Concursos Literarios

PREMIOS "ANTONIO DEL RINCÓN" DE DIBUJO 2024 (España)


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PREMIOS "ANTONIO DEL RINCÓN" DE DIBUJO 2024 (España)

15:10:2024

Género:  Ilustración

Premio:  3.000 € y exposición

Abierto a:  artistas residentes en España

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Guadalajara

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:10:2024

 

BASES

 

 

NORMAS

1ª.- La Diputación Provincial de Guadalajara, convoca el Premio “Antonio del Rincón” de Dibujo - 2024 para artistas residentes en España, que admite únicamente obras realizadas de una manera monocroma, siendo indiferente el soporte empleado, salvo el cristal que está expresamente prohibido, para su ejecución. Se rechazará toda obra que no se ajuste a esta norma.

2ª.- Las obras que se presenten serán de formato libre, estarán perfectamente enmarcadas, sin cristal y dispuestas para ser colgadas, pero sus medidas no podrán ser inferiores a 50 centímetros en cualquiera de sus lados. Los dibujos no podrán estar firmados, si bien los autores se comprometen a firmarlos si resultan ganadores de alguno de los dos premios que se otorgan en esta convocatoria, una vez fallada la misma y antes de inaugurarse la exposición determinada en la base 6ª. Por otra parte, a los ganadores se les exigirá la presentación de una reproducción de la obra en CD o DVD, en formato TIFF o JPEG de calidad máxima a resolución de 300 ppp y en tamaño mínimo de 30 x 40 cms. o superficie equivalente.

3ª.- El número de obras por autor o autora no pasará de dos, inéditas y de tema libre. No se admitirán soportes preparados que influyan en el resultado del dibujo: collages, transfers, etc.

4ª.- Se instituyen dos premios: el primero de TRES MIL euros y el segundo, de MIL euros. Estos premios estarán sujetos a las retenciones marcadas por la ley. No podrá ser premiado aquel autor o autora que lo hubiese sido en la convocatoria anterior, si bien podrá presentar su obra fuera de concurso. Si a juicio del jurado designado al efecto, entre los trabajos presentados no reuniese ninguno las condiciones artísticas necesarias, los premios podrán declararse desiertos.

5ª.- Las obras premiadas pasarán automáticamente a la plena propiedad de la Diputación Provincial de Guadalajara, sin que el autor o autora tenga derecho a compensación económica alguna.

6ª.- Con las obras seleccionadas se celebrará una exposición en la Sala de Arte de la Diputación Provincial de Guadalajara que tendrá lugar entre los meses de enero y febrero de 2025.

7ª.- Las obras no seleccionadas podrán retirarse durante los dos meses siguientes al fallo del premio y las seleccionadas para exposición, un mes al término de la misma, quedando de propiedad de la Diputación Provincial de Guadalajara aquellas que no hubieran sido retiradas en los plazos señalados. La devolución de las obras enviadas por agencia o por correo, se efectuará por agencia, a portes debidos y en los mismos embalajes.

8ª.- No se responde de los deterioros ocasionados en el envío o estancia en la Sala de Exposiciones, ni de un posible extravío o destrucción.

9ª.- El jurado, presidido por el Presidente de la Diputación de Guadalajara, o persona en quien delegue, estará formado por tres personas vinculadas con la naturaleza del Premio, designadas al efecto por la Junta de Gobierno de la Diputación, a propuesta del Diputado- Delegado de Cultura, y su composición será dada a conocer acto seguido al fallo. Dicho jurado decidirá sobre cualquier aspecto no contemplado en estas normas, su fallo será inapelable.

10ª.- La recepción de las obras tendrá lugar en la Diputación Provincial de Guadalajara. Servicio de Cultura. Centro “San José”. C/ Atienza, nº 4, 5ª planta. 19003-GUADALAJARA (España), cualquier día laborable de 9 a 14 horas, excepto sábados, teléfono de contacto 949 88 75 53. Al dorso de cada obra deberá figurar el nombre, dirección y teléfono del participante. En caso de remitirse por alguna Agencia, será por cuenta de los artistas el envío de los trabajos, debiendo consignarse expresamente que se presentan al Premio “Antonio del Rincón” de Dibujo - 2024. En sobre aparte, cerrado, que se acompañará al trabajo, deberán figurar el nº del DNI, el nombre, los dos apellidos, domicilio del autor o autora, teléfono de contacto y e-mail, así como un breve currículum vitae, haciéndose constar en su exterior el nombre del autor o autora.

11ª.- El plazo de admisión de las obras se cerrará el día 15 de octubre de 2024.

12ª.- Se publicará un catálogo en el que figurarán los nombres de los premiados y seleccionados, que será remitido a los participantes del certamen.www.escritores.org

13ª.- El fallo del premio se realizará dentro del mes de noviembre del año en curso.

14ª.- Publicidad.
De conformidad con el artículo 17, letra b) del apartado 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, el extracto de esta convocatoria se publicará, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

 

Fuente

 

 
 

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PREMIOS "CARME MIQUEL 2019" AL ESTUDIO DE LOS DERECHOS LINGÜÍSTICOS (España)

15:10:2019

Género: Trabajo fin de máster o de grado

Premio:   1.000 €

Abierto a: estudiantes de cualquier titulación oficial de las universidades españolas que hayan aprobado un trabajo de fin de grado o de fin de máster en cualquier lengua oficial de las comunidades autónomas del estado o en inglés, en el curso 2018/2019, entre el 1 de octubre de 2018 y el 31 de septiembre de 2019

Entidad convocante: Universidad de Valencia

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:10:2019

 

BASES

 


Periodo de inscripción

Del 01/10/2019 al 15/10/2019  


Información

La Universidad de Valencia convoca Premios "Carme Miquel 2019" al Estudio de los Derechos Lingüísticos.

El objetivo de esta convocatoria es premiar el estudio de los derechos lingüísticos y su garantía y materialización real en los trabajos de fin de grado y trabajos de fin de máster aprobados en las universidades públicas españolas.

La finalidad de estos premios es fomentar entre el estudiantado universitario los fundamentos teóricos y las estrategias o medidas para la materialización y la garantía real de los derechos lingüísticos y el multilingüismo.

Las solicitudes se pueden presentar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana hasta el 15 de octubre de 2019 a las 14:00 horas.


Convoca

Universidad de Valencia. Vicerrectorado de Estudios y Política Lingüística


Requisitos

Podrán participar los estudiantes de cualquier titulación oficial de las universidades españolas que hayan aprobado un trabajo de fin de grado o de fin de máster en cualquier lengua oficial de las comunidades autónomas del estado o en inglés, en el curso 2018/2019, entre el 1 de octubre de 2018 y el 31 de septiembre de 2019.

