Concursos Literarios

PREMIO DE INVESTIGACIÓN A TESIS DOCTORALES IBEROAMERICANAS 2022 (España)


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PREMIO DE INVESTIGACIÓN A TESIS DOCTORALES IBEROAMERICANAS 2022 (España)

18:01:2023

Género:  Tesis doctoral

Premio:  3.000 €, edición y 10 ejemplares

Abierto a:  tesis leídas en Portugal, España o en cualquier país iberoamericano o europeo en alguno de los dos años anteriores a la convocatoria

Entidad convocante:  Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:01:2023

 

BASES

 

 

El plazo de presentación finalizará el 18 de enero de 2023, inclusive.

BASES REGULADORAS DEL PREMIO DE INVESTIGACIÓN A TESIS DOCTORALES IBEROAMERICANAS DE LA FUNDACIÓN ACADEMIA EUROPEA E IBEROAMERICANA DE YUSTE.

Primera. Objeto.

Constituye el objeto del presente decreto del Presidente establecer las bases que han de regir la concesión del Premio de Investigación a Tesis Doctorales Iberoamericanas que otorga la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, con el objetivo de apoyar el desarrollo de los trabajos de investigación, fomentando a su vez la reflexión y el intercambio de ideas de las universitarias y los universitarios investigadores y profesionales sobre temáticas iberoamericanas y europeas.

Segunda. Naturaleza y contenido del Premio.

1. El Premio tiene una naturaleza cultural y científica requiriendo la previa solicitud de las personas interesadas, cuyo contenido consiste en la edición de la tesis ganadora en colaboración con su autor/a, la maquetación de la tesis y el diseño de la portada, y su publicación, así como la concesión de 3.000 € a la persona ganadora.

2. La publicación de la tesis doctoral ganadora consistirá en una tirada de 300 ejemplares, de los que el autor/a recibirá 10 ejemplares de forma gratuita. El resto de los ejemplares se distribuirán por la Fundación.

Tercera. Colección de libros “Tesis Doctorales”.

La colección “Tesis Doctorales” es una colección de libros creada para publicar las tesis ganadoras del Premio. En esta colección se publicarán en papel las tesis doctorales ganadoras del Premio.

Cuarta. Régimen jurídico.

El régimen jurídico aplicable al Premio regulado en las presentes bases será el previsto en las mismas y en la correspondiente convocatoria, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como por la normativa básica contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en lo que le afecte, por las restantes disposiciones de carácter básico del Estado.

Quinta. Financiación y dotación del Premio.

1. El Premio se financiará con cargo a los presupuestos de la Fundación del ejercicio presupuestario correspondiente.

2. El Premio cubre el coste total de la publicación de la tesis ganadora del Premio en la colección de libros “Tesis Doctorales”, con un importe que oscilará entre 4.000 € y 6.000 €, teniendo en cuenta que el importe variará en función del número de páginas de la tesis doctoral ganadora, ya que el tipo de papel, el diseño y la encuadernación de los libros serán semejantes al corresponder a las características físicas de una misma colección: “Tesis Doctorales”.

3. El Premio tiene una dotación económica de 3.000 €, a la que se aplicará la retención fiscal que corresponda.

Sexta. Requisitos de las personas beneficiarias y de las tesis doctorales.

1. Podrán ser beneficiarias de este premio las personas físicas con plena capacidad de obrar que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en las presentes bases y en la respectiva convocatoria, y que no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario/a, recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Además, la persona ganadora no debe haber recibido un Premio de Investigación a Tesis Doctorales Iberoamericanas o un “Premio de Investigación a Tesis Doctorales Fernando Serrano Mangas” con anterioridad.

2. Las tesis doctorales que concurran al Premio deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar escritas en castellano, inglés o portugués.

b) Haber sido leídas en Portugal, España o en cualquier país iberoamericano o europeo y abordar como temática las relaciones entre España, Portugal o Europa en su conjunto con Iberoamérica y viceversa, desde una perspectiva histórica, cultural, social, científica, económica o desde cualquier otro ámbito de estudio.

c) Haber obtenido la máxima calificación establecida en la norma vigente en el momento de su lectura.

d) Haber sido leídas en alguno de los dos años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

e) Ser inédita, esto es, que no haya sido ya publicada.

Séptima. Publicidad de las bases y convocatoria.

1. En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura tanto el extracto de la convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de Datos Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2. La Fundación, publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, así como en la página web de la Fundación (fundacionyuste.org) y a través de su página de Facebook (facebook.com/fundacionyuste.org/), y de Twitter (@fundacionyuste), las subvenciones concedidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

3. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se dará publicidad de la convocatoria así como de las subvenciones concedidas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Igualmente, el texto íntegro de las convocatorias, así como del Premio, serán publicados en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de conformidad con en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.

Octava. Plazo, forma de presentación de las solicitudes y documentación anexa.

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un plazo mínimo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

2. Las solicitudes se formalizarán a través del modelo que figura en el anexo I de estas bases junto con la documentación requerida. Se presentarán en el registro de la sede de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, sita en Paseo de Roma, Módulo E, planta 2 06800 Mérida (Badajoz), o a través de las oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto a fin de que en ellas se haga constar, por la persona responsable de la oficina, la fecha en que tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado. El soporte físico en el que se presentará la tesis será en DVD, memoria USB o similar.

Igualmente, la solicitud junto con la documentación requerida y el texto de la tesis en formato PDF, podrá enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

3. El formulario de solicitud (anexo I) cumplimentado deberá ir acompañado de la siguiente documentación:

a) Copia del NIF en vigor, pasaporte o cualquier otro documento oficial identificativo, en el caso de que la persona solicitante se oponga a su comprobación de oficio.

b) Documento acreditativo de la fecha de la lectura de la tesis doctoral y la calificación
obtenida.

c) Copia del título universitario y currículum vitae.

d) Un ejemplar de la tesis en formato digital.

e) Un resumen de la tesis en un máximo de 500 palabras.

f) Declaración responsable (o declaración jurada) de la persona solicitante de que la tesis
es inédita y no se ha publicado.

