Concursos Literarios


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PREMIO LOCAL DE POESÍA “ÁNGEL LÓPEZ MARTÍNEZ” (España)
04:05:2015

Género:  Poesía

Premio:  1.000 € y Diploma

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:    Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 04:05:2015

 

BASES


CERTÁMENES LITERARIOS LXV EDICIÓN FIESTA DE LAS LETRAS “CIUDAD DE TOMELLOSO” (España)
 
El Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso coincidiendo con la celebración de la Feria y Fiestas 2015 de esta ciudad, convoca el XVIII Premio de Narrativa “Francisco García Pavón”, el XVIII Premio de Poesía “Eladio Cabañero”, el LXV Certamen Literario “Fiesta de las Letras Ciudad de Tomelloso” y el XX Certamen Artículo Periodístico “Juan Torres Grueso” con arreglo a las siguientes Bases:
 
BASES COMUNES
 www.escritores.org
A.- Podrán concurrir a los distintos premios todos los autores/as que lo deseen de cualquier nacionalidad y cuyos trabajos estén escritos en castellano. No serán premiados aquellosautores/as que hayan obtenido el mismo premio en las tres últimas convocatorias. Los premios locales, “Ángel López Martínez” y “Félix Grande”, quedan reservados a autores/as naturales o vinculados a la ciudad de Tomelloso.
 
B.-Los originales que concursen a cualquiera de los premios deberán ser rigurosamente inéditos, no haber sido premiados en otros concursos, ni hallarse pendientes de fallo en cualquier otro premio.
 
C.- Cada autor/a no podrá presentar más de dos obras por modalidad, a través de una de las siguientes vías:
            1.-Por correo Ordinario:
            - Por CUADRUPLICADO, en ejemplares separados, numerados, mecanografiados en  DIN A4 a doble espacio, en letra con cuerpo 12 puntos, sin la firma del autor/a que será sustituida por un lema o seudónimo escrito en su cabecera indicando el         nombre del premio al que se presenta. Los originales podrán estar impresos por las dos caras del folio y serán entregados personalmente en este Área de Cultura, en horario de oficina, o remitidos por correo certificado a la dirección: Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso, C/ Independencia, 32-2ª Planta. – 13700 Tomelloso (Ciudad Real).
 
            -Todos los originales deberán ir acompañados de Plica cerrada con el título y el lema o seudónimo escrito en el sobre y el nombre del premio al que concursan. En el interior de la Plica, debe figurar:
                                    -Copia del DNI o pasaporte, datos personales, Currículum Vitae y CD que   contenga el trabajo presentado a concurso.
                                   - Declaración de autoría, según los términos recogidos en el Anexo a estas   Bases.
 
            2.-Por correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.:
 
                        -Los trabajos respetarán el número de versos y páginas marcados en las condiciones specíficas de cada premio y se ajustarán al tamaño DIN A4 a doble espacio en letra  con cuerpo 12 puntos.
 
-Se enviarán dos correos electrónicos independientes desde una dirección de correo electrónico que no permita identificar el nombre del autor y contendrán:
 
·         Correo 1º: se enviará el trabajo presentado a concurso en archivo adjunto en formato PDF. El ASUNTO de este correo contendrá el título de la obra seguido del lema y el premio al que se presenta.
·         Correo 2º cuyo ASUNTO será el título de la obra seguido del lema y el premio al que se presenta al que se adjuntarán dos archivos:
o   Archivo Plica contendrá: copia del DNI o Pasaporte y todos los datos personales así como una breve nota biográfica y profesional, sin olvidar el número de teléfono de contacto.
o   Archivo Declaro: que contendráíntegra la declaración responsable en los términos recogidos en el Anexo a estas Bases y deberá llevar la firma escaneada del autor.
 
            El plazo de recepción de trabajos terminará el día 4 de mayo de 2015.
 
D.- Todos los premios estarán sujetos a la legislación vigente y se les aplicará la retención legalmente establecida.
 
E.- Será responsabilidad del Jurado, formado por destacadas personalidades de las letras, rechazar aquellos trabajos que no se ajusten a las Bases de esta convocatoria, conceder los accésit y menciones honoríficas que considere, así como, declarar desierto cualquiera de los premios si, a juicio del Jurado, ningún trabajo reuniera los méritos suficientes o no se ajustara a las condiciones establecidas en las presentes Bases. Todas las decisiones del Jurado serán inapelables.
 
F.- El Ayuntamiento se reserva el derecho de publicación de los originales premiados dentro de sus medios de difusión. Su autor/a queda obligado a mencionar el premio obtenido en cualquier libro o revista que lo reproduzca.
 
G.- La entrega de premios tendrá lugar en un acto público, que se celebrará el 30 de agosto de 2015, con la presencia del autor/a galardonado. La ausencia injustificada, a juicio del Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso, se entenderá como renuncia al mismo. Asimismo, el ganador/a deberá atenerse a las normas protocolarias establecidas por la organización.
 
H.- Los originales no premiados serán destruidos sin abrir plicas, una vez conocido el fallo del Jurado.
 
