Concursos Literarios

PREMIO NACIONAL UCA EDITORES "ÍTALO LÓPEZ VALLECILLOS"

 

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PREMIO NACIONAL UCA EDITORES "ÍTALO LÓPEZ VALLECILLOS" (El Salvador)

19:07:2025

Género: Novela

Premio:  edición, premio en metalico, diploma

Abierto a:  mayores de edad 

Entidad convocante: UCA Editores 

País de la entidad convocante: El Salvador

Participación por medios electrónicos: Sí

Fecha de cierre: 19:07:2025

 

BASES

PREMIO NACIONAL UCA EDITORES "ÍTALO LÓPEZ VALLECILLOS"
Convocatoria 2025 al premio de novela en conmemoración del quincuagésimo aniversario de UCA Editores

Con motivo del quincuagésimo aniversario de UCA Editores, se abre la convocatoria al Premio Nacional UCA Editores “Ítalo López Vallecillos”. El concurso está dirigido a novelistas y narradores interesados en contribuir al legado cultural de la región, a través de sus obras.

Bases del certamen
1. Podrán participar escritores de cualquier nacionalidad, con mayoría de edad y sin distinción de género.
2. El premio será concedido a un único ganador, sin lugar a menciones honoríficas ni premios compartidos.
3. Los escritos deberán tener un mínimo de 100 cuartillas y un máximo de 300. El tema será la realidad socio-histórica centroamericana, además deben de estar escritas en idioma español. Las obras presentadas no deben ser plagios ni paráfrasis, y no podrán participar aquellas que estén compitiendo en otros certámenes, que hayan recibido premios en concursos previos o que tengan algún compromiso editorial.
4. La obra debe ser original y deberá presentarse en PDF y en Word, con las páginas debidamente numeradas, fuente Arial de 12 puntos, interlineado de 1.5 líneas, texto justificado y márgenes estándar (superior 2.5 cm, inferior 2.5 cm, izquierdo 3 cm, derecho 3 cm, encabezado 1.25 cm, pie de página 1.25 cm), en papel tamaño carta (ancho 21.59 cm, alto 27.94 cm).
5. Los autores deberán firmar una declaración jurada (disponible para descarga) en la que se comprometan a no presentar trabajos que constituyan plagios o paráfrasis, eximiendo así a UCA Editores de cualquier responsabilidad legal.
6. Las obras se recibirán únicamente en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con el asunto “Certamen de Novela UCA Editores 50 Años”. En el correo deberán adjuntarse tres archivos:
● Un documento titulado “Plica” que incluya los siguientes datos: nombre completo del autor, seudónimo, edad, número de teléfono, correo electrónico personal, domicilio, una copia escaneada (anverso y reverso) del documento de identidad y una breve semblanza biográfica.
● El texto participante, con el título y el seudónimo del autor. Ejemplo: “Caminos de seda - Samuel Clemens”.
● La declaración jurada en PDF.
7. El reconocimiento al ganador incluirá la publicación de la obra en formatos impreso y digital (libro electrónico), el 10% de los derechos de autor por las unidades vendidas tras el tiraje, un premio en metálico, sujeto a las retenciones fiscales correspondientes, un diploma oficial que lo certifique como merecedor del certamen, así como la cobertura de los gastos asociados al proceso editorial de la obra.
8. La recepción de textos comenzará a partir de la publicación de las bases y concluirá el sábado 19 de julio de 2025.
9. El fallo del jurado será inapelable y se dará a conocer durante la última semana de noviembre de 2025. La ceremonia de premiación se llevará a cabo en la primera semana del mes de diciembre.
10. Para dudas o consultas, escribir a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con el asunto “Dudas certamen”.

 

 

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PREMIO NACIONAL VICTORIA KENT 2015 (España)
01:09:2015

Género: Investigación

Premio: 1.125,00 euros.

