Concursos Literarios

 

 

 

IV PREMIO DE NOVELA POLICÍA NACIONAL (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

IV PREMIO DE NOVELA POLICÍA NACIONAL (España)

31:05:2021

Género:  Novela

Premio:  10.000 € y edición

Abierto a:  mayor de edad con residencia en España

Entidad convocante:  Fundación Policía Española, Algaida Editores y Fundación Unicaja

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:05:2021

 

BASES

 

Convocado por la Fundación Policía Española, Algaida Editores, S.A. (Grupo Anaya) y Fundación Unicaja

BASES DE PARTICIPACIÓN

I. Se establece un único Premio dotado con 10.000 euros que se entregará en concepto de anticipo de derechos de autor y atendiendo a la normativa fiscal vigente. El premio no podrá dividirse ni declararse desierto, salvo que las obras finalistas atenten contra los derechos fundamentales o la buena imagen de la institución policial.
www.escritores.org
II. Podrá optar al premio cualquier escritor mayor de edad con residencia en España cuya obra esté escrita en lengua castellana, sea original e inédita, no haya sido premiada en ningún otro certamen ni esté sujeta a compromiso alguno de edición. La organización no admitirá a concurso trabajos que hayan resultado premiados antes o durante el periodo de celebración de este certamen. Cualquier novela que haya resultado previamente premiada quedará descalificada por tal motivo. La presentación al certamen supone la autorización a las entidades convocantes del premio para reproducir cuantas copias sean necesarias del material enviado para los procesos de registro, selección y administración de los trabajos recibidos.

Todas las obras presentadas quedarán en depósito de los receptores hasta la fecha del fallo.

III. Las obras a concurso deberán estar adscritas al género policíaco, criminal o de suspense (novela negra). El autor o autora responde de la autoría y originalidad de su obra, así como de no ser copia ni modificación de obra ajena.

IV. Las novelas se presentarán al IV Premio de Novela Policía Nacional firmadas bajo lema o pseudónimo y tendrán una extensión no inferior a 150 páginas o 350.000 caracteres, espacios incluidos, en fuente Times New Roman, Arial o similar, de 12 puntos y con doble interlineado, que deberán enviarse en formato digital PDF, Word o compatibles, y con indicación del título de la obra y el lema o pseudónimo elegido por el autor.
Las obras a concurso deberán remitirse antes del 31 de mayo de 2021, a las 23:59 horas, única y exclusivamente por correo electrónico, a la siguiente dirección:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los envíos se realizarán mediante dos archivos cuyo peso total no excederá de 2 MB, de acuerdo al siguiente procedimiento:
• En el primer archivo deberá incluirse la obra en formato PDF, sin datos personales ni referencia alguna a su autor. En el nombre de este archivo se hará constar únicamente: "Obra (seguido del título)".
• En el segundo archivo deberán incluirse, en formato PDF, los datos personales del autor: nombre y apellidos, domicilio postal, correo electrónico y teléfono de contacto, así como una breve nota biobibliográfica y la certificación de que el autor no tiene comprometidos los derechos de la obra ni que ésta se encuentra pendiente de resolución en otro premio. En el nombre de este archivo se hará constar únicamente: "Datos personales".

En el asunto del correo electrónico deberá figurar obligatoriamente el siguiente texto: "IV Premio de Novela Policía Nacional - (Título de la obra) - (Ciudad de procedencia)".

Quedarán excluidos de la convocatoria todos aquellos trabajos presentados físicamente o por correo postal, quedando eximida la organización de la devolución de los mismos.

V. La organización no expenderá recibos o cualquier documentación relacionada con las obras presentadas a concurso que no resulten ganadoras. De igual manera, no mantendrá correspondencia o comunicación con los participantes, ni facilitará información sobre la clasificación y selección de las novelas.

VI. La organización declina cualquier responsabilidad por eventuales pérdidas, retrasos, deterioros o incidencias relacionadas con el envío de documentación por parte de los autores. Asimismo, no se admitirán obras enviadas a portes debidos o cuya entrega comporte algún coste económico, incluidos impuestos, tasas aduaneras, recargos o cualquier otro gasto.

VII. Algaida Editores, a través de sus servicios editoriales y en colaboración con la Fundación Policía Española y la Fundación Bancaria Unicaja, seleccionará las novelas finalistas sobre las que fallará el Jurado. La composición del mismo no se hará pública hasta la proclamación oficial de la obra ganadora.

