Concursos Literarios

 

 

 


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VIII PREMIO DE INVESTIGACIÓN HISTÓRICA “PEDRO DE TREJO” (España)
30-11-2014

Género:   Investigación

Premio: 3.000 euros

Abierto a: mayores de edad

Entidad convocante: Asociación Cultural Placentina “Pedro de Trejo

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  30:11:2014

 

BASES

PROMOVIDO POR LA ASOCIACIÓN CULTURAL PLACENTINA “PEDRO DE TREJO”

1.- Convocatoria: El presente Premio, convocado por la Asociación Cultural Placentina “Pedro de Trejo”, tiene como objetivo la investigación histórica sobre “Plasencia y su Tierra”, y está destinado a promover y esclarecer todo lo referente a su historia. Bajo el concepto “Plasencia y su Tierra”, se incluyen todas las poblaciones del norte de Extremadura.

 2.- Participantes: Podrán participar todas las personas mayores de edad, sin importar su lugar de residencia (España o el extranjero).

 3.- Características de los trabajos: Investigación sobre la historia y cultura de la Ciudad de Plasencia y su Tierra, con las siguientes condiciones:

• Los trabajos serán originales e inéditos, en castellano, y deberán referirse a aspectos del pasado o presente del ámbito de estudio. Versarán sobre cualquier tema relacionado con la historia y cultura de esta ciudad y su tierra vista a través de la naturaleza, literatura, comercio, turismo, folclore, historia, geografía, arte, economía, sociedad, etc.

• Los trabajos tendrán una extensión mínima de 50 páginas, y deberán presentarse en formato papel (DIN-A4, de 21,0 X 19,7 cms.), y digital (tratamiento de textos Word-Office, 12 tamaño fuente).

• Los originales se entregarán por triplicado con el sistema de lema y plica; se presentarán tres copias digitales en soporte disco C.D. o D.V.D., y tres impresas, cosidas o encuadernadas en un sobre cerrado, en cuyo exterior se hará constar un título o lema; y en el interior, se acompañará otro sobre con los datos personales del concursante, imprescindible para la localización del autor/a (nombre y apellidos, dirección completa, incluyendo el país de residencia, teléfono y fotocopia del D.N.I. o pasaporte y un breve currículum), así como una declaración firmada por el autor/es aceptando expresamente las bases y condiciones de este Premio, y garantizando que el trabajo no se encuentra pendiente del fallo de ningún otro galardón, ni haya sido premiado o publicado anteriormente.

 4.- Entrega: El plazo de admisión comenzará el 21 de mayo de 2014; y se cerrará el 30 de noviembre del mismo año.

• Las obras se remitirán, a la sede de la Asociación Cultural Placentina “Pedro de Trejo”, en la calle Las Peñas, número 12, distrito postal 10600 de Plasencia (Cáceres), indicando en el sobre 8ª Edición del Premio de Investigación Histórica “Pedro de Trejo”.

• Se considerará autor del relato a la persona/as que figure/n como tal, y sólo a ella/as.

• Los participantes se comprometen a no retirar su obra una vez presentada al concurso.

• No se mantendrá correspondencia con los remitentes ni se facilitará información alguna relativa al seguimiento del Premio.

 5.- Premios: Será premiada una sola obra seleccionada por el Jurado entre los trabajos de investigación recibidos, con arreglo a las siguientes pautas:

• Un premio único al mejor trabajo de investigación, con una dotación de 3.000 euros

• El premio podrá ser declarado desierto o concederse “ex-aequo”, a propuesta del Jurado.

• Los relatos no premiados podrán ser retirados en el plazo máximo de un mes, contando desde el día siguiente a la proclamación del trabajo ganador, poniéndose en contacto a través de los correos electrónicos de la Asociación

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• Transcurrido ese tiempo, no podrá realizarse reclamación alguna en este sentido. La entidad organizadora no se responsabiliza de las posibles pérdidas o deterioros de los originales, antes de llegar a la sede social de la Asociación.

 6.- El ganador de los trabajos de investigación y divulgación histórica cede a la entidad organizadora los derechos sobre la primera edición.

Si una vez otorgado el Premio se comprobara que la persona ganadora no ha cumplido las bases de este certamen, esta persona se compromete a la devolución del premio, así como a las demás reclamaciones que se le pudieran atribuir.

 7.- Jurado: El Jurado estará compuesto por 3 personas de reconocido prestigio en el mundo de la cultura; y su composición no se hará pública hasta el mismo día de la concesión del premio.

8.- Fallo: El fallo del Jurado será inapelable, y se hará público en Plasencia el día 16 de enero de 2014, reservándose la entidad organizadora el derecho a modificar esa fecha si por alguna circunstancia lo considerase necesario. En cualquier caso, el resultado del premio se comunicará personalmente al ganador.

