Concursos Literarios


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PREMIOS DE INVESTIGACIÓN "INSTITUTO DE ESTUDIOS RIOJANOS" 2018 (España)

01:10:2018

Género: Investigación

Premio:    6.000 €

Abierto a: investigadores que realicen su labor investigadora en La Rioja, o presenten un trabajo de investigación relacionado con La Rioja, o hayan nacido en La Rioja o tengan residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Entidad convocante: Instituto de Estudios Riojanos

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   01:10:2018

 

BASES

 

La Constitución Española en su artículo 44.2 y el Estatuto de Autonomía de La Rioja en su artículo 8.Uno.24 establecen que los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación.

El Instituto de Estudios Riojanos tiene como fines generales la investigación, promoción, difusión y divulgación de la ciencia y cultura riojanas tal y como se dispone en la Ley 4/2006, de 19 de abril, por la que éste se constituye en Organismo Autónomo, y en el Decreto 56/2006, de 5 de octubre, por el que se aprueban sus Estatutos.

En este marco competencial y de acuerdo con los objetivos establecidos en la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de La Rioja y con el V Plan Riojano de Investigación, Desarrollo e Innovación 2017-2020, el Instituto de Estudios Riojanos, a propuesta de su Consejo Asesor, considera que para la consecución de sus fines el instrumento más adecuado es la creación de estos premios de investigación, por su contribución al reconocimiento del mérito y el talento de los investigadores.

Por consiguiente, la finalidad de esta norma es potenciar la investigación en aquellos ámbitos relacionados con la Comunidad Autónoma de La Rioja, y para ello, en cumplimiento de los artículos 9 y 17 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente Orden contiene las bases reguladoras para la concesión de los premios de investigación 'Instituto de Estudios Riojanos', que se complementará con las resoluciones de convocatoria anual en las que figurarán los datos específicos correspondientes a cada una de ellas.

Esta Orden se ha elaborado teniendo en cuenta además de los preceptos citados, el contenido de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en concreto, su artículo 129, así, en la iniciativa y tramitación de esta Orden se han observado los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, e igualmente se han cumplido las prescripciones que para la tramitación de proyectos normativos prevén los Estatutos del Instituto de Estudios Riojanos y han sido emitidos los informes preceptivos.

En consecuencia, la Consejera de Desarrollo Económico e Innovación, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 30.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja; 42 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros; 180.1 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja; y 5.1.1.h) del Decreto 27/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, dicta la siguiente

ORDEN

Artículo 1. Objeto.

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras para la concesión anual, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia, de los premios de investigación 'Instituto de Estudios Riojanos' que tienen por finalidad distinguir la investigación en las siguientes categorías:
a) Premio de investigación para investigadores hasta 35 años de edad inclusive.
b) Premio de investigación para investigadores a partir de 36 años de edad.

Artículo 2. Dotación de los premios.

La resolución de convocatoria fijará la cuantía anual de cada uno de estos premios en función de las disponibilidades presupuestarias, sin que en ningún caso la dotación mínima de cada uno de ellos sea inferior a 5.000 euros, cantidad sujeta a la correspondiente retención fiscal. Asimismo, y cuando lo prevea la convocatoria, podrán incluir la entrega de una placa conmemorativa.

En caso de que el trabajo premiado sea presentado por un colectivo de investigadores, la dotación económica del premio se distribuirá proporcionalmente a su participación entre todas las personas integrantes del grupo de trabajo.

Artículo 3. Requisitos de los candidatos.

1. Podrán ser candidatos los investigadores, personas físicas individuales, o de forma colectiva, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Realizar su labor investigadora en La Rioja.
b) Presentar un trabajo de investigación relacionado con La Rioja.
c) Haber nacido en La Rioja o tener residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2. En el caso de que la candidatura se efectúe de forma colectiva, se acreditará expresamente la persona física responsable de la dirección del equipo, que será quien figure como solicitante en el modelo normalizado de solicitud, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, siendo su edad la que se tendrá en cuenta a los efectos de encuadrar el trabajo en una u otra categoría. Igualmente se acreditará el porcentaje de participación de cada integrante, en orden a establecer el oportuno reparto del premio.