El fallo del Jurado, que será inapelable, se hará público en una fiesta literaria que se celebrará en otoño de 2021.

El autor ganador se compromete a no retirar su obra y a suscribir cuantos documentos legales fueran necesarios para optar al premio, así como participar con su presencia en la campaña de promoción que diseñen las entidades convocantes.

VIII. El autor premiado cede los derechos de explotación sobre la obra en favor Algaida Editores, de conformidad al modelo de contrato de cesión de derechos establecido al efecto, contrato que los participantes pueden consultar, si así lo desean, mediante solicitud motivada a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., donde quedan depositados junto a las bases.

La presentación al premio implica el conocimiento y la aceptación expresa de dicho contrato de cesión de derechos en todo su contenido. El importe del Premio se computará como anticipo a cuenta de los derechos de autor que se estipulen en el contrato de edición. En caso de ser premiado, el autor, que no podrá renunciar al premio, firmará dicho contrato de cesión de derechos, y si esto no hiciere, se dará como firmado y aceptado por el premiado pudiendo Algaida Editores S. A., proceder a la explotación de derechos sobre la obra en la forma determinada en el contrato de cesión de derechos antes indicado.

La cesión de derechos es a favor Algaida Editores, S.A., en exclusiva y sin limitaciones espaciales o territoriales, de todos los derechos de propiedad intelectual para la explotación de la obra premiada en la forma más amplia posible y durante quince años desde la fecha en que se haga público el fallo del jurado, teniendo plena libertad en cuanto a ediciones, número de ejemplares, precio y distribución, todo ello con la remuneración y condiciones determinados en el contrato de cesión de derechos, no devengándose al autor cantidad alguna hasta cubrir el anticipo.

Si así lo considerase, Algaida Editores podrá publicar las obras no premiadas susceptibles de su interés, previo contrato de edición suscrito con los autores.

Los originales no premiados y sobre los que Algaida Editores no ejerza su derecho de opción, serán destruidos, no manteniéndose correspondencia con sus autores.

IX. Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y Tribunales de Sevilla.

La participación en este certamen implica la aceptación total de sus bases y normas.

X. Los interesados aceptan expresamente que sus datos de carácter personal serán incorporados a un registro de actividades de tratamiento con la única finalidad de gestionar su participación en el presente concurso. De igual manera, aceptan que los datos puedan ser cedidos a Administraciones Públicas y cualquier otra entidad pública o privada que fuera necesaria para el correcto desarrollo del certamen. Los autores podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición; así como cualquier otro establecido en la normativa vigente enviando correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Fuente



©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


XXXI PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

XXXI PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)

10:06:2021

Género:  Novela, relato

Premio:   5.000 €, edición y 30 ejemplares

Abierto a:  mayores de edad, nacidas o empadronadas en la Comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  10:06:2021

 

BASES

 

1. OBJETO

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXI Premio de Narrrativa "Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal", año 2021.
www.escritores.org

Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.

2. DESTINATARIOS

Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Narrativa.

3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22021003540). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.

La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Baltasar Gracián la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.

Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.

La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.

4. RETENCIONES E IMPUESTOS

4.1. Retenciones: Los premios quedan sometidos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente, conforme al RD 439/2007, de 30 de marzo, que corresponde a una retención del 15%.

4.2. Impuestos: En relación al impuesto sobre el valor añadido (IVA) se distinguen dos situaciones conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre:

- Actividad de carácter aficionado que no se ejerce en un ámbito de actividad económica: no estaría sujeta al IVA.
- Actividad ejercida como empresario o profesional (incluye el ejercicio de profesiones artísticas): estaría sujeta al IVA y el tipo impositivo corresponderá al 10 % ya que DPZ se queda con la obra ganadora y esta tiene la consideración de objeto de arte según lo dispuesto en el art. 136, núm. 2º, de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

Por ello, la participación en esta convocatoria conlleva la presentación de una Declaración responsable sobre la derivación de la obra de una actividad artística, cuyos rendimientos tienen la consideración de profesionales o certificación censal del IAE como profesional. (Anexo II)

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Para formar parte de la convocatoria, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la convocatoria, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado.

Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.

Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).

Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital (.doc o .pdf) mecanografiadas electrónicamente en tamaño DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cm y con tipo de letra "arial" o "times" y un tamaño de 12 puntos. La extensión será de 125 a 250 páginas DIN A4. Las páginas irán numeradas.

Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la "XXXI Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021 y un lema o seudónimo.

Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.

A los anexos, la ficha a terceros, el documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en su caso) y la obra a concurso, se acompañará de una plica a modo de sobre cerrado en cuyo exterior conste: "XXXI Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, el título de la obra y un lema o seudónimo de la persona que sea su autora. En el interior de la misma se incluirán:
- Nombre y apellidos / Dirección de correo postal / Teléfono de contacto / Correo electrónico.
- Breve relación de méritos o biografía.
- Declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.
- Escrito de conformidad a la cesión de los derechos de edición de la obra (incluidos los de publicación, distribución y explotación) por un plazo de doce meses, que se contarán desde la fecha de concesión del premio.

Todo podrá presentarse en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas, en un plazo de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, de manera telemática a través del "Catálogo de trámites" de la sede electrónica de la DPZ: dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a teceros están disponibles en el "Catálogo de trámites" de dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.pap.hacienda.gob.es)

Las obras no premiadas presentadas en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

6.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

6.2. Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.

6.3. Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.4. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.5. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

6.6. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.7. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.

6.8. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2021.

7. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 5/2015, de 24 de marzo, de Subvenciones de Aragón modificado por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento ( artículo 23 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo, no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a el/los beneficiario/s conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrá ser consultada a través de dpz.sedelectronica.es.

La falta de resolución y notificación en este plazo producirá efectos desestimatorios contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

8. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, es conforme al Plan estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza ( 2020-2023), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2019-2213 de 20/07/2019 y modificado por Decreto de Presidencia 2020-0234 de fecha 07/02/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-1658 de fecha 05/07/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-2077 de fecha 31/08/2020, Decreto de Presidencia nº 2021-0594 de fecha 11/03/2021 y por Decreto de Presidencia nº 2021-1033 de fecha 15/04/2021.

9. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

10. RENUNCIA Y REINTEGRO

En el supuesto de que el/los ganador/es no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad del premio, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.

La renuncia a la subvención concedida deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del Premio en el plazo de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Fuente y Anexos: infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/562417



©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

II CONCURSO LITERARIO ENCUENTRO EN LA DISTANCIA (Argentina)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS

 


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

II CONCURSO LITERARIO ENCUENTRO EN LA DISTANCIA (Argentina)

15:06:2021

Género:  Relato, poesía

Premio:   Publicación en antología y 10% de ejemplares

Abierto a:  escritores argentinos radicados en Argentina

Entidad convocante:  Asociación Amigos de Haroldo Conti

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  15:06:2021

 

BASES

 

 

Organiza: Asociación Amigos de Haroldo Conti


www.escritores.org
"No sé si tiene sentido pero me digo cada vez: contá la historia de la gente como si cantaras en medio de un camino, que nadie recuerde tu nombre sino toda esa vieja y sencilla historia." Haroldo Conti.

Con el fin de fomentar, reconocer y premiar la creación de obras literarias de diferentes géneros, ENCUENTRO EN LA DISTANCIA es una propuesta que surge ante la necesidad de generar una cercanía en estos tiempos difíciles donde la sociedad se encuentra en obligatorio aislamiento.

Consideramos que una de las maneras es hacerlo a través de las palabras, para estar cerca los unos de los otros, siguiendo de este modo el camino de Haroldo Conti, quien aún se tiende hacia nosotros gracias al impulso de su obra y su espíritu creativo, crítico y narrativo.

OBJETIVOS
-Reconocer y valorar la producción literaria.
-Premiar la labor creativa de nuestros escritores.

REGLAMENTO

1- LLAMADO A CONCURSO

LA ASOCIACIÓN AMIGOS DE HAROLDO CONTI llama a concurso a escritores argentinos radicados en nuestro país, a fin de contribuir al fomento de la creación de obras literarias en los géneros establecidos en el punto 2 del presente reglamento.
La convocatoria estará abierta desde el 15 de mayo de 2021 y se recibirán postulaciones hasta el día 15 de junio de 2021 a las 23:59.
Los trabajos serán evaluados por un jurado que se expedirá el 15 de septiembre de 2021. El jurado podrá declarar la categoría desierta.

