Concursos Literarios

 

 

 

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 07:10:2013

PREMIOS LITERARIOS IPARRAGIRRE SARIA (España)

Las comisiones de cultura de los ayuntamientos de Urretxu y Zumarraga han convocado los Premios literarios de Narrativa y Poesía Iparragirre Saria 2013, que desde la última edición han tomado un carácter bianual.
www.escritores.org
Este certamen, que arrancó en el 91 ha cumplido su segunda década y ya cuenta con un buen número de publicaciones, de ellas 22 volúmenes en castellano y 19 en euskera, porque desde un principio, por encima del premio en metálico, el gran atractivo que tienen para los/as autores/as es la publicación de los trabajos premiados en formato libro con su registro ISBN en lo que sin duda Félix Maraña de editorial Bermingham tiene un alto grado de compromiso y de apoyo promocional

Modalidades

Tanto en castellano como en euskera se establecen las siguientes modalidades Narrativa /Poesía/Bertso paperak. Cada concursante podrá presentar un máximo de dos trabajos por idioma y modalidad, siendo el tema libre.

Los trabajos se podrán entregar en mano o por correo, antes de las 12 horas del día 7 de octubre de 2013, en las siguientes direcciones: Correo ordinario: Casa de cultura Aizpurunea.- Iparragirre Saria 2013.- C/ Jauregi, 19.- 20.700 - Urretxu; Casa de cultura Zelai Arizti.- Iparragirre Saria 2013.- C/ Legazpi 7.- 20.700 Zumarraga

Trabajos inéditos.

Los trabajos, que deberán ser inéditos, y no haber sido premiados en ningún otro concurso, ni modificados con respecto a otro trabajo premiado, se presentarán por triplicado, escritos a máquina u ordenador, a doble espacio, en tamaño folio o DIN A-4, y por una sola cara.

La extensión de los trabajos tendrá en cuenta estas normas: Narrativa: de 6 a 12 folios; Poesía: superior a 200 versos; Bertso paperak: hasta los 16 años, mínimo 6 bertsos y máximo 10. De 16 años en adelante, mínimo 8 bertsos y máximo 12

Deberán especificar claramente la melodía en la que se han hecho los bertsos.

Los trabajos deberán presentarse sin ningún tipo de identificación de su autor. En un sobre adjunto, cerrado, se anotarán los datos personales del/la concursante, fotocopia del D.N.I. y número de teléfono, especificando en el exterior el título o lema del trabajo, que deberán figurar también en el encabezamiento de las distintas copias.

Premios

Para cada idioma y modalidad se establece un único premio que en la presente edición.

Aunque de manera poco notoria, sufren una disminución en la cuantía, respecto a ediciones anteriores, bajando de 600 a 500 euros.

Esta es la relación, en Narrativa Euskara: 500 euros; Narrativa Castellano: 500 euros; Poesía Euskara: 500 euros; Poesía Castellano: 500 euros; Bertso paperak, 2 niveles: - Hasta 16 años, 100 euros - De 16 años en adelante, 500 euros.

Un jurado cualificado culturalmente juzgará los trabajos y resolverá la concesión de los premios en su caso. El Jurado podrá declarar desiertos los premios, en función de la calidad de los trabajos presentados. Como ya hemos indicado al inicio uno de los estímulos de estos premios es que los trabajos premiados serán publicados en formato libro por las instituciones convocantes, en una edición comercial, con registro ISBN, bien de manera singular o agrupados en un volumen. Los autores/as premiados/as ceden a las Instituciones convocantes los derechos de primera edición y recibirán 20 ejemplares del volumen en el que se incluya su trabajo.

El fallo, así como la fecha y lugar de entrega de premios se publicarán durante el mes de diciembre de 2013, en las páginas Web de ambos ayuntamientos: www.zumarraga.net; www.urretxu.net .

Enlace a la fuente 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.



PREMIOS LITERARIOS ISABEL MEDINA 2020 (España)


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PREMIOS LITERARIOS ISABEL MEDINA 2020 (España)

13:11:2020

Género:  Relato, poesía, infantil y juvenil

Premio:   250 €

Abierto a:  alumnos y alumnas que estén empadronados en el municipio de Granadilla de Abona

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Granadilla de Abona

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  13:11:2020

 

BASES

 

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS LITERARIOS ISABEL MEDINA

AÑO 2020

Primera.- Plazo de presentación.
El plazo de presentación de trabajos para esta convocatoria será desde la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria hasta las 24:00 del día 13 de noviembre de 2020.

