Concursos Literarios

 

 

 


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XIII PREMIO NACIONAL DE CUENTO AGUSTÍN YÁÑEZ (México)

12:08:2016

Género: Cuento

Premio:   $100.000

Abierto a: escritores residentes en la República Mexicana

Entidad convocante:  Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de Jalisco y la Cátedra de Literatura y Artes Agustín Yáñez

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   12:08:2016

 

BASES

 
La Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de Jalisco y la Cátedra de Literatura y Artes Agustín Yáñez

www.escritores.org
CONVOCAN al

XIII Premio Nacional de Cuento Agustín Yáñez

1. Pueden participar todos los escritores residentes en la República Mexicana.

2. Los concursantes deben enviar un libro inédito de cuentos, escrito originalmente en Español, comprendidos bajo un solo título, con una extensión mínima de 60 cuartillas y máxima de
120. En cuanto al tema, de acuerdo con el espíritu de la obra de Agustín Yánez, los trabajos deben contribuir en alguna forma al enriquecimiento o recuperación de la memoria colectiva de los mexicanos.

3. El libro se entregará impreso ( con letra Arial de 11 puntos, a doble espacio, en papel tamaño carta y por una sola cara), por triplicado y engargolado.

4. El trabajo se firmará con seudónimo. En un sobre cerrado adjunto, con el seudónimo escrito en su exterior, se incluirán los siguientes datos del concursante: nombre completo, domicilio, número telefónico de casa y de celular, correo electrónico, copia de una identificación, breve currículum y una fotografia en alta definición (300 DPI).

5. Los concursantes enviarán sus trabajos a la siguiente dirección:

PREMIO NACIONAL
DE CUENTO AGUSTÍN YÁÑEZ
Secretaría de Cultura Jalisco
Coordinación de Literatura
Reforma 425, mezzanine, Colonia Centro,
C.P. 44100, Guadalajara, Jalisco
Teléfono 01 (33) 30304500, extensión 54797

6. No podrán participar: las obras que hayan sido premiadas en certámenes similares; los trabajos que se encuentren inscritos en otros concursos en espera de dictamen; autores que hayan recibido el premio en emisiones anteriores y personal adscrito a la Secretaría de Cultura Jalisco.

7. El certamen queda abierto a partir de la publicación de la presente convocatoria y se cierra el 12 de agosto de 2016. Los envíos serán hechos por cuenta y riesgo de los participantes; en virtud de ello, se recomienda usar el servicio de empresas de mensajería. Después del 12 de agosto sólo se aceptarán aquellos textos enviados por correo o cualquier empresa de mensajería, que se reciban hasta cinco días hábiles después del cierre, siempre y cuando la fecha de envío no sea posterior al cierre de la convocatoria.

8. Los trabajos serán evaluados por un jurado calificador integrado por especialistas de reconocido prestigio, cuyos nombres serán dados a conocer al emitirse el fallo.

9. Una vez emitido el fallo del jurado -que será inapelable-, se procederá ante notario a la apertura de la plica de identificación de quien resulte ganador, y de inmediato le será notificado, así como divulgado en octubre a través de la página de intemet de la Secretaría de Cultura. El resto de las plicas, al igual que los trabajos no premiados, serán destruidas, por lo que no se devolverá ningún trabajo.

10. El PREMIO NACIONAL DE CUENTO AGUSTÍN YÁÑEZ consiste en la cantidad única e indivisible de $100,000.00 ( cien mil pesos 00/100 M.N.). La entrega del Premio tendrá lugar en octubre de 2016, en ceremonia especial, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco. La Secretaría de Cultura dará a conocer con oportunidad la fecha precisa de premiación.

11. El transporte del ganador y su alojamiento en Guadalajara serán solventados por la Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de Jalisco.

12. Para efectuar el pago del premio, será requisito indispensable que el ganador se encuentre inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes.

13. Los organizadores y el jurado calificador tienen la facultad de descalificar cualquier trabajo que no reúna los requisitos exigidos en esta convocatoria.

14. En caso de que a criterio del jurado calificador los trabajos recibidos no tengan la calidad literaria por ellos exigida, este certamen puede declararse desierto.

15. Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el jurado calificador y por los convocantes.

16. La participación en este concurso implica la total aceptación de estas bases, por parte de los concursantes.

17. Mayores informes en la Coordinación
de Literatura de la Secretaría de Cultura,
al teléfono 01 (33) 3030 4500 o al
correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La presente convocatoria se emite el 5 de mayo de 2016, con fundamento en los artículos 24, fracciones VII y IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y 6 fracciones I, 111 y XV de la Ley de Fomento a la Cultura del Estado de Jalisco.