2. Los GÉNEROS LITERARIOS a concursar serán:
- narrativa
- poesía

3. REQUISITOS

-Las obras deberán permanecer inéditas hasta la fecha de publicación de los ganadores o publicadas hasta el 20% de las mismas.
-Cada participante podrá presentar una sola obra por género.
-El tema será LIBRE y las obras deberán estar escritas en español.
-Los trabajos deberán tener una extensión máxima de diez (10) páginas en narrativa. En poesía una extensión máxima de 100 versos o en prosa extensión máxima 1 página.
-Los trabajos deberán presentarse en hoja tamaño A4 doble espacio con tamaño de letra doce (12) con tipografía estándar (Times New Roman).
-Las obras deberán presentarse exclusivamente en forma online, a través de la dirección de correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- El asunto del e-mail debe contar con el alias y nombre del cuento o poesía. En el cuerpo del mensaje se debe detallar nombre y apellido, edad y un teléfono de contacto.
-Las obras deberán presentarse en formato pdf y bajo seudónimo.
-El archivo deberá´ llevar por nombre el seudónimo del autor o el título de la obra e incluir una carátula con ambos datos.
- Quedan excluidos del concurso los familiares en primer grado de los integrantes de la Asociación Amigos de Haroldo Conti y de los miembros del jurado. No podrán participar los ganadores de la edición anterior
- Las obras participantes no galardonadas no serán devueltas y se procederá a su eliminación.
-No se aceptarán inscripciones que no cumplan con estos requisitos.

4. INSCRIPCIÓN

Fecha de inscripción y recepción de material: hasta el 15 de junio de 2021.

5. CATEGORÍAS:
a) Participantes desde 12 años hasta 14 años inclusive.
b) Participantes entre 15 y 18 años inclusive,
c) Participantes de 19 años en adelante.

6. PREMIOS

Se elegirán 10 trabajos en total, los cuales serán editados en papel y en forma digital con ilustración de tapa y contratapa. Se establecerán un ganador y cuatro menciones por categoría. La decisión y elección del jurado sobre los trabajos presentados no podrá ser apelable. El jurado podrá declarar la categoría desierta
De la edición impresa de los ejemplares se entregará: el 10 % al ganador de cada categoría y un ejemplar a cada mención, correspondientes a los derechos de autor estipulados por ley y su aparición está prevista para el año 2022.

7. JURADO

El jurado para cada género estará´ integrado por al menos tres (3) profesionales de relevante trayectoria. Los textos serán seleccionados por todos los jurados.

8. DIFUSIÓN DE LOS AUTORES GANADORES

El resultado será divulgado el día 15 de septiembre de 2021 en la página de Facebook "AsociaciónAmigosdeHaroldoConti"
Por el hecho de participar con la presentación de sus obras en este Concurso, los postulantes prestan su conformidad, en caso de resultar premiados, para ser publicados en un e-book del libro de manera digital (PDF- epub, etc.) y en ediciones impresas como antologías, de distribución gratuita.

9. DERECHOS DE AUTOR

La simple inscripción al presente Concurso equivale a una declaración jurada de los participantes afirmándose como autor legítimo de la obra.

 

Fuente




©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

XXXI PREMIO DE POESÍA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

XXXI PREMIO DE POESÍA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2021 (España)

31:05:2021

Género:  Poesía

Premio:   5.000 €, edición y 30 ejemplares

Abierto a:  mayores de edad, nacidas o empadronadas en la Comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:05:2021

 

BASES

 

 

1. OBJETO

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021.

www.escritores.org
Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.

2. DESTINATARIOS

Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la Comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Poesía.

3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22021003541). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.

La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Veruela Poesía la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.

Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.

La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.

4. RETENCIONES E IMPUESTOS

4.1. Retenciones: Los premios quedan sometidos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente, conforme al RD 439/2007, de 30 de marzo, que corresponde a una retención del 15%.

4.2. Impuestos: En relación al impuesto sobre el valor añadido (IVA) se distinguen dos situaciones conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre:

- Actividad de carácter aficionado que no se ejerce en un ámbito de actividad económica: no estaría sujeta al IVA.