Segunda.- Financiación de la convocatoria y cuantía global máxima objeto de subvención.
La presente convocatoria de subvenciones se financia con cargo a la partida presupuestaria 32710/4810000 del presupuesto municipal vigente.
El importe total destinado a estos premios será de MIL SEISCIENTOS EUROS (1.600,00 €).
Las categorías de los premios serán las siguientes con los importes indicados a continuación:

• RELATO BREVE de alumnos de ESO Ó FORMACIÓN PROFESIONAL:
1º premio: 250 €.
2º premio: 150 €.
• RELATO BREVE de alumnos de BACHILLERATO:
1º premio: 250 €.
2º premio: 150 €.
• POESÍA de alumnos de ESO Ó FORMACIÓN PROFESIONAL:
1º premio: 250 €.
2º premio: 150 €.
• POESÍA de alumnos de BACHILLERATO:
1º premio: 250 €.
2º premio: 150 €.

Tercera.- Condiciones que deben cumplir los trabajos.
Los trabajos deberán cumplir las condiciones previstas en las Bases Generales aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Granadilla de Abona en fecha 23 de junio de 2020 que se publicarán en la página web municipal junto con esta convocatoria."

 

BASES GENERALES DEL CERTAMEN “PREMIOS LITERARIOS ISABEL MEDINA”

El Certamen “Premios Literarios Isabel Medina” tiene como objetivo el fomento de la creación literaria por parte de la población juvenil.

Participantes. Podrán participar todos aquellos alumnos y alumnas que estén empadronados en el municipio de Granadilla de Abona en el curso académico en que se realice la convocatoria.

Se establecen dos modalidades para concursar: “Relato breve” y “Poesía”. CONDICIONES Y REQUISITOS COMUNES A LAS DOS MODALIDADES:

1. Plazo y forma de entrega de las obras:

a) Las obras se presentarán sin identificación del autor, haciendo constar el título o lema de la obra y un seudónimo. Deberán estar acompañadas, en documento aparte, de una ficha con los datos personales del autor (nombre, apellidos, D.N.I., dirección, fecha de nacimiento, teléfono, correo electrónico e IES al que pertenece) junto al título o lema de su trabajo.

b) La admisión de trabajos quedará abierta desde el momento de presentación que quede fijado en la convocatoria específica de este concurso hasta las 24.00 horas del 13 de noviembre del año que se trate.

c) Los trabajos se presentarán:
• a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., adjuntando dos archivos: uno con relato o poema y título y el otro con la ficha de los datos personales del autor.
• en los Departamentos de Lengua Castellana y Literatura del IES del Municipio de Granadilla de Abona correspondiente, adjuntando la citada documentación, de la siguiente forma: la obra dentro de un sobre en cuyo exterior solo podrá figurar el título o lema de la obra y el seudónimo y a su vez dentro de ese sobre, otro sobre cerrado con los mismos datos en su exterior y que contendrá los datos personales del autor (nombre, IES, DNI, curso, correo electrónico y teléfono).
El número de obras presentadas deberá llegar a un mínimo de cinco en cada modalidad para que el concurso se pueda realizar, quedando el mismo desierto y por tanto no celebrándose, en caso de no llegar a ese mínimo establecido en alguna o en ambas modalidades.

2. Jurado.

Para asegurar una organización orientada a la centralización de decisiones, cada año el jurado corresponderá a un IES del municipio, de forma rotativa y elegido por sorteo. El jurado estará compuesto por un miembro de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Granadilla de Abona, en calidad de secretario con voz pero sin voto, por un mínimo de dos personas más designadas al efecto por el Departamento de Lengua Castellana y Literatura del IES que corresponda y por otro miembro, ajeno a la Corporación Municipal y a los IES participantes, que será elegido entre profesionales vinculados a la Literatura o el Periodismo, en el ámbito insular, regional o estatal. Se nombrará, por sorteo, un presidente de entre los miembros del Jurado que ostentará el voto de calidad en caso de empate. Los nombres de los miembros del jurado se darán a conocer en acta una vez fallados los premios. El fallo del jurado, que atenderá a los criterios de creatividad, técnica y originalidad, será inapelable, y se hará público en el plazo máximo de una semana contando a partir de la fecha límite de entrega de los trabajos, mediante su publicación en el tablón de anuncios de los diferentes IES del Municipio de Granadilla de Abona y a través del sitio web municipal granadilladeabona.org .

3.- Destino de las obras premiadas.

Las obras pasarán a ser propiedad de la Concejalía de Juventud y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Granadilla de Abona, la cual se reserva el derecho de publicar o no los trabajos. Los trabajos subidos a la web serán escaneados del original o, en su caso, serán tomados de los documentos aportados por correo electrónico. Las obras no premiadas se destruirán.

