Concursos Literarios


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PREMIO MUNICIPAL DE LITERATURA DE PARANÁ 2017 (Argentina)

08:09:2017

Género: Novela

Premio:   $ 8.000, edición y 200 ejemplares

Abierto a: autores paranaenses mayores de 18 años, nativos o residentes en Paraná

Entidad convocante: Municipalidad de Paraná

País de la entidad convocante: Argentina

Fecha de cierre:   08:09:2017

 

BASES

 
Reglamento

1- Podrán participar todos los autores paranaenses mayores de 18 años, nativos o con una residencia mínima de 5 (cinco) años en Paraná a la fecha del llamado a concurso.
www.escritores.org
2- No podrán participar empleados de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Paraná, cualquiera fuere la categoría a la que pertenezcan, ni familiares de éstos hasta el tercer grado de consanguinidad.

3- La obra deberá pertenecer a un solo autor.

4- Cada participante podrá intervenir con más de un trabajo con diferente seudónimo.

Del formato de presentación de los trabajos

5- La temática será libre.

6- Los trabajos deberán firmarse con seudónimo.

7- Para concursar deberá presentarse una novela, original e inédita, con una extensión mínima de 150 páginas y un máximo de 250 páginas. Deberán presentarse tres ejemplares del trabajo, en óptimas condiciones de legibilidad, en formato A4, impresa en una sola cara del papel, en hojas blancas, mecanografiadas o por procesador de texto; con un interlineado de 1 1/2 espacio; con los siguientes márgenes: superior e izquierdo 3 cm; derecho e inferior 1,5 cm. Tipografía genérica: Times New Roman 12.

8- Los ejemplares estarán debidamente abrochados, encarpetados o anillados con sus páginas numeradas, sin hojas sueltas. Llevarán una carátula con el título de la obra y el seudónimo del autor.

9- Los tres trabajos se presentarán en un sobre cerrado, en cuyo frente se indicará el seudónimo del autor y el título de la obra. Se incluirá un sobre cerrado de datos, en cuyo frente se consignará el título de la obra y el seudónimo utilizado; en su interior, en una hoja, se detallará el nombre completo del autor, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico y firma autógrafa, una fotocopia del domicilio que conste en su documento de identidad. Estos datos tendrán carácter de declaración jurada.

10- Los trabajos deberán ser remitidos por pieza postal certificada con la siguiente leyenda: Premio Municipal de Literatura 2017. Apartado Novela. Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Paraná, Dirección del Programa Todas las Manos,  en el Centro Cultural “Juan L. Ortiz”, Bv. Racedo Nº250, Paraná, Entre Ríos, sin colocar remitente o número de documento u otra señal que identifique al autor de la obra enviada o personalmente en la misma dirección postal.

11- La recepción de las obras se efectuará de lunes a viernes de 8 a 12 desde el lunes 31 de julio hasta el viernes 08 de setiembre de 2017, inclusive.

12- Al momento de recepción de la obra se tendrá en cuenta la fecha del matasellos postal.

13- Además de la obra en formato papel, deberá enviar con antelación una copia en formato digital, en pdf, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., requisito indispensable para la recepción de los ejemplares en soporte papel.

14- La Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Paraná velará por la conservación de los envíos, pero no se hará responsable por la pérdida, deterioro o destrucción parcial o total de los originales o copias de las obras presentadas al certamen.

15- Los trabajos no premiados serán destruidos.

16- La selección y adjudicación de premios estará a cargo de un jurado compuesto por dos profesionales especialistas en la disciplina convocada y un representante de la Secretaria de Cultura. Su fallo será inapelable en toda circunstancia.

17- El Premio consistirá en la edición de la obra por parte de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Paraná, de 300  ejemplares, de los cuales 200  entregarán al autor. Además será otorgado un incentivo económico de $8.000.

El jurado podrá destacar con una mención alguna de las obras presentadas, lo que no implica para ésta Secretaría ningún compromiso, ni rédito económico para el autor.

18- El Premio Municipal Literario 2017 Apartado Novela se premiará en el mes de octubre de 2017, en el marco de la Feria del Libro que organiza la Municipalidad de Paraná.

19- El premio no podrá ser compartido.

20- El premio podrá ser declarado desierto cuando el Jurado considere que ninguna de las obras presentadas reúne méritos suficientes como para ser premiada.

21- La sola participación en el certamen implica el conocimiento y la aceptación de las presentes bases en todos sus términos.

22- Cuanto no haya sido previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el Organizador.


Fuente: entreriosahora.com

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PREMIO MUNICIPAL DE LITERATURA DE SANTIAGO 2014 (Chile)
27-06-2014

Género:  Novela, relato, poesía, ensayo, teatro, infantil y juvenil

Premio:  tres millones de pesos ($3.000.000) y diploma

Abierto a:  chilenos publicadas en primera edición o estrenadas

Entidad convocante:   I. Municipalidad de Santiago

País de la entidad convocante: Chile

Fecha de cierre:  27:06:2014

 

BASES

reglamento
titulo i - de los premios
 
artículo 1º: Convóquese al Premio Municipal de Literatura, otorgado por la I. Municipalidad de Santiago, en los géneros y condiciones siguientes:
 
1. Novela
 
2. Cuento
 
3. Poesía
Cada uno discernido anualmente, entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso.
 
4. Ensayo: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso, cuyo texto en prosa y de longitud de un libro, desarrolle una discusión en el ámbito de las artes, las humanidades o las ciencias referida a la exposición argumentada de uno o varios temas sin la pretensión de ser una presentación completa o concluyente, ni la necesidad de mostrar todo el aparato erudito.
 
