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PREMIO NACIONAL DE LA JUVENTUD 2017 (México)

05:05:2017

Género:   Investigación, infantil y juvenil

Premio:   medalla de oro, diploma y $ 150.000

Abierto a: jóvenes, hombres y mujeres mexicanos, cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años

Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   05:05:2017

 

BASES

 
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de la Juventud, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, fracción VIII y último párrafo, 7, fracción IV, 8, segundo y tercer párrafos, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II y VII, 20, fracción II, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 72, 73 y 76 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,
www.escritores.org
CONVOCA

A las y los integrantes del Congreso de la Unión; a las y los integrantes de los congresos de las entidades federativas; a las y los integrantes del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de las entidades federativas; a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; a los gobiernos de las entidades federativas y de los ayuntamientos; a las autoridades tradicionales; a las organizaciones obreras, indígenas, campesinas, populares y empresariales; a las instituciones educativas; a las instituciones y asociaciones de servicio social; a los colegios y asociaciones de profesionistas; a las instituciones que contribuyen a la formación de nuevas generaciones de mexicanas y mexicanos y, en general, a todas las personas físicas y morales para que propongan al Consejo de Premiación a las personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o a las personas morales, aunque en uno y otro caso estén domiciliadas fuera del país, que estimen con merecimientos para recibir el "Premio Nacional de la Juventud 2017", de conformidad con las siguientes:

Primera.- El Premio Nacional de la Juventud 2017 (en lo sucesivo, el “Premio”) será entregado a jóvenes, hombres y mujeres mexicanos, cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años y su conducta o dedicación al trabajo o al estudio cause entusiasmo y admiración entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo estimulante para crear y desarrollar motivos de superación personal o de progreso a la comunidad.

El Premio se otorgará en dos categorías de edad:
A) De 12 hasta 17 años cumplidos entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
B) De 18 hasta 29 años cumplidos entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

Podrán obtener el Premio personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o personas morales. En el caso de grupos o personas morales, la edad de todas y todos sus integrantes, socios o asociados deberá estar comprendida entre los 12 y 29 años conforme a las categorías antes señaladas. Para determinar la categoría en la que participará un grupo o una persona moral integrado por jóvenes de diferentes edades, se tomará como criterio la edad de la o el mayor.

En ambas categorías, el Premio se concederá en las siguientes distinciones:
I. Logro académico;
II. Expresiones artísticas y artes populares;
III. Compromiso social;
IV. Fortalecimiento a la cultura indígena;
V. Protección al ambiente;
VI. Ingenio emprendedor;
VII. Derechos humanos;
VIII. Discapacidad e integración;
IX. Aportación a la cultura política y a la democracia, y
X. Ciencia y tecnología.

Segunda.- Para la selección de las y los galardonados se tomarán en consideración las siguientes distinciones:

I. Logro académico.- Trayectoria académica ejemplar de acuerdo a la categoría, considerando los siguientes rubros:
a) Elaboración de investigaciones o estudios cientí¬cos, publicación de libros o artículos académicos, conferencias impartidas, ponente en intercambios académicos y distinciones recibidas; concursos académicos, así como otros estudios curriculares
b) Labores docentes en los diversos niveles educativos a favor de la comunidad y que trasciendan las responsabilidades cotidianas, como expresión de un compromiso personal para crear un proyecto de vida que redunde en bene¬cio de la sociedad.

II. Expresiones artísticas y artes populares.- Se considerará:
a) Expresiones artísticas, manifestaciones culturales de artistas, actores, productores, ejecutantes e intérpretes, que por su trayectoria de calidad contribuyan a enriquecer nuestro acervo cultural, mismas que se pueden dar en las siguientes disciplinas: artes plásticas y visuales, artes escénicas, artes aplicadas, artes literarias, arte interactivo y medios de comunicación.
b) Artes populares, serán tomadas en cuenta las expresiones de obras artesanales con técnicas y materiales tradicionales, así como la creación de nuevos diseños que, por su calidad y aportaciones a nuestra vida cotidiana, contribuyan al fortalecimiento de nuestra identidad nacional, al enriquecimiento de nuestro acervo cultural y bene¬cien a su comunidad.

III. Compromiso social.- Desarrollo de proyectos, programas o actividades, cuyo propósito sea la expresión de solidaridad con comunidades y grupos sociales vulnerables del país, que al ejecutarse generen opciones de solución a problemáticas especí¬cas, mejorando en su caso, la calidad y nivel de vida de sus habitantes. De igual forma, se reconocerán los proyectos para el desarrollo de capacidades y habilidades en las comunidades; la implementación de los proyectos productivos; la colaboración en situaciones de desastre o emergencias; proyectos para mejorar la salud física y psicológica, la alimentación, la vivienda e infraestructura en las comunidades, así como proyectos para fomentar y fortalecer los valores ciudadanos.

IV. Fortalecimiento a la cultura indígena.- Acciones de jóvenes indígenas que promuevan la preservación de su identidad y desarrollo de sus pueblos y comunidades; iniciativas individuales o colectivas que fortalezcan el sentido de pertenencia a una comunidad o pueblo indígena, mismas que pueden traducirse en las siguientes vertientes: permanencia lingüística, defensa y promoción de su cultura y derechos ancestrales; capacidad para entrar en contacto con otras culturas sin perder su esencia como comunidad única y plena; formas materiales o simbólicas de interactuar con otras culturas. Iniciativas para preservar, enseñar, intercambiar y aplicar conocimientos tradicionales para proteger y mejorar la salud de las y los miembros de su comunidad o pueblo indígena.
Elaboración y desarrollo de proyectos productivos en bene¬cio de su comunidad o pueblo indígena; mejoramiento y conservación ambiental; la aplicación de tecnologías alternativas para el aprovechamiento de los recursos naturales; y actividades de capacitación y educación en materia ambiental en sus pueblos y comunidades.

