Concursos Literarios

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 11:10:2013

XV PREMIO JOVEN DE NARRATIVA (España)

La Universidad Complutense de Madrid, consciente de su responsabilidad con la investigación, la formación y la transferencia, un año más convoca el “Premio Joven”, con objeto de reconocer a quienes dedican su trabajo y esfuerzo a la búsqueda del conocimiento, a la creación en sus diferentes ámbitos, o están comprometidos con una serie de valores.

 La vocación, el esfuerzo, el trabajo bien hecho, la solidaridad y la responsabilidad, son cualidades que la UCM fomenta y practica, y constituyen una parte de su identidad. Por ello, las actividades se deben impregnar de valores humanos con reconocimiento universal y servir de ejemplo a otras instituciones públicas o privadas que tienen una clara responsabilidad y proyección social. Más que nunca, conceptos como “ética”, “honestidad”, “responsabilidad social corporativa”, “ejemplaridad” y “austeridad”, se deben premiar cuando se practican y por el contrario exigir cuando están ausentes.

Más que nunca es imprescindible reconocer el valor del conocimiento y de la creación, como motores de un impulso económico en tiempos de crisis, y más que nunca, la unión entre conocimiento y valores es fundamental que sea asumida por los más jóvenes, responsables de configurar el futuro.

 Jurados integrados por personalidades relevantes en artes plásticas, economía, comunicación, narrativa, ciencia y tecnología, solidaridad y derechos humanos y sostenibilidad y medio ambiente, serán los encargados de seleccionar a los mejores. Gracias a nuestros patrocinadores, los premios comportan una dotación económica que les permitirán avanzar en algunos de sus proyectos.

 BASES
 
A. PREMIO JOVEN DE NARRATIVA. Podrán presentarse de forma individual o colectiva jóvenes de nacionalidad española o residentes en España con una novela original e inédita, escrita en español y no premiada en ningún otro certamen en el momento de producirse el fallo. Los/as candidatos/as deberán tener una edad comprendida entre los 18 y 35 años en la fecha de cierre del plazo de admisión de obras.

 B. El Premio tiene una dotación de 3.000 euros (cantidad a la que se le aplicarán las retenciones previstas en la Legislación Tributaria) y el compromiso de la edición y publicación de la novela, así como la promoción y publicidad de la misma. Podrá ser declarado desierto.

 C. La extensión de la novela se fija en, aproximadamente, 200 páginas (a 1.800 caracteres por página), impresas y cosidas o encuadernadas. En caso de presentarlas en este formato deberá adjuntarse una copia digital de la misma (CD o similar). También existe la posibilidad de enviar las novelas por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

D. Cada autor/a podrá presentar cuantas novelas estime oportuno, remitiéndolas por correo certificado sin remite o entregándolas en mano, en días laborables, de 9,30 a 14,00 horas en la siguiente dirección: FUNDACIÓN GENERAL UCM.Área de Cultura. C/ Donoso Cortés, 65, 2ª planta. 28015 Madrid, indicando: “Premio Joven de Narrativa”. Se presentarán mediante el procedimiento de lema y plica, sin firma ni datos que puedan identificar al autor/a en la novela, y en sobre aparte, cerrado, se incluirá la dirección con los datos personales y fotocopia del DNI o NIE. En el interior de la novela y en el exterior de la plica se hará constar el lema o seudónimo utilizado y el título de la obra. Este mismo procedimiento se deberá aplicar en el caso del envío de originales por correo electrónico, remitiendo en sobre aparte y por correo certificado a la dirección anteriormente citada, la plica con los datos personales y fotocopia del DNI o NIE en el interior y en el exterior del sobre deberá aparecer claramente el título de la novela y el seudónimo del autor/a.

E. El plazo de admisión de las obras finaliza el día 11 de octubre de 2013. Del 10 al 25 de agosto, la sede de la Fundación General UCM permanecerá cerrada, por lo tanto, podrán seguir enviándose trabajos o candidaturas durante esas fechas exclusivamente a través del correo electrónico.

 F. La Fundación General UCM no responderá de pérdidas, roturas, robos o daños en los trabajos por razón de fuerza mayor o cualquier otra causa ajena a su voluntad.

G. Una vez recibidos los trabajos se evaluarán por un Jurado compuesto por profesionales de reconocido prestigio y su composición se dará a conocer el día del fallo. Su decisión será inapelable.