5. Referencial: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición el año anterior a la convocatoria del concurso, que refieran a memorias, crónicas, diarios, cartas, biografías y también compilaciones y antologías, considerándose co-autor de estas últimas al editor, antologador o compilador sólo en caso que el autor material de los textos reunidos esté vivo o que sus derechos de autor se encuentren vigentes. En caso de que estos derechos se encuentren liberados, el premio no tendrá que ser divido entre compilador y titular de los derechos.
 
6. Investigación Periodística: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición el año anterior a la convocatoria del concurso, que refieran a reportajes, entrevistas e investigaciones en formato de libro.
 
7. Dramaturgia: Discernido anualmente, entre las obras estrenadas en el año anterior a la convocatoria del concurso, así como entre las obras no publicadas. Para las primeras, se deberá adjuntar en un máximo de tres carillas los documentos (flyers, fotografías, afiches, artículos de prensa, programa) que acrediten la fecha y lugar de estreno. Se aceptará la presentación de las obras en formato libro o guión anillado. Para el caso de las obras no estrenadas ni publicadas en formato libro se aceptará su presentación como guión anillado.
 
8. Literatura Infantil: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso. Se considerará literatura infantil a la que está escrita por adultos y dirigida a los niños lectores así como aquellos que aún no leen.
 
9. Literatura Juvenil: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso. Se considerará literatura juvenil a la que está escrita por adultos y dirigida a los jóvenes lectores.
 
10. Edición: Discernido anualmente entre los libros editados en Chile, impresos en el país o en el extranjero, publicados el año anterior a la convocatoria del concurso. El jurado, considerando tanto el contenido como el diseño, evaluará el aporte del libro a la sociedad en diferentes ámbitos, como el patrimonial, el cultivo de la lectura, la innovación de un género u otros criterios relacionados al oficio editorial.
 
artículo 2º: Los Premios Municipales de Literatura corresponderán a:
 
- Para el género Novela, la suma de tres millones de pesos ($3.000.000).
 
- Para cada uno de los géneros Cuento, Poesía, Ensayo, Referencial, Edición e Investigación periodística, la suma de dos millones de pesos ($2.000.000).
 
- Para cada uno de los géneros Literatura Infantil y Literatura Juvenil, la suma de un millón de pesos ($1.000.000)
 
- Para el género Dramaturgia, la suma de tres millones de pesos ($3.000.000). Se establece que el jurado deberá, en este único caso, dividir el premio entre las obras estrenadas y/o publicadas y las obras inéditas que se presenten al concurso.
 
- Un diploma alusivo en testimonio del galardón para cada uno de los géneros.
 
- Un diploma alusivo para la editorial de las obras galardonadas, solo con motivo del aniversario número 80 del Premio Municipal de Literatura.
 
artículo 3º: Los Premios Municipales de Literatura se otorgarán mediante Decreto Alcaldicio, que llevará incorporadas las actas de los jurados de cada género literario.
 
artículo 4º: El otorgamiento de las distinciones anteriores no es obligatorio, pudiendo el jurado, para cada caso, declararlas desiertas.
 
 
título ii - de los participantes
 
artículo 5º: Podrán postular al Premio Municipal de Literatura, en los respectivos géneros, las obras de autores chilenos publicadas en primera edición o estrenadas, en el caso de la dramaturgia, ya sea en Chile o en el extranjero, durante el plazo anual previo que se indica para cada uno, y que durante ese período hayan estado disponibles al público lector.
 
artículo 6º: Las obras podrán ser postuladas por su autor en forma personal, por la editorial o por un tercero. Las obras deben ser presentadas en quintuplicado, indicando claramente el título de la obra, los datos del autor y de la editorial, el año de publicación y el género al que postula, en la dirección que indique la I. Municipalidad de Santiago, entre el día 20 de mayo y el día 27 de junio del presente año, estableciéndose que estas no serán devueltas y pasarán a incrementar el fondo literario de la Biblioteca Municipal.
 
artículo 7º: No podrán participar en el Concurso los miembros del jurado, ni tampoco sus cónyuges, parientes políticos cercanos y parientes consanguíneos, hasta el 2º grado inclusive, ni otras personas que tengan relación o dependencia directa.
Los autores que hayan obtenido el Premio Municipal de Literatura, sólo podrán concursar nuevamente transcurridos cuatro (4) años de la publicación de la obra premiada.
No se aceptará la postulación de obras publicadas póstumamente.
 