V. Protección al ambiente.- Actividades relevantes en la concientización, rescate, protección, uso racional y desarrollo de los ecosistemas indispensables para un progreso sustentable (tierra, agua, aire,  ora y fauna), incluyendo el control y tratamiento de residuos. Asimismo, acciones de recuperación y construcción de infraestructura compatible con las leyes y regulaciones ambientales.

VI. Ingenio emprendedor.- Liderazgo emprendedor en distintas ramas económicas, que debe traducirse en habilidad para crear y desarrollar unidades de producción viables, redituables y sustentables. Implementación de iniciativas de negocios, transferencia de tecnología e innovación; fortalecimiento de la planta productiva con impacto en el aspecto económico y social de la comunidad. Desarrollo, difusión y promoción de una cultura emprendedora; inversión en el desarrollo de capital humano de las organizaciones productivas, destacando: la gestión directiva; habilidades gerenciales; así como, capacitación y adiestramiento de personal dirigidos a la productividad y el crecimiento.

VII. Derechos humanos.- Acciones destacadas que contribuyan a la promoción y defensa de los derechos humanos de las y los jóvenes y de la población en general. Desarrollo de investigaciones, actividades docentes e iniciativas de alto impacto social; fortalecimiento de organizaciones que trabajen el tema de derechos humanos y observatorios ciudadanos, e impulso de actividades de promoción y defensa de derechos de grupos vulnerables especí¬cos: indígenas, personas con discapacidad, minorías religiosas, migrantes, que viven con VIH/SIDA y diversidad sexual.

VIII. Discapacidad e integración.- Jóvenes con discapacidad, quienes por su actitud (resiliencia), perseverancia y actividades individuales o de manera organizada, sean ejemplo de superación y contribuyan a generar oportunidades en el desarrollo y la integración de otros jóvenes con o sin discapacidad, en diversos rubros de nuestra cotidianidad (por ejemplo: aportaciones a la comunidad, deporte, recreación, trabajo y educación).

IX. Aportación a la cultura política y a la democracia.- Jóvenes con trayectoria destacada que impulsen una cultura política, basada en la re exión, el análisis y la presentación de propuestas para el fortalecimiento de una cultura democrática sustentada en los valores del diálogo, la tolerancia, el respeto a la pluralidad y a la generación de acuerdos; estas acciones se pueden llevar a cabo por medio de foros, talleres, investigaciones, simulacros, iniciativas ciudadanas, modelos de prácticas democráticas, así como la elaboración de estudios, ponencias, investigaciones, trabajos o publicaciones en revistas; que por su impacto modi¬quen entornos y prácticas ciudadanas. No podrán participar en esta distinción los jóvenes que desempeñen un cargo público.

X. Ciencia y tecnología.- Acciones que contribuyan a fomentar y generar investigación cientí¬ca; creación e innovación tecnológica; investigaciones básicas en las ciencias naturales, sociales y las humanidades, fortaleciendo los espacios de expresión de su creatividad e inventiva; generación de conocimientos, difusión y transmisión de los mismos a nivel nacional e internacional, así como su desarrollo y aplicación sustentable.

Tercera.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus diez distinciones se requiere: (i) tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación; (ii) tener una edad comprendida entre los 12 y los 29 años conforme a lo señalado en la Base Primera; (iii) haber destacado en alguna de las distinciones antes mencionadas, y (iv) no haber recibido con anterioridad el Premio en la distinción para la cual sea propuesto.

Cuarta.- El Premio en cada una de las diez distinciones consistirá en medalla de oro ley 0.900, la cual se complementará con roseta cuando se trate de personas físicas consideradas individualmente, y se acompañará de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M. N.) en Contratos de Comisión Mercantil y Depósito de Títulos en Custodia y Administración (CODES). Con la medalla también se entregará un diploma ¬rmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se con¬ere, así como una síntesis del acuerdo del Jurado.

Quinta.- El Premio se otorgará a una sola persona o grupo por categoría y distinción. En caso de que el galardón sea para un grupo o una persona moral, el Premio respectivo se entregará a un representante nombrado por sus integrantes o a un representante legal, según corresponda.

Sexta.- Toda proposición expresará los merecimientos del candidato, se acompañará de las pruebas que se estimen pertinentes y, en todo caso, se indicará la naturaleza de otras pruebas y lugares en que puedan recabarse.

Para el registro de candidaturas se deberá ingresar a la página de internet www.premiojuventud.gob.mx, donde la o el candidato creará una cuenta e integrará su expediente con la información a continuación mencionada:

1. Cédula debidamente requisitada. Dicha cédula corresponde al formulario que se deberá llenar para generar su cuenta en la página de internet antes mencionada.

2. Carta(s) mediante la(s) cual(es) alguna(s) de las personas o instituciones a las que está dirigida la presente convocatoria proponen la candidatura correspondiente, conforme al formato disponible en la página de internet antes señalada. En caso de no contar con dicha(s) propuesta(s), las y los interesados podrán proponerse a sí mismos.

3. Carta de aceptación para participar como candidata o candidato y, en su caso, recibir el Premio, conforme al formato disponible en la página de internet antes señalada. En el caso de la distinción de “Fortalecimiento a la cultura indígena”, las y los jóvenes, ya sean propuestos individualmente o en grupo, deberán indicar el nombre del grupo étnico o pueblo al que pertenecen, así como su lengua materna y/o segunda lengua.