Para poder participar los trabajos tienen que centrar la atención en los fundamentos teóricos y las estrategias o medidas para la materialización y la garantía real de los derechos lingüísticos desde las temáticas siguientes: derechos humanos lingüísticos, igualdad lingüística, multilingüismo, políticas públicas lingüísticas, sociolingüística, minorías lingüísticas, lenguaje jurídico y administrativo y psicología del lenguaje.


Dotación

El premio al mejor trabajo fin de máster está dotado con 1.000 euros. Habrá también un accésit para un trabajo fin de máster dotado con 500 euros.

El premio al mejor trabajo fin de grado está dotado con 500 euros. Habrá también un accésit para un trabajo fin de grado dotado con 250 euros.


Más Información

Extracto de la Resolución de 5 de septiembre de 2019, de la vicerrectora de Estudios y Política Lingüística, por la cual se convocan los premios Carme Miquel 2019 para el estudio de los derechos lingüísticos y su garantía y materialización real en los trabajos de fin de grado y trabajos de fin de máster aprobados en las universidades públicas españolas. DOGV 30 de septiembre 2019

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones


Bases completas y Anexos: www.uv.es/uvcatedres/Carme_Miquel_2019_cas.pdf
 

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PREMIOS "FEDERICO GARCÍA LORCA" UGR 2023 (España)


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PREMIOS "FEDERICO GARCÍA LORCA" UGR 2023 (España)

31:05:2023

Género:  Relato, poesía, teatro

Premio:  1.000 €, diploma de reconocimiento y publicación

Abierto a:  estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado y Posgrado del Espacio Europeo de Educación Superior durante el curso académico 2022-2023, y los egresados que hayan finalizado sus estudios en el curso académico 2021-2022

Entidad convocante:  Universidad de Granada

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:05:2023

 

BASES

 

 

• Tres modalidades: Narrativa, Poesía y Texto dramático

• Dirigidos a estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado y Posgrado del Espacio Europeo de Educación Superior durante el curso académico 2022-2023, así como los egresados que hayan finalizado sus estudios en el curso académico 2021-2022.

• Un premio de 1.000 euros por cada una de las tres modalidades.

• Presentación de obra de manera online (información sobre el procedimiento electrónico en el apartado 8 de las bases generales).

• Plazo desde las 00:00 horas del día 23 de marzo de 2023 hasta las 12.00 horas del 31 de mayo de 2023.

 

Bases específicas:

• Cada concursante podrá presentar una única obra por cada modalidad, de tema y estructura libres, escrita en lengua castellana, inédita y no galardonada con anterioridad ni en este ni en otros certámenes.

• En la modalidad de NARRATIVA podrá presentarse un relato o un conjunto de ellos cuya extensión en ambos casos no sea inferior a 50 páginas ni superior a 80 (DIN A4, tamaño 12, a 1,5 espacios).

• En la modalidad de POESÍA la extensión del poemario estará comprendida entre 250 y 400 versos. En cuanto a poemas en prosa la extensión no será inferior a 50 páginas ni superior a 80 (DIN A4, tamaño 12, a 1,5 espacios).

• En la modalidad de TEXTO DRAMÁTICO puede tratarse de un texto o de una serie de piezas breves, siempre y cuando tengan una cierta unidad. La extensión en ambos casos no será inferior a 50 páginas ni superior a 80 (DIN A4, tamaño 12, a 1,5 espacios).

• Las obras se presentarán, bajo título o lema y sin ninguna referencia al autor/a, de manera online en formato PDF a través del procedimiento descrito en el apartado 8 de las bases generales.

• El premio se concederá atendiendo a los valores de originalidad, creatividad y calidad. Y conllevará la entrega de un diploma de reconocimiento y un premio económico de 1.000 € por cada modalidad. A esto se suma la publicación de la obra premiada en cada modalidad en un volumen único en régimen de coedición entre la Editorial de la Universidad de Granada y una editorial de prestigio. En el caso de la modalidad de Texto dramático el premio económico podrá completarse con la publicación o representación de la obra por el Grupo de Teatro de la Universidad de Granada

 

Bases generales:

1. Podrán participar en los citados premios, en régimen de concurrencia competitiva, estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado y Posgrado del Espacio Europeo de Educación Superior de durante el curso académico 2022-2023 en centros del territorio nacional, así como los egresados que hayan finalizado sus estudios en el curso académico 2021-2022. Deberá ser acreditado mediante copia del resguardo de matrícula de los estudios que le habilitan a participar, o, en el caso de los egresados, documento que acredite haber finalizado los estudios en el curso 2021-2022.

2. La cuantía destinada a financiar las distintas convocatorias se encuentra retenida con cargo a la partida presupuestaria 3020000000 321B.8 486.00, suponiendo un importe total de 16.300 € repartidos de la siguiente manera:
- Premios “Federico García Lorca”. Un premio único de 1.000 euros por cada una de las tres modalidades.
- Premios “Alonso Cano”. Un premio único de 1.000 euros por cada una de las cuatro modalidades. En la de Artes visuales se sumará al premio una ayuda a la producción por valor de 1.500 € para la realización de un proyecto expositivo individual que será comisariado y tutelado por la dirección del Área de Artes Visuales de La Madraza. Además, se cuenta con una dotación de 5.000 euros para la concesión de varios premios de adquisición de obra, cuya cuantía será decidida por el jurado en función del valor de tasación de las obras indicado por los autores, el cual no podrá ser superior a 1.000 €.
- Premio “Manuel de Falla”. Un premio único de 1.000 euros. A esto se podrá sumar una ayuda a la producción por importe de 800 € para la realización, en su caso, de un proyecto musical comisariado y tutelado por el Área de Música de La Madraza.
- Premio “José López Rubio”. Un premio único de 1.000 euros

3. Los importes mencionados estarán sujetos a las retenciones fiscales vigentes en el momento de hacerse efectivos y su abono se hará mediante transferencia bancaria una vez publicada la resolución definitiva, y en todo caso dentro del año 2023.

4. El Jurado estará presidido por la rectora de la Universidad de Granada, o persona en quien delegue. Y estará constituido, en cada una de las modalidades, por:

FEDERICO GARCÍA LORCA:

Narrativa: el director de la Cátedra Federico García Lorca y tres profesores/as de la Universidad de Granada del ámbito de las Artes y Humanidades.

Poesía: el director de la Cátedra Federico García Lorca, la presidenta de la Fundación Federico García Lorca, un/a profesor/a de la Universidad de Granada del ámbito de las Artes y Humanidades y dos poetas de reconocido prestigio.

Texto dramático: el director del Área de Artes Escénicas, dos profesores/as de la Universidad de Granada y un/a especialista teatral externo.