artículo 8º: Cada miembro del jurado podrá pedir que se considere para participar en el concurso una obra que cumpliendo todos los requisitos, no haya sido presentada dentro del plazo establecido.
Al mismo tiempo el jurado podrá proponer que una obra sea considerada en un género distinto al que fue originalmente postulada, sólo previa aceptación escrita del autor mediante una declaración simple, en un plazo no superior a 5 días hábiles desde que la propuesta se haya presentado.
 
artículo 9º: Los autores darán por aceptado el presente reglamento por el solo hecho de participar sus obras
en el concurso.
El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas en este reglamento tendrá como consecuencia la descalificación de la obra postulada que será declarada inadmisible por no ajustarse a las bases de esta convocatoria.
Una vez cerrado el plazo de postulación se publicará en el sitio web de la Dirección de Cultura www.santiagocultura.cl, la nómina de postulaciones inadmisibles y el motivo de su inadmisibilidad.
Los postulantes autorizan que su nombre, dirección postal, teléfono y correo electrónico sean incorporados a la base de datos de la Dirección de Cultura.
Al mismo tiempo, y previa coordinación con la I. Municipalidad de Santiago, los galardonados con el Premio Municipal de Literatura se comprometen a participar en actividades de promoción y difusión de los autores y obras premiadas, durante el año en que han recibido dicho premio.
 
 título iii - de los jurados
 
artículo 10º: Habrá un jurado para cada género literario, el cual quedará integrado de la siguiente manera:
 
1.- El Alcalde, quien lo presidirá, pudiendo delegar en un funcionario municipal, o en un ganador de años anteriores, o en otra persona.
 
2.- Dos representantes de instituciones culturales, organizaciones o personas naturales, que en lo posible sean afines a la naturaleza de las obras, para el caso de los géneros Novela, Cuento y Poesía.
 
3.- Dos representantes de instituciones culturales, organizaciones o personas naturales, que en lo posible sean afines a la naturaleza de las obras, para el caso de los géneros Ensayo, Referencial, Investigación Periodística, Dramaturgia, Literatura Infantil, Literatura Juvenil y Edición.
Dichos representantes no podrán integrar más de un jurado a la vez, ni tampoco actuar durante años consecutivos.
El secretario del jurado será designado por la repartición municipal encargada de la coordinación del concurso, y tendrá la responsabilidad del fiel y cabal cumplimiento de este reglamento, con derecho a voz solamente.
 
artículo 11º: El jurado tendrá que cumplir su cometido dentro del segundo y tercer trimestre del año calendario y deberá reunirse, a lo menos, en las siguientes ocasiones, dejando constancia mediante un acta del desarrollo de cada reunión:
 
- Durante la primera (1a) quincena del mes de julio, para celebrar su sesión constitutiva y fijar su calendario de trabajo. En la misma sesión se consultará al jurado acerca de sus eventuales inhabilidades para discernir sobre las obras del concurso.
 
- Durante la segunda (2da) quincena del mes de julio, tanto para determinar y declarar las inhabilidades de los autores participantes como para establecer la participación extraordinaria de obras que no hayan sido presentadas dentro del plazo.
 
- Durante la primera (1a) quincena de septiembre, para dictaminar sobre las obras participantes.
 
El secretario se encargará de levantar un acta por cada sesión que llevará la firma del presidente del jurado.
 
artículo 12º: El jurado es autónomo en cuanto a sus criterios de evaluación. Sus miembros fallarán mediante votación personal y directa, en una misma oportunidad, salvo que por razones fundadas y previa autorización del jurado, alguno de sus miembros se ausentare, ocasión en la que deberá consignar el voto en acta firmada, entregada en custodia al secretario con antelación.
 
artículo 13º: El jurado otorgará los Premios Municipales de Literatura por mayoría de votos. En caso de empate, su presidente tendrá el voto dirimente y zanjará el acuerdo en caso que así se requiriese.
 
artículo 14º: Se deberá levantar un acta de la sesión en que se dictamine sobre el otorgamiento de las distinciones, en la que se dejará constancia de las preferencias para cada caso y estableciendo el fundamento de tal decisión. Dicho documento deberá remitirse al Secretario Municipal, dentro de los próximos diez (10) días hábiles desde la fecha de la referida acta.
 
artículo 15º: Cada integrante del jurado con excepción del funcionario municipal, si lo hubiere, recibirá como honorario:
- En el género Novela, la suma de ochocientos mil pesos ($800.000).
- En el género Cuento, la suma de seiscientos mil pesos ($600.000).
- En los géneros Poesía y Ensayo, la suma de quinientos mil pesos ($500.000).
- En los géneros Referencial, Edición e Investigación periodística, la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000).
- En los géneros Literatura infantil, Literatura juvenil y Dramaturgia, la suma de trescientos mil pesos ($300.000).
- El presidente del jurado, quien será el mismo para todos los géneros, recibirá como honorario la suma de un millón seiscientos mil pesos ($1.600.000).
 