Las cartas a que se re¬eren los numerales 2 y 3 anteriores deberán estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio. Tratándose de personas físicas consideradas individualmente o en grupo, en las referidas cartas deberán señalarse los nombres de las y los candidatos tal y como aparecen en sus respectivas actas de nacimiento. Por lo que hace a personas morales, en dichas cartas deberán señalarse su denominación o razón social, como aparece en sus estatutos sociales vigentes.

4. En el caso de las y los candidatos considerados individualmente, se deberá presentar currículum vítae actualizado y semblanza, elaborados conforme a las Guías para la Elaboración del Curriculum Vitae y de Semblanza, disponibles en la página de internet antes señalada.

5. Tratándose de grupos o de personas morales, se deberá presentar historial de éstos y curriculum vitae de cada uno de sus integrantes, socios o asociados, elaborados conforme a las Guías para la Elaboración de Historial de Grupo o Persona Moral y de curriculum vitae, disponibles en la página de internet antes señalada, así como una relación de dichos integrantes, socios o asociados.

6. Acta de nacimiento o carta de naturalización de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

7. Clave Única de Registro de Población (CURP) de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

8. Identi¬cación con fotografía y por ambos lados de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados. Se aceptan: credencial o acreditación de institución educativa o de autoridad comunitaria (vigente), credencial para votar (vigente), cartilla del Servicio Militar, cédula profesional, licencia para conducir (vigente) o pasaporte (vigente).

9. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses y, en caso de grupos o de personas morales, el de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

10. Pruebas documentales (materiales bibliográ¬cos, audiovisuales, grá¬cos, entre otros), testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos de la o el candidato.

Séptima.- Una vez registradas las candidaturas, la Secretaría Técnica veri¬cará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en caso de ser así, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los deberá turnar al Jurado respectivo para que sean dictaminados.
Asimismo, noti¬cará a la o el candidato que su registro ha sido procedente mediante correo electrónico.

Octava.- En caso de considerarlo necesario, la Secretaría Técnica podrá solicitar la documentación original para cotejarla con la digital.

Novena.- Por cada distinción habrá un Jurado integrado por cinco miembros, uno de los cuales será un representante del Instituto Mexicano de la Juventud. El Consejo de Premiación elaborará, a propuesta de sus integrantes, un padrón de personas de los sectores público, académico, privado y social, con notorio prestigio en las distinciones respectivas, del cual serán seleccionados las y los miembros de cada Jurado, mediante un proceso de insaculación ante Notario Público.

Ninguna persona que haya propuesto una candidatura en una distinción del Premio, por si o en representación de un tercero, podrá formar parte del Jurado correspondiente a esa distinción.

Décima.- Los Jurados dictaminarán sobre las candidaturas que cumplan con todos los requisitos estipulados en la Ley y la convocatoria, y que oportunamente les turne la Secretaría Técnica. Ellos formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República.

El Consejo de Premiación, a través de la Secretaría Técnica, auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo será el enlace entre éste y los Jurados.

Decimoprimera.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, será voto de calidad el de su presidente. Los dictámenes que emitan deberán ser entregados al Secretario Técnico a más tardar el 1º de julio de 2016, para su envío al Presidente del Consejo de Premiación, quien lo someterá a consideración del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para su resolució

El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario O¬cial de la Federación y, posteriormente, en la página de internet indicada anteriormente. En dicho Acuerdo se ¬jará el lugar y la fecha de su entrega, así como los nombres de las y los galardonados.

Decimosegunda.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de las categorías de edad de las diez distinciones cuando así lo consideren conveniente, haciendo constar por escrito los motivos de su decisión, y no podrán revocar sus propias resoluciones.

Decimotercera.- La decisión de los Jurados será inapelable. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos, en de¬nitiva, por el Consejo de Premiación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Decimocuarta.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación sea cargada en la página de internet www.premiojuventud.gob.mx a más tardar el 05 de mayo de 2017, a las 15:00 hrs., fecha y hora en que será cerrado el registro de candidaturas.

SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO DE PREMIACIÓN
Dirección de Enlace con Organizaciones Juveniles
Instituto Mexicano de la Juventud
Dirección: Serapio Rendón N°. 76, Colonia San Rafael,
Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06470 Ciudad de México.
Teléfono: (0155) 1500-1300 extensiones 1323 y 1469.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Manual de registro, formatos y postulación de candidaturas en
www.premiojuventud.gob.mx
Páginas de Internet:
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
www.gob.mx/sedesol
INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
www.gob.mx/imjuve


Fuente: www.premiojuventud.gob.mx



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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 



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PREMIO NACIONAL DE LA JUVENTUD 2018 (México)

11:05:2018

Género:  Investigación, literatura, obra publicada, infantil y juvenil

Premio:  $ 150.000, medalla de oro, roseta, diploma

Abierto a:  jóvenes mexicanos entre los 12 y 29 años

Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   11:05:2018

 

BASES

 El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de la Juventud, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, fracción VIII y último párrafo, 7, fracción IV, 8, segundo y tercer párrafos, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II y VII, 20, fracción II, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 72, 73 y 76 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,

CONVOCA

A las y los integrantes del Congreso de la Unión; a las y los integrantes de los congresos de las entidades federativas;
a las y los integrantes del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de las entidades federativas; a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; a los gobiernos de las entidades federativas y de los
ayuntamientos; a las autoridades tradicionales; a las organizaciones obreras, indígenas, campesinas, populares y empresariales; a las instituciones educativas; a las instituciones y asociaciones de servicio social; a los colegios y
asociaciones de profesionistas; a las instituciones que contribuyen a la formación de nuevas generaciones de mexicanas y mexicanos y, en general, a todas las personas físicas y morales para que propongan al Consejo de Premiación a las personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o a las personas morales, aunque en uno y otro caso estén domiciliadas fuera del país, que estimen con merecimientos para recibir el "Premio Nacional de la Juventud 2018", de conformidad con las siguientes:

BASES

Primera.- El Premio Nacional de la Juventud 2018 (en lo sucesivo, el “Premio”) será entregado a jóvenes, hombres y mujeres mexicanos, cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años y su conducta o dedicación al trabajo o al estudio cause entusiasmo y admiración entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo estimulante para crear y desarrollar motivos de superación personal o de progreso a la comunidad.