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Secretaria General de Instituciones Penitenciarias

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 01:09:2015

 

BASES


Por Orden INT/ 2093/2010, de 19 de julio, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión del Premio Nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.
 www.escritores.org
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, y de acuerdo con lo establecido en la base reguladora sexta, esta subdirección general ha resuelto aprobar la presente convocatoria del Premio Nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria para el año 2015, que se desarrollará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
 
La cuantía total de los premios es de dos mil doscientos cincuenta euros (2.250,00), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 16 05 133A 485, en la cual existe crédito suficiente, habiéndose tramitado el correspondiente expediente de gasto. Dicha cuantía se distribuirá de la siguiente forma:
 
Premio: 1.125,00 euros.
Accésit 1: 562,50 euros.
Accésit 2: 562,50 euros.
 
La finalidad del premio es fomentar la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria y el objeto premiar el trabajo de investigación considerado de mayor mérito.
 
La concesión de las subvenciones se efectuará mediante concurrencia competitiva.
 
Podrán optar a los premios, según la base reguladora tercera, las personas físicas, de nacionalidad española o extranjera. No podrán participar los miembros del jurado, ni los premiados en anteriores convocatorias.
 
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 y artículo 27 del Reglamento que la desarrolla aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, no podrán concurrir a la subvencione objeto de las presentes bases reguladoras las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.
 
Los trabajos de investigación versarán sobre el medio penitenciario, desde un plano histórico jurídico, psicológico, social o de cualquier otra disciplina científica, ya sea con un enfoque estrictamente teórico o a partir de experiencias concretas.
 
Serán objeto de atención preferente los trabajos presentados sobre los siguientes temas:
Drogodependencia y prisión.
Régimen abierto y medidas alternativas a la prisión.
Derecho Penitenciario Comparado y Comunitario.
Enfermedad mental y prisión.
Tratamiento Penitenciario en Centros.
La problemática de los internos extranjeros en centros penitenciarios.
 
Los criterios de valoración de los trabajos serán los establecidos en la base quinta de las bases reguladoras:
 
«Serán valorados como criterios en la concesión de la subvención, con el porcentaje determinado en cada uno de los apartados que se reseñan a continuación los siguientes:»
 
Calidad y rigor científico del trabajo: 50 %.
Temas de investigación objeto de atención preferente: 20 %.
Innovación, interés y aplicación práctica de los trabajos: 30 %.
 
El órgano competentes para la instrucción será la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Coordinación Territorial de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que sustituye a la Unidad de Apoyo en esta función, y para la resolución del procedimiento el Subdirector General de Servicios por delegación de la Secretaria de Estado de Seguridad, de acuerdo con la Orden INT/1797/2010, de 2 de julio, por la que se delegan determinadas atribuciones y aprueba las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
 
Los trabajos de investigación habrán de dirigirse al Registro General de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias (calle de Alcalá, 38, 28014 Madrid), pudiendo, en todo caso, presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, antes de las catorce horas del día 1 de septiembre de 2015.
 
Los trabajos se ajustarán a las especificaciones establecidas en las bases reguladoras.
 
Los trabajos presentados han de ser anónimos y se encabezarán con un lema que se repetirá en la parte exterior de un sobre cerrado que los acompañe, en cuyo interior se encontrará la identidad, domicilio y teléfono del autor concursante.
 
Según determina la base octava de las bases reguladoras, una vez emitido informe por el Jurado en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, el órgano para la valoración de los trabajos formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada que deberá notificarse a los beneficiarios para que manifiesten si aceptan la concesión de la subvención así como la posibilidad de presentar alegaciones, según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.
 
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva.
 
La resolución será motivada debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se adopte, haciéndose constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley General de Subvenciones y artículo 63 del Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
 
En el supuesto de que el trabajo presentado resulte premiado el autor cederá gratuitamente los derechos de autor, a efectos de su posible publicación.
 
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria, en cualquier caso, siempre deberá producirse dentro del ejercicio económico de la convocatoria.
 