H. El fallo del Jurado se difundirá mediante nota de prensa en los medios de comunicación por la Universidad Complutense de Madrid y se remitirá al ganador/a o ganadores/as. Igualmente los participantes podrán consultar esta información en la web de la UCM, de la Fundación General UCM y en la de Gadir Editorial.

I. La entrega del Premio se efectuará en acto público en fecha que se anunciará previamente.

J. Los originales no premiados podrán retirarse por su autor/a o personas autorizadas (previa solicitud telefónica). A partir de la fecha de comunicación del fallo del Premio dispondrán del plazo de un mes para su retirada en horario de 9,30 a 14,00 horas. Los ejemplares no retirados serán destruidos transcurrido dicho plazo.

 K. La novela será publicada por Gadir Editorial, en un plazo no superior a 1 año después de fallado el Premio.

L. Gadir Editorial asume la distribución de la obra ganadora dentro de alguna de sus colecciones de narrativa y el acto público de su presentación, asimismo, adquiere los derechos de reproducción y explotación comercial de la obra ganadora, para el ámbito de España y el resto del mundo.

M. De igual modo, Gadir Editorial tendrá, durante un mes, la primera opción de publicación de cualquiera de las novelas que se hayan presentado a concurso y no hayan sido premiadas.

N. El importe del Premio en metálico, se entenderá a cuenta de derechos de autor por la publicación de la obra o su explotación, es decir, como ANTICIPO o cantidad abonada, no retornable, a cuenta de los derechos o royalties acordados entre las partes según los valores habituales del sector (los concursantes podrán consultar el modelo de contrato con Gadir Editorial).

 O. Cualquier información sobre la convocatoria o solicitud del boletín de presentación a la misma puede obtenerse mediante contacto con la Fundación General UCM, por cualquiera de los siguientes procedimientos: Tel. 91 394 6398, Fax. 91 394 6490, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., www.fundacionucm.es

 P. La participación en el Premio implica la aceptación total de sus bases.

 Condiciones Generales de Publicación

 1. La Universidad Complutense de Madrid, de acuerdo con Gadir Editorial, se reserva la primera opción de publicación del “Premio Joven”, en cualquiera de sus modalidades en formato de libro y/o su explotación en medios audiovisuales, magnéticos, ópticos y digitales, por un periodo de un año.

 
2. El importe del Premio (cantidad a la que se le aplicarán las retenciones previstas en la Legislación Tributaria) se entenderá a cuenta de derechos de autor por la publicación de la obra o su explotación, es decir, como anticipo o cantidad abonada, no retornable, a cuenta de los derechos o royalties acordados entre las partes según los valores habituales del sector.

 
3. De igual modo, la Universidad Complutense de Madrid tendrá durante un mes la opción de publicación de cualquiera de las obras que se hayan presentado a concurso y no hayan sido premiadas.

4. Si transcurriese un mes desde que se fallase el Premio, y el autor no hubiese tenido comunicación, fehaciente y por escrito, de la decisión de la Entidad Convocante de publicar o explotar la obra, el autor quedará libre en ese sentido. Sólo en el caso de las obras premiadas, si la obra fuera publicada por otra entidad, el autor se comprometerá a garantizar que en la misma aparecerá en un lugar visible de la cubierta y en la página de créditos la siguiente mención:

PREMIO JOVEN. DECIMOQUINTA EDICIÓN

Universidad Complutense de Madrid
 
* La participación en la presente Edición del Premio Joven, implica la inclusión de los datos personales de los participantes en un fichero responsabilidad de la Fundación General UCM, domiciliada en la calle Donoso Cortés 65, 28015 Madrid.

Dichos datos serán utilizados únicamente por la Fundación General UCM a los propios efectos de la Edición de dicho Premio y de informar a los participantes de la celebración de sucesivas ediciones, garantizando, en todo caso, el mantenimiento de las debidas condiciones de confidencialidad en relación con los mismos. Asimismo, el participante autoriza expresamente a la Fundación General UCM para que incluya su nombre y currículum tanto en el catálogo como junto a su obra en la exposición que se va a organizar, así como, para que lo publique en la página web de la Fundación.