El Premio se otorgará en dos categorías de edad al cierre de la convocatoria:

A) De 12 hasta 17 años cumplidos al cierre de esta convocatoria.
B) De 18 hasta 29 años cumplidos al cierre de esta convocatoria.

Podrán obtener el Premio personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o personas morales. En el caso de grupos o personas morales, la edad de todas y todos sus integrantes, socios o asociados deberá estar comprendida entre los 12 y 29 años conforme a las categorías antes señaladas. Para determinar la categoría en la que participará un grupo o una persona moral integrado por jóvenes de diferentes edades, se tomará como criterio la edad de la o el mayor.

En ambas categorías, el Premio se concederá en las siguientes distinciones:

I. Logro académico;
II. Expresiones artísticas y artes populares;
III. Compromiso social;
IV. Fortalecimiento a la cultura indígena;
V. Protección al ambiente;
VI. Ingenio emprendedor;
VII. Derechos humanos;
VIII. Discapacidad e integración;
IX. Aportación a la cultura política y a la democracia, y
X. Ciencia y tecnología.

Segunda.- Para la selección de las y los galardonados se tomarán en consideración las siguientes distinciones:

I. Logro académico.- Trayectoria académica ejemplar de acuerdo a la categoría, considerando los siguientes rubros:

a) Elaboración de investigaciones o estudios cientí¬ficos, publicación de libros o artículos académicos, conferencias impartidas, ponente en intercambios académicos y distinciones recibidas; concursos académicos, así como otros estudios curriculares.

b) Labores docentes en los diversos niveles educativos a favor de la comunidad y que trasciendan las responsabilidades cotidianas, como expresión de un compromiso personal para crear un proyecto de vida que redunde en benefi¬cio de la sociedad.

II. Expresiones artísticas y artes populares.- Se considerará:

a) Expresiones artísticas, manifestaciones culturales de artistas, actores, productores, ejecutantes e intérpretes, que por su trayectoria de calidad contribuyan a enriquecer nuestro acervo cultural, mismas que se pueden dar en las siguientes disciplinas: artes plásticas y visuales, artes escénicas, artes aplicadas, artes literarias, arte interactivo y medios de comunicación.

b) Artes populares, serán tomadas en cuenta las expresiones de obras artesanales con técnicas y materiales tradicionales, así como la creación de nuevos diseños que, por su calidad y aportaciones a nuestra vida cotidiana, contribuyan al fortalecimiento de nuestra identidad nacional, al enriquecimiento de nuestro acervo cultural y bene¬ficien a su comunidad.

III. Compromiso social.- Desarrollo de proyectos, programas o actividades, cuyo propósito sea la expresión de solidaridad con comunidades y grupos sociales vulnerables del país, que al ejecutarse generen opciones de solución a problemáticas especí¬ficas, mejorando en su caso, la calidad y nivel de vida de sus habitantes. De igual forma, se reconocerán los proyectos para el desarrollo de capacidades y habilidades en las comunidades; la implementación de los proyectos productivos; la colaboración en situaciones de desastre o emergencias; proyectos para mejorar la salud física y psicológica, la alimentación, la vivienda e infraestructura en las comunidades, así como proyectos para fomentar y fortalecer los valores ciudadanos.

IV. Fortalecimiento a la cultura indígena.- Acciones de jóvenes indígenas que promuevan la preservación de su identidad y desarrollo de sus pueblos y comunidades; iniciativas individuales o colectivas que fortalezcan el sentido de pertenencia a una comunidad o pueblo indígena, mismas que pueden traducirse en las siguientes vertientes: permanencia lingüística, defensa y promoción de su cultura y derechos ancestrales; capacidad para entrar en contacto con otras culturas sin perder su esencia como comunidad única y plena; formas materiales o simbólicas de interactuar con otras culturas. Iniciativas para preservar, enseñar, intercambiar y aplicar conocimientos tradicionales para proteger y mejorar la salud de las y los miembros de su comunidad o pueblo indígena. Elaboración y desarrollo de proyectos productivos en bene¬ficio de su comunidad o pueblo indígena; mejoramiento y conservación ambiental; la aplicación de tecnologías alternativas para el aprovechamiento de los recursos naturales; y actividades de capacitación y educación en materia ambiental en sus pueblos y comunidades.

V. Protección al ambiente.- Actividades relevantes en la concientización, rescate, protección, uso racional y desarrollo de los ecosistemas indispensables para un progreso sustentable (tierra, agua, aire,  ora y fauna), incluyendo el control y tratamiento de residuos. Asimismo, acciones de recuperación y construcción de infraestructura compatible con las leyes y regulaciones ambientales.

