Concursos Literarios

 

 

 

35º CERTAMEN DE POESÍA ERNESTINA DE CHAMPOURCÍN


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35º CERTAMEN DE POESÍA ERNESTINA DE CHAMPOURCÍN (España)

10:06:2025

Género:  Poesía

Premio:   2.000 euros

Abierto a:    mayores 16 años

Entidad convocante: Diputación Foral de Álava

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fecha de cierre: 10:06:2025

 

BASES

35º CERTAMEN DE POESÍA ERNESTINA DE CHAMPOURCÍN

Artículo1.Objetoyfinalidad

  1. El objeto de la convocatoria del “Certamen de Poesía Ernestina de Champourcín” en su 35ª edición es premiar obras literarias de especial calidad, originales e inéditas, en la modalidad de poesía, escritas en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Para ello, se establecen dos modalidades lingüísticas, euskera y castellano, pudiendo cada trabajo presentarse solamente a una de las dos modalidades.
  2. La finalidad de este certamen es estimular la creación literaria, y se busca encontrar nuevas voces poéticas, o voces en proceso de consolidación, mediante el recuerdo y la exaltación de la figura de la poeta de la Generación del 27 Ernestina de Champourcín, cuyos primeros años de vida estuvieron ligados a la capital alavesa.
  3. Esta convocatoria se rige por las bases generales reguladoras de la concesión de premios en régimen de concurrencia competitiva del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputa- ción Foral de Álava, aprobadas por Decreto Foral 18/2022, de 26 de Abril.

Artículo 2. Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de estos premios es el de concurrencia competitiva. La concesión de los premios se realiza mediante la comparación de las obras presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con la valoración realizada por el jurado designado a tal efecto.

Artículo 3. Imputación presupuestaria y cuantía del premio

  1. Se establece un único premio por modalidad lingüística. La dotación económica del premio es de 2.000 euros para cada una de las dos modalidades.
  2. La partida presupuestaria que ampara este gasto, cuyo importe máximo total es de 4.000,00 euros, es la 70104. G/332701/47900704 “Convocatorias de premios literarios”, del proyecto de Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para 2025.

Artículo 4. Requisitos de las personas aspirantes al premio

Podrán participar en este certamen las personas físicas que a fecha de publicación de esta convocatoria en el BOTHA hayan cumplido 16 años de edad, cualquiera que sea su naciona- lidad o lugar de residencia.

Artículo 5. Características de los trabajos

Los poemarios deberán ser originales e inéditos (que no haya sido publicado en ningún medio, ni impreso ni digital). Tendrán una extensión mínima de 500 versos y máxima de 700, escritos con tipografía de imprenta (tipo arial, 12 o similar), a doble espacio, con absoluta libertad del autor o autora en cuanto a estrofas, medida y rima.

Los trabajos que concurran a la modalidad lingüística de euskera deberán estar originalmente escritos en euskera.

Los trabajos que concurran a la modalidad lingüística de castellano deberán estar originalmente escritos en castellano.

Artículo 6. Forma de presentación de las candidaturas

  1. Las personas interesadas en presentarse a esta convocatoria podrán presentar su candidatura a través de una de las siguientes formas:
    1. Mediante la presentación telemática. A través del trámite específico accesible en la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava: https://egoitza.araba.eus/es/-/certamen-de-poesia-ernestina-de-champourcin.
    2. De forma presencial en el Registro General de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, 5, bajo) o en las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Como recoge esta ley, también se admitirán las candidaturas recibidas mediante envío Las solicitudes presentadas en la forma recogida en este apartado deberán adecuarse al modelo del anexo II de esta convocatoria.
  2. Las candidaturas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
    1. Presentación electrónica:

Se adjuntará la obra en formato PDF, denominando este adjunto mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO.PDF.

No deberá figurar el nombre de la persona autora de la obra en el formato informático de la misma.

  1. Presentación presencial/postal:

Las candidaturas se dirigirán a la Diputación Foral de Álava, Departamento de Cultura y Deporte, presentando o remitiéndolas al Registro General de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, 5, bajo 01001 Vitoria-Gasteiz), con la Ref: “Certamen de poesía Ernestina de Champourcín”. Deberán incluir:

  • La obra en soporte informático (CD o pendrive), en formato PDF, denominando el fichero mediante el esquema TÍTULO OBRA-SEUDÓNIMO.PDF.

No deberá figurar el nombre de la persona autora de la obra en el formato informático de la misma.

 

  • El anexo II de esta convocatoria correctamente

En este anexo II se indicará el título de la obra y el seudónimo que se utilizará para identificar la obra presentada.

  1. Cualquier envío que no se ajuste a lo señalado en los apartados anteriores de este artículo será excluido del certamen.

Artículo 7. Plazo de presentación

El plazo de presentación de candidaturas comenzará al día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA, y finalizará el 10 de junio de 2025 a las 23:59 (hora penin- sular española).

Artículo 8. Incompatibilidad con otros premios

  1. No podrán presentarse a este certamen las obras que hayan sido premiadas con anterioridad en cualquier otro concurso o certamen.
  2. En el supuesto de que la obra presentada concurra de forma simultánea a otra convoca- toria y resulte premiada, el autor o autora deberá comunicarlo inmediatamente, quedando su obra fuera de la presente convocatoria.
  3. Quedan asimismo excluidas de participación las personas que hayan obtenido el premio en la misma modalidad lingüística, en cualquiera de las cinco ediciones inmediatamente anteriores.

Artículo 9. Criterios de valoración de las candidaturas

  1. En la concesión de estos premios se garantizarán los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante la comparación de las solicitudes
  2. Para la concesión de los premios las obras presentadas serán valoradas según los siguientes criterios:

CREATIVIDADYORIGINALIDADDELAOBRA

PONDERACIÓNENPUNTOS(MÁXIMO 4 PUNTOS)

Muy alta

4 puntos

Alta

3 puntos

Moderada

2 puntos

Baja

1 punto

RIQUEZADEL LENGUAJE, RITMOY COHERENCIA ENSU DESARROLLO

PONDERACIÓNENPUNTOS(MÁXIMO 3 PUNTOS)

Muy alta

3 puntos

Alta

2 puntos

Moderada

1 punto

Baja

0 puntos

RECURSOS ESTILÍSTICOS UTILIZADOS

PONDERACIÓNENPUNTOS(MÁXIMO 3 PUNTOS)

Muy destacados

3 puntos

Destacados

2 puntos

De nivel moderado

1 punto

De nivel bajo

0 puntos

 

Artículo 10. Jurado

  1. El jurado calificador, seleccionado de acuerdo con criterios de competencia profesional y de experiencia, examinará las obras anónimas presentadas a la convocatoria y emitirá un informe en que se concrete la valoración de éstas conforme a los criterios establecidos en el artículo 9 de esta convocatoria.
  2. En cumplimiento del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, el jurado creado para la concesión de este premio tendrá una composición equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuada. De acuerdo con ese mismo Decreto Legislativo, se considera que existe represen- tación equilibrada en los tribunales, jurados u órganos afines de más de cuatro miembros cuando cada sexo está representado al menos al 40 por ciento, en el resto cuando los dos sexos estén representados.
  3. Las personas integrantes del jurado deberán presentar declaración responsable de no resultar incursas en las causas de abstención previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de garantizar su confidencialidad, de no utilizar la docu- mentación facilitada para otro fin distinto al de la valoración de las candidaturas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria, y, una vez emitido su informe, devolver toda la documentación de la convocatoria al órgano de instrucción del procedimiento. Sus designa- ciones se aprobarán a través de resolución de la diputada titular del Departamento de Cultura y Deporte, la cual se hará pública en el BOTHA a fin de que cualquier persona interesada pueda ejercer su derecho a recusación en los supuestos y términos legalmente establecidos.
  4. Al jurado solo se le entregarán las obras anonimizadas. Los datos personales de las personas autoras quedarán custodiados en el Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava y el jurado no tendrá acceso a ellos.
  5. El fallo del jurado, que será inapelable, se adoptará por mayoría simple de sus integran- tes, quedando aquél facultado para la resolución de cuantas incidencias pudieran surgir en el curso de las deliberaciones.
  6. En caso de empate el premio recaerá en la persona más De persistir el empate, el premio recaerá en la persona de género femenino.
  7. A estimación del jurado, los premios podrán declararse desiertos.
  8. Los trabajos no premiados no serán devueltos a sus autores/as y serán destruidos en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al del fallo del jurado.