4.- Aceptación e interpretación de las normas del concurso.

La participación en este concurso supone la aceptación de todas sus bases y requisitos de la presente convocatoria. En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de alguna de las presentes bases, el Ayuntamiento o, en su caso, el Jurado realizarán una interpretación atendiendo al espíritu y finalidad para la cual se ha creado el presente concurso.

5.- Datos personales.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal que se obtengan serán incorporados y tratados de forma confidencial en un fichero propiedad de este Ayuntamiento. Los datos obtenidos en esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas. Se podrá acceder en cualquier momento a los datos facilitados, así como solicitar, en su caso, su rectificación, oposición o cancelación, dirigiendo una comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento.

 

NORMAS ESPECÍFICAS DE CADA MODALIDAD:

RELATO BREVE

1.- Formato de la obra:

a) Los relatos deberán ser originales e inéditos. Se podrá presentar una única obra por alumno/a escrita en lengua castellana y sin faltas de ortografía.

b) El tema sobre el que deben versar los trabajos es libre, desechándose aquellos que tengan un contenido denigrante u ofensivo para la persona.
c) La extensión del relato tendrá un máximo de mil palabras y un mínimo de quinientas, mecanografiadas en formato DIN-A4, a doble espacio, con una fuente Times New Roman y tamaño 12. Los trabajos que no cumplan los requisitos anteriores, serán excluidos del concurso.

2.- El contenido de los premios se determinará en la correspondiente convocatoria específica.

POESÍA

1.- Formato de la obra:

a) Los poemas deberán ser originales e inéditos. Se podrá presentar una única obra por alumno/a escritas en lengua castellana y sin faltas de ortografía.
b) El tema sobre el que deben versar los trabajos es libre, desechándose aquellos que tengan un contenido denigrante u ofensivo para la persona.
c) La extensión del poema tendrá un mínimo de setenta y cinco palabras, mecanografiadas en formato DIN A4, a doble espacio, con una fuente Times New Roman y tamaño 12. Los trabajos que no cumplan los requisitos anteriores, serán excluidos del concurso.

2.- El contenido de los premios se determinará en la correspondiente convocatoria específica.”



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PREMIOS LITERARIOS KUTXA FUNDAZIOA IRUN 2025

 

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PREMIOS LITERARIOS KUTXA FUNDAZIOA IRUN 2025 (España)

22:04:2025

Género: Novela, Poesía

Premio:  20.000 euros

Abierto a:  residentes en España

Entidad convocante:  Kutxa Fundazioa

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: No

Fecha de cierre: 22:04:2025

 

BASES

PREMIOS LITERARIOS KUTXA FUNDAZIOA IRUN 2025 

 

Al objeto de fomentar la creación y difusión literarias, Kutxa Fundazioa convoca los 46 Premios Literarios Kutxa Fundazioa Irun, correspondientes al año 2025. 

El certamen está abierto a la participación de autoras y autores en lenguas vasca o castellana, independientemente de su nacionalidad. 

Las obras premiadas en el Certamen serán editadas y publicadas por editoriales de reconocido prestigio: en euskera Elkar, y en castellano, Pepitas de Calabaza para la publicación de la novela y Reino de Cordelia para poesía.

  • El plazo de admisión de las obras es: 22 de enero - 22 de abril 2025
  • La determinación de las obras ganadoras y la proclamación de las personas ganadoras, tendrán lugar en Irun, el día 13 de septiembre del año 2025, a las 13:00 horas.
  • La entrega de premios será el 21 de noviembre de 2025, también en Irun.

 

BASES COMPLETAS 

 

Kutxa Fundazioahttps://kutxafundazioa.eus/es/premios-literarios-kutxa-fundazioa-irun-2025

Inscripciones: https://literatursariak.kutxakultur.eus/es/inscripcion

 

 

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PREMIOS LITERARIOS KUTXA CIUDAD DE IRUN 2015 (España)

30:07:2015

Género:  Novela y poesía

Premio: Trofeo y 25.000 euros

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Kutxa Fundazioa
País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 30:07:2015

 

BASES


Al objeto de fomentar la creación y difusión literarias, Kutxa Fundazioa convoca los XLI Premios Literarios Kutxa Ciudad de Irun, correspondientes al año 2015, de acuerdo con las siguientes bases:
 
BASES
 
1. El certamen está abierto a la participación de escritores en lenguas vasca o castellana, independientemente de su nacionalidad, procedencia o lugar de residencia, quienes habrán de concurrir con obras originales e inéditas, no premiadas en otro concurso literario de cualquier naturaleza o lugar, condiciones que deberán mantener hasta el momento del fallo. El autor de la obra garantizará la autoría de la obra presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena, y que no corresponde a un autor fallecido.
www.escritores.org
A estos Premios Literarios Kutxa Ciudad de Irun, no podrán presentarse quienes sean Jurados de los mismos en la edición objeto de concurso.
 