Los participantes aceptan que su nombre e imagen pueda utilizarse en los diferentes medios publicitarios que se empleen para divulgar este Premio de Investigación.
www.escritores.org
 9.- Aceptación: La participación implica la total aceptación del contenido de sus bases. Cualquier imprevisto no especificado en ellas será resuelto por la Junta Directiva de la Asociación Cultural Placentina “Pedro de Trejo”, cuyas decisiones se comprometen a acatar los participantes. Adicionalmente, para cualquier diferencia que hubiese de ser dirimida por vía judicial, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Plasencia (Cáceres), renunciando a su fuero propio.


Fuente
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 

 

 

 

 

 
 
 
 



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VI CERTAMEN DE RELATO CORTO DEL DISTRITO DE USERA (España)
06-06-2014

Género:   Relato

Premio: 1.000 €

Abierto a: mayores de 16 años, que sean vecinos del Distrito de Usera

Entidad convocante: Distrito de Usera

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  06:06:2014

 

BASES


1.- OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

El Distrito de Usera establece las bases reguladoras del VI Certamen de Relato Corto del Distrito de Usera, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación y convocatoria de dicho certamen, con el fin de fomentar la participación de los vecinos y las vecinas del Distrito de Usera con inquietudes en el campo de la creación literaria, concretamente en la modalidad de relato corto.

 
2.- RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto, para los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobada por Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2013. En su defecto se regulará por lo dispuesto en la citada ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.

 
3.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO.

La financiación de la presente convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 2014-001-212-334.01-482.03.- Actividades Culturales. Premios, del presupuesto municipal de gastos de 2014, con un importe de 1.800,00 euros.

4.- PARTICIPANTES.

Podrán participar en este certamen todas las personas físicas de nacionalidad española y extranjera, mayores de 16 años, que sean vecinos del Distrito de Usera, debiendo cumplir los participantes ambos requisitos el 6 de junio de 2014, última fecha para la entrega de las obras. La acreditación de la edad y el domicilio se comprobará con la aportación de fotocopia del DNI, pasaporte o NIE.

En el caso de que el domicilio que figure en la documentación presentada no pertenezca al Distrito de Usera, deberá aportarse la

inscripción en el padrón municipal.

No podrán participar los miembros del jurado.

Las personas interesadas en participar podrán informarse previamente en la Secretaría de los Centros Culturales o en la Unidad de

Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas que cumpliendo los requisitos específicos de participación recogidos en las presentes bases, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en la citada disposición.

Los participantes deberán cumplimentar el ANEXO I, que acompaña a la presente convocatoria, en el que se recoge la Declaración0 Responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de la Ley General de

Subvenciones y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones. Este documento se publica, conjuntamente con la convocatoria, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, asimismo será facilitado en la Secretaría de los Centros Culturales o en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito de Usera y deberá ser presentado una vez cumplimentado y firmado junto con el relato que se presente a concurso.

No se podrá participar en el certamen sin la acreditación de dichos requisitos.

 
5.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS RELATOS.

Los relatos serán de tema libre, escritos en castellano, originales e inéditos, debiendo cumplir la condición de no haber sido premiados en ningún otro certamen ni publicados en soporte físico y/o digital.

El desarrollo de la acción se situará, al menos en algún momento de la misma, en el Distrito de Usera.

La extensión de las obras deberá ser de un mínimo de 5 y un máximo de 10 páginas, en formato de 21x 29,7 cm (DIN A4), impresas a una sola cara con interlineado doble, tamaño de fuente 12 y tipo de letra arial.

 
6.- NORMAS DE CELEBRACIÓN DEL CERTAMEN.

Las obras se presentarán en formato papel, en un sobre en el que figure en el anverso el seudónimo del autor y el título de la obra. A su vez, se adjuntará un sobre cerrado en cuyo anverso figure el seudónimo del autor y el título de la obra y en su interior se incluirán los datos del participante (nombre y apellidos, domicilio, correo electrónico y teléfonos de contacto) y una fotocopia del DNI o del pasaporte.

Los originales de las obras podrán entregarse desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid hasta el día 6 de Junio de 2014.

La presentación de las obras se realizará por correo postal o personalmente en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito de Usera (avenida de Rafaela Ybarra, 41, 2.ª planta, 28026 Madrid, teléfono 91 5887285), de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

 
7.- ÓRGANO COMPETENTE PARA LA VALORACIÓN DE LOS RELATOS.

Las obras serán valoradas por un jurado presidido por el Concejal Presidente del Distrito de Usera o persona en quien delegue, e integrado por los siguientes vocales: un miembro de cada uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal, un representante de las entidades vecinales del distrito inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, un director de un centro cultural del distrito. Actuará como secretaria, la Jefa de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, o funcionario en quien delegue.

Se valorará especialmente por el jurado el hecho de que aparezca reflejada de manera expresa en la trama del relato la realidad social del Distrito de Usera.