La Fundación podrá solicitar en cualquier momento y de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento original.

4. La presentación de la solicitud implicará el consentimiento de las personas solicitantes al órgano gestor para que, a través de la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia, compruebe de oficio los datos de identidad y residencia a través de los servicios ofrecidos por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas como prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) y de Residencia (SVDR).

Las personas solicitantes podrán formular su oposición a que el órgano gestor, a través de la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia, recabe o consulte los certificados que acrediten el cumplimiento de las obligaciones frente a la hacienda autonómica y frente a la seguridad social, en la forma prevista en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo presentar en ese caso la correspondiente certificación acreditativa de encontrarse al corriente con la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Extremadura y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria requieren el consentimiento expreso de la persona solicitante para ser recabados de oficio por el órgano gestor, a través de la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia. En caso de no autorización a la consulta de estos datos, se deberá aportar junto a la solicitud, la certificación acreditativa correspondiente.

Todo ello, con las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, siendo de carácter supletorio cuantas disposiciones no tengan el carácter de básico, y demás normativa de desarrollo.

5. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Novena. Procedimiento de concesión.

1. El procedimiento de concesión del Premio previsto en las presentes bases reguladoras se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, dentro del límite de disponibilidad presupuestaria.

La convocatoria será aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Fundación, previa autorización del titular de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta.

2. Las tesis doctorales se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de valoración previstos en estas bases reguladoras.

3. La convocatoria correspondiente determinará las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el período de vigencia de la misma, que podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.

Décima. Criterios objetivos de valoración.

El Premio se adjudicará atendiendo a los siguientes criterios de valoración:

1. Fase de evaluación de la calidad literaria y científica.

Puntuación
Calidad literaria:
1. Preocupación por el lenguaje; que no haya faltas ortográficas, que los conceptos se entiendan y estén expresados con claridad, que no se incurra en errores gramaticales. - Hasta 2 puntos
2. Creatividad y originalidad de tratamiento. - Hasta 2 puntos

Puntuación
Calidad científica:
1. La novedad de los resultados alcanzados y la solidez de los argumentos utilizados en la demostración de las hipótesis propuestas. - Hasta 4 puntos
2. La adecuación de la tesis a los objetivos y fines de la Fundación establecidos en sus estatutos. - Hasta 6 puntos
3. La coherencia y sistematicidad de la argumentación en la redacción del texto, la pertinencia de las fuentes bibliográficas y la actualización de las mismas. - Hasta 2 puntos

En lo relativo a la calidad literaria de las tesis (hasta un máximo de 4 puntos), se valorarán según el siguiente desglose:

— La preocupación por el lenguaje y que no haya faltas ortográficas, hasta 1 punto.

— Se procederá de igual manera con la creatividad, hasta 2 puntos.

— La originalidad de tratamiento, hasta 1 punto.

En lo relativo a la calidad científica de las tesis (hasta un máximo de 12 puntos), se valorarán según el siguiente desglose.

— La novedad y solidez de los argumentos utilizados en la demostración de las hipótesis propuestas, hasta 4 puntos.

— La adecuación de la tesis a los objetivos y fines de la Fundación establecidos en los apartados 1º y 2º del artículo 5 de sus estatutos, hasta 6 puntos.

— La pertinencia de las fuentes bibliográficas y la actualización de las mismas, hasta 2 puntos.

El máximo de puntuación obtenida será de 16 puntos.

2. Fase de entrevista. Los autores y autoras de las cinco tesis doctorales que obtengan mayor puntuación en la fase de evaluación de la calidad literaria y científica pasarán a la fase de entrevista que, con carácter presencial o telemático, tendrá lugar previa convocatoria realizada por la persona que ostente la presidencia de la comisión de valoración. La entrevista consistirá en la defensa de la tesis doctoral y las respuestas a las preguntas que se le formulen a la persona candidata por los miembros de la comisión de valoración. Las preguntas versarán sobre el contenido de la tesis doctoral y sobre la adecuación dela misma a los fines y objetivos de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.

La comisión de valoración valorará esta fase de entrevista entre 0 y 4 puntos.

3. La persona ganadora del Premio será aquella que obtenga mayor puntuación una vez sumadas las puntuaciones de la fase de evaluación de la calidad literaria y científica a la puntuación de la fase de entrevista, siendo el máximo resultado posible el de 20 puntos.

4. Se constituirá una bolsa de reserva con el orden de puntuación resultante del proceso de valoración, que será utilizada en el caso de que se produzcan renuncias o bajas.

5. Las personas que accedan a la fase de entrevista y no sean ganadoras del Premio obtendrán un accésit, consistente en un diploma sin dotación económica ni publicación de la tesis.

Undécima. Ordenación e instrucción del procedimiento.

1. Corresponde al titular de la Dirección de la Fundación la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión del Premio regulado en las presentes bases.

2. El órgano instructor evaluará todas las tesis presentadas, realizando de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los que debe formularse la propuesta de resolución. En esta fase se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de persona ganadora del Premio, previa emisión del correspondiente informe técnico del que se dará traslado a la Comisión de Valoración que será constituida al efecto.

Duodécima. Comisión de Valoración.

1. Una Comisión de Valoración evaluará todas las solicitudes presentadas y emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la valoración efectuada de acuerdo con los criterios especificados en la base décima. Los empates producidos entre dos o más tesis se resolverán siguiendo la prioridad de la fecha y hora de presentación de las tesis.

2. La Comisión de Valoración estará compuesta por:

— La persona titular de la dirección gerencia de la Fundación o persona en quien delegue, que ejercerá la presidencia de la comisión de valoración.

— Una persona de reconocido prestigio en el ámbito académico, nombrada por la dirección gerencia de la Fundación.

— Tres docentes de la Universidad de Extremadura designados por la dirección gerencia de la Fundación.