La cancelación de los respectivos honorarios se efectuará transcurridos veinte (20) días hábiles después de la promulgación del Decreto Alcaldicio que otorga los premios correspondientes, y previa devolución de la totalidad de los libros entregados para su escrutinio. Dicha devolución constará en un acta que levantará el secretario del jurado, con su firma y la del Director(a) de la unidad municipal responsable de los premios.
 
 título iv - de la coordinación municipal
 
artículo 16º: En el mes de mayo de cada año, la municipalidad convocará a los autores nacionales a participar en el Concurso mediante la publicación de un aviso en un periódico de circulación nacional y en el sitio web de la I. Municipalidad de Santiago www.munistgo.cl, en el que se indicará la repartición municipal que tendrá a su cargo la coordinación, y la dirección en que se deberá entregar las obras concursantes.
 
artículo 17º: Los resultados del concurso y la nómina del jurado se darán a conocer durante la primera (1ª) quincena del mes de noviembre, mediante aviso en un periódico de circulación nacional y en el sitio web de la Dirección de Cultura: santiagocultura.cl
 
artículo 18º: Las distinciones se entregarán en ceremonia solemne en lugar, fecha y horario que se determinará oportunamente.
 
artículo 19º: La coordinación y el cumplimiento del presente reglamento corresponderán a la repartición que el alcalde disponga.
 
artículo 20º: Los gastos que origine el cumplimiento del presente reglamento serán cargados al Ítem respectivo del presupuesto municipal.
 
 título final
 
artículo 21º: Se derogan todas las disposiciones anteriores que directa o indirectamente puedan aludir de modo general y particular al Premio Municipal de Literatura.
 
recepción de obras
20 de mayo al 27 de junio,
lunes a viernes, 10 a 17 hrs.
Museo de Santiago, Casa Colorada,
Merced 860.
 www.escritores.org
más información
Dirección de Cultura | Coordinación de Premios Municipales
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
teléfonos 2386 74 00 - 2386 74 06
 
Fuente
 
 
 
 

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PREMIO MUNICIPAL DE LITERATURA DE SANTIAGO 2020-2021 (Chile)


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PREMIO MUNICIPAL DE LITERATURA DE SANTIAGO 2020-2021 (Chile)

02:07:2021

Género:  Novela, cuento, poesía, ensayo, memoria, carta, biografía, guion, periodismo, infantil y juvenil, obra publicada

Premio:   $ 2.000.000 y diploma

Abierto a:  obras de autores chilenos o extranjeros con permanencia definitiva publicadas en Chile o en el extranjero, entre el 01 de enero de 2019 y el 31 de diciembre del año 2020

Entidad convocante:  Municipalidad de Santiago

País de la entidad convocante:  Chile

Fecha de cierre:  02:07:2021

 

BASES

 

 

REGLAMENTO PREMIO MUNICIPAL DE LITERATURA 2020-2021

TÍTULO I
DE LOS PREMIOS

ARTÍCULO PRIMERO: Convóquese al Premio Municipal de Literatura en su versión año 2020 y 2021, otorgado anualmente por la Ilustre Municipalidad de Santiago, que reconoce obras literarias, en idioma español, en los géneros siguientes:

1) Novela

2) Cuento

3) Poesía

4) Ensayo: Obra que desarrolla una discusión en el ámbito de las artes, las humanidades o las ciencias, referida a la exposición argumentada de uno o varios temas sin la pretensión de ser una presentación completa o concluyente, ni una necesidad de mostrar todo el aparato erudito.

5) Referencial: Obra que refiere a memorias, diarios, cartas, biografías, guiones, como también compilaciones y antologías, considerándose coautor de estas últimas al editor, antologador o compilador sólo en caso que el autor material de los textos reunidos esté vivo o que sus derechos de autor se encuentren vigentes. En caso de que estos derechos se encuentren liberados, el premio no tendrá que ser dividido entre compilador y titular de los derechos.
www.escritores.org

6) Géneros periodísticos: Obra que refiera a reportajes, entrevistas, investigaciones, crónicas, perfiles o columnas opinión.

7) Literatura infantil: Obra que está escrita por adultos y dirigida a niños lectores, así como aquellos que aún no leen.

8) Literatura juvenil: Obra que está escrita por adultos y dirigida a jóvenes lectores.

9) Edición: Obra que considerando tanto su contenido como diseño, es un aporte en diferentes ámbitos, tales como rescate patrimonial, cultivo de la lectura, innovación de un género u otros criterios relacionados al oficio editorial.

ARTÍCULO SEGUNDO: Entre todas las postulaciones recibidas que hayan sido publicadas entre el 2019 y 2020, que califiquen como admisibles, el jurado seleccionará 3 obras finalistas por cada género, que serán dadas a conocer y difundidas públicamente. De entre las obras finalistas se elegirá a un solo ganador por género.

ARTÍCULO TERCERO: El Premio Municipal de Literatura se entregará a el (los) autor(es) señalados en el Registro de Propiedad Intelectual de las obras y corresponderá a:
• Una cantidad de dinero ascendente a $2.000.000.- (Dos millones de pesos chilenos), para cada género.
• Un diploma alusivo en testimonio del galardón.

ARTÍCULO CUARTO: El Premio Municipal de Literatura se otorgará mediante Decreto Alcaldicio, el que llevará incorporada el acta que contiene la fundamentación del jurado respecto de la elección de la obra ganadora en cada género, decisión de carácter inapelable.