Los criterios a tener en cuenta en la preselección y en la valoración de las obras seleccionadas (máximo 20 puntos) serán:

a) Los valores artísticos del relato (hasta 10 puntos).

b) Creatividad, calidad técnica y artística (hasta 10 puntos).

Habrá un único acta del certamen, en la cual se reflejarán los componentes del jurado, las puntuaciones emitidas por cada uno de ellos, los datos de los ganadores y todas aquellas incidencias que el jurado considere dignas de resaltar.

El fallo del jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes del 20 de junio de 2014, comunicándose a los premiados de manera individual y publicándose posteriormente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

El jurado es el único responsable de la interpretación de estas bases, así como de la resolución de cualquier incidencia que pudiera presentarse en el desarrollo del certamen.

 
8.- PREMIOS.

Los premios tienen una dotación económica total de 1.800,00 euros, estableciéndose los siguientes:

1.er premio: 1.000,00 euros y placa de reconocimiento.

2.º premio: 500,00 euros y placa de reconocimiento.

3.º premio: 300,00 euros y placa de reconocimiento.

Será de aplicación a los premios en metálico, la legislación vigente en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.

El pago de los premios se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del ganador. Debiendo presentar en el plazo de 2 días hábiles, desde que se comunique la concesión de los premios, el modelo de impreso denominado "Alta de Pago por Transferencia" que se facilitará a los premiados en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas.

El acto de entrega de las placas de reconocimiento concedidas tendrá lugar durante la celebración de las Fiestas de Usera 2014, en el

día y la hora que se determine.

Los premios podrán declararse desiertos, si así lo estimase el jurado.

 
9.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN.

La instrucción del procedimiento corresponde al Gerente del Distrito, a través de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas.

El Concejal Presidente resolverá el procedimiento de acuerdo con la propuesta del jurado.

El plazo máximo de resolución no podrá exceder de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria.

La resolución por la que se conceden los premios pondrá fin a la vía administrativa.

Se prescinde del trámite de audiencia, según el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que los aducidos por el interesado.

 
10.- CESIÓN DE DERECHOS DE LAS OBRAS.

Todos los derechos de las obras premiadas pasarán a poder del Ayuntamiento de Madrid, incluyendo entre otros los de reproducción, transmisión, distribución, transformación y, en general, todas las modalidades de explotación y medios de difusión conocidos en la fecha de otorgamiento del premio. Los autores no devengarán por ningún concepto otra cantidad distinta de los premios recibidos. La organización podrá suscribir con terceros los acuerdos oportunos para posibilitar la óptima explotación de las obras premiadas en las diversas modalidades que estime oportunas.

Los ejemplares de las obras no premiadas serán destruidos tras el fallo del jurado, no contemplándose en ningún caso la devolución de los mismos.

 
11.- ACEPTACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS.

La participación en el certamen implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria.

La organización se reserva el derecho a modificar las bases o adoptar decisiones sobre aspectos no regulados en las mismas, por razones de interés público que contribuyan a un mayor éxito del certamen.

Los datos registrados por los participantes serán recogidos y tratados conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y a la Ley 87/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

 
12.- PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
www.escritores.org
La convocatoria del certamen se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica, junto con los datos y documentos que establece el artículo 6 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos. El Anexo I se publicará en la Sede Electrónica: (https://sede.madrid.es) y en la página web del Ayuntamiento de Madrid: (www.madrid.es), sin perjuicio de la publicidad que, a través de los medios de comunicación y otras fórmulas, se realice por el distrito para una mayor difusión del mismo.

 
Fuente 

 

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CONCURSO LE PETIT PRINCE- EL PRINCIPITO “UN DESEO PARA EL PLANETA” (Paraguay)
05-06-2014

Género:   Relato infantil

Premio: Publicación

Abierto a: entre 5 y 18 años

Entidad convocante: Naciones Unidas

País de la entidad convocante: Paraguay

Fecha de cierre:  05:06:2014

 

BASES


¿Tenés entre 5 y 18 años? Te proponemos inspirarte en el cuento El Principito y responder la pregunta:

¿Están vigentes los valores en la historia El Principito?

 Deja que tu inspiración y creatividad te guíen y den vida a tus sueños.

Envíanos tu cuento o dibujo al mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 5 de junio 2014, el Día Mundial del Medio Ambiente .

 Los premios serán anunciados en la sede las Naciones Unidas en Septiembre, 2104 durante la conmemoración del Día Internacional de la Paz.

Más sobre el Concurso:

Serán otorgados tres premios para cada categoría de edad (5-8, 7-12, 13-15 y 16-18) y las presentaciones ganadoras serán publicadas en el sitio web de las Naciones Unidas.

Los participantes deben incluir: nombre, apellido, fecha de nacimiento y sus correos electrónicos.

