Concursos Literarios


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 11:10:2013

PREMIOS LITERARIOS “ARCADIO FERRER PEIRÓ” DE POESÍA Y NARRATIVA, 2014 (España)

1. PREMIO “ARCADIO FERRER PEIRÓ” DE POESÍA se concederá a la mejor obra o colección de poesía en castellano. Ha de ser obra original, inédita y de una extensión mínima de 100 versos. Su dotación será de 400 €. Podrá participar cualquier persona que lo desee, con un máximo de dos obras.
www.escritores.org
2.     El PREMIO “ARCADIO FERRER PEIRÓ” DE NARRATIVA se concederá a la mejor obra de narrativa en castellano. Ha de ser obra original, inédita y de una extensión mínima de 15 folios, formato DIN A4, a doble espacio y máxima de 25 folios. Su dotación será de 400 €. Podrá participar cualquier persona que lo desee, con un máximo de dos obras.

3.     Se establece un accésit dotado con 200 € a la mejor obra poética de autor local en castellano y otro accésit de 200 € a la mejor obra narrativa de autor local en castellano. En ningún caso los accèssits se acumularan a los premios anteriores.

4.     Los originales llevarán escrito, en la primera hoja, un lema y un título. Deberán presentarse por triplicado y sin firmar, dentro de un sobre en cuyo exterior sólo aparecerá escrito el lema correspondiente. Se adjuntará otro sobre que contendrá una ficha con la identificación del autor: nombre y apellidos, dirección, teléfono, una fotocopia del DNI o pasaporte y, de nuevo, el lema y título del trabajo.

5.     Las obras aspirantes se presentarán, personalmente o por correo hasta el 11 de octubre de 2013 en:

CASA DE CULTURA DE CANALS– “VI Premio Literario Arcadio Ferrer Peiró”
C/ Diputació – 46650 Canals
e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

6.     El jurado estará compuesto por un grupo de profesores de Educación Secundaria. Será presidido por el Concejal  de Cultura del Ayuntamiento de Canals y actuará de secretario el Coordinador de la Casa de Cultura.

7.     El veredicto del Jurado será inapelable, aceptando expresamente los concursantes, por el solo hecho de participar, su autoridad, tanto para resolver sobre el premio como por solucionar cualquier incidencia no prevista en las presentes bases.

8.     Cualquiera de estos premios podrá ser declarado desierto por el Jurado, si éste considera que no hay ninguna obra con la suficiente calidad para merecerlo.

9.     El Área de Cultura del Ayuntamiento de Canals podrá publicar las obras ganadoras, sin que ello implique privación de derechos al autor para su publicación posterior.

10.  La Entrega de los Premios se efectuará durante la presentación del Libro de Fiestas Patronales de Canals del año 2014.

11.  No se devolverán los originales ni las copias de los trabajos presentados.

12.  La participación en el certamen supone la aceptación de las bases.

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

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PREMIOS LITERARIOS “CIUTAT DE VALÈNCIA” (España)
21:03:2015

Género:  Novela y poesía

Premio: 12.000 euros

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Ayuntamiento de Valencia

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 21:03:2015

 

BASES

1.- Las presentes Bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios "Ciutat de València" XXXIII Edición en las siguientes modalidades:
 www.escritores.org
            -Premio de Narrativa en Valenciano “Constantí Llombart”.”
            -Premio de Poesía en Castellano “Vicente Gaos”
           
2.- Podrán ser presentadas a los Premios de Narrativa, todas las obras (novelas, cuentos, memorias, etc.) escritas en el idioma especificado en la Base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas tamaño DIN-A4 (210x297 mm).
 
3.- Podrán ser presentadas a los Premios de Poesía todas las obras escritas en el idioma especificado en la Base 1 con una extensión mínima de 400 versos y máxima de 1200.
 
4.-Podrán participar en estos Premios Literarios las personas físicas mayores de edad, que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, y con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio, las personas que resulten premiadas, deberán presentar una declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, así como acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudores por resolución de procedencia de reintegro.
 
