Concursos Literarios

 

 

 


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XXII CONCURSO DE CÓMIC PARA AUTORES NOVELES AYUNTAMIENTO DE ALICANTE (España)

13:09:2019

Género: Cómic, infantil y juvenil

Premio:   1.000 € y exposición

Abierto a: personas nacidas o residentes en la provincia de Alicante entre 12 y 30 años

Entidad convocante: Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alicante

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   13:09:2019

 

BASES

 

La Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alicante, con la finalidad de promocionar los nuevos valores en el mundo del Cómic, y con el propósito de cumplir los principios de objetividad, publicidad y libre concurrencia convoca, de acuerdo con las siguientes bases, el XXII CONCURSO DE CÓMIC .

BASES:

A. PARTICIPANTES:

A1.- Podrán participar todos los jóvenes, que cumplan los siguientes requisitos:

Jóvenes nacidos o residentes en algún municipio de la provincia de Alicante, en las siguientes categorías:

- Categoría Junior: Jóvenes que a 31 de diciembre del 2019 tengan entre 12 y 17 años.
- Categoría Senior: Jóvenes que a 31 de diciembre de 2019 tengan entre 18 años y 30 años.

A2.- Cada autor o autores podrán presentar un máximo de 2 trabajos. La técnica y el tema serán libres, siendo historias completas, originales e inéditas, no premiadas en ningún otro concurso y realizadas a dos páginas, en blanco y negro o color y a una sola cara y, cuyos guiones, indistintamente, sean en castellano o valenciano.

A3.- No se aceptarán obras que fomenten la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

B. REQUISITOS:

Los jóvenes interesados en tomar parte en este concurso deberán observar las siguientes normas:

a) Los trabajos con los que se opte al concurso deberán llevar una etiqueta adherida por detrás en la que únicamente figure el título de la obra y número de página. El formato de cada página debe ser DINA 3 (29’7 cm de ancho por 42 de alto) dejando márgenes en blanco de 2 cm. por arriba y de 1’5 cm por abajo, izquierda y derecha. Con un gramaje de papel mínimo de 120 gr.

b) Los trabajos, irán acompañados en un sobre independiente con la siguiente documentación:
1.- Ficha de inscripción debidamente cumplimentada, conforme al boletín de inscripción del anexo 1.
2. Curriculum vitae” del autor, encabezado con su nombre y apellidos, edad.
3.- Fotocopia del D.N.I o documento que acredite lo establecido en la base A1.

De forma optativa se podrá entregar cualquier otra documentación que se considere de interés para una mejor valoración de los trabajos.

Si en el momento de la recepción de la documentación, se observa la falta de parte de la misma a presentar, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

C.- INSCRIPCIONES

La documentación exigida, se presentará personalmente en el Centro de Recursos para la Juventud C/ Virgen de Belén, 11 03002 Alicante, en horario de 9:00 a 14:00 h o a través de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Coún de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, hasta el 13 de septiembre a las 14 h

La convocatoria se publicará además en la página web del Ayuntamiento de Alicante, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Una vez finalizado el plazo de presentación de la documentación requerida la Concejalía de Juventud, publicará un anuncio en la página web municipal con la lista de admitidos/as y excluidos/as al concurso.

D.- JURADO

El Jurado será nombrado por la Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Alicante y estará compuesto por:

• Presidente: Sr/a. Concejal/a de Juventud o persona en quien delegue.
• Vocales: 1 representante del Consell de la Joventut d'Alacant.
3 representantes de reconocido prestigio en el mundo del cómic, la ilustración.
• Secretario/a : Un/a técnico/a de la Concejalía de Juventud

Las personas que componen el Jurado, que no sean funcionarios de la administración local ni ostenten cargo público, percibirán una cantidad única de 70 € (impuestos IVA e IRPF incluidos) por su participación global en todas las sesiones del Jurado, previa presentación de la factura correspondiente en la Intervención municipal por el importe indicado, que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 64-3341- 22699 del presupuesto municipal de 2019, con una previsión de gasto total por este concepto de 280,00 €.

E.- FALLO

La Concejalía de Juventud dará a conocer el fallo a todos los participantes mediante la publicación del mismo en el Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Alicante y del Centro 14 . El fallo será inapelable.

F.- PREMIOS

* CATEGORÍA SENIOR: 1.000 €.
* CATEGORÍA JUNIOR: 450,00 €

A dichas cantidades se les practicará la retención establecida en la legislación fiscal vigente.

