Concursos Literarios

 

 

 

XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES" 2022 (España)


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XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES" 2022 (España)

08:06:2022

Género:   Relato

Premio:   1.000 € y publicación

Abierto a:  personas de nacionalidad española, residentes en España o en el extranjero, o personas de cualquier otra nacionalidad que tengan fijada su residencia legal en España

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  08:06:2022

 

BASES

 

El plazo de participación es del 11 de abril hasta el 8 de junio ambos inclusive.
www.escritores.org

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DEL XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES". AÑO 2022.

PRIMERA.- OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tienen por objeto regular los Premios del XXII CERTAMEN DE DECLARACIONES DE AMOR "DIME QUE ME QUIERES" 2022 del Área de Cultura, para el ejercicio de 2022, en régimen de concurrencia competitiva.

La finalidad del certamen es fomentar la lectura y escritura, el libro y las bibliotecas.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa con entrada en vigor el 1 de enero de 2016.

SEGUNDA.-BENEFICIARIOS Y CAUSAS DE EXCLUSIÓN

Con el objetivo de fomentar la producción literaria malagueña se establecen dos modalidades de participación:

Local: personas residentes en Málaga y provincia y las personas nacidas en Málaga, cualquiera que sea su lugar de residencia.

Nacional: personas de nacionalidad española, residentes en España o en el extranjero, así como personas de cualquier otra nacionalidad, siempre que tengan fijada su residencia legal en España.

Requisitos para participar y causas de exclusión:

1- El interesado podrá participar por una única modalidad y con un único relato participante, siendo excluyente la participación en una modalidad respecto a la otra.
2- Las personas participantes han de ser mayores de 18 años y no haber sido premiadas con el Primer Premio en ediciones anteriores.
3- No podrán obtener la condición de beneficiarios de los premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4- Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
5- Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6- Quedan excluidos los participantes que aporten las declaraciones mediante un seudónimo que contenga elementos identificativos de su nombre y que permita identificar a su autor.
7- Se excluirán aquellos relatos que hayan sido premiados o estén pendientes de obtener un fallo.
8- Se excluirán aquellas solicitudes de participación así como relatos participantes que se hayan presentado en forma extemporánea, esto es fuera de plazo.
9- La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como, la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión automática del premio.

TERCERA.- REQUISITOS DE LAS DECLARACIONES, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

1. Los relatos deberán ser inéditos y redactados en español.

No haber sido premiados, ni hallarse pendientes de fallo en cualquier otro concurso.

Deberán tener una extensión mínima de cinco páginas y máxima de diez (a estos efectos no computará la hoja que, en su caso, constituya la portada). El relato se presentará en formato DIN A-4, con interlineado de 1,5, preferentemente en letra Times New Roman, tamaño 12 y por una sola cara.

2. Las Declaraciones de Amor se presentarán preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga conforme al trámite específicamente creado y publicado al efecto: sede.malaga.eu/es/tramitacion/detalle-del-tramite/index.html?id=424

La presentación consistirá:

Vía Telemática: se accederá a través del siguiente enlace: sede.malaga.eu/es/tramitacion/detalle-del-tramite/index.html?id=424

Deberá cumplimentarse adecuadamente la solicitud al efecto, entre cuyos datos se incluyen título de la obra y seudónimo.

A este respecto, el participante elegirá un seudónimo que preserve en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juego de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos al nombre y apellidos.

A continuación, deberá incorporarse el relato participante, mediante archivo adjunto, el cual deberá nombrarse con el TÍTULO DE LA OBRA y SEUDÓNIMO (los mismos que los indicados en la solicitud), debiendo cumplir el archivo los requisitos de formato –pdf- y tamaño indicados al acceder al trámite.

El mencionado archivo no deberá contener ningún dato personal o identificativo del autor/a, quedando, en caso contrario, excluida su participación.

Otras vías de presentación:

Asimismo, podrán presentarse, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, conforme al cual:

"Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes".

En caso de presentación presencial, la solicitud de participación (disponible en el enlace arriba indicado) debidamente cumplimentada, junto con el relato, deberá dirigirse a la Sección de Bibliotecas; Edf. Del Archivo Municipal; Alameda Principal 23; 29001, Málaga, en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: "DIME QUE ME QUIERES"; Certamen de declaraciones de amor, especificando la modalidad a la que se presenta (local o nacional).