ARTÍCULO QUINTO: El otorgamiento del Premio Municipal de Literatura no es obligatorio, pudiendo el jurado, para cada género, declararlo desierto.

 

TÍTULO II
DE LAS OBRAS PARTICIPANTES

ARTÍCULO SEXTO: Podrán postular a los géneros anteriormente señalados, obras publicadas en formato impreso, en primera edición en Chile o en el extranjero, entre el 01 de enero de 2019 y el 31 de diciembre del año 2020.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Podrán postular obras de autores chilenos o extranjeros con permanencia definitiva.

ARTÍCULO OCTAVO: Las obras podrán ser postuladas por su autor o por la editorial a cargo de su publicación, en adelante “los postulantes”. En caso de presentarse una doble postulación, es decir, que una obra sea presentada por su autor y su editorial, se devolverán al autor los ejemplares entregados.

ARTÍCULO NOVENO: Las postulaciones se realizarán de manera presencial desde el 17 de mayo hasta el 2 de julio del 2021 en dos modalidades:
• Envío por correo certificado a la Biblioteca Municipal Nicomedes Guzmán, Huérfanos 1805, Santiago, de lunes a viernes, de 10:00 a 16:00 horas. En este caso, el costo del envío deberá ser cubierto por el postulante y se considerará como fecha de presentación, la fecha de envío estampada en el sobre por la oficina o agencia de correos.
• De manera presencial en la biblioteca de lunes a viernes entre las 10:00 y las 16:00 hrs. mientras dure la convocatoria. Acordando la hora para su recepción previamente a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Para agendar, indique día y hora de conveniencia, además de obra u obras que llevará junto con su respectivo formulario.
ARTÍCULO DÉCIMO: Al momento de postular se deberá hacer entrega de:
• Cinco (5) ejemplares de la obra, los que no serán devueltos una vez postulados, pasando a formar parte de la colección bibliográfica de las bibliotecas municipales de la comuna de Santiago.
• Formulario que se encuentra disponible en el sitio web santiagocultura.cl, en el que se solicitan datos de la obra, su autor y editorial, este debe ser descargado, rellenado e impreso (santiagocultura.cl/wp-content/uploads/2021/05/Ficha-postulaci%C3%B3n-Premio-Municipal-Literatura.docx).
• Comprobante de Depósito Legal, otorgado por la Biblioteca Nacional de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.733.
• Certificado de Inscripción del Departamento de Derechos Intelectuales del Servicio Nacional del Patrimonio.
• Copia Certificado de Permanencia Definitiva, según corresponda.

ARTÍCULO UNDÉCIMO: Una misma obra podrá ser postulada a más de un género, siendo consideradas como diferentes postulaciones, las que por separado deben cumplir con cada uno de los artículos del presente Reglamento.

ARTÍCULO DUODÉCIMO: No podrán postular los miembros del jurado, como tampoco sus cónyuges, parientes políticos y parientes consanguíneos, hasta el 2° grado inclusive, ni personas que tengan relación o dependencia directa.

ARTÍCULO DÉCIMOTERCERO: No se aceptará la postulación de obras publicadas póstumamente, a excepción de los géneros Referencial y Edición.

ARTÍCULO DÉCIMOCUARTO: Los postulantes autorizan que su nombre y sus datos de contacto sean incorporados a la base de datos de la Subdirección de Cultura de la I. Municipalidad de Santiago.

ARTÍCULO DÉCIMOQUINTO: Los postulantes cuyas obras sean seleccionadas como finalistas deben estar disponibles para participar en actividades y/o material promocional que la Municipalidad de Santiago realice al respecto.

ARTÍCULO DÉCIMOSEXTO: Los postulantes galardonados se comprometen a participar en dos actividades de promoción y difusión del premio y la literatura, dirigidas a vecinos de la comuna de Santiago, durante los 12 meses siguientes desde el otorgamiento de este, las que pueden ser de manera presencial o virtual. De no cumplir este compromiso los postulantes podrían quedar inhabilitados para participar en futuras convocatorias.

ARTÍCULO DÉCIMOSÉPTIMO: Los postulantes dan por aceptado el presente Reglamento por el solo hecho de participar en el concurso. El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas en este Reglamento, tanto al momento de la postulación, como durante el desarrollo del concurso, tendrá como consecuencia inapelable la inadmisibilidad o descalificación de la obra postulada, situación que será notificada vía correo electrónico al postulante. Los ejemplares postulados pasarán de igual manera a formar parte de la colección bibliográfica de las bibliotecas municipales.

 

TÍTULO III DEL JURADO

ARTÍCULO DÉCIMOOCTAVO: la selección de las obras premiadas la realizará un jurado por cada género, integrado por el Presidente y dos (2) representantes de instituciones académicas, asociaciones gremiales u organizaciones culturales, los que evaluarán cada una de las obras postuladas y deliberaran en reuniones formales.

ARTÍCULO DÉCIMONOVENO: El jurado estará presidido por el Alcalde de Santiago, pudiendo este delegar en un funcionario municipal, en un ganador de años anteriores del premio u otra persona de reconocida trayectoria en el ámbito literario nacional. Será función del Presidente firmar las actas de cada sesión de deliberación del jurado.