3. No podrán acceder a estos premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 4. Requisitos de los trabajos de investigación.

1. Los trabajos deberán ser originales, no premiados con anterioridad, ni haber sido presentados o presentarse a ninguna otra convocatoria de similares características mientras no se resuelva el procedimiento correspondiente al presente premio.

2. El trabajo podrá versar sobre cualquier área del conocimiento (ciencias naturales, sociales, económicas, jurídicas, filología, patrimonio histórico, cultura popular, etc) y la investigación podrá ser realizada desde cualquier perspectiva.

3. Cada solicitante podrá presentar un único trabajo, al que deberá acompañar una memoria en la que exprese de forma sucinta (máximo 500 palabras) su valoración acerca de la contribución de su obra al progreso del conocimiento, así como del interés, relevancia y creatividad de la misma.

Artículo 5. Presentación de solicitudes y trabajos de investigación.

1. El procedimiento se inicia con la publicación de la resolución de convocatoria. La solicitud deberá ajustarse al modelo normalizado que figura como Anexo I a esta Orden, que estará disponible en la citada sede electrónica y presentarse en el plazo fijado en dicha resolución, que en todo caso no podrá exceder de tres meses computados desde el día siguiente al de su publicación.

2. Las solicitudes podrán ser presentadas en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, en el registro auxiliar del Instituto de Estudios Riojanos o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org).

Las entidades sin personalidad jurídica y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, están obligados a presentar la solicitud en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org).

El Registro Telemático emitirá un mensaje de confirmación de la recepción en el que constarán los datos que identifiquen al interesado, junto con la fecha y hora en que se produjo la recepción, el número de registro y un extracto del contenido. La falta de recepción del mensaje de confirmación, o en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que la recepción no ha tenido lugar y que deberá ser intentada en otro momento o realizarla utilizando otros medios.

3. Las solicitudes deberán ir acompañadas del trabajo de investigación, de no hacerlo así serán inadmitidas.

Artículo 6. Documentación complementaria a la solicitud.

1. Se deberán adjuntar con la solicitud los siguientes documentos:
a) Memoria a la que se refiere el artículo 4 apartado 3 de esta Orden.
b) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (Anexo II).
c) Declaración responsable de no tener deudas pendientes por reintegro de subvenciones en periodo ejecutivo (Anexo II).
d) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II).
e) Declaración responsable del beneficiario de que asume todas las obligaciones establecidas en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, así como en la Orden por la que se regulan las bases de este premio (Anexo II).
f) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser candidato al premio (Anexo III).
g) Declaración responsable de que el trabajo es original y no ha sido premiado con anterioridad, ni se ha presentado o se presentará a ninguna otra convocatoria de similares características mientras no se resuelva el procedimiento correspondiente al presente premio (Anexo III).
h) Breve currículum vitae (máximo 2 páginas). En caso de que fueran varios investigadores los autores del trabajo se incluirá el currículum de todos ellos (Anexo IV).
i) En los casos de equipos de investigadores, deberá aportarse también un documento firmado por todos ellos, en el que se haga constar expresamente la persona física responsable de la dirección del equipo, así como el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros (Anexo V).

2. Si la documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Artículo 7. Notificaciones.

Todas las notificaciones del procedimiento se harán de forma telemática por lo que el interesado deberá darse de alta en la dirección web (www.larioja.org/notificaciones), o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para lo cual debe indicar qué dirección de correo electrónico pretende que se le asocie a la Dirección Electrónica Habilitada (DEH). No obstante, los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las mismas dejen de practicarse por este medio.

Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido, entendiéndose rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

Artículo 8. Jurado.