Artículo 11. Instrucción y resolución del procedimiento

  1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Servicio de Casa de Cultura del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava.
  2. La resolución de todas las cuestiones que puedan surgir o plantearse en esta convoca- toria son de exclusiva competencia del Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava.
  3. El jurado examinará las candidaturas presentadas en base a los criterios establecidos en la presente convocatoria, y emitirá un informe en el que se concrete su El jurado remitirá el informe al órgano instructor. Dicho órgano formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, de acuerdo con la valoración del jurado, y la elevará al órgano competente para resolver.
  4. La persona titular del Departamento de Cultura y Deporte dictará la resolución que proceda, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el 
  5. La resolución de concesión del premio será notificada individualmente a las personas premiadas, conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y será publicado en el BOTHA.

Artículo 12. Obligaciones y compromisos derivados de la concesión del premio

Quienes obtengan el premio establecido en la presente convocatoria deberán guardar con- fidencialidad sobre su otorgamiento hasta el momento en que el Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava decida dar publicidad al mismo.

Artículo 13. Reserva de derecho de publicación

  1. Los trabajos premiados podrán ser publicados por la Diputación Foral de Álava, en solitario o en coedición con una editorial de reconocido prestigio, en el plazo de doce meses desde el fallo del jurado, en cuyo caso se procedería a la firma de un contrato de edición. Dicha publicación no conllevará pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio.
  2. Las personas que resulten ganadoras cederán en exclusiva los derechos de explotación de la obra presentada a concurso para su publicación en todo el mundo, por un periodo de siete años, en lengua castellana o vasca, según la modalidad lingüística con que hayan concurrido.
  3. La Diputación Foral de Álava valorará su inclusión en un repositorio digital, para lo cual se reserva el derecho de edición digital para su difusión mundial por un periodo indefinido en lengua castellana y vasca, en función de la modalidad lingüística del premio a la que hayan concurrido.
  4. Si los autores o autoras quisieran disponer la publicación por su cuenta, deberán solicitar consentimiento expreso al Departamento de Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Álava, y en todo caso deberá consignarse la distinción concedida en la publicación del trabajo premiado.

Artículo 14. Publicidad

La presente convocatoria será publicada en el BOTHA. Asimismo, se expondrá en la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava: https://egoitza.araba.eus.

 

BASES Y ANEXOS

 

 

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


LVI PREMIO INTERNACIONAL DE NOVELA CIUDAD DE BARBASTRO 2025


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LVI PREMIO INTERNACIONAL DE NOVELA CIUDAD DE BARBASTRO 2025 (España)

09:03:2025

Género:  Novela

Premio:   20.000 euros

Abierto a:    mayores 18 años

Entidad convocante: Ayuntamiento de Barbastro 

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fecha de cierre: 09:03:2025

 

BASES

LVI PREMIO INTERNACIONAL DE NOVELA CIUDAD DE BARBASTRO 2025

DOTADO CON 20.000,00 €.

Primera.- Régimen Jurídico aplicable 

El Ayuntamiento de Barbastro desarrolla esta convocatoria a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en las siguientes normas:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro, publicada su aproba- ción definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia nº 158 de 19 de agosto de 2016, con en- trada en vigor el 6 de septiembre de 2016.
  • Bases de ejecución de los Presupuestos del Ayuntamiento de Barbastro del ejercicio
  • El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro para el período 2024- 2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, pu- blicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024; modificado posteriormente mediante Decreto n.º 2024-1029, de fecha 10 de abril de 2024 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 74 de fecha 17 de abril de 2024 (modificación I); mediante Decreto º 2024-1276 de fecha 6 de mayo de 2023 y publi- cado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 87 de fecha 8 de mayo de 2024 (modificación II); mediante Decreto n.º 2024-1627, de fecha 31 de mayo de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 106, de fecha 4 de junio de 2024 (modifi- cación III); mediante Decreto n.º 2024-2164, de fecha 19 de julio de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 142, de fecha 24 de julio de 2024 (modifica- ción IV) y mediante Decreto n.º 2024-3504, de fecha 13 de noviembre de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 232, de fecha 29 de noviembre de 2024 (modificación V).

En todo lo no previsto expresamente en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en las mismas.

Segunda.- Objeto.

El concurso tiene por objeto premiar una novela original, inédita y no premiada anteriormente, para promover la creación literaria en la modalidad de novela. Asimismo, pretende fomentar la economía de la cultura y favorecer la profesionalización de los escritores y escritoras.

Podrán optar al Premio las novelas inéditas, escritas en lengua española (castellano), que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. Quien presente su libro al Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro garantizará que es autor/a del mismo, que la novela presentada es original, que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que la autoría del mismo no corresponde a un autor fallecido. El autor remitente responderá personalmente de la legítima titularidad y originalidad de la obra en los términos a que se refiere el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y garantizarán dicha titularidad.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercera.- Requisitos de los participantes y causas de exclusión.

Podrán participar todos los escritores españoles y extranjeros mayores de 18 años, que usen el español como lengua literaria, que no hayan sido previamente galardonados con este premio, que no concursen este mismo año al Premio Internacional de Poesía Hermanos Argensola y que no estén incursos en causas de prohibición previstas en el artículo 13, párrafo 2º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisitos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como en la normativa reguladora de las subvenciones públicas salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de estos premios, no resulte aplicable.

Se atenderán, además, los siguientes requisitos e incompatibilidades:

  • Se exceptúan de participar los miembros del Jurado
  • Se excluirán los autores galardonados en anteriores
  • El interesado podrá participar con una única
  • No se admiten traducciones, ni adaptaciones de ningún tipo, haciéndose responsables los autores de los posibles plagios.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Barbastro, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • Quedan excluidas las obras presentadas fuera de plazo.
  • La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la ley, será motivo de exclusión.
  • Se exceptuarán de participar quienes hayan concurrido en la convocatoria del año 2025 al Premio Internacional de Poesía Hermanos Argensola de Barbastro.

Cuarta.- Forma de presentación de las novelas.

Las obras estarán escritas electrónicamente, en tamaño DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cm y con tipo de letra "Arial" o "Times" y un tamaño de 12 puntos. La extensión mínima será de 90 DIN A4 (200.000 caracteres sin espacios) y la máxima de 200 DIN A4 (450.000 caracteres sin espacios). Las páginas irán numeradas.

Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de “Premio de Novela Ciudad de Barbastro 2025” y un lema o seudónimo. Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.

La presentación de originales se hará preferentemente de forma electrónica, mediante certificado digital, a través del “Catálogo de tramites” de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro: https://barbastro.sedelectronica.es/, en la sección dedicada a Premio de Novela Ciudad de Barbastro 2025.