5. El orgáno instructor será el Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio. La concesión de los premios para cada modalidad se llevará a cabo por Resolución de la Rectora y firmada por el vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio en virtud de la delegación firma de la Rectora de 9 de febrero de 2023, a propuesta de cada una de las comisiones descritas en el apartado anterior. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada la cual será publicada en la página web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio durante el mes de septiembre de 2023. Acto seguido se abrirá un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Tras finalizar el plazo de alegaciones, y resueltas las presentadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que será emitida por la Rectora y firmada por el vicerrector de Extensión Universitaria y Patrimonio en virtud de la delegación firma de la Rectora de 9 de febrero de 2023, dando lugar a la resolución de la convocatoria, lo que se hará público en la web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Patrimonio y notificado a las personas solicitantes a finales del mes de septiembre 2023. Posteriormente se celebrará el acto de entrega de los premios en lugar y fecha por determinar. Dicha resolución agota la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28 de julio de 2011) y 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Rectora, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación/notificación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de notificación/publicación de la resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

6. La Universidad de Granada se compromete a publicar, presentar, exponer o editar las obras premiadas y seleccionadas, según corresponda a cada modalidad.

7. Las obras premiadas quedarán en propiedad de la Universidad de Granada. Los autores premiados y los seleccionados para la exposición pública de sus obras se comprometen a ceder de manera gratuita y no exclusiva los derechos de reproducción de estas a la Universidad de Granada. En el caso de los premios Federico García Lorca, se llevará a cabo la edición de las obras ganadoras, por lo que los autores cederán a la Universidad de Granada, o a cualquier otra empresa editorial con la que la universidad convenie la publicación de los premios, los derechos de reproducción de la primera edición.

8. La entrega de la documentación para la participación se llevará a cabo de manera online a través del procedimiento electrónico habilitado en Sede UGR, donde deberá identificarse a través de uno de estos métodos: a) Con usuario y clave de Acceso Identificado UGR (miembros de la comunidad universitaria); b) Con Certificado Digital (si no dispone de esta herramienta puede obtenerla a través de la Web de FNMT). Una vez identificado/a deberá aportar obligatoriamente la siguiente documentación en formato PDF:
- Formulario de solicitud, a través del modelo habilitado al efecto.
Archivo que contenga la obra a presentar (máximo 5 Mb) con las características indicadas en las bases específicas de cada modalidad (este documento no podrá contener ninguna referencia al autor/a).
- Copia del resguardo de matrícula de los estudios que le habilitan a participar según lo indicado en el punto 3.1. En el caso de los egresados, documento que acredite haber finalizado los estudios en el curso 2021-2022.

9. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde las 00:00 horas del día 23 de marzo de 2023 hasta las 12:00 horas del 31 de mayo de 2023.

10. No se podrá concursar a la misma modalidad en la que se obtuvo premio anteriormente. No se podrá concursar a otras modalidades distintas a la que se obtuvo premio hasta que transcurra una convocatoria.

11. Las obras no podrán llevar incluido el nombre del autor/a ni su firma para mantener el anonimato de los participantes en el proceso de valoración. www.escritores.org

12. El hecho de participar en estos premios implica la aceptación de sus bases y la renuncia a cualquier reclamación legal.

13. Norma final: Contra la presente Resolución por la que se aprueban las bases de la convocatoria, y que agota la vía administrativa en virtud del artículo 84 del Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Granada, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el BOUGR, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

 

Fuente y Modelo solicitud: veu.ugr.es/informacion/premios-creacion-artistica-estudiantes/edicion-2023/federico-garcia-lorca

 

 
 

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PREMIOS "EGILE" A LA CREACIÓN ARTÍSTICA 2021 (España)


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PREMIOS "EGILE" A LA CREACIÓN ARTÍSTICA 2021 (España)

21:09:2021

Género:  Cómic, tebeo, novela gráfica, ilustración

Premio:  20 premios de 5.000 €

Abierto a:  mayores de edad, residentes en Gipuzkoa

Entidad convocante: Diputación Foral de Gipuzkoa

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  21:09:2021

 

BASES

 

Bases reguladoras y convocatoria de 2021 de los premios «Egile» destinados a la creación en distintas áreas artísticas.
www.escritores.org

El Consejo de Gobierno Foral, en sesión celebrada el 20 de julio de 2021, ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo:

Dentro del Plan Estratégico de Gestión 2020-2023 de la Diputación Foral de Gipuzkoa, con el objetivo de impulsar las artes y la cultura como motor de transformación social en el territorio guipuzcoano y favorecer los procesos creativos y el fomento del talento artístico, la Dirección de Cultura estima conveniente convocar unos premios destinados a la creación en distintas áreas artísticas, a las que denomina «Egile».

Por el presente acuerdo se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión de los mencionados premios:

Estos premios no se encuentran incluidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023 (PES). Por tanto, previamente a su establecimiento y en aplicación de la previsión contenida en el apartado 3.1 del PES, procede su inclusión.

Este programa de premios también tiene como meta captar nuevos beneficiarios que puedan convertirse en un futuro en profesionales del sector cultural, por lo cual no constituyen una ayuda estatal en los términos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dado que sus beneficiarios no son empresas que desempeñen actividades económicas; en consecuencia, estos premios quedan excluidos del procedimiento de notificación previsto en el artículo 108.3 de dicho Tratado.

En su virtud, a propuesta del diputado foral del Departamento de Cultura, Cooperación Juventud y Deportes, previa deliberación, el Consejo de Gobierno Foral

ACUERDA

Primero. Incluir los premios «Egile» en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023 de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Segundo. Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de 2021 de los premios «Egile» destinados a la creación en distintas áreas artísticas, que se adjuntan como anexo I y anexo II, respectivamente, al presente acuerdo.

Tercero. Autorizar un gasto de cien mil (100.000) euros con la imputación presupuestaria que se indica para financiar dicha convocatoria de premios «Egile»:

Partida presupuestaria / Importe (€)

1.0910.120.480.01.05.2021 / 80.000,00

5.0910.120.480.01.05.2022 / 20.000,00

Cuarto. Las bases reguladoras que se aprueban en virtud del presente acuerdo surtirán efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Foral, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Lo que se comunica para general conocimiento.

 

ANEXO I

Bases reguladoras del procedimiento para la concesión de los premios «Egile» destinados a la creación artística.

1. Objeto.

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de los premios «Egile» destinados a la creación en distintas áreas artísticas.

El importe del premio está destinado a cubrir los gastos de creación y producción necesarios para la realización del proyecto seleccionado.

La dotación económica estará sujeta a la retención fiscal que establezca la normativa en vigor en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

2. Premios.

El número de premios a conceder y su cuantía se determinará en la convocatoria correspondiente.

3. Relación de requisitos para solicitar los premios.

— Los premios están dirigidos a personas físicas.

— Que se comprometan a realizar un proyecto de creación en alguna de las áreas artísticas contempladas en la convocatoria correspondiente.

— Que hayan residido en Gipuzkoa durante al menos 5 años (no necesariamente continuados) en los últimos 10 anteriores a la aprobación de la convocatoria.

— Que sean mayores de edad a 1 de enero del año de la convocatoria.

4. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

4.1. Las solicitudes, junto con el resto de documentación, deberán presentarse, vía Internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (egoitza.gipuzkoa.eus) accediendo al portal de subvenciones y cumplimentando el formulario específico disponible a estos efectos. Esta presentación de las solicitudes y de la documentación complementaria se realizará en los términos previstos en el Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Administración Foral.

4.2. La información de la convocatoria y los impresos normalizados de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (egoitza.gipuzkoa.eus).

4.3. El plazo de presentación de solicitudes se fijará en la convocatoria anual.

5. Documentación a presentar con la solicitud.

Las personas interesadas en la concesión de estos premios deberán presentar junto con la solicitud los documentos que se determinen en la convocatoria correspondiente.

6. Subsanación y documentación complementaria.

1. Si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunieran los datos de identificación, adolecieran de algún error o fueran incompletas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane los defectos detectados, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, en los términos previstos en el artículo 21 de ese mismo texto legal.

2. El Servicio gestor de los premios podrá requerir a las personas solicitantes cuanta documentación e información complementaria considere necesarias para la adecuada evaluación y resolución de la solicitud presentada.

7. Criterios de valoración de las solicitudes.

Los premios se concederán a los proyectos que en cada una de las áreas obtengan mayor puntuación.

Se descartarán las solicitudes que no alcancen 30 puntos.

La puntuación se otorgará conforme a los siguientes criterios de valoración:

a) La edad de la persona solicitante, primando la juventud: hasta 5 puntos, conforme a lo siguiente:

— Hasta 25 años: 5 puntos.

— Entre 25 y 29 años: 4 puntos.

— Entre 30 y 34 años: 3 puntos.

— Entre 35 y 39 años: 2 puntos.

— Más de 40 años: 1 punto.

Se tendrá en cuenta la edad de las personas solicitantes a 1 de enero del año de la convocatoria.

b) El rigor y nivel de concreción de la propuesta, calendario y plan de trabajo: hasta 5 puntos, conforme a la siguiente tabla:

— Nivel alto: 5 puntos.

— Medio: 4 puntos.

— Correcto: 2,5 puntos.

— Insuficiente: 1 punto.

La valoración será global; ante la imposibilidad de un cálculo objetivo, se realizará de forma cualitativa.

c) Interés, calidad y originalidad del proyecto artístico: hasta 10 puntos, conforme a la siguiente tabla:

— Nivel alto: 10 puntos.

— Medio: 7 puntos.

— Correcto: 5 puntos.

— Insuficiente: 2 puntos.

La valoración será global; ante la imposibilidad de un cálculo objetivo, se realizará de forma cualitativa. Se valorará el mayor interés, calidad y originalidad de los proyectos artísticos presentados teniendo en cuenta la situación actual de las distintas modalidades artísticas en Gipuzkoa, las tendencias artísticas más actuales y las temáticas que contribuyan a enriquecer la oferta artística.

d) Viabilidad del proyecto, incluida la metodología y el cronograma: hasta 5 puntos, conforme a la siguiente tabla:

— Nivel alto: 5 puntos.

— Medio: 4 puntos.

— Correcto: 2,5 puntos.

— Insuficiente: 1 punto.

La valoración será global; ante la imposibilidad de un cálculo objetivo, se realizará de forma cualitativa.

e) Grado de colaboración con personas y agentes del entorno: hasta 5 puntos, conforme a la siguiente tabla:

— Importante: 5 puntos.

— Significativa: 4 puntos.

— Media: 3 puntos.

— Insuficiente: 2 puntos.

La valoración será global; ante la imposibilidad de un cálculo objetivo, se realizará de forma cualitativa.

f) Currículum personal y trabajos realizados previamente: hasta 10 puntos. Se tendrá en cuenta tanto el historial formativo (hasta 5 puntos) como el de creación artística desarrollado (hasta 5 puntos) por las personas solicitantes, conforme a la siguiente tabla:

— Muy alto: 5 puntos.

— Alto: 4 puntos.

— Medio: 3 puntos.

— Insuficiente: 1 punto.

La valoración será global; ante la imposibilidad de un cálculo objetivo, se realizará de forma cualitativa.

g) La incorporación de temáticas o imágenes que favorezcan la igualdad de género: hasta 5 puntos, conforme a la siguiente tabla:

— Importante: 5 puntos.

— Significativa: 4 puntos.

— Media: 3 puntos.

— Insuficiente: 2 puntos.

La valoración será global; ante la imposibilidad de un cálculo objetivo, se realizará de forma cualitativa.

h) Presencia del euskera en el proyecto. Se valorará hasta 5 puntos, a mayor presencia mayor puntuación, conforme a la siguiente tabla:

— Muy alto: 5 puntos.

— Alto: 4 puntos.

— Medio: 3 puntos.

— Insuficiente: 1 punto.

La valoración será global; ante la imposibilidad de un cálculo objetivo, se realizará de forma cualitativa.

8. Procedimiento de concesión de premios, criterios de prelación y otras condiciones.

El procedimiento de concesión de los premios será el de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.

Ningún solicitante podrá obtener dos premios en la misma convocatoria.

En caso de empate, el orden de las solicitudes se realizará en función del registro de entrada que tengan.

Quedan excluidos los proyectos por encargo de terceras personas, los productos meramente didácticos, así como la edición en soportes electrónicos de originales realizados con anterioridad. Asimismo, quedan excluidos los proyectos de creación audiovisual o multimedia que tengan inclusión más adecuada o expresa en otras convocatorias del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes.

Los proyectos que desarrollen los designados como ganadores deberán estar sin iniciarse a fecha 1 de enero del año de la correspondiente convocatoria.

Los proyectos deberán ser originales, no presentados con anterioridad. No se admitirán trabajos que hayan sido premiados o becados en parte o en su totalidad, con similar finalidad; ni traducciones o modificaciones de proyectos ya existentes.

Los autores/as de los proyectos se hacen responsables por cualquier reclamación sobre propiedad intelectual o utilización de información de dominio privado, manteniendo indemne a la Diputación Foral de Gipuzkoa cualquier posible reclamación.

9. Instrucción.

1. La instrucción del procedimiento de concesión de estos premios corresponde al Servicio de Biblioteca, Promoción y Difusión Cultural de la Dirección General de Cultura, quien realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

2. La fase de instrucción se iniciará con la preevaluación de la solicitud, que consistirá en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser solicitante y adquirir la condición de beneficiaria del premio y de que la documentación presentada se encuentra completa y es correcta.

3. A continuación, el Servicio emitirá informe de valoración de las solicitudes. Para efectuar la valoración se podrá recabar la ayuda de asesorías o especialistas externos que se estimen oportunos, en cuyo caso, se informará de su identidad mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

4. A fin de garantizar la presencia equilibrada de hombres y mujeres con capacitación, competencia y preparación adecuada en la composición de la Comisión Evaluadora, se garantizará, siempre que sea posible, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, que ambos sexos estén representados al menos en un 40 %.