 Todos los dibujos deben ser digitalizados y el texto de sus presentaciones, en inglés o francés, no deben exceder las 500 palabras.

 Los participantes se reservan el derecho de propiedad de sus dibujos o textos, pero al participar en el concurso, se comprometen a otorgar a las Naciones Unidas el derecho exclusivo, irrevocable para utilizar el contenido de sus presentaciones, de forma parcial o total, sin ninguna compensación.

Los ganadores deberán presentar prueba de su fecha de nacimiento.
www.escritores.org
Centro de Información de las Naciones Unidas en Asunción - Tel. (021) 614 443

mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 Fuente  
 

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PREMIOS LITERARIOS EUSKADI 2014 (España)
30-06-2014

Género:   Literatura y ensayo

Premio:  18.000 euros y edición

Abierto a:  ligazón a la Comunidad de Euskadi

Entidad convocante:  Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   30:06:2014

 

BASES

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regulan y convocan los Premios literarios Euskadi en el ejercicio 2014.
Los premios literarios Euskadi, en sus diferentes modalidades, premian la calidad de obras literarias publicadas el año anterior, promocionando así la creación de escritores, traductores e ilustradores en el ámbito de la expresión literaria.

 Estos premios, convocados anualmente, permiten la divulgación de las obras premiadas y facilita, de este modo, el conocimiento de los autores y autoras, así como del resto de su producción literaria.

 La repercusión y trascendencia lograda en el sector del libro y la literatura han convertido a estos premios en uno de los instrumentos más idóneos para la promoción y difusión de la literatura vasca.

Entre los cometidos que corresponden al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura se encuentra el fomento de actividades que propicien la creación literaria. Por lo tanto, en cumplimiento de sus funciones, el Departamento cree procedente regular y convocar los premios literarios Euskadi en sus diferentes modalidades.

 BASES

 Artículo 1.– Objeto.

1.– Es objeto de la presente Orden regular y convocar los premios literarios Euskadi, en sus siete modalidades:

a) Literatura en euskera.

b) Literatura en castellano.

c) Literatura infantil y juvenil en euskera.

d) Traducción literaria al euskera.

e) Ilustración de obra literaria.

f) Ensayo en euskera.

g) Ensayo en castellano.

2.– Cada uno de los premios pretende distinguir la obra de aquellas autoras y autores vivos que, conforme al criterio de especialistas en la materia, resulten sobresalientes en cualquiera de los géneros literarios previstos.

 
Artículo 2.– Naturaleza de los premios.

1.– Los premios literarios Euskadi, estarán dotados con 18.000 euros brutos para cada una de las modalidades, que serán entregados a las y los autores de las obras que resulten premiadas. Las personas premiadas recibirán también un ejemplar numerado de la escultura «Libro Navegable» realizada por José Ibarrola Bellido para los premios literarios Euskadi.

2.– El premio conllevará, asimismo, para los autores de las obras premiadas (excepto en la modalidad de traducción al euskera), la concesión de 4.000 euros brutos tras la formalización de un contrato de edición de la obra premiada en un idioma diferente al original.

3.– En los casos en que la o el creador de la obra sea más de una persona, y de no expresarse lo contrario en la propia obra, se entenderá que la participación en la creación de la obra presentada es la misma para todos ellos, y la cantidad del premio será dividida entre ellos en partes iguales. En estos casos, los creadores recibirán cada uno un ejemplar de la escultura «Libro Navegable».

 
Artículo 3.–Órgano gestor.

La gestión de la presente convocatoria corresponderá a la Dirección de Promoción de la Cultura del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

 
Artículo 4.– Requisitos de las obras.

1.– Podrán optar a los premios literarios Euskadi los libros escritos, traducidos o ilustrados por autores y autoras vivos en el momento de la publicación que, cumpliendo con los requisitos legales exigidos para su edición, hayan sido publicados por primera vez en el año 2013. Se entenderá el concepto de libro según la definición dada por la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas en su artículo 2.a) «Libro: obra científica, artística, literaria o de cualquier otra índole que constituye una publicación unitaria en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura». En el supuesto de que existieran dudas con relación a la fecha real de edición, se entenderá por año de publicación el que aparece en el número del Depósito Legal. El autor o autores de la parte escrita o gráfica de la obra que se presenta al premio deberán ser personas físicas.

2.– No obstante, no serán tenidas en cuenta para cada modalidad aquellas obras que pese a reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior hayan sido escritas, traducidas o ilustradas por personas galardonadas con el presente premio en alguna de las tres ediciones anteriores en la misma modalidad.