El pago del premio se realizará mediante transferencia bancaria y se imputará con cargo a la partida presupuestaria 64-3341-48104 del Presupuesto Municipal de 2019, para el cual se ha de realizar la correspondiente retención de crédito. A este respecto para poder hacer efectivo el importe del premio los/as autores/as premiados/das deberán cumplimentar el documento de Alta a Terceros. Los/as ganadores del concurso estar debidamente dado de alta en el Registro de Alta a Terceros del Ayuntamiento de Alicante, para lo cual deberá cumplimentar el formulario confeccionado al efecto comunicando el IBAN correspondiente.

De entre todos los trabajos presentados, el Jurado seleccionará, como máximo, 30 obras con las que se realizará una exposición en la Sala de Exposiciones del Centro 14 en fechas a determinar por la Concejalía de Juventud. En la antedicha exposición quedan incluidas las obras premiadas. Se seleccionarán 6 obras de cada categoría que formarán parte del publicable.

F.3.- La Concejalía de Juventud se reserva el derecho de suspender y declarar desierto el concurso si al mismo no concurren un número de trabajos suficiente que permita la selección de las 25 obras de diferentes autores que integrarán la exposición.

G.- OBLIGACIONES DE LA CONCEJALIA DE JUVENTUD

La Concejalía de Juventud se compromete a:

a) Realizar la difusión publicitaria tanto de la concesión de los premios como de la exposición de los mismos, por los medios habitualmente utilizados en la difusión de sus actividades.

b) Con los trabajos seleccionados se organizará una exposición en la Sala de Exposiciones del Centro 14, o en aquéllas salas que determine el Departamento de Juventud. Se editará un publicable con seis trabajos de cada categoría.

H.- OBLIGACIONES DE LOS/AS SELECCIONADOS/AS:

H.1.- Los/as autores/as premiados/as, en cualquiera de las categorías, entregarán a la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alicante el original del cómic para la realización de lo dispuesto en la base Gb.

H.2.- Los/as artistas premiados podrán hacer el uso que estimen conveniente del cómic siempre que hagan constar la calificación obtenida en el XXII Concurso de Cómic para autores noveles año 2019 de la Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Alicante.

H.3.- Los/as participantes premiados autorizan expresamente y sin contraprestación económica al Ayuntamiento de Alicante para la reproducción, publicación, distribución, exhibición y proyección de su obra, actividades referidas siempre a la promoción cultural y artística que pretende esta convocatoria.

H4.- Los autores serán los responsables únicos y se comprometen a asumir personalmente cualquier responsabilidad que pudiera derivarse con relación al cumplimiento de las disposiciones en materia de Propiedad Intelectual y derechos de imagen sobre los trabajos presentados al concurso.

I.- OTRAS DISPOSICIONES

I1.- La documentación de los participantes no seleccionados podrá ser retirada, previa solicitud y a costa del participante, dentro de los 15 días siguientes a la resolución del concurso. Transcurrido ese plazo, el Ayuntamiento podrá hacer el uso que estime pertinente de los materiales entregados.

I2.- De conformidad en lo previsto en el art. 5 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos en esta solicitud serán incorporados y tratados en el sistema informático del Ayuntamiento de Alicante, y podrán ser utilizados únicamente a efectos de difusión de las actividades organizadas por este Ayuntamiento, pudiendo ejercer ante el mismo los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

I3.- Cualquier hecho no previsto en estas Bases, o duda sobre la interpretación del mismo, será resuelto a criterio de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alicante o, en su caso, por el Jurado nombrado por la misma.

I4.- La participación en la presente convocatoria implica aceptar todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases.

I5.- Los/as premiados/as deberán aportar declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y la Seguridad Social, conforme se establece en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/203, de 17 de Noviembre General de Subvenciones.

I6.- De conformidad con la Legislación de Protección de Datos, Reglamento (UE) 2016/679  del 27 de abril de 2016, le informamos que los datos de carácter personal que acompañan a las obras serán objeto de tratamiento, bajo la responsabilidad del Ayuntamiento de Alicante, con la finalidad de identificar al autor/a de las mismas. Se informa que las listas de los participantes y los ganadores se publicarán en la página web www.alicante.es y, en su caso, en distintos medios de comunicación. La base jurídica del tratamiento es el consentimiento. No se cederán estos datos a terceros, salvo obligación legal de cesión a otros organismos, y se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar. Mediante instancia dirigida al Ayuntamiento de Alicante se podrá ejercer los derechos acceso, rectificación y supresión o la limitación de su tratamiento de datos, portabilidad y oposición a su tratamiento. También tiene derecho a retirar, en cualquier momento, el consentimiento prestado para tratar sus datos, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.


