Concursos Literarios

PREMIO DE POESÍA EDUARDO MARTÍNEZ Y HERNÁNDEZ 2022 (España)


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PREMIO DE POESÍA EDUARDO MARTÍNEZ Y HERNÁNDEZ 2022 (España)

29:09:2022

Género:  Poesía

Premio:   Edición, placa conmemorativa y acto de presentación

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Ediciones Vitruvio

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  29:09:2022

 

BASES

 

1. Podrán participar poetas de cualquier nacionalidad y edad. La participación en esta convocatoria implica la total aceptación de sus bases.

2. Los originales presentados serán inéditos, entendiendo como tal que estén libres de derechos y que la mayor parte de sus poemas no hayan sido publicados. Deberán estar escritos en lengua española y tener una extensión apropiada para conformar un libro de poesía.
www.escritores.org

3. Los originales deben ser en formato pdf, a doble espacio y con un índice al término. Es recomendable emplear una letra de cuerpo 12.

4. El Premio de poesía Eduardo Martínez y Hernández se adjudicará mediante el sistema de plica. Los originales, deben ser mandados por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y mediante dos archivos, uno de ellos con el manuscrito y un segundo con el mismo nombre y los datos del autor, incluyendo, teléfono, dirección y una breve nota biográfica.

5. El plazo de admisión de originales comenzará el 23 de abril de 2022 y terminará el 29 de septiembre de 2022.

6. Ediciones Vitruvio designará un jurado formado por especialistas de reconocido prestigio. El fallo, que será inapelable, se hará público en el mes de octubre: se dará a conocer a los medios de comunicación y, con anterioridad, al autor galardonado.

7. Se establece un premio único consistente en la publicación del libro por parte de Ediciones Vitruvio en su prestigiosa colección Baños del Carmen, una placa conmemorativa y un acto de presentación del libro.

8. Los archivos no serán devueltos y serán inmediatamente borrados tras el fallo. No se mantendrá comunicación ninguna con los autores.

 

 

Fuente


 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 



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PREMIO DE POESÍA ELÍAS LÓPEZ ROLDÁN (España)
 01:12:2014

Género:  Poesía

Premio:  1000 € y edición

Abierto a:   sin restricciones

Entidad convocante:  Ateneo Albacetense

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 01:12:2014

 

BASES 


Ateneo Albacetense 2014
 
El Ateneo Albacetense convoca el Premio de Poesía “Elías López Roldán” de acuerdo con las siguientes bases:
 
1ª Podrán tomar parte todos los poetas que lo deseen, excepto los premiados en anteriores ediciones, con un poemario inédito, en lengua castellana, con una extensión no inferior a 500 versos ni superior a 600, presentado en formato DIN A-4, por una sola cara y a doble espacio en cuerpo de letra 12 o equivalentes, debidamente encuadernado o cosido.
 
2ª Los originales se presentarán por quintuplicado , sin firma y bajo lema y acompañados de una plica en cuyo interior se haga constar el nombre y apellidos, fotocopia del DNI, domicilio y teléfono de contacto y una reseña bio-bibliográfica.
 
3ª Los trabajos se remitirán al Ateneo Albacetense, c/ Feria 10   02005 ALBACETE   y  haciendo constar en el sobre (Para el Premio de Poesía “Elías López Roldán”), hasta el día 1º de diciembre  de 2014, aceptándose como válida la fecha consignada en el matasellos.
 
4ª Se establece un único e indivisible premio de 1000 € y la publicación de la obra premiada por parte de la entidad convocante.
 
5ª El premio podrá declararse desierto si, a juicio de jurado, ninguna de las obras presentadas al mismo reúne los requisitos necesarios.
 www.escritores.org
6ª Los originales no premiados no serán devueltos, ni el Ateneo Albacetense mantendrá correspondencia sobre los mismos.
 
7ª El Jurado estará compuesto por el Presidente del Ateneo o persona en quien delegue, por un vocal de su directiva, por tres personas de prestigio en el mundo de la literatura y por el Secretario del Ateneo, que lo será también del jurado, con voz pero sin voto. La composición del Jurado se dará a conocer en el momento de hacerse público el fallo del mismo y cuya decisión será inapelable, en un acto que tendrá lugar en la sede del Ateneo Albacetense a lo largo del mes de mayo de 2015 y cuya fecha se anunciará con la debida antelación.
 
8ª La participación en este concurso implica la aceptación de las presentes bases.
 