El participante podrá dirigirse a la dirección anteriormente indicada a efectos de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Bases


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

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XV PREMIO LITERARIO "FEDERICO GARCÍA LORCA" (España)


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XV PREMIO LITERARIO "FEDERICO GARCÍA LORCA" (España)

26:03:2021

Género:  Poesía, relato, infantil y juvenil

Premio:   300 €, lote de libros y diploma

Abierto a:  alumnado matriculado en el año académico 2020-21 en E.S.O. o Bachillerato de cualquier centro de enseñanza de Andalucía

Entidad convocante:  I.E.S."Santa Engracia"

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  26:03:2021

 

BASES

 

I.E.S. “SANTA ENGRACIA”

POESÍA Y PROSA

Se convoca este certamen literario con la finalidad de fomentar en los jóvenes el interés por la creación literaria y por la lectura, así como para favorecer la implicación y participación de los centros educativos en actividades de este género.

BASES

1.- Podrá participar todo el alumnado matriculado durante el presente año académico 2020-21 en algún curso de la E.S.O. o de Bachillerato de cualquier centro de enseñanza de Andalucía.

2.- Las obras presentadas a concurso pueden elaborarse en prosa o verso sobre tema libre. Habrán de ser originales, inéditas y no haber sido premiadas en otro concurso literario antes de la finalización del presente certamen.

3.- De cada trabajo se remitirán tres ejemplares impresos y una copia en disco CD (en extensión .doc, .docx u .odt ). Deberán estar mecanografiados en un cuerpo 12, a doble espacio, por una sola cara y en formato A4. Los trabajos se presentarán con las páginas numeradas y unidas.

4.- La extensión de las obras será:
– Para las obras en prosa, un mínimo de siete páginas y un máximo de veinte.
– Para las obras en verso, un mínimo de cinco poemas y un máximo de veinte.

5.- Cada original irá firmado en su portada con el seudónimo del autor y en la misma figurará el título de la obra. Es obligatorio adjuntar sobre cerrado con el mismo título de la obra y el seudónimo claramente escrito en él. En el interior del sobre, se incluirá una hoja con el nombre, apellidos, fecha de nacimiento, dirección personal completa con código postal, teléfono de contacto y correo electrónico, así como una fotocopia del DNI.

6.- Los trabajos deberán ser enviados por correo postal a la siguiente dirección:

I.E.S."Santa Engracia"
C/ Santa Engracia 17
23700-LINARES (JAÉN)

Debe indicarse en el sobre “Para el XIII Certamen Literario Federico García Lorca”.

7.- PLAZO DE ADMISIÓN: Los trabajos podrán entregarse antes de las catorce horas del día 26 de marzo de 2021. La entrega de premios tendrá lugar en la segunda quincena del mes de abril de 2021.

8.- El jurado estará constituido por profesorado de los institutos de Linares, miembros del
A.M.P.A."Federico García Lorca" y personas relacionadas con el mundo literario.

9.- A la entrega de premios asistirá un escritor o escritora de prestigio.

10.- Se establecen dos categorías, E.S.O. y Bachillerato, cuyos PREMIOS serán:

Modalidad prosa en Bachillerato:
Primer premio de 300 €, lote de libros y diploma.
Segundo premio de 150 €, lote de libros y diploma.

Modalidad poesía en Bachillerato:
Primer premio de 300 €, lote de libros y diploma.
Segundo premio de 150 €, lote de libros y diploma.

Modalidad prosa en la ESO.:
Primer premio de 250 €, lote de libros diploma.
Segundo premio de 150 €, lote de libros y diploma.

Modalidad poesía en la ESO.:
Primer premio de 250 €, lote de libros diploma.
Segundo premio de 150 €, lote de libros y diploma.

Premios especiales
Dos primeros premios de 75 € y diploma, para el mejor trabajo en cada modalidad (prosa y verso) presentado por alumnado del I.E.S."Santa Engracia". Estos premios no pueden acumularse con ninguno de los anteriormente mencionados.

El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios. En este caso, podrá conceder la cantidad no asignada en premios a accésits.

11.- Los trabajos no premiados serán destruidos 10 días después de haberse hecho público el fallo del jurado.

12.- Las obras premiadas quedarán en posesión del I. E. S. “Santa Engracia”.

13.- El fallo del jurado será inapelable.

14.- La participación en este certamen implica la plena y total aceptación de las presentes bases.