Fuente y Anexos: www.alicante.es/es/concursos/xxii-concurso-comic-autores-noveles



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CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS ACADÉMICOS Y RESEÑAS REVISTA ZUR 2019 (Chile)

03:05:2019

Género:  Artículo, reseña

Premio:   Publicación

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Revista ZUR

País de la entidad convocante: Chile

Fecha de cierre:   03:05:2019

 

BASES

 
Revista ZUR, publicación en español de la Universidad de La Frontera dedicada al estudio y la difusión de la literatura, convoca a estudiantes de pre y postgrado, académicos, investigadores y personas interesadas en la investigación literaria, a formar parte de su primer número con contribuciones en las categorías de artículos académicos y reseñas.

El trabajo debe ser inédito y original. No puede haber sido publicado ni encontrarse en arbitraje en ningún otro medio académico, ni digital ni impreso.

El idioma de las contribuciones debe ser el español.

Artículos: Se considerará como artículo académico a los estudios sobre obras y temáticas literarias con carácter científico. El texto deberá tener una extensión entre 4000 y 6000 palabras (sin contar referencias y/o anexos), deberá estar redactado en fuente Times New Roman 12, interlineado 1,5, y ajustarse a las normas MLA. El texto debe incluir: título, un resumen de no más de 200 palabras y cuatro palabras claves en español e inglés.

Reseñas: Se aceptarán reseñas sobre textos literarios y/o científicos de cualquier género cuya fecha de publicación no exceda los tres años. El texto deberá tener una extensión entre 1000 y 1500 palabras (sin contar referencias o anexos), deberá estar redactado en fuente Times New Roman 12, interlineado 1,5, y debe ajustarse a las normas MLA. El texto debe incluir, a modo de encabezado, el título del texto reseñado y la información editorial del mismo.

Envío: El envío del trabajo debe ser realizado al correo de la revista (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) sin nombre ni datos que puedan revelar autoría. La información de los autores será integrada al momento de la publicación, por lo cual se debe adjuntar al envío un documento aparte que no exceda las 200 palabras con el nombre del/la autor/a, el título de su contribución, una breve reseña biográfica, líneas de investigación y afiliación académica.

Evaluación: Revista ZUR cuenta con un comité académico nacional e internacional encargado de revisar todas las contribuciones recibidas. Cada contribución será sometida a una evaluación de pares bajo el sistema de doble ciego que determinará su aceptación o rechazo de acuerdo al mérito académico de la publicación, su originalidad e innovación relativa al ámbito de los estudios literarios.

Notificación: Tanto los/las autores/ras de las contribuciones aceptadas como rechazadas serán notificados de la resolución del comité académico mediante correo electrónico. Las decisiones tomadas por el comité científico son de carácter inapelable, por lo que tras la etapa de notificación solo se mantendrá contacto con los/las autores/as aceptados para publicar en Revista ZUR.

Plazo: 03 de abril - 03 de mayo 2019


Fuente


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BECAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA CREADORES Y ARTISTAS 2019 (España)

18:06:2019

Género: Proyecto de creación

Premio:   Beca de residencia

Abierto a: nacionalidad española o de un país iberoamericano, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar residencia permanente en España , máximo 30 años

Entidad convocante: Residencia de Estudiantes del Ayuntamiento de Madrid

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   18:06:2019

 

BASES

 

La Residencia de Estudiantes convoca nueve (9) becas del Ayuntamiento de Madrid para estancia en la Residencia de Estudiantes durante el curso 2019-2020, mediante las cuales un grupo interdisciplinar de jóvenes investigadores, artistas y creadores tendrá la oportunidad de disfrutar desde el 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2020, en régimen de pensión completa, y con posibilidad de renovación —en el caso de que la disponibilidad presupuestaria así lo permita—, del marco que brinda la Residencia de Estudiantes, sede de una intensa actividad cultural y de un activo diálogo entre ciencias y artes.
Estas nueve (9) becas, se repartirán entre las siguientes modalidades: Estudiantes de Postgrado en Ciencias Sociales y Humanidades; Estudiantes de Postgrado en Ciencias de la Naturaleza y Tecnología; y Creadores y Artistas.

El Ayuntamiento de Madrid contribuirá a la financiación del programa de acuerdo con su presupuesto aprobado y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. La concesión de las becas convocadas para el curso 2019-2020 mediante la presente convocatoria, quedará supeditada a la firma del convenio y a la dotación efectiva del programa por el Ayuntamiento de Madrid.


PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

La gestión y concesión de las becas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los principios de objetividad, igualdad, no discriminación y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones.


REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Para optar a estas becas los solicitantes deberán reunir los requisitos generales, además de los específicos para cada modalidad, que se relacionan a continuación:

Requisitos generales

a) Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.
También podrán optar a la beca aquellos que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia permanente en España en el momento de solicitud de la beca. En este caso, deberán poseer perfecto dominio del castellano. Para acreditar la residencia permanente en España se deberá presentar una copia del Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la Unión Europea.

b) Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) No recibir otras ayudas, públicas o privadas, que financien los mismos gastos que esta beca.

Requisitos específicos

a) Haberse dedicado, al menos durante dos (2) años, a trabajos artísticos o de creación en los campos de la literatura, las artes visuales, la música, o las artes escénicas.

b) Presentar un proyecto de creación para realizar durante el período de disfrute de la beca.


PERÍODO DE DISFRUTE

El período de disfrute de la beca es de doce (12) meses y puede ser prorrogado, en períodos equivalentes, hasta un máximo de tres (3) veces.

El inicio del disfrute de la beca, así como su duración, estarán condicionados a la dotación presupuestaria prevista para la misma por parte del Ayuntamiento de Madrid.

Aquellos becarios que deseen solicitar la prórroga de la beca para el curso 2020-2021, deberán comunicarlo por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes, hasta el 20 de abril de 2020, adjuntando una memoria relativa a la labor realizada durante el curso 2019-2020 y el proyecto a desarrollar durante el siguiente curso. Además, el becario deberá presentar, dentro del plazo y con los demás requisitos que con carácter general se establezcan para el curso 2020-2021, la correspondiente solicitud, la cual será evaluada, junto con el resto de solicitudes, en igualdad de condiciones y conforme a las bases de la convocatoria para dicho curso.


SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán en el modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria.

Los impresos de solicitud podrán descargarse desde aquí (ver documentación).

La sola presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el solicitante de la beca del contenido íntegro de la presente convocatoria, sin reserva o salvedad alguna.

Dichas solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

2.- Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo que figura en la solicitud, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo.

3.- Memoria del trabajo que desea realizar durante el periodo de disfrute de la beca.

4.- Informe firmado por algún artista, creador o profesional de reconocido prestigio, que avale el proyecto del solicitante.

5.- En caso de disfrutar de otra beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.

6.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de residente o Pasaporte.


SUBSANACIÓN

En todo caso si la documentación entregada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria o no se presentara de la forma en la misma establecida, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales desde el final del plazo de solicitud, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.


LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes podrán presentarse en mano, por correo postal o mediante solicitud electrónica a través de la aplicación online.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, finalizará el 18 de junio de 2019 a las 14.00 horas. (horario de Madrid, España).

-En mano o por correo postal:

En la Residencia de Estudiantes, Pabellón Transatlántico (C/ Pinar, 23, Madrid 28006) en horario de 8.00 a 15.00 horas de lunes a viernes, o mediante correo certificado dirigido a la misma dirección.

En caso de envío mediante correo certificado será requisito imprescindible para participar en el procedimiento de concesión de becas advertir de dicho envío, mediante un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con anterioridad a las 14.00 h. del día 18 de junio de 2019.

Al cierre del plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud, salvo las solicitudes que se reciban con sello postal que acredite su envío dentro del plazo –siempre que se hubiera advertido de dicho envío, mediante un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con anterioridad a las 14.00 h. del día 18 de junio de 2019–.

-Mediante solicitud electrónica:

Cumplimentando el formulario de solicitud online, al que se puede acceder a través de la página web de la Residencia de Estudiantes, y adjuntando los documentos requeridos en cada modalidad.

No se tendrá en cuenta ninguna solicitud recibida después de las 14:00 horas del 18 de junio de 2019. (horario de Madrid, España).


CRITERIOS DE VALORACIÓN

La concesión de las becas se atendrá a los siguientes criterios de valoración:

1. Calidad e Interés del Proyecto: De 0 a 5 puntos.
2. Curriculum Vitae del solicitante: De 0 a 3 puntos.
3. Impacto potencial del proyecto y posibilidad de difusión mediante conferencias, exposiciones, lecturas o audiciones de interés a realizarse en el municipio de Madrid: De 0 a 2 puntos.


PROCESO DE SELECCIÓN

Para llevar a cabo la selección de los candidatos se constituirá un Comité de Selección, que actuará como jurado, y que estará formado por representantes de la Residencia de Estudiantes y al menos dos expertos de reconocido prestigio.

Los solicitantes que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos podrán ser convocados a una entrevista personal.
          
El Comité de Selección, una vez concluidas las entrevistas personales, emitirá una propuesta de adjudicación de las becas.

Si alguna de las becas de cualquiera de las modalidades quedara desierta, el Comité de Selección podrá aplicarla a cualquiera de las otras convocadas.