ARTÍCULO VIGÉSIMO: Los miembros del jurado serán designados por la Municipalidad a partir de las propuestas formuladas por instituciones académicas, asociaciones gremiales y organizaciones culturales convocadas para tal efecto.

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: Un funcionario que será designado por la repartición municipal encargada de la coordinación del concurso, actuará como Secretario del jurado, correspondiéndole esencialmente la redacción de las actas de las reuniones del jurado, la coordinación administrativa de las sesiones, la comunicación con las demás unidades o con personas o entidades externas en los casos que se requiera y la custodia y archivo de toda la documentación que se genere con ocasión del concurso, sin perjuicio de las demás funciones que puedan corresponderle en virtud del presente Reglamento. El Secretario sólo tendrá derecho a voz en las reuniones del jurado en las que le corresponda intervenir.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: Cada miembro del jurado podrá solicitar al Secretario que se considere para participar en el concurso una obra que, cumpliendo todos los requisitos, no haya sido postulada dentro del plazo establecido. Será función del Secretario realizar las gestiones asociadas a promover la postulación de tales obras por parte del autor o la editorial.

ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: El jurado podrá modificar el género al cual una obra ha sido inscrita, con la aprobación del postulante.

ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO: El Jurado podrá solicitar al Secretario, con la debida justificación, la inadmisibilidad o descalificación de una obra postulada.

ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO: El Jurado es autónomo en cuanto a sus criterios de evaluación. Sus miembros fallarán mediante votación personal y directa, en una misma oportunidad, salvo que por razones fundadas y previa autorización del Presidente, alguno de sus miembros puede ausentarse, ocasión en la que deberá consignar el voto en acta firmada, entregada en custodia al Secretario con antelación.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: El jurado otorgará el Premio Municipal de Literatura por mayoría de votos. En caso de empate, su Presidente tendrá el voto dirimente.

 

TÍTULO IV
DE LA COORDINACIÓN MUNICIPAL

ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO: Será la Subdirección de Cultura de la Municipalidad de Santiago la responsable de realizar la coordinación y dar cumplimiento a las acciones referidas en el presente Reglamento.

ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO: El presente Reglamento podrá ser solicitado solo en formato digital en: santiagocultura.cl.

ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO: Las obras ganadoras por género, los nombres de los jurados y las instituciones que representan serán dados a conocer, de forma simultánea en santiagocultura.cl en el mes de diciembre del año 2021.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO: Los gastos que origine el cumplimiento del presente Reglamento serán cargados al ítem respectivo del presupuesto municipal.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO: Se derogan todas las disposiciones anteriores que directa o indirectamente puedan aludir de modo general y particular al premio Municipal de Literatura.




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PREMIO MUNICIPAL DE LITERATURA DE SANTIAGO 2017 (Chile)

19:07:2017

Género: Novela, cuento, poesía, ensayo, periodismo, infantil y juvenil, obra publicada

Premio:   $ 2.500.000 y diploma

Abierto a: autores chilenos y extranjeros residentes en Chile

Entidad convocante: Municipalidad de Santiago

País de la entidad convocante: Chile

Fecha de cierre:   19:07:2017

 

BASES

 
TÍTULO I

De los Premios

ARTÍCULO 1º:

Convóquese al Premio Municipal de Literatura, otorgado por la Ilustre Municipalidad de Santiago, en los Géneros y condiciones siguientes:

1) Novela
2) Cuento
3) Poesía

Cada uno discernido anualmente, entre las obras publicadas en primera edición en formato libro impreso durante el año anterior a la convocatoria del concurso.

4) Ensayo: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición en formato libro impreso durante el año anterior a la convocato-ria del concurso, cuyo texto en prosa y de lon-gitud de un libro, desarrolle una discusión en el ámbito de las artes, las humanidades o las ciencias referida a la exposición argumentada de uno o varios temas sin la pretensión de ser una presentación completa o concluyente, ni la nece-sidad de mostrar todo el aparato erudito.

5) Referencial: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición en formato libro impreso el año anterior a la convocatoria del concurso, que refieran a memorias, crónicas, diarios, cartas, biografías y también compilaciones y antologías, considerándose co-autor de estas últimas al editor, antologador o compilador sólo en caso que el autor material de los textos reunidos esté vivo o que sus derechos de autor se encuentren vigentes. En caso de que estos derechos se encuentren liberados, el premio no tendrá que ser divido entre compilador y titular de los derechos.
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6) Investigación periodística: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición en formato libro impreso el año anterior a la convocatoria del concurso, que refieran a reportajes, entrevistas e investigaciones en formato de libro.

7) Literatura infantil: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición en formato libro impreso durante el año anterior a la convocatoria del concurso. Se considerará literatura infantil a la que está escrita por adultos y dirigida a los niños lectores así como aquellos que aún no leen.

8) Literatura juvenil: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición en formato libro impreso durante el año anterior a la convocatoria del concurso. Se considerará literatura juvenil a la que está escrita por adultos y dirigida a los jóvenes lectores.