- Actividad ejercida como empresario o profesional (incluye el ejercicio de profesiones artísticas): estaría sujeta al IVA y el tipo impositivo corresponderá al 10 % ya que DPZ se queda con la obra ganadora y esta tiene la consideración de objeto de arte según lo dispuesto en el art. 136, núm. 2º, de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

Por ello, la participación en esta convocatoria conlleva la presentación de una Declaración responsable sobre la derivación de la obra de una actividad artística, cuyos rendimientos tienen la consideración de profesionales o certificación censal del IAE como profesional. (Anexo II)

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Para participar en la convocatoria, los solicitantes podrán formular su instancia según el modelo establecido en el Anexo I de la convocatoria, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado.

Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.

Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).

Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital (.doc o .pdf) mecanografiadas electrónicamente y con las páginas numeradas. El tema de las obras será libre, al igual que la métrica y forma de composición. Las obras deberán tener una extensión mínima de 350 versos. El interlineado y tipo de letra son libres, y no se admitirán fotos o dibujos.

Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la "XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021 y un lema o seudónimo.

Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.

A los anexos, la ficha a terceros, el documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en su caso) y la obra a concurso, se acompañará de una plica a modo de sobre cerrado en cuyo exterior conste: "XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, el título de la obra y un lema o seudónimo de la persona que sea su autora. En el interior de la misma se incluirán:
- Nombre y apellidos / Dirección de correo postal / Teléfono de contacto / Correo electrónico.
- Breve relación de méritos o biografía.
- Declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.
- Escrito de conformidad a la cesión de los derechos de edición de la obra (incluidos los de publicación, distribución y explotación) por un plazo de doce meses, que se contarán desde la fecha de concesión del premio.

Todo deberá presentarse en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas, en un plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, de manera telemática a través del "Catálogo de trámites" de la sede electrónica de la DPZ: dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a terceros están disponibles en el "Catálogo de trámites" de dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.pap.hacienda.gob.es)

Las obras no premiadas presentadas en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

6.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

6.2. Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.

6.3. Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.4. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.5. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

6.6. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.7. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.

6.8. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2021.

7. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 5/2015, de 24 de marzo, de Subvenciones de Aragón modificado por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento ( artículo 23 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo, no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a el/los beneficiario/s conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrá ser consultada a través de dpz.sedelectronica.es.

La falta de resolución y notificación en este plazo producirá efectos desestimatorios contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

8. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, es conforme al Plan estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza ( 2020-2023), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2019-2213 de 20/07/2019 y modificado por Decreto de Presidencia 2020-0234 de fecha 07/02/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-1658 de fecha 05/07/2020,por Decreto de Presidencia nº 2020-2077 de fecha 31/08/2020, Decreto de Presidencia nº 2021-0594 de fecha 11/03/2021 y Decreto de Presidencia nº 2021-1033 de fecha 15/04/2021.

9. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

10. RENUNCIA Y REINTEGRO

En el supuesto de que el/los ganador/es no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad del premio, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.

La renuncia a la subvención concedida deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del Premio en el plazo de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Fuente y Anexos: infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/562418



©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

XXXIX PREMIOS LITERARIOS CIUTAT DE VALÈNCIA 2021 - PREMIO DE TEATRO MAX AUB (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS

 


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

XXXIX PREMIOS LITERARIOS CIUTAT DE VALÈNCIA 2021 - PREMIO DE TEATRO MAX AUB (España)

16:06:2021

Género:  Teatro

Premio:   8.000 €, trofeo y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Ayuntamiento de València

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  16:06:2021

 

BASES

 

1. Las presentes bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios "Ciutat de València" en su XXXIX edición y se regirán según lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la indicada ley, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos (OGS) aprobada por acuerdo del 28 de julio de 2016 y publicada en el BOP el 2 de noviembre de 2016, siendo el procedimiento seguido el régimen de concurrencia competitiva.

La presente edición comprende las siguientes modalidades:
www.escritores.org

- Premio de narrativa en valenciano Isabel de Villena.
- Premio de narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez.

- Premio de poesía en valenciano María Beneyto.
- Premio de poesía en castellano Juan Gil-Albert.

- Premio de teatro en valenciano Eduard Escalante.
- Premio de teatro en castellano Max Aub.

- Premio de ensayo en castellano Celia Amorós
- Premio de ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués.

El crédito presupuestario al que se imputa el importe total de 72.000,00 € será con cargo a la aplicación presupuestaria MP730 33400 48100, denominada "transf. premios, becas, pens. estud. investig." del vigente presupuesto municipal y cuyo gasto se aplicará a la propuesta 2021/591, Ítems:2021/028970-028990-029000-029010-029020-029030- 029040-029050.