1. El examen de los trabajos presentados y la propuesta de adjudicación del premio corresponderá a un jurado especial que tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: el Presidente del Instituto de Estudios Riojanos o persona en quien delegue, cuyo voto será dirimente en caso de empate en la votación.
b) Vocales con voz y voto:
- El Director General competente en materia de cultura.
- La Directora Académica del Instituto de Estudios Riojanos.
- Los Directores de Área del Instituto de Estudios Riojanos.
- Un profesor permanente de Universidad, o investigador de un Centro de Investigación, de materia afín a las de las áreas en las que se encuadren los trabajos, nombrado por el Instituto de Estudios Riojanos.
- El Rector de la Universidad de La Rioja o persona en quien delegue.

- El Rector de la UNED o persona en quien delegue.
- Un representante de los investigadores agregados del Instituto de Estudios Riojanos.
- Actuando como Secretario uno de los Directores de Área del Instituto.
c) Asesores, con voz pero sin voto: el Jurado podrá recabar el asesoramiento de expertos en aquellas materias específicas que considere necesario.

2. La decisión del Jurado tendrá lugar en el plazo de dos meses contados desde el último día del plazo de presentación, pudiendo proponer dejar desierto el premio, cuando considere que ninguno de los trabajos presentados reúne la calidad requerida.

3. El funcionamiento del jurado se regirá por las normas contenidas en la sección 3ª, del Capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4. Los asistentes a las reuniones del Jurado tendrán derecho a las indemnizaciones por razón del servicio, asistencias, o indemnizaciones por desplazamientos y dietas que pudieran corresponderles conforme a la normativa vigente, estando clasificados a estos efectos en el grupo 21-Anexo I- del Decreto 42/2000, de 28 de julio, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 9. Criterios de evaluación.

En el proceso de evaluación, el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: interés y relevancia del estudio en particular para la Comunidad Autónoma de La Rioja; calidad científica del trabajo y su adecuación al Plan Riojano de Investigación, Desarrollo e Innovación vigente en el momento de la convocatoria; rigor metodológico, empleo de fuentes documentales y elaboración de conclusiones.

El Jurado, dentro de su discrecionalidad técnica, realizará una ponderación motivada de estos criterios, atendiendo al mismo peso relativo de los mismos, para efectuar la valoración de las solicitudes al formular su propuesta.

Artículo 10. Resolución.

1. La resolución del procedimiento de concesión del premio corresponde, de acuerdo con la propuesta emitida por el Jurado, a la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos y se publicará en la dirección web del Instituto, así como en el Boletín Oficial de La Rioja, surtiendo esta los efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Si transcurridos seis meses desde la publicación de la convocatoria no se hubiera dictado y notificado la correspondiente resolución de adjudicación, los candidatos podrán entender desestimada su candidatura, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la precitada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3. Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, en los términos de los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Igualmente, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el plazo de dos meses desde el día siguiente a dicha publicación, en los términos del artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

Artículo 11. Trabajos no premiados.

Los trabajos que no resulten premiados podrán ser retirados por sus autores dentro del mes siguiente al de la publicación de la resolución de concesión. Transcurrido este tiempo se procederá a su destrucción.

Artículo 12. Entrega del premio.

La entrega del premio se realizará en un acto público que se convocará a tal efecto por la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos.

Artículo 13. Publicación de los trabajos premiados.

1. La concesión del premio no supone que el Instituto de Estudios Riojanos deba publicar el trabajo de investigación correspondiente, sin perjuicio de que el Consejo Académico pueda estudiar, dentro del plazo de un año, si la publicación procede o no. Los derechos de autor se entenderán incluidos en la dotación económica del premio. Transcurrido dicho plazo, su autor dispondrá libremente de la obra, si bien en caso de que sea editado deberá remitir un ejemplar a este Instituto y hacer constar en la edición el premio concedido.