 
  

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PREMIO DE POESÍA FERNANDO PAZ CASTILLO (Venezuela)

30:04:2016

Género: Poesía

Premio:  cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,00) y edición

Abierto a: escritores jóvenes venezolanos, no mayores de cuarenta años

Entidad convocante: Ministerio del Poder Popular para la Cultura a través del Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos

País de la entidad convocante: Venezuela

Fecha de cierre:   30:04:2016

 

BASES

 
El Ministerio del Poder Popular para la Cultura a través del Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos, convoca a todas y todos los escritores jóvenes venezolanos, no mayores de cuarenta años, a participar en la XXI edición del Premio de Poesía Fernando Paz Castillo, cuyo propósito es estimular la actividad creadora de jóvenes escritores nacionales, así como honrar y perpetuar la obra del poeta Fernando Paz Castillo.

El plazo para la recepción de las obras vence el sábado 30 de abril de 2016.
www.escritores.org
Esta convocatoria se rige por las siguientes Bases:
Primera: Podrán participar en el Premio de Poesía Fernando Paz Castillo las obras inéditas de escritoras o escritores jóvenes venezolanos no mayores de 40 años.

Segunda: No podrán participar obras cuyos derechos de autor estén comprometidos con otras instituciones o editoriales, ni aquellas que resulten ganadoras en algún concurso cuyo fallo del Jurado se haga público antes del veredicto de este certamen. La Fundación Celarg contará con derecho universal de publicación y distribución de la obra, a través de diversos medios de difusión con posibilidad de realizar coediciones y acuerdos que posibiliten la proyección nacional o internacional de la obra, con fines de democratización del acceso a la cultura y al conocimiento.

Tercera: El Premio se concederá a la autora o autor del mejor poemario postulado. Consistirá en la cantidad de cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,00), sobre la cual se aplicarán las retenciones previstas en la legislación tributaria vigente, y la publicación de la obra ganadora. La Fundación Celarg se reserva el derecho de publicar la primera edición y las reimpresiones necesarias, por un lapso de dos (2) años. La distribución de la obra se realizará a través de la Distribuidora Nacional del Libro, bajo la supervisión de la Fundación Celarg. La publicación en formato digital estará disponible libremente en línea a través del portal Web de Fundación Celarg.

Cuarta: Las obras deberán ser enviadas a la siguiente dirección: “Premio de Poesía Fernando Paz Castillo”. Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos (Fundación Celarg), avenida Luis Roche con tercera transversal de Altamira. Caracas, Venezuela. Código postal 1062. Se requieren cuatro (4) copias, escritas a doble espacio, papel tamaño carta, con extensión de treinta (30) a ochenta (80) cuartillas. En los originales sólo se hará constar el título de la obra y un seudónimo. En sobre aparte, cerrado y con el título de la obra y el seudónimo en el exterior, se incluirán los datos personales del autor: nombre y apellidos, fotocopia de la cédula de identidad, dirección, teléfono de contacto, correo electrónico y una breve nota biográfica.

Quinta: El plazo para la admisión de obras participantes vence el sábado 30 de abril de 2016. Se admitirán las obras que se envíen por correo y tengan matasellos de origen de esta fecha o anterior. La lista de obras participantes será publicada en la página Web de la Fundación Celarg (www.celarg.gob.ve).

Sexta: El jurado estará constituido por tres miembros designados por el Consejo Directivo de la Fundación Celarg. La composición del jurado será publicada en la página Web de la Fundación Celarg.

Séptima: El fallo del Jurado será dado a conocer en acto público y contendrá un juicio de valor sobre la obra premiada.

Octava: El Premio se adjudicará por mayoría de votos, es indivisible y no podrá ser declarado desierto. No se conferirán accésit ni menciones honoríficas y en ningún caso será otorgado más de una vez a un mismo autor. La posibilidad de emitir una lista de obras finalistas quedará bajo la potestad del jurado calificador.

Novena: Los originales no premiados no se devolverán.

Décima: El premio será entregado al ganador en acto público a celebrarse en la ciudad de Caracas el día sábado 30 de julio de 2016.

Décima primera: Lo no previsto en estas Bases será resuelto por el Consejo Directivo de la Fundación Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos, según sus respectivas atribuciones y su decisión será inapelable.

Décima segunda: El ganador del Premio será designado automáticamente como integrante del jurado de la próxima edición del concurso.

Décima tercera: La participación en este Premio implica la total aceptación de estas Bases.