En esa página se cumplimentará y adjuntará la siguiente documentación:

  1. La solicitud de participación (Anexo I), que se encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro, enlazada arriba y al final de estas bases.
  1. La novela original presentada en archivo pdf. El nombre del archivo pdf coincidirá con el título de la novela. En la portada deberá figurar el título de la novela y un lema o seudónimo.
  1. La plica, presentada en un archivo pdf, contendrá la siguiente información:
  • El título de la novela
  • El lema o seudónimo
  • Los datos personales del autor/a: nombre y apellidos, nacionalidad,
  • Número de teléfono.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Breve relación de méritos o biografía.
  • Una copia del documento nacional de identidad (las dos caras), pasaporte o

El nombre del archivo pdf de la plica coincidirá con el lema o seudónimo consignado en la por- tada del libro presentado a concurso. La falta de alguna de estas informaciones en la plica será motivo de exclusión del Premio.

También podrá materializarse la presentación de originales presencialmente en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedi- miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

  • En las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Barbastro, Pza Universidad, s/n, 22300 Barbastro, Huesca La presentación de originales al concurso se efectuará de lunes a viernes, en horario de atención al público, de 09:00 a 14:00 h. (excepto sá - bados y festivos), dirigidos al Área de Cultura.
  • En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.

Para hacer efectiva la entrega no electrónica se hará llegar la documentación al Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro (Centro de Congresos de Barbastro. Avd. Estación s/n, C.P: 22300 Barbastro) en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: “PREMIO DE NOVELA CIUDAD DE BARBASTRO 2025”. El sobre contendrá:

  1. La novela original guardada como documento pdf en un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar.
  2. La solicitud de participación (Anexo I) debidamente cumplimentada y firmada.
  3. La plica, en un sobre aparte cerrado en cuyo exterior figurará el mismo título y el mismo lema o pseudónimo de la portada. En el interior de dicho sobre o plica constarán los siguientes datos:
  • El título de la obra
  • El lema o seudónimo.
  • Los datos personales del autor/a: nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio.
  • Número de teléfono.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Breve relación de méritos o biografía.
  • Una copia del documento nacional de identidad (las dos caras), pasaporte o NIE

La falta de alguna de estas informaciones en la plica será motivo de exclusión del Premio.

El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, la presentación fuera de plazo, la documentación defectuosa o la falta de cualquiera de los documentos que obligatoriamente han de ser presentados, serán causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.

Serán considerados como defectos subsanables aquellos que hagan referencia a algún tipo de error u omisión en la cumplimentación de los datos requeridos en la solicitud (Anexo I), así como la ausencia de firma en dicha solicitud o, en su caso, no estar debidamente acreditada la representación.

En aquellos casos en que el defecto sea subsanable, el Ayuntamiento podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que, si transcurrido dicho plazo no se efectúan las subsanaciones requeridas, se procederá al archivo del expediente. A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe que el ganador o ganadora cumple el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con la Gestión Tributaria Municipal. En cualquier caso, el ganador o ganadora se compromete a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles.

La comprobación posterior de que no se reúnen los requisitos establecidos por la Ley por parte del ganador/a será causa de anulación de la nominación como ganador o ganadora del Premio. En este caso, se requerirá la documentación al autor de la segunda obra que figure en el orden de prelación emitido por el jurado.

Las obras no premiadas presentadas presencialmente en soporte digital podrán ser retiradas previa solicitud al Área de Cultura, una vez transcurridos diez días hábiles desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá sin mayores trámites a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores.

Quinta.- Plazo de presentación de las novelas.

El plazo de presentación de originales se iniciará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y concluirá el 9 de marzo de 2025.

Una vez recibidas las solicitudes de participación junto con las obras participantes, se publicará tanto en la sede electrónica como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Barbastro, el lis- tado que contendrá las solicitudes admitidas, las que deben ser subsanadas por los interesa- dos y aquellas solicitudes excluidas por no ser subsanable el error en que incurren.

Una vez transcurrido el plazo de subsanación, se publicará un nuevo anuncio con el listado de - finitivo de participantes admitidos y excluidos.

Sexta.- Cuantía del premio e inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro.

 

1.- La cuantía total estimada del premio será de 20.000,00 € para un único ganador.

2.- El premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro, en su edición del año 2025, estará dotado económicamente en la partida presupuestaria “007 33400 48001 Premios Certámenes Literarios”, con una cuantía total máxima estimada de veinte mil euros, 20.000,00 €, ya que la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y sufi- ciente en el momento de la resolución de concesión. En el supuesto de que el crédito presu - puestario que resulte aprobado en el Presupuesto Municipal 2025 del Ayuntamiento de Barbas- tro para los Premios del Certamen Literario fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tramitación del corres- pondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.

2.- El premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro queda sujeto a la Legislación Fiscal vigente, por lo que se realizarán sobre dicha cantidad las retenciones legalmente establecidas

3.- Este premio está incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Bar- bastro para el período 2024- 2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024; modificado posteriormente mediante Decreto n.º 2024-1029, de fecha 10 de abril de 2024 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 74 de fecha 17 de abril de 2024 (modificación I); mediante Decreto n.º 2024-1276 de fecha 6 de mayo de 2023 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 87 de fecha 8 de mayo de 2024 (modificación II); mediante Decreto n.º 2024-1627, de fecha 31 de mayo de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 106, de fecha 4 de junio de 2024 (modificación III); mediante Decreto n.º 2024-2164, de fecha 19 de julio de 2024, publicado en el Boletín Ofi - cial de la Provincia de Huesca N.º 142, de fecha 24 de julio de 2024 (modificación IV) y median- te Decreto n.º 2024-3504, de fecha 13 de noviembre de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 232, de fecha 29 de noviembre de 2024 (modificación V), en cuya Línea Estratégica 3 “Actividades de fomento de la cultura, educación, juventud y festejos” se contempla la Acción 2, referente a la convocatoria de los premios literarios.

Séptima.- Procedimiento de concesión y tramitación del premio

 

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Cultura y la resolución o concesión del premio corresponde a la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación.

La obra ganadora será elegida por el jurado que el Ayuntamiento de Barbastro designe a tal efecto.

El jurado estará integrado por profesionales de reconocido prestigio provenientes de los distintos sectores que componen el mundo de las letras y escritura de narrativa en español, nombra- dos por resolución de la concejala delega de Cultura, Juventud y Educación, siendo desempeñadas las funciones de Secretaría por personal adscrito al Área de Cultura, nombrado igualmente en la referida resolución. Dicho nombramiento se realizará con posterioridad a la publi- cación de la presente convocatoria en el BOP.

Una vez recibidas todas las solicitudes de participación, el secretario/a pondrá a disposición del jurado y del equipo de preselección las obras que hayan sido admitidas por cumplir los requisi- tos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión.

Las obras preseleccionadas serán remitidas por el secretario/a al jurado para seleccionar de entre ellas la novela ganadora. Las deliberaciones del jurado son secretas y no establecerá comunicación alguna con ningún participante.

El jurado propondrá la novela ganadora al órgano que otorga el premio, que es la concejala de- legada de Cultura, Juventud y Educación, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente. Será nombrado un responsable municipal sin voz ni voto que actuará como secre- tario en el momento del fallo del jurado y levantará el acta correspondiente, dando fe de las de- cisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá el/ la beneficiario/a del premio.