5.- Se excluirán como aspirantes quienes hubiesen obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Asimismo, no podrán presentarse obras de quienes hayan  fallecido antes de la apertura del período de presentación de originales.
 
6.- Las obras presentadas deben ser originales e inéditas. Por lo que respecta a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.
            En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la que, a juicio del jurado, concurran las siguientes características:
            a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.
            b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de otras personas autoras, citando en este caso la autoría. No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.
           
7- Los originales impresos , con las páginas numeradas y en perfectas condiciones de legibilidad deberán presentarse en número de 5 ejemplares, haciéndose constar en la cubierta, además del título, el nombre de la autora o autor junto al de su domicilio,  teléfono y correo electrónico. Deberá adjuntarse fotocopia del documento nacional de identidad en sobre aparte.
            Podrán presentarse bajo seudónimo. En tal supuesto, deberán acompañarse de una plica cerrada, en la cual constará el seudónimo correspondiente y el título de la obra, escribiendo en el interior los datos pertinentes, adjuntando fotocopia del documento nacional de identidad.  La plica sólo se abrirá en caso de resultar la obra ganadora.
 
8.- El plazo de presentación de obras se extenderá desde el día 2 de febrero al día 21 de marzo de 2015 ambos inclusive. Los trabajos podrán dirigirse por correo postal a: “Ajuntament de València. Servicio de Acción Cultural. Sección Administrativa. Plaza del Ayuntamiento 1. 46002 Valencia, indicando la modalidad a la que concurren, o bien presentándolos directamente a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento o de los otros órganos administrativos que establece el Art. 38 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre. No se admitirán los trabajos que no sean presentados por Registro General de Entrada
 
9.- A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos Premios, así como del importe de la respectiva dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria ED260 33400 48100, que será la siguiente:
           
            -Premio de Narrativa en Valenciano “Constantí Llombart”…….... 12.000 euros
            -Premio de Poesía en Castellano “Vicente Gaos ” ……………….  8.000 euros
                       
            Los Premios, se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex-aequo.
            El importe de estos premios estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento  de su entrega y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por las personas ganadoras.
 
10.- El Ayuntamiento de Valencia se reserva el derecho de publicar el texto premiado, en su primera edición,  mediante un acuerdo de coedición con las editoriales especializadas en la materia de que se trate.
 
El texto será presentado en el acto de entrega de los premios, con la asistencia de las personas ganadoras.
 
11.- Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, que se producirá antes de la finalización del año natural, si alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios "Ciutat de València", ésta deberá comunicarlo por escrito a este Ayuntamiento, a fin de que el Jurado no lo tenga en consideración en la decisión del correspondiente Premio.
 
12.- El jurado que valorará las obras presentadas a cada uno de los Premios estará integrado por los siguientes componentes:
 
            Presidenta: la Sra. Alcaldesa, o Concejala/Concejal en quien delegue.
 
            Vocales: cuatro, de elección por el Ayuntamiento entre personas de la literatura, de la crítica literaria, de la investigación y docentes de la universidad de acreditado prestigio.
 
Secretario: el Secretario General de la Administración Municipal opersonalfuncionario en quien éste delegue.
 
13.- En función del número de obras presentadas, podrá constituirse una Comisión integrada por personal especializado elegido por el Ayuntamiento, al objeto de proceder a la previa selección de las obras finalistas a valorar por el Jurado.
 
14.- El Jurado de cada uno de los Premios podrá no adjudicarlo si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.
 
15.- El fallo del jurado, con carácter de inapelable, será elevado por la Alcaldía a acto administrativo, pudiendo éste ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa de procedimiento administrativo.
 
16.- La concesión del premio se publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación, así como en la página web municipal www.valencia.esnotificándose a las personas premiadas por los medios previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 
17.- Las obras presentadas y no premiadas podrán ser retiradas personalmente por sus autores/as, o persona debidamente autorizada y acreditada, en el plazo de un mes natural, contando a partir de la fecha en que se haga público el fallo del jurado. No se devolverán obras por correo. Las obras no retiradas dentro del plazo establecido serán destruidas.
 