3.– Requisitos de las obras para cada modalidad.

a) Literatura en euskera: obras de creación literaria escritas originalmente en euskera y publicadas por primera vez en el año 2013.

b) Literatura en castellano: obras de creación literaria escritas originalmente en castellano y publicadas por primera vez en el año 2013.

c) Literatura infantil y juvenil en euskera: obras de creación literaria, de carácter infantil y juvenil, escritas originalmente en euskera y publicadas por primera vez en el año 2013.

d) Traducción literaria al euskera: obras nuevas de traducción literaria desde cualquier otra lengua al euskera, publicadas por primera vez en el año 2013. Podrán optar al premio aquellas obras que se editen con otra traducción de idéntica obra, publicada al menos diez años antes por otro profesional de la traducción.

e) Ilustración de obra literaria: obras de carácter literario publicadas, en forma de libro en el año 2013, ya sean álbumes, libros ilustrados, novelas gráficas o cómics, que contengan una parte significativa de ilustración. La parte ilustrada de la obra debe ser original, no publicada anteriormente como libro.

f) Ensayo en euskera: obras de ensayo escritas originalmente en euskera y publicadas por primera vez en el año 2013.

g) Ensayo en castellano: obras de ensayo escritas originalmente en castellano y publicadas por primera vez en el año 2013.

4.– Además, en las modalidades de literatura en castellano, ilustración de obra literaria y ensayo en castellano, todos los autores y autoras habrán de cumplir, al menos, uno de estos requisitos.

a) Haber nacido en la Comunidad Autónoma de Euskadi o tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento de la publicación de esta Orden, o haber tenido vecindad administrativa durante un período mínimo de un año en la Comunidad Autónoma de Euskadi con anterioridad a la publicación de esta Orden.

b) En las modalidades de literatura en castellano y ensayo en castellano, pertenencia de los escritores o escritoras como personas físicas a alguna asociación de escritores sita en la Comunidad Autónoma de Euskadi. En el caso del premio a la ilustración de obra literaria, pertenencia del ilustrador o ilustradora como persona física a alguna asociación de ilustradores sita en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

c) Haber publicado la obra aspirante al premio en una editorial radicada en la Comunidad Autónoma de Euskadi o asociada al Gremio de Editores de Euskadi o a la Asociación de Editores en Lengua Vasca.

 
Artículo 5.– Presentación de obras, documentación y plazo.

1.– Las candidaturas a los premios para cada modalidad serán presentadas por el Jurado correspondiente, que podrá tener en cuenta propuestas provenientes del sector a través de la representación que las asociaciones estratégicas sectoriales ostentan en los tribunales.
Los integrantes del Jurado remitirán sus candidaturas a la Dirección de Promoción de la Cultura, c/ Donostia-San Sebastián, 1 (01010) Vitoria-Gasteiz, por cualquiera de los modos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las candidaturas deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 4, y en el caso de que sea necesario acreditar el cumplimiento de algún requisito para poder participar en los Premios, se le requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, acompañe los documentos preceptivos.
Si así no lo hiciera, no se considerará la propuesta de la obra a los premios.
Se notificará a los autores y autoras de las candidaturas presentadas por los jurados su participación en los premios.
El plazo de presentación de candidaturas a los premios, comenzará el día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, y finalizará el día 30 de junio de 2014.
 
2.– No podrán concurrir a estos premios, durante el período que establezca la correspondiente sanción, quienes hayan sido sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursos en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

3.– Sólo en el caso de que la parte gráfica se presente a la modalidad de Ilustración, y la parte escrita a alguna de las otras modalidades, podrá ser presentada la misma obra en dos modalidades de los premios.

 
Artículo 6.– Los jurados.

1.– La propuesta de obras a los premios, la evaluación de la calidad de las obras y la propuesta de concesión de los premios literarios Euskadi, en sus diferentes modalidades, corresponderá a un jurado compuesto por cinco personas.Éstas deberán abstenerse y podrán ser recusadas en los términos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los miembros de los jurados deberán guardar la confidencialidad de la información de que tengan conocimiento por tomar parte en el tribunal.

2.– En el momento de formar el jurado se cumplirá lo establecido en el artículo 3.7 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Los miembros del jurado, serán designados por la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, ostentando uno de ellos la presidencia del mismo.

3.– Miembros del jurado para cada modalidad.

a) Literatura en euskera:

– La persona ganadora el año anterior.

– Una persona propuesta por la asociación Euskal Idazleen Elkartea (EIE).

– Una persona propuesta por la Universidad del País Vasco.

– Dos personas de reconocida competencia y prestigio en el ámbito literario propuestas por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

b) Literatura en castellano:

– La persona ganadora el año anterior.

– Una persona propuesta por la Asociación de Escritores de Euskadi (AEE-EIE).

– Una persona propuesta por la Universidad del País Vasco.

– Dos personas de reconocida competencia y prestigio en el ámbito literario propuestas por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

c) Literatura infantil y juvenil en euskera:

– La persona ganadora el año anterior.