La ratificación definitiva del fallo del jurado y resolución de la concesión del Premio Internacio- nal de Novela Ciudad de Barbastro se realizará mediante un Decreto de la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación, ya que es el órgano competente para la resolución de la convocatoria y adjudicación del premio objeto de este concurso, en virtud del Decreto de Alcal- día n.º 1563/2023, de 26 de julio de 2023.

Contra la resolución de la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación se podrá inter- poner potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Adminis- trativo Común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

El fallo se hará público en el acto que tendrá lugar el mes de mayo de 2025. Los miembros del jurado o el ganador no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayuntamiento de Barbastro lo haga público.

Octava.- Criterios de valoración.

Tanto el jurado como el equipo de preselección tendrán en cuenta los siguientes criterios de va- loración según su acreditado criterio: orinalidad, buen uso y corrección del idioma, composi- ción, contenido y estructura de la obra, la innovación lingüística y la relevancia del original en el contexto de la escritura actual de la novela, así como valores artísticos e intelectuales de la obra.

La valoración del jurado se atendrá a la discrecionalidad técnica del mismo. El Jurado podrá declarar desierto el concurso.

 

Novena.- Resolución del procedimiento y notificación.

La resolución del procedimiento, dictada por la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación, se notificará de forma electrónica al interesado/a de acuerdo con lo previsto en el art. 40 de la Ley 39/15 de 1 de octubre de LPAC. Asimismo, se publicará la resolución en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro, lo cual servirá de notificación a todos los participantes en el concurso.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

Décima.- Impugnación

La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa. A efectos de la interposición de los recursos administrativos que procedan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o haya producido desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso.

Undécima.- Compromisos del ganador o ganadora del Premio.

El autor o autora de la novela ganadora se compromete a asistir a Barbastro personalmente y por sus medios para recibir el Premio y efectuar en un acto público la presentación de la obra con motivo de su edición, siempre y cuando no lo impida la distancia geográfica entre Barbastro y su lugar de residencia u otras razones justificadas y de fuerza mayor.

Asimismo, quien gane el premio literario se compromete a colaborar con la empresa editora y con el Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro para lograr la máxima difusión de la obra premiada y publicada y, por ende, del Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro.

Duodécima.- Características del procedimiento:

La obra premiada será publicada por el Ayuntamiento de Barbastro, en el año 2025, a través de una editorial especializada, de reconocido prestigio, que hará la distribución comercial. El galar- donado no percibirá derechos de autor en la primera edición, los cuales se consideran satisfe- chos y más con la cuantía del premio.

No se mantendrá correspondencia alguna sobre este Certamen excepto para facilitar las bases de la convocatoria a quienes lo soliciten. Para ello deberán dirigirse a ÁREA DE CULTURA. CENTRO DE CONGRESOS DE BARBASTRO, Av. Estación, s/n. 22300 BARBASTRO (Huesca). También podrán ser solicitadas por correo electrónico a través del sitio http://www.barbastro.org

BASES Y ANEXOS

TRAMITAR PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA  

 

 

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CERTAMEN INTERNACIONAL DE RELATO DE HUMOR HIPERBREVE JOAQUÍN COLL. LA MUECA DEL PÍCARO 2025


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CERTAMEN INTERNACIONAL DE RELATO DE HUMOR HIPERBREVE JOAQUÍN COLL. LA MUECA DEL PÍCARO 2025 (España)

09:03:2025

Género:  Relato

Premio:   500 euros

Abierto a:    sin restricciones

Entidad convocante: Ayuntamiento de Barbastro 

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fecha de cierre: 09:03:2025

 

BASES

CERTAMEN INTERNACIONAL DE RELATO DE HUMOR HIPERBREVE JOAQUÍN COLL. LA MUECA DEL PÍCARO 2025

Primera.- Régimen Jurídico aplicable

El Ayuntamiento de Barbastro desarrolla esta convocatoria a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en las siguientes normas:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro, publicada su aproba- ción definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia nº 158 de 19 de agosto de 2016, con en- trada en vigor el 6 de septiembre de 2016.
  • Bases de ejecución de los Presupuestos del Ayuntamiento de Barbastro del ejercicio
  • El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro para el período 2024- 2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024; modificado posteriormente mediante Decreto n.º 2024-1029, de fecha 10 de abril de 2024 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 74 de fecha 17 de abril de 2024 (modificación I); mediante Decreto n.º 2024-1276 de fecha 6 de mayo de 2023 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 87 de fecha 8 de mayo de 2024 (modificación II); mediante Decreto n.º 2024-1627, de fecha 31 de mayo de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 106, de fecha 4 de junio de 2024 (modificación III); mediante Decreto n.º 2024-2164, de fecha 19 de julio de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 142, de fecha 24 de julio de 2024 (modificación IV) y mediante Decreto n.º 2024-3504, de fecha 13 de noviembre de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 232, de fecha 29 de noviembre de 2024 (modificación V).

En todo lo no previsto expresamente en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en las mismas.

Segunda: Objeto.

El concurso tiene por objeto promover la creación literaria de humor a través de textos de narrativa de calidad e innovadora.

Podrán optar al Premio los relatos de humor inéditos, escritos en lengua española (castellana) que no hayan sido premiados anteriormente en ningún otro concurso, no comprometidos con editorial alguna, ni presentados a otro concurso pendiente de fallo en el momento de enviar el original a este certamen. Quien presente su obra al Premio Internacional de Relato de Humor Hiperbreve Joaquín Coll – La Mueca del Pícaro garantizará que es autor/a de la misma, que el relato presentado es original, que no es copia ni modificación de ninguna obra ajena y que la autoría del mismo no corresponde a un autor fallecido. Los autores remitentes del original responderán personalmente de la legítima titularidad y originalidad de la obra en los términos a que se refiere el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y garantizarán dicha titularidad.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercera: Requisitos de los participantes e incompatibilidades.

Podrán participar todos los escritores españoles y extranjeros que usen el español como lengua literaria, que no hayan sido previamente galardonados con este premio y que no estén incursos en causas de prohibición previstas en el artículo 13, párrafo 2º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisitos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como en la normativa reguladora de las subvenciones públicas salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de estos premios, no resulte aplicable.

Se atenderán, además, los siguientes requisitos e incompatibilidades:

  • Se exceptúan de participar los miembros del Jurado
  • Se excluirán los autores galardonados en anteriores ediciones.
  • El interesado podrá participar con una única obra.
  • No se admiten traducciones, ni adaptaciones de ningún tipo, haciéndose responsables los autores de los posibles plagios.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Barbastro, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • Quedan excluidas las obras presentadas fuera de plazo.
  • La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la ley, será motivo de exclusión.
  • Se exceptúan de participar quienes hayan concurrido en la convocatoria del año 2025 al Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro y al Premio Internacional de Poesía Hermanos

Cuarta: Forma presentación de los relatos.

Los trabajos deberán estar escritos con ordenador, en papel de tamaño DIN A4, por una sola cara, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cms. con tipo de letra "Arial" o "Times" y un tamaño de 12 puntos. Su extensión no superará en ningún caso las VEINTE LÍNEAS con tipo de letra “Times” o “Arial” de 12 puntos (equivalente a 350 palabras o 1.640 caracteres con espacios).

 El relato deberá plantear una “situación narrativa”, aunque sólo sea de forma sugerida, que busque provocar una impresión de humor en el ánimo del lector. Tendrá cabida cualquier técni- ca de expresión literaria.