2. En el caso de que no se publique el trabajo, este quedará en depósito en los fondos de la Biblioteca del Instituto de Estudios Riojanos, siendo necesario para su consulta por los investigadores el permiso del autor hasta transcurridos los cinco primeros años.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Se derogan las siguientes disposiciones normativas:
- Orden 19/2013, de 10 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de una ayuda para el estudio de temas alfareños.
- Orden 20/2013, de 10 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de una ayuda para el estudio de temas arnedanos.
- Orden 21/2013, de 10 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de una ayuda para el estudio del yacimiento de Contrebia Leucade.
- Orden 1/2016, de 11 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de la ayuda 'Rafael Azcona' para estudios relacionados con el cine y la fotografía en La Rioja.
Disposición final primera. Normativa de aplicación.
En lo no dispuesto en la presente Orden se estará a lo que se prevea en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del Régimen Jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en el resto de la normativa aplicable concordante, tanto estatal como autonómica sobre esta materia.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.


Fuente y Anexos: www.larioja.org/educacion/es/noticias-generales/premios-investigacion-instituto-estudios-riojanos

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PREMIOS DE INVESTIGACIÓN "INSTITUTO DE ESTUDIOS RIOJANOS" 2019 (España)

01:10:2019

Género: Investigación

Premio:   6.500 €

Abierto a: investigadores que Realizan su labor investigadora en La Rioja, o que hayan Presentado un trabajo de investigación relacionado con La Rioja, o que hayan nacido en La Rioja o tengan residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Entidad convocante: Instituto de Estudios Riojanos

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   01:10:2019

 

BASES

 

RESOLUCIÓN Nº 19/2019, DE 28 DE AGOSTO DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS RIOJANOS, PARA LA CONVOCATORIA Y APROBACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DE INVESTIGACIÓN “INSTITUTO DE ESTUDIOS RIOJANOS”

VISTOS

1.- La Orden 34/2018, de 18 de junio, por la que se aprueban las bases reguladora de la edición de los premios de investigación "Instituto de Estudios Riojanos"

2.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3.- El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4.- La Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja

5.- El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

6.- El Decreto 56/2006 por el que se aprueban los Estatutos que regulan el Organismo Autónomo "Instituto de Estudios Riojanos"

7.- La Resolución nº 59, de fecha 27 de julio de 2015 de la Presidenta del Instituto de Estudios Riojanos de delegación de competencias en la Gerente del IER

8.- Ley 1/2018, de 30 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2018 y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de La Rioja de 27 de diciembre de 2018, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales del Comunidad Autónoma de La Rioja de 2018 durante el ejercicio 2019 y cuantas disposiciones vigentes de desarrollo en la materia sean de aplicación

9.- La existencia de crédito en la partida presupuestaria 1701.4611.480.01 correspondiente al ejercicio presupuestario del presente año.

10.- El Informe-Propuesta de la Gerente del Instituto de Estudios Riojanos de fecha 7 de agosto de 2019. 11.- El Informe favorable de fiscalización previa de Intervención Delegada de 28 de agosto de 2019.
La Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos en uso de sus atribuciones legalmente conferidas

RESUELVE

Primero.- Convocar el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de los premios de investigación “Instituto de Estudios Riojanos”:

Premio de investigación para investigadores hasta 35 años de edad inclusive
Premio de investigación para investigadores a partir de 36 años de edad

En los términos y condiciones establecidos en las bases reguladoras de la Orden 34/2018, de 18 de junio, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación (BOR n.º 74 de 25 de junio), de acuerdo con los siguientes apartados:

1. Dotación del premio

6.500 euros cada uno

2. Candidatos: requisitos

1. Podrán ser candidatos los investigadores, personas físicas individuales, o de forma colectiva, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

a) Realizar su labor investigadora en La Rioja
b) Presentar un trabajo de investigación relacionado con La Rioja
c) Haber nacido en La Rioja o tener residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja

2. En el caso de que la candidatura se efectúe de forma colectiva, se acreditará expresamente la persona física responsable de la dirección del equipo, que será quien figure como solicitante en el modelo normalizado de solicitud, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, siendo su edad la que se tendrá en cuenta a los efectos de encuadrar el trabajo en una u otra categoría. Igualmente se acreditará el porcentaje de participación de  cada  integrante, en orden a establecer el oportuno reparto del premio.