La resolución sobre la concesión de los premios se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se notificará directamente a los interesados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, poniendo esta resolución fin a la vía administrativa.
 
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
 
 
Fuente
 
 
 

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PREMIO NADAL DE NOVELA 2016 (España)

30:09:2015

Género: Novela

Premio: 18.000 euros y edición

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Ediciones Destino

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 30:09:2015

 

BASES


1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. El autor de la obra garantizará la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.
 www.escritores.org
2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 150 páginas, tamaño DIN A4, mecanografiadas a doble espacio.
 
3. La cuantía del Premio será de 18.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra. El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que Ediciones Destino, S. A., Empresa Editorial (en adelante, Destino) le presentará con sujeción a los términos y condiciones indicados en la condición 13 de estas bases, y Destino se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.
 
4. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2015. Destino se reserva el derecho de modificar dicho jurado. Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, Destino no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquél, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.
 
5. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.
 
6. Durante el período de noventa (90) días hábiles a contar desde el fallo del Premio, Ediciones Destino tendrá un derecho de opción preferente para la suscripción de contratos de edición con cualquiera de las obras presentadas y no premiadas que considere de su interés.
 
7. Se presentará una copia del original en papel y otra en digital, en formato de archivo de Word o PDF, que se hará llegar grabada en un CD u otro soporte digital. La versión en papel deberá presentarse encuadernada y en un formato legible, y debe constar en ella el nombre del autor, documento nacional de identidad o pasaporte y su domicilio. En caso de seudónimos, estos datos deberán presentarse en sobre aparte.
En cualquier caso, el autor que presente una obra al Premio deberá remitirla junto con una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:
 
(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;
 
(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;
 
(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;
 
(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y
 
(V) Fecha de la declaración y firma original.
 
El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a Destino por cuantos daños y/o perjuicios pudiera ésta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.
 
La declaración establecida en esta condición número 7 deberá incluirse en el sobre que contenga la obra y, para el caso de las obras presentadas bajo seudónimo, en el sobre aparte donde se detallen el nombre, documento nacional de identidad o pasaporte y domicilio del autor. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.
 
8. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2015. Los originales deben ser presentados o enviados a nombre de Ediciones Destino, Avda. Diagonal 662-664, 08034 Barcelona, con la indicación: «Para el Premio Nadal de Novela». Horario de entrega: de 10 a 14 horas. En el caso de que los originales sean remitidos por correo, Destino podrá admitir aquellos respecto de los que tenga constancia de que han sido enviados hasta dicha fecha, siempre que no altere el normal desarrollo del concurso.
 
9. Ninguno de los originales presentados al Premio dentro del plazo y en la forma debida podrá ser retirado antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al Premio implica para el concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases, así como el consentimiento irrevocable del autor a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.
 
10. Adjudicado el Premio, no se devolverán a los autores no premiados los originales, que serán destruidos.
 
11. Ediciones Destino no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.
 
12. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2016 se hará público el 6 de enero de 2016, fallo que será inapelable.
 
13. El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a Destino para todos los países y lenguas del mundo, y por todo el período de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual, todos los derechos de explotación —en cualquier formato o soporte y canal conocidos en el momento del otorgamiento del premio— sobre esa obra, incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.
 
Destino podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero.
 
El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas, y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones.
Destino podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor. La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderáúnica y exclusivamente al editor.
 
El autor no devengará por ningún concepto otra cantidad distinta que la percibida como premio, que tendrá a efectos del contrato el carácter de anticipo, hasta su total amortización.
 
Una vez amortizado el anticipo, Destino satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades.
Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los ingresos netos que obtenga Destino. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco por ciento (25%) sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de aplicar los descuentos al distribuidor.
 
14. Destino se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela. El autor se obliga frente a Destino, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.
 
15. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).
 