La presentación de originales se hará preferentemente de forma electrónica a través del “Catálogo de trámites” de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro: https://barbastro.sedelectronica.es/ en la sección dedicada a Premio Internacional de Relato de Humor Hiperbreve Joaquín Coll – La Mueca del Pícaro 2025. Es necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro.

En esa página se cumplimentará y adjuntará la siguiente documentación:

  1. La solicitud de participación (Anexo I), que se encuentra disponible en la sede electró- nica del Ayuntamiento de Barbastro enlazada arriba.
  1. El relato original presentado en archivo pdf. En la portada del mismo se habrá hecho constar el título de la obra y un seudónimo o lema. El nombre del archivo pdf coincidirá con el título del relato.
  1. La plica, presentada en un archivo pdf que contendrá el título del relato y el mismo seu- dónimo y los datos personales del autor/a: nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, número de teléfono, breve relación de méritos o biografía y una copia del documento nacional de El nombre de este segundo pdf será el mismo lema o seudónimo consignado en la portada del relato presentado a concurso.

También podrá presentarse presencialmente en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

 

  • En las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Barbastro, Pza Universidad, s/n, 22300 Barbastro, Huesca La presentación de originales al concurso se efectuará de lunes a viernes, en horario de atención al público, de 09:00 a 14:00 h. (excepto sá - bados y festivos), dirigidos al Área de Cultura.
  • En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.

Se remitirá la siguiente documentación al Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro (Cen- tro de Congresos de Barbastro. Avd. Estación s/n, C.P: 22300 Barbastro) en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: “CERTAMEN DE HUMOR HIPERBREVE LA MUECA DEL PÍCARO 2025”:

La solicitud de participación (Anexo I) debidamente cumplimentada y firmada.

El relato original guardado como documento pdf en un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar. En la portada del documento pdf se habrá consignado el título de la obra y un lema o seudónimo.

La plica, en un sobre aparte cerrado en cuyo exterior figurará el mismo título y el mismo lema o pseudónimo de la portada. En el interior de la plica constarán los datos perso- nales del autor: nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, número de teléfono, breve relación de méritos o biografía y una copia del documento nacional de identidad, NIE u otro documento acreditativo de identidad civil.

El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, la presentación fuera de plazo, la documentación defectuosa o la falta de cualquiera de los do- cumentos que obligatoriamente han de ser presentados serán causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.

Serán considerados como defectos subsanables aquellos que hagan referencia a algún tipo de error u omisión en la cumplimentación de los datos requeridos en la solicitud, así como la au- sencia de firma en dicha solicitud o, en su caso, no estar debidamente acreditada la represen- tación.

En aquellos casos en que el defecto sea subsanable el Ayuntamiento podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente. A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Cultura del Ayunta - miento de Barbastro para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Se- guridad Social y la Gestión Tributaria Municipal.

En el caso de que los interesados no faculten al Ayuntamiento a la consulta de dichos datos, se comprometerán a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles.

La comprobación posterior de que no se reúnen los requisitos establecidos por la Ley por parte del ganador/a será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, se requerirá la do- cumentación al segundo autor de la obra seleccionada por el jurado.

Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días hábiles desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los origi- nales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

Quinta: Plazo de presentación de los relatos. 

El plazo de presentación de originales se iniciará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y concluirá el 9 de marzo de 2024.

Una vez recibidas las solicitudes de participación junto con las obras participantes, se publicará un anuncio, tanto en la sede electrónica como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Bar- bastro, que contendrá las solicitudes admitidas, las que deben ser subsanadas por los interesa- dos y aquellas solicitudes excluidas por no ser subsanable el error en que incurren.

Una vez transcurrido el plazo de subsanación, se publicará un nuevo anuncio con el listado definitivo de participantes y de excluidos.

Sexta: Cuantía del premio e inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayun- tamiento de Barbastro

1.- La cuantía total estimada del premio será de 500,00 € para un único ganador.

2.- El Certamen Internacional de Humor Hiperbreve Joaquín Coll – La Mueca del Pícaro, en su edición del año 2025, estará dotado económicamente en la partida presupuestaria “007 33400 48001 Premios Certámenes Literarios”, con una cuantía total estimada de quinientos euros, 500,00 €, ya que la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de cré- dito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En el supuesto de que el crédito presupuestario que resulte aprobado en el Presupuesto Municipal 2025 del Ayunta- miento de Barbastro para los Premios del Certamen Literario fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tra- mitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nue- va convocatoria.

3.- El Premio Internacional de Humor Hiperbreve Joaquín Coll – La Mueca del Pícaro 2025 que- da sujeto a la Legislación Fiscal vigente, por lo que se realizarán sobre dicha cantidad las re- tenciones legalmente establecidas

4.- Este premio está incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Bar- bastro para el período 2024- 2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024; modificado posteriormente mediante Decreto n.º 2024-1029, de fecha 10 de abril de 2024 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 74 de fecha 17 de abril de 2024 (modificación I); mediante Decreto n.º 2024-1276 de fecha 6 de mayo de 2023 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 87 de fecha 8 de mayo de 2024 (modificación II); mediante Decreto n.º 2024-1627, de fecha 31 de mayo de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 106, de fecha 4 de junio de 2024 (modificación III); mediante Decreto n.º 2024-2164, de fecha 19 de julio de 2024, publicado en el Boletín Ofi - cial de la Provincia de Huesca N.º 142, de fecha 24 de julio de 2024 (modificación IV) y median- te Decreto n.º 2024-3504, de fecha 13 de noviembre de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 232, de fecha 29 de noviembre de 2024 (modificación V), en cuya Línea Estratégica 3 “Actividades de fomento de la cultura, educación, juventud y festejos” se contempla la Acción 2, referente a la convocatoria de los premios literarios.

Séptima: Procedimiento de concesión y tramitación del premio

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Cultura y la resolución o concesión del premio corresponde a la concejala delegada de Cultura, Juventud y Deporte.

La obra ganadora será elegida por el jurado que el Ayuntamiento de Barbastro designe a tal efecto.

El jurado estará integrado por profesionales de reconocido prestigio, objetividad y competencia en el género narrativo y humorístico, nombrados por resolución de la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación, siendo desempeñadas las funciones de Secretaría por personal adscrito al Área de Cultura, nombrados igualmente en la referida resolución. Dicho nombra - miento se realizará con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria en el BOP.

Una vez recibidas todas las solicitudes de participación, el secretario/a pondrá a disposición del jurado las obras que hayan sido admitidas por cumplir los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión, para seleccionar de entre ellas el relato ganador. Las deliberaciones del jurado son secretas y no se establecerá comuni- cación alguna con ningún participante.

El jurado propondrá la obra ganadora al órgano que otorga el premio, que es la concejala dele- gada de Cultura, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente. Será nom- brado un responsable municipal sin voz ni voto que actuará como secretario en el momento del fallo del jurado y levantará el acta correspondiente, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá el/la beneficiario/a del premio.

La ratificación definitiva del fallo del jurado y resolución de la concesión del Premio Internacional de Humor Hiperbreve Joaquín Coll- La Mueca del Pícaro 2025 se realizará mediante un Decreto de la concejal delegada de Cultura, Juventud y Educación, ya que es el órgano competente para la resolución de la convocatoria y adjudicación del premio objeto de este concurso, en virtud del Decreto de Alcaldía n.º 1563/2023, de 26 de julio de 2023.

Contra la resolución de la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación se podrá inter- poner potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Adminis- trativo Común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

El fallo se hará público en el acto que tendrá lugar el mes de mayo de 2025. Los miembros del jurado o el ganador no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayuntamiento de Barbastro lo haga público.