3. La composición definitiva de la Comisión de Valoración se publicará en la convocatoria correspondiente y se garantizará la representación equilibrada de hombres y mujeres. Este mismo criterio de representación se observará en caso de modificación o renovación de dicho órgano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29 Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.

4. La Comisión de Valoración ajustará su funcionamiento al régimen jurídico previsto para los órganos colegiados en la sección 3ª, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimotercera. Propuesta y resolución de concesión.

1. A la vista del expediente y de acuerdo con el informe de la Comisión de Valoración, la persona instructora del procedimiento formulará la propuesta de concesión del Premio, debidamente motivada. A estos efectos, el informe de la Comisión de Valoración tendrá carácter vinculante.

2. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión del Premio será de tres meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido ese plazo sin haberse comunicado la resolución de concesión, se podrá entender que el Premio ha quedado desierto.

3. La persona titular de la Presidencia de la Comisión Ejecutiva de la Fundación será el órgano competente para resolver la concesión de este Premio, previa autorización de la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura para que continúe con la tramitación del Premio y proceda a su concesión de conformidad con las presentes bases reguladoras y la convocatoria correspondiente.

4. En ejercicio de las funciones de control y demás que comporten potestades administrativas, conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión será recurrible ante el Secretario General de la Presidencia de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su notificación, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Decimocuarta. Notificación.

La resolución del procedimiento se notificará individualmente a la persona interesada. Igualmente, la resolución de concesión del Premio se publicará en la página web de la Fundación: fundacionyuste.org.

Decimoquinta. Obligaciones de las personas premiadas.

La persona beneficiaria del Premio está sometida a las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en particular:

a) En el caso de que la tesis ganadora necesite ajustes en lo referente al número de páginas para su publicación, la persona autora de la tesis ganadora se obliga a aceptar una reducción de la misma, previo informe de la Comisión de Valoración.

b) Si fuera precisa la reducción citada en el número anterior, la persona ganadora acepta que consista en la adecuación a una extensión máxima de 300 páginas con una tipografía Times New Roman de tamaño 12 puntos, y un diseño de página justificada con un interlineado de 1,5 líneas. El tiempo máximo de que dispondrá para la adecuación de la tesis será de máximo un mes desde que se le comunique.

Decimosexta. Plazo para la publicación de la tesis doctoral ganadora.

Una vez concedido el Premio, la Fundación formalizará la publicación del libro en la colección “Tesis Doctorales” en un plazo máximo de seis meses.

Decimoséptima. Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas.

El disfrute del Premio a que se refiere el presente decreto del Presidente será compatible con la obtención concurrente de cualesquiera subvenciones o ayudas otorgadas por organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, con la misma línea de investigación, sin perjuicio de lo establecido en la base sexta.

Decimoctava. Modificación de la resolución de concesión.

Una vez notificada la resolución de concesión del Premio, la renuncia al mismo, la incapacidad sobrevenida o cualquier otra causa que implique la pérdida de condición de beneficiario/a, podrá dar lugar a la incorporación de una nueva persona beneficiaria, haciendo uso de la bolsa de reserva constituida al efecto de conformidad con la base décima.

Decimonovena. Reintegro y pérdida del derecho al Premio concedido.

1. Procederá el reintegro y en su caso la pérdida del derecho al Premio concedido previa resolución del Secretario General de la Presidencia de la Junta de Extremadura por:

a) Ocultar o falsear datos tomados en cuenta para la concesión de la ayuda.www.escritores.org

b) Cualesquiera otras previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2. El procedimiento para declarar la procedencia del reintegro y la pérdida del derecho al Premio concedido será el establecido en el artículo 48 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Vigésima. Protección de datos de carácter personal.

La relación de participantes en el Premio y la bolsa de reserva que se constituya cumplirán todas las exigencias y condiciones previstas para este tipo de soportes por la legislación sobre protección de datos de carácter personal, establecidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 (GDPR), de Protección de datos de carácter personal.

 

Fuente / Anexos

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


PREMIO DE INVESTIGACIÓN A TESIS DOCTORALES IBEROAMERICANAS FUNDACIÓN YUSTE 2023/24 (España)


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PREMIO DE INVESTIGACIÓN A TESIS DOCTORALES IBEROAMERICANAS FUNDACIÓN YUSTE 2023/24 (España)

23:02:2024

Género:  Tesis doctoral

Premio:  3.000 € y edición

Abierto a:  tesis doctorales leídas en Portugal, España o en cualquier país iberoamericano o europeo, que aborden como temática las relaciones entre España, Portugal o Europa en su conjunto con Iberoamérica

Entidad convocante:  Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  23:02:2024

 

BASES

 

 

Primera. Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la publicación en la colección de libros "Tesis Doctorales” de la tesis doctoral que resulte premiada y la concesión de 3.000 € a la persona ganadora, con el objetivo de apoyar el desarrollo de los trabajos de investigación, fomentando a su vez la reflexión y el intercambio de ideas de las universitarias y los universitarios investigadores y profesionales sobre temáticas iberoamericanas y europeas, regulada por el Decreto del Presidente 2/2022, de 19 de septiembre de 2022 (DOE núm. 190, de 3 de octubre de 2022).

Segunda. Temática.

Podrán concurrir a este premio de investigación las tesis que aborden como temática las relaciones entre España, Portugal o Europa en su conjunto con Iberoamérica y viceversa, desde una perspectiva histórica, cultural, social, científica, económica o desde cualquier otro ámbito de estudio.

Tercera. Requisitos de las personas beneficiarlas y de las tesis doctorales.

1. Podrán ser beneficiadas de este premio las personas físicas con plena capacidad de obrar que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en las bases y en la presente convocatoria, no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario/a, recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Además, la persona ganadora no debe haber recibido un "Premio de Investigación a Tesis Doctorales Iberoamericanas” o un "Premio de Investigación a Tesis Doctorales Fernando Serrano Mangas” con anterioridad.