VI. Ingenio emprendedor.- Liderazgo emprendedor en distintas ramas económicas, que debe traducirse en habilidad para crear y desarrollar unidades de producción viables, redituables y sustentables. Implementación de iniciativas de negocios, transferencia de tecnología e innovación; fortalecimiento de la planta productiva con impacto en el aspecto económico y social de la comunidad. Desarrollo, difusión y promoción de una cultura emprendedora; inversión en el desarrollo de capital humano de las organizaciones productivas, destacando: la gestión directiva; habilidades gerenciales; así como, capacitación y adiestramiento de personal dirigidos a la productividad y el crecimiento.

VII. Derechos humanos.- Acciones destacadas que contribuyan a la promoción y defensa de los derechos humanos de las y los jóvenes y de la población en general. Desarrollo de investigaciones, actividades docentes e iniciativas de alto impacto social; fortalecimiento de organizaciones que trabajen el tema de derechos humanos y observatorios ciudadanos, e impulso de actividades de promoción y defensa de derechos de grupos vulnerables especí¬ficos: indígenas, personas con discapacidad, minorías religiosas, migrantes, que viven con VIH/SIDA y diversidad sexual.

VIII. Discapacidad e integración.- Jóvenes con discapacidad, quienes por su actitud (resiliencia), perseverancia y actividades individuales o de manera organizada, sean ejemplo de superación y contribuyan a generar oportunidades en el desarrollo y la integración de otros jóvenes con o sin discapacidad, en diversos rubros de nuestra cotidianidad (por ejemplo: aportaciones a la comunidad, deporte, recreación, trabajo y educación).

IX. Aportación a la cultura política y a la democracia.- Jóvenes con trayectoria destacada que impulsen una cultura política, basada en la reflexión, el análisis y la presentación de propuestas para el fortalecimiento de una cultura democrática sustentada en los valores del diálogo, la tolerancia, el respeto a la pluralidad y a la generación de acuerdos; estas acciones se pueden llevar a cabo por medio de foros, talleres, investigaciones, simulacros, iniciativas ciudadanas, modelos de prácticas democráticas, así como la elaboración de estudios, ponencias, investigaciones, trabajos o publicaciones en revistas; que por su impacto modi¬fiquen entornos y prácticas ciudadanas. No podrán participar en esta distinción las y los jóvenes que desempeñen un cargo público.

X. Ciencia y tecnología.- Acciones que contribuyan a fomentar y generar investigación cientí¬fica; creación e innovación tecnológica; investigaciones básicas en las ciencias naturales, sociales y las humanidades, fortaleciendo  los espacios de expresión de su creatividad e inventiva; generación de conocimientos, difusión y transmisión de los mismos a nivel nacional e internacional, así como su desarrollo y aplicación sustentable.

Tercera.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus diez distinciones se requiere: (i) tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación; (ii) tener una edad comprendida entre los 12 y los 29 años conforme a lo señalado en la Base Primera; (iii) haber destacado en alguna de las distinciones antes mencionadas, y (iv) no haber recibido con anterioridad el Premio en la distinción para la cual sea propuesto.

Cuarta.- El Premio en cada una de las diez distinciones consistirá en medalla de oro ley 0.900, la cual se complementará con roseta, cuando se trate de personas físicas consideradas individualmente, y se acompañará de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M. N.) en Contratos de Comisión Mercantil y Depósito de Títulos en Custodia y Administración (CODES). Con la medalla también se entregará un diploma ¬firmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se con¬fiere, así como una síntesis del acuerdo del Jurado.

Quinta.- El Premio se otorgará a una sola persona o grupo por categoría y distinción. En caso de que la o el galardonado sea para un grupo o una persona moral, el Premio respectivo se entregará a un representante nombrado por sus integrantes o a un representante legal, según corresponda.

Sexta.- Toda proposición expresará los merecimientos de la persona candidata, se acompañará de las pruebas que se estimen pertinentes y, en todo caso, se indicará la naturaleza de otras pruebas y lugares en que puedan recabarse.

Para el registro de candidaturas se deberá ingresar a la página de internet www.premiojuventud.gob.mx, donde la o el candidato creará una cuenta e integrará su expediente con la información a continuación mencionada:

1. Cédula de la o el candidato debidamente requisitada. Dicha cédula corresponde al formulario que se deberá llenar para generar su cuenta en la página de internet antes mencionada.

2. Carta(s) mediante la(s) cual(es) alguna(s) de las personas o instituciones a las que está dirigida la presente convocatoria proponen la candidatura correspondiente, conforme al formato disponible en la página de internet antes señalada. En caso de no contar con dicha(s) propuesta(s), las y los interesados podrán proponerse a sí mismos.

3. Carta de aceptación para participar como candidata o candidato y, en su caso, recibir el Premio, conforme al formato disponible en la página de internet antes señalada. En el caso de la distinción de “Fortalecimiento a la cultura indígena”, las y los jóvenes, ya sean propuestos individualmente o en grupo, deberán indicar el nombre del grupo étnico o pueblo al que pertenecen, así como su lengua materna y/o segunda lengua.

Las cartas a que se re¬fieren los numerales 2 y 3 anteriores deberán estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio.
Tratándose de personas físicas consideradas individualmente o en grupo, en las referidas cartas deberán señalarse los nombres de las y los candidatos tal y como aparecen en sus respectivas actas de nacimiento. Por lo que hace a personas morales, en dichas cartas deberán señalarse su denominación o razón social, como aparece en sus estatutos sociales vigentes. En ambos casos deberán estar fi¬rmadas por las y los candidatos individuales, y en el caso de personas morales por cada una de las personas que integran el grupo.

4. En el caso de las y los candidatos considerados individualmente, se deberá presentar currículum vítae actualizado y semblanza, elaborados conforme a las Guías para la Elaboración del Currículum Vítae y de Semblanza, disponibles en la página de internet antes señalada, respetando la extensión mínima y máxima requerida.

