación contravenga las normas de probidad, deberá ser dejada fuera de la convocatoria.

16. AUTORIZACIÓN DEL POSTULANTE
Como postulante autorizas –una vez cerrado el proceso de evaluación- a incorporar a la base de datos de la Secretaría del Fondo, tu dirección postal, teléfono y correo electrónico, con el objeto de registrarte como destinatario de información de interés para la comunidad literaria nacional.

17. PUBLICIDAD DE LAS POSTULACIONES
La publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regirá de acuerdo a lo establecido en la ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.

18. UTILIZACIÓN DE LIBROS ENTREGADOS EN LA POSTULACIÓN
Se deja expresa constancia que los libros entregados en tu postulación, sean o no obras ganadoras,
no serán devueltos y serán utilizados por la SUBSECRETARÍA para fines promocionales de la lectura.

19. ORIENTACIÓN E INFORMACIÓN
Tus consultas en relación a las bases podrás realizarlas a través de los mecanismos que te informaremos oportunamente a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl (correo electrónico, call center u otros).
Es muy importante que sepas que la información que se entregue a través de dichos mecanismos es sólo de carácter referencial, ya que para todos los efectos son las bases las que regulan todos los aspectos necesarios para que puedas presentar tu postulación de manera adecuada.

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PREMIO PUBLICACIONES DIGITALES FNFLL 2021 (Chile)


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PREMIO PUBLICACIONES DIGITALES FNFLL 2021 (Chile)

25:06:2021

Género:  Publicación digital, obra publicada

Premio:   $ 4.330.000 y diploma de honor

Abierto a:  personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad de Chile, y mayores de edad

Entidad convocante:  Subsecretaría de las Culturas y las Artes y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura

País de la entidad convocante:  Chile

Fecha de cierre:  25:06:2021

 

BASES

 

 

BASES DE CONVOCATORIA PÚBLICA
PREMIO PUBLICACIONES DIGITALES
CONVOCATORIA 2021


www.escritores.org
1. CONVOCATORIA
La Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en adelante “la SUBSECRETARÍA” y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en adelante “el Consejo”, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º letra j) de la Ley Nº 19.227 que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y en su Reglamento, y con el objeto de promover la creación de premios literarios a publicaciones digitales, reconocer a los autores de estas, incentivar el emprendimiento editorial y la creación de obras digitales innovadoras que fomenten la lectura, promover la mejora de la calidad de las publicaciones digitales y fortalecer el ecosistema del libro, convocan a concurso público para otorgar el Premio Publicaciones Digitales, destinado a distinguir a aquellos escritores, diseñadores, animadores, ilustradores, desarrolladores así como creadores de otras disciplinas que estén vinculados al desarrollo de publicaciones digitales.
Los beneficiados por los premios deberán realizar una actividad de difusión en establecimientos escolares de educación pública y/o en las comunidades próximas a ellos, conforme a lo establecido en la Ley N° 21.289, que aprueba el presupuesto del sector público año 2021. Los beneficiados podrán efectuar esta actividad en el marco de los programas de Educación Artística que ejecuta la SUBSECRETARÍA para lo cual deberán tomar contacto con el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.
Ten presente que con el fin de promover la obra, el participante o equipo ganador deberá facilitar material promocional para conocimiento público, el que será dado a conocer a través de las plataformas de difusión del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio tras conocerse los resultados de los premios.

2. CATEGORÍAS
Este Premio constará de una categoría única que buscará premiar el espectro de las publicaciones digitales, independiente de su formato.

3. PREMIOS
Se distinguirá al autor(es) de la obra, entendiendo por esto a aquellos escritores, diseñadores, animadores, ilustradores, desarrolladores, así como creadores de otras disciplinas que estén vinculados al desarrollo de publicaciones digitales, con una suma única de dinero equivalente a
$4.330.000.- (cuatro millones trescientos treinta mil pesos chilenos). Además se hará entrega de un diploma al ganador o representante de un equipo ganador y – si es el caso – otro para la editorial o el grupo responsable de publicar la obra.
El premio señalado, se entregará al autor(a) de la obra o a quien sea designado como representante en caso que la obra tenga más de un(a) autor(a), certificado por un mandato especial emitido ante notario, por los autores.
Ten presente que para efectos de recibir el Premio, como ganador deberás acreditar que tu cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile se encuentra vigente, en caso que no conste su vigencia en los antecedentes entregados en la postulación.
En caso de fallecimiento del ganador/a, el premio será entregado a la sucesión que legalmente corresponda.