3. No podrán acceder a estos premios  las  personas  en  quienes  concurra  alguna  de  las circunstancias previstas en el artículo 13.2 del Decreto 14/2006, de  16  de  febrero,  regulador  del  régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

3. Trabajos de investigación: requisitos

1. Los trabajos deberán ser originales, no premiados con anterioridad, ni haber sido presentados o presentarse a ninguna otra convocatoria de similares características mientras no se resuelva el procedimiento correspondiente al presente premio.

2. El trabajo podrá versar sobre cualquier área del conocimiento (ciencias naturales, sociales, económicas, jurídicas, filología, patrimonio histórico, cultura popular etc.) y la investigación podrá ser realizada desde cualquier perspectiva.

3. Cada solicitante podrá presentar un único trabajo, al que deberá acompañar una memoria en la que exprese de forma sucinta (máx.500 palabras) su valoración acerca de la contribución de su obra al progreso del conocimiento, así como del interés, relevancia y creatividad de la misma.

4. Presentación de solicitudes y trabajos de investigación

1. La solicitud deberá ajustarse al modelo normalizado que figura como anexo a esta resolución, que estará disponible en la citada sede electrónica. El plazo de presentación finaliza el 1 de octubre (inclusive).

2. Las solicitudes podrán ser presentadas en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, en el registro auxiliar del Instituto de Estudios Riojanos o en cualquiera de las  formas establecidas en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el  Registro en el ámbito de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja, www.larioja.org.

Las entidades sin personalidad jurídica y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, están obligados a presentar la solicitud en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, www.larioja.org.

El Registro Telemático emitirá un mensaje de confirmación de la recepción en el que constarán los datos que identifiquen al interesado, junto con la fecha y hora en que se produjo la recepción, el número de registro y un extracto del contenido. La falta de recepción del mensaje de confirmación, o en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que la recepción no ha tenido lugar   y que deberá ser intentada en otro momento o realizarla utilizando otros medios.

3. Las solicitudes deberán ir acompañadas del trabajo de investigación, de no hacerlo así serán inadmitidas.

5. Documentación complementaria a la solicitud

1. Se deberán adjuntar con la solicitud los siguientes documentos:

a) Memoria a la que se refiere el artículo 4 apartado 3 de la Orden 34/2018, de 18 de junio,
b) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (Anexo I)
c) Declaración responsable de no tener deudas pendientes por reintegro  de  subvenciones  en  periodo ejecutivo (Anexo I)
d) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo I)
e) Declaración responsable del beneficiario de que asume todas las obligaciones establecidas en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, así como en la Orden por la que se regulan las bases de este premio (Anexo I)
f) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser candidato al premio (Anexo II)
g) Declaración responsable de que el trabajo es original y no ha sido premiado con anterioridad, ni se ha presentado o se presentará a ninguna otra convocatoria de similares características mientras no se resuelva el procedimiento correspondiente al presente premio (Anexo II)
h) Breve currículum vitae (máximo 2 páginas). En caso de que fueran varios investigadores los autores del trabajo se incluirá el currículum de todos ellos (Anexo III).
i) En los casos de equipos de investigadores, deberá aportarse también un documento firmado por todos ellos, en el que se haga constar expresamente la persona física responsable de la  dirección del equipo, así como el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros (Anexo IV).

2. Si la documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.

6. Notificaciones

Todas las notificaciones del procedimiento se harán de forma telemática por lo que el interesado deberá darse de alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones, o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para lo cual debe indicar qué dirección de correo electrónico pretende que se le asocie a la Dirección Electrónica Habilitada (DEH). No obstante, los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las mismas dejen de practicarse por estos medios.

Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido, entendiéndose rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

7. Criterios de evaluación

En el proceso de evaluación, el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: interés y relevancia del estudio en particular para la Comunidad Autónoma de La Rioja; calidad científica del trabajo y su adecuación al Plan Riojano de Investigación, Desarrollo e Innovación vigente en el momento de la convocatoria; rigor metodológico, empleo de fuentes documentales y elaboración de conclusiones.