I.- El Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso, se reserva la posibilidad de suspender los Certámenes Literarios siempre que existan causas mayores debidamente justificadas y ajenas a la organización del mismo.
 
J.- El hecho de presentar trabajos a estos Certámenes, supone la aceptación incondicional de las presentes Bases.
 
K.- Toda la información relativa a estos Certámenes Literarios (Bases, fallo del Jurado, etc…) estará disponible en la página web municipal http://www.tomelloso.es, en el Área de Cultura. También pueden dirigir sus consultas o sugerencias al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
 

 PREMIO LOCAL DE POESÍA
“ÁNGEL LÓPEZ MARTÍNEZ”
1.- A la mejor composición poética con libertad de tema y rima. Los originales presentados tendrán una extensión mínima de 30 versos.
2.- Se establece un premio único de 1.000 € y Diploma.
 
-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.--.-.--.
 
CERTÁMENES LITERARIOS  “CIUDAD DE TOMELLOSO  2015” –ANEXO-
(Rellenar en letras mayúsculas, firmar e introducir en la Plica o en 2º correo Archivo Declaro)

D./ª(nombre y apellidos)____________________________________________________________,
con nº de DNI o de pasaporte ______________________nacido en el año _____________ en (ciudad y país de origen) ____________________________________, y residente en la ciudad de _______________________________________________________con dirección postal (completa) en________________________________________________________________________________________________________Código Postal _________________(a efectos de notificaciones), con número de teléfono (insertar el código Internacional, para llamadas desde España)_________________________correo electrónico__________________________________ y con página Web: _______________________________
 
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: 
Que deseo participar en los Certámenes Literarios “Ciudad de Tomelloso 2015”, optando al Premio__________________________________________________________________________bajo el seudónimo_______________________________________________ con el trabajo titulado ________________________________________________________________________________
 
- Que garantizo la autoría y originalidad de este trabajo y que no es copia ni modificación de ningún otro, ni corresponde a un autor fallecido; que no ha sido premiado en otro concurso ni se halla pendiente de fallo en cualquier otro premio   
- Que soy titular de todos los derechos de autor del trabajo presentado y que el mismo se halla libre de cargas y/o limitaciones a los derechos de explotación.
- Que si este trabajo resultara premiado, cedo al ayuntamiento de Tomelloso los derechos de publicación, edición y difusión del mismo.
- Que acepto la totalidad de estas Bases.
                             .
En _________________________________(ciudad y país), a ______ de ______________ de 2015
 
Firma del autor/a:
 
 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


PREMIO LOPE DE VEGA DE TEATRO 2019 (España)


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PREMIO LOPE DE VEGA DE TEATRO 2019 (España)

18:11:2020

Género:  Teatro

Premio:   12.000 €

Abierto a:  mayor de edad

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Madrid

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:11:2020

 

BASES

 

El objeto de la convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática, mediante la selección de entre los textos presentados escritos en lengua castellana, de tema libre, original e inédito, aquél que el Jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.

 

¿A quién va dirigido?

Podrá participar en esta convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro, cualquier persona física, mayor de edad, siempre que sea autor/a de la/s obra/s presentada/s.

 

Plazo

04/11/2020 - 18/11/2020

 

Requisitos

- Los autores podrán participar con cuantas obras estimen oportuno.

- Los textos dramáticos que se presenten a este concurso han de reunir los siguientes requisitos y características:
- El texto, de tema libre y de cualquier modalidad teatral, ha de estar escrito en lengua castellana.
- No debe haber sido publicado en ningún formato (papel o digital).
- No debe haber sido premiado anteriormente en ningún otro concurso.
- No debe haber sido estrenado con fines comerciales.
-
- No podrán participar las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-
- Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del Premio, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario con la misma obra que presenta al Premio Lope de Vega, deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Madrid a fin de que el Jurado no la tenga en consideración en su decisión.

 

Cómo realizar el trámite

Dadas las circunstancias actuales, condicionadas por las medidas de distanciamiento social como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, la forma de participar en esta convocatoria seráúnica y exclusivamente a través de formato electrónico, no admitiéndose las obras en papel.
La documentación exigida para participar en esta convocatoria irá dirigida a la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid y podrá presentarse:

- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.

- Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Presencialmente: en las Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, con cita previa, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando la solicitud, el Anexo y el resto de la documentación exigida se remitan por correo administrativo, o se presente en un registro distinto al del Ayuntamiento de Madrid, el participante deberá comunicarlo, en un plazo máximo de 24 horas (desde dicha presentación o envío), mediante correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En este supuesto, deberá existir constancia de la transmisión y recepción de dicho correo electrónico, de la fecha de presentación o envío por correo administrativo de la solicitud de subvención, así como de la debida identificación del participante mediante pseudónimo o lema elegido por su autor.

Plazo: Del 4 al 18 de noviembre de 2020 (15 días naturales desde el día siguiente al de la publicación en el BOAM nº 8761 de 3 de noviembre de 2020)

 

Documentación

- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'

- La solicitud incluye la declaración responsable que manifiesta que cumple con los requisitos que establece la convocatoria, tanto en lo referente al solicitante como de a la obra presentada.