Fuente: sc.jalisco.gob.mx

 


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NOVENO PREMIO NACIONAL DE LIBRERÍA (México)

07:10:2016

Género: Beca modernización

Premio:   $200.000, dotación de libros, beca y estancia

Abierto a: librerías de la república mexicana que cuenten con una antigüedad mínima de dos años

Entidad convocante:  Instituto de Desarrollo Profesional para Libreros S.C (INDELI)

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   07:10:2016

 

BASES

 
El Instituto de Desarrollo Profesional para Libreros S.C (INDELI), con la colaboración de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara (FIL GUADALAJARA), y en estímulo a la modernización de las librerías en México, convocan al:

NOVENO PREMIO NACIONAL DE LIBRERÍA

El concurso tiene como propósito premiar a las librerías que realizan un esfuerzo importante para hacer llegar el libro a los lectores.

Mediante la aportación económica del Premio, se brinda una oportunidad para que el librero ganador optimice las áreas de servicio de su librería de acuerdo a sus necesidades, ya sea en el aspecto físico, el tecnológico o el de formación profesional.

BASES
www.escritores.org
1. Podrán ser candidatas al premio todas las librerías de la república mexicana que cuenten con una antigüedad mínima de dos años.

2. Los participantes deberán presentar a concurso la razón principal para ser merecedores del Premio, con una justificación por escrito en documento de word con tipografía de 12 puntos, a espacio y medio, en formato tamaño carta e impreso por una sola cara.

3. Se deberán anexar los objetivos y resultados de su propuesta, así como fotografías y elementos que apoyen en rubros como su labor en la promoción de la lectura, campañas de marketing, exhibición especial de promoción en el punto de venta, actividades culturales que realiza dentro de la librería o fura de ella; la formación de empleados, la gestión, y su trabajo a favor del libro y de la comunidad a la que sirve. Asimismo, deberá incluir una justificación en donde se mencione en qué -y por qué se utilizará el monto del Premio.

4. Todos los documentos deben ser enviados en soporte digital en un CD, etiquetado con los siguientes datos: nombre de la librería, razón social de la misma, denominación comercial, nombre del apoderado o dueño, alta de Hacienda, cédula fiscal, domicilio, teléfono (s), correo electrónico y copia de identificación oficial del apoderado o dueño. El CD deberá enviarse en un sobre cerrado para su adecuada protección, acompañado de una impresión de todos los documentos a color o en una sola tinta.

5. Los participantes podrán enviar sus propuestas en sobre cerrado al siguiente domicilio: Calle Chimalcoyotl número 53, Colonia José Toriello Guerra. CP 14050, Tlalpan. Ciudad de México. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Teléfonos: 0155-5665-0220 y 5528-2815.

6. La recepción de las propuestas inicia el 11 de julio del año en curso y se cierra el 7 de octubre de 2016. No se recibirán propuestas enviadas por correo cuyo matasellos tenga fecha posterior a la antes indicada.

7. El fallo del jurado será inapelable y el resultado será dado a conocer el 14 de octubre de 2016 a través de un comunicado de prensa

8. El jurado calificador estará integrado por un representante del Indeli, un representante de la FIL Guadalajara, un representante de la Caniem, un representante de la Universidad de las Ciencias y las Artes del Libro, un representante de la Editorial Trillas y un representante de Vergara y Riba Editoras.

9. La librería que resulte ganadora será premiada con $200,000.00 (doscientos mil pesos 00/100 moneda nacional) para ser utilizados en la mejora de actividades para beneficio de los clientes y lectores.

a) Una dotación de libros del sello V&R con valor de $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 moneda nacional).
b) Una beca Indeli para libreros, con valor de $30,000.00 (Treinta Mil Pesos 00/100 M.N.), para que dos personas, para participar en
el vigésimo tercero Congreso de Libreros Mexicanos (Colime), a realizarse en Guanajuato, Guanajuato, del 23 al 26 de marzo del
2017. Esta Beca es intransferible y sólo es aplicable en el año que corresponde (no incluye transportación de ningún tipo).
c) Tres noches de hospedaje en Guadalajara, para recoger el premio y participar durante los días de profesionales en la FIL Guadalajara
2016.

10. El premio se entregará en el marco de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara el día martes 29 de noviembre de 2016.

11. Si el jurado así lo decide, el premio puede declararse desierto.

12. Una vez dado a conocer el nombre del ganador, los demás trabajos estarán a disposición de sus autores durante treinta días naturales, previa solicitud por escrito al Indeli. Pasado este lapso los documentos serán destruidos.