2. Podrán presentarse a los premios de narrativa todas las obras (novelas y cuentos) escritas en alguno de los dos idiomas especificados en la base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio.

3. Podrán presentarse a los premios de poesía todas las obras escritas en alguno de los dos idiomas especificados en la base 1 con una extensión mínima de 400 versos.

4. Podrán presentarse a los premios de teatro todas las obras escritas en alguno de los dos idiomas especificados en la base 1, con una extensión que, escenificadas, tengan una duración propia de las representaciones teatrales.

5. Podrán presentarse a los premios de ensayo todas las obras (textos filosóficos, de pensamiento, aforismos, diarios, memorias...) escritas en alguno de los dos idiomas especificados en la base 1 cuya extensión no sea inferior a 150 páginas de tamaño DIN A4, letra Times New Roman, cuerpo 12, a espacio y medio. Quedan expresamente excluidas las tesis doctorales y el ámbito de la investigación.

6. Podrán participar en los Premios Literarios Ciutat de València las personas físicas que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, y con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio, las personas que resulten premiadas acreditarán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro.

En el caso que un menor de edad sea el ganador de cualquier categoría de los Premios Literarios Ciutat de València, los requisitos descritos en el párrafo anterior, deberán ser acreditados por el padre/madre o tutor/tutora legal.

7. Se excluirán como aspirantes a quienes hubieran obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Así mismo, no podrán presentarse obras de personas que hayan muerto antes de la apertura del periodo de presentación de originales.

8. Las obras presentadas tienen que ser originales e inéditas, y, en el caso de las obras de teatro, no estrenadas, ni dadas a conocer en lectura pública, ni editadas en ningún formato antes de la concesión del premio.

En cuanto a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.

En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la cual, según el parecer del jurado, concurran las siguientes características:

a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.

b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de autoría ajena (en este caso, citando siempre la referencia). No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.

9. Todas las obras se presentarán con pseudónimo y habrá de adjuntarse una plica, en cuyo exterior constará el pseudónimo correspondiente y el título de la obra, y en el interior los datos pertinentes (nombre, dirección, teléfono, correo electrónico y una breve nota biobibliográfica) y adjuntando fotocopia de DNI, NIE o pasaporte. La plica solo se abrirá en caso de que la obra resulte ganadora.

10. Las obras podrán presentarse en el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. Se establecen dos modalidades posibles de presentación:

a) Los trabajos tendrán que dirigirse al Ayuntamiento de Valencia, Registro General, plaza del Ayuntamiento, 1, 46002 Valencia, y también se podrán presentar directamente a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento o de los otros órganos administrativos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (sede electrónica del Ayuntamiento de València con certificado digital o por correo certificado) haciendo constar en la instancia "Premios Literarios Ciutat de València" y la modalidad a la cual concurren. Habrá que presentar cinco ejemplares del original, impresos, encuadernados, con las páginas numeradas y en perfectas condiciones de lectura.

b) Por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., que estará operativa durante el plazo de recepción de originales, y que solo servirá para envío de obras; para cualquier consulta sobre los premios, estas habrán de ir dirigidas al e-mail siguiente: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En el caso de envío por correo electrónico, la persona que concurse habrá de presentar dos archivos en pdf: el primero contendrá la obra, en cuya primera página figurará el título, el pseudónimo y la categoría en la cual concursa; el segundo contendrá la plica con los datos que se requieren en el artículo 9 de estas bases. En la casilla del e-mail destinada al asunto, se tendrá que poner NOMBRE DEL PREMIO (en mayúsculas) – Título de la obra entre comillas – Pseudónimo, siguiendo en todo el siguiente ejemplo en el uso de mayúsculas y minúsculas, de las comillas, de los espacios y de los guiones:
PREMI ISABEL DE VILLENA –"Solitud" – Víctor Català

11. A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos premios, así como del importe de la respectiva dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria MP730 33400 48100, que será la siguiente:

- Premio de narrativa en valenciano Isabel de Villena 12.000 €
- Premio de narrativa en castellano Vicente Blasco Ibáñez 12.000 €
- Premio de poesía en valenciano María Beneyto. 6.000 €
- Premio de poesía en castellano Juan Gil-Albert. 6.000 €
- Premio de teatro en valenciano Eduard Escalante 8.000 €
- Premio de teatro en castellano Max Aub. 8.000 €
- Premio de ensayo en castellano Celia Amorós 10.000 €
- Premio de ensayo en valenciano Josep Vicent Marqués 10.000 €

Los premios se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex aequo. No habrá finalistas, ni se concederán accésits ni se recomendarán obras para su publicación.