2. Las tesis doctorales que concurran al premio deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar escritas en castellano, inglés o portugués.
b) Haber sido leídas en Portugal, España o en cualquier país iberoamericano o europeo.
c) Haber obtenido la máxima calificación establecida en la normativa vigente en el momento de su lectura.
d) Haber sido leídas en alguno de los dos años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
e) Ser inédita, esto es, que no haya sido ya publicada.

Cuarta. Procedimiento de concesión.

El procedimiento de concesión en la presente convocatoria es el de concurrencia competitiva. mediante convocatoria periódica, dentro del límite de disponibilidad presupuestaria.

Quinta. Criterios objetivos de valoración.

El premio se adjudicará atendiendo a los siguientes criterios de valoración:

1. Fase de evaluación de la calidad literaria y científica.

Puntuación
Calidad literaria:
1. Preocupación por el lenguaje, que no haya faltas ortográficas, que los conceptos se entiendan y estén expresados con claridad, que no se incurra en errores gramaticales. Hasta 2 puntos
2. Creatividad y originalidad de tratamiento. Hasta 2 puntos

Calidad científica:
1. La novedad de los resultados alcanzados y la solidez de los argumentos utilizados en la demostración de las hipótesis propuestas. Hasta 4 puntos
2. La adecuación de la tesis a los objetivos y fines de la fundación establecidos en sus estatutos. Hasta 6 puntos
3. La coherencia y sistematicidad de la argumentación en la redacción del texto, la pertinencia de las fuentes bibliográficas y la actualización de las mismas. Hasta 2 puntos

En lo relativo a la calidad literaria de las tesis (hasta un máximo de 4 puntos), se valorarán según el siguiente desglose:
— La preocupación por el lenguaje y que no haya faltas ortográficas, hasta 1 punto.
— Se procederá de igual manera con la creatividad, hasta 2 puntos.
— La originalidad de tratamiento, hasta 1 punto.
En lo relativo a la calidad científica de las tesis (hasta un máximo de 12 puntos), se valorarán según el siguiente desglose.
— La novedad y solidez de los argumentos utilizados en la demostración de las hipótesis propuestas, hasta 4 puntos.
— La adecuación de la tesis a los objetivos y fines de la Fundación establecidos en los apartados 1.° y 2.° del artículo 5 de sus estatutos, hasta 6 puntos.
— La pertinencia de las fuentes bibliográficas y la actualización de las mismas, hasta 2 puntos.
El máximo de puntuación obtenida será de 16 puntos.

2. Fase de entrevista. Las personas autoras de las cinco tesis doctorales que obtengan mayor puntuación en la fase de evaluación de la calidad literaria y científica pasarán a la fase de entrevista que, con carácter presencial o telemático, tendrá lugar previa convocatoria realizada por el presidente o presidenta de la comisión de valoración. La entrevista consistirá en la defensa de la tesis doctoral y las respuestas a las preguntas que se le formulen a la persona candidata por las personas miembros de la comisión de valoración. Las preguntas versarán sobre el contenido de la tesis doctoral y sobre la adecuación de la misma a los fines y objetivos de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.
La comisión de valoración valorará esta fase de entrevista entre 0 y 4 puntos.

3. La persona ganadora del premio será aquélla que obtenga mayor puntuación una vez sumadas las puntuaciones de la fase de evaluación de la calidad literaria y científica a la puntuación de la fase de entrevista, siendo el máximo resultado posible el de 20 puntos.

4. Se constituirá una bolsa de reserva con el orden de puntuación resultante del proceso de valoración, que será utilizada en el caso de que se produzcan renuncias o bajas.

5. Las personas que accedan a la fase de entrevista y no sean ganadoras del premio obtendrán un accésit, consistente en un diploma sin dotación económica ni publicación de la tesis.

Sexta. Plazo de presentación de solicitudes, forma de presentación y documentación anexa.

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

2. Las solicitudes se formalizarán a través del modelo que figura en el anexo I de estas bases junto con la documentación requerida. Se presentarán en el registro de la sede de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste sita en Paseo de Roma, Módulo E, Planta 2, 06800 Mérida (Badajoz), o a través de las oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto a fin de que en ellas se haga constar, por el responsable de la oficina, la fecha en que tiene lugar la presentación y remisión por correo certificado. El soporte físico en el que se presentará la tesis será en DVD, memoria USB o similar.
Igualmente, la solicitud junto con la documentación requerida y el texto de la tesis en formato PDF podrá enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: tesisdoctorales@ fundacionyuste.org.

3. El formulario de solicitud (anexo I) cumplimentado deberá ir acompañado de la siguiente documentación:
a) Copia del NIF en vigor, pasaporte o cualquier otro documento oficial identificativo, en el caso de que el solicitante se oponga a su comprobación de oficio.
b) Documento acreditativo de la fecha de la lectura de la tesis doctoral y la calificación obtenida.
c) Copia del título universitario y currículum vitae.
d) Un ejemplar de la tesis en formato digital.
e) Un resumen de la tesis en un máximo de 500 palabras.
f) Declaración responsable (o declaración jurada) del solicitante de que la tesis es inédita y no se ha publicado.
La Fundación podrá solicitar en cualquier momento y de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento original.

4. La presentación de la solicitud implicará el consentimiento de las personas solicitantes al órgano gestor para que, a través de la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia, compruebe de oficio los datos de identidad y residencia a través de los servicios ofrecidos por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas como prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) y de Residencia (SVDR).
La justificación de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Hacienda Autonómica, así como, con la seguridad social será consultada o recabada de oficio por el órgano gestor, siempre que la persona solicitante lo autorice marcando la casilla correspondiente en el modelo de Solicitud de ayudas. En otro caso, deberá presentar las certificaciones acreditativas correspondientes, las cuales tendrán validez durante un plazo de seis meses, a contar desde la fecha de su expedición.
Todo ello, con las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, siendo de carácter supletorio cuantas disposiciones no tengan el carácter de básico, y demás normativa de desarrollo.

5. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se la tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima.Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del pro-cedimiento.