4. REQUISITOS PARA POSTULAR
• Podrás postular obras en idioma español o en las lenguas de los pueblos originarios, siempre que éstas se presenten en una edición bilingüe (español-pueblos originarios).
• Podrás postular obras de cualquier género literario y dirigido a cualquier tipo de público.
• Podrás postular obras que hayan sido publicadas durante 2019 y 2020 por autores chilenos y no será requisito que la obra tenga o considere una edición impresa.
• Toda obra que postules deberá adjuntar en un documento formato PDF un link directo de descarga no caducable de la obra, además de otro link que redirija a los evaluadores a la aplicación. Asimismo, se deberá adjuntar al menos 5 (cinco) códigos de descarga gratuita para poder evaluar la obra independiente de la plataforma utilizada.
• Las obras sólo podrán postularse en formatos Epub o aplicaciones multiplataforma.
• Las obras que postules en formato Epub deberán contar con ISBN (International Standard Book Number).
Ten presente que las postulaciones que no cumplan con los requisitos antes señalados serán declaradas fuera de convocatoria.

Se deja expresa constancia que no podrás postular:
• Web books (libros digitales hechos para páginas web que se adaptan para ser leídos en dispositivos móviles, tabletas y computadores) presentados en plataformas gratuitas o de pago.
• Videojuegos que no presenten un desarrollo de guion, historia e interactividad que le permita apegarse a las normas de los géneros literarios. Sí podrán postularse aplicaciones que pertenezcan al género “Aventura gráfica” o “simulación”, siempre y cuando se adapten a los principios que el jurado observará al evaluar las postulaciones.
• Obras en formato PDF, DOC, DOCX, TXT o similares, así como todo Proyecto presentado en o a través de sitios web que no demuestren un trabajo que a cabalidad pueda fusionar interactividad con narración.

5. POSTULANTES Y AUTORES
Las obras podrán ser postuladas por sus autores (as) en forma personal o por un tercero.
Los autores de las obras postuladas deberán ser personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, y mayores de edad de conformidad con la legislación chilena.

6. INCOMPATIBILIDADES APLICABLES A LOS(AS) POSTULANTES Y AUTORES DE LA OBRA
No podrán participar en esta convocatoria como postulantes y/o autores de las obras, las autoridades del Ministerio y los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (contratados bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo). De la misma forma son incompatibles para postular los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio contratados bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias pública, quienes ejerzan la labor de jurados de este premio y las personas que se encuentren impedidas de postular por afectarles alguna causal de incompatibilidad administrativa contemplada en el artículo 56° del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
En este sentido, es del caso destacar que se encuentran impedidos de presentar una postulación las personas jurídicas con fines de lucro, en que tengan participación social (constituyente, socio o accionista) las personas referidas en el inciso anterior. En el caso que la autoridad o trabajador sea sólo representante legal de una persona jurídica con o sin fines de lucro y no reciba ningún tipo de beneficio con respecto a la postulación ni participe de ninguna manera en ella, dicha persona deberá abstenerse para todos los efectos de la presente convocatoria.
Como orientación, tienen la calidad de autoridades del Ministerio los integrantes del Consejo de Fomento de la Música Nacional, del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, del Consejo Nacional del Libro y la Lectura, del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la incompatibilidad que te afecta para presentar tu proyecto, estarás habilitado para postular, pudiendo presentar tu postulación mientras esté abierto el periodo de recepción de postulaciones, siempre y cuando no hayas postulado con antelación al cese de tu incompatibilidad. Como Subsecretaría revisaremos, durante todo el proceso que no te encuentres en alguna situación de incompatibilidad. Te recomendamos tener precaución con lo anterior, ya que tu proyecto quedará fuera de convocatoria en caso que no lo cumplas.
Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del Ministerio que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respecto de alguno de los postulantes.
La circunstancia que te encuentres en situación de incompatibilidad para ser beneficiario(a) del Fondo será certificada por la Secretaría del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, en adelante la “Secretaría” o la “Secretaría del Fondo”.

7. PERÍODO DE CONVOCATORIA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presente Convocatoria estará abierta por un plazo de 30 días hábiles (de lunes a viernes sin contar los feriados) desde la publicación de las bases en el sitio web premiosliterarios.cultura.gob.cl
, teniendo como hora límite las 17:00 horas de Santiago de Chile del último día hábil para postular.
Podrás presentar tu postulación de conformidad con lo establecido en las presentes bases, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.
El Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes certificará en la respectiva página web donde estarán publicadas las bases, la fecha de inicio y de término de la convocatoria de conformidad con lo precedentemente señalado.
Sólo podrás postular a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl
No se aceptarán postulaciones presenciales o por correo certificado.

8. NOTIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA
Deberás indicar en la Ficha de Postulación, el medio preferente de notificación de las distintas etapas de la Convocatoria, esto es, para la declaración de inadmisibilidad, selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de bases. Para esto, podrás señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de tu correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indiques, entenderemos que optas por notificación por carta certificada. Estamos preocupados en asegurarte la debida comunicación de los resultados de tu postulación, por lo que si optas por notificación vía correo electrónico deberás indicar dos direcciones distintas, pero debes tener presente que es tu responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción y revisar de manera constante tu bandeja de correos spam, ya que no depende de nosotros el asegurarte que nuestros correos no sean derivados a dicha bandeja.
Asimismo, si optas por notificación vía carta certificada, deberás indicar tu domicilio, debiendo informarnos de cualquier cambio del mismo, ya que mientras no nos avises te seguiremos notificando a tu antiguo domicilio.
Considera que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá efectuada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos de tu domicilio; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día hábil siguiente a su válido envío por parte de la Subsecretaría.
Te solicitamos preferir la forma de notificación vía correo electrónico debido a la contingencia nacional e internacional provocada por el virus COVID-19.

9. CONSTATACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES
La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Secretaría del Fondo durante toda la convocatoria.
Si constatamos algún incumplimiento por parte de tu postulación, ésta quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de:
• La Secretaría del Fondo, si se comprueba antes de la selección de tu postulación, lo que formalizaremos a través del respectivo acto administrativo dictado por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes o por quien ejerza sus funciones. Dicho acto administrativo te lo notificaremos según te lo indicamos en el punto anterior.
• La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección de tu postulación, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del/la interesado/a, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
En caso que tu postulación sea declarada fuera de convocatoria, conforme al artículo 59 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

10. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y DEBER DE VERACIDAD
Para nosotros es importante que sepas que por la sola presentación de postulaciones a esta convocatoria declaras que conoces y aceptas el contenido íntegro de las presentes bases. Además deberás dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución de actividades.
Considera también que al momento de presentar tu postulación, declaras bajo juramento que toda la información contenida en ella es verídica y das fe de su autenticidad.
Ten presente que nos reservamos el derecho de verificar dicha información y en caso que constatemos que contiene elementos falsos, deberemos declarar fuera de convocatoria tu postulación.

11. DE LA POSTULACIÓN
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
Ten presente que la Ficha de Postulación es el formato exclusivo y canal válido disponible para la formulación de tu postulación, permitiendo una elaboración ordenada al proveer los campos necesarios para que como postulante expongas los detalles de tu postulación. El llenado de todos los campos de la Ficha de Postulación será obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.

Postulación digital
a) Debes ingresar a la página premiosliterarios.cultura.gob.cl
b) Luego, registrarte como postulante en la página premiosliterarios.cultura.gob.cl
c) Posteriormente debes seleccionar el premio.
d) A continuación, debes completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que la obra tenga dos o más autores(as), la ficha deberá contemplar los datos de todos ellos.
e) Debes adjuntar en archivo digital la fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) de la obra otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
f) Además, debes adjuntar en documento formato PDF un link directo de descarga no caducable de la obra, además de otro link que redirija a la aplicación o plataforma donde esté alojado el material.
g) Además, cinco códigos promocionales de descarga gratuita no caducables.
h) Finalmente deberás validar y enviar la postulación.

Requisitos adicionales para obras postuladas en formato de aplicaciones multiplataforma: Para dichas postulaciones deberás acompañar además de lo anterior, los siguientes antecedentes: Para aplicaciones desarrolladas en el sistema operativo Android, copia de la misma en formato
APK y documento de texto con 5 códigos promocionales de descarga.
Para aplicaciones desarrolladas en el sistema operativo IOS, documento de texto con 5 códigos promocionales de descarga gratuita no caducables.

12. ADMISIBILIDAD
Examen de admisibilidad
Una vez que se cierre el periodo de postulación, revisaremos que tu postulación cumpla con los siguientes requisitos de admisibilidad:
• Que tu postulación se haya efectuado en la forma establecida en las presentes Bases;
• Que como postulante y/o autor de la obra no estés afecto a alguna situación de incompatibilidad;
• Que tu postulación se haya efectuado dentro del plazo señalado y en los lugares indicados en el numeral 7 de estas Bases.
• Que tu postulación adjunte los antecedentes obligatorios y cumpla con las formalidades señalados en el numeral 11 de estas Bases.
• Que los códigos de descarga y links de acceso se encuentren activos.