18.-  La presentación de originales a cualquiera de estos premios supone la plena aceptación de las presentes Bases, sin perjuicio de su posible impugnación de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre Procedimiento Administrativo.
 
 
 
Fuente
 

 


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PREMIOS LITERARIOS “VILLA DE CAMPO DE CRIPTANA” 2026: LVI PREMIO DE POESÍA “PASTORA MARCELA" - XLVII PREMIO DE POESÍA PARA JÓVENES “VALENTÍN ARTEAGA”

 

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PREMIOS LITERARIOS “VILLA DE CAMPO DE CRIPTANA” 2026: LVI PREMIO DE POESÍA “PASTORA MARCELA" - XLVII PREMIO DE POESÍA PARA JÓVENES “VALENTÍN ARTEAGA” (España)

Fecha apertura de la convocatoria:  abierta

Fecha de cierre de la convocatoria: 11:06:2026

Género:  Poesía 

Premio:    1.500 euros, publicación, trofeo. A propuesta de la Editorial y en colaboración con el Ayuntamiento el ganador tendrá la opción de presentar su libro en el espacio del que dispone Huerga y Fierro Editores (en Madrid). Firma de ejemplares en la Feria del Libro de Madrid, (según la fecha de celebración).  

Abierto a:   sin restricciones

Entidad convocante:   Ayuntamiento de Campo de Criptana

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

 

BASES

PREMIOS LITERARIOS “VILLA DE CAMPO DE CRIPTANA” 2026: LVI PREMIO DE POESÍA “PASTORA MARCELA" - XLVII PREMIO DE POESÍA PARA JÓVENES “VALENTÍN ARTEAGA”

 

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PREMIOS LITERARIOS “CIUTAT DE VALÈNCIA” XXXII EDICIÓN (España)

31-05-2014

Género:   Relato y novela

Premio:  12.000€

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Ajuntament de València

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 31-05-2014

 

BASES


“PRIMERO.- Convocar los Premios Literarios "CIUTAT DE VALÈNCIA" en su XXXII Edición.
 
SEGUNDO.- Aprobar las Bases que han de regir los mismos, que se publicarán en el Tablón de Edictos de la Corporación y la página web municipalwww.valencia.es, y cuyo texto a continuación se transcribe:
 
1.- Las presentes Bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios "Ciutat de València" XXXII Edición en las siguientes modalidades:
 
            -Premio de Narrativa en Castellano “Vicente Blasco Ibáñez”.
            -Premio de Poesía en Valenciano “Roïç de Corella”
           
2.- Podrán ser presentadas a los Premios de Narrativa, todas las obras (novelas, cuentos, memorias, etc.) escritas en el idioma especificado en la Base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas tamaño DIN-A4 (210x297 mm).
 
3.- Podrán ser presentadas a los Premios de Poesía todas las obras escritas en el idioma especificado en la Base 1 con una extensión mínima de 400 versos y máxima de 1200.
 
4.-Podrán participar en estos Premios Literarios las personas físicas mayores de edad, que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto, deberán presentar una declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo, con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión del premio.
 
5.- Se excluirán como aspirantes quienes hubiesen obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Asimismo, no podrán presentarse obras de quienes hayan  fallecido antes de la apertura del período de presentación de originales.
 
6.- Las obras presentadas deben ser originales e inéditas. Por lo que respecta a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.
            En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la que, a juicio del jurado, concurran las siguientes características:
            a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.
            b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de otras personas autoras, citando en este caso la autoría. No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.
           
7- Los originales impresos , con las páginas numeradas y en perfectas condiciones de legibilidad deberán presentarse en número de 5 ejemplares, haciéndose constar en la cubierta, además del título, el nombre de la autora o autor junto al de su domicilio y teléfono. Deberá adjuntarse fotocopia del documento nacional de identidad en sobre aparte.
            Podrán presentarse bajo seudónimo. En tal supuesto, deberán acompañarse de una plica cerrada, en la cual constará el seudónimo correspondiente y el título de la obra, escribiendo en el interior los datos pertinentes, adjuntando fotocopia del documento nacional de identidad.  La plica sólo se abrirá en caso de resultar la obra ganadora.
 