– Una persona propuesta por la asociación Galtzagorri.

– Una persona propuesta por la Asociación Vasca de Profesionales de Archivos, Bibliotecas y Centros de Documentación (ALDEE).

– Una persona propuesta por la Universidad del País Vasco.

– Una persona de reconocida competencia y prestigio en el ámbito literario propuesta por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

d) Traducción literaria al euskera:

– Las dos personas ganadoras el año anterior.

– Una persona propuesta por la asociación Euskal Itzultzaile Zuzentzaile eta Interpreteen Elkartea (EIZIE).

– Una persona propuesta por Euskaltzaindia.

– Una persona propuesta por la Universidad del País Vasco.

e) Ilustración de obra literaria:

– La persona ganadora el año anterior.

– Una persona propuesta por la Asociación Profesional de Ilustradores de Euskadi (APIE).

– Una persona propuesta por la Universidad del País Vasco.

– Dos personas de reconocida competencia y prestigio en el ámbito de la ilustración, propuestas por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

f) Ensayo en euskera:

– La persona ganadora el año anterior.

– Una persona propuesta por la Universidad del País Vasco.

– Una persona propuesta por la Universidad de Mondragón.

– Una persona propuesta por la asociación Euskal Idazleen Elkartea (EIE)

– Una persona de reconocida competencia y prestigio en el ámbito del ensayo, propuesta por

el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

g) Ensayo en castellano:

– La persona ganadora el año anterior.

– Una persona propuesta por la Universidad del País Vasco.

– Una persona propuesta por la Universidad de Deusto.

– Una persona propuesta por la Federación de Asociaciones de Librerías de Euskadi (FALE).

– Una persona de reconocida competencia y prestigio en el ámbito del ensayo, propuesta por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

4.– Ejercerá las funciones de secretaría de los jurados un funcionario o funcionaria del Gobierno Vasco, designado por la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, que actuará con voz pero sin voto. Y será presidente o presidenta de cada uno de los jurados la persona ganadora del premio el año anterior. En caso de ser dos los ganadores de la edición anterior, en la primera reunión del jurado se decidirá cuál de ellos ocupará la presidencia.

5.– La composición de los jurados se hará pública antes de su primera reunión, mediante la inserción en el BOPV de la Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura.

6.– Los jurados, para el desarrollo de su trabajo, tendrán en cuenta los siguientes criterios para cada modalidad.

a) En las modalidades de literatura en euskera, literatura en castellano y literatura infantil y juvenil en euskera:

– Calidad literaria de los trabajos. Máximo: 40%.

– Originalidad. Máximo: 30%.

– Idoneidad del lenguaje literario. Máximo: 30%.

b) En la modalidad de traducción literaria al euskera:

– Adecuación del registro. Máximo: 40%.

– Asimilación del espíritu del original. Máximo: 30%.

– Respuesta a los valores y lenguaje literario. Máximo: 30%.

c) En la modalidad de ilustración de obra literaria:

– Calidad de las ilustraciones. Máximo: 40%.

– Originalidad. Máximo: 30%.

– Idoneidad del lenguaje gráfico. Máximo: 30%.

d) En las modalidades de ensayo en euskera y ensayo en castellano:

– Calidad de los trabajos. Máximo: 40%.

– Creatividad y originalidad del tema abordado. Máximo: 30%.

– Idoneidad del lenguaje utilizado. Máximo: 30%.

 
Artículo 7.– Fallo del premio.

1.– Cada jurado formulará una propuesta razonada de concesión de premio para su modalidad. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos, pudiendo dirimir la o el Presidente los empates que se puedan producir. El o la Secretaria del Jurado levantará actas de cuantas actuaciones y acuerdos se adopten, debiendo figurar el dictamen razonado que fundamente el fallo del premio.

2.– La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura ratificará la propuesta del jurado mediante la correspondiente Orden, designando la obra merecedora del premio Euskadi para cada modalidad, Orden que será notificada a cada uno de los y las interesadas, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de esta orden en el boletín.

3.– Se publicará en un único anuncio en el BOPV una relación de las personas y obras premiadas para cada modalidad, sin perjuicio de cuantas actividades difusoras emprenda el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura ante los medios de comunicación.

4.– La propuesta de concesión del premio para cada modalidad podrá consistir en la declaración de desierto del mismo cuando el jurado estime que ninguna de las obras reúne los requisitos de calidad exigibles.

5.– La entrega de los premios se hará en un acto público convocado al efecto.

 
Artículo 8.– Pago del premio.

1.– El abono del premio se realizará una vez adoptada la Orden que concede el premio, en un plazo máximo de tres meses, previa aceptación del premio por parte de las personas premiadas. En este sentido, se entenderá que éste queda aceptado si en el plazo de diez días a partir del día siguiente de la notificación de la orden, la persona autora de la obra no renuncia expresamente y por escrito al premio.