El Jurado, dentro de su discrecionalidad técnica, realizará una ponderación motivada de estos criterios, atendiendo al mismo peso relativo de los mismos, para efectuar la valoración de las solicitudes al formular su propuesta.

8. Resolución.

1.- La resolución del procedimiento de concesión del premio corresponde, de acuerdo con la propuesta emitida por el Jurado, a  la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos y se publicará en la dirección  web del Instituto, así como en el BOR, surtiendo esta los efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

2. Si transcurridos seis meses desde la publicación de la presente convocatoria no se hubiera dictado y notificado la correspondiente resolución de adjudicación, los candidatos podrán entender desestimada su candidatura, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la precitada Ley 39/2015.

Segundo.- Aprobar el gasto para la presente convocatoria por importe total de doce mil euros (13.000 euros) que se imputarán a   a la aplicación presupuestaria 2019.1701.4611.480.01.

Tercero.- Autorizar la expedición de la documentación contable necesaria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio


Fuente: www.infosubvenciones.es

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PREMIOS DE LA ASOCIACIÓN DE CORRESPONSALES DE LAS NACIONES UNIDAS - UNCA - 2018 (EE.UU.)

15:09:2018

Género:  Periodismo

Premio:     Reconocimiento público y más de 60.000 dólares en premios totales

Abierto a: periodistas de cualquier país del mundo

Entidad convocante: UNCA

País de la entidad convocante: EE.UU.

Fecha de cierre:   15:09:2018

 

BASES

 

INFORMACIÓN GENERAL
Organización que lo promueve: La Asociación de Corresponsales de las Naciones Unidas (UNCA en inglés)

Tipo de cooperante: Organismo multilateral

Área temática: Premiar a  la mejor cobertura impresa, televisiva y en línea, y en línea, de los medios de las Naciones Unidas, las agencias de los Estados Unidos y las operaciones sobre el terreno.

Requisito académico: No indicado

Requisito de idioma: Las inscripciones pueden enviarse en cualquiera de los idiomas oficiales de EE. UU. (Inglés, francés, árabe, chino, español y ruso); sin embargo, se requiere una transcripción escrita en inglés o francés para facilitar el proceso de evaluación.

Grupo meta: Periodistas de cualquier país del mundo

Beneficio/Premio: Reconocimiento público y más de 60,000 dólares en premios distribuidos entre los ganadores.

Fecha límite de solicitud: 15 de septiembre de 2018

La Asociación de Corresponsales de las Naciones Unidas (UNCA en inglés) invita a los medios de todo el mundo a presentar sus 23 premios anuales UNCA para la mejor cobertura impresa, televisiva y en línea, y en línea, de los medios de las Naciones Unidas, las agencias de los Estados Unidos y las operaciones sobre el terreno.

2018 marca el 70 ° aniversario de la UNCA celebrando siete décadas de periodismo comprometido a informar sobre la ONU y sus muchas causas y objetivos.

Los premios de la UNCA están abiertos a todos los periodistas en cualquier parte del mundo.

Los premios son:

1. El Premio Elizabeth Neuffer Memorial, patrocinado por la Fundación Alexander Bodini, para los medios escritos (incluidos los medios en línea). El premio es para la cobertura impresa y en línea de las agencias de Estados Unidos y Estados Unidos, nombrado en honor a Elizabeth Neuffer, jefa de la oficina del Boston Globe en la U.N., que murió mientras cumplía una misión en Bagdad en 2003.

2. El Premio Conmemorativo Ricardo Ortega, para medios de difusión (TV y Radio). El premio es para la cobertura televisiva de las agencias de noticias de Estados Unidos y Estados Unidos, nombrado en honor a Ricardo Ortega, ex corresponsal en Nueva York de Antena 3 TV de España, que murió mientras cumplía una misión en Haití en 2004.

3. El Príncipe Alberto II de Mónaco y el Premio Global de la UNCA para la cobertura del cambio climático. El premio es para impresión (incluidos medios en línea) y medios de difusión (TV y Radio) para cobertura de gestión sostenible y equitativa de recursos naturales y la implementación de soluciones innovadoras y éticas en tres categorías principales: cambio climático, biodiversidad y agua.