El sobre cerrado deberá contener:

- Por una parte, la solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada, entre cuyos datos se incluyen título de la obra y seudónimo.
- Y, por otra, el relato participante encabezado con el título de la obra y seudónimo, debidamente paginado, sin grapar, sin coser, ni encuadernar, en perfectas condiciones de legibilidad y sin la firma del autor/a o dato que revele la identidad de éste.

A este respecto, el participante elegirá un seudónimo que preserve en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juego de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos al nombre y apellidos.

3. El plazo de presentación de la solicitud de participación junto con el relato participante será de cuarenta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

Una vez recibidas las solicitudes de participación junto con los relatos participantes, se publicará un anuncio, tanto en la sede electrónica como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Málaga, el cual contendrá las solicitudes admitidas, las solicitudes susceptibles de ser subsanadas por los interesados y aquellas solicitudes excluidas por no ser subsanable el error en que incurren.

A estos efectos, se considerarán causas de exclusión las contenidas en el punto 2 de las presente convocatoria.

Por otra parte, serán considerados como defectos subsanables aquellos que hagan referencia a algún tipo de error u omisión en la cumplimentación de los datos requeridos en la solicitud, así como, la ausencia de firma en dicha solicitud o, en su caso, no estar debidamente acreditada la representación.

En aquellos casos en que el defecto sea subsanable, el interesado dispondrá de un plazo improrrogable de 10 días hábiles para subsanar a partir de la publicación del anuncio.

Una vez transcurrido dicho plazo, se publicará un nuevo anuncio con el listado definitivo de participantes y de excluidos.

CUARTA.- PREMIOS Y CUANTÍA

Se otorgarán los siguientes premios:

UN PRIMER PREMIO a la obra ganadora en la modalidad nacional: 1.000 euros. UN PRIMER PREMIO a la obra ganadora en la modalidad local: 1.000 euros.

Los premios estarán sujetos a las retenciones legales vigentes (IRPF).

Se publicarán los 5 primeros trabajos seleccionados de cada modalidad. Se otorgará trofeo conmemorativo.

QUINTA.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

El importe de los créditos presupuestarios que han de financiar la presente convocatoria, asciende a la cuantía total máxima de dos mil euros (2.000,00 €), con cargo a la partida 01.3321.48100 P.A.M. 4035 del Presupuesto para el ejercicio 2022 del Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga.

De conformidad con lo regulado en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, la concesión de este premio queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión de los premios.

SEXTA.- JURADO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN

El jurado estará formado por un presidente/a que dispondrá, en caso de empate, de voto de calidad y 3 vocales provenientes de los distintos sectores que componen el mundo de las letras. Las funciones de Secretaría recaerán en un funcionario, técnico de administración general, adscrito al Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga.

La determinación de los miembros del jurado se dicta mediante Resolución de la Teniente de Alcalde delegada del Área de Cultura, conforme a las indicaciones realizadas por el Interventor General. Esta resolución será publicada en el Tablón de Edictos Municipal y en la Sede Electrónica Municipal.

Una vez recepcionadas las solicitudes de participación, tanto las presentadas telemáticamente como las presentadas por la vía del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se remitirán al jurado, por parte de su secretario, únicamente las obras cuyas solicitudes se hayan admitido por cumplir los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no hayan incurrido en ningún supuesto de exclusión, respetando en todo momento el anonimato de los autores.

En la evaluación de las obras presentadas por los solicitantes, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: originalidad, belleza literaria y buen uso y corrección del idioma.

Las deliberaciones del Jurado son secretas y su fallo será inapelable. El Jurado elegirá una sola obra ganadora y cuatro finalistas por cada modalidad.

A continuación se procederá a comprobar, de forma inmediata, que los premiados reúnen los requisitos legales para la concesión del premio. Para ello, la solicitud de participación conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (tanto en el ámbito estatal como local) y con la Seguridad Social. Cuando el participante hubiera denegado expresamente el consentimiento en la solicitud de participación deberá aportar las certificaciones antes referidas.

Constatado el cumplimiento de los requisitos, el Ayuntamiento de Málaga comunicará personalmente a las personas premiadas y finalistas el fallo del jurado a través del medio de notificación elegido en su solicitud de participación. Así mismo, se publicará un Anuncio con los ganadores y finalistas en la página Web del Ayuntamiento de Málaga y a través de los diferentes medios de comunicación (tablón de edictos y sede electrónica), conforme a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Los miembros del Jurado o las personas ganadoras del Premio y finalistas no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral antes del momento en que el Ayuntamiento de Málaga lo haga público.