- La solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social.

- En el supuesto de que el participante no autorice la verificación de los datos de la AEAT y/o de la Seguridad Social, deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones de 17 de noviembre (RGS).

- Igualmente, la solicitud conlleva la declaración responsable por parte del participante, de no hallarse incursa en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley General 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre (LGS), y de no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones.

- Se comprobará de oficio la inexistencia de deudas tributarias en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid y que no es deudor por reintegro a la Hacienda Municipal.

- Obra con la que se concursa, en formato PDF. Este archivo llevará el siguiente nombre: "Premio Lope de Vega. Edición 2019. Título de la obra". En este archivo solo puede aparecer el texto de la obra, su título y el pseudónimo o lema elegido por su autor.

- Plica en formato PDF. Este archivo llevará el siguiente nombre: "Plica. Título de la obra". En este archivo aparecerá el nombre y apellidos del autor, el título de la obra y el pseudónimo o lema elegido por su autor.

- En el caso de que un mismo autor presente dos o más obras, deberá cumplimentar una solicitud por cada una de ellas.

 

Más información

 

Información complementaria

- Premio: La dotación económica del Premio asciende a 12.000 € y estará sujeto a la retención del IRPF que corresponda.

- Criterios de valoración para la concesión de los premios:

- Al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio texto presentado, el Jurado deberá ponderar equilibradamente el tratamiento dramático y la visión escénica, indicados en el objeto del Premio.

- Estos dos criterios, cuya consideración y peso han de ser semejantes, se desglosan en diferentes aspectos únicamente a efectos de su descripción y como orientación para la futura evaluación y fallo del Jurado; pero, dado que cada obra ha de ser contemplada en su conjunto, tales aspectos no pueden ser ponderados siguiendo criterios proporcionales o de valoración aritmética.

1. Tratamiento dramático: en este apartado se valorarán los siguientes aspectos: integración de lenguajes artísticos y originalidad e innovación del texto o cualquier otro que considere el Jurado.
2. Visión escénica: en este apartado se valorarán los siguientes aspectos: potencialidades escénicas del texto y dimensión literario-dramática del texto (lenguaje, estilo, diálogo, poética de la acotación etc o cualquier otro que considere el Jurado.

Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada".

Fundamento legal

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma.
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid

 

Fuente y Formulario de inscripción: sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.62876cb64654a55e2dbd7003a8a409a0/?vgnextoid=b8a2121ba1975710VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=d4968173cec9c410VgnVCM100000171f5a0aRCRD


 

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PREMIO LORENZO NATALI DE PERIODISMO 2017 (Unión Europea)

09:03:2018

Género: Periodismo

Premio:   10.000 € y trofeo

Abierto a:  periodistas mayores de 21 años

Entidad convocante: Comisión Europea

País de la entidad convocante: Unión Europea

Fecha de cierre:   09:03:2018

 

BASES

 
¿Qué es Premio Lorenzo Natali (LNP por sus siglas en inglés)?

Instaurado en 1992, el Premio Lorenzo Natali de Periodismo es un galardón otorgado por la Comisión Europea a periodistas de todo el mundo por su trabajo en temas de desarrollo. En 2018, el premio temático especial está dedicado a trabajos relacionados con la eliminación de la violencia contra mujeres y niñas.


¿Quién puede participar?

El concurso está abierto a todos los periodistas cuyos medios estén basados en una de las siguientes regiones:
1.África
2. Mundo Árabe y Oriente Medio
3. Asia y el Pacífico
4. América Latina y Caribe
5. Europa

Hay dos categorías de premios:

· Entre 21 y 26 años a fecha de 9 de marzo de 2018

· Mayores de 27 años el 9 de marzo de 2018.

Los solicitantes se incluirán automáticamente en una de estas categorías al completar el formulario de solicitud.

Las entradas deben haber sido publicadas (impresas o en línea) o retransmitidas (radio o televisión).

Los solicitantes deben ser los autores y los titulares de los derechos de autor y los derechos morales de su trabajo.

Los ganadores de ediciones pasadas no pueden competir nuevamente por el premio al año siguiente de haber recibido su premio, pero son elegibles para ediciones posteriores.

No se tendrán en cuenta los trabajos periodísticos presentados por personal de las instituciones de la Unión Europea, personas involucradas en el proceso de preselección, jurado o miembros del consorcio que se encarga de la organización de los premios. Estas personas pueden participar en el concurso tres años después de abandonar su puesto.


¿Cómo enviar la candidatura?

Los solicitantes solo pueden enviar sus candidatura a través del formulario en línea. Los trabajos enviados pueden tener uno o varios autores. Las solicitudes enviadas por correo postal o a través de correo electrónico no serán considerada.


Fecha límite

La convocatoria estará abierta hasta el 9 de marzo a medianoche en el horario de Europa Central (CET).


Requisitos de idioma

Las propuestas serán aceptadas en todos los idiomas. Sin embargo, se requiere una traducción en inglés, francés o español para aquellas que no estén escritas en uno de estos idiomas. Las propuestas se evaluarán sobre la base de textos traducidos en uno de estos tres idiomas.