 

Para cualquier información pueden tomar contacto a través del teléfono 953609574 y de la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Fuente

 

 

 

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


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XV PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2023 (España)


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XV PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2023 (España)

08:09:2023

Género:  Relato

Premio:  2.000 €, diploma acreditativo y publicación

Abierto a:  personas mayores de 16 años, que hayan nacido, estén empoadronadas o hubieran estado empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia

Entidad convocante:  Diputación Foral de Bizkaia

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  08:09:2023

 

BASES

 

 

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Base 1.—Objeto del concurso literario

1. Podrán presentarse a este concurso relatos literarios que continúen con los inicios propuestos por un escritor o escritora actual, que se adapten al comienzo elegido, a sus personajes y a las situaciones que se plantean en los mismos.
Un tribunal constituido al efecto valorará los trabajos presentados y propondrá los relatos ganadores, a los cuales se les otorgará un premio económico y diploma acreditativo.
2. En la presente convocatoria los inicios de los relatos que deberán seguir las personas participantes son los siguientes:
a) En la modalidad de euskera, el inicio del relato con título «Marlon» del escritor Jabi Elortza Antia.
b) En la modalidad de castellano, el inicio del relato con título «Alud» de la escritora Begoña Elorrieta Puente.
3. Cada concursante podrá presentar cuantos trabajos desee.
Las personas autoras que participen podrán presentarse indistintamente al relato en euskera y/o al de castellano, sin perjuicio de que, si así lo estimase el jurado, una misma persona pudiera ganar en ambos apartados. Si se elige el inicio de relato en euskera, deberá continuarse en euskera, si se elige el inicio de relato en castellano, deberá continuarse en castellano.
4. Los relatos tendrán una extensión mínima de 12 páginas o caras y máxima de 15, escritos en fuente de letra «Times» o «Arial», en hojas DINA4, cuerpo 12, a doble interlineado, con un mínimo de 24 líneas y máximo de 32 líneas por página y un mínimo de 70 caracteres por línea, salvo las excepciones lógicas derivadas de la aplicación de algunos signos ortográficos.
5. Los relatos presentados a este concurso están obligados a respetar la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y demás disposiciones legales vigentes.

Base 2.—Personas beneficiarias

1. Podrán presentarse al concurso literario aquellas personas físicas autoras que lo deseen mayores de 16 años, con un trabajo original y no publicado total o parcialmente, siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral. Se deberán tener 16 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Además, las personas autoras participantes habrán de cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos: haber nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la publicación de este decreto foral, o haber estado empadronadas durante un periodo mínimo de un año en el Territorio Histórico de Bizkaia con anterioridad a la publicación de este decreto foral.
3. La persona ganadora del primer premio en cualquiera de las dos ediciones inmediatamente anteriores a la actual convocatoria únicamente podrá participar en la presente convocatoria del XV BizkaIdatz 2023 en la modalidad (euskera o castellano) en que no hubiera sido premiada.
4. Quedarán excluidas de la convocatoria regulada por el presente decreto, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, aquellas personas sancionadas en firme en vía administrativa, laboral o penal por vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, así como quienes incumplan las obligaciones establecidas en el Título III de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres, o en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres o en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

 

TÍTULO II

RÉGIMEN JURÍDICO

Base 3.—Normativa aplicable

Para todos aquellos aspectos no previstos en el presente decreto foral serán aplicables la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral; el Reglamento de Subvenciones aprobado por el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica; el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Base 4.—Infracciones y sanciones

En lo referente a infracciones y sanciones se aplicará lo establecido en el Título IV de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, y en el Título IV del Reglamento de desarrollo de la misma.

 

TÍTULO III

PROCEDIMIENTO

Base 5.—Lugar y plazo de presentación de las solicitudes

1. Las solicitudes se podrán presentar en la oficina de registro y atención ciudadana Laguntza (calle Diputación, 7, 48008-Bilbao, planta baja del Edificio de la Biblioteca Foral de Bizkaia), o mediante alguna de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán presentarse solicitudes a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia:
— ebizkaia.eus/es/inicio.
En el catálogo de trámites de la sede electrónica se encuentra la ficha resumen del presente decreto foral.
Las solicitudes de personas menores de edad deberán ser presentadas por quienes ejerzan su patria potestad u ostenten su representación legal. En el caso de que resulten ganadoras de alguno de los premios a todos los efectos serán éstas, y no las personas menores, las beneficiarias de la cantidad económica a percibir. En cualquier caso, los requisitos de las personas beneficiarias señalados en la base 2 habrán de concurrir en la persona menor de edad.
La persona menor en el tiempo de la solicitud que alcanzase la mayoría de edad antes de la tramitación del pago del premio será la beneficiaria del mismo.
2. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del presente decreto foral en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta el día 8 de septiembre de 2023.