Las inscripciones se envían en línea completando el Formulario de inscripción de premios de UNCA en http://unca.com/unca-awards-call-for-submissions-form/
En la primera página, complete su información personal y cargue su foto. La siguiente página es donde presentará su trabajo electrónicamente incluyendo enlaces web y / o cargando archivos directamente en el Formulario de inscripción.

Para preguntas relacionadas con los premios y las inscripciones de la UNCA, póngase en contacto con:
La Oficina de UNCA, 1-212-963-7137.
O envíe un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Fecha de cierre: 15 de septiembre de 2018


Fuente: unca.com/unca-awards-call-for-submissions

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


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PREMIOS DE LA ACADEMIA A LAS MEJORES TESIS DE DOCTORADO EN CIENCIAS SOCIALES y HUMANIDADES 2017 (México)

25:09:2017

Género:  Tesis doctoral

Premio:    $ 25.000 y diploma

Abierto a:   persona que no haya cumplido en el caso de los hombres 38 años y para las mujeres 40 años al 19 de septiembre de 2017

Entidad convocante: Academia Mexicana de Ciencias

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:  25:09:2017

 

BASES

 
La Academia Mexicana de Ciencias abre a concurso los Premios de la Academia a las mejores tesis de doctorado en Ciencias Sociales y Humanidades 2017, con el apoyo de la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad Autónoma Metropolitana, El Colegio de México, la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, el Centro de Investigación y Docencia Económicas, el Instituto de Investigaciones “Dr. José María Luis Mora”, el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del IPN y el Instituto Nacional de Antropología e Historia. Habrá un máximo de dos premios en Ciencias Sociales y dos en Humanidades. Cada premio consiste en diploma y veinticinco mil pesos.

Se invita a los interesados a presentar sus candidaturas de acuerdo con las siguientes

BASES

1. Podrá concursar cualquier persona que no haya cumplido en el caso de los hombres 38 años y para las mujeres 40 años al 19 de septiembre de 2017.

2. Los trabajos de tesis que concursen deben haberse realizado en México. El examen doctoral correspondiente debe haberse presentado entre el 29 de agosto de 2015 y el 11 de septiembre de 2017 en una institución mexicana acreditada.

3. Los candidatos deberán registrarse en la página electrónica www.amc.mx llenar el formato, imprimirlo y anexarlo al expediente.

3.1 Una vez registrado el candidato, deber enviar a la Academia  en un CD o USB una copia en versión electrónica formato PDF (no se aceptan documentos por correo electrónico), de la siguiente documentación:

3.2 Formato del registro debidamente llenado

3.1 Tesis doctoral

3.2 Currículum vitae

3.3 Los documentos legales que acrediten el cumplimiento de las bases 1 (pasaporte o credencial del INE) y 2 (acta de examen doctoral o título) de esta convocatoria

3.4 Una carta en la que explique brevemente en qué consiste la aportación del trabajo de tesis y por qué se incluye en el área elegida con el visto bueno (VoBo) de su tutor

4. Deberá anexar también impresa la carta con el VoBo del tutor mencionada en el punto 3.4.
www.escritores.org
5. El Jurado estará integrado por los miembros de la Comisión de Premios de la AMC de las áreas respectivas.

6. En la selección de las tesis premiadas se tomarán en cuenta, entre otros criterios, la originalidad, el rigor y la importancia en el conocimiento científico social. El dictamen del Jurado será inapelable.

7. El resultado del certamen se publicará en la página de la AMC y los premios se entregarán en sesión solemne.

Las candidaturas se pueden entregar personalmente o enviarse por servicio de mensajería a las oficinas de la Academia, km 23.5 Carretera Federal México-Cuernavaca, Calle Cipreses S/N, San Andrés Totoltepec, Tlalpan, C. P. 14400 Ciudad de México, México, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas a más tardar el lunes 25 de septiembre de 2017.