Los premios podrán quedar desiertos a juicio del Jurado.

Los ganadores del primer premio de cada modalidad deberán entregar un documento de "Aportación de datos bancarios", (el cual se facilitará, en su momento, por el órgano gestor), en el que conste el dato de titularidad de la cuenta bancaria de la persona premiada. Este documento deberá ser debidamente cumplimentado y firmado así como validado por la entidad bancaria.

Si el autor premiado no es español y /o no es residente fiscal en España, tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.

La no aportación de esta documentación fiscal requerida al efecto, así como, la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión automática del mismo.

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Cultura, y la de resolución o concesión del premio corresponde a la Teniente de Alcalde delegada del Área de Cultura.

El fallo del jurado no creará derecho a favor del premiado propuesto, hasta que el premio sea decretado por Resolución de la Teniente de Alcalde delegada del Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga.

Contra la resolución de la Tte. Alcalde del Área de Cultura se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley del procedimiento administrativo común 39/2015, o bien recurso contencioso administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativo.

SÉPTIMA.- ENTREGA DE PREMIOS

La entrega de premios a los MEJORES RELATOS DE AMOR tendrá lugar, junto con la presentación de la publicación que recoge las obras de los ganadores y finalistas de este Certamen, en acto oficial.

El día y la hora se darán a conocer con suficiente antelación. Todo ello se realizará siempre y cuando no se den circunstancias que lo impidan provocadas por la pandemia del COVID-19.

OCTAVA.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos facilitados pasarán a formar parte de la actividad de tratamiento de gestión de bibliotecas, responsabilidad del Área de Cultura, con la finalidad de gestionar y controlar los servicios bibliotecarios, donaciones y premios. Existirá, en todo momento, derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos facilitados.

La participación en este concurso supone la aceptación íntegra de las presentes Bases, de las que el Jurado tendrá la capacidad de interpretación a cuantos efectos proceda.

Las obras ganadoras y finalistas quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Málaga, pudiendo disponer de la misma para uso y reproducciones de cualquier tipo que precisen, sin limitación alguna y sin que el autor pueda efectuar ningún tipo de reclamación.

La participación en el certamen supone la autorización expresa al Ayuntamiento de Málaga para dar publicidad al premio en los diferentes medios de comunicación, pudiendo aparecer los nombres e imagen tanto de los aspirantes como de los premiados.

No se devolverán los trabajos presentados, procediéndose a la destrucción de los no premiados o finalistas.

NOVENA.- RÉGIMEN JURÍDICO

Esta convocatoria se regirá por las presentes Bases, por la Ley 38/ 2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para cada ejercicio (base de ejecución 34ª del presupuesto 2022); La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



 

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PREMIO FUTUROCK NOVELA 2022 (Argentina)


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PREMIO FUTUROCK NOVELA 2022 (Argentina)

30:05:2022

Género:  Novela

Premio:   $ 600.000 y edición

Abierto a:  residentes en Argentina o Uruguay

Entidad convocante:  Futurock Producciones

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  30:05:2022

 

BASES

 

BASES Y CONDICIONES

Futurock Producciones SRL, propietaria de Futurock FM (en adelante, los “organizadores”), abre la convocatoria para participar en el PREMIO FUTUROCK NOVELA 2022 (en adelante “el concurso”). La participación está sujeta a las siguientes bases, que se consideran conocidas y aceptadas por los participantes al momento de inscribir su novela en nuestra web (futurock.fm/premio-novela-2022).
www.escritores.org

1. Pueden participar escritores sin límite de edad (con permiso de un mayor de edad responsable en caso de quien participe sea menor de 18 años) de cualquier nacionalidad, residentes en Argentina o Uruguay, que presenten obras originales e inéditas, escritas en idioma español, que no hayan sido premiadas anteriormente, cuyo resultado no se encuentre pendiente de resolución en otros certámenes ni haya sido presentada a las ediciones anteriores de este certamen. No pueden participar personas que desempeñen cualquier tipo de función o tarea en Futurock, así como sus familiares directos en primer grado.