5. Una vez informadas las solicitudes, la propuesta de resolución del procedimiento se efectuará por una comisión evaluadora formada por el jefe o jefa del Servicio de Biblioteca, Promoción y Difusión Cultural de la Dirección General de Cultura, y dos personas técnicas de dicho Servicio. La comisión evaluadora formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, que será elevada al órgano competente para resolver.

6. Cuando la evaluación efectuada resulte desfavorable respecto de la concesión de subvención, de modo previo a dictar la resolución correspondiente, se otorgará a las personas o entidades interesadas trámite de audiencia que será publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa por plazo de 10 días para formular alegaciones y para la aceptación de los premios.

7. La convocatoria podrá declararse desierta, en parte o en su totalidad, si a juicio de la comisión evaluadora las propuestas no se ajustan a los requisitos de la presente convocatoria.

10. Resolución.

1. El diputado foral del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes resolverá la concesión mediante orden foral.

2. La resolución se motivará de conformidad con lo que dispongan las bases reguladoras, con referencia a los criterios objetivos de concesión de estos premios.

3. En la resolución de concesión de la subvención se deberá hacer constar expresamente el objeto, las personas solicitantes a las que se concede la subvención, importe, forma y plazos de pago, y demás condiciones y requisitos exigidos por las bases, así como las solicitudes excluidas y los motivos para dicha exclusión. El premio se abonará en la cuenta bancaria a nombre de la persona física ganadora y estará sujeto a la correspondiente retención establecida por la normativa vigente.

4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará, en cada caso, a partir del inicio del plazo de presentación de solicitudes.

5. En relación con el procedimiento de concesión de premios objeto de estas bases, los actos presuntos que puedan producirse se entenderán desestimatorios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6. La resolución final de concesión o, en su caso denegación, se notificará mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, según lo establecido en el artículo 17 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa y se comunicará individualmente a cada persona solicitante.

11. Abono de los premios.

Con carácter general, el importe de los premios se abonará a la finalización de la actividad premiada, tras su justificación en los términos previstos en la base 13.

No obstante lo anterior, y previa acreditación de la necesidad de financiación para llevar a cabo las actuaciones inherentes al premio, podrán realizarse pagos anticipados en la forma en que se determine en la correspondiente resolución de concesión.

El plazo máximo para desarrollar los proyectos premiados, justificar su realización y presentar la solicitud de abono final será como máximo el 1 de marzo del año siguiente a la convocatoria.

12. Obligaciones de las personas premiadas.

Las personas premiadas deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) Cumplir de forma ininterrumpida durante la ejecución de los trabajos, las normas que resulten de estas bases.

b) Llevar a cabo el proyecto premiado en el plazo establecido, cumpliendo las condiciones a que se hayan comprometido en el proyecto presentado, no pudiendo alegar como impedimento compromisos anteriores o posteriores.

c) Garantizar la financiación presupuestaria del proyecto, en los casos en que el coste del proyecto supere el importe del premio.

d) A la finalización del proyecto, entregar la documentación a la que se refiere la base 12.

e) Facilitar cuanta información le sea requerida por la Dirección General de Cultura.

El plazo para la presentación de la memoria finalizará el 31 de marzo del año posterior al de la convocatoria.

Al término de la actividad premiada, el Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes podrá solicitar la colaboración de las personas premiadas para proyectos concretos promovidos por la Diputación Foral de Gipuzkoa y para acciones de difusión o divulgación de las experiencias para las cuales se hayan otorgado y de promoción de estos premios en ediciones posteriores.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, las señaladas en la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa y su Reglamento de desarrollo (aprobado por Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril).

13. Justificación.

1. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión del premio se documentará de la manera y en el plazo que se indica en la presente base.

2. Quienes se beneficien de los premios reguladas por las presentes bases deberán solicitar el abono final de las cantidades pendientes, tras la presentación de la cuenta justificativa que contendrá los documentos siguientes:

a) Una memoria detallada de la actividad o programa desarrollado, y de los resultados obtenidos, incluyendo, cuando sea pertinente, los datos de participación diferenciados por sexo, así como, en la medida de lo posible, el análisis y la interpretación de los mismos.

b) Una cuenta justificativa que refleje, por un lado, el trabajo intelectual y material realizado por el autor del proyecto, que a efectos justificativos tendrá la consideración de gasto, y por otro lado, en su caso, la relación de otros gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor o acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión, y, en su caso, fecha de pago.

c) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con indicación de su importe y su procedencia.

d) Documentación gráfica o audiovisual que sirva para acreditar y testimoniar la labor realizada.

e) La Diputación Foral de Gipuzkoa comprobará que la persona premiada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Si la persona no quisiera que la Diputación compruebe esta situación, deberá indicarlo así en la solicitud y aportar ella misma los certificados.

3. El Servicio encargado de estos premios comprobará la adecuada justificación, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute y redactará informe para que por la Dirección General de Cultura se apruebe el abono final del premio.

14. Participación, interpretación y otras consideraciones.

La participación en esta convocatoria implica la aceptación en su totalidad de las presentes bases.

Cualquier duda que pudiera surgir respecto de la interpretación de las presentes bases será resuelta por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a través del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes.

15. Propiedad de los trabajos artísticos.

La propiedad de las obras o trabajos resultantes del premio concedido será de sus autores o autoras, si bien en toda publicación o exposición de los mismos deberán hacer mención expresa del premio concedido por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

16. Publicaciones y notificaciones.

Todas las comunicaciones y trámites del presente procedimiento se realizarán a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones. Las personas y entidades solicitantes darán validez a todas las comunicaciones emitidas por el órgano gestor de los premios vía e-mail a la cuenta de correo electrónico de la persona de contacto identificada en la solicitud.

17. Régimen jurídico.

Los premios objeto de las presentes bases reguladoras se regirán, además de por lo dispuesto en las mismas, por la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, su Reglamento de desarrollo (aprobado por Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril) y demás normativa aplicable en materia de subvenciones.

El procedimiento de control financiero de las subvenciones será el establecido en el capítulo quinto del título VII de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

 

ANEXO II

Convocatoria de 2021 para la concesión de los premios «Egile» destinados a la creación artística.

1.Áreas artísticas que se contemplan.

En la presente convocatoria se concederán 20 premios de cinco mil euros (5.000) divididos en las siguientes áreas:

Área de Literatura y gráfica: un total de 10 premios para la creación de cómics, tebeos y novelas gráficas repartidas de las siguiente forma:

— 2 premios para proyectos de guion.

— 2 premios para proyectos de creación de cómic (guion y dibujo).

— 2 premios para proyectos de libros de ilustración o libros ilustrados (bien creación original, bien propuesta de ilustración de alguna obra existente).

— 2 premios para proyectos de ensayos vinculados a temas y debates de actualidad.

— 2 premios para proyectos de creación de contenidos digitales originales (podcast, aplicaciones interactivas,...).