8.-       El plazo de presentación de obras se extenderá desde el día 1 de abril de 2014 al día 31 de mayo de 2014 ambos inclusive. Los trabajos podrán dirigirse por correo postal a: “Ajuntament de València. Servicio de Acción Cultural. Sección Administrativa. Plaza del Ayuntamiento 1. 46002 Valencia, indicando la modalidad a la que concurren, o bien presentándolos directamente a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento o de los otros órganos administrativos que establece el Art. 38 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre. No se admitirán los trabajos que no sean presentados por Registro General de Entrada
 
9.- A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos Premios, así como del importe de la respectiva dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria ED260 33400 48100, que será la siguiente:
           
            -Premio de Narrativa en Castellano “Vicente Blasco Ibáñez”…. 12.000 euros
            -Premio de Poesía en Valenciano “Roïç de Corella ” ……………  8.000 euros
                       
            Los Premios, se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex-aequo.
            El importe de estos premios estará sujeto a la retención legal que proceda y a la restante normativa fiscal vigente en el momento  de su entrega y su pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por las personas ganadoras.
 
10.- El Ayuntamiento de Valencia se reserva el derecho de publicar el texto premiado, en su primera edición,  mediante un acuerdo de coedición con las editoriales especializadas en la materia de que se trate.
 
El texto será presentado en el acto de entrega de los premios, con la asistencia de las personas ganadoras.
 www.escritores.org
11.- Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, que se producirá antes de la finalización del año natural, si alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios "Ciutat de València", ésta deberá comunicarlo por escrito a este Ayuntamiento, a fin de que el Jurado no lo tenga en consideración en la decisión del correspondiente Premio.
 
12.- El jurado que valorará las obras presentadas a cada uno de los Premios estará integrado por los siguientes componentes:
 
BASES


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PREMIOS LITERARIOS 2018 - AMSTER CORÉ AL DISEÑO Y LA ILUSTRACIÓN EDITORIAL (Chile)

04:05:2018

Género: Diseño editorial, ilustración, obra publicada

Premio:   $ 4.330.000 y diploma

Abierto a: personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad de Chile, mayores de edad

Entidad convocante: Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura

País de la entidad convocante: Chile

Fecha de cierre:   04:05:2018

 

BASES

 
BASES PREMIOS LITERARIOS
AMSTER CORÉ AL DISEÑO Y LA ILUSTRACIÓN EDITORIAL
CONVOCATORIA 2018

El cierre de las postulaciones de este premio será el viernes 4 de mayo de 2018, a las 17 horas.
www.escritores.org

1. CONVOCATORIA
El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en adelante “el CNCA” y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en adelante “el Consejo”, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° letra j) de la Ley N°
19.227 y en su Reglamento, y con la finalidad de reconocer al diseño y la ilustración como expresiones fundamentales en el desarrollo del arte y la industria editorial, como un valor capital para la mejor lectura, difusión de las obras literarias y libros en general; y con el objeto de promover y estimular a los creadores gráficos, convocan a concurso público para otorgar el Premio “Amster - Coré” al diseño y
la ilustración editorial.
Los beneficiados por los premios deberán realizar una actividad de difusión del proyecto financiado en establecimientos escolares de educación pública y en las comunidades próximas a ellos, conforme a lo establecido en la Ley 21.053, que aprueba el presupuesto del sector público para el año 2018. Los beneficiados podrán efectuar esta actividad en el marco de los programas de Educación Artística que ejecuta el CNCA para lo cual deberán tomar contacto con el Fondo respectivo.

2. MENCIONES
Este Premio consta de las siguientes menciones:
• Mención “Amster”, destinada a premiar obras por su Diseño y/o Diagramación.
• Mención “Coré”, destinada a premiar obras por su Ilustración.