1. Corresponde al titular de la Dirección de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión del premio regulado en la presente convocatoria.

2. El órgano instructor evaluará todas las tesis presentadas, realizando de oficio cuantas ac-tuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los que debe formularse la propuesta de resolución. En esta fase se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de ganador/a del premio, previa emisión del correspondiente informe técnico del que se dará traslado a la Comisión de Valoración que será constituida al efecto.

3. Una comisión de valoración evaluará todas las solicitudes presentadas y emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la valoración efectuada de acuerdo con los criterios especificados en la base décima. Los empates producidos entre dos o más tesis se resolverán siguiendo la prioridad de la fecha y hora de presentación de las tesis.
La comisión de valoración estará compuesta por:
— La persona titular de la dirección de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste o persona en quien delegue, que presidirá la comisión de valoración.
— Da Rosa María Perales Piqueres, Doctora en Historia del Arte, profesora de Historia del Arte de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Extremadura.
— D. Sigfrido Vázquez Cienfuegos, Doctor en Historia de América, profesor de Historia de América de la de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Extremadura.
— D. Gabriel Moreno González, Doctor en Derecho, profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura.
— D.a Carmen Fernández Daza, Académica de la real Academia de las Artes y Letras de Extremadura y directora del centro Universitario Santa Ana de la Universidad de Extre-madura.

4. A la vista del expediente y de acuerdo con el informe de la comisión de valoración, el instructor del procedimiento formulará la propuesta de concesión del premio, debidamente motivada. A estos efectos, el informe de la comisión de valoración tendrá carácter vinculante.

5. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión del premio será de tres meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido ese plazo sin haberse comunicado la resolución de concesión, se podrá entender que el premio ha quedado desierto.

6. La resolución de concesión se notificará a la persona premiada, la cual podrá renunciar de forma expresa en el plazo máximo de cinco días hábiles a partir del día siguiente de la notificación.www.escritores.org

7. La resolución de concesión del premio se publicará en la página web de la Fundación: www.fundacionyuste.org.

8. El titular de la Presidencia de la Comisión Ejecutiva de la Fundación será el órgano competente para resolver la concesión de este Premio, previa autorización de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura para que continúe con la tramitación del Premio y proceda a su concesión de conformidad con la presente convocatoria.

9. En ejercicio de las funciones de control y demás que comporten potestades administrativas, conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión será recurrible ante el Secretario General de la Presidencia de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se dicte el acto, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Octava. Financiación y dotación del Premio.

1. El premio se financiará con cargo a los presupuestos de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste del ejercicio presupuestario 2024.

2. El premio cubre el coste total de la publicación de la tesis ganadora del Premio en la colección de libros "Tesis Doctorales”, con un importe que oscilará entre 4.000 € y 6.000 €, teniendo en cuenta que el importe variará en función del número de páginas de la tesis doctoral ganadora, ya que el tipo de papel, el diseño y la encuadernación de los libros serán semejantes al corresponder a las características físicas de una misma colección: "Tesis Doctorales".

3. El Premio tiene una dotación económica de 3.000 €, a la que se aplicará la retención fiscal que corresponda.

Novena. Pago y forma de justificación.

El abono de esta subvención se realizará mediante un pago directo a la persona premiada de 3.000 €, a la que se aplicará la retención fiscal que corresponda.
Por otro lado, el importe de la subvención estará destinado a sufragar los gastos derivados de la publicación de la tesis ganadora del premio en la colección de libros "Tesis Doctorales".
La justificación se realizará mediante la publicación del libro, a cargo de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, de la tesis ganadora como realización de la actividad subvencionada.

Décima. Eficacia.

La presente convocatoria producirá efectos desde el día siguiente a su publicación y la del extracto al que se refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en el Diario Oficial de Extremadura.

 

Fuente y Anexos

 

 
 

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PREMIO DE INVESTIGACIÓN AGUSTÍN DE BETANCOURT 2020 (España)


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PREMIO DE INVESTIGACIÓN AGUSTÍN DE BETANCOURT 2020 (España)

15:06:2020

Género:  Investigación

Premio: 3.000 € y publicación

Abierto a:  ser natural o residente en Canarias, en posesión del título de doctor, vinculado a centros oficiales de investigación ubicados tanto en la Comunidad Autónoma de Canarias como fuera de ella

Entidad convocante:  Fundación CajaCanarias

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:06:2020

 

BASES

 

NOTA

Como medida preventiva ante la situación actual la fecha límite de envío de material del concurso será el 15 de junio de 2020 por medios telemáticos.

 

Bases de la convocatoria

Convocatoria

Podrán concurrir investigadores e investigadoras que estén en posesión del título de doctor en el momento de presentarse a esta convocatoria, bien de forma individual o agrupados, vinculados a centros oficiales de investigación ubicados tanto en la Comunidad Autónoma de Canarias como fuera de ella.

Se establece como condición ser natural o residente en Canarias, permitiendo en el caso de equipos de investigación que al menos uno de los miembros cumpla esta condición.

 

Tema

El tema de la investigación debe enmarcarse en el área de Artes y Humanidades, enfocado directamente en el avance y renovación del estudio, la mejor comprensión y divulgación sobre las expresiones plásticas, idiosincrásicas y lingüísticas del ser humano dentro de las subáreas de la Antropología, Arqueología, Conservación y Restauración, Filología, Filosofía, Historia e Historia del Arte.

 

Premio

Se otorgará un único premio de 3.000 €, que estará sujeto a las normas fiscales vigentes. El premio podrá ser declarado desierto y en ningún caso ex aequo.
En el caso de recibir el premio un equipo de investigación, la distribución de este importe se detallará y comunicará por escrito a la Fundación CajaCanarias, mediante documento firmado por todos los miembros. Sin este documento la Fundación no procederá al abono de la dotación del premio.