Para mayor información se puede contactar con la Jefatura de Relaciones Institucionales del Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos, teléfonos (58-212) 285.27.21 /  285.54.97 / 286.78.59. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Fuente: celarg.org

 

 


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PREMIO DE POESÍA ESPANTAPÁJAROS (México)
30-05-2014

Género:   Poesía

Premio:  Edición, Diploma y paquete de libros

Abierto a:  residentes en México mayores de 18 años

Entidad convocante: Revista y Ediciones El humo

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre: 30:05:2014

 

BASES

Revista y Ediciones El humo CONVOCA A todos los poetas residentes en la República Mexicana a participar del:
Premio de poesía ESPANTAPÁJAROS

1.            Podrán participar todos los poetas nacidos y residentes en México, mayor es de 18 años.
2.            Los concursantes deberán enviar un libro de poesía inédito, con tema y forma libre, que no sea inferior a 50 cuartillas ni superior a las 70 cuartillas.
3.            Los trabajos deberán enviarse enumerados, por triplicados y engargolados, en arial 12, espaciado doble y en hoja tamaño carta.
4.            Los textos deberán acompañarse de un sobre, en cuyo exterior aparezca el seudónimo  del concursante y nombre de la obra, y en su interior los datos reales: nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico y una semblanza literaria. De no cumplir con este requisito, serán descalificados.
5.            Los trabajos deberán enviarse a:
Premio de Poesía   www.escritores.org
Departamento de Actividades culturales y deportivas
Av. La Palma # 125, Colonia Vista Hermosa
Universidad Tecnológica de SJR
San Juan del Río, Qro. CP: 76800
6.            La fecha de cierre para admisión de propuestas,  es el viernes 30 de mayo de 2014. Será válido la fecha del metasello.
7.            El jurado calificador estará compuesto de poetas de reconocido prestigio,  cuyos nombres se darán a conocer  en el momento que sea publicado el fallo.
8.            El veredicto del jurado calificador será inapelable y se dará a conocer el día 15 de julio de 2014 en www.revistaelhumo.com
9.            Los trabajos no serán devueltos.
10.          El jurado  declarará desierto el premio si no cumple con la calidad requerida.
11.          El premio consiste en:
a)            Publicación de la obra (200 ejemplares)
b)           Diploma y paquete de libros.
12.          Las menciones honorificas se extenderán de acuerdo con el criterio del jurado.
13.          Los puntos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el jurado calificador y el comité organizador.
14.          Para mayores informes con Romina Cazón Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o difusióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
 

BASES 
 

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PREMIO DE POESÍA GERARDO DIEGO - GOBIERNO DE CANTABRIA 2020 (España)


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PREMIO DE POESÍA GERARDO DIEGO - GOBIERNO DE CANTABRIA 2020 (España)

03:07:2020

Género:  Poesía

Premio:   5.000 € y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Gobierno de Cantabria

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  03:07:2020

 

BASES

 

Primero. Objeto y régimen jurídico.

1. La presente Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Literarios Gobierno de Cantabria 2020, en las siguientes modalidades:

A. Premio de cuentos Manuel Llano.
B. Premio de poesía Gerardo Diego.
C. Premio de novela corta José María de Pereda.

2. La convocatoria se regirá por las bases reguladoras establecidas mediante la Orden ECD/71/2016, de 17 de junio (BOC nº 124, de 28 de junio de 2016), modificada por la Orden ECD/29/2019, de 30 de abril de 2019 (BOC nº 88, de 9 de mayo de 2019).

 

Segundo. Requisitos de los participantes.

1. Podrán participar en estos premios todos los autores, con independencia de su nacionalidad, excepto los ganadores de ediciones anteriores en la correspondiente modalidad.

2. En ningún caso podrán ser premiados al amparo de esta Resolución quienes se hallasen en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

 

Tercero. Compatibilidad.

La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

Cuarto. Requisitos de las obras.

1.Únicamente podrá presentarse una obra por autor, en cada modalidad de premio.

2. La obra, cuyo contenido y forma serán libres, habrá de cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar escrita en castellano.

b) Se presentará sin firma, bajo seudónimo, con un título o lema y mediante el sistema de plica, en los términos previstos en el artículo 5 de esta Resolución.

c) Se presentará en soporte papel en tamaño DIN A-4, por triplicado, mecanografiado a doble espacio (interlineado 1,5), por una sola cara debidamente paginada, con el título o lema correspondiente al conjunto de la obra, debiendo carecer de cualquier detalle que pueda permitir identificar a su autor.