5. Tratándose de grupos o de personas morales, se deberá presentar historial de éstos y currículum vítae de cada uno de sus integrantes, socios o asociados, elaborados conforme a las Guías para la Elaboración de Historial de Grupo o Persona Moral y de currículum vítae, disponibles en la página de internet antes señalada, así como una relación de dichos integrantes, socios o asociados, respetando la extensión mínima y máxima requerida.

6. Acta de nacimiento o carta de naturalización de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

7. Clave Única de Registro de Población (CURP) de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

8. Identi¬ficación con fotografía de la o el candidato, por ambos lados y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, contenido en un único archivo. Para el caso de socios o asociados, deberá presentar credencial o acreditación de institución educativa o de autoridad comunitaria, credencial para votar (vigente), cartilla de identidad del Servicio Militar, cédula profesional, licencia para conducir (vigente) o pasaporte (vigente).

9. Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses y, en caso de grupos o de personas morales, el de cada uno de sus integrantes, socios o asociados, contenido en un único archivo.

10. Pruebas documentales (materiales bibliográfi¬cos, audiovisuales, grá¬ficos, fotografías, vídeos, diplomas, reconocimientos, entre otros), testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos de la o el candidato. Los cuales no deberán incluirse en el Currículum Vitae, sino en una carpeta de drive que se compartirá posteriormente.

Séptima.- Una vez registradas las candidaturas, la Secretaría Técnica veri¬ficará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en caso de ser así, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los deberá turnar al Jurado respectivo para que sean dictaminados.

Octava.- En caso de considerarlo necesario, la Secretaría Técnica podrá solicitar la documentación original para cotejarla con la digital.

Novena.- Por cada distinción habrá un Jurado integrado por cinco miembros, uno de los cuales será un representante del Instituto Mexicano de la Juventud. El Consejo de Premiación elaborará, a propuesta de sus integrantes, un padrón de personas de los sectores público, académico, privado y social, con notorio prestigio en las distinciones respectivas, del cual serán seleccionados las y los miembros de cada Jurado, mediante un proceso de insaculación ante Notario Público.

Ninguna persona que haya propuesto una candidatura en una distinción del Premio, por si o en representación de un tercero, podrá formar parte del Jurado correspondiente a esa distinción.

Décima.- Los Jurados dictaminarán sobre las candidaturas que cumplan con todos los requisitos estipulados en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, así como en la convocatoria, y que oportunamente les turne la Secretaría Técnica. Ellos formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República.

El Consejo de Premiación, a través de la Secretaría Técnica, auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo será el enlace entre éste y los Jurados.

Decimoprimera.- Las y los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, será voto de calidad el de su presidente. Los dictámenes que emitan deberán ser entregados al Secretario Técnico para su envío al Presidente del Consejo de Premiación, quien lo someterá a consideración del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para su resolución ¬final.

El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario Ofi¬cial de la Federación y, posteriormente, en la página de internet indicada anteriormente. En dicho Acuerdo se ¬fijará el lugar y la fecha de su entrega, así como los nombres de las y los galardonados.

Decimosegunda.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de las categorías de edad de las diez distinciones cuando así lo consideren conveniente, haciendo constar por escrito los motivos de su decisión, y no podrán revocar sus propias resoluciones.

Decimotercera.- La decisión de las y los Jurados será inapelable. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos, en defi¬nitiva, por el Consejo de Premiación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Decimocuarta.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación sea cargada en la página de internet www.premiojuventud.gob.mx a más tardar el 11 de mayo de 2018, a las 15:00 horas, fecha y hora en que será cerrado el registro de candidaturas.

CONTRALORÍA SOCIAL

La Contraloría Social se sustenta jurídicamente en los derechos de información, de petición, de asociación y de participación en diversos sectores de la sociedad para la planeación democrática del desarrollo nacional, los cuales están plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General de Desarrollo Social, y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social.

Esta ¬gura es una forma de organización social constituida por benefi¬ciarias/os de los programas de desarrollo social, con el objetivo de fomentar su conocimiento sobre las acciones gubernamentales; involucrarlas/os en el seguimiento de servicios, programas y políticas; e impulsar su participación activa para mejorar el quehacer gubernamental.

Por ello, bene¬ficiarios y bene¬ficiarias de esta convocatoria (los criterios de selección serán informados oportunamente) tienen la responsabilidad de formar parte de la Contraloría Social, por lo que podrán ser llamados para ésta y desarrollar como actividad principal:

“Vigilar el ejercicio correcto del recurso federal destinado a la implementación del proyecto denominado

Apoyo a Proyectos Sociales de Colectivos Juveniles, una vez seleccionados los bene¬ficiarios de acuerdo a los criterios establecidos por el comité de selección.”

QUEJAS Y RECOMENDACIONES

Se ponen a disposición de las y los jóvenes participantes en la presente convocatoria, los siguientes mecanismos para la captación de quejas y recomendaciones; lo anterior, con el objetivo de impulsar su participación activa en la mejora continua de esta iniciativa.

Postal: Secretaria de Desarrollo Social - Órgano Interno de Control ubicado en Avenida Paseo de la Reforma 116, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, CP. 06600, Ciudad de México, México. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO DE PREMIACIÓN
Dirección de Enlace con Organizaciones Juveniles
Instituto Mexicano de la Juventud
Dirección: Serapio Rendón N°. 76, Colonia San Rafael,
Delegación Cuauhtémoc, CP. 06470 México, D.F.
Teléfono: (0155) 1500-1300 extensiones 1323 y 1324.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Manual de registro, formatos y postulación de candidaturas en www.premiojuventud.gob.mx

Páginas de Internet:

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
www.gob.mx/sedesol

INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
www.gob.mx/imjuve


Fuente: www.gob.mx







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PREMIO NACIONAL DE LAS LETRAS ESPAÑOLAS 2017 (España)

29:10:2017

Género: Obra publicada

Premio:   40.000 €

Abierto a: autor español. La participación es a propuesta del jurado (limitada).