9) Edición: Discernido anualmente entre los libros editados en Chile, impresos en el país o en el extranjero, publicados el año anterior a la convocatoria del concurso. El Jurado, considerando tanto el contenido como el diseño, evaluará el aporte del libro a la sociedad en diferentes ámbitos, como el patrimonial, el cultivo de la lectura, la innovación de un género u otros criterios relacionados al oficio editorial.

El género Dramaturgia se convocará año por medio, alternándose con el Premio Municipal Juegos Literarios Gabriela Mistral.

ARTÍCULO 2º:

Entre todas las postulaciones recibidas y que califiquen como admisibles, el Jurado, seleccionará a 3 obras finalistas por cada Género, que serán dadas a conocer y difundidas públicamente. De entre las obras finalistas se elegirá a un solo ganador por Género.

ARTÍCULO 3º:

Los Premios Municipales de Literatura corresponderán a:

• Una cantidad de dinero ascendente a $2.500.000.- (Dos millones quinientos mil pesos) para cada género.
• Un diploma alusivo, en testimonio del galardón.

ARTÍCULO 4º:

Los Premios Municipales de Literatura se otorgarán mediante Decreto Alcaldicio, que llevará incorporadas las Actas de los Jurados de cada Género Literario.

ARTÍCULO 5º:

El otorgamiento de las distinciones anteriores no es obligatorio, pudiendo el Jurado, para cada caso, declararlas desiertas.

TÍTULO II

De los Participantes

ARTÍCULO 6º:

Podrán postular al Premio Municipal de Literatura en los respectivos géneros las obras de autores chilenos y extranjeros con más de cinco (5) años de permanencia acreditada mediante certificado de residencia y que hayan realizado su actividad en el país, publicadas en primera edición en Chile o en el extranjero, durante el plazo anual previo, y que en ese período hayan estado disponibles al público lector nacional.

ARTÍCULO 7º:

Las obras podrán ser inscritas en el concurso por su autor en forma personal o por su editorial. Los autores y las editoriales, en adelante los “postulantes”, deberán entregar en la dirección que indique la I. Municipalidad de Santiago, las obras en quintuplicado, junto a un documento descargable desde el sitio web de la Dirección de Cultura, que indique claramente:

• Título y subtítulo de la obra.
• ISBN.
• Nombre, Rut, dirección, email y teléfono del autor.
• Certificado de residencia, para el caso de los autores extranjeros.
• Nombre, dirección, email y teléfono de la editorial.
• Nombre del editor.
• Fecha de publicación.
• Género al que postula.

ARTÍCULO 8º:

El plazo de postulación se extenderá desde el día 19 de mayo hasta el día 19 de julio del presente año, estableciéndose que los ejemplares de las obras postuladas no serán devueltos y pasarán a incrementar el fondo literario de la Biblioteca Municipal.
En el caso de presentarse una doble postulación, es decir, que una obra haya sido presentada por su autor y también por la editorial, se devolverá a su autor los ejemplares que haya entregado.

ARTÍCULO 9º:

Los postulantes cuyas obras sean seleccionadas como finalistas deben estar disponibles para participar en las actividades que la I. Municipalidad de Santiago realice en torno a la promoción del Premio durante el período que dure la campaña de difusión de obras finalistas.

Quienes deseen promocionar las obras Finalistas del Premio Municipal de Literatura, podrán acordar con el municipio el uso de las imágenes de la campaña de difusión.

ARTÍCULO 10º:

No podrán participar en el Concurso los miembros del Jurado, ni tampoco sus cónyuges, parientes políticos cercanos y parientes consanguíneos, hasta el 2º grado inclusive, ni otras personas que tengan relación o dependencia directa.
No se aceptará la postulación de obras publicadas póstumamente.

ARTÍCULO 11º:

Los postulantes darán por aceptado el presente Reglamento por el solo hecho de participar sus obras en el concurso.
El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas en este Reglamento tendrá como consecuencia inapelable la descalificación de la obra postulada que será declarada inadmisible por no ajustarse a las bases de esta convocatoria.
Transcurrido el plazo de postulación, se informará a través del sitio web de la Dirección de Cultura www.santiagocultura.cl si hubo o no postulaciones inadmisibles, se publicará la nómina de ellas y el motivo de su inadmisibilidad.

ARTÍCULO 12º:

Los postulantes autorizan que su nombre, dirección postal, teléfono y correo electrónico sean incorporados a la base de datos de la Dirección de Cultura.
Al mismo tiempo, y previa coordinación con la I. Municipalidad de Santiago, los galardonados con el Premio Municipal de Literatura se comprometen a participar en 2 actividades de promoción y difusión del Premio, durante los 12 meses siguientes desde el otorgamiento de dicho premio.
De no cumplir este compromiso el autor podría quedar inhabilitado para participar en futuras convocatorias.

TÍTULO III

De los Jurados

ARTÍCULO 13º:

Habrá un Jurado para cada género literario, el cual quedará integrado de la siguiente manera:

1) El Alcalde, quien lo presidirá, pudiendo delegar en un funcionario municipal, en un ganador de años anteriores, o en otra persona.