Octava.- Criterios de valoración.

El jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración según su acreditado juicio: originalidad, buen uso y corrección del idioma, composición, contenido y estructura, calidad de la escritura y el carácter humorístico del relato y originalidad, valores artísticos e intelectuales de la obra, además de otras cuestiones artísticas que la obra pueda presentar.

La valoración del jurado se atendrá a la discrecionalidad técnica del mismo. El Jurado podrá declarar desierto el concurso.

Novena.- Resolución del procedimiento y notificación.

La resolución del procedimiento, dictada por la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación, se notificará de forma electrónica al ganador/a de acuerdo con lo previsto en el art. 40 de la Ley 39/15 de 1 de octubre de LPAC. Asimismo, se publicará la resolución en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro, lo cual servirá de notificación a todos los participantes en el concurso.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

Décima.- Impugnación

La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa, a efectos de la interposición de los recursos administrativos que procedan de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o haya producido desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso.

Undécima.- Compromisos del ganador o ganadora del Premio

El autor de la obra ganadora se compromete a asistir a Barbastro personalmente y por sus medios para recibir el Premio, siempre y cuando no lo impida la distancia geográfica entre Barbastro y su lugar de residencia u otras razones justificadas y de fuerza mayor.

Asimismo, quien gane el premio literario se compromete a colaborar con el Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro para lograr la máxima difusión de la obra premiada y, por ende, del Certamen Internacional de Relato de Humor Hiperbreve Joaquín Coll-La Mueca del Pícaro.

Duodécima.- Características del procedimiento

El trabajo premiado pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Barbastro, renunciando su au- tor a todos los derechos sobre él. Los trabajos finalistas serán susceptibles de poder ser edita- dos en una publicación complementaria al Premio.

Los originales presentados a concurso no serán devueltos. Una vez fallado el premio, se proce - derá a destruir las copias no premiadas, tanto las recibidas en papel como las remitidas en for- mato digital.

No se mantendrá correspondencia alguna sobre este Certamen excepto para facilitar las bases de la convocatoria a quienes lo soliciten. Para ello deberán dirigirse a ÁREA DE CULTURA. CENTRO DE CONGRESOS DE BARBASTRO, Av. Estación, s/n. 22300 BARBASTRO (Huesca). También podrán ser solicitadas por correo electrónico a través del sitio http://www.barbastro.org

BASES Y ANEXOS

TRAMITAR PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA  

 

 

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LVII PREMIO INTERNACIONAL DE POESÍA HERMANOS ARGENSOLA 2025


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LVII PREMIO INTERNACIONAL DE POESÍA HERMANOS ARGENSOLA 2025 (España)

09:03:2025

Género:  Poesía

Premio:   10.000 euros

Abierto a:    mayores 18 años

Entidad convocante: Ayuntamiento de Barbastro 

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fecha de cierre: 09:03:2025

 

BASES

LVII PREMIO INTERNACIONAL DE POESÍA HERMANOS ARGENSOLA 2025

DOTADO CON 10.000,00 €.

 

Primera.- Régimen Jurídico aplicable

El Ayuntamiento de Barbastro desarrolla esta convocatoria a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en las siguientes normas:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro, publicada su aproba- ción definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia nº 158 de 19 de agosto de 2016, con en- trada en vigor el 6 de septiembre de 2016.
  • Bases de ejecución de los Presupuestos del Ayuntamiento de Barbastro del ejercicio
  • El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro para el período 2024- 2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024; modificado posteriormente mediante Decreto n.º 2024-1029, de fecha 10 de abril de 2024 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 74 de fecha 17 de abril de 2024 (modificación I); mediante Decreto n.º 2024-1276 de fecha 6 de mayo de 2023 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 87 de fecha 8 de mayo de 2024 (modificación II); mediante Decreto n.º 2024-1627, de fecha 31 de mayo de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 106, de fecha 4 de junio de 2024 (modificación III); mediante Decreto n.º 2024-2164, de fecha 19 de julio de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 142, de fecha 24 de julio de 2024 (modificación IV) y mediante Decreto n.º 2024-3504, de fecha 13 de noviembre de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 232, de fecha 29 de noviembre de 2024 (modificación V).

En todo lo no previsto expresamente en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en las mismas.

Segunda.- Objeto.

El concurso tiene por objeto promover la creación literaria entendida como una manifestación privilegiada del arte y el pensamiento, en la modalidad de poesía lírica. Asimismo, pretende fo- mentar la economía de la cultura y favorecer la profesionalización de los escritores y escritoras.

Podrán optar al Premio los poemarios inéditos, escritos en lengua española (castellano) que no hayan sido premiados anteriormente en ningún otro concurso. Quien presente su libro al Pre- mio Internacional de Poesía Hermanos Argensola garantizará que es autor/a del mismo, que el poemario presentado es original, que no es copia ni modificación de ninguna obra ajena y que la autoría del mismo no corresponde a un autor fallecido. Los autores remitentes del original responderán personalmente de la legítima titularidad y originalidad de la obra en los términos a que se refiere el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y garantizarán dicha titularidad.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercera.- Requisitos de los participantes e incompatibilidades.

Podrán participar todos los escritores españoles y extranjeros mayores de 18 años que usen el español como lengua literaria, que no hayan sido previamente galardonados con este premio, que no concursen este mismo año al Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro y que no se encuentren incursos en causas de prohibición previstas en el artículo 13, párrafo 2º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisi- tos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como en la normativa reguladora de las subvenciones públicas salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de estos premios, no resulte aplicable.

Se atenderán, además, los siguientes requisitos e incompatibilidades:

  • Se exceptúan de participar los miembros del Jurado
  • Se excluirán los autores galardonados en anteriores
  • El interesado podrá participar con una única
  • No se admiten traducciones, ni adaptaciones de ningún tipo, haciéndose responsables los autores de los posibles plagios.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Barbastro, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • Quedan excluidas las obras presentadas fuera de
  • La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la ley, será motivo de exclusión.
  • Se exceptúan de participar quienes hayan concurrido en la convocatoria del año 2025 al Premio Internacional de Novela Ciudad de Barbastro.

Cuarta.- Forma de presentación de los poemarios.

 

Los trabajos estarán escritos electrónicamente, en tamaño DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cm y con tipo de letra "Arial" o "Times" y un tamaño de 12 puntos. La ex - tensión mínima de los trabajos será de 300 versos. El tema será de libre elección del autor, al igual que la forma de composición. Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria el ju- rado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificacio- nes anteriores.

La presentación de originales se hará preferentemente de forma electrónica a través del “Catálogo de tramites” de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro: https://barbastro.sedelectronica.es/, en la sección dedicada a Premio de Poesía Hermanos Argen- sola 2025. Siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro.

 

En esa página se cumplimentará y adjuntará la siguiente documentación:

  1. La solicitud de participación (Anexo I), que se encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro enlazada arriba y al final de estas bases.
  2. El poemario original presentado en archivo pdf. En la portada del libro se habrá hecho constar el título de la obra y un seudónimo o lema. El nombre del archivo pdf coincidirá con el título del poemario.
  3. La plica, presentada en un archivo pdf que contendrá el título del poemario y el mismo seudónimo y los datos personales del autor/a: nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, número de teléfono, breve relación de méritos o biografía y una copia del documento na- cional de El nombre de este segundo pdf será el mismo lema o seudónimo con- signado en la portada del libro presentado a concurso.