Entidad convocante: Ministerio de Cultura

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   29:10:2017

 

BASES

 
El Premio Nacional de las Letras Españolas tiene por objeto reconocer el conjunto de la obra literaria de un autor español, escrita en cualquiera de las lenguas españolas.
www.escritores.org
La finalidad que se persigue con este premio es doble. A la vez que se reconoce la trascendencia de un autor y de su obra literaria, se incide en la presencia de lenguas diferentes en la configuración de la cultura española, integrada por una pluralidad de aportaciones lingüísticas que representan, cada una de ellas, una tradición literaria que forma parte de todo nuestro legado cultural.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

El Premio Nacional de las Letras Españolas, correspondiente a 2017, distinguirá el conjunto de la labor literaria, en cualquiera de las lenguas españolas, de un autor español, cuya obra esté considerada como parte integrante del conjunto de la literatura española actual.

Segundo.

El Premio estará dotado con 40.000 euros, será indivisible y no podrá declararse desierto ni concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si el autor falleciera después del fallo del Jurado.

Tercero.

El Jurado del Premio Nacional de las Letras Españolas, así como los Jurados de los Premios Nacionales de Literatura en las modalidades de Poesía, Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y Literatura Infantil y Juvenil propondrán los escritores que, a su juicio, son merecedores del Premio Nacional de las Letras Españolas.

Podrán presentar también candidatos las entidades culturales o profesionales, que por su naturaleza, fines o contenidos estén vinculadas a la literatura en cualquiera de las lenguas españolas, las cuales deberán hacerlo antes del día 30 de octubre de 2017, mediante propuesta razonada dirigida al Director General de Industrias Culturales y del Libro en su calidad de Presidente del Jurado.

Cuarto.

1. El fallo del Premio Nacional de las Letras Españolas corresponderá a un Jurado cuya composición será la siguiente:

Presidente: el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que podrá delegar en la Vicepresidencia.

Vicepresidente: el Subdirector General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o persona en quien delegue.

Vocales:

Los dos autores galardonados en las dos convocatorias anteriores con el Premio Nacional de las Letras Españolas.

Un miembro o representante de la Real Academia Española.

Un miembro o representante de la Real Academia Gallega / Real Academia Galega.

Un miembro o representante de la Real Academia de la Lengua Vasca / Euskaltzaindia.

Un miembro o representante del Instituto de Estudios Catalanes / Institut d’Estudis Catalans.

Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a la investigación desde la perspectiva de género.

Cinco escritores, críticos o personas relacionadas con el mundo de la cultura, de probada competencia en el juicio de la obra literaria escrita en las diferentes lenguas españolas, propuestos por:

La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).

La Asociación Colegial de Escritores de España (ACE).

La Asociación Española de Críticos Literarios.

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

Secretario: un funcionario de la Subdirección General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que actuará con voz pero sin voto.

2. Los Vocales del Jurado serán designados por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director General de Industrias Culturales y del Libro, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades correspondientes y sus conocimientos para valorar los autores y las obras en los diferentes ámbitos lingüísticos españoles Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a dos miembros o representantes, hombre y mujer, entre los que la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro designará al que corresponda para mantener dicha paridad.

No podrán formar parte del Jurado como vocales quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de los que formen parte del mismo como galardonados en convocatorias anteriores.

La Orden Ministerial de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a la reunión.

4. En lo no previsto en la presente resolución, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la Subsección 2.ª, Sección 3.ª, Capítulo II del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de noviembre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.

El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a través del Director General de Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente Orden de concesión del Premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto.

El importe de este premio, cuya cuantía se señala en el punto primero, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.334B.481.18.

La entrega del premio concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

Séptimo.

El acto de concesión será definitivo en la vía administrativa y contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octavo.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


Fuente: www.mecd.gob.es


 

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PREMIO NACIONAL DE LAS LETRAS ESPAÑOLAS 2016 (España)

30:10:2016

Género: Obra publicada

Premio:  40.000 €

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Ministerio de Cultura

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   30:10:2016

 

BASES

 

Resolución de 19 de febrero de 2016, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por la que se convoca el Premio Nacional de las Letras Españolas correspondiente a 2016.

El Premio Nacional de las Letras Españolas tiene por objeto reconocer el conjunto de la obra literaria de un autor español, escrita en cualquiera de las lenguas españolas.

La finalidad que se persigue con este premio es doble. A la vez que se reconoce la trascendencia de un autor y de su obra literaria, se incide en la presencia de lenguas diferentes en la configuración de la cultura española, integrada por una pluralidad de aportaciones lingüísticas que representan, cada una de ellas, una tradición literaria que forma parte de todo nuestro legado cultural.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

El Premio Nacional de las Letras Españolas, correspondiente a 2016, distinguirá el conjunto de la labor literaria, en cualquiera de las lenguas españolas, de un autor español, cuya obra esté considerada como parte integrante del conjunto de la literatura española actual.

Segundo.

El Premio estará dotado con 40.000 euros, será indivisible y no podrá declararse desierto ni concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si el autor falleciera después del fallo del Jurado.

Tercero.

El Jurado del Premio Nacional de las Letras Españolas, así como los Jurados de los Premios Nacionales de Literatura en las modalidades de Poesía, Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y Literatura Infantil y Juvenil propondrán los escritores que, a su juicio, son merecedores del Premio Nacional de las Letras Españolas.