3. PREMIOS
Para cada una de las menciones, se distinguirá al autor(a) del diseño y/o diagramación e ilustración, según sea el caso, con una suma única de dinero equivalente a $ 4.330.000.- (cuatro millones trescientos treinta mil pesos chilenos).
La editorial del libro premiado recibirá un diploma de honor en reconocimiento a la distinción obtenida por la obra publicada por su sello.
El premio señalado, se entregará al autor(a) o a quien sea designado como representante, en la carta adjunta a la postulación, en caso que el diseño y/o diagramación e ilustración de la obra tenga más de un(a) autor(a), certificado por un mandato especial emitido ante notario, por los autores.
Se deja expresa constancia que para efectos de recibir el Premio, el ganador deberá acreditar que su cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile se encuentra vigente, en caso que no conste su vigencia en los antecedentes entregados en la postulación.
En caso de fallecimiento del ganador/a, el premio será entregado a la sucesión que legalmente corresponda.

4. REQUISITOS PARA POSTULAR
• Los (as) participantes podrán postular obras en idioma español o en las lenguas de los pueblos originarios, siempre que éstas se presenten en una edición bilingüe (español-pueblos originarios).
• Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
• Podrán postularse libros de cualquier género literario y dirigido a cualquier tipo de público.
• Solo podrán postularse libros que cuenten con ISBN (International Standard Book Number).
• Sólo pueden postulares libros cuya primera edición sea del año 2017.

Se deja expresa constancia que no podrán postularse:
• Obras publicadas póstumamente.
• Libros en formato digital.
• Obras que hubieren obtenido premios y/o galardones otorgados por el Consejo.

5. POSTULANTES Y AUTORES
Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
Los autores del diseño, diagramación o ilustración de la obra deberán ser personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile; y mayores de edad de conformidad con la legislación chilena.

6. INCOMPATIBILIDADES APLICABLES A LOS(AS) POSTULANTES Y AUTORES DE LA OBRA
No podrán participar en esta convocatoria como postulantes y/o autores del diseño, diagramación o ilustración de la obra, las autoridades del CNCA, así como los(as) trabajadores del CNCA (contratados bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo). De la misma forma son incompatibles para postular los(as) trabajadores(as) del CNCA contratados bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias públicas y las personas que se encuentren impedidas de postular por afectarles alguna causal de incompatibilidad administrativa contemplada en el artículo 56° del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
En este sentido, es del caso destacar que se encuentran impedidos de presentar una postulación las personas jurídicas con fines de lucro, en que tengan participación social (constituyente, socio o accionista) las personas referidas en el inciso anterior. En el caso que la autoridad o trabajador sea sólo representante legal de una persona jurídica con o sin fines de lucro y no reciba ningún tipo de beneficio con respecto a la postulación ni participe de ninguna manera en ella, dicha persona deberá abstenerse para todos los efectos de la presente convocatoria.
Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la incompatibilidad que afecta a alguna persona, ésta se considerará hábil para postular, pudiendo presentar su postulación mientras se encuentre abierto el periodo de recepción de postulaciones, siempre y cuando no haya postulado con antelación al cese de la incompatibilidad.
El CNCA revisará durante todo el proceso que tanto los postulantes como los autores del diseño, diagramación o ilustración de la obra no estén afectos a ninguna de las causales de incompatibilidad señaladas. En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes y/o autores del diseño, diagramación o ilustración de la obra estén afectos a alguna incompatibilidad, sus postulaciones quedarán fuera de la Convocatoria.
Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del CNCA que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respecto de alguno de los postulantes.
La circunstancia que un(a) postulante o autor del diseño, diagramación o ilustración de la obra de una obra se encuentre en situación de incompatibilidad para ser beneficiario(a) del Fondo será certificada por la Secretaría del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, en adelante la “Secretaría” o la “Secretaría del Consejo”.