2) Dos representantes de instituciones académicas, asociaciones gremiales u organizaciones culturales, que sean afines a la naturaleza de las obras, para cada uno de los géneros participantes.

El secretario de jurado será designado por la repartición municipal encargada de la coordinación del concurso, y tendrá la responsabilidad del fiel y cabal cumplimiento de este reglamento, con derecho a voz solamente.

ARTÍCULO 14°:

Los jurados deberán reunirse a lo menos en tres oportunidades:
• Para celebrar su reunión constitutiva.
En esta sesión se consultará al jurado acerca de sus eventuales inhabilidades para discernir sobre las obras del concurso.
• Para elegir las obras finalistas.
• Para dictaminar sobre las obras participantes.

El secretario se encargará de levantar un acta por cada sesión que llevará la firma del presidente del jurado.

ARTÍCULO 15º:

Cada miembro del jurado podrá pedir que se considere para participar en el concurso una obra que cumpliendo todos los requisitos, no haya sido presentada dentro del plazo establecido.
El Jurado podrá modificar el género al cual una obra ha sido postulada, previa aprobación del postulante, así como declarar las eventuales inadmisibilidades que serán entregadas al Secretario.

ARTÍCULO 16º:

El Jurado es autónomo en cuanto a sus criterios de evaluación. Sus miembros fallarán mediante votación personal y directa, en una misma oportunidad, salvo que por razones fundadas y previa autorización del Jurado, alguno de sus miembros se ausentare, ocasión en la que deberá consignar el voto en acta firmada, entregada en custodia al Secretario con antelación.

ARTÍCULO 17º:

El Jurado otorgará los Premios Municipales de Literatura por mayoría de votos. En caso de empate, su Presidente tendrá el voto dirimente y zanjará el acuerdo en caso que así se requiriese.
En el acta de la sesión en que se dictamine sobre el otorgamiento de las distinciones, se dejará constancia de las preferencias para cada caso, estableciéndose el fundamento de tal decisión.
Dicho documento deberá remitirse al Secretario Municipal, dentro de los siguientes diez (10) días hábiles desde la fecha de la referida acta.

ARTÍCULO 18º:

Cada integrante del jurado con excepción del funcionario municipal, si lo hubiere, recibirá como honorario la suma de $500,000.- (Quinientos mil pesos).
El Presidente del Jurado, en caso de haber sido delegado el cargo en persona que no sea funcionario municipal, y quien será el mismo para todos los Géneros, recibirá como honorario la suma de $800.000.- (Ochocientos mil pesos).
El pago de los respectivos honorarios se efectuará previa devolución de la totalidad de los libros entregados para su escrutinio.

TÍTULO IV

De la Coordinación Municipal

ARTÍCULO 19º:

En el mes de mayo, la municipalidad convocará a los autores a participar en el Concurso mediante publicación en el sitio web de la Dirección de Cultura de la I. Municipalidad de Santiago www.santiagocultura.cl, en el que se indicará la repartición municipal que tendrá a su cargo la coordinación, y la dirección en que se deberá entregar las obras concursantes.

ARTÍCULO 20º:

En el mes de noviembre se publicará el listado de obras finalistas de cada uno de los géneros participantes en el sitio web de la Dirección de Cultura www.santiagocultura.cl
Los resultados del concurso y la nómina del Jurado se darán a conocer durante el mes de diciembre, mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Cultura www.santiagocultura.cl

ARTÍCULO 21º:

La coordinación y el cumplimiento del presente Reglamento corresponderán a la repartición que el Alcalde disponga.

ARTÍCULO 22º:

Los gastos que origine el cumplimiento del presente Reglamento serán cargados al Ítem respectivo del presupuesto municipal.

ARTÍCULO 23º:

Se derogan todas las disposiciones anteriores que directa o indirectamente puedan aludir de modo general y particular al Premio Municipal de Literatura.

Recepción de postulaciones:
Desde el 19 de mayo hasta el 19 de julio
Museo de Santiago Casa Colorada
Merced 860, Santiago centro
Lunes a viernes de 09:00 a 13:30 y de 14:30 a 17:30 hrs.

Informaciones:
www.santiagocultura.cl
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
562 2386 7400 – 562 2632 5623

Fuente y Ficha de postulación: www.santiagocultura.cl/premios-municipales/



 

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PREMIO MUNICIPAL DE LITERATURA DE SANTIAGO 2022 (Chile)

15:07:2022

Género:  Novela, cuento, poesía, ensayo, memoria, carta, biografía, guion, periodismo, infantil y juvenil, obra publicada

Premio:   $ 2.000.000 y diploma

Abierto a:  obras de autores chilenos o extranjeros con permanencia definitiva publicadas en Chile o en el extranjero, entre el 01 de enero de 2021 y el 31 de diciembre del año 2021

Entidad convocante:  Municipalidad de Santiago

País de la entidad convocante:  Chile

Fecha de cierre:  15:07:2022

 

BASES

 

Bases completas: munistgo.cl/wp-content/uploads/2022/06/Reg.-N%C2%B0-935-22-Premio-Municipal-Literatura-2022.pdf

 

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