En las convocatorias de los Premios Manuel Llano y José María de Pereda se especificará el número de renglones por página, y en las del Premio Gerardo Diego el número de versos por página.

d) Su extensión y características será la siguiente:

En el Premio Manuel Llano, la extensión de la obra no será inferior a 70 páginas ni superior a 170. El número de renglones por página no será superior a 35 ni inferior a 20, con letra de 12/13 puntos de tamaño de fuente. El número mínimo de relatos de la obra será de cinco, sin límite máximo.

En el Premio José María de Pereda, la extensión de la obra no será inferior a 150 páginas ni superior a 250. El número de renglones por página no será superior a 35 ni inferior a 20, con letra de 12/13 puntos de tamaño de fuente.

En el Premio Gerardo Diego, la extensión de la obra no será inferior a 400 versos ni superior a 700.

3. El autor garantizará que la obra presentada cumple los siguientes requisitos:

a) Ser original e inédita (se considerarán editadas, a estos efectos, las obras que hayan aparecido, total o parcialmente, en alguna publicación impresa).

b) No haber sido premiada con anterioridad en ningún otro concurso nacional o internacional, ni haberse presentado a ningún otro certamen cuyo fallo deba producirse antes de la resolución del Premio convocado por la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.

c) No haberse cedido a terceros los derechos de autor de la obra, ni comprometido su cesión futura.

 

Quinto. Presentación de las obras: forma, lugar y plazo.

1. La documentación se remitirá al Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte en sobre cerrado, indicando expresamente la denominación del premio, y consistirá en:

- La solicitud de participación, debidamente cumplimentada, conforme al modelo normalizado que figura en esta convocatoria como anexo I.

- Tres ejemplares de la obra, con los requisitos establecidos en el artículo 4 de esta Resolución.

- Una plica, en sobre cerrado, en la que deberá figurar el título de la obra y el seudónimo utilizado, y en la que se incluirá el modelo normalizado que se establece en esta convocatoria como anexo II, debidamente cumplimentado, y un breve currículum bio-bibliográfico del autor. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones en la obra premiada conllevará la no publicación de la misma, sin perjuicio de las oportunas reclamaciones que la entidad convocante pueda emprender contra el autor.

2. El interesado podrá oponerse, a través del modelo normalizado que se establece en esta convocatoria como anexo II, a que la Dirección General de Acción Cultural recabe la siguiente información:

- Datos acreditativos de la identidad y domicilio del interesado.

- Certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el interesado está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

En el supuesto de que el interesado se oponga deberá aportar los documentos acreditativos en su plica.

3. Asimismo la solicitud incluirá una declaración responsable de:

- Ser ciertos cuantos datos figuran en la solicitud y, en su caso, en la documentación adjunta y esta última ser fiel copia de los originales. Conocer y aceptar que la Administración Pública podrá comprobar, en cualquier momento, la veracidad de todos los documentos, datos y cumplimiento de los requisitos por cualquier medio admitido en Derecho. En el supuesto de que la Administración compruebe la inexactitud de los datos declarados, el órgano gestor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder en virtud de la legislación aplicable.

- Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimiento de las bases reguladoras y la convocatoria. Asimismo, cumplir los requisitos exigidos por las mismas.

- No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

- Datos de la cuenta bancaria (en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda).

4. La solicitud de participación, junto con el resto de documentación señalada en el apartado primero, se presentará en el Registro de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (C/ Lealtad 24. 39002 Santander) o través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre.

Si la documentación es remitida por correo deberá ser presentada en sobre abierto para que la solicitud de participación (anexo I), debidamente cumplimentada, sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.

5. El plazo de presentación de las obras será de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria, el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Sexto. Criterios de valoración.

Las obras presentadas serán valoradas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Premios Manuel Llano y José María de Pereda:

1. Creatividad y originalidad de la obra: hasta 40 puntos.
2. Estructura y ritmo de la narración: hasta 30 puntos.
3. Riqueza del lenguaje utilizado y coherencia en el desarrollo de la obra: hasta 30 puntos.

b) Premio Gerardo Diego:

1. Creatividad y originalidad de la obra: hasta 40 puntos.
2. Riqueza del lenguaje, ritmo, coherencia en su desarrollo: hasta 30 puntos.
3. Recursos estilísticos utilizados: hasta 30 puntos.

 

Séptimo. Instrucción del procedimiento.