Declaración de inadmisibilidad
En caso que tu postulación no cumpla con alguno de los requisitos de admisibilidad, deberemos declararlo inadmisible a través de una resolución administrativa que dictará la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes, la cual te notificaremos según te lo indicamos en el punto 8 de las presentes bases. Para revisar los mecanismos administrativos con los cuales cuentas en caso que estimes que existió un error en la declaración de inadmisibilidad de tu postulación, por favor revisa lo que se señala en el punto que viene a continuación.
En caso que acojamos un recurso que hayas presentado en contra de la declaración de inadmisibilidad de tu proyecto, no te preocupes, porque tu postulación será incluida dentro del proceso de la convocatoria por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes para ser evaluada junto con las demás postulaciones admisibles de la convocatoria, en forma simultánea.

Recursos Administrativos
En caso que tu postulación sea declarada inadmisible, conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos:
• recurso de reposición ante la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria;
• recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el/la superior/a jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y
• recurso jerárquico ante el/la superior jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

13. DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Las postulaciones admisibles serán oportunamente puestas a disposición de la instancia de evaluación y selección por parte de la Secretaría del Fondo, esto es, por un Jurado, el cual estará integrado por 3 personas designadas por el Consejo. Esto no impide que la postulación no pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento de la Convocatoria.
El Jurado deberá emitir su pronunciamiento dentro del plazo de noventa días hábiles contados desde que se hubieren constituido.
El Jurado al momento de definir el premio considerará los siguientes principios:
• Desarrollo: Se evaluará la propuesta técnica y la Interfaz del proyecto. Se considerará lo presentado por el postulante como un trabajo editorial pensado para plataformas digitales, teniendo en cuenta la interacción del usuario como parte del lenguaje digital.
• Arte: Busca destacar la creatividad visual con la que el proyecto presentado se adapta al formato digital, más allá de la originalidad de la propuesta, sino también considerando su coherencia con el proyecto con su interacción con el usuario y el aporte al género;
• Narratividad de la obra: Se valorará la forma en que los proyectos establezcan un diálogo con el usuario a través de su relato, considerando cómo la forma en que el lenguaje se adapta al formato digital;
• Edición: Considera el trabajo editorial en el proyecto digital publicado en su totalidad, tomando en cuenta no solo el valor del contenido de la obra, sino además como producto que compita en el mercado editorial.
En las sesiones de evaluación y selección se requerirá un quórum de mayoría absoluta de los miembros del Jurado para sesionar y de mayoría absoluta de los presentes para adoptar acuerdos. Sus decisiones deberán contener los fundamentos de la evaluación y selección. Al finalizar la etapa de selección se levantará un acta que incluirá la individualización de los ganadores. Esta tendrá validez con la firma de todos los integrantes del Jurado que asistieron a la respectiva sesión. Las decisiones que adopten los Jurados serán inapelables y deberán ser aprobadas por el Consejo, expresándose en una resolución que la Subsecretaría dictará para tal efecto.
Se deja constancia que se evaluará la aplicación entregada a la fecha y no futuras actualizaciones, que se realicen posteriormente a la postulación.
El Jurado podrá declarar desierto el concurso por motivos fundados, no existiendo obligación de indemnizar a los(as) concursantes.

14. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
La nómina de ganadores(as) se publicará en la página web institucional premiosliterarios.cultura.gob.cl., indicando el nombre de los ganadores. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona. Asimismo, la SUBSECRETARÍA notificará los resultados de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, a los ganadores, de acuerdo a la forma señalada en el numeral 8 de las presentes bases.

15. NORMAS DE PROBIDAD
Las personas a cargo de la evaluación y selección de postulaciones realizarán dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcialidad. Además, estarán obligadas a guardar la debida confidencialidad sobre las postulaciones que les corresponda conocer.
Estas personas, en relación a aquellas postulaciones realizadas por personas hábiles y respecto a la convocatoria en que les tocare intervenir, estarán sujetos(as) a las normas de probidad y abstención establecidas en los artículos 52 y 53 de la ley N° 18.575 y en el artículo 12 de la ley N° 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrán tomar parte en la discusión de asuntos en los que él/ella, su cónyuge, su conviviente civil, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estén interesados. Se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrán tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes de la presente convocatoria. Tampoco podrán haber participado, a título remunerado o gratuito, en la elaboración anterior a la postulación a evaluar y seleccionar.
Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algún interés directo o indirecto en la postulación de una persona hábil, el involucrado deberá informarlo a la Secretaría del Fondo y a los demás integrantes del órgano, absteniéndose de conocer del asunto, de todo lo cual se deberá dejar constancia en el acta respectiva. En caso que tu postulación contravenga las normas de probidad, deberá ser dejada fuera de la convocatoria.