Podrán presentar también candidatos las entidades culturales o profesionales, que por su naturaleza, fines o contenidos estén vinculadas a la literatura en cualquiera de las lenguas españolas, las cuales deberán hacerlo antes del día 30 de octubre de 2016, mediante propuesta razonada dirigida al Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro en su calidad de Presidente del Jurado.

Cuarto.

1. El fallo del Premio Nacional de las Letras Españolas corresponderá a un Jurado cuya composición será la siguiente:

Presidente: El Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro.

Vicepresidenta: la Subdirectora General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o la Subdirectora General Adjunta de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Vocales:

• Los dos autores galardonados en las dos convocatorias anteriores con el Premio Nacional de las Letras Españolas.

• Un miembro o representante de la Real Academia Española.

• Un miembro o representante de la Real Academia Gallega / Real Academia Galega.

• Un miembro o representante de la Real Academia de la Lengua Vasca / Euskaltzaindía.

• Un miembro o representante del Instituto de Estudios Catalanes / Instititut d'Estudis Catalan.

• Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a la investigación desde la perspectiva de género.

• Cinco escritores, críticos o personas relacionadas con el mundo de la cultura, de probada competencia en el juicio de la obra literaria escrita en las diferentes lenguas españolas, propuestos por:

○ La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).

○ La Asociación Colegial de Escritores de España (ACE).

○ La Asociación Española de Críticos Literarios.
www.escritores.org
○ La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).

○ El Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

Secretario: un funcionario de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por el Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro, que actuará con voz pero sin voto.

2. Los Vocales del Jurado serán designados por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte., a propuesta del Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades correspondientes y sus conocimientos para valorar los autores y las obras en los diferentes ámbitos lingüísticos españoles Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a dos miembros o representantes, hombre y mujer, entre los que la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro designará al que corresponda para mantener dicha paridad.

No podrán formar parte del Jurado como vocales quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de los que formen parte del mismo como galardonados en convocatorias anteriores.

La Orden Ministerial de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a la reunión.

4. En lo no previsto en la presente Resolución, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en el Capítulo II, Título II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto.

El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a través del Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente Orden de concesión del Premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto.

El importe de este premio, cuya cuantía se señala en el punto segundo, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.334B.481.18.

La entrega del premio concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

Séptimo.

El acto de concesión será definitivo en la vía administrativa y contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octavo.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


Fuente: www.mecd.gob.es

 


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PREMIO NACIONAL DE LIBRERÍA (México)
 15:09:2014

Género: Librería

Premio:   200 mil pesos
Abierto a: librerías mexicanas con un mínimo de tres años de existencia

Entidad convocante: Indeli y la FIL Guadalajara

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre: 15:09:2014

 

BASES 

El Premio Nacional de Librería espera propuestas de los lectores  Impulsado por el Indeli y la FIL Guadalajara, el estímulo aumenta a 200 mil pesos. Cualquier persona puede presentar candidato hasta el 15 de septiembre
 www.escritores.org
En los últimos cinco años en México ha cerrado una de cada diez librerías, según estimaciones del Instituto de Desarrollo Profesional para Libreros (Indeli). En el país existen alrededor de mil 500 librerías. El Premio Nacional de Librería busca ser un impulso para cambiar este escenario. El Indeli, en colaboración con la Feria Internacional del Libro de Guadalajara, invitan a participar en el su séptima edición con el objetivo de fomentar la modernización de estos espacios en el país.
 
Al Premio pueden optar librerías mexicanas con una destacada labor en la promoción de la lectura y actividades culturales dentro sus comunidades, con un mínimo de tres años de existencia. Los lectores podrán ayudar al comité de selección al enviar sus propuestas ?un texto con una breve justificación y una serie de fotografías del espacio? al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
 
                El estímulo consta de 200 mil pesos ?80 mil pesos más que pasadas ediciones? destinados a optimizar algún espacio de la librería seleccionada, implementar tecnología o capacitación; una dotación de libros del sello V&R Editoras, y una beca del Indeli para la participación de dos personas en el vigésimo primer Congreso de Libreros Mexicanos que se realizará en marzo de 2015. Además de la estancia de tres días para el acto de premiación que se llevará a cabo el primero de diciembre, durante el Programa para Libreros de la edición 28 de la FIL Guadalajara.
 
El comité de selección estará conformado por representantes de la FIL Guadalajara, el Instituto de Desarrollo Profesional para Libreros (Indeli), la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana (Caniem), Educal, la red Altexto y la Alianza Mexicana de Editoriales Independientes, quienes integrarán las propuestas recibidas. Por su parte, el jurado estará constituido por un representante de FIL Guadalajara, un representante de la Caniem, un representante de editorial Trillas y otro de V&R Editoras. La fecha límite para recibir propuestas será el 15 de septiembre y el fallo, que será inapelable, se dará a conocer el 15 de octubre próximo.
 
El Premio Nacional de Librería fue creado en 2008 como un estímulo para la modernización de las librerías del país. La librería Sor Juana, con sede en Tijuana, fue la ganadora del premio en su primera edición. En 2009 fue declarado desierto y en 2010 fue otorgado a la librería Tercer Milenio por su proyecto para una zona dedicada al público infantil. En 2011 la ganadora fue la Librería Española, ubicada en San Luis Potosí, gracias a su proyecto de creación de una tienda virtual. En 2012 fue otorgado a la librería oaxaqueña La Jícara, y en 2013 a la librería Aleph, de Xalapa, Veracruz.
 
 
 

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