CONCESIÓN DE LAS BECAS

La Directora de la Residencia de Estudiantes, de acuerdo a la propuesta del Comité de Selección y siempre que se haya aprobado la dotación presupuestaria de la beca por parte del Ayuntamiento de Madrid, procederá a la adjudicación de las becas, que tendrá carácter definitivo e inapelable.

La adjudicación de las becas se publicará en la página web de la Residencia de Estudiantes, y se notificará a los seleccionados por teléfono o por correo electrónico, y por correo postal.

A partir de la adjudicación, los solicitantes seleccionados contarán con un plazo de cinco (5) días naturales para aceptar la beca, y las obligaciones establecidas en el apartado XI de esta convocatoria.

La documentación relativa a los proyectos que no resulten becados, podrá ser retirada en la Residencia de Estudiantes, en el plazo de tres (3) meses desde la publicación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo, la Residencia de Estudiantes no vendrá obligada a su custodia.


OBLIGACIONES DEL BECARIO

Primera.- El perceptor de la beca deberá presentar antes del día 1 de septiembre de 2019 y antes del 1 de marzo de 2020, certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, expedidos por los organismos competentes. La omisión de esta obligación podrá ocasionar la anulación de la beca.

Segunda.- La percepción de cualquier remuneración deberá ser comunicada por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes. No informar de cualquier ingreso suplementario podrá ser causa de la supresión inmediata de la beca.

Tercera.- El perceptor de esta beca deberá presentarse en la Residencia de Estudiantes el día 1 de septiembre de 2019, siempre que le haya sido comunicada la concesión de la beca y confirmado dicho plazo de incorporación. Se entenderá que todo becario que no se presente en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado. Se cubrirá la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, en cuyo caso el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.

Cuarta.- El perceptor de la beca adquiere el compromiso de permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario de la Residencia de Estudiantes el tiempo de duración de la beca. En caso de ausentarse de su lugar de alojamiento injustificadamente o dejar de abonar sus gastos extras, la beca podrá ser anulada inmediatamente.

Quinta.- Cumplir las normas de régimen interior de la Residencia de Estudiantes. Este compromiso deberá formalizarse por escrito y su incumplimiento puede ocasionar la anulación de la beca. Cuando la beca sea anulada conforme a los motivos recogidos en esta cláusula, el becario podrá ser sustituido conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección.

Sexta.- Cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado. Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo, como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello, por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes, que lo valorará y, en su caso, aprobará.

Séptima.- Presentar ante la Directora de la Residencia de Estudiantes una memoria trimestral sobre la evolución del proyecto y las actividades con proyección externa en las que haya participado, tales como conferencias, recitales, mesas redondas, edición de publicaciones, etc., y en todo caso, antes de la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente informe final.

Octava.- Cuando los acontecimientos obliguen al becario a renunciar a su beca, como consecuencia de circunstancias no previstas o de fuerza mayor, deberá dar cuenta de ello, inmediatamente, por escrito, a la Directora de la Residencia de Estudiantes, que podrá cubrir la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección.

Novena.- En el supuesto de que fuera necesario proceder a la cobertura de vacantes con uno de los suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos especificados en la convocatoria.

Décima.-  El perceptor de la beca deberá participar, tanto de forma individual como conjunta, en actividades organizadas por la Residencia de Estudiantes.

Asimismo, el perceptor de la beca deberá participar en actividades promovidas por el Ayuntamiento de Madrid, cuando dicha participación sea solicitada por la Dirección General de Infancia, Familia, Educación y Juventud del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. De igual modo, deberá participar como jurado de selección en certámenes promovidos por el Ayuntamiento, cuando éste solicite dicha participación.

Undécima.-

Creadores y Artistas

Al término de la beca, los artistas plásticos quedan obligados a entregar en la Residencia de Estudiantes una de sus obras, a elección de la Residencia de Estudiantes. Los intérpretes artísticos, como músicos, bailarines o actores, deberán realizar una audición pública en un espacio de titularidad municipal y/o en la Residencia de Estudiantes. En el caso de textos o trabajos audiovisuales, el becario dejará copias en la Residencia de Estudiantes.

En las publicaciones y trabajos de creación que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

La Residencia de Estudiantes y el Ayuntamiento de Madrid se reservan la opción de publicación y/o exhibición de la obra, textos o trabajos audiovisuales entregados, en la forma que estimen conveniente.

Duodécima.- Las intervenciones públicas o escritas, sean éstas individuales o conjuntas, vinculadas con el proyecto de creación, así como todas las publicaciones realizadas durante el período de disfrute de la beca, han de hacer constar en sus créditos, reseñas biográficas o currículum la condición de becarios del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.


ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

La presentación de la solicitud para la obtención de la beca implica la aceptación de estas bases por el solicitante.


Fuente e Inscripción: becas.residencia.csic.es/becasAyuntamiento/classes/access_user/becasCreadores.php


 
 
 

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CONVOCATORIA LITERARIA REVISTA ZUR 2019 (Chile)

03:05:2019

Género:  Relato, poesía

Premio:   Publicación

Abierto a:  mayores de 18 años

Entidad convocante: Revista ZUR

País de la entidad convocante: Chile

Fecha de cierre:   03:05:2019

 

BASES

 
Revista ZUR, publicación en español de la Universidad de La Frontera dedicada al estudio y la difusión de la literatura, convoca a escritores/ras de cualquier nacionalidad a formar parte de su primer número con contribuciones literarias en las categorías de narrativa y poesía.

La  convocatoria  está  abierta  para  escritores/ras  de  cualquier  nacionalidad mayores de 18 años.

El idioma de las contribuciones debe ser el español.      

Se aceptarán textos narrativos y líricos originales, de autoría propia e inéditos.

La temática de los textos es libre.           

Toda contribución, sin importar la categoría a  la que esté dirigida, debe estar titulada.

Formato: Fuente Times New Roman tamaño 12, interlineado 1,5, márgenes normales (superior e inferior 2,5 cm.; lado izquierdo y derecho 3 cm.)

Extensión: Narrativa mínimo 1 carilla, máximo 4 carillas. Lírica sin mínimo, máximo 60 versos.

Al aceptar estas bases, el autor cede los derechos de publicación a Revista ZUR.

Todas las contribuciones debe ser enviadas a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. No se aceptarán contribuciones enviadas por otros medios.

Los textos enviados deben ser ciegos, es decir, no debe incluirse ningún tipo de información que permita identificar a los/las autores/ras. Textos que no cumplan con este requisito serán rechazados.
En un documento aparte se debe incluir la información personal del/la autor/a, especificando su nombre o pseudónimo, título de la contribución, pequeña biografía de no más de 5 renglones y correo electrónico.

El envío de cualquier contribución a Revista ZUR implica la aceptación de estas bases.

Evaluación: Revista ZUR cuenta con un comité creativo nacional e internacional encargado de revisar todas las contribuciones recibidas. Estas serán evaluadas anónimamente por lo menos por dos pares quienes determinarán su aceptación o rechazo en virtud de los méritos literarios del texto.

Notificación: Tanto los/las autores/ras de las contribuciones aceptadas como rechazadas serán notificados de la resolución del comité creativo mediante correo electrónico. Las decisiones tomadas por el comité creativo son de carácter inapelable, por lo que tras la etapa de notificación solo se mantendrá contacto con los/las autores/ras aceptados para publicar en Revista ZUR.

Plazo: 03 de abril - 03 de mayo 2019


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BECAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PARA ESTUDIANTES DE POSTGRADO 2019 (España)

18:06:2019

Género: Proyecto investigación

Premio:   Beca de residencia

Abierto a: nacionalidad española o de un país iberoamericano, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar residencia permanente en España , máximo 30 años

Entidad convocante: Residencia de Estudiantes del Ayuntamiento de Madrid

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   18:06:2019

 

BASES

 
La Residencia de Estudiantes convoca nueve (9) becas del Ayuntamiento de Madrid para estancia en la Residencia de Estudiantes durante el curso 2019-2020, mediante las cuales un grupo interdisciplinar de jóvenes investigadores, artistas y creadores tendrá la oportunidad de disfrutar desde el 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2020, en régimen de pensión completa, y con posibilidad de renovación —en el caso de que la disponibilidad presupuestaria así lo permita—, del marco que brinda la Residencia de Estudiantes, sede de una intensa actividad cultural y de un activo diálogo entre ciencias y artes.
Estas nueve (9) becas, se repartirán entre las siguientes modalidades: Estudiantes de Postgrado en Ciencias Sociales y Humanidades; Estudiantes de Postgrado en Ciencias de la Naturaleza y Tecnología; y Creadores y Artistas.

El Ayuntamiento de Madrid contribuirá a la financiación del programa de acuerdo con su presupuesto aprobado y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. La concesión de las becas convocadas para el curso 2019-2020 mediante la presente convocatoria, quedará supeditada a la firma del convenio y a la dotación efectiva del programa por el Ayuntamiento de Madrid.


PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

La gestión y concesión de las becas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los principios de objetividad, igualdad, no discriminación y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones.


REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Para optar a estas becas los solicitantes deberán reunir los requisitos generales, además de los específicos para cada modalidad, que se relacionan a continuación:

Requisitos generales

a) Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.

También podrán optar a la beca aquellos que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia permanente en España en el momento de solicitud de la beca. En este caso, deberán poseer perfecto dominio del castellano. Para acreditar la residencia permanente en España se deberá presentar una copia del Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la Unión Europea.

b) Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) No recibir otras ayudas, públicas o privadas, que financien los mismos gastos que esta beca.


Requisitos específicos

a) Estar en posesión del título de Licenciado, Graduado, Ingeniero o Arquitecto y estar en periodo de formación predoctoral, con un proyecto de investigación o de tesis doctoral en cualquier ámbito del conocimiento. No podrán optar a esta beca aquellos solicitantes que ya estén en posesión de un título de doctor.

b) Presentar una memoria del trabajo que desea realizar durante el período de disfrute de la beca.


PERÍODO DE DISFRUTE

El período de disfrute de la beca es de doce (12) meses y puede ser prorrogado, en períodos equivalentes, hasta un máximo de tres (3) veces.

El inicio del disfrute de la beca, así como su duración, estarán condicionados a la dotación presupuestaria prevista para la misma por parte del Ayuntamiento de Madrid.

Aquellos becarios que deseen solicitar la prórroga de la beca para el curso 2020-2021, deberán comunicarlo por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes, hasta el 20 de abril de 2020, adjuntando una memoria relativa a la labor realizada durante el curso 2019-2020 y el proyecto a desarrollar durante el siguiente curso. Además, el becario deberá presentar, dentro del plazo y con los demás requisitos que con carácter general se establezcan para el curso 2020-2021, la correspondiente solicitud, la cual será evaluada, junto con el resto de solicitudes, en igualdad de condiciones y conforme a las bases de la convocatoria para dicho curso.


SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán en el modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria.

Los impresos de solicitud podrán descargarse desde aquí (ver documentación).

La sola presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el solicitante de la beca del contenido íntegro de la presente convocatoria, sin reserva o salvedad alguna.

Dichas solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

1.- Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

2.- Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo que figura en la solicitud, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del mismo.

3.- Memoria del trabajo a realizar durante el periodo de disfrute de la beca.

4.- Informe firmado por el Director del trabajo que avale el proyecto del solicitante.

5.- En caso de disfrutar de otra beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.

6.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, tarjeta de residente o pasaporte.


SUBSANACIÓN

En todo caso si la documentación entregada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria o no se presentara de la forma en la misma establecida, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales desde el final del plazo de solicitud, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.


LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes podrán presentarse en mano, por correo postal o mediante solicitud electrónica a través de la aplicación online.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, finalizará el 18 de junio de 2019 a las 14.00 horas. (horario de Madrid, España).

-En mano o por correo postal:

En la Residencia de Estudiantes, Pabellón Transatlántico (C/ Pinar, 23, Madrid 28006) en horario de 8.00 a 15.00 horas de lunes a viernes, o mediante correo certificado dirigido a la misma dirección.

En caso de envío mediante correo certificado será requisito imprescindible para participar en el procedimiento de concesión de becas advertir de dicho envío, mediante un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con anterioridad a las 14.00 h. del día 18 de junio de 2019.

Al cierre del plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud, salvo las solicitudes que se reciban con sello postal que acredite su envío dentro del plazo –siempre que se hubiera advertido de dicho envío, mediante un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con anterioridad a las 14.00 h. del día 18 de junio de 2019–.

-Mediante solicitud electrónica:

Cumplimentando el formulario de solicitud online, y adjuntando los documentos requeridos en cada modalidad.

No se tendrá en cuenta ninguna solicitud recibida después de las 14:00 horas del 18 de junio de 2019. (horario de Madrid, España)


CRITERIOS DE VALORACIÓN

La concesión de las becas se atendrá a los siguientes criterios de valoración:

1. Calidad e Interés del Proyecto: De 0 a 5 puntos.
2. Curriculum Vitae del solicitante: De 0 a 3 puntos.
3. Impacto potencial del proyecto y posibilidad de difusión mediante conferencias, exposiciones, lecturas o audiciones de interés a realizarse en el municipio de Madrid: De 0 a 2 puntos.


PROCESO DE SELECCIÓN

Para llevar a cabo la selección de los candidatos se constituirá un Comité de Selección, que actuará como jurado, y que estará formado por representantes de la Residencia de Estudiantes y al menos dos expertos de reconocido prestigio.