 
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PREMIO NADAL DE NOVELA 2015 (España)
 30-09-2014

Género: Novela

Premio:  18.000 euros y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Editorial Destino

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 30:09:2014

 

BASES

1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. El autor de la obra garantizará la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.
 
2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 150 páginas, tamaño DIN A4, mecanografiadas a doble espacio.
 
3. La cuantía del Premio será de 18.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra. El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que Ediciones Destino, S. A., Empresa Editorial (en adelante, Destino) le presentará con sujeción a los términos y condiciones indicados en la condición 13 de estas bases, y Destino se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.
 
4. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2014. Destino se reserva el derecho de modificar dicho jurado.
Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, Destino no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquél, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.
 
5. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.
 
6. Durante el período de un año desde la concesión del Premio, Ediciones Destino tendrá un derecho de opción preferente para la suscripción de contratos de edición con cualquiera de las obras presentadas y no premiadas que considere de su interés.
 
7. Se presentará una copia del original en papel y otra en digital en formato de archivo de Word o PDF, que se hará llegar grabada en un CD u otro soporte digital. La versión en papel deberá presentarse encuadernada y en un formato legible, y debe constar en ella el nombre del autor, documento nacional de identidad o pasaporte y su domicilio. En caso de seudónimos, estos datos deberán presentarse en sobre aparte. En cualquier caso, el autor que presente una obra al Premio deberá remitirla junto con una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:
(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;
(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;
(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;
(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y
(V) Fecha de la declaración y firma original.
El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a Destino por cuantos daños y/o perjuicios pudiera ésta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.
La declaración establecida en esta condición número 7 deberá incluirse en el sobre que contenga la obra y, para el caso de las obras presentadas bajo seudónimo, en el sobre aparte donde se detallen el nombre, documento nacional de identidad o pasaporte y domicilio del autor. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.
 
8. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2014. Los originales deben ser presentados o enviados a nombre de Ediciones Destino, Avda. Diagonal 662-664, 08034 Barcelona, con la indicación: «Para el Premio Nadal de Novela». Horario de entrega: de 10 a 14 horas. En el caso de que los originales sean remitidos por correo, Destino podrá admitir aquellos respecto de los que tenga constancia de que han sido enviados hasta dicha fecha, siempre que no altere el normal desarrollo del concurso.
 
9. Ninguno de los originales presentados al Premio dentro del plazo y en la forma debida podrá ser retirado antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al Premio implica para el concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases, así como el consentimiento irrevocable del autor a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.
 
10. Adjudicado el Premio, no se devolverán a los autores no premiados los originales, que serán destruidos.
 
11. Ediciones Destino no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.
 
12. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2015 se hará público el 6 de enero de 2015, fallo que será inapelable.
 
13. El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a Destino para todos los países y lenguas del mundo, y por todo el período de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual, todos los derechos de explotación —en cualquier formato o soporte y canal conocidos en el momento del otorgamiento del premio— sobre esa obra, incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación,
Destino podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero.
El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas, y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones.
Destino podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor. La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderáúnica y exclusivamente al editor.
El autor no devengará por ningún concepto otra cantidad distinta que la percibida como premio, que tendrá a efectos del contrato el carácter de anticipo, hasta su total amortización.
Una vez amortizado el anticipo, Destino satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los ingresos netos que obtenga Destino. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco por ciento (25%) sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de aplicar los descuentos al distribuidor.
 www.escritores.org
14. Destino se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela. El autor se obliga frente a Destino, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.
 
15. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).
 

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PREMIO NADAL DE NOVELA 2017 (España)

30:09:2016

Género:  Novela

Premio:  18.000 € y edición

Abierto a: sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante: Ediciones Destino

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   30:09:2016

 

BASES

 
BASES DEL PREMIO NADAL DE NOVELA 2017

1. Podrán optar al Premio Nadal de Novela las novelas inéditas escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso. El autor de la obra garantizará la autoría y originalidad de la novela presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.
www.escritores.org
2. Cada autor podrá presentar una sola obra, que tendrá una extensión mínima de 150 páginas, tamaño DIN A4, mecanografiadas a doble espacio.