7. PERÍODO DE CONVOCATORIA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presente Convocatoria estará abierta por un plazo de 28 días hábiles (de lunes a viernes sin contar los feriados) desde la publicación de las bases en el sitio web www.premiosliterarios.cultura.gob.cl. Los postulantes podrán presentar sus postulaciones de conformidad con lo establecido en las presentes bases, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.
Las postulaciones deberán ser entregadas o enviadas hasta las 17:00:00 horas de Santiago de Chile del último día hábil para postular. Esta misma regla aplica para los proyectos enviados por correo certificado, la cual se acreditará según fecha de envío estampada en el sobre, por parte de la oficina de correos de origen.
El Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes certificará en la respectiva página web donde estarán publicadas las bases, la fecha de inicio y de término de la convocatoria de conformidad con lo precedentemente señalado.
Las postulaciones deberán ser entregadas personalmente, por medio de terceros o mediante envío por correo certificado en las respectivas Direcciones Regionales del CNCA o en la Secretaría del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura ubicada en Ahumada N° 48, piso 5, Santiago. El costo de envío deberá ser cubierto por el postulante, de manera que las postulaciones que hayan sido enviadas por pagar se considerarán como no presentadas.

8. NOTIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA
El postulante deberá indicar en la Ficha de Postulación, el medio preferente de notificación de las distintas etapas de la Convocatoria, esto es, para la declaración de inadmisibilidad, selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de bases. Para esto, podrá señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indique, se entenderá que optan por notificación por carta certificada. Para efectos de asegurar la debida comunicación de los resultados de la postulación, si el responsable opta por notificación vía correo electrónico deberá indicar dos direcciones distintas, siendo su responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción. Asimismo, si opta por notificación vía carta certificada, deberá indicar su domicilio, siendo su responsabilidad el informar cualquier cambio del mismo.
Se hace presente que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos del domicilio del notificado; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día y hora de su válido envío por parte del CNCA.

9. CONSTATACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES
La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Secretaría del Fondo durante toda la convocatoria.
De constatarse algún incumplimiento la postulación quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de:
• La Secretaría del Fondo, si se comprueba antes de la selección de las postulaciones ganadoras, lo que será formalizado a través del respectivo acto administrativo dictado por el Jefe del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes. Dicho acto administrativo se notificará a los interesados de conformidad a la ley.
• La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección de las postulaciones ganadoras, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del interesado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.

A los postulantes declarados fuera de convocatoria, conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, les asiste el derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria. El plazo de presentación de los referidos recursos es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de la notificación de la resolución al postulante. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

10. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y DEBER DE VERACIDAD
Por la sola presentación a esta convocatoria, se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases. Los postulantes deberán dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución de actividades.
Al momento de presentar sus postulaciones, los postulantes declaran bajo el juramento que toda la información entregada es verídica y dan fe de su autenticidad. El CNCA se reserva el derecho de verificar dicha información y en caso que constate que contiene elementos falsos, la postulación será declarada fuera de convocatoria. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que una postulación presentase información que, a estimación del CNCA, pueda revestir caracteres de delito, remitirá los antecedentes al Ministerio Público.

11. DE LA POSTULACIÓN
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
La Ficha de Postulación es el formato exclusivo y canal válido disponible para la formulación de postulaciones permitiendo una elaboración ordenada de las mismas, al proveer los campos necesarios para que el postulante exponga los detalles de su postulación. El llenado de todos los campos de la Ficha de Postulación será obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.

Postulación digital
a. Ingresar a la página www.premiosliterarios.cultura.gob.cl.
b. Registrarse como postulante en la página www.premiosliterarios.cultura.gob.cl
c. Seleccionar el premio y mención al que postula.
d. Completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que el libro tenga dos o más autores (as) del diseño, diagramación o ilustración de la obra, la ficha debe contemplar los datos de todos ellos. En la Ficha de Postulación deberá ser explicitado el aporte que desde el ámbito gráfico hace relevante a la obra editada.
e. En el caso de postular a la Mención Amster: La Ficha de Postulación debe especificar claramente los datos del diseñador/a y del diagramador/a, en caso de que sean personas distintas y ser un reflejo fiel de los créditos del libro.
f. Adjuntar en archivo digital la fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) del diseño, diagramación o ilustración de la obra, otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
g. Adjuntar copia del comprobante de depósito legal dado por la Biblioteca Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.733.
h. Validar y enviar la postulación.