También podrá presentarse presencialmente en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

 

  1. En las oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Barbastro, Pza Universi- dad, s/n, 22300 Barbastro, Huesca La presentación de originales al concurso se efectuará de lunes a viernes, en horario de atención al público, de 09:00 a 14:00 h. (excepto sábados y festivos), dirigidos al Área de Cultura.
  1. En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públi-
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extran-
  1. En las oficinas de asistencia en materia de

Se remitirá la siguiente documentación al Área de Cultura del Ayuntamiento de Barbastro (Cen- tro de Congresos de Barbastro. Avd. Estación s/n, C.P: 22300 Barbastro) en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: “PREMIO DE POESÍA HERMANOS ARGENSOLA 2025:

  1. El poemario original guardado como documento pdf en un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar. En la portada del documento pdf se habrá consignado el tí - tulo de la obra y un lema o seudónimo.
  2. La solicitud de participación (Anexo I) debidamente cumplimentada y
  3. La plica, en un sobre aparte cerrado en cuyo exterior figurará el mismo título y el mismo lema o pseudónimo de la portada. En el interior de la plica constarán los datos personales del autor: nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, número de teléfono, breve relación de méritos o biografía y una copia del documento nacional de identidad, NIE u otro docu- mento acreditativo de identidad civil.

El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, la presentación fuera de plazo, la documentación defectuosa o la falta de cualquiera de los do- cumentos que obligatoriamente han de ser presentados serán causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.

 

Serán considerados como defectos subsanables aquellos que hagan referencia a algún tipo de error u omisión en la cumplimentación de los datos requeridos en la solicitud, así como la au- sencia de firma en dicha solicitud o, en su caso, no estar debidamente acreditada la represen- tación.

En aquellos casos en que el defecto sea subsanable, el Ayuntamiento podrá requerirle para que, en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de recepción del requerimiento se sub - sanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente. A los efectos de notificacio- nes al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimien- to Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Cultura del Ayunta - miento de Barbastro para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Se- guridad Social y la Gestión Tributaria Municipal.

En el caso de que los interesados no faculten al Ayuntamiento a la consulta de dichos datos, se comprometerán a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles.

La comprobación posterior de que no se reúnen los requisitos establecidos por la Ley por parte del ganador/a será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, se requerirá la do- cumentación al segundo autor de la obra seleccionada por el jurado.

Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días hábiles desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los origi- nales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

Quinta.- Plazo de presentación de los poemarios.

El plazo de presentación de originales se iniciará el día siguiente de la publicación de la convo- catoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y concluirá el 9 de marzo de 2025.

Una vez recibidas las solicitudes de participación junto con las obras participantes, se publicará un anuncio, tanto en la sede electrónica como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Bar- bastro, que contendrá las solicitudes admitidas, las que deben ser subsanadas por los interesa- dos y aquellas solicitudes excluidas por no ser subsanable el error en que incurren.

Una vez transcurrido el plazo de subsanación, se publicará un nuevo anuncio con el listado de - finitivo de participantes y de excluidos.

Sexta.- Cuantía del premio e inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayun- tamiento de Barbastro.

 

1.- La cuantía total estimada del premio será de 10.000 € para un único ganador.

2.- El premio Internacional de Poesía Hermanos Argensola, en su edición del año 2025, estará dotado económicamente en la partida presupuestaria “007 33400 48001 Premios Certámenes Literarios”, con una cuantía total estimada de diez mil euros, 10.000,00 €, ya que la concesión de la subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mo- mento de la resolución de concesión. En el supuesto de que el crédito presupuestario que resulte aprobado en el Presupuesto Municipal 2024 del Ayuntamiento de Barbastro para los Pre- mios del Certamen Literario fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expe- diente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.

3.- El premio Internacional de Poesía Hermanos Argensola queda sujeto a la Legislación Fiscal vigente, por lo que se realizarán sobre dicha cantidad las retenciones legalmente establecidas

4.- Este premio está incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Bar- bastro para el período 2024- 2027, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2024-0258, de fecha 29 de enero de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 21, de fecha 31 de enero de 2024; modificado posteriormente mediante Decreto n.º 2024-1029, de fecha 10 de abril de 2024 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 74 de fecha 17 de abril de 2024 (modificación I); mediante Decreto n.º 2024-1276 de fecha 6 de mayo de 2023 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 87 de fecha 8 de mayo de 2024 (modificación II); mediante Decreto n.º 2024-1627, de fecha 31 de mayo de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 106, de fecha 4 de junio de 2024 (modificación III); mediante Decreto n.º 2024-2164, de fecha 19 de julio de 2024, publicado en el Boletín Ofi - cial de la Provincia de Huesca N.º 142, de fecha 24 de julio de 2024 (modificación IV) y median- te Decreto n.º 2024-3504, de fecha 13 de noviembre de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca N.º 232, de fecha 29 de noviembre de 2024 (modificación V), en cuya Línea Estratégica 3 “Actividades de fomento de la cultura, educación, juventud y festejos” se contempla la Acción 2, referente a la convocatoria de los premios literarios.

Séptima.- Procedimiento de concesión del premio.

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Cultura y la resolución o concesión del premio corresponde a la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación.

La obra ganadora será elegida por el jurado que el Ayuntamiento de Barbastro designe a tal efecto.

El jurado estará integrado por profesionales de reconocido prestigio provenientes de los distin- tos sectores que componen el mundo de las letras y escritura de poesía en español, nombra - dos por resolución de la concejala delega de Cultura, Juventud y Educación, siendo desempe- ñadas las funciones de Secretaría por personal adscrito al Área de Cultura, nombrados igual- mente en la referida resolución. Dicho nombramiento se realizará con carácter previo a la publi- cación de la presente convocatoria en el BOP.

Una vez recibidas todas las solicitudes de participación, el secretario/a pondrá a disposición del jurado y del equipo de preselección las obras que hayan sido admitidas por cumplir los requisi- tos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión.

Las obras preseleccionadas serán remitidas por el secretario/a al jurado para seleccionar de entre ellas el libro ganador. Las deliberaciones del jurado son secretas y no se establecerá co- municación alguna con ningún participante.

El jurado propondrá la obra ganadora al órgano que otorga el premio, que es la concejala dele- gada de Cultura, Juventud y Educación, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente. Será nombrado un responsable municipal, sin voz ni voto, que actuará como se- cretario en el momento del fallo del jurado y levantará el acta correspondiente, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá el/la beneficiario/a del premio.

La ratificación definitiva del fallo del jurado y resolución de la concesión del Premio Internacio- nal de Poesía Hermanos Argensola 2025 se realizará mediante un Decreto de la concejala de- legada de Cultura, Juventud y Educación ya que es el órgano competente para la resolución de la convocatoria y adjudicación del premio objeto de este concurso, en virtud del Decreto de Al- caldía n.º 1563/2023, de 26 de julio de 2023.

Contra la resolución de la concejala delegada de Cultura, Juventud y Educación se podrá inter- poner potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Adminis- trativo Común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

El fallo se hará público en el acto que tendrá lugar el mes de mayo de 2025. Los miembros del jurado o el ganador no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayuntamiento de Barbastro lo haga público.

Octava.- Criterios de valoración.

Tanto el jurado como el equipo de preselección tendrá en cuenta los siguientes criterios de va- loración según su acreditado criterio: originalidad, buen uso y corrección del idioma, composi- ción, contenido y estructura de la obra, la innovación lingüística y la relevancia del original en el contexto de la escritura actual de la poesía lírica, así como valores artísticos e intelectuales de la obra.

La valoración del jurado se atendrá a la discrecionalidad técnica del mismo. El Jurado podrá declarar desierto el concurso.