2. Los participantes declaran ser los autores de sus obras y poseer todas las facultades necesarias para disponer libremente de ellas.

3. La participación en este concurso es totalmente gratuita.

4. Los autores no pueden presentar más de una novela (aunque sea en coautoría).

5. La novela debe tener un mínimo de 250.000 caracteres (con espacios). O un equivalente de 150 páginas tipo A4 (21,00 cm x 29,7 cm) con letra Times News Roman o similar, tamaño 12, e interlineado doble. No hay máximo de caracteres.

6. Las obras se presentarán únicamente en formato digital, en un archivo PDF único subiéndose a la plataforma que se encuentra en la web futurock.fm/premio-novela-2022

7. Para garantizar transparencia e imparcialidad, las obras serán subidas con seudónimo, y el título del archivo digital deberá tener el siguiente formato de título: titulodelaobra_seudonimo.pdf (no se admitirán otros formatos). Los datos personales del autor o autora y las obras bajo seudónimo irán a bases de datos diferenciadas que solo se vincularán luego de que el jurado finalista determine cuál es la obra ganadora. El jurado no tendrá acceso a esa base de datos en ningún momento.

8. La plataforma para subir las obras estará disponible hasta el 30 de mayo de 2022. Ese es el período en que se podrá enviar las obras y participar del concurso, sin que exista ninguna posibilidad de participar del mismo por fuera de esas fechas. Salvo que los propios organizadores establezcan algún tipo de prórroga general.

9. Las obras serán leídas en primera instancia por un comité compuesto por personas del ámbito literario y editorial, que realizará una selección de 10 novelas finalistas sobre el total de las presentadas.

10. El jurado finalista estará compuesto por los reconocidos escritores argentinos: Martín Kohan, María Moreno y Luis Chitarroni. Sus fallos serán inapelables. Elegirán a una obra ganadora, así como menciones especiales a obras no ganadoras destacadas, en caso de que el jurado así lo determine. El listado de obras con mención especial será publicada, junto al nombre de su autor o autora.

11. Los organizadores darán a quien sea el autor o autora de la novela ganadora la cantidad de $600.000 (seiscientos mil pesos argentinos) que será considerado como anticipo de los derechos de autor que generará la posterior venta de la obra por el sello Ediciones Futurock. El pago está sujeto a la firma del contrato de edición por la novela ganadora.

12. El ganador o ganadora se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición a Futurock Producciones SRL, quien en el mismo acto se compromete a publicar la obra en el curso de los seis (6) meses desde la concesión del Premio.

13. La recepción del premio implica, sin necesidad de declaración alguna por parte del autor, el reconocimiento del derecho exclusivo a favor de los organizadores (Futurock Producciones SRL), para imprimir, distribuir, reproducir, comercializar, publicar, adaptar y difundir, sin limitación de territorio y cantidad, y por cualquier medio y formato, creado o a crearse, la obra premiada. Para efectivizar el pago, el ganador o ganadora deberá poder realizar una factura por ese monto a nombre de Futurock Producciones SRL.

14. Las quince obras finalistas se darán a conocer durante el mes de junio de 2022 a través de Futurock.fm y de las redes sociales de los organizadores (@futurockok y @futurocklibros en Twitter e Instagram). Se notificará a los finalistas de la decisión del jurado al correo electrónico que especificaron en el formulario de registro. Durante el mes de agosto, en un evento a realizarse en Buenos Aires o de manera virtual, según lo dicte la situación sanitaria, se dará a conocer la novela ganadora y las menciones especiales.

15. El material digital presentado será eliminado de forma permanente de los registros de los organizadores una vez finalizado el concurso.

16. Si la obra premiada incumpliera cualquiera de las condiciones estipuladas anteriormente, los organizadores podrán emprender los oportunos reclamos frente al autor por daños y perjuicios y quedarán eximidos de cualquier compromiso de pago.

17. Para cualquier diferencia que tuviera que dirimirse por vía judicial, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria, competente en razón de la materia, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, con renuncia expresa a cualquier fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.

18. Durante el período de noventa (90) días hábiles a contar desde el fallo del Premio, Ediciones Futurock tendrá un derecho de opción preferente para la suscripción de contratos de edición con las demás obras finalistas presentadas y no premiadas que considere de su interés.