3. La cuantía del Premio será de 18.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra. El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que Ediciones Destino, un sello de Editorial Planeta S.A. (en adelante Destino), le presentará con sujeción a los términos y condiciones indicados en la condición 13 de estas bases, y Destino se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.

4. El Premio será otorgado por votación de un jurado de cinco miembros cuyos nombres se harán públicos durante el mes de diciembre de 2016. Destino se reserva el derecho de modificar dicho jurado. Las deliberaciones del jurado serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, Destino no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualesquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquél, en relación con cualesquiera de las obras presentadas.

5. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

6. Durante el período de noventa (90) días hábiles a contar desde el fallo del Premio, Ediciones Destino tendrá un derecho de opción preferente para la suscripción de contratos de edición con cualquiera de las obras presentadas y no premiadas que considere de su interés.

7. Se presentará una copia del original en papel y otra en digital, en formato de archivo de Word o PDF, que se hará llegar grabada en un CD u otro soporte digital. La versión en papel deberá presentarse encuadernada y en un formato legible, y debe constar en ella el nombre del autor, documento nacional de identidad o pasaporte y su domicilio. En caso de seudónimos, estos datos deberán presentarse en sobre aparte. En cualquier caso, el autor que presente una obra al Premio deberá remitirla junto con una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:

(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;

(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;

(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;

(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y

(V) Fecha de la declaración y firma original.

El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a Destino por cuantos daños y/o perjuicios pudiera ésta sufrir como consecuencia de la inexactitud o falta de veracidad de cualesquiera de las manifestaciones indicadas anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.

La declaración establecida en esta condición número 7 deberá incluirse en el sobre que contenga la obra y, para el caso de las obras presentadas bajo seudónimo, en el sobre aparte donde se detallen el nombre, documento nacional de identidad o pasaporte y domicilio del autor. La presentación de la obra al Premio bajo seudónimo se efectúa a los solos efectos del desarrollo del concurso hasta su fallo.

8. El plazo de admisión de originales termina el 30 de septiembre de 2016. Los originales deben ser presentados o enviados a nombre de Ediciones Destino, Avda. Diagonal 662-664, 08034 Barcelona, con la indicación: «Para el Premio Nadal de Novela». Horario de entrega: de 10 a 14 horas. En el caso de que los originales sean remitidos por correo, Destino podrá admitir aquellos respecto de los que tenga constancia de que han sido enviados hasta dicha fecha, siempre que no altere el normal desarrollo del concurso.

9. Ninguno de los originales presentados al Premio dentro del plazo y en la forma debida podrá ser retirado antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al Premio implica para el concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases, así como el consentimiento irrevocable del autor a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.

10. Adjudicado el Premio, no se devolverán a los autores no premiados los originales, que serán destruidos.

11. Ediciones Destino no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.

12. El fallo del jurado del Premio Nadal de Novela 2017 se hará público el 6 de enero de 2017, fallo que será inapelable.

13. El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a Destino para todos los países y lenguas del mundo, y por todo el período de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual, todos los derechos de explotación —en cualquier formato o soporte y canal conocidos en el momento del otorgamiento del premio— sobre esa obra, incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.
Destino podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero.

El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas, y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones.

Destino podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor.
La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderáúnica y exclusivamente al editor.

El autor no devengará por ningún concepto otra cantidad distinta que la percibida como premio, que tendrá a efectos del contrato el carácter de anticipo, hasta su total amortización.

Una vez amortizado el anticipo, Destino satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los ingresos netos que obtenga Destino. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco por ciento (25%) sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de aplicar los descuentos al distribuidor.

14. Destino se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio Nadal de Novela. El autor se obliga frente a Destino, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.

15. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).


Fuente: www.planetadelibros.com

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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