 

Condiciones

El trabajo debe ser original. Además deberá haber sido publicado en revistas/ediciones relativas al área de conocimiento en la que se inscriben. Sólo podrá presentarse un trabajo por autor o colectivo. Las investigaciones deberán estar escritas en español o inglés, con una extensión máxima de 50 páginas en Times New Roman, tamaño 12 y a doble espacio.

En otro documento aparte (un solo archivo) se incluirán los datos personales del autor/es: nombre y apellidos, domicilio, teléfono, DNI o NIE, currículum vitae de cada uno de los miembros del equipo de investigación, cumplimentado de acuerdo con el formato CVA promovido por la Fundación Española de Ciencia y Tecnología (FECyT) y, en su caso, datos del centro de investigación al que se encuentra adscrito. En el caso de trabajos presentados por equipos de investigación, con algún investigador canario, establecidos fuera de España, se aceptará el Curriculum Vitae Abreviado Normalizado del país de origen del investigador/es. La omisión de cualquiera de estos datos supondrá la descalificación del concursante.

La Investigación desarrollada deberá haber sido concluida en un período no superior a los 3 años previos a la fecha de la presente convocatoria. Para la valoración de los trabajos se tendrá especialmente en cuenta:

- Calidad de la investigación realizada, tanto a nivel científico como social.
- Factor de impacto de la revista/publicación relativa al área de conocimiento a la que pertenece en la que haya sido difundida.
- Actualidad y repercusión del tema objeto del trabajo.
- Aportación de la investigación desarrollada para el avance de los estudios de su área.

Una vez entregado el material a concurso, el autor/es no podrá/n modificarlo antes de la emisión del fallo del Jurado.

 

Inscripción

La solicitud de inscripción será cumplimentada, a través de la web www.cajacanarias.com, por el/la responsable del trabajo resultante del estudio e investigación. En caso de tratarse de un equipo investigador, se hará mención expresa del investigador/investigadora principal, quien ocupará el primer lugar de los miembros del equipo de investigación. El trabajo de investigación, así como el archivo con los datos personales y CV del participante o de los miembros del equipo, se presentarán exclusivamente a través de la página web www.cajacanarias.com, rellenando el formulario correspondiente. La inscripción deberá hacerse efectiva antes de las 14:00 horas del día 15 de Junio del año 2020.

 

Jurado

El Jurado del presente Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2020 estará integrado por personas de reconocido prestigio en el área de conocimiento y su fallo será inapelable.

 

Trabajos premiados

Al procederse a la difusión del trabajo premiado, su autor/es deberán hacer mención expresa a su condición de galardonados con el Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2020 de la Fundación CajaCanarias, en todos los soportes en que se publique y/o reproduzca. La Fundación no se hace responsable de los conceptos, resultados del estudio u opiniones manifestadas en el trabajo premiado, ni de la posible omisión de los/las investigadores/as que hayan participado en el trabajo en cuestión.
Devolución

Por razones de seguridad y confidencialidad, los trabajos no premiados serán destruidos por la Fundación CajaCanarias, una vez finalizado el concurso.

 

Publicación

El autor del trabajo ganador acepta que la Fundación CajaCanarias divulgue públicamente su investigación, por medio de una edición en formato digital, y se compromete a participar en el acto de presentación de la misma. La Fundación CajaCanarias se reserva el derecho de editar la investigación con el límite de imágenes y tablas que la Entidad estime. En las ediciones que se realicen posteriormente, bien por la Fundación CajaCanarias o por cualquier otra editorial, se hará mención expresa del “Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2020” de la Fundación CajaCanarias. Asimismo, la Fundación CajaCanarias contribuirá en la preparación de la versión en inglés del trabajo de investigación, para facilitar su publicación en acceso abierto en revistas especializadas y arbitradas mediante el sistema de revisión por pares.

 

Aceptación

La presentación a la convocatoria de Premios CajaCanarias 2020, supone el conocimiento y conformidad con las bases publicadas por la Fundación CajaCanarias. Sobre los extremos no previstos en las mismas, la Fundación CajaCanarias podrá tomar las decisiones o introducir las modificaciones que estime pertinentes.

 

Fuente y Ficha de inscripción: www.cajacanarias.com/microsites/premios/2020/seccion/investigacion

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PREMIO DE INVESTIGACIÓN AGUSTÍN DE BETANCOURT 2017 (España)

31:03:2017

Género:  Investigación

Premio:   2.000 € y publicación

Abierto a: mayores de edad, naturales o residentes en Canarias

Entidad convocante: Fundación CajaCanarias

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   31:03:2017

 

BASES

 
CONVOCATORIA

Podrán concurrir de forma individual o agrupados investigadores mayores de edad, naturales o residentes en Canarias.

TEMA

El tema de la investigación será el genérico de las siguientes ramas de conocimiento:

- Artes y Humanidades
- Ciencias
- Ciencias de la salud
- Ciencias Sociales y Jurídicas
- Ingeniería y Arquitectura

PREMIO

Se otorgará un premio de 2.000,00€ para cada una de las áreas de conocimiento. El premio estará sujeto a las normas fiscales vigentes.
www.escritores.org
CONDICIONES

El trabajo debe ser original. Sólo podrá presentarse un trabajo por autor o colectivo. Las investigaciones deberán estar escritas en español, con una extensión mínima de 80 páginas en Times New Roman, tamaño 12 y a doble espacio. Se presentará el trabajo en archivo digital exclusivamente a través de nuestra página web, www.cajacanarias.com, rellenando el formulario correspondiente, indicando el título y un seudónimo.

En un sobre aparte, debidamente cerrado, en cuyo exterior figurará el mismo título y seudónimo que en el trabajo presentado, y el premio al que se opta, se incluirán los datos personales del autor/es: nombre y apellidos, domicilio, teléfono, fotocopia del DNI o NIE y breve currículo. La omisión de cualquiera de estos datos supondrá la descalificación del concursante. Dicho sobre se presentará o remitirá por correo certificado a Fundación CajaCanarias, Plaza del Patriotismo nº 1, 38002 Santa Cruz de Tenerife, debiendo tener entrada en dicha sede antes de las 14:00 horas del día 31 de marzo de 2017.