 

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PREMIO DE TEATRO PARA AUTORES NOVELES "CALDERÓN DE LA BARCA" 2022 (España)


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PREMIO DE TEATRO PARA AUTORES NOVELES "CALDERÓN DE LA BARCA" 2022 (España)

29:04:2022

Género:  Teatro

Premio:  10.000 €

Abierto a:  autores noveles, españoles y nacionales de otros Estados de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo

Entidad convocante:  Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM)

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  29:04:2022

 

BASES

 Las obras podrán enviarse hasta el 29 de abril.
www.escritores.org

RESOLUCIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA, POR LA QUE SE CONVOCA PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO DE TEATRO PARA AUTORES NOVELES "CALDERÓN DE LA BARCA" CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022.

Por Orden CUL/330/2008, de 28 de enero, publicada en Boletín Oficial del Estado nº 39, de 14 de febrero, modificada por Orden ECD/1232/2012, de 30 de mayo, publicada en Boletín Oficial del Estado nº 138, de 9 de junio, se establecen las bases reguladoras para la concesión del Premio de Teatro para Autores Noveles "Calderón de la Barca". En su artículo 3 la citada Orden regula el procedimiento de concesión, que se inicia de oficio, mediante convocatoria pública adoptada por Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM).

En su virtud, y previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, esta Dirección General ha resuelto:

 

Primero. Objeto y finalidad.

La presente Resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria anual del Premio de Teatro para Autores Noveles "Calderón de la Barca", en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), y en desarrollo de las bases establecidas por la Orden CUL/330/2008, de 28 de enero, publicada en Boletín Oficial del Estado nº 39, de 14 de febrero, modificada por Orden ECD/1232/2012, de 30 de mayo, publicada en Boletín Oficial del Estado nº 138, de 9 de junio.

El Premio tiene como finalidad reconocer el mérito en la creación dramatúrgica mediante la distinción de la obra teatral de un autor novel.

 

Segundo. Destinatarios.

Podrán participar en la convocatoria del premio autores noveles, españoles y nacionales de otros Estados de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo. Se entiende por autor novel aquel que todavía no haya estrenado de forma pública más de una obra en circuitos de exhibición con rendimientos de taquilla. A tal efecto, quedarán excluidas de este cómputo las piezas de teatro breve.

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en las que concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la LGS.

 

Tercero. Requisitos de las obras.

Los solicitantes deberán presentar obras teatrales de tema original cuya duración sea la normal de un espectáculo dramático completo, no admitiéndose piezas de teatro breve, ni adaptaciones, versiones o relecturas de otros textos previamente publicados o exhibidos públicamente. Las obras podrán estar escritas en cualquiera de las lenguas oficiales de España.

No se admitirán obras teatrales premiadas en otros concursos, ni estrenadas públicamente, ni tampoco las publicadas en cualquier soporte o medio de difusión.

Cada solicitante puede participar con una única obra en la convocatoria.

 

Cuarto. Cuantía del Premio.

La dotación económica del Premio es de 10.000,00 euros con cargo al concepto 488 del Programa 24.107.335B, cuantía que no podrá dividirse.

 

Quinto. Solicitudes.

Las solicitudes para participar en esta convocatoria deberán ajustarse al modelo publicado en el anexo I de esta resolución y se acompañarán de las declaraciones contenidas en el anexo II y en el anexo III. Se dirigirá al Director General del INAEM y se presentarán, siempre que sea posible, por Internet a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, siempre que se posea un certificado para firma electrónica con plena validez. En caso que no fuera posible por vía telemática, las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Ministerio de Cultura y Deporte (Plaza del Rey, 1. 28071 Madrid), o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP). No se admitirán como medio de presentación de solicitudes los servicios de mensajería privados ni los servicios de correo extranjeros.

En el caso de presentación telemática, se acompañará la siguiente documentación en formato PDF:

- Un ejemplar de la obra teatral presentada al premio. En la obra no debe figurar ni el nombre del autor ni pseudónimo ni ningún otro elemento que pudiera identificar la autoría de la obra.
- Declaración de autoría de la obra en la cual se incluya el nombre del autor y el título de la obra.
- Currículum vitae del autor.
- Si el solicitante no ha prestado consentimiento para la verificación de su identidad en el momento de la solicitud, o es extranjero no residente en España, fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o documento equivalente.