Base 6.—Modelo de solicitud y documentación a acompañar a la solicitud

1. Las solicitudes presentadas a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia deberán ajustarse a los modelos oficiales de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponibles para su cumplimentación y presentación en
— www.ebizkaia.eus/es/inicio
2. En los demás casos, las solicitudes se deberán presentar en el modelo oficial debidamente cumplimentado y accesible a través de la página web:
— bizkaia.eus/foruliburutegia
3. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
— Un ejemplar del relato escrito por la persona participante.
El ejemplar de la obra no irá firmado, estará numerado en todas las páginas e indicará el título del relato, sin identificación del autor o autora.
— En caso de presentar la solicitud mediante representante (en todo caso, en las solicitudes en las que la persona autora del relato sea menor de edad, conforme a lo establecido en la base 5.1, párrafo cuarto), la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho.

Base 7.—Datos y documentación verificables

1. El Servicio de Patrimonio Cultural del Departamento Foral de Euskera, Cultura y Deporte, mediante los sistemas de intermediación de datos disponibles, a través del Nodo de Interoperabilidad de Bizkaia, realizará las comprobaciones y consultas pertinentes de los datos de las personas interesadas, sus representantes y, en su caso, de la persona menor de edad que alcance la mayoría de edad antes de la tramitación del pago del premio, que resulten necesarias para la tramitación administrativa del presente decreto que obren en poder de las Administraciones Públicas, salvo oposición expresa de las mismas, en cuyo caso, deberán aportarse los datos o documentos correspondientes, todo ello al amparo del artículo 28.2 de la Ley 39/2015.
Los referidos datos son:
a) Los datos de titularidad de la cuenta bancaria.
En caso de que la persona solicitante se oponga a que esta Administración compruebe dichos datos bancarios por sus propios medios, deberá aportarse ficha de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada, en el modelo oficial disponible en sede o a través de la página web:
— bizkaia.eus/foruliburutegia
b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) Municipio de empadronamiento en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Las personas que, en la fecha de publicación de este decreto foral, no estén empadronadas en algún municipio del Territorio Histórico de Bizkaia pero que lo estuvieron con anterioridad, deberán indicar en qué municipio estuvieron empadronadas.
2. En todo caso, si por causas técnicas la interoperabilidad no fuera posible, el Servicio de Patrimonio Cultural podrá requerir datos o documentos necesarios para la tramitación.
3. Cualquier acceso a dichos datos se realizará de conformidad con lo previsto al respecto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y su normativa de desarrollo, así como, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Base 8.—Subsanación o mejora de las solicitudes

1. Si las solicitudes no se formalizaran completamente o faltara alguno de los documentos exigidos por el presente decreto foral, se requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de diez (10) días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, archivándose la misma, previa la correspondiente resolución.
2. En todo caso, el Departamento Foral de Euskera, Cultura y Deporte podrá solicitar cuanta información complementaria considere necesaria para la adecuada comprensión y evaluación de las solicitudes presentadas.

Base 9.—Procedimiento de concesión

La concesión de los premios se realizará mediante el sistema de concurrencia competitiva, esto es, mediante la constitución de un tribunal calificador que procederá a la comparación de los relatos presentados, a fin de establecer una prelación entre los mismos, atendiendo a los criterios de valoración fijados en la base 10.

Base 10.—Criterios de valoración de los relatos

1. El tribunal calificador designado a los efectos de esta convocatoria valorará las solicitudes presentadas en plazo, otorgándose los premios a aquellos relatos que, a su juicio, obtengan mayor puntuación, sobre un máximo de 10 puntos, conforme a los siguientes criterios y puntos:
a) Continuidad y unidad con el relato propuesto: hasta 4 puntos.
b) Calidad literaria: hasta 3 puntos.
c) Creatividad en el desarrollo de la historia: hasta 3 puntos.
2. El premio podrá ser declarado desierto, si ninguno de los relatos presentados reúne, según criterio del tribunal, los requisitos exigidos para su selección o si su valoración resulta insuficiente.
3. El tribunal calificador tiene potestad para excluir aquellos relatos que no respeten la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero, en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y demás disposiciones legales vigentes.