2. Los trabajos habrán de presentarse en hojas de formato DIN A4 (210 x 297 mm) mecanografiadas a doble espacio por una sola cara. Se deberán remitir dos copias en el apartado de novela y cuatro en el de poesía a: “Premios Literarios Kutxa Ciudad de Irun 2015”, Gureak Marketing. Camino de Illarra 4. 20018 San Sebastián, y una copia en cualquier formato digital a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El plazo de admisión de obras se cerrará el 30 de julio de 2015.
 
3. Las obras deberán identificarse solamente con su título. Carecerán por tanto de detalles que puedan identificar al autor. En la plica, en sobre cerrado aparte, se incluirá fotocopia del Documento Nacional de Identidad y los siguientes datos: nombre, apellidos, dirección, e-mail y teléfono del autor, mencionándose en el exterior el título de la obra, además de la especialidad a la que concurre.
Será imprescindible adjuntar asimismo, declaración firmada aceptando expresamente las bases y condiciones de este Premio, garantizando que la obra no se halla pendiente del fallo de ningún otro Premio y que el autor tiene la libre disposición de todos los derechos de explotación sobre la obra en cualquier forma y en sus diferentes modalidades.
 
4. Kutxa Fundazioa designará los Jurados para las distintas especialidades, siendo su fallo inapelable. El hecho de participar en estos Premios Literarios implica la aceptación de sus bases. Todas las incidencias no previstas en estas bases serán resueltas por los respectivos Jurados.
 
5. La determinación de las obras ganadoras, la apertura de plicas y la proclamación de ganadores, tendrán lugar en Irun, el 19 de diciembre del año 2015, a las 13:00 horas. La fecha de entrega de los premios se anunciará el día del fallo de los mismos.
 
6. Cualquiera de los premios podrá ser declarado desierto si los trabajos presentados no tuvieran el nivel de calidad requerido. No será considerada por el Jurado correspondiente ninguna obra de la que se tenga noticia que haya sido premiada en otro Concurso en el período comprendido entre el término del plazo de admisión de las obras y la fecha del fallo de los Premios Literarios Kutxa Ciudad de Irun 2015.
 
7. En este sentido, será obligación del autor comunicar por escrito cualquier variación surgida respecto a la obra presentada durante el período de tiempo detallado en la base 6, dirigiéndose a: Kutxa Fundazioa – Cultura – Garibai, 22. 20004 San Sebastián.
 
8. Asimismo, ninguna obra seleccionada por el Jurado podrá ser considerada ganadora con carácter definitivo hasta no haberse comprobado el cumplimiento de todas las condiciones requeridas para ello y expresadas en los puntos 1 y 6 de estas bases.
 
9. Kutxa Fundazioa se reserva, en exclusiva, el derecho de edición de las obras premiadas (directamente o por medio de otra empresa editorial) durante el plazo máximo de seis meses, contados desde el momento del fallo. Transcurrido dicho plazo, los autores dispondrán de sus obras libremente, pero en posteriores ediciones de las mismas deberá consignarse la distinción concedida.
 
10. Las obras no premiadas así como sus correspondientes plicas, no serán devueltas, siendo destruidas después de la proclamación de ganadores de los Premios Literarios Kutxa Ciudad de Irun 2015. No se mantendrá correspondencia con los autores de las obras presentadas, ni se proporcionará información sobre los títulos seleccionados, en su caso, por los prejurados.
 
11. Posibles consultas relativas a los Premios y las bases podrán formularse a través de la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
 
MODALIDADES Y PREMIOS
 
POESÍA EN EUSKERA
 
Para obras con libertad de rima, medida y temática y una extensión mínima de 800 versos.
Premio: Trofeo y 15.000 euros.
 
NOVELA EN EUSKERA
 
La extensión mínima de los trabajos será de 150 folios con temática y narración libres.
Premio: Trofeo y 25.000 euros.
 
POESÍA EN CASTELLANO
 
Para obras con libertad de rima, medida y temática y una extensión mínima de 800 versos.
Premio: Trofeo y 15.000 euros.
 
NOVELA EN CASTELLANO
 
La extensión mínima de los trabajos será de 150 folios con temática y narración libres.
Premio: Trofeo y 25.000 euros.
 
 
Premios exentos del I.R.P.F. Exención concedida por la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa.
 