Novena.- Resolución del procedimiento y notificación.

La resolución del procedimiento, dictada por la concejala delegada de Cultura, Juventud y Turismo, se notificará de forma electrónica al interesado/a de acuerdo con lo previsto en el art. 40 de la Ley 39/15 de 1 de octubre de LPAC. Asimismo, se publicará en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

Décima.- Impugnación

La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa, a efectos de la interposición de los recursos administrativos que procedan de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o haya producido desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso.

Undécima.- Compromisos del ganador o ganadora del Premio.

El autor o autora del poemario ganador se compromete a asistir a Barbastro personalmente y por sus medios para recibir el Premio y efectuar en un acto público la presentación de la obra con motivo de su edición, siempre y cuando no lo impida la distancia geográfica entre Barbastro y su lugar de residencia u otras razones justificadas y de fuerza mayor.

Asimismo, quien gane el premio literario se compromete a colaborar con la empresa editora y con el Departamento de Comunicación del Ayuntamiento de Barbastro para lograr la máxima difusión de la obra premiada y publicada y, por ende, del Premio Internacional de Poesía Her - manos Argensola.

Duodécima.- Características del procedimiento.

La obra premiada será publicada por el Excmo. Ayuntamiento de Barbastro, dentro del año 2025, a través de una editorial especializada que hará la distribución comercial. El galardonado no percibirá derechos de autor en la primera edición, los cuales se consideran satisfechos y más con la cuantía del premio.

No se mantendrá correspondencia alguna sobre este Certamen excepto para facilitar las bases de la convocatoria a quienes lo soliciten. Para ello deberán dirigirse a ÁREA DE CULTURA. CENTRO DE CONGRESOS DE BARBASTRO, Av. Estación, s/n. 22300 BARBASTRO (Hues-

ca). También podrán ser solicitadas por correo electrónico a través del sitio http://www.barbastro.org

BASES Y ANEXOS

TRAMITAR PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA  

 

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

IV CERTAMEN LITERARIO "AGUSTÍN SÁNCHEZ RODRIGO" - VILLA DE SERRADILLA 


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IV CERTAMEN LITERARIO "AGUSTÍN SÁNCHEZ RODRIGO" - VILLA DE SERRADILLA  (España)

22:02:2025

Género:  narrativa corta

Premio:   200 euros, publicación

Abierto a:    Mayores de 18 años a la fecha límite de recepción de originales

Entidad convocante: Excmo. Ayuntamiento de Serradilla (Cáceres).

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos:

Fecha de cierre: 22:02:2025

 

BASES

IV CERTAMEN LITERARIO "AGUSTÍN SÁNCHEZ RODRIGO" - VILLA DE SERRADILLA 

Excmo. Ayuntamiento de Serradilla (Cáceres) convoca el IV Certamen Literario “Agustín Sánchez Rodrigo” – Villa de Serradilla en la modalidad de Narrativa Corta, con la finalidad de facilitar a los autores la difusión y la publicación de sus obras.

El Certamen Literario “Agustín Sánchez Rodrigo” – Villa de Serradilla se regirá de acuerdo con las siguientes bases:


Primera.- La participación está abierta a todas las personas mayores de dieciocho años a la fecha límite de recepción de originales, de cualquier nacionalidad pero residentes en España, siempre que los originales (uno por autor) sean inéditos y escritos en español, y no hayan sido premiados en otros certámenes hasta el día 23 de febrero de 2025, quedando el autor obligado a comunicar cualquier cambio respecto al carácter inédito y no premiado del original a la organización y a garantizar con total indemnidad para el Excmo. Ayuntamiento de Serradilla (Cáceres) la autoría y originalidad de su obra y que ésta no sea copia ni modificación total o parcial de ninguna otra propia o ajena.

Segunda.- Características de los originales:

  1. Temática: Libre.
  2. Formato: PDF.
  3. Tamaño hoja: DinA4.
  4. Márgenes: Izquierdo: 3 cm; Derecho: 2 cm; Superior e Inferior: 2 cm.
  5. Páginas numeradas.
  6. Extensión:

Narrativa corta: Entre 50.000 y 70.000 (caracteres con espacios).

  1. Tipo de letra: Times New Roman, 12 puntos.
  2. Espaciado posterior tras párrafo: 6 puntos.
  3. Interlineado: 1,5 líneas.

Tercera.- La presentación de los originales se hará mediante el envío por correo electrónico del trabajo presentado en formato: PDF indicando en el asunto IV Certamen Literario + Título y Pseudónimo. La entrega del fichero digital se hará exclusivamente a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Cuarta.- El plazo de recepción de los originales se extenderá desde el 07 de enero de 2025 hasta el 07 de marzo de 2025. Los originales que no se adapten a las características señaladas y normas de presentación serán rechazados, circunstancia ésta que se comunicará por correo electrónico.


Quinta.- Finalizado el plazo de presentación dará comienzo la Fase de Selección de entre los trabajos admitidos tras la cual la Comisión Lectora, podrá recabar en sus deliberaciones el concurso de personas de prestigio en el mundo de las Letras, hará pública antes del 30 de abril de 2025 y a través de la página de Facebook web del Ayuntamiento de Serradilla, el listado de Títulos/Pseudónimos que pasarán a la Fase Final

Sexta.- El Jurado, que se hará público coincidiendo con el fallo del IV Certamen, podrá conceder DOS PREMIOS (1º y 2º) que consistirán en la dotación económica de 200 € (doscientos euros) para el primero de los premiados, y 100 € (cien euros) para el segundo, así como la publicación conjunta de los originales premiados. Salvo mejor criterio a juicio de la organización, la publicación se hará preferiblemente en formato papel por lo que se reserva el derecho a realizar la edición en cualquier otro formato. En cualquier caso, el autor conservará los derechos sobre su original salvo en lo relativo a las presentes bases.

Séptima.- Los autores de los originales ganadores de los primeros premios en ambas modalidades autorizan al Ayuntamiento de Serradilla a la publicación de éstos caso que se editar antologías de un número variado de certámenes: 5, 10, 15…

Octava.- El Jurado del IV Certamen Literario “Agustín Sánchez Rodrigo” – Villa de Serradilla se reserva el derecho de conceder UN ACCÉSIT en especial si la obra presentada trata sobre Serradilla, sus tierras y sus gentes, que conllevará la inclusión del original destacado en la publicación del IV Certamen Literario “Agustín Sánchez Rodrigo” – Villa de Serradilla.

Novena.- Si a juicio del Jurado ninguna de las obras presentadas al IV Certamen Literario alcanzase la calidad requerida, cualquiera de los premios podría declararse desierto.

Décima.- El fallo del jurado se hará público (salvo causa de fuerza mayor) durante el mes de junio de 2025 en el Ayuntamiento de Serradilla (Cáceres-España).

Decimoprimera.- El fallo emitido por el Jurado así como cuantas decisiones adopte referidas a cualquier duda o incidencia que pudiera plantearse en el desarrollo del Certamen tiene carácter inapelable. 

Decimocuarta.- Salvo causa de fuerza mayor el acto de entrega de premios y presentación de la publicación del volumen correspondiente al IV Certamen Literario “Agustín Sánchez Rodrigo” – Villa de Serradilla se realizará en el Ayuntamiento de Serradilla durante el mes de agosto de 2023 en fecha que se anunciará previamente.


Decimosexta.- La participación en el IV Certamen Literario “Agustín Sánchez Rodrigo” – Villa de Serradilla implica la aceptación de las bases que lo regulan.

 

 

 

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