Mayores informes: Martha Villanueva
Tel. 58495109; 58 49 51 80, Fax. 58 49 51 12
e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Fuente: amc.edu.mx

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PREMIOS DE LA CASA - CIEN AÑOS DE AMANDA BERENGUER (Uurguay)


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PREMIOS DE LA CASA - CIEN AÑOS DE AMANDA BERENGUER (Uurguay)

31:01:2021

Género:  Poesía, cuento, novela

Premio:   Publicación y 30 ejemplares

Abierto a:  entre 18 y 30 años, uruguayos residentes en Uruguay o en el exterior y extranjeros residentes en el país

Entidad convocante:  Casa de los Escritores del Uruguay

País de la entidad convocante:  Uruguay

Fecha de cierre:  31:01:2021

 

BASES

 

Convocatoria
Premios de la cAsa
Cien años de Amanda Berenguer

 

Condiciones generales

1) Podrán participar personas de entre 18 y 30 años, uruguayos residentes tanto en Uruguay como en el exterior y extranjeros residentes en el país.

2) Las obras se enviarán por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el asunto “Premios de la cAsa” y la categoría en que participa: poesía o narrativa.

3) El plazo establecido para recibir las obras es del 15 de noviembre de 2020 al 31 de enero de 2021.

4) Se debe enviar un archivo PDF en formato de papel A4, fuente de letra Arial 12 puntos y con interlineado de 1,5. En la portada de cada ejemplar se debe indicar nombre de la obra, seudónimo y categoría en la que participa.

5) Se utilizará el sistema de plicas para preservar la identidad de los autores: En el mismo correo se debe enviar un segundo archivo en formato PDF con los siguientes datos del autor: nombre, título de la obra, seudónimo, cédula de identidad, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono y correo electrónico.

6) Están impedidos de participar integrantes y familiares directos de miembros de la comisión directiva así como aquellos que obtuvieron premio o mención en el anterior concurso.

 

De las obras

Categoría Poesía

7) Las obras serán inéditas, escritas en español e irán firmadas con seudónimo.

8) Cada participante podrá concursar con una sola obra.

9) El tema es libre.

10) Podrán participar obras en verso -métrica libre y opcional- o prosa poética.

11) La extensión para obras en verso será de 150 versos como mínimo y 350 como máximo. En el caso de prosa poética la extensión será de hasta 15.000 caracteres con espacios incluidos.

 

Categoría narrativa

12) Las obras serán inéditas, escritas en español e irán firmadas con seudónimo.

13) Cada participante podrá concursar con una sola obra.

14) Podrán participar cuentos o nouvelles.

15) La extensión será de hasta 30.000 caracteres con espacios incluidos

 

De los premios

16) Se otorgará un premio en cada categoría, que consistirá en la edición de la obra en un volumen colectivo. El jurado tendrá la potestad de otorgar hasta tres menciones sin por ello comprometer su publicación.

17) A los ganadores se les entregarán 30 ejemplares de la publicación, correspondientes al 10% del tiraje total.

 

Del Jurado

18) Los jurados estarán conformados por tres integrantes en cada categoría:
Poesía: Roberto Appratto, Andrea Blanqué y Sabela de Tezanos.
Narrativa: Hortensia Campanella, Gustavo Espinosa y Cecilia Ríos.

19) Dicho jurado tendrá hasta 60 días para expedir su fallo a partir del cierre de la convocatoria.

20) El fallo se resolverá por mayoría simple y tendrá carácter inapelable.

21) El Jurado podrá declarar desierto el premio.

 

Otras consideraciones

22) Los ganadores se comprometen a participar por el período de un año, a partir del conocimiento de los fallos, en diferentes actividades propuestas por la Institución con el fin de promover y difundir el Premio y la publicación: presentaciones individuales o colectivas, ferias y otros eventos culturales.

23) La primera edición de las obras pertenecerá a Casa de los Escritores del Uruguay y de realizarse posteriores ediciones por parte del autor deberá mencionarse el premio obtenido en el presente concurso.

24) Se recibirán consultas al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

25) La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases.

 

Fuente

 


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