A continuación del primer envío (Ficha de Postulación), deberán enviarse o entregarse materialmente tres (3) ejemplares del título postulado, en la Secretaría del Fondo, ubicada en Ahumada 48, piso 5, Santiago o en las Direcciones Regionales correspondientes del CNCA. Esta entrega material deberá realizarse dentro del plazo de recepción establecido en el numeral 7. Respecto del material enviado por correo certificado, se considerará como fecha de presentación, la fecha de envío estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva.
La postulación se entenderá completada con el envío a través de la plataforma digital, más la entrega o envío de los tres (3) ejemplares del título postulado.

Postulación en papel
Atendiendo a las distintas condiciones de acceso para los postulantes que por razones geográficas tengan dificultades para postular vía plataforma digital, el CNCA pone a disposición un mecanismo de postulación vía soporte papel.
Las personas que no puedan acceder a Internet y descargar la Ficha de Postulación podrán retirarlo en la sede de la Dirección Regional del CNCA correspondiente. Quienes puedan acceder a internet deberán imprimir la Ficha de Postulación descargable en www.premiosliterarios.cultura.gob.cl.
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
a. Completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que el libro tenga dos o más autores (as) del diseño, diagramación o ilustración de la obra, la ficha debe contemplar los datos de todos ellos. En la Ficha de Postulación deberá ser explicitado el aporte que desde el ámbito gráfico hace relevante a la obra editada.
b. En el caso de postular a la Mención Amster: La Ficha de Postulación debe especificar claramente los datos del diseñador/a y del diagramador/a, en caso de que sean personas distintas y ser un reflejo fiel de los créditos del libro.
c. Adjuntar fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) del diseño, diagramación o ilustración de la obra, otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
d. Adjuntar copia del comprobante de depósito legal dado por la Biblioteca Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.733.
e. Adjuntar tres (3) ejemplares de cada título postulado.

12. ADMISIBILIDAD
12.1 Examen de admisibilidad
Recibida la postulación, la Secretaría del Fondo procederá a determinar si la postulación cumple con los siguientes requisitos formales obligatorios:
• Que la postulación se haya efectuado en la forma establecida en las presentes Bases;
• Que el postulante y el autor de del diseño, diagramación o ilustración de la obra no se encuentren sujetos a ninguna de las incompatibilidades establecidas en el numeral 6 de las presentes bases;
• Que la postulación se haya efectuado dentro del plazo señalado y en los lugares indicados en el numeral 7 de estas Bases.
• Que se hayan adjuntado los antecedentes obligatorios y con las formalidades señalados en el numeral 11 de estas Bases.

12.2. Declaración de inadmisibilidad
La inadmisibilidad de la postulación será certificada por la Secretaría del Fondo, lo que será formalizado en una resolución administrativa dictada por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes. Esta resolución será notificada a los interesados en conformidad a la ley.

12.3. Recursos Administrativos
A los postulantes declarados inadmisibles, conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, les asiste el derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los
siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare inadmisibles; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare inadmisibles, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare inadmisibles. El plazo de presentación de los referidos recursos es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de la notificación de la resolución al postulante. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley. Se hace presente que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos del domicilio del notificado; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día y hora de su válido envío por parte del CNCA.

13. DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Las postulaciones admisibles serán oportunamente puestas a disposición de la instancia de evaluación y selección por parte de la Secretaría del Fondo, esto es, por un Jurado para cada una de las menciones contempladas en esta Convocatoria, cada uno de los cuales estará integrado por 3 personas designadas por el Consejo. Esto no impide que la postulación no pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento de la Convocatoria.
Se deja constancia que aquellas postulaciones que tras ser declaradas inadmisibles hayan presentado recursos en contra de dicha resolución, los cuales hayan sido acogidos, serán incluidas dentro del proceso de la convocatoria por la Secretaría del Fondo para ser evaluadas junto con las demás postulaciones admisibles de la convocatoria, en forma simultánea.
Cada Jurado deberá emitir su pronunciamiento dentro del plazo de noventa días hábiles contados desde que se hubieren constituido.
En las sesiones de evaluación y selección se requerirá un quórum de mayoría absoluta de los miembros del Jurado para sesionar y de mayoría absoluta de los presentes para adoptar acuerdos. Sus decisiones deberán contener los fundamentos de la evaluación y selección. Al finalizar la etapa de selección se levantará un acta que incluirá la individualización de los ganadores. Esta tendrá validez con la firma de todos los integrantes del Jurado. Las decisiones que adopten los Jurados serán inapelables y deberán ser aprobadas por el Consejo, expresándose en una resolución que el CNCA dictará para tal efecto.
Cada Jurado podrá declarar desierto el concurso por motivos fundados, no existiendo obligación de indemnizar a los(as) concursantes.

14. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
La nómina de ganadores(as) se publicará en la página web institucional www.premiosliterarios.cultura. gob.cl., indicando el nombre de los ganadores. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona. Asimismo, el CNCA notificará los resultados de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, a los ganadores, de acuerdo a la forma señalada en el numeral 8 de las presentes bases.

15. PERSONAS A CARGO DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Estas personas, en relación a aquellas postulaciones realizadas por personas hábiles y respecto a la convocatoria en que les tocare intervenir, estarán sujetos(as) a las normas de probidad y abstención establecidas en los artículos 52 y 53 de la Ley N° 18.575 y en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrán tomar parte en la discusión de asuntos en los que él/ella, su cónyuge, su conviviente civil, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estén interesados. Se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrán tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes de la presente convocatoria. Tampoco podrán haber participado, a título remunerado o gratuito, en la elaboración anterior a la postulación a evaluar y seleccionar.
Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algún interés directo o indirecto en la postulación de una persona hábil, el involucrado deberá informarlo a la Secretaría del Fondo y a los demás integrantes del órgano, absteniéndose de conocer del asunto, de todo lo cual se deberá dejar constancia en el acta respectiva. En caso que se constate la existencia de una postulación que contravenga las normas de probidad establecidas en los párrafos precedentes, dicha postulación será eliminada de la Convocatoria, de conformidad con el procedimiento establecido en el párrafo relativo a la “Constatación del Cumplimiento de Bases”.

16. AUTORIZACIÓN DEL POSTULANTE
El/la postulante autoriza –una vez cerrado el proceso de evaluacióna incorporar a la base de datos de la Secretaría del Fondo, su dirección postal, teléfono y correo electrónico, con el objeto de registrarlo como destinatario de información de interés para la comunidad literaria nacional.

17. PUBLICIDAD DE LAS POSTULACIONES
La publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regirá de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.

18. RETIRO DE DOCUMENTOS MATERIALES
Los postulantes no seleccionados podrán retirar personalmente o a través de un tercero especialmente autorizado para tal efecto, la documentación física de su postulación, durante los 30 días siguientes a la publicación de resultados.
En caso de ser un tercero quien retire la postulación, deberá acompañar un poder simple junto a la fotocopia de la cédula de identidad del mandante y del mandatario. Para la devolución, deberá presentar en la Secretaría del Fondo una carta firmada por el postulante, que contenga la respectiva solicitud.
Una vez publicado los resultados de la convocatoria y transcurridos treinta (30) días hábiles de ello, el CNCA devolverá la documentación relativa a las postulaciones no seleccionadas o fuera de convocatoria, a los domicilios que los postulantes informen en
su postulación. En caso de que por alguna razón no sea posible realizar esta devolución, se procederá al respectivo archivo de la documentación. Sin perjuicio de lo anterior, se deja expresa constancia que los libros entregados en la postulación, sean o no obras ganadoras, no serán devueltos y serán utilizados por el CNCA para fines promocionales de la lectura.


Fuente y Ficha de inscripción: premiosliterarios.cultura.gob.cl

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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