16. AUTORIZACIÓN DEL POSTULANTE
Como postulante autorizas –una vez cerrado el proceso de evaluación- a incorporar a la base de datos de la Secretaría del Fondo, tu dirección postal, teléfono y correo electrónico, con el objeto de registrarte como destinatario de información de interés para la comunidad literaria nacional.

17. PUBLICIDAD DE LAS POSTULACIONES
La publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regirá de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.

18. ORIENTACIÓN E INFORMACIÓN
Tus consultas en relación a las bases podrás realizarlas a través de los mecanismos que te informaremos oportunamente a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl (correo electrónico, call center u otros).
Es muy importante que sepas que la información que se entregue a través de dichos mecanismos es sólo de carácter referencial, ya que para todos los efectos son las bases las que regulan todos los aspectos necesarios para que puedas presentar tu postulación de manera adecuada.

 



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PREMIO MARTA BRUNET PARA NIÑOS Y JÓVENES FNFLL 2021 (Chile)


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PREMIO MARTA BRUNET PARA NIÑOS Y JÓVENES FNFLL 2021 (Chile)

25:06:2021

Género:  Infantil y juvenil, obra publicada

Premio:   $ 4.330.000 y diploma de honor

Abierto a:  personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad de Chile, y mayores de edad

Entidad convocante:  Subsecretaría de las Culturas y las Artes y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura

País de la entidad convocante:  Chile

Fecha de cierre:  25:06:2021

 

BASES

 

 

BASES DE CONVOCATORIA PÚBLICA
PREMIO MARTA BRUNET PARA NIÑOS Y JÓVENES
CONVOCATORIA 2021

 

1. CONVOCATORIA
La Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en adelante “la SUBSECRETARÍA” y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en adelante “el Consejo”, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° letra j) de la Ley N° 19.227 que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y en su Reglamento, y con el objeto de promover la creación literaria, convocan a concurso público para otorgar el Premio Marta Brunet, referido al reconocimiento de las obras literarias publicadas para niños y jóvenes.
Los beneficiados por los premios deberán realizar una actividad de difusión en establecimientos escolares de educación pública y/o en las comunidades próximas a ellos, conforme a lo establecido en la Ley N° 21.289, que aprueba el presupuesto del sector público año 2021. Los beneficiados podrán efectuar esta actividad en el marco de los programas de Educación Artística que ejecuta la SUBSECRETARÍA para lo cual deberán tomar contacto con el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.

www.escritores.org
2. CATEGORÍAS
Este Premio consta de las siguientes categorías:
• Categoría Primera infancia: 0 a 6 años.
• Categoría Infantil: 7 a 12 años
• Categoría Juvenil: 13 a 17 años.

3. PREMIOS
Para cada una de las categorías se distinguirá al autor(a) con un diploma de honor y con una suma única de dinero equivalente a $4.330.000.- (cuatro millones trescientos treinta mil pesos chilenos).
La editorial del libro premiado recibirá un diploma de honor en reconocimiento a la distinción obtenida por la obra publicada por su sello.
El premio señalado, se entregará al autor(a) de la obra o a quien sea designado como representante en caso que la obra tenga más de un(a) autor(a), certificado por un mandato especial emitido ante notario, por los autores.
Ten presente que para efectos de recibir el Premio, como ganador deberás acreditar que tu cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile se encuentra vigente, en caso que no conste su vigencia en los antecedentes entregados en la postulación.
Asimismo, en caso que se trate de una obra ilustrada, el premio será entregado a quien sea designado como representante por quienes tengan derechos sobre la obra.
El Consejo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4° letra h) de la Ley N° 19. 227 adquirirá el 20% de los ejemplares de la primera edición de la obra premiada, con un límite de 100 ejemplares. Los libros se comprarán en un plazo no superior a 2 años, según disponibilidad presupuestaria.
Esta compra no se llevará a efecto en caso que la obra haya sido seleccionada o adquirida en el Programa de Adquisición de Libros de Autores Chilenos.
En caso de fallecimiento del ganador/a, el premio será entregado a la sucesión que legalmente corresponda.