Base 11.—Asesoramiento

El Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Bizkaia prestará el apoyo técnico o asesoría necesaria ante cualquier duda o consulta referida al presente decreto foral, a cuyos efectos se encuentra disponible en:
— bizkaia.eus/laguntzaileOndarea

Base 12.—Tribunal calificador

1. Para el análisis y la evaluación de los relatos presentados, se constituirá un tribunal calificador cuyas personas integrantes serán designadas por la diputada foral de Euskera, Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Bizkaia, mediante orden foral.
Igualmente, se cumplirá lo establecido en el artículo 44 de la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
2. El tribunal calificador, habida cuenta de los criterios para la adjudicación de los premios, presentará la propuesta de resolución a la Diputada Foral de Euskera, Cultura y Deporte, con el fin de que se dicte la resolución definitiva.
Base 13.—Resolución
1. No se prevé en esta convocatoria, a efectos de lo dispuesto por el artículo 22.4 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, la resolución, en primer lugar, a través de una propuesta de resolución provisional tras la que se conceda trámite de audiencia a las personas interesadas, puesto que no figurarán en el procedimiento ni serán tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las personas interesadas.
2. Previo a la resolución de la convocatoria, el Servicio de Patrimonio Cultural comprobará que las personas propuestas como ganadoras se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social y que no son deudoras por reintegro de subvención. Si, como consecuencia de tal comprobación, resultare que incumple cualquiera de tales obligaciones, será requerida para que en el plazo de 10 días regularice tal situación, con advertencia de que, en otro caso, su solicitud será dada por desistida, previa la correspondiente resolución.
3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses, a contar a partir de la finalización del plazo de presentación de relatos. La resolución será dictada por la diputada foral del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte, a propuesta de la resolución del Tribunal Calificador.
Si transcurrido dicho plazo no mediara resolución expresa y notificación de la misma, se entenderá que ha sido desestimada, sin perjuicio de que con posterioridad sea resuelta de forma expresa.
4. La orden foral por la que se resuelva la presente convocatoria será notificada mediante correo certificado a las personas interesadas que hayan presentado solicitud a los efectos de esta convocatoria, salvo a aquéllas que hayan presentado su solicitud a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, a quienes se les notificará mediante el sistema de comparecencia en dicha sede.
Contendrá expresa mención a que la misma agota la vía administrativa, y podrá ser recurrida por la persona interesada, interponiendo contra ella, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la diputada foral del Departamento de Euskera Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Bizkaia, en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente al de su notificación o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, contados de igual forma.
5. La relación de personas premiadas será publicada mediante anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

Base 14.—Premios.

Las obras ganadoras estarán dotadas con los siguientes premios:
— Primer premio en euskera: 2.000 euros y diploma acreditativo.
— Primer premio en castellano: 2.000 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en euskera: 750 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en castellano: 750 euros y diploma acreditativo.
— Tercer premio en euskera: 250 euros y diploma acreditativo.
— Tercer premio en castellano: 250 euros y diploma acreditativo.
A las cantidades económicas mencionadas en el apartado anterior se les practicarán las retenciones fiscales legalmente establecidas.
Las obras ganadoras se publicarán en una edición al efecto.

 www.escritores.org

TÍTULO IV

GESTIÓN DEL PREMIO

Base 15.—Entrega del premio

Los premios se entregarán a las personas ganadoras en un acto del que se informará oportunamente.

Base 16.—Pago del premio

1. Si en el plazo de diez días hábiles tras la fecha de notificación de la orden foral que resuelve la presente convocatoria la persona ganadora no renuncia expresamente y por escrito al premio, se entenderá que éste queda aceptado, y el Servicio de Patrimonio Cultural procederá a tramitar su abono ante el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas, no exigiéndose para ello garantía alguna a las beneficiarias.
2. Previo al pago del premio, se comprobará que las personas ganadoras se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que no son deudoras por reintegro de subvención.
Si, como consecuencia de la comprobación efectuada, resulta que alguna de ellas incumple algunas de las obligaciones señaladas, será requerida para que en el plazo de 10 días regularice tal situación, con la advertencia de que, en caso contrario, perdería el derecho al cobro del premio.