Una vez entregado el material a concurso, el autor/es no podrá/n retirarlos ni renunciar al certamen antes de la emisión del fallo.

JURADO

El Jurado del presente “Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2017” estará integrado por personas de reconocido prestigio en las diferentes áreas de conocimiento del Archipiélago y su fallo será inapelable. El premio no puede ser declarado ex aequo.

OBRAS PREMIADAS

Los trabajos premiados pasan a ser propiedad de la Fundación CajaCanarias, que se reserva todos los derechos sobre los mismos, incluidos los de reproducción y difusión.

DEVOLUCIÓN

Por razones de seguridad y confidencialidad, los trabajos no premiados serán destruidos por la Fundación CajaCanarias, una vez finalizado el concurso.

PUBLICACIÓN:

El autor/es del trabajo ganador acepta que la Fundación CajaCanarias divulgue públicamente su investigación por medio de una edición en formato digital, y se compromete a participar en el acto de presentación del mismo.

El autor cede a la Fundación CajaCanarias los derechos de impresión, reproducción, comercialización y distribución, incluido en formato digital, de la investigación y no podrá cederlos a ninguna otra persona física o jurídica ni publicar el trabajo parcialmente o en su totalidad, sin autorización expresa de la Fundación CajaCanarias. Pasados tres años del fallo del Jurado, tales derechos quedarán liberados.

La Fundación CajaCanarias se reserva el derecho de editar la investigación con el límite de imágenes y tablas que la Entidad estime. En las ediciones que se realicen posteriormente, bien por la Fundación CajaCanarias o por cualquier otra editorial, se hará mención expresa del “Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2017” de la Fundación CajaCanarias.
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, le informamos que los datos que nos facilite serán incorporados a un fichero titularidad de la Fundación CajaCanarias con domicilio en Plaza del Patriotismo, 1. 38002 Santa Cruz de Tenerife. La destinataria de los datos es la citada empresa y la finalidad de la recogida de sus datos es la gestión de la Convocatoria de Premios 2015. Sin perjuicio de lo anterior, podrá Usted ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos legales, mediante comunicación a Fundación CajaCanarias, a la dirección indicada anteriormente.

De igual manera se autoriza a mostrar expresamente el nombre, descripción e imagen/vídeo en la página web del concurso durante la vigencia del mismo, así como, en caso de ser premiado, en cualesquiera otras publicaciones promocionales o informativas que recojan este evento en el futuro.
La aceptación de la relación supondrá la prestación del consentimiento para que Fundación CajaCanarias pueda tratar los datos con las distintas finalidades descritas anteriormente, así como para fines estadísticos o administrativos. Se considera informado y que presta su consentimiento.

Por último, en el supuesto de que se aporten datos de terceras personas, el proveedor garantiza que está facultado legítimamente para facilitar los referidos datos y que ha procedido a informar y recabar el consentimiento a los interesados, respondiendo y dejando indemne a Fundación CajaCanarias de cualesquiera daños o perjuicios que se deriven en el caso de incumplimiento.


Fuente y Formulario de inscripción: www.cajacanarias.com/microsites/premios/2017/inicio.php?accion=investigacion



 


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PREMIO DE INVESTIGACIÓN AGUSTÍN DE BETANCOURT 2024 (España)


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PREMIO DE INVESTIGACIÓN AGUSTÍN DE BETANCOURT 2024 (España)

05:07:2024

Género:  Investigación

Premio:  3.000 €

Abierto a:  investigadores/as naturales o residentees en Canarias

Entidad convocante:  Fundación CajaCanarias

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  05:07:2024

 

BASES

 

 

Plazo de inscripción abierto hasta las 14:00 del día 5 de julio de 2024

BASES

CONVOCATORIA

Podrán concurrir investigadores/as que estén en posesión del título de doctor en el momento de presentarse a esta convocatoria, bien de forma individual o agrupados, vinculados a centros oficiales de investigación ubicados tanto en la Comunidad Autónoma de Canarias como fuera de ella.
Se establece como requisito indispensable ser natural o residente en Canarias, permitiendo en el caso de equipos de investigación que al menos uno de los miembros cumpla esta condición.

PREMIO

Se otorgará un único premio de 3.000,00 euros, sujeto a las normas fiscales vigentes. Su importe se ingresará en cuenta bancaria.
El premio podrá ser declarado desierto y en ningún caso ex aequo.

En el caso de recibir el premio un equipo de investigación, la distribución de este importe se detallará y comunicará por escrito a la Fundación CajaCanarias, mediante documento firmado por todos los miembros. Sin este documento la Fundación no procederá al abono de la dotación del premio.

TEMA

El tema de la investigación debe enmarcarse en el área de conocimiento (clasificación ANEP) relativa a Humanidades enfocado directamente en el avance de la sociedad en general por medio de la creación y renovación de estudios vinculados a las subáreas que conforman estas ciencias (ver anexo I relativo a las áreas y subáreas específicas a las que se dirige el premio).

CONDICIONES

1. El trabajo debe ser original. Además, deberá haber sido publicado en revistas/ediciones relativas al área de conocimiento en la que se inscriben.
2. Cada persona o colectivo solo podrá realizar una inscripción al presente premio.
3. Las investigaciones deberán estar escritas en español o inglés, con una extensión máxima de
22.000 palabras.
4. La investigación desarrollada deberá haber sido concluida en un período no superior a los 3 años previos a la fecha de la presente convocatoria.
5. Una vez entregado el material a concurso, el inscrito no podrá modificarlo, retirarlo ni renunciar al certamen antes de la emisión del fallo del jurado.
6. La omisión de cualquiera de los datos requeridos en estas bases supondrá la descalificación del concursante.

PRESENTACIÓN, ENVÍO Y PLAZOS DE ENTREGA

Se presentará el trabajo de investigación, así como el archivo con los datos personales y CV del participante o de los miembros del equipo, exclusivamente a través de la página web, cajacanarias.com, rellenando el formulario correspondiente de inscripción en el premio y adjuntando la documentación requerida.