En el caso de presentación de la solicitud en el Registro del Ministerio de Cultura y Deporte o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presentará, por duplicado, la documentación señalada en el apartado anterior, en formato PDF y, en todo caso, en un soporte informático individualizado para cada una de las copias. Los anexos I, II y III siempre se presentarán en formato papel.

La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano instructor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social. En caso de que el solicitante deniegue expresamente dicha autorización, deberá aportar certificados acreditativos, a efectos de subvenciones, del cumplimiento de ambas obligaciones de acuerdo con el artículo 18 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RLGS).

De conformidad con lo estipulado en el artículo 22.5 del RLGS los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.

Mediante la declaración responsable contenida en el anexo II de esta resolución, la presentación del documento descrito en el párrafo anterior, podrá posponerse al momento en que se dicte la resolución de concesión del Premio, cuya eficacia quedará condicionada al cumplimiento de este requisito.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente resolución, la Subdirección General de Teatro requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la LPACAP, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma Ley.

 

Sexto.- Plazo de presentación.

El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

 

Séptimo.- Jurado.

1. En la valoración de las solicitudes y en la propuesta del fallo intervendrá un jurado, cuya composición será la siguiente:

Presidente: El Director general del INAEM.
Vicepresidente: El Subdirector general de Teatro del INAEM. Vocalías:
Cinco personalidades de reconocido prestigio en el mundo teatral. El autor galardonado con el Premio en el año 2021.

Secretaría: Una persona funcionaria destinada en el INAEM, que actuará con voz, pero sin voto.

2. Los vocales del jurado serán designados por Orden del Ministro de Cultura y Deporte, a propuesta del Director general del INAEM.

La orden ministerial de designación será publicada en el Boletín Oficial del Estado.

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones. Los miembros del Jurado no conocerán la autoría de las obras hasta que no se hubieran realizado y cerrado todas las votaciones.

4. En lo no previsto expresamente en los apartados anteriores, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la Sección 3ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP).

5. Los miembros del jurado tendrán derecho a percibir las indemnizaciones correspondientes a sus trabajos de asesoramiento, con las limitaciones establecidas por la legislación vigente sobre incompatibilidades y, en su caso, los gastos de alojamiento y locomoción en que pudieran incurrir por el desarrollo de dichos trabajos. Todos los gastos derivados del proceso se abonarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 24.107.335B.233 y 24.107.335B.226.06.

 

Octavo.- Criterios de valoración.

En la evaluación de los trabajos presentados por los solicitantes se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

a) Calidad de la escritura dramática del texto.
b) Viabilidad de su posible puesta en escena.
c) Carácter innovador del lenguaje y de la estructura dramática del texto.

 

Noveno.- Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.

1. El órgano competente para la instrucción y ordenación de procedimiento será la Subdirección General de Teatro del INAEM.

2. El Jurado elevará la propuesta del fallo del Premio, a través de la Subdirección General de Teatro, al Ministro de Cultura y Deporte.

El premio podrá declararse desierto en el caso de que el jurado estime que ninguno de los trabajos presentados cumple los requisitos o las condiciones de calidad exigibles.

3. El Ministro de Cultura y Deporte dictará la correspondiente resolución de concesión del premio.

La resolución habrá de ser motivada, con alusión a los criterios de valoración y determinación del premiado y de la obra galardonada.

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. La Orden de resolución de concesión se hará pública en el Boletín Oficial del Estado.

La documentación correspondiente a las solicitudes desestimadas permanecerá a disposición de los interesados en la Subdirección General de Teatro del INAEM (Plaza del Rey, 1. 6ª planta) durante un plazo de dos meses a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión.

5. La resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 y 124 de la LPACAP, o bien impugnada directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (en adelante, LJCA).

 

Décimo.- Obligaciones del premiado y reintegro.

1. La concesión del premio no implica cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual sobre la obra premiada, salvo la mera divulgación pública de la misma por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, sin finalidad lucrativa durante un periodo de seis meses.

2. El galardonado, previa comunicación a la Dirección General del INAEM, podrá hacer mención del premio en sus acciones de promoción y publicidad, haciendo referencia siempre de forma destacada a la modalidad, edición del Premio y órgano convocante del mismo.

3. El incumplimiento de las obligaciones del premiado incluidas en esta Resolución, así como los casos establecidos en el artículo 37 LGS, darán lugar al reintegro de la cantidad percibida y a la exigencia del interés de demora correspondiente, devengado desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.