Base 17.—Devolución a iniciativa de la perceptora

1. De conformidad con lo previsto por el artículo 76 del Decreto Foral 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, la persona premiada podrá proceder a la devolución voluntaria del premio concedido por la Diputación Foral de Bizkaia sin el previo requerimiento de esta última.
En este supuesto, la Diputación Foral de Bizkaia calculará los intereses de demora hasta el momento de la devolución efectiva del premio, conforme a lo dispuesto en el referido artículo 76, y según lo establecido en el artículo 34 de la Norma Foral 5/2005.
2. La devolución del premio a instancia de la propia persona premiada se deberá realizar mediante la correspondiente carta de pago que, a su requerimiento, le será tramitada en las dependencias del Servicio de Patrimonio Cultural. En dicha carta de pago se consignará el importe a devolver (principal e intereses de demora), código del modelo y motivo del ingreso haciéndose además referencia al premio a devolver.
3. Una vez practicado el ingreso del importe por la persona premiada en una entidad financiera, habrá de remitirse justificante del respectivo ingreso al Servicio de Patrimonio Cultural del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte.

Base 18.—Propiedad intelectual

La Diputación Foral de Bizkaia se reservará en exclusiva durante un plazo de cinco años a contar desde la fecha de abono del premio, los derechos de reproducción, distribución y venta de las obras premiadas sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo éste la única y total remuneración.

Base 19.—Obligaciones de las personas premiadas

1. Las personas premiadas deberán asistir personalmente, o mediante representante en caso de resultarles imposible, al acto de entrega de premios.
2. En todo material editado y en toda comparecencia pública realizada con posterioridad a la concesión, deberá hacerse constar el patrocinio de la Diputación Foral de Bizkaia; se utilizarán, para ello, obligatoriamente los elementos establecidos en la imagen corporativa de la Diputación Foral de Bizkaia, incluyendo junto al logotipo la siguiente frase literal:
«Bizkaiko Foru Aldundiak babestutako ekintza/Actividad subvencionada por la Diputación Foral de Bizkaia».
3. En todo caso, la persona premiada queda obligada al cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral y en el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, anteriormente citada. 

Base 20.—Reintegro

Procederá el reintegro del premio recibido y los intereses de demora correspondientes, cuando se incumpla alguna de las obligaciones establecidas en las bases anteriores o se incurra en alguna de las causas previstas en el artículo 33 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, o en su Reglamento de desarrollo.

Base 21.—Protección de datos de carácter personal

Será de aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como la restante normativa que resulte de aplicación con carácter subsidiario o supletorio.

Base 22.—Partida presupuestaria

Los premios regulados en este decreto foral, por importe total de seis mil (6.000,00) euros, se imputarán a la partida presupuestaria 0404 G/332101/46200 proyecto 2011/0033 del ejercicio 2023.
Si una vez resueltas todas las solicitudes no se alcanzara el límite presupuestario máximo, se procederá a tramitar la anulación de la autorización de gasto por el importe sobrante.

 

Fuente y Formulario de participación: bizkaia.eus/kultura/foru_liburutegia/moduluak/noticia.asp?Id=2348&Idioma=CA&Tem_Codigo=4611

 

 
 

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XV PREMIO LITERARIO AYUNTAMIENTO DE BOCA DE HUÉRGANO (España)

01:07:2016

Género: Poesía

Premio:  800 euros y regalo

Abierto a:  Mayores de edad. Sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante: Ayuntamiento de Boca de Huérgano

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   01:07:2016

 

BASES

 
El XV Premio Literario Ayuntamiento de Boca de Huérgano – modalidad Poesía – se regirá por las siguientes bases:
www.escritores.org
1ª.- Podrán concurrir al certamen todas las personas que hayan cumplido la mayoría de edad.
2ª.- Los poemas presentados deberán ser  inéditos y escritos en castellano, de tema y métrica libres. La extensión máxima de los originales no excederá de 100 versos mecanografiados a doble espacio, por una sola cara, sin encuadernar y sin grapar, en perfectas condiciones de legibilidad y por triplicado.
3ª.- Cada autor/a podrá presentar el número de obras que desee, excluyendo aquellas galardonadas en otros certámenes o concursos o que hayan sido publicadas.
4ª.- Los originales se presentarán sin el nombre del autor; en su lugar aparecerá un seudónimo acompañado de un sobre cerrado con el mismo seudónimo, en cuyo interior figurarán el nombre,  apellidos, domicilio y teléfono del autor. En los poemas solo figurará el título como elemento identificativo.
5ª.- El plazo  de recepción de originales en el Ayuntamiento de Boca de Huérgano finalizará el día  1 de Julio de 2016. Los trabajos se enviarán a: Ayuntamiento de Boca de Huérgano, C/ Carretera Santander, nº 11. C.P. 24911 Boca de Huérgano. León. En el exterior del sobre de envío ha de figurar: “XV  PREMIO LITERARIO AYUNTAMIENTO DE BOCA DE HUÉRGANO”. No se admitirá el envío de poemas por otros medios.
6ª.- El Jurado, que puede declarar desierto alguno de los premios, estará compuesto por personalidades de la cultura, la mayoría vinculadas a la Comarca.
7ª.- El Acto de entrega de los premios tendrá lugar el día  6 de Agosto a las 19  horas.
8ª.- Se establecen los premios  siguientes: 1º.- 800 € y regalo; 2º.- 500 € y regalo, Poesía Comarcal.- 200 € y regalo.
9ª.- La entidad organizadora se reserva el derecho de difusión y publicación, sin finalidad lucrativa ni explotación económica, de las obras premiadas. Los trabajos no premiados, no serán devueltos, pudiendo ser recogidos por sus autores, si lo desean, en el plazo de un mes a partir del fallo del jurado.
10ª.- Para mantener el concurso abierto a nuevos valores literarios, no se otorgarán premios a los autores ganadores del primer o segundo premio en las 5 ediciones anteriores.
11ª.- Los autores/as están obligados a acudir al acto en persona o por delegación, donde accederán a la entrega de premios y lectura del poema. En caso contrario, se entregará el premio al siguiente poema elegido por el jurado.
12ª.- La participación en el  Certamen implica la aceptación y conformidad  con estas bases.
 