 

Área de Artes escénicas: un total de 4 premios para los siguientes tipos de proyectos:

— 2 premios para la creación y producción de espectáculos de pequeño formato.

— 2 premios para la creación de un texto destinado a una representación escénica.

 

Área de Artes plásticas y visuales: un total de 6 premios para los siguientes tipos de proyectos:

— 5 premios para proyectos de creación artística.

— 1 premio para proyectos curatoriales o expositivos.

Los proyectos podrán realizarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales del territorio, es decir, en euskera o en castellano.

El número de premios por cada área podrá ser incrementado en el caso de que en alguna de las áreas se produzcan excedentes.

2. Financiación y presupuesto de las premios.

El gasto autorizado es de cien mil (100.000) euros con la siguiente imputación presupuestaria:

Partida presupuestaria / Importe (€)

1.0910.120.480.01.05.2021 / 80.000,00

5.0910.120.480.01.05.2022 / 20.000,00

3. Publicación de convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.

1. El procedimiento para la concesión de los premios se iniciará de oficio, mediante publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

2. El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de 2021 se iniciará el día 1 de septiembre de 2021 y finalizará el día 21 de septiembre de 2021.

3. La información de cada convocatoria y los formularios de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica egoitza.gipuzkoa.eus.

4. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la solicitud.

1. Las solicitudes se presentarán cumplimentando el formulario modelo establecido en el portal de subvenciones de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (egoitza.gipuzkoa.eus) correspondiente a la presente convocatoria y que se acompaña a continuación como anexo III.

2. Junto con el formulario de solicitud, las personas solicitantes deberán aportar los siguientes documentos:

a) Dossier del proyecto creativo.

b) Una muestra de la obra que se va a realizar:

En el área de Literatura y gráfica:

— Proyectos de guion de cómic: 6 páginas del guion, en formato digital.

— Proyectos de creación de cómic (guion y dibujo): 6 páginas finalizadas, al menos una de ellas de acabado final, en formato digital.

— Proyectos de libros de ilustración o libros ilustrados: 6 ilustraciones, en formato digital.

— Proyectos de ensayos vinculados a temas y debates de actualidad: una muestra de 10 páginas, en formato digital.

— Proyectos de creación de contenidos digitales originales: un adelanto del proyecto en soporte digital o, en su caso, una URL.

En el área de Artes escénicas:

— Proyectos de creación y producción de espectáculos de pequeño formato: un adelanto del proyecto en soporte digital o, en su caso, una URL.

— Proyectos de creación de un texto destinado a una representación escénica: 6 páginas del texto, en formato digital.

En el área de Artes plásticas y visuales:

— Proyectos de creación artística: un adelanto del proyecto en soporte digital o, en su caso, una URL.

— Proyectos curatoriales o expositivos: un adelanto del proyecto en soporte digital o, en su caso, una URL.

c) Currículum personal y muestra de trabajos previos.

d) Certificado de vecindad administrativa que acredite la residencia habitual en alguno de los municipios del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por plazo mínimo de cinco años, dentro de los diez últimos años.

e) Presupuesto detallado de los ingresos y gastos del proyecto, programa o actividad.

Las personas solicitantes no estarán obligadas a presentar los documentos que hayan sido aportados anteriormente a cualquier administración. A estos efectos, la interesada deberá indicar en el formulario de solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos dichos documentos, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En estos casos se realizarán las verificaciones pertinentes a través del nodo de interoperabilidad y seguridad de las administraciones de Euskadi (Nisae). En los supuestos de imposibilidad material de obtener la documentación, el órgano competente podrá requerir a la persona solicitante su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento.

Si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunieran los datos de identificación, adolecieran de algún error o fueran incompletas, se requerirá a la persona solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley.

En cualquier caso, el órgano gestor podrá solicitar las aclaraciones necesarias para la correcta evaluación y resolución de los proyectos.

La memoria del proyecto no es objeto de subsanación. No obstante, el órgano gestor de los premios podrá requerir cuanta documentación e información aclaratoria considere necesarias para su adecuada evaluación.

Las personas solicitantes darán validez a todas las comunicaciones emitidas por el órgano gestor de las subvenciones vía e-mail a la cuenta de correo electrónico de la persona de contacto identificada en la solicitud de ayuda.

3. También se acompañará una declaración responsable, que podrá hacerse a través de la aplicación informática, sobre los siguientes extremos:

De no concurrir en la persona solicitante ninguna causa impeditiva de la condición de beneficiaria de las indicadas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y en el artículo 26 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, así como de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

A efectos de la posterior comprobación de los datos de dicha declaración relativos a las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, las personas solicitantes podrán manifestar en la misma su consentimiento expreso para que las entidades que deben expedir los certificados correspondientes cedan los datos que deban figurar en ellos directamente al Servicio gestor de estos premios.

 

Fuente y Anexos: egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2021/08/30/c2105620.pdf

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


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PREMIOS "RAZÓN ABIERTA" (España)

28:02:2017

Género: Textos científicos

Premio:   25.000 €

Abierto a: profesores e investigadores universitarios

Entidad convocante: Universidad Francisco de Vitoria y la Fundación Vaticana Joseph Ratzinger/ Benedicto XVI

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   28:02:2017

 

BASES


I Exposición de motivos

La vida científica e intelectual que corre por las venas de la Universidad actual tiene una nota dominante que es la racionalidad científica, que da por supuesto que es el único camino seguro para avanzar en el conocimiento cierto y en sus aplicaciones para el bien del hombre y de la sociedad. Y, ciertamente, una Universidad que se precie de serlo cuidará el rigor científico de su trabajo intelectual. Sin embargo, hay algo más.
www.escritores.org
Si la racionalidad científica se convierte en la única forma de conocimiento cierto, se dejan fuera cuestiones vitales para el hombre. El sentido de la realidad, y de la ciencia misma no es objeto de las ciencias positivas sino de las Humanidades, de la Filosofía y de la Teología. Ensanchar los horizontes de la racionalidad científica es volver a poner en juego al hombre como sujeto y beneficiario de la ciencia. Esto lo sabe la Universidad desde sus inicios.

El verdadero e íntimo origen de la universidad está en el afán de conocimiento, que es propio del hombre. Quiere saber qué es todo lo que le rodea. Quiere la verdad. En este sentido, se puede decir que el impulso del que nació la universidad occidental fue el cuestionamiento de Sócrates. (Benedicto XVI. Discurso preparado para el encuentro con la Universidad de Roma La Sapienza, 17 enero 2008)

Este premio quiere fomentar una Universidad que mantiene y desarrolla la sensibilidad por la verdad que anida en el corazón de todo alumno, profesor y miembro de esa comunidad universitaria para que, así, la razón no sucumba a la presión de los intereses y el atractivo de la utilidad como criterio último de validez. (Cf. Ibíd.)