4. REQUISITOS PARA POSTULAR
a) Podrás postular obras en idioma español o en las lenguas de los pueblos originarios, siempre que éstas se presenten en una edición bilingüe (español-pueblos originarios).
b) Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
c) Las obras que postules deben pertenecer a los siguientes géneros: novela, cuento, poesía, dramaturgia, libro álbum, libro ilustrado literario, cómic, narrativa gráfica, y libros informativos que presenten discursos literarios.
d) Solo podrás postular libros que cuenten con ISBN (International Standard Book Number).
e) Sólo podrás postular libros cuya primera edición sea del año 2020.
Ten presente que las postulaciones que no cumplan con los requisitos antes señalados serán declaradas fuera de convocatoria.

Se deja expresa constancia que no podrás postular:
• Textos de enseñanza y manuales escolares.
• Libros de autoayuda.
• Antologías.
• Obras publicadas póstumamente.
• Libros en formato digital.
• Obras que hubieren obtenido premios y/o galardones otorgados por la SUBSECRETARÍA o el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. En el caso de los géneros cuento y poesía, no se aceptarán obras que contengan poemas o cuentos premiados y/o galardonados por la SUBSECRETARÍA o el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en años anteriores.

5. POSTULANTES Y AUTORES
Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
Los autores de las obras postuladas deberán ser personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile; y mayores de edad de conformidad con la legislación chilena.

6. INCOMPATIBILIDADES APLICABLES A LOS(AS) POSTULANTES Y AUTORES DE LA OBRA
No podrán participar en esta convocatoria como postulantes y/o autores de las obras, las autoridades del Ministerio y los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (contratados bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo). De la misma forma son incompatibles para postular los(as) trabajadores(as) de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio contratados bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias pública, quienes cumplan la labor de jurados de la categoría que corresponda en la presente convocatoria y las personas que se encuentren impedidas de postular por afectarles alguna causal de incompatibilidad administrativa contemplada en el artículo 56° del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
En este sentido, es del caso destacar que se encuentran impedidos de presentar una postulación las personas jurídicas con fines de lucro, en que tengan participación social (constituyente, socio o accionista) las personas referidas en el inciso anterior. En el caso que la autoridad o trabajador sea sólo representante legal de una persona jurídica con o sin fines de lucro y no reciba ningún tipo de beneficio con respecto a la postulación ni participe de ninguna manera en ella, dicha persona deberá abstenerse para todos los efectos de la presente convocatoria.
Como orientación, tienen la calidad de autoridades del Ministerio los integrantes del Consejo de Fomento de la Música Nacional, del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, del Consejo Nacional del Libro y la Lectura, del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la incompatibilidad que te afecta para presentar tu proyecto, estarás habilitado para postular, pudiendo presentar tu postulación mientras esté abierto el periodo de recepción de postulaciones, siempre y cuando no hayas postulado con antelación al cese de tu incompatibilidad. Como Subsecretaría revisaremos, durante todo el proceso que no te encuentres en alguna situación de incompatibilidad. Te recomendamos tener precaución con lo anterior, ya que tu proyecto quedará fuera de convocatoria en caso que no lo cumplas.
Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del Ministerio que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respecto de alguno de los postulantes.
La circunstancia que te encuentres en situación de incompatibilidad para ser beneficiario(a) del Fondo será certificada por la Secretaría del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, en adelante la “Secretaría” o la “Secretaría del Fondo”.

7. PERÍODO DE CONVOCATORIA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presente Convocatoria estará abierta por un plazo de 30 días hábiles (de lunes a viernes sin contar los feriados) desde la publicación de las bases en el sitio web premiosliterarios.cultura.gob.cl
, teniendo como hora límite las 17:00 horas de Santiago de Chile del último día hábil para postular.
Podrás presentar tu postulación de conformidad con lo establecido en las presentes bases, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.
El Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes certificará en la respectiva página web donde estarán publicadas las bases, la fecha de inicio y de término de la convocatoria de conformidad con lo precedentemente señalado.
Sólo podrás postular a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl
No se aceptarán postulaciones presenciales o por correo certificado.

8. NOTIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA
Deberás indicar en la Ficha de Postulación, el medio preferente de notificación de las distintas etapas de la Convocatoria, esto es, para la declaración de inadmisibilidad, selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de bases. Para esto, podrás señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de tu correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indiques, entenderemos que optas por notificación por carta certificada. Estamos preocupados en asegurarte la debida comunicación de los resultados de tu postulación, por lo que si optas por notificación vía correo electrónico deberás indicar dos direcciones distintas, pero debes tener presente que es tu responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción y revisar de manera constante tu bandeja de correos spam, ya que no depende de nosotros el asegurarte que nuestros correos no sean derivados a dicha bandeja.
Asimismo, si optas por notificación vía carta certificada, deberás indicar tu domicilio, debiendo informarnos de cualquier cambio del mismo, ya que mientras no nos avises te seguiremos notificando a tu antiguo domicilio.
Considera que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá efectuada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos de tu domicilio; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día hábil siguiente a su válido envío por parte de la Subsecretaría.
Te solicitamos preferir la forma de notificación vía correo electrónico debido a la contingencia nacional e internacional provocada por el virus COVID-19.

9. CONSTATACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES
La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Secretaría del Fondo durante toda la convocatoria.
Si constatamos algún incumplimiento por parte de tu postulación, ésta quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de:
• La Secretaría del Fondo, si se comprueba antes de la selección de tu postulación, lo que formalizaremos a través del respectivo acto administrativo dictado por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes o por quien ejerza sus funciones. Dicho acto administrativo te lo notificaremos según te lo indicamos en el punto anterior.
• La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección de tu postulación, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del/la interesado/a, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
En caso que tu postulación sea declarada fuera de convocatoria, conforme al artículo 59 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

10. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y DEBER DE VERACIDAD
Para nosotros es importante que sepas que por la sola presentación de postulaciones a esta convocatoria declaras que conoces y aceptas el contenido íntegro de las presentes bases. Además deberás dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución de actividades.
Considera también que al momento de presentar tu postulación, declaras bajo juramento que toda la información contenida en ella es verídica y das fe de su autenticidad.
Ten presente que nos reservamos el derecho de verificar dicha información y en caso que constatemos que contiene elementos falsos, deberemos declarar fuera de convocatoria tu postulación.

11. DE LA POSTULACIÓN
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
Ten presente que la Ficha de Postulación es el formato exclusivo y canal válido disponible para la formulación de tu postulación, permitiendo una elaboración ordenada al proveer los campos necesarios para que como postulante expongas los detalles de tu postulación. El llenado de todos los campos de la Ficha de Postulación será obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.

Postulación digital
a) Debes ingresar a la página premiosliterarios.cultura.gob.cl.
b) Luego, registrarte como postulante en la página premiosliterarios.cultura.gob.cl
c) Posteriormente debes seleccionar el premio y categoría al que postulas.
d) A continuación, debes completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que el libro tenga dos o más autores (as), la ficha deberá contemplar los datos de todos ellos.
e) Debes adjuntar en archivo digital la fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) de la obra otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
f) Además, debes adjuntar copia del comprobante de depósito legal dado por la Biblioteca Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.733.
g) Finalmente, deberás validar y enviar la postulación.
Luego del primer envío (Ficha de Postulación), deberás enviar por correo certificado tres (3) ejemplares del título postulado en la Secretaría del Fondo, ubicada en Ahumada 48, piso 5, Santiago o en la sede de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio correspondiente. Esta entrega material deberás realizarla dentro del plazo de recepción establecido en el numeral 6. Respecto del material enviado por correo certificado, se considerará como fecha de presentación, la fecha de envío estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva. Tu postulación se entenderá completada con el envío a través de la plataforma digital, más el envío del número respectivo de ejemplares del título postulado.

12. ADMISIBILIDAD

12.1 Examen de admisibilidad
Una vez que se cierre el periodo de postulación, revisaremos que tu postulación cumpla con los siguientes requisitos de admisibilidad:
• Que tu postulación se haya efectuado en la forma establecida en las presentes Bases;
• Que como postulante y/o el autor de la obra, no estés afecto a alguna situación de incompatibilidad;
• Que tu postulación se haya efectuado dentro del plazo señalado y en los lugares indicados en el numeral 7 de estas Bases; y
• Que tu postulación adjunte los antecedentes obligatorios y cumpla con las formalidades señaladas en el numeral 11 de estas Bases.
Ten presente que no será una causal de incompatibilidad que un Jurado participe como postulante y/o autor de la obra en la presente convocatoria, respecto de la categoría en la que no le corresponda evaluar y seleccionar.

12.2. Declaración de inadmisibilidad
En caso que tu postulación no cumpla con alguno de los requisitos de admisibilidad, deberemos declararlo inadmisible a través de una resolución administrativa que dictará la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes, la cual te notificaremos según te lo indicamos en el punto 8 de las presentes bases. Para revisar los mecanismos administrativos con los cuales cuentas en caso que estimes que existió un error en la declaración de inadmisibilidad de tu postulación, por favor revisa lo que se señala en el punto que viene a continuación.
En caso que acojamos un recurso que hayas presentado en contra de la declaración de inadmisibilidad de tu proyecto, no te preocupes, porque tu postulación será incluida dentro del proceso de la convocatoria por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes para ser evaluada junto con las demás postulaciones admisibles de la convocatoria, en forma simultánea.