El importe de estos premios estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento de su entrega, y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por las personas ganadoras.

La dotación económica del premio no se considerará en ningún caso adelanto de derechos de autor.

De conformidad con el art. 30.7 de la Ley General de Subvenciones, el otorgamiento de estos premios no requiere de justificación ulterior.

12. Mediante un acuerdo de coedición con el Ayuntamiento de Valencia, las obras ganadoras de los Premios literarios Ciutat de València serán publicadas por las siguientes editoriales, especializadas en cada una de las modalidades de los premios:

· Edicions Bromera: premios "Isabel de Villena", "María Beneyto" y "Eduard Escalante".
· Edicions del Bullent: Premio "Josep Vicent Marqués".
· Editorial Pre-Textos: premios "Vicente Blasco Ibáñez", "Juan Gil-Albert" i "Celia Amorós".
· Editorial Ñaque: Premio "Max Aub"

Las referidas editoriales firmarán un contrato de edición con las personas ganadoras para la publicación del libro en cada una de sus modalidades.

13. Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, que se producirá antes de la finalización del año natural, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios literarios Ciutat de València, esta tendrá que comunicarlo por escrito a este ayuntamiento, a fin de que el jurado no la tenga en consideración en la decisión del correspondiente premio.

En caso de no comunicarlo, y de serle concedido alguno de los premios, ya habiendo obtenido con la misma obra, le será retirado el Ciutat de València.

14. El jurado que valorará las obras presentadas a cada uno de los premios estará integrado por los siguientes componentes:

• Presidente: el alcalde, o concejala o concejal en quien delegue.
• Vocales: cuatro, de elección por el Ayuntamiento entre personas de la literatura, de la crítica literaria, de la investigación y docentes de la universidad de acreditado prestigio.
• Secretario: el secretario general de la Administración municipal o personal funcionario en quien este delegue.

15. En función del número de obras presentadas, podrá constituirse una comisión integrada por personal especializado elegido por el Ayuntamiento con objeto de proceder a la previa selección de las obras finalistas a valorar por el jurado.

16. El jurado de cada uno de los premios podrá no adjudicarlo si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.

17. La decisión del jurado, con carácter de inapelable, será elevada por la alcaldía a acto administrativo, siendo competente para conceder este tipo de subvenciones, habiendo delegado dicha competencia en la Junta de Gobierno Local, de conformidad con la resolución de Alcaldía número 9, de 20 de junio de 2019, pudiendo ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de procedimiento administrativo.

18. La concesión del premio se publicará en la página web municipal <valencia.es> y se notificará a las personas premiadas por los medios previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las administraciones públicas.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de las obras.
La resolución se notificará a los interesados y pondrá fin a la vía administrativa, contra la que se podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que haya dictado la resolución, o bien recurrir directamente ante la orden jurisdiccional contencioso-administrativa en la forma y plazos previstos en la ley reguladora de dicha jurisdicción.

19. Todos los ejemplares de las obras presentadas serán destruidos (tanto en papel como en formato digital).

20. La presentación de originales a cualquiera de estos premios supone la plena aceptación de las presentes bases, sin perjuicio de su posible impugnación de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre procedimiento administrativo.

 


©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

Te puede interesar

CursosCursosCursos de formación, escritura creativa.
Concursos LiterariosConcursos Literarios España y Latinoamérica
librosLibros Publicita tus libros
BiografíasBiografíasBiografías de escritores.
Recursos para escritoresRecursosRecursos para escritores
¿buscas editor?Publicar¿Deseas publicar?
AsesoríaAsesoríaAsesoría literaria. Informes, Correcciones

Cursos

banner cursos escritores org v

Asesoría

banner escritores asesoria v2

Datos de contacto

Escritores.org

CIF:  B61195087

  • Email: info@escritores.org
  • Web: www.escritores.org
  • © 1996 - 2026