Temas

1. Desarrollo: las propuestas deben abordar cuestiones sobre desarrollo en los países considerados en vías de desarrollo. Los países donde la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo (Directorate-General for International Cooperation and Development) y la Dirección General de Política Europea de Vecindad y Negociaciones de Ampliación (Directorate-General for European Neighbourhood Policy and Enlargement Negotiations) proporcionan asistencia para el desarrollo se consideran parte de esta región. Consulte la página de inicio para ver en qué países la UE brinda asistencia para el desarrollo.

Las entradas bajo este tema se clasificarán en una de cinco regiones: 1.África; 2. Mundo Árabe y Oriente Medio; 3. Asia y el Pacífico; 4. América Latina y el Caribe, y 5. Europa. La clasificación se basará en la ubicación de la sede de su organización / medio de comunicación. Se otorgarán dos premios (según la edad del solicitante) por región; por lo tanto, habrá hasta diez ganadores en total para el tema de desarrollo. Alguna categoría podría considerarse desierta si no se alcanza la calidad necesaria.

2. Eliminar la violencia contra mujeres y niñas: para 2018, el Premio Lorenzo Natali de Periodismo otorgará un galardón especial a aquellos proyectos relacionados con la eliminación de la violencia contra mujeres y niñas. Las solicitudes para este premio especial pueden ser realizadas por periodistas en cualquiera de las cinco regiones mencionadas anteriormente e independientemente de su edad.


Extensión

Los proyectos enviados están sujetos a una extensión limitada. Los proyectos de texto deben tener un máximo de 1500 palabras. Aquellos de video o audio deben tener un máximo de 10 minutos de duración.


Proceso de selección

Todas las propuestas deben haber sido publicadas (en línea o impresas), retransmitidas o haber aparecido en un medio de comunicación por primera vez entre el 21 de marzo de 2017 y el 9 de marzo de 2018 (estas fechas incluidas), en una de las cinco regiones.

Cada solicitante puede enviar una sola propuesta.

La Secretaría del Premio se reserva el derecho de descalificar cualquier propuesta que contenga contenido hiriente, engañoso, difamatorio o vulgar, que contenga algún material que pueda constituir o alentar una conducta considerada como una ofensa criminal, que pueda dar lugar a responsabilidad civil o violar cualquier otro derecho nacional o internacional.


Criterios

Le principal critero será la relevancia de los temas para la agenda de desarrollo, y en particular para las prioridades del Nuevo Consenso para el Desarrollo. Además, las propuestas se evaluarán según los siguientes criterios:

· Relevancia: relevancia del tema, enfoque e importancia
· Originalidad: metodología, capacidad de innovación, contra-intuitivo;
· Capacidad investigativa: investigación detallada, recursos utilizados, precisión, informes factuales;
· Calidad del trabajo: escritura, estructura, lenguaje, conclusión claramente establecida;
· Valor añadido: desafío al status quo, campo de acción amplio, etc.


Preselección y selección

Las propuestas pasarán por una fase de preselección llevada a cabo por reconocidas escuelas de periodismo. Aquellas que sean preseleccionadas serán evaluadas por un Gran Jurado independiente compuesto por figuras reconocidas de los ámbitos del periodismo, desarrollo y cooperación. Los ganadores serán anunciados durante una ceremonia de entrega de premios durante las Jornadas Europeas del Desarrollo el 5/6 de junio de 2018 en Bruselas. La decisión del jurado será final e irrevocable.


Plagio

El plagio, que incluye el uso no autorizado del lenguaje y los pensamientos de otro autor y la representación de ellos como propia, dará lugar a la descalificación. El descubrimiento retrospectivo de plagio dará como resultado la revocación del título.


Premio

Habrá hasta 11 ganadores. Las categorías pueden dejarse desiertas si no se alcanza la calidad necesaria. Los 11 ganadores se distribuyen de la siguiente manera:

Se otorgarán dos ganadores (junior y senior) por región (1.África 2. Oriente Medio y Norte de África 3. Asia y el Pacífico 4. América Latina y el Caribe 5. Europa).
Recibirán un trofeo y un premio de EUR 5 000.
Uno de los ganadores recibirá además  el Gran Premio dotado con un trofeo adicional y otros 5 000 euros.

También se otorgará un premio temático especial a la mejor propuesta con foco en la eliminación de la violencia contra mujeres y niñas.
El ganador recibirá un trofeo y un premio de EUR 5 000.

Se espera que los ganadores participen en la Ceremonia de entrega de premios que se celebrará en Bruselas los días 5 y 6 de junio de 2018. La Comisión Europea cubrirá el coste de los viajes de los ganadores a Bruselas para la ceremonia (en el caso de los artículos producidos o producidos conjuntamente, tenga en cuenta que solo se financiará a una persona).


Derechos de autor
www.escritores.org
La Comisión Europea tiene derecho a reproducir y difundir las obras premiadas en sus propias publicaciones, en su sitio web y en otros materiales de comunicación y promoción, incluido, entre otros, material publicitario del Premio Lorenzo Natali de Periodismo.