El reintegro del importe recibido, cuando proceda, se regirá por lo dispuesto en el título II LGS y en el título III del RLGS.

 

Undécimo.- Responsabilidad y régimen sancionador.

El beneficiario del Premio quedará sometido al régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones que establece el título IV de la LGS, desarrollado en el título IV del RLGS.

 

Duodécimo.- Efectos.

Esta Resolución producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

 

Decimotercero.- Normativa aplicable y posibilidad de recurso.

La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la LGS, el RLGS, la Orden CUL/330/2008, de 28 de enero de 2008, modificada por Orden ECD/1232/2012, de 30 de mayo de 2012 y, supletoriamente, en la LPACAP, en la LRJSP y cualquier otra disposición que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la LJCA, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la LJCA.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. La presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LRJSP, a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Fuente y Anexos: pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/620048



 

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I CERTAMEN NACIONAL DE CUENTOS Y RELATOS CORTOS CENTRE CULTURAL "DE CAP A CAP" (España)


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I CERTAMEN NACIONAL DE CUENTOS Y RELATOS CORTOS CENTRE CULTURAL "DE CAP A CAP" (España)

30:06:2022

Género:  Relato

Premio:   250 € y publicación

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Centre Cultural De Cap a Cap

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:06:2022

 

BASES

 

El Centre Cultural De Cap a Cap, convoca y organiza su I Certamen nacional de cuentos y relatos cortos, con arreglo a las siguientes:

BASES
www.escritores.org

1ª Podrán concurrir a este Certamen personas de cualquier edad y nacionalidad, a excepción de quienes tengan una vinculación directa con los organizadores o los miembros del jurado.

2ª Solo se admitirá a concurso un trabajo por autor. Los cuentos o relatos serán originales e inéditos, escritos en castellano y con una extensión comprendida entre las 1.500 y las 3.000 palabras.

3ª Los textos se presentarán en archivo digital, en formato doc. o PDF, letra Arial o Times New Roman (12 de cuerpo), márgenes habituales y 1,5 de interlineado.

4ª Las obras, bajo seudónimo, se enviarán por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El asunto del mensaje será: "I Certamen nacional de cuentos y relatos cortos Centre Cultural De Cap a Cap" y el plazo de admisión finalizará el 30 de junio de 2022, a las 23:59 horas.
En el correo electrónico se deberán adjuntar dos archivos:
- El primero será nombrado con el título de la obra y en su interior irá el cuento o relato, firmado con un seudónimo.
- El segundo se nombrará con el seudónimo y en su interior deben figurar el título de la obra, el nombre y apellidos del autor; así como su domicilio postal y electrónico, teléfono y una breve reseña bio-bibliográfica.

5ª Se establece un único premio de 250 € y la publicación del relato ganador.

6ª Un comité seleccionador, nombrado por el Centre Cultural de Cap a Cap, elegirá los doce cuentos finalistas sobre los que deliberará el jurado final, cuya composición se dará a conocer el día de la entrega de premios, y que emitirá su fallo durante la segunda quincena del mes de julio de 2022

7ª El autor ganador se compromete a recoger su premio personalmente, en un acto cultural que se celebrará en Valencia, en el Centre Cultural de Cap a Cap, durante el mes de septiembre de 2022. No se pagarán dietas ni gastos de desplazamientos; aunque se facilitará el alojamiento al ganador y a un acompañante.

8ª No se mantendrá correspondencia con los autores de las obras presentadas y los trabajos no premiados se destruirán una vez realizado el fallo del Jurado.

9ª En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, el Centro Cultural de Cap a Cap manifiesta que los datos personales obtenidos directamente de los participantes serán tratados con la única finalidad de permitir la gestión y resolución del concurso. Así como el envío de las bases del certamen para próximas convocatorias. En relación con tales datos, el usuario podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito al responsable de este fichero a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

10ª. La participación en este Certamen supone la aceptación de estas bases.