La solicitud de inscripción será cumplimentada, a través de la web cajacanarias.com, por el/la responsable del trabajo resultante del estudio e investigación.
En caso de tratarse de un equipo investigador, se hará mención expresa del investigador/a principal, quien ocupará el primer lugar de los miembros del equipo de investigación.

En otro documento aparte en un solo archivo, deberán incluirse los siguientes datos:
1. Nombre y apellidos, domicilio, teléfono, DNI o NIE, currículum vitae de cada uno de los miembros del equipo de investigación, cumplimentado de acuerdo con el formato Currículum Vitae Abreviado promovido por la Fundación Española de Ciencia y Tecnología (FECyT) y, en su caso, datos del centro de investigación al que se encuentra adscrito.
2. En el caso de trabajos presentados por equipos de investigación, con algún investigador canario, establecidos fuera de España, se aceptará el Currículum Vitae Abreviado Normalizado del país de origen del investigador/es.

En el campo correspondiente en el formulario de inscripción, deberá adjuntar, según el modelo facilitado en la web de las presentes bases, la declaración jurada de autoría, debidamente cumplimentada y firmada.

La inscripción deberá hacerse efectiva antes de las 14:00 horas del día 5 de julio de 2024.

Para la valoración de los trabajos se tendrá especialmente en cuenta:
• Calidad de la investigación realizada, tanto a nivel científico como social.
• Factor de impacto de la revista/publicación relativa al área de conocimiento a la que pertenece en la que haya sido difundida.
• Actualidad y repercusión del tema objeto del trabajo.
• Aportación de la investigación desarrollada para el avance de los estudios de su área.

JURADO

El jurado del presente Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2024 estará constituido por personas de reconocido prestigio en la materia y su fallo será irrevocable.

El jurado elegirá, entre los trabajos presentados, hasta un máximo de tres finalistas, que se darán a conocer, a través de la página web: www.cajacanarias.com, antes del 30 de noviembre de 2024.

El fallo del jurado se hará público en la Gala de Premios CajaCanarias, así como a través de la página web: www.cajacanarias.com, antes del 31 de enero de 2025.

PUBLICACIÓN

El autor del trabajo ganador acepta que la Fundación CajaCanarias pueda divulgar públicamente su investigación, por medio de una edición en formato digital.

La Fundación CajaCanarias se reserva el derecho de editar la investigación con el límite de imágenes y tablas que la entidad estime. En las ediciones que se realicen posteriormente, bien por la Fundación CajaCanarias o por cualquier otra editorial, se hará mención expresa del Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2024 de la Fundación CajaCanarias.

Asimismo, la Fundación CajaCanarias podrá contribuir en la preparación de la versión en inglés del trabajo de investigación, para facilitar su publicación en acceso abierto en revistas especializadas y arbitradas mediante el sistema de revisión por pares.

Al procederse a la difusión del trabajo premiado, su autor/es deberán hacer mención expresa a su condición de galardonados con el Premio de Investigación Agustín de Betancourt 2024 de la Fundación CajaCanarias, en todos los soportes en que se publique y/o reproduzca.www.escritores.org
La Fundación no se hace responsable de los conceptos, resultados del estudio u opiniones manifestadas en el trabajo premiado, ni de la posible omisión de los/las investigadores/as que hayan participado en el trabajo en cuestión.

DEVOLUCIÓN

Por razones de seguridad y de confidencialidad, en caso de que el Premio requiriera la presentación y entrega de archivos digitales y/o físicos, de cada persona inscrita, estos serán destruidos por la Fundación CajaCanarias, una vez finalizado el proceso del concurso.

ACEPTACIÓN

La presentación a la convocatoria de Premios CajaCanarias 2024, supone el conocimiento y conformidad con las bases publicadas por la Fundación CajaCanarias. Sobre los extremos no previstos en las mismas, la Fundación CajaCanarias podrá tomar las decisiones o introducir las modificaciones que estime pertinentes.

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos de que todos los datos suministrados pasarán a formar parte de un fichero, responsabilidad de la Fundación CajaCanarias, como organizadora de la convocatoria, con domicilio en Plaza del Patriotismo, 1, 2ª planta C.P. 38002, Santa Cruz de Tenerife. Este fichero tiene como única finalidad el poder gestionar correctamente la convocatoria de los Premios conforme a sus bases. De igual forma, se informa que se podrá ejercitar en cualquier momento los derechos acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos establecidos en la legislación vigente, para lo que podrán dirigirse por escrito, en caso de que lo encontrara necesario a la dirección antes indicada, con la referencia “Protección de Datos”. Asimismo, una vez finalizada la convocatoria, los datos personales pasarán a formar parte de un histórico, no utilizándose para ninguna otra finalidad ni para la remisión de comunicaciones electrónicas. De igual manera se autoriza a mostrar expresamente el nombre, descripción e imagen/vídeo en la página web del concurso durante la vigencia del mismo, así como, en caso de ser premiado, en cualesquiera otras publicaciones promocionales o informativas que recojan este evento en el futuro. La aceptación de la relación supondrá la prestación del consentimiento para que Fundación CajaCanarias pueda tratar los datos con las distintas finalidades descritas anteriormente, así como para fines estadísticos o administrativos. Se considera informado y que presta su consentimiento. Por último, en el supuesto de que se aporten datos de terceras personas, el proveedor garantiza que está facultado legítimamente para facilitar los referidos datos y que ha procedido a informar y recabar el consentimiento a los interesados, respondiendo y dejando indemne a Fundación CajaCanarias de cualesquiera daños o perjuicios que se deriven en el caso de incumplimiento.

 

Fuente, Formulario de inscripción y Anexo: cajacanarias.com/agenda/premios-cajacanarias-2024/#Premio-CajaCanarias-de-Investigación-Agustín-de-Betancourt

 

 
 

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