Fuente y Formulario de participación: ec.europa.eu/europeaid/lnp/lorenzo-natali-media-prize_es


 

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PREMIO LOPE DE VEGA DE TEATRO 2021 (España)


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PREMIO LOPE DE VEGA DE TEATRO 2021 (España)

28:09:2021

Género:  Teatro

Premio:   12.000 €

Abierto a:  mayor de edad

Entidad convocante:  Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  28:09:2021

 

BASES

 

www.escritores.org

Bases reguladoras de la Convocatoria pública del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid del Premio Lope de Vega de Teatro 2021

 

ARTÍCULO 1. Objeto.

El objeto de la convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática, mediante la selección de entre los textos presentados escritos en lengua castellana, de tema libre, original e inédito, aquél que el Jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.

 

ARTÍCULO 2. Requisitos de los participantes.

Podrá participar en esta convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro, cualquier persona física, mayor de edad, siempre que sea autor/a de la/s obra/s presentada/s.
No podrán participar las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

 

ARTÍCULO 3. Crédito presupuestario e importe del Premio.

La dotación económica del Premio asciende a 12.000 € (doce mil euros) y estará sujeto a la retención del IRPF que corresponda.
El importe de 12.000€ se imputará a la aplicación presupuestaria 2021/130/334.01/482.03 "Premios".

 

ARTÍCULO 4. Publicación.

Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), publicándose el texto íntegro de la misma en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (sede.madrid.es)
Asimismo, se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.
La publicidad de la convocatoria en el BOCM se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la LGS.

 

ARTÍCULO 5. Requisitos de las obras que concurran al Premio.

Los autores podrán participar con cuantas obras estimen oportuno.
Los textos dramáticos que se presenten a este concurso han de reunir los siguientes requisitos y características:
1.- El texto, de tema libre y de cualquier modalidad teatral, ha de estar escrito en lengua castellana,
2.- no debe haber sido publicado en ningún formato (papel o digital),
3.- no debe haber sido premiado anteriormente en ningún otro concurso, 4.- no debe haber sido estrenado con fines comerciales.
Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del Premio, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario con la misma obra que presenta al Premio Lope de Vega, deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Madrid a fin de que el Jurado no la tenga en consideración en su decisión.

 

ARTÍCULO 6. Aceptación de las condiciones de la convocatoria.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de la totalidad de sus condiciones por parte de los candidatos.
El autor se compromete con la presentación de la obra a garantizar su autoría y originalidad.

 

ARTÍCULO 7. Plazos de presentación.

El plazo para la presentación de las solicitudes para participar será de 15 días naturales desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

 

ARTÍCULO 8. Lugar de presentación.

La documentación exigida para participar en esta convocatoria irá dirigida a la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid y podrá presentarse:
a) Electrónicamente: accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid. En este caso, deberá utilizarse alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Presencialmente: los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el mencionado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden optar por presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando la solicitud y el resto de la documentación exigida se remitan por correo administrativo, o se presente en un registro distinto al del Ayuntamiento de Madrid, el participante deberá comunicarlo, en un plazo máximo de 24 horas (desde dicha presentación o envío), mediante correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En este supuesto, deberá existir constancia de la transmisión y recepción de dicho correo electrónico, de la fecha de presentación o envío por correo administrativo de la solicitud de subvención, así como de la debida identificación del participante mediante pseudónimo o lema elegido por su autor.
Independientemente de las formas de presentación indicada en este apartado b, el formato de la obra y la plica que se presenten debe ser en soporte digital (CD o unidad USB) y formato PDF.

 

ARTÍCULO 9. Documentación a presentar por los participantes.

La documentación exigida para poder participar en esta convocatoria es la siguiente:
1.- Impreso de solicitud de participación, cumplimentada y firmada, que deberá ajustarse al modelo de instancia que figura como anexo de la convocatoria y que se obtendrá a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (sede.madrid.es).
La solicitud incluye la declaración responsable que manifiesta que cumple con los requisitos que establece la convocatoria, tanto en lo referente al solicitante como de a la obra presentada.
La solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social. En el supuesto de que el participante no autorice la verificación de los datos de la AEAT y/o de la Seguridad Social, deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones de 17 de noviembre (RGS).
Igualmente, la solicitud conlleva la declaración responsable por parte del participante, de no hallarse incursa en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley General 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre (LGS), y de no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Se comprobará de oficio la inexistencia de deudas tributarias en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid y que no es deudor por reintegro a la Hacienda Municipal.
Los datos personales contenidos en la solicitud relativos a la autoría de las obras presentadas serán custodiados por la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, que sólo los dará a conocer a los miembros del Jurado, por el Secretario del mismo, una vez se haya producido el fallo.

2.- Obra con la que se concursa, en formato PDF. Este archivo llevará el siguiente nombre: "Premio Lope de Vega. Edición 2021. Título de la obra". En este archivo solo puede aparecer el texto de la obra, su título y el pseudónimo o lema elegido por su autor.