Para mantener viva la sensibilidad por la verdad hay que volver a poner en juego al hombre entero, rescatando las preguntas existenciales de fondo que emergen de sus quehaceres particulares y también de todo quehacer científico. Al fin y al cabo, la ciencia es la respuesta al asombro de la realidad, de aquí la confluencia de estas preguntas humanas y la labor científica.

El premio Razón Abierta busca fomentar respuestas universitarias a estas preguntas:

Cuestión antropológica

En el fondo de toda asignatura que se imparte hay, en mayor o menor grado, una antropología, implícita o explícita. Esa visión del hombre marca profundamente todos los contenidos que se imparten. La pregunta de la cuestión antropológica puede expresarse así: ¿qué idea del hombre subyace en lo que se enseña o aprende? ¿Individualista o solidario? ¿Puramente histórico o abierto a la trascendencia? ¿Genéticamente predeterminado o capaz de libertad? ¿Qué tipo de hombre se construye con estos saberes? ¿Y de sociedad?

En esta cuestión, una antropología filosófica y bíblica tiene mucho que aportar en el diálogo de las ciencias con la Filosofía y la Teología.

Cuestión epistemológica

En el fondo de toda asignatura que se imparte o se investiga yace una epistemología específica, hecha explícita o no. La cuestión epistemológica se expresa en una pregunta fundamental: ¿es verdad lo que enseño? ¿Cuál es el límite de mi ciencia y de mi método? Esa epistemología condiciona los contenidos y las metodologías, porque se posiciona ante la cuestión de la verdad y de la posibilidad de conocerla.

En esta cuestión, un renovado realismo epistemológico puede hacer una contribución definitiva de fundamentación y alcance.

Cuestión ética

La pregunta sobre la verdad y sobre el hombre remite a la cuestión de cómo se debe actuar. Tanto en el marco de mi hacer científico, como en sus aplicaciones tecnológicas, como en la conducción de mi existencia. En el fondo de toda asignatura existe una cuestión ética, mayor o menormente explicitada. Esa ética es la que apunta siempre a los fines de la ciencia que se imparte y de las consecuencias técnicas, culturales, sociales o personales que de ella se puedan derivar.

En la cuestión ética, la antropología filosófica y la bíblica pueden tener una aportación decisiva.

Cuestión del sentido

En el corazón de todo profesor y alumno que forman la comunidad universitaria late una necesidad de sentido de su quehacer universitario, mayor o menormente explicitada. Las ciencias no tienen existencia en sí mismas, existen en la mente de cada científico y en el bien común de la comunidad científica, son del hombre y para el hombre, pueden asombrarlo, mejorar su vida o hacerle daño.

En la cuestión del sentido, penúltimo o último, la Filosofía y la Teología tienen una palabra significativa.

Estas cuestiones piden respuestas que superan la racionalidad científica y suponen la necesidad de un diálogo fecundo con la Filosofía y la Teología para no vivir de una razón autosuficiente ni aislarla de las raíces que le dan sentido. (Cf. Ibíd.) Llamamos enfoque o diálogo transdiscilinar a aquel que no sólo toma en cuenta la interdisciplinariedad de las ciencias entre sí, sino también su relación, mayor o menor, con la Filosofía y la Teología.

La síntesis de saberes como razón ampliada lograda

La especialización es una exigencia del método científico. La mirada del científico debe concentrarse en el fragmento de la realidad que le toca investigar, su trabajo intelectual tiene su método propio para avanzar en el conocimiento. Sin embargo, el fragmento necesita algo más para tener sentido en sí mismo y sentido para el hombre que lo investiga. Hace falta una síntesis que integre el fragmento en el todo.

Esta síntesis no puede ni debe ser una especie de resumen de lo que se sabe, sino más bien una apertura a un principio integrador, a algo profundo hacia lo que apunta toda parcela de conocimiento.

Epistemológicamente hablando, la ciencia particular se pone en diálogo transdisciplinar con la Filosofía o con la Teología como exigencia de las cuestiones de fondo que surgen de su saber particular. El resultado no es un híbrido que resulta de yuxtaponer conceptos filosóficos o teológicos al lado de los científicos. El resultado al que debe conducir es a la integración del conocimiento fragmentario en el todo del conjunto, esta síntesis bien puede entenderse como un pasar del saber a la sabiduría y del fenómeno al fundamento. (Juan Pablo II. Carta Enc. Fides et ratio, 14 septiembre 1998. N. 83.)

El resultado de la síntesis de saberes es una ciencia renovada puesto que los límites del propio método de conocimiento son superados sin que el rigor científico se vea afectado. La ciencia se enriquece iluminándose por el sentido que aporta un saber superior. El fragmento integrado en el todo es un fragmento más rico. Pero también la Filosofía y la Teología se enriquecen, puesto que en esa síntesis se aseguran de llegar a la vida del hombre y de no quedarse en conocimientos abstractos.

Este premio busca científicos, artistas, filósofos, teólogos que estén haciendo camino en ese diálogo transdisciplinar en las universidades.

II Objeto

La Universidad Francisco de Vitoria con colaboración de la Fundación Vaticana Joseph Ratzinger/ Benedicto XVI convoca los premios Razón Abierta cuyo objeto es reconocer e impulsar la innovación en la investigación científica y los programas académicos desde la propuesta que hace Benedicto XVI de ampliar los horizontes de la razón.

Esto implica trabajos transdisciplinares, tal y como se define el término en la Exposición de motivos, que muestren desde su área científica una apertura a un principio integrador. Para ello es necesario, no sólo el diálogo con otras ciencias, sino la relación con la filosofía y la teología, en aquel punto donde se encuentran las preguntas por un significado que la propia ciencia no puede satisfacer. Trabajos, en fin, que hayan cuestionado e incorporado explícitamente la reflexión sobre la antropología, epistemología, ética y sentido que hay en su ciencia particular, en las categorías de Investigación y Docencia, en cualquiera de estas áreas de conocimiento:

• Ciencias Jurídicas, Económicas y Sociales
• Ciencias de la Comunicación
• Ciencias Biomédicas y de la Salud
• Tecnologías de la Información y Arquitectura
• Humanidades, Filosofía y Teología

La categoría Investigación comprende trabajos científicos que asuman el reto de abordar las preguntas antropológica, epistemológica, ética y del sentido de su ciencia o disciplina particular (formulario). Los trabajos deberán ser originales sin perjuicio de que puedan estar basados en investigaciones, creaciones o publicaciones anteriores, adaptadas en su presentación y justificación a la presente convocatoria.

La categoría Docencia comprende la presentación de Programas Académicos (syllabus, guías docentes, Planes de estudios, programaciones de comunidades docentes…) explicados en detalle de qué forma se integran, en la enseñanza de la ciencia o disciplina particular, las preguntas antropológica, epistemológica, ética y del sentido (formulario). Los trabajos presentados en esta categoría deberán ser originales y haber sido desarrollados en sus respectivas Instituciones, acompañados de una presentación y justificación que incluya una exposición de resultados o experiencias surgidas al implantar tal programación.