13. Los postulantes, por el solo hecho de participar, autorizan a las instituciones convocantes a utilizar su nombre e imagen para difusión del Premio. Además, el ganador se compromete a participar de manera personal en los actos de premiación y las actividades de promoción.

14. Las instituciones que convocan se eximen de cualquier responsabilidad que se impute a los concursantes por la reproducción parcial o total de los trabajos de terceros, derecho de usos de marca o que infrinjan cualquier ley en la materia, tanto en México como en el extranjero, o cualquier otra disposición legal aplicable, en cuyo caso se atenderá a lo que determinen las autoridades competentes.

15. Cualquier situación no prevista en las presentes bases será resuelta por el Indeli y la FIL Guadalajara.


Fuente


 


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CONVOCATORIA DEL XXVIII PREMIO DE NARRATIVA “SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL” (España)

06:09:2016

Género: novela corta o relato

Premio:    3.000 euros

Abierto a: personas mayores de edad, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   06:09:2016

 

BASES

 
www.escritores.org
1.            OBJETO Y TEMÁTICA

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXVIII Premio de Narrativa “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”.

Cada autor podrá presentar una novela corta o un grupo de relatos cuya extensión no sea inferior a 100 páginas ni superior a 150 páginas, en papel DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cms. y con tipo de letra "Arial" o "Times" y un tamaño de 12 puntos. Se incluirá la numeración de las páginas.  El tema será de libre elección por parte del autor.

Cada autor podrá presentar como máximo dos originales distintos.


2.            DESTINATARIOS/AS

Tendrán derecho a participar todas aquellas personas físicas, de forma individual o colectiva, mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.


3.            CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 3.000 euros.  El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 52300/33400/481.03.00 del vigente Presupuesto (RC 22016003292). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El premio queda sometido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente.

                El Jurado podrá proponer la partición de premio o compartido ex-aequo, aunque podrá declarar desiertos el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.


4.            DOCUMENTACIÓN

El original se presentará en soporte digital (CD o DVD) con el archivo en formato Word o RTF, y un ejemplar original en papel en formato DIN A4 mecanografiado o escrito a ordenador (Word o RTF) a una sola cara, careciendo de ningún detalle que se pueda identificar al autor o autora.

A los originales se le acompañará un sobre cerrado en forma de plica, en cuyo exterior se indicará expresamente el nombre del certamen: XXVIII Premio de Narrativa “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”. 

En el interior del sobre cerrado se depositará la siguiente documentación:

a)            Instancia de solicitud por duplicado en la que se detallen los datos personales del solicitante y breve descripción del proyecto audiovisual.  (Anexo I)

b)           Fotocopia del D.N.I en el caso de ser nacidos en la provincia de Zaragoza, y en caso contrario, certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la provincia de Zaragoza desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso de extranjeros no pertenecientes a la Comunidad Europea, documentación que autorice su permanencia en España según la legislación vigente.

c)            Certificados emitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones así como certificado emitido por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón de no tener deuda pendiente de pago.

d)           Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de  la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).

Aquellos originales que no sean premiados podrán ser retirados por sus autores a partir del primer día hábil siguiente al que se haga pública la resolución de esta convocatoria y hasta un mes después de la referida fecha. Transcurrido dicho período de tiempo serán destruidos y no se devolverán ni se mantendrá correspondencia con los participantes por parte de la Diputación de Provincial de Zaragoza.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos están disponibles en http://cultura.dpz.es y podrán consultarse en la página web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans


5.                            LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Asimismo, las instancias podrán presentarse o efectuarse de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias de participación del las XXVIII Premio de Narrativa “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”, junto con toda la documentación requerida deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza, y se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Zaragoza (sito en Plaza España, 2 de Zaragoza) y de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrán ser remitidos por correo certificado, a portes pagados, a la misma dirección, indicando en el sobre: “Para el premio de Narrativa Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, siempre que dicha remisión se realice antes de finalizar el plazo indicado en esta base.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso que el último día de presentación fuese sábado, domingo o festivo, se entenderá como fin de plazo el primer día laborable siguiente.


6.            PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Área de Cultura y Patrimonio que realizará los siguientes trámites:

6.1.        Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.
6.2.        Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador, que estará formado por el Diputado Delegado de Cultura que actuará como presidente, tres personas especializadas en el mundo de la narrativa y las letras y un funcionario del Servicio de Cultura que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrán los beneficiarios y los nombres de dos suplentes, para el caso de renuncia.

6.3.        Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición de las ayudas o compartidas ex-aequo, e incluso podrá declarar desiertas las mismas si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