Fuente
 

 


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XV PREMIO LITERARIO DOMINGO PUENTE MARÍN (España)


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XV PREMIO LITERARIO DOMINGO PUENTE MARÍN (España)

01:02:2022

Género:  Relato, poesía, infantil y juvenil

Premio:    150 €

Abierto a:  residentes en el territorio español

Entidad convocante:   Ayuntamiento de Güéjar Sierra

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  01:02:2022

 

BASES

 

BASES XV PREMIO LITERARIO DOMINGO PUENTE MARÍN
"Alzo mi voz en memoria de todos"

1. REQUISITOS DEL PARTICIPANTE
Podrán tomar parte en el Certamen, todas las personas interesadas residentes en el territorio español.

2. CATEGORÍAS
Categoría Infantil: Hasta 13 años de edad.
Categoría Juvenil: Edades comprendidas entre los 14 y 25 años, ambos inclusive.
Categoría Adultos: A partir de los 26 años.

3. GÉNEROS Y CONDICIONES  www.escritores.org
La extensión y el género (prosa o poesía) del escrito son libres. Las obras han de ser originales e inéditas y no deben haber sido premiadas en ningún otro concurso. Se presentan cuantos textos deseen.

4. El título "Alzo mi voz en memoria de todos" será el lema que acogerá la quinceava edición de este certamen literario. Bajo este eslogan, los autores de las obras deberán dirigir y orientar la temática de sus obras como homenaje a las víctimas mortales o heridos en actos terroristas, a aquellos que viven amenazados por los terroristas, y también a todas las familias afectadas por esta lacra social.

5. MODO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
Cada una de las obras presentadas se dispondrán en un sobre individual en cuyo reverso se detallará:
- Título de la obra.
- Género (prosa o poesía).
- Nombre del autor.
- Edad, dirección y teléfono de contacto.
La entrega se realizará en las oficinas del Ayuntamiento. El plazo de admisión de las mismas será desde el lunes 27 de diciembre de 2021 hasta el martes 1 de febrero de 2022.

6. JURADO
El jurado estará compuesto por la persona responsable de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Güéjar Sierra, Sonia Fernández, y dos representantes del Colegio Público de Güéjar Sierra, Natalia Marcuello, directora del centro, y Silvia Abril, coordinadora de la biblioteca del centro. El fallo del jurado se emitirá el viernes 4 de Febrero de 2022.

7. PREMIOS
Finalista Infantil: 60 euros en material escolar. Finalista Juvenil: 100 euros en material escolar. Finalista Adulto: 150 euros en metálico.
** Los premios en metálico estarán sujetos al régimen de retenciones fiscales reguladas en el ordenamiento jurídico vigente.

8. Las obras premiadas serán publicadas en la Revista Municipal "Plaza Mayor" y serán leídas en el Acto Homenaje a Domingo Puente Marín, los premios se entregarán durante el acto el próximo jueves 10 de febrero a las 12 horas en la Plaza Mayor.

9. La participación en el certamen implica la total aceptación de estas bases. Ante cualquier aspecto no previsto la decisión queda en manos del jurado.



 

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