2.– El pago de la cuantía a otorgar al autor o autora de la obra premiada (excepto en la modalidad de traducción) por la formalización del contrato para la edición de la misma en idioma diferente al de la obra premiada se realizará a partir del siguiente ejercicio, previa acreditación de su suscripción ante la Dirección de Promoción de la Cultura del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. La misma deberá realizarse mediante la remisión de una copia del contrato, con anterioridad al 31 de diciembre de 2015.

3.– Asimismo, el autor o autora de la obra premiada deberá remitir a la Dirección de Promoción de la Cultura del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura dos ejemplares de la obra traducida a la lengua de elección en el plazo máximo de un mes desde su edición.

 
Artículo 9.– Incumplimientos.

El incumplimiento de cualquier obligación establecida en la presente convocatoria, así como en cualquier disposición de carácter general aplicable a la misma, dará lugar a la aplicación de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y en el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión.

 
DISPOSICIÓN ADICIONAL

 De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados por los interesados y que figuran en las candidaturas serán incluidos en un fichero de la titularidad de la Dirección de Promoción de la Cultura del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura denominado Ayudas y subven. Creación cultural del Departamento de Cultura, regulado en la Orden de 27 de julio de 2006, cuya finalidad es la gestión de los expedientes de ayuda, previamente notificado a la Agencia Vasca de Protección de Datos y que cuenta con las medidas de seguridad necesarias para garantizar la total seguridad de los datos, los cuales no serán comunicados a terceros fuera de los supuestos habilitados legalmente.

De acuerdo con la normativa existente sobre protección de datos de carácter personal, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, dirigiéndose para ello a la siguiente dirección: calle Donostia-San Sebastián 1, 01010 Vitoria-Gasteiz.

 
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

En todo lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación supletoria la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.

 
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
www.escritores.org
La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

 Fuente
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 

 

 

 

 

 
 
 
 


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CONCURSO LITERARIO "DEJÉ DE FUMAR" (Argentina)
30-09-2014

Género: Relato

Premio: cámara de fotos digital

Abierto a: personas que residan en la República Argentina, mayores de dieciocho (18) años

Entidad convocante: Programa de Prevención y Control de Tabaquismo dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

País de la entidad convocante: Argentina

Fecha de cierre:  30:09:2014

 

BASES

 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES CONCURSO LITERARIO: DEJÉ DE FUMAR. TE CUENTO MI HISTORIA
 
El Programa de Prevención y Control de Tabaquismo dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convoca al Concurso literario, público y gratuito, denominado: "Dejé de fumar. Te cuento mi Historia", destinado a personas mayores de 18 años que alguna vez hayan sido fumadoras y hayan abandonado el hábito.
 
01. OBJETIVO
El objetivo del concurso es fomentar la concientización sobre el beneficio de dejar de fumar y la promoción de la participación ciudadana.
Se trata de un concurso literario, donde los participantes deben escribir su experiencia personal referida al tabaquismo. El mismo consistirá en redactar los motivos y sensaciones que llevaron a la persona a tomar la decisión de dejar de fumar: emociones vividas, el apoyo de familiares y amigos, métodos y estrategias utilizados, etc.
Finalizado el concurso se elegirán los mejores 15 relatos literarios, que serán editados en una publicación.
 
02. PARTICIPACIÓN
El presente concurso es abierto, de inscripción gratuita y está dirigido a personas que residan en la República Argentina. Puede participar cualquier individuo mayor de dieciocho (18) años, que alguna vez haya sido fumador y haya abandonado el hábito.
Las obras literarias que se redacten deben ser inéditas y escritas con una extensión mínima de 500 palabras y máximo de 1500 palabras. Sólo se aceptará una obra por autor y deberá estar escrita en español. La redacción podrá presentarse en cualquier formato literario: cuento, carta, poesía, ensayo, versos, fábula, etc.
No se aceptarán obras que indiquen directamente leyendas o marcas que puedan interpretarse -a juicio del jurado-como publicidad y todas deberán responder sin excepción al tema central del presente concurso.
 
Quedan excluidas de la presente convocatoria todas aquellas personas que pertenezcan a alguna de las dependencias de la Dirección General de Redes y Programas de Salud, del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, bajo alguna de las modalidades de contratación enunciadas en la Ley N° 471.
 
03. CONTACTO E INFORMACIÓN VÍA WEB Se podrá solicitar la información necesaria del concurso y realizar contacto con el Programa de Prevención y Control de Tabaquismo a través de la página Web del Gobierno de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/salud o solicitar información mediante correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
 
04. INSCRIPCIÓN Para la inscripción definitiva al concurso será necesario completar todos los campos del formulario de inscripción que figuran en la página Web www.buenosaires.gob.ar/salud La obra literaria deberá ser copiada y pegada en el campo que indique el formulario. No se permitirá la carga de aquellos trabajos que no cumplan con todos los parámetros mencionados.
 