 
Fuente: kutxa.kutxabank.es


 


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PREMIOS LITERARIOS MARTA BRUNET PARA NIÑOS Y JÓVENES 2019 (Chile)

03:05:2019

Género:  Infantil y juvenil, obra publicada

Premio:   $ 4.330.000 y diploma de honor

Abierto a:  personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad de Chile, mayores de edad

Entidad convocante: Subsecretaría de las Culturas y las Artes y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura

País de la entidad convocante: Chile

Fecha de cierre:   03:05:2019

 

BASES

 

El cierre de las postulaciones de este premio será el viernes 3 de mayo de 2019, a las 17.00 horas.

BASES PREMIOS LITERARIOS MARTA BRUNET PARA NIÑOS Y JÓVENES CONVOCATORIA 2019

1. CONVOCATORIA
La Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en adelante “la SUBSECRETARÍA” y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, en adelante “el Consejo”, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.227 que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y en su respectivo Reglamento, con la finalidad de promover la creación literaria y en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° letra j) de la Ley N° 19.227 y en su Reglamento, convocan para el otorgamiento del Premio Marta Brunet referido al reconocimiento de las obras literarias publicadas para niños y jóvenes.
El beneficiado por el premio deberá realizar una actividad de difusión financiado en establecimientos escolares de educación pública y en las comunidades próximas a ellos, conforme a lo establecido en la Ley N° 21.125, que aprueba el presupuesto del sector público año 2019. El beneficiado podrá efectuar esta actividad en el marco de los programas de Educación Artística que ejecuta la SUBSECRETARÍA para lo cual deberán tomar contacto con el Fondo respectivo.

2. CATEGORÍAS
Este Premio consta de las siguientes categorías:
• Categoría Primera infancia: 0 a 6 años.
• Categoría Infantil: 7 a 12 años
• Categoría Juvenil: 13 a 17 años.

3. PREMIOS
Para cada una de las categorías se distinguirá al autor(a) con un diploma de honor y con una suma única de dinero equivalente a $4.330.000.- (cuatro millones trescientos treinta mil pesos chilenos).
La editorial del libro premiado recibirá un diploma de honor en reconocimiento a la distinción obtenida por la obra publicada por su sello.
El premio señalado, se entregará al autor(a) de la obra o a quien sea designado como representante en caso que la obra tenga más de un(a) autor(a), certificado por un mandato especial emitido ante notario, por los autores.
Se deja expresa constancia que para efectos de recibir el Premio, el ganador deberá acreditar que su cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile se encuentra vigente, en caso que no conste su vigencia en los antecedentes entregados en la postulación.
Asimismo, en caso que se trate de una obra ilustrada, el premio será entregado a quien sea designado como representante por quienes tengan derechos sobre la obra.
El Consejo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4° letra h) de la Ley N° 19. 227 adquirirá el 20% de los ejemplares de la primera edición de la obra premiada, con un límite de 100 ejemplares. Los libros se comprarán en un plazo no superior a 2 años, según disponibilidad presupuestaria.
Esta compra no se llevará a efecto en caso que la obra haya sido seleccionada o adquirida en el Programa de Adquisición de Libros de Autores Chilenos.
En caso de fallecimiento del ganador/a, el premio será entregado a la sucesión que legalmente corresponda.

4. REQUISITOS PARA POSTULAR
• Los (as) participantes podrán postular obras en idioma español o en las lenguas de los pueblos originarios, siempre que éstas se presenten en una edición bilingüe (español-pueblos originarios).
• Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
• Las obras postuladas deben pertenecer a los siguientes géneros: novela, cuento, poesía, dramaturgia, libro álbum, libro ilustrado literario, cómic, narrativa gráfica, y libros informativos que presenten discursos literarios.
• Solo podrán postularse libros que cuenten con ISBN (International Standard Book Number).
• Sólo pueden postulares libros cuya primera edición sea del año 2018.

Se deja expresa constancia que no podrán postularse:
• Textos de enseñanza y manuales escolares.
• Libros de autoayuda.
• Antologías.
• Obras publicadas póstumamente.
• Libros en formato digital.
• Obras que hubieren obtenido premios y/o galardones otorgados por la SUBSECRETARÍA o el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. En el caso de los géneros cuento y poesía, no se aceptarán obras que contengan poemas o cuentos premiados y/o galardonados por la SUBSECRETARÍA o el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en años anteriores.

5. POSTULANTES Y AUTORES
Las obras podrán ser postuladas por sus autores(as) en forma personal, por la editorial a la que pertenecen o por un tercero.
Los autores de las obras postuladas deberán ser personas naturales de nacionalidad chilena o extranjeros con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile; y mayores de edad de conformidad con la legislación chilena.