Pueden aspirar a estos premios profesores e investigadores universitarios, a título individual o como grupo de trabajo (en este caso, se especificará el nombre del coordinador).

Se podrán presentar avalistas que respalden la categoría del trabajo y recorrido personal del candidato.

En el caso de obras ya publicadas, el autor deberá indicar esta situación, modalidad, condiciones y entidad cesionaria de los derechos de explotación de la misma, en el momento de la presentación para este premio.

III Premio

• Categoría Investigación
Se otorgarán 2 premios de 25.000 euros, en cualquiera de las áreas de conocimiento señaladas

• Categoría Docencia
Se otorgarán 2 premios de 25.000 euros, en cualquiera de las áreas de conocimiento señaladas

Las 15 obras no premiadas y que hayan sido consideradas por el jurado de especial relevancia obtendrán una divulgación especial en el sitio web www.premiosrazonabierta.org para conocimiento de los investigadores y comunidades docentes universitarias que hayan entrado en contacto con la Organización de estos Premios.

IV Presentación de trabajos y plazos

Se admitirán trabajos en dos lenguas: español e inglés.

La presentación de los trabajos se realizará a través de la propia web www.premiosrazonabierta.org en el apartado SOLICITUD, en los plazos previstos:

• 1 octubre: comienza el plazo de presentación de trabajos.
• 28 febrero 2017: finaliza el plazo de presentación de trabajos.
• 31 mayo 2017: publicación de los premiados en www.premiosrazonabierta.org

V Criterios de mérito a considerar por el Jurado

Se valorará especialmente en la categoría Investigación
• Calidad, actualidad y rigor en el conocimiento de la ciencia específica
• La visión transdisciplinar e integradora, que permita una auténtica unidad del saber
• La solidez de la fundamentación antropológica, epistemológica, ética y del sentido
• La amplitud de la bibliografía

Se valorará especialmente en la categoría Docencia
• Calidad, actualidad y rigor en el conocimiento de la ciencia específica
• La visión transdisciplinar e integradora, que permita una auténtica unidad del saber
• La solidez de la fundamentación antropológica, epistemológica, ética y de sentido
• La amplitud de la bibliografía
• La claridad del planteamiento de fondo y la adecuación pedagógica
• La originalidad de las metodologías de aprendizaje propuestas

VI Autoría, originalidad y divulgación de las obras

La participación en la presente convocatoria supone la aceptación íntegra de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases y la conformidad con las decisiones del Jurado, que serán inapelables. En particular los participantes aceptan los siguientes extremos:

• Los participantes garantizan que son autores de los trabajos presentados y que cuentan con todos los permisos necesarios para presentarlos a este premio, para ser examinados y valorados por el Tribunal.

• Los participantes premiados deberán disponer de la capacidad de asumir el punto IX de estas bases: Cesión de derechos y explotación

VII Jurado

El Jurado estará compuesto por siete miembros: cuatro doctores representantes de cada una de las áreas de conocimiento, un teólogo con experiencia como profesor en una Universidad civil, un representante de la Fundación Joseph Ratzinger-Benedicto XVI y el Rector de la Universidad Francisco de Vitoria, que actuarán como co-presidentes. Los miembros del Jurado serán nombrados por la Universidad Francisco de Vitoria, (con el visto bueno de la Fundación Joseph Ratzinger-Benedicto XVI).

El Jurado se pronunciará por mayoría de los votos emitidos.

Actuará como Secretario del Jurado, con voz pero sin voto, el Secretario General de la Universidad Francisco de Vitoria.

Los premios podrán declararse desiertos si, a juicio del Jurado, la calidad de las propuestas recibidas no alcanza el nivel exigido. En el caso de que esto ocurra, el Jurado se guarda el derecho de premiar un segundo trabajo de un área ya premiada.

Todos los concursantes renuncian de forma expresa a efectuar impugnación alguna del fallo del Premio.

VIII Cesión de derechos de explotación

Los ganadores cederán a la Universidad Francisco de Vitoria los derechos de explotación de la obra premiada.

En caso de que el autor no disponga de los mismos, deberá indicarlo en el momento de la presentación, en la forma en el que se ha concretado en el punto II de las presentes bases. En este caso, las partes se remitirán a un posterior acuerdo entre el autor y la Universidad Francisco de Vitoria para el desarrollo o adaptación futura de la obra.

La cesión incluye los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública en todas sus modalidades, y transformación, incluidas las versiones electrónicas (entendiendo por tales aquellas que incluyan todo o parte de sus contenidos digitalizados, asociados o no a elementos multimedia), y/o audiolibro (entendiendo por tal cualquier fonograma que contenga una lectura de la obra, dramatizada o no), pudiendo reproducir, almacenar y distribuir copias totales o parciales en cualquier formato digital y soporte electrónico en su más amplio sentido, pudiendo transmitirla a través de Internet y otras redes informáticas y de telecomunicaciones y permitiendo a terceros su lectura (licencia on line, streaming, etc.), reproducción y/o almacenamiento permanente (download).

Quedan también reservados a la Universidad Francisco de Vitoria los derechos de traducción para la edición en todos los idiomas.

Los concursantes responden de la autoría y originalidad de su obra y del ejercicio pacífico de los derechos por la Universidad Francisco de Vitoria y la Fundación Joseph Ratzinger-Benedicto XVI, a quienes mantendrán indemnes y exentos de responsabilidad derivada de cualquier posible reclamación por parte de terceros (incluidas las entidades de gestión de derechos colectivos), relativa a los derechos de explotación sobre los trabajos aportados y a la cesión de dichos derechos operada en el presente documento, o basada en la infracción de cualquier derecho de propiedad intelectual o cualquier otra obligación de los participantes derivada de la ejecución del presente concurso. A este respecto, los participantes se hacen responsables frente a la Universidad

Francisco de Vitoria y la Fundación Joseph Ratzinger-Benedicto XVI, de todas las cargas pecuniarias que pudieran derivarse para estos últimos a favor de terceros con motivo de acciones, reclamaciones o conflictos originados por el incumplimiento de las anteriores obligaciones.

Con la presentación de sus obras, los participantes manifiestan su aceptación y conformidad con las presentes bases, y los que resulten premiados se comprometen a firmar los documentos de cesión que sean necesarios al efecto.

IX Protección de datos de carácter personal

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales de los participantes en el presente premio se incorporarán a un fichero responsabilidad de la Universidad Francisco de Vitoria con la finalidad de gestionar su participación en el mismo, promocionarlo, entregar los premios e invitarle a los eventos propios del mismo que puedan considerarse de su interés. Los participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante solicitud remitida a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., acompañando fotocopia del DNI, NIE, o pasaporte.

Para cualquier consulta o duda contacte con la organización: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Fuente: www.premiosrazonabierta.org

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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