Los solicitantes que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos podrán ser convocados a una entrevista personal.
          
El Comité de Selección, una vez concluidas las entrevistas personales, emitirá una propuesta de adjudicación de las becas.

Si alguna de las becas de cualquiera de las modalidades quedara desierta, el Comité de Selección podrá aplicarla a cualquiera de las otras convocadas.


CONCESIÓN DE LAS BECAS

La Directora de la Residencia de Estudiantes, de acuerdo a la propuesta del Comité de Selección y siempre que se haya aprobado la dotación presupuestaria de la beca por parte del Ayuntamiento de Madrid, procederá a la adjudicación de las becas, que tendrá carácter definitivo e inapelable.

La adjudicación de las becas se publicará en la página web de la Residencia de Estudiantes, y se notificará a los seleccionados por teléfono o por correo electrónico, y por correo postal.

A partir de la adjudicación, los solicitantes seleccionados contarán con un plazo de cinco (5) días naturales para aceptar la beca, y las obligaciones establecidas en el apartado XI de esta convocatoria.

La documentación relativa a los proyectos que no resulten becados, podrá ser retirada en la Residencia de Estudiantes, en el plazo de tres (3) meses desde la publicación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo, la Residencia de Estudiantes no vendrá obligada a su custodia.


OBLIGACIONES DEL BECARIO

Primera.- El perceptor de la beca deberá presentar antes del día 1 de septiembre de 2019 y antes del 1 de marzo de 2020, certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, expedidos por los organismos competentes. La omisión de esta obligación podrá ocasionar la anulación de la beca.

Segunda.-La percepción de cualquier remuneración deberá ser comunicada por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes. No informar de cualquier ingreso suplementario podrá ser causa de la supresión inmediata de la beca.

Tercera.- El perceptor de esta beca deberá presentarse en la Residencia de Estudiantes el día 1 de septiembre de 2019, siempre que le haya sido comunicada la concesión de la beca y confirmado dicho plazo de incorporación. Se entenderá que todo becario que no se presente en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado. Se cubrirá la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, en cuyo caso el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.

Cuarta.- El perceptor de la beca adquiere el compromiso de permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario de la Residencia de Estudiantes el tiempo de duración de la beca. En caso de ausentarse de su lugar de alojamiento injustificadamente o dejar de abonar sus gastos extras, la beca podrá ser anulada inmediatamente.

Quinta.- Cumplir las normas de régimen interior de la Residencia de Estudiantes. Este compromiso deberá formalizarse por escrito y su incumplimiento puede ocasionar la anulación de la beca. Cuando la beca sea anulada conforme a los motivos recogidos en esta cláusula, el becario podrá ser sustituido conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección.

Sexta.- Cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado. Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo, como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello, por escrito a la Directora de la Residencia de Estudiantes, que lo valorará y, en su caso, aprobará.

Séptima.- Presentar ante la Directora de la Residencia de Estudiantes una memoria trimestral sobre la evolución del proyecto y las actividades con proyección externa en las que haya participado, tales como conferencias, recitales, mesas redondas, edición de publicaciones, etc., y en todo caso, antes de la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente informe final.

Octava.- Cuando los acontecimientos obliguen al becario a renunciar a su beca, como consecuencia de circunstancias no previstas o de fuerza mayor, deberá dar cuenta de ello, inmediatamente, por escrito, a la Directora de la Residencia de Estudiantes, que podrá cubrir la vacante, conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección.

Novena.- En el supuesto de que fuera necesario proceder a la cobertura de vacantes con uno de los suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos especificados en la convocatoria.

Décima.- El perceptor de la beca deberá participar, tanto de forma individual como conjunta, en actividades organizadas por la Residencia de Estudiantes.

Asimismo, el perceptor de la beca deberá participar en actividades promovidas por el Ayuntamiento de Madrid, cuando dicha participación sea solicitada por la Dirección General de Infancia, Familia, Educación y Juventud del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. De igual modo, deberá participar como jurado de selección en certámenes promovidos por el Ayuntamiento, cuando éste solicite dicha participación.

Undécima.-

Estudiantes de Postgrado

Al término de la beca, los Estudiantes de Postgrado quedan obligados a depositar en la Residencia de Estudiantes una copia del trabajo final.

En las publicaciones científicas que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes, reservándose ambas instituciones la opción de publicación y/o exhibición del trabajo final presentado, en la forma que estimen conveniente.


ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

La presentación de la solicitud para la obtención de la beca implica la aceptación de estas bases por el solicitante.


Fuente e Inscripción: becas.residencia.csic.es/becasAyuntamiento/classes/access_user/becasInvestigadores.php

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