 

Fuente

 


 

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XXII PREMIO CASA DE AMÉRICA DE POESÍA AMERICANA (España)


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XXII PREMIO CASA DE AMÉRICA DE POESÍA AMERICANA (España)

29:04:2022

Género:  Poesía

Premio:  5.000 €, edición y 20 ejemplares

Abierto a:  autores nacionales de cualquiera de los países de América

Entidad convocante:  Casa de América

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  29:04:2022

 

BASES

 

 

La Casa de América convoca el XXII Premio Casa de América de Poesía Americana con el fin de estimular la nueva escritura poética en el ámbito de las Américas, con especial atención a poemas que abran o exploren perspectivas inéditas y temáticas renovadoras.

A este premio podrán optar las obras que se ajusten a las siguientes bases:

1. Podrán concursar autores nacionales de cualquiera de los países de América, con obras escritas en español, rigurosamente inéditas, que no estén pendientes de fallo en otro premio y cuyos derechos no hayan sido cedidos a ningún editor en el mundo.
www.escritores.org

2. Los trabajos presentados a concurso deberán tener un mínimo de 300 versos y su tema será libre.

3. Los trabajos deberán remitirse por correo electrónico, únicamente en formato PDF, en cuyo caso se emplearán dos direcciones distintas: la primera, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para el trabajo concursante con el título y el pseudónimo correspondiente; y la segunda, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con el título del trabajo concursante, nombre, fotocopia del documento de identidad o acreditativo de la nacionalidad, la dirección y el teléfono del autor, así como un breve currículum.

4. Cada participante sólo podrá concursar con un solo trabajo.

5. El plazo de admisión de originales finalizará el 29 de abril de 2022 a las 14h. (hora Madrid, ESPAÑA) Sin que puedan ser admitidos trabajos que llegasen después de esa fecha y hora.

6. El premio, dotado con cinco mil euros (5.000 €) como anticipo de derechos de autor, incluye la publicación del libro ganador por la Editorial Visor Libros. La cuantía se entregará al ganador durante el acto de concesión del premio, junto con veinte ejemplares de la obra editada.

7. El jurado estará presidido por el director general de la Casa de América y contará con representantes de instituciones vinculadas a Iberoamérica, incluidas la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas de la AECID, así como la ganadora de la edición anterior, uno o más poetas de reconocido prestigio y un representante de la Editorial Visor Libros. Los nombres de los miembros del jurado se harán públicos durante el anuncio del fallo del premio.

8. El fallo del premio y su proclamación tendrán lugar durante el mes de octubre de 2022. Fecha que, por razones debidamente justificadas por parte del Consorcio Casa de América, podría sufrir alguna modificación. La fecha del acto público de entrega se anunciará con la debida antelación.

9. El premio será indivisible. El jurado podrá declarar desierto el premio si, a su juicio, ninguna obra tuviera calidad para obtenerlo.

10. Los organizadores no mantendrán correspondencia acerca de los poemarios enviados, y no se devolverán los trabajos presentados.

11. En cumplimiento de lo establecido en materia de protección de datos:

Responsable del tratamiento: El Consorcio Casa de América, con domicilio en Paseo de Recoletos, 2 28001 (Madrid). Finalidades del tratamiento:

Gestionar las candidaturas presentadas al XXII Premio Casa de América de Poesía Americana (el "Premio"), seleccionar las obras ganadoras y realizar una adecuada difusión del Premio.

Legitimación del tratamiento: La base que legitima el tratamiento de sus datos es la relación contractual establecida con cada participante a través de la aceptación de las bases del Premio.

Destinatarios de los datos: La Casa de América cederá los datos de los ganadores del Premio a la Editorial Visor Libros, con la finalidad de gestionar la publicación de un libro de poesía. Igualmente, publicará los nombres de los ganadores a través de los siguientes medios: página web del Consorcio y sus redes sociales

Los datos de los participantes no premiados solo permanecerán a disposición del jurado y del personal de Casa de América encargado de la organización del Premio.

Sus derechos: La normativa vigente le reconoce los siguientes derechos:
Derecho de acceso a sus datos y a obtener una copia de los mismos.
Derecho de supresión o rectificación.
Derecho a la limitación del tratamiento.
Derecho de oposición
Derecho a la portabilidad de aquellos datos que ha facilitado.

Puede ejercerlos dirigiéndose a Casa de América en la dirección postal indicada o a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Información adicional:
Consulte el texto completo de la Política de Privacidad en nuestra página web casamerica.es

12. La participación en este premio implica la total aceptación de las presentes bases. Su interpretación o cualquier aspecto no previsto corresponde al jurado.


 

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