6. INCOMPATIBILIDADES APLICABLES A LOS(AS) POSTULANTES Y AUTORES DE LA OBRA
No podrán participar en esta convocatoria como postulantes y/o autores de las obras, las autori- dades del Ministerio, así como los(as) trabajadores del Ministerio (contratados bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo). De la misma forma son incompatibles para postular los(as) trabajadores(as) del Ministerio contratados bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias públicas, quienes cumplan la labor de jurados del premio y las personas que se encuentren impedidas de postular por afectarles alguna causal de incompatibilidad administrativa contemplada en el artículo 56° del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
En este sentido, es del caso destacar que se encuentran impedidos de presentar una postulación las personas jurídicas con fines de lucro, en que tengan participación social (constituyente, socio o accionista) las personas referidas en el inciso anterior. En el caso que la autoridad o trabajador sea sólo representante legal de una persona jurídica con o sin fines de lucro y no reciba ningún tipo de beneficio con respecto a la postulación ni participe de ninguna manera en ella, dicha persona deberá abstenerse para todos los efectos de la presente convocatoria.
Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la incompatibilidad que afecta a alguna persona, ésta se considerará hábil para postular, pudiendo presentar su postulación mientras se encuentre abierto el periodo de postulaciones, siempre y cuando no haya postulado con antelación al cese de la incompatibilidad.
La SUBSECRETARÍA revisará, durante todo el proceso que tanto los postulantes como los autores de las obras no estén afectos a ninguna de las causales de incompatibilidad señaladas. En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes y/o autores de las obras estén afectos a alguna incompatibilidad, sus postulaciones quedarán fuera de la Convocatoria.
Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del Ministerio que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respecto de alguno de los postulantes.
La circunstancia que un(a) postulante o autor de una obra se encuentre en situación de incompa- tibilidad para ser beneficiario(a) del Fondo será certificada por la Secretaría del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, en adelante la “Secretaría” o la “Secretaría del Fondo”.

7. PERÍODO DE CONVOCATORIA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
La presente Convocatoria estará abierta por un plazo de 30 días hábiles (de lunes a viernes sin contar los feriados) desde la publicación de las bases en el sitio web www.premiosliterarios.cultura.gob.cl. Los postulantes podrán presentar sus postulaciones de conformidad con lo establecido en las presentes bases, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.
Las postulaciones deberán ser entregadas o enviadas hasta las 17:00:00 horas de Santiago de Chile del último día hábil para postular. Esta misma regla aplica para los proyectos enviados por correo certificado, la cual se acreditará según fecha de envío estampada en el sobre, por parte de la oficina de correos de origen.
El Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes certificará en la respectiva página web donde estarán publicadas las bases, la fecha de inicio y de término de la convocatoria de conformidad con lo precedentemente señalado.
Las postulaciones deberán ser entregadas personalmente, por medio de terceros o mediante envío por correo certificado en las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio o en la Secretaría del Fondo ubicada en Ahumada N° 48, piso 5, Santiago. El costo de envío deberá ser cubierto por el postulante, de manera que las postulaciones que hayan sido enviadas por pagar se considerarán como no presentadas.

8. NOTIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA
El postulante deberá indicar en la Ficha de Postulación, el medio preferente de notificación de las distintas etapas de la Convocatoria, esto es, para la declaración de inadmisibilidad, selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de bases. Para esto, podrá señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indique, se entenderá que optan por notificación por carta certificada. Para efectos de asegurar la debida comunicación de los resultados de la postulación, si el responsable opta por notificación vía correo electrónico deberá indicar dos direcciones distintas, siendo su responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción. Asimismo, si opta por notificación vía carta certificada, deberá indicar su domicilio, siendo su responsabilidad el informar cualquier cambio del mismo.
Se hace presente que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá prac- ticada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos del domicilio del notificado; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día y hora de su válido envío por parte de la SUBSECRETARÍA.

9. CONSTATACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES
La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Secretaría del Fondo durante toda la convocatoria.
De constatarse algún incumplimiento la postulación quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de:
• La Secretaría del Fondo, si se comprueba antes de la selección de las postulaciones ganadoras, lo que será formalizado a través del respectivo acto administrativo dictado por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes. Dicho acto administrativo se notificará a los interesados de conformidad a la ley.
• La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección de las postulaciones ganadoras, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del interesado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
A los postulantes declarados fuera de convocatoria, conforme al artículo 59 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, les asiste el derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare fuera de convocatoria. El plazo de presentación de los referidos recursos es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de la notificación de la resolución al postulante. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.

10. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA Y DEBER DE VERACIDAD
Por la sola presentación a esta convocatoria, se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases. Los postulantes deberán dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución de actividades.
Al momento de presentar sus postulaciones, los postulantes declaran bajo el juramento que toda la información entregada es verídica y dan fe de su autenticidad. La SUBSECRETARÍA se reserva el derecho de verificar dicha información y en caso que constate que contiene elementos falsos, la postulación será declarada fuera de convocatoria. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que una postulación presentase información que, a estimación de la SUBSECRETARÍA, pueda revestir caracteres de delito, remitirá los antecedentes al Ministerio Público.

11. DE LA POSTULACIÓN
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
La Ficha de Postulación es el formato exclusivo y canal válido disponible para la formulación de postulaciones permitiendo una elaboración ordenada de las mismas, al proveer los campos necesarios para que el postulante exponga los detalles de su postulación. El llenado de todos los campos de la Ficha de Postulación será obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.

Postulación digital
a) Ingresar a la página www.premiosliterarios.cultura.gob.cl.
b) Registrarse como postulante en la página www.premiosliterarios.cultura.gob.cl
c) Seleccionar el premio y categoría al que postula.
d) Completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que el libro tenga dos o más autores (as), la ficha debe contemplar los datos de todos ellos.
e) Adjuntar en archivo digital la fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) de la obra otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
f) Adjuntar copia del comprobante de depósito legal dado por la Biblioteca Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.733.
g) Validar y enviar la postulación.

A continuación del primer envío (Ficha de Postulación), deberán enviarse o entregarse materialmente tres (3) ejemplares del título postulado, en la Secretaría del Fondo, ubicada en Ahumada 48, piso 5, Santiago o en la sede de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio correspondiente. Esta entrega material deberá realizarse dentro del plazo de recepción establecido en el numeral 7. Respecto del material enviado por correo certificado, se considerará como fecha de presentación, la fecha de envío estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva.
La postulación se entenderá completada con el envío a través de la plataforma digital, más la entrega o envío de los cinco ejemplares del título postulado.

Postulación en papel
Atendiendo a las distintas condiciones de acceso para los postulantes que por razones geográficas tengan dificultades para postular vía plataforma digital, la SUBSECRETARÍA pone a disposición un mecanismo de postulación vía soporte material.
Las personas que no puedan acceder a Internet y descargar la Ficha de Postulación podrán retirarlo en la sede de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio correspon- diente. Quienes puedan acceder a internet deberán imprimir la Ficha de Postulación descargable en www.premiosliterarios.cultura.gob.cl.
Las postulaciones deberán ser realizadas cumpliendo las siguientes formalidades:
a) Completar la Ficha de Postulación según requisitos y condiciones establecidas en la misma y en las presentes bases. En caso de que la obra postulada tenga dos o más autores (as), la ficha debe contemplar los datos de todos ellos.
b) Adjuntar en fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del autor(es) de la obra otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. En el caso de postulantes de nacionalidad chilena se podrá adjuntar copia del pasaporte.
c) Adjuntar copia del comprobante de depósito legal dado por la Biblioteca Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.733.
d) Adjuntar tres (3) ejemplares de cada título postulado.

12. ADMISIBILIDAD
12.1 Examen de admisibilidad
Recibida la postulación, ya sea digital o en soporte material, la Secretaría del Fondo procederá a determinar si la postulación cumple con los siguientes requisitos formales obligatorios:
• Que la postulación se haya efectuado en la forma establecida en las presentes Bases;
• Que el postulante y el autor de la obra no se encuentren sujetos a ninguna de las incompa- tibilidades establecidas en el punto 6 de las presentes bases;
• Que la postulación se haya efectuado dentro del plazo señalado y en los lugares indicados en el numeral 7 de estas Bases; y
• Que se hayan adjuntado los antecedentes obligatorios y con las formalidades señalados en el numeral 11 de estas Bases.

12.2. Declaración de inadmisibilidad
La inadmisibilidad de la postulación será certificada por la Secretaría del Fondo, lo que será formalizado en una resolución administrativa dictada por la Jefatura del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes. Esta resolución será notificada a los interesados en conformidad a la ley.

12.3. Recursos Administrativos
A los postulantes declarados inadmisibles, conforme al artículo 59 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, les asiste el derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos: (i) recurso de reposición ante quien firme la resolución que los declare inadmisibles; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare inadmisibles, en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien firme la resolución que los declare inadmisibles. El plazo de presentación de los referidos recursos es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de la notificación de la resolución al postulante. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley. Se hace presente que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos del domicilio del notificado; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el de su válido envío por parte de la SUBSECRETARÍA.

13. DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Las postulaciones admisibles serán oportunamente puestas a disposición de la instancia de evaluación y selección por parte de la Secretaría del Fondo, esto es, por un Jurado para cada una de las categorías contempladas en esta Convocatoria, cada uno de los cuales estará integrado por 3 personas designadas por el Consejo. Esto no impide que la postulación no pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento de la Convocatoria.
Se deja constancia que aquellas postulaciones que tras ser declaradas inadmisibles hayan presentado recursos en contra de dicha resolución, los cuales hayan sido acogidos, serán incluidas dentro del proceso de la convocatoria por la Secretaría del Fondo para ser evaluadas junto con las demás postulaciones admisibles de la convocatoria, en forma simultánea.
Cada Jurado deberá emitir su pronunciamiento dentro del plazo de noventa días hábiles contados desde que se hubieren constituido.
En las sesiones de evaluación y selección se requerirá un quórum de mayoría absoluta de los miembros del Jurado para sesionar y de mayoría absoluta de los presentes para adoptar acuerdos. Sus decisiones deberán contener los fundamentos de la evaluación y selección. Al finalizar la etapa de selección se levantará un acta que incluirá la individualización de los ganadores. Esta tendrá validez con la firma de todos los integrantes del Jurado. Las decisiones que adopten los Jurados serán inapelables y deberán ser aprobadas por el Consejo, expresándose en una resolución que la SUBSECRETARÍA dictará para tal efecto.
Cada Jurado podrá declarar desierto el concurso por motivos fundados, no existiendo obligación de indemnizar a los(as) concursantes.

14. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
La nómina de ganadores(as) se publicará en la página web institucional www.premiosliterarios.cultura.gob.cl
, indicando el nombre de los ganadores. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona. Asimismo, la SUBSECRETARÍA notificará los resultados de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, a los ganadores, de acuerdo a la forma señalada en el numeral 8 de las presentes bases.

15. PERSONAS A CARGO DE LA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
Estas personas, en relación a aquellas postulaciones realizadas por personas hábiles y respecto a la convocatoria en que les tocare intervenir, estarán sujetos(as) a las normas de probidad y abstención establecidas en los artículos 52 y 53 de la Ley N° 18.575 y en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrán tomar parte en la discusión de asuntos en los que él/ella, su cónyuge, su conviviente civil, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estén interesados. Se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas.
En consecuencia, no podrán tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes de la presente convocatoria. Tampoco podrán haber participado, a título remunerado o gratuito, en la elaboración anterior a la postulación a evaluar y seleccionar.
Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algún interés directo o indirecto en la postulación de una persona hábil, el involucrado deberá informarlo a la Secretaría del Fondo y a los demás integrantes del órgano, absteniéndose de conocer del asunto, de todo lo cual se deberá dejar constancia en el acta respectiva. En caso que se constate la existencia de una postulación que contravenga las normas de probidad establecidas en los párrafos precedentes, dicha postulación será eliminada de la Convocatoria, de conformidad con el procedimiento establecido en el párrafo relativo a la “Constatación del Cumplimiento de Bases”.

16. AUTORIZACIÓN DEL POSTULANTE
El/la postulante autoriza – una vez cerrado el proceso de evaluación – a incorporar a la base de datos de la Secretaría del Fondo, su dirección postal, teléfono y correo electrónico, con el objeto de registrarlo como destinatario de información de interés para la comunidad literaria nacional.

17. PUBLICIDAD DE LAS POSTULACIONES
La publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regirá de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.

18. RETIRO DE DOCUMENTOS MATERIALES
Los postulantes no seleccionados podrán retirar personalmente o a través de un tercero especial- mente autorizado para tal efecto, la documentación física de su postulación, durante los 30 días siguientes a la publicación de resultados.
En caso de ser un tercero quien retire la postulación, deberá acompañar un poder simple junto a la fotocopia de la cédula de identidad del mandante y del mandatario. Para la devolución, deberá presentar en la Secretaría del Fondo una carta firmada por el postulante, que contenga la respectiva solicitud.
Una vez publicado los resultados de la convocatoria y transcurridos treinta (30) días hábiles de ello, la SUBSECRETARÍA devolverá la documentación relativa a las postulaciones no seleccionadas o fuera de convocatoria, a los domicilios que los postulantes informen en su postulación. En caso de que por alguna razón no sea posible realizar esta devolución, se procederá al respectivo archivo de la documentación. Sin perjuicio de lo anterior, se deja expresa constancia que los libros entregados en la postulación, sean o no obras ganadoras, no serán devueltos y serán utilizados por la SUBSECRETARÍA para fines promocionales de la lectura.


Fuente y Ficha de postulación: premiosliterarios.cultura.gob.cl/premios-literarios/premios-literarios/marta-brunet/


 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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