1. Recibidas las solicitudes, el órgano instructor, compuesto por personal del Servicio de Acción Cultural dependiente de la Dirección General de Acción Cultural, verificará que cumplen los requisitos exigidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria, y si advirtiese que alguna de ellas carece de datos requeridos o la documentación que se acompaña es defectuosa o incompleta, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo de diez días hábiles subsane su solicitud, con apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido, previa resolución dictada en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. El órgano instructor elaborará un informe en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que las personas propuestas como premiadas cumplen todos los requisitos necesarios para acceder al mismo.

3. La valoración de las obras, en cada una de las modalidades de premios literarios, corresponderá a un jurado integrado por los siguientes miembros:
- Presidente: Directora General de Acción Cultural o persona en quien delegue.
- Vocales: tres personalidades de relevancia de la vida literaria designados por la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, quienes no podrán participar en el premio cuyas obras valoran.
- Secretario: con voz y sin voto, elegido entre el personal al servicio de la Dirección General de Acción Cultural.

4. Vista la valoración del jurado, el órgano instructor formulará propuesta de resolución, debidamente motivada, de la obra que a su criterio debe ser premiada, que elevará al órgano desierto el concurso, pero no que se dividan los premios.

 

Octavo. Resolución del procedimiento.

1. El titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte es el órgano competente para resolver el procedimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

2. El plazo de resolución del procedimiento será de cuatro meses, a partir de la finalización del plazo de presentación de las obras.

3. La resolución, debidamente motivada, se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección General de Acción Cultural (C/ Vargas 53, 1.ª planta, Santander) así como en la página web www.culturadecantabria.com, y podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de la Dirección General de Acción Cultural o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

4. Una vez resuelto el procedimiento, a los solos efectos de publicidad, se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria el premio concedido, expresando la convocatoria, el programa y crédito presupuestario, el beneficiario y la cantidad concedida, en los términos del artículo 17 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

El premio concedido deberá remitirse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

5. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión del premio podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

6. El premiado tiene la obligación de facilitar cuanta información relacionada con el premio le sea requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y por el Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos.

 

Noveno. Premios: naturaleza, cuantía y forma de pago.

1. La cuantía total de la dotación económica de los premios, que se financiará con cargo a la partida presupuestaria 2020.03.04.334A.485, será de 22.000 euros.

2. Los premios, que estarán sujetos a la retención fiscal establecida en la legislación vigente, serán:

A. Premio de cuentos Manuel Llano: 5.000,00 €.
B. Premio de poesía Gerardo Diego: 5.000,00 €.
C. Premio de novela corta José María de Pereda: 12.000 €.

3. El abono del premio se hará efectivo por su importe íntegro, una vez deducida la carga tributaria correspondiente.

4. No podrá realizarse el pago del premio en tanto el autor premiado no se hallare al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Administración de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público, o se haya dictado contra el mismo resolución de procedencia de reintegro, mientras no se satisfaga o se garantice la deuda de la manera prevista en la Ley 10/2006, de 17 de julio.

 

Décimo. Edición de la obra premiada.

La Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte se compromete a editar la obra premiada, en colaboración con una editorial que garantice su distribución a nivel nacional, con la debida continuidad de formato con respecto a ediciones anteriores. Los autores no recibirán cantidad alguna en concepto de derechos de autor en esta primera edición.

 

Undécimo. Destrucción de las obras no premiadas.

Los originales de las obras no premiadas no se devolverán a sus autores, sino que serán destruidos debidamente una vez resuelto el procedimiento.

 

Duodécimo. Reintegro de los premios y régimen sancionador.

1. Procederá la revocación del premio y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, con la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago hasta la fecha en que se reintegren voluntariamente los fondos percibidos o se acuerde por el órgano competente la procedencia del reintegro, cuando concurra cualquiera de las causas de reintegro tipificadas en el artículo 38 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

2. El procedimiento de reintegro se tramitará conforme a lo dispuesto en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, siendo competente para la incoación del expediente la Directora General de Acción Cultural, y para su resolución el órgano concedente del premio.

3. El régimen sancionador aplicable será el previsto en el Título IV de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

 

Decimotercero. Aplicación e interpretación de las bases y la convocatoria.

La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras y de la presente convocatoria, quedando el jurado facultado para resolver cualquier cuestión no prevista en ellas.

 

Decimocuarto. Eficacia de la Resolución.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Fuente y Anexos: www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/505998


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