05. PLAZOS
• Plazo de admisión: desde el treinta y uno (31) de mayo de 2014 hasta el treinta (30) de septiembre de 2014 inclusive.
• Selección de las obras finalistas: Desde el primero (1) de octubre, hasta el 31 de octubre de 2014, inclusive.
• Notificación de las obras seleccionadas en la página Web: cinco (5) de noviembre de 2014.
 
La Dirección General de Redes y Programas de Salud se reserva el derecho de prorrogar y/o modificar el calendario del presente concurso en su calidad de ente rector, cuando así lo entienda necesario.
 
06. PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS OBRAS
Para juzgar la obra literaria se tomará en cuenta la claridad del mensaje, la originalidad y la fuerza testimonial. El texto debe tener concordancia con el tema propuesto y se valorará que la obra presentada, contenga un mensaje esperanzador para personas fumadoras que aún no han tenido la voluntad de abandonar el hábito de fumar. La calidad literaria no será elemento primordial a tener en cuenta.
 
07. JURADO La coordinación del concurso está a cargo del Programa de Prevención y Control de Tabaquismo, quien designará al jurado. El jurado estará integrado por cinco (6) personas: un funcionario del Ministerio de Salud; un funcionario del Programa de Prevención y Control de Tabaquismo; y cuatro (4) jurados designados ad-hoc, El sistema de calificación, selección y votación de las obras presentadas será establecido por dicho Programa. Las deliberaciones de los jurados serán secretas. El fallo definitivo será inapelable y se adoptará por mayoría simple. Los resultados se darán a través de la publicación del sitio web del Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires www.buenosaires.gob.ar/salud
 
08. ENTREGA DE PREMIOS La entrega de premios se celebrará en un evento a realizarse en el marco del Día Internacional del Aire Puro, en el mes de noviembre de 2014, al que los premiados comprometen su asistencia. En caso de que el ganador no tenga domicilio en la ciudad de Buenos Aires, el premio le será enviado a su domicilio, a excepción de que manifieste su voluntad de concurrir al evento, haciéndose cargo de los gastos que demande.
El referido evento será informado oportunamente a los fines de que puedan asistir todos los participantes.
 
09. PREMIOS:
Se entregarán los siguientes premios que no podrán ser declarados como desiertos:
1º.- Premio: cámara de fotos digital.
2º.- Premio: MP3.
3º.- Premio: MP3.
4º a 12º.- Mención por presentación seleccionada.
 
Todas las obras seleccionadas -premios y menciones- serán editadas en una publicación que será presentada en el evento por el día Internacional del Aire Puro. Dicho publicación será de distribución gratuita.
 
10. AUTORIZACIONES
Tanto las obras que reciban premio como las menciones, podrán ser utilizadas en las actividades y proyectos de promoción cultural, tales como reproducción, impresión, publicación, exposición y toda difusión que el Programa de Prevención y Control del Tabaquismo considere pertinente, mencionándose oportunamente, y en caso de creerlo conveniente, dependiendo del tipo de presentación, el nombre del autor y título de la obra, sin que esto genere derecho de retribución y/o compensación económica alguna a favor del autor de éstas.
Los relatos publicados pasarán a ser propiedad del Programa de Prevención y Control del Tabaquismo de la Ciudad de Buenos Aires, y podrán ser utilizadas para la realización de campañas publicitarias relacionadas con el tema. El Programa adquiere el compromiso de identificar la autoría del relato cuando sea reproducido por parte de la propia entidad, en cualquier soporte.
El presente concurso se hace bajo la normativa de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, sus actualizaciones, jurisprudencia y convenios internacionales vigentes en Argentina.
Los participantes cuyas obras resulten premiadas y/o mencionadas autorizan también, sin límite de tiempo, a difundir sus nombres e imágenes en los medios y formas que el Gobierno de la Ciudad considere conveniente sin derecho a retribución alguna. Los participantes manifiestan saber que sus obras serán susceptibles de ser descargadas por otros usuarios de la página web del Ministerio de Salud, por lo que renuncian a cualquier tipo de reclamo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, derivado de la difusión de las mismas o cualquier tipo de uso que pudieran o darle a las mismas estos terceros.
 www.escritores.org
11. ACEPTACIÓN
La participación de este concurso implica la aceptación sin reservas de estas bases y reglamento, así como también de los procedimientos o sistemas establecidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la ejecución del presente concurso.
Todo caso no previsto por estas bases y reglamento será resuelto por el Programa de Prevención y Control de Tabaquismo, dependiente de la Dirección General de Redes y Programas del Ministerio de Salud, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se exime expresamente de toda responsabilidad causada por cualquier daño o perjuicio sufrido o causado por el participante.
 
 
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