3.- Plica en formato PDF. Este archivo llevará el siguiente nombre: "Plica. Título de la obra". En este archivo aparecerá el nombre y apellidos del autor, el título de la obra y el pseudónimo o lema elegido por su autor.
En el caso de que un mismo autor presente dos o más obras, deberá cumplimentar una solicitud por cada una de ellas.

 

ARTÍCULO 10. Subsanación de defectos.

Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado, mediante publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid para que, en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a dicha publicación, subsane estos defectos, con la advertencia de que en caso contrario se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, que será publicada en el BOAM según lo previsto en el artículo 45.b de la citada Ley, con carácter previo al inicio de la fase de instrucción, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015.

 

ARTÍCULO 11.Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es la Dirección General de Programas y Actividades Culturales del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
El órgano competente para la resolución de este procedimiento es la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
La aprobación de la convocatoria es competencia del titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en tanto que la autorización y disposición del gasto corresponde a la Directora General de Programas y Actividades Culturales, en virtud de las facultades que le han sido delegadas por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid por acuerdo de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

ARTÍCULO 12. Composición y actuación del Jurado.

La valoración de las obras presentadas se realizará por un Jurado con la siguiente composición:
Presidente: Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, o persona en quien delegue. Vocales: cuatro, de elección por el Ayuntamiento de Madrid entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de las artes escénicas.
Los miembros del Jurado serán nombrados mediante Decreto de la Titular del Área de Cultura, Turismo y Deporte.
Asistirá al Jurado, sin formar parte de este, como secretario, un funcionario del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, que actuará con voz, pero sin voto.
En función del número de obras presentadas, el Jurado podrá ser asistido por un Comité de Lectura que emita sus correspondientes informes de evaluación previa para su consideración por parte del Jurado.
Se considera constituido el Jurado con un quorum de la mitad más uno de sus miembros.
Las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría, quedando las mismas reflejadas en el acta de la sesión correspondiente.
En el momento de las votaciones solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, no admitiéndose la delegación de voto.
En el momento del fallo se procederá por parte del secretario del Jurado a la apertura de la plica para comprobar la identidad del autor/a de la obra ganadora.
El Jurado únicamente podrá proponer una obra ganadora. El Premio podrá ser declarado desierto. El Jurado, si lo considera oportuno, podrá recoger en el acta un accésit sin dotación económica.
Los miembros del Jurado no pertenecientes a la administración tendrán derecho a percibir las dietas e indemnizaciones correspondientes a sus labores de asesoramiento, que deberán ser aprobadas por Decreto de la titular del Área de Cultura, Turismo y Deporte

 

ARTÍCULO 13. Criterios de valoración para la concesión del Premio.

Al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio texto presentado, el Jurado deberá ponderar equilibradamente el tratamiento dramático y la visión escénica, indicados en el objeto del Premio.
Estos criterios, cuya consideración y peso han de ser semejantes, se desglosan en diferentes aspectos únicamente a efectos de su descripción y como orientación para la futura evaluación y fallo del Jurado; pero, dado que cada obra ha de ser contemplada en su conjunto, tales aspectos no pueden ser ponderados siguiendo criterios proporcionales o de valoración aritmética.
1.- Tratamiento dramático. En este apartado se valorarán aspectos tales como: - Integración de lenguajes artísticos - Originalidad e innovación del texto. – o cualquier otro a consideración del Jurado
2.- Visión escénica. En este apartado se valorarán aspectos tales como: - Potencialidades escénicas del texto. - Dimensión literario-dramática del texto (lenguaje, estilo, diálogo, poética de la acotación, etc.) o cualquier otro que considere el Jurado.

 

ARTÍCULO 14. Procedimiento de concesión.

El procedimiento de concesión de esta convocatoria es el establecido en la la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (OBGS)
Finalizada la fase de instrucción por parte de la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, corresponderá al Jurado encargado de valorar las obras presentadas emitir el fallo, correspondiente, reflejándose en el acta que al efecto se suscriba.
El órgano instructor, a la vista del fallo contenido en la citada acta, emitirá informe en el que conste que de la información que obra en su poder, se desprende que el beneficiario cumple todos los requisitos necesarios para acceder al mismo y formulará propuesta de resolución definitiva de concesión del Premio, que se notificará al candidato propuesto como premiado.
De conformidad con la disposición adicional primera en su punto 4.k) de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, se prescinde del trámite de audiencia en la propuesta de resolución de la concesión del Premio al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los aspirantes. La propuesta de resolución de concesión del Premio tendrá por lo tanto el carácter de definitiva.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión del premio será de tres meses a contar desde el último día de presentación de solicitudes, de conformidad con lo previsto en artículo 28.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, transcurrido un plazo de tres meses desde la publicación de la convocatoria sin que haya recaído resolución expresa de la misma, se podrá entender desestimada por silencio administrativo.
Una vez notificado, el Premiado en el plazo de diez días contados a partir del siguiente a aquél en que reciba la notificación, deberá comunicar su aceptación y aportar la siguiente documentación:
- Impreso T, alta de pago por transferencia, debidamente cumplimentado y sellado por la correspondiente entidad bancaria, en caso de no tener de alta en el Ayuntamiento de Madrid ninguna cuenta para el pago de la subvención. En el caso de ya estar de alta para pagos por transferencia del Ayuntamiento de Madrid, deberá presentarse un escrito solicitando el ingreso de la subvención en la correspondiente cuenta.
- Declaración acreditativa de no encontrarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS y de estar, en su caso, al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- En el caso de no haber autorizado al Ayuntamiento para que pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social, deberá aportar las correspondientes certificaciones de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La resolución definitiva será publicada en el BOAM. De conformidad con el artículo 45.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Dicha resolución definitiva será publicada igualmente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.2.k) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la resolución que se adopte pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