12.3. Recursos Administrativos
En caso que tu postulación sea declarada inadmisible, conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos:
• recurso de reposición ante la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria;
• recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el/la superior/a jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y
• recurso jerárquico ante el/la superior jerárquico/a de la persona que firme la resolución que te declare inadmisible o fuera de convocatoria.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de tu notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

13. DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Las postulaciones admisibles serán oportunamente puestas a disposición de la instancia de evaluación y selección por parte de la Secretaría del Fondo, esto es, por un Jurado para cada una de las categorías contempladas en esta Convocatoria, cada uno de los cuales estará integrado por 3 personas designadas por el Consejo. Ten presente que esto no impide que tu postulación no pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento de la Convocatoria.
Cada Jurado deberá emitir su pronunciamiento dentro del plazo de noventa días hábiles contados desde que se hubieren constituido.
En las sesiones de evaluación y selección se requerirá un quórum de mayoría absoluta de los miembros del Jurado para sesionar y de mayoría absoluta de los presentes para adoptar acuerdos. Sus decisiones deberán contener los fundamentos de la evaluación y selección. Al finalizar la etapa de selección se levantará un acta que incluirá la individualización de los ganadores. Esta tendrá validez con la firma de todos los integrantes del Jurado que asistieron a la respectiva sesión. Las decisiones que adopten los Jurados serán inapelables y deberán ser aprobadas por el Consejo, expresándose en una resolución que la SUBSECRETARÍA dictará para tal efecto.
Cada Jurado podrá declarar desierto el concurso por motivos fundados, no existiendo obligación de indemnizar a los(as) concursantes.

14. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
La nómina de ganadores(as) se publicará en la página web institucional premiosliterarios.cultura.gob.cl, indicando el nombre de los ganadores. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona. Asimismo, la SUBSECRETARÍA notificará los resultados de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, a los ganadores, de acuerdo a la forma señalada en el numeral 8 de las presentes bases.

15. NORMAS DE PROBIDAD
Las personas a cargo de la evaluación y selección de postulaciones realizarán dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcialidad. Además, estarán obligadas a guardar la debida confidencialidad sobre las postulaciones que les corresponda conocer.
Estas personas, en relación a aquellas postulaciones realizadas por personas hábiles y respecto a la convocatoria en que les tocare intervenir, estarán sujetos(as) a las normas de probidad y abstención establecidas en los artículos 52 y 53 de la ley N° 18.575 y en el artículo 12 de la ley N° 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrán tomar parte en la discusión de asuntos en los que él/ella, su cónyuge, su conviviente civil, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estén interesados. Se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrán tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes de la presente convocatoria. Tampoco podrán haber participado, a título remunerado o gratuito, en la elaboración anterior a la postulación a evaluar y seleccionar.
Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algún interés directo o indirecto en la postulación de una persona hábil, el involucrado deberá informarlo a la Secretaría del Fondo y a los demás integrantes del órgano, absteniéndose de conocer del asunto, de todo lo cual se deberá dejar constancia en el acta respectiva. En caso que tu postulación contravenga las normas de probidad, deberá ser dejada fuera de la convocatoria.

16. AUTORIZACIÓN DEL POSTULANTE
Como postulante autorizas –una vez cerrado el proceso de evaluación- a incorporar a la base de datos de la Secretaría del Fondo, tu dirección postal, teléfono y correo electrónico, con el objeto de registrarte como destinatario de información de interés para la comunidad literaria nacional.

17. PUBLICIDAD DE LAS POSTULACIONES
La publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regirá de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.

18. UTILIZACIÓN DE LIBROS ENTREGADOS EN LA POSTULACIÓN
Se deja expresa constancia que los libros entregados en tu postulación, sean o no obras ganadoras,
no serán devueltos y serán utilizados por la SUBSECRETARÍA para fines promocionales de la lectura..

19. ORIENTACIÓN E INFORMACIÓN
Tus consultas en relación a las bases podrás realizarlas a través de los mecanismos que te informaremos oportunamente a través de la página web premiosliterarios.cultura.gob.cl (correo electrónico, call center u otros).
Es muy importante que sepas que la información que se entregue a través de dichos mecanismos es sólo de carácter referencial, ya que para todos los efectos son las bases las que regulan todos los aspectos necesarios para que puedas presentar tu postulación de manera adecuada.

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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