ARTÍCULO 15. Pago del Premio.

El premio será abonado a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por el beneficiario. El importe estará sujeto a la retención correspondiente de IRPF, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

 

ARTÍCULO 16. Compromisos y cesión de derechos.

El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de realizar una o varias representaciones de la obra, así como de publicar una primera edición de la obra premiada y de la que, en su caso, haya obtenido el accésit, así como de sus posibles traducciones a otros idiomas. En este sentido, el autor, con la aceptación de las bases, cederá sus derechos para estas eventuales representaciones y publicaciones específicas.

 

ARTÍCULO 17. Devolución de las obras no premiadas.

Al exigir la presente convocatoria la presentación de las obras en formato PDF, las no premiadas serán eliminadas tras la publicación de la concesión del Premio en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

ARTÍCULO 18. Régimen jurídico.

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (OBGS), por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su el Reglamento y la referida OBGS.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.



 

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PREMIO LORENZO NATALI DE PERIODISMO 2019 (Unión Europea)

14:04:2019

Género: Periodismo

Premio:   10.000 €

Abierto a: obras publicadas entre el 10 de marzo de 2018 y el 9 de marzo de 2019

Entidad convocante: Comisión Europea

País de la entidad convocante: Unión Europea

Fecha de cierre:   14:04:2019

 

BASES

 

El Premio de periodismo Lorenzo Natali se creó en 1992 para reconocer la excelencia en la información sobre temas relacionados con el desarrollo, la desigualdad, los derechos humanos y la erradicación de la pobreza.  Fue instaurado por la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo (DG DEVCO), y recibe el nombre de Lorenzo Natali en honor de uno de los primeros defensores de la política de desarrollo europea.

Descargue las reglas completas aquí. 

1. Periodo para presentar las candidaturas

El plazo de presentación de candidaturas está abierto desde el 18 de febrero hasta el 14 de abril a las 23:59 hora central europea (CET).

Presente su candidatura a través de nuestro formulario en línea.

Si decides enviar tu candidatura por email, por favor envía un correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con:

1. Tu candidatura
2. La información que debes completar en la hoja de solicitud
3. La siguiente declaración autorizando el procesamiento de tus datos personales:

Autorizo el procesamiento de mis datos personales a efectos de la organización del Premio de Periodismo Lorenzo Natali 2019 según lo dispuesto en la declaración específica de privacidad disponible en la página web de Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo (EuropeAid) que he leído y acepto. Puedo libremente retirar mi consentimiento en cualquier momento contactando con el gestor de datos.

En ese caso, todas las operaciones de procesamiento de datos que estuvieran basadas en mi consentimiento y que tuvieran lugar antes de la retirada de mi consentimiento permanecerán válidas.
 
2. Temas y categorías

Temas

El tema general del Premio de Periodismo Lorenzo Natali es el periodismo para el desarrollo. Las candidaturas al premio de este año deben estar relacionadas con temas de cooperación para el desarrollo como, entre otros, la juventud, la igualdad de género, la salud, el cambio climático, etc.

La Unión Europea y sus Estados miembros aportan conjuntamente más de la mitad de toda la ayuda oficial al desarrollo en el mundo, lo que les convierte en el  principal donante. El nuevo consenso europeo sobre desarrollo permite a la UE alinearse a la Agenda 2030 de Naciones Unidas para el desarrollo sostenible.
Categorías

Los periodistas pueden optar al premio en las siguientes tres categorías:

- Gran Premio, abierto a periodistas cuyos medios tengan su sede central en uno de los más de 160 países* beneficiarios con los que la UE trabaja en temas de desarrollo y cooperación.
- Premio Europa, abierto a periodistas cuyos medios tienen su sede central en uno de los países de la Unión Europea.
- Premio al mejor periodista emergente, abierto a periodistas menores de 30 años cuyos medios tienen su sede central en cualquiera de los 160 países ya mencionados (en los que la Dirección General de cooperación internacional y desarrollo o la Dirección General de política de vecindad proporcionan asistencia para el desarrollo), así como en cualquiera de los Estados miembros de la UE.

* La lista completa de países se puede consultar aquí.

Los solicitantes deberán elegir una de estas categorías al completar el formulario de solicitud. El criterio  de participación geográfico se basa en la ubicación de la sede central del medio en el que se publicó el trabajo. El medio debe tener su sede central en un país que cumpla los requisitos.
 
3. Criterios de participación

Periodo de publicación

Todas las obras deben haber sido publicadas (en línea o impresas) o retransmitidas (radio o televisión) entre el 10 de marzo de 2018 y el 9 de marzo de 2019.

Los ganadores de 2018 no pueden competir en la edición de 2019, pero podrán participar en ediciones posteriores.
 
Autor(es)

Los trabajos periodísticos enviados pueden tener uno o varios autores.  Los participantes deben ser los autores y los titulares de los derechos de autor y de los derechos morales de su trabajo. 
 
Requisitos de idioma

Las obras serán aceptadas en todos los idiomas. Sin embargo, se requiere una traducción al inglés, francés o español para aquellas que no estén publicadas originalmente en uno de estos idiomas. Las candidaturas se evaluarán sobre la base de las traducciones en uno de estos tres idiomas.
 
Extensión

Las candidaturas en texto deben tener un máximo de 2000 palabras. Las candidaturas de vídeo y audio deben tener un máximo de 10 minutos de duración.

La Secretaría del premio se reserva el derecho de descalificar cualquier candidatura que contenga contenido hiriente, engañoso, difamatorio o vulgar, que contenga algún material que pueda constituir o alentar una conducta considerada como un delito penal, que pueda dar lugar a responsabilidad civil o violar cualquier ley nacional o internacional.
 
Plagio

El plagio, que incluye el uso no autorizado del lenguaje y los pensamientos de otro autor y la representación de ellos como propia, dará lugar a la descalificación. El descubrimiento retrospectivo de plagio dará como resultado la revocación del título de los ganadores.
 
4. Proceso de selección

Criterios de evaluación

Las candidaturas se evaluarán según unos criterios claramente definidos. La relevancia para los temas de desarrollo será el principal criterio. Una puntuación de cero en este apartado implicará la descalificación de la propuesta.

La evaluación se basará en los siguientes criterios (en una escala de 0 a 5). Las diez propuestas con mayor puntuación en cada categoría se enviarán al Gran Jurado para su evaluación final:

1. Relevancia para el desarrollo: la candidatura abarca temas relacionados con el desarrollo descritos en el marco de los objetivos de desarrollo sostenible o el consenso europeo de desarrollo.
2. Rigor informativo: la candidatura se basa en un trabajo bien documentado basado en diversas fuentes. Es precisa y basada en hechos y/o está respaldada por pruebas y bien razonada si se trata de un artículo de opinión.
3. Escritura: lenguaje, estilo, estructura, claridad del lenguaje, planteamiento original del tema, mantiene el interés del lector.
4. Valor añadido: desde la perspectiva de la repercusión (abarca un tema de importancia social, saca a la luz un tema que es importante para el desarrollo, contribuye a marcar la diferencia) o desde una perspectiva analítica (el tema es significativo, ofrece un análisis reflexivo, aporta claridad).
     

Preselección y selección

Las propuestas pasarán por una fase de preselección llevada a cabo por escuelas de periodismo: Vesalius College de la Universidad Libre de Bruselas - Vrije Universiteit Brussel (Bélgica), La Escuela Superior de Periodismo en Montpellier - ESJ PRO Ecole Supérieure de Journalisme (Francia) y la Universidad Pompeu Fabra (España).

Un máximo de 30 propuestas preseleccionadas serán evaluadas por un Gran Jurado independiente, compuesto por figuras reconocidas de los ámbitos del periodismo, el desarrollo y la cooperación.

Los ganadores serán anunciados y premiados durante las Jornadas Europeas de Desarrollo que se celebrarán en Bruselas los días 18 y 19 de junio. La decisión del jurado será definitiva e irrevocable.
 
5. Premio

Habrá hasta 3 ganadores. Las categorías pueden quedarse desiertas si no se alcanza la calidad necesaria. El ganador de cada categoría recibirá 10 000 €.

El ganador de la categoría Mejor periodista emergente tendrá además la oportunidad de realizar una experiencia laboral en un medio de comunicación asociado.

Se espera que los ganadores participen en la ceremonia de entrega de premios que se celebrará en Bruselas los días 18 y 19 de junio de 2019. La Comisión Europea asumirá el coste de los viajes de los ganadores a Bruselas para la ceremonia (en el caso de los trabajos de autoría o producción conjunta, sólo se financiará a una persona).
 
6. Derechos de autor

La Comisión Europea tiene derecho a reproducir y difundir las obras premiadas en sus propias publicaciones, en su sitio web y en otros materiales de comunicación y promoción, incluido, entre otros, el material publicitario del Premio Lorenzo Natali de Periodismo.

7.  declaración de privacidad específica

La Comisión Europea está comprometida con la protección de datos personales. La Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo procesa tus datos personales a efectos del Premio de Periodismo Lorenzo Natali 2019 según lo dispuesto en el Reglamento de la Unión Europea 2018/1725 y siguiendo lo detallado en la declaración de privacidad específica.


Bases completas y Formulario de solicitud: ec.europa.eu/europeaid/lnp/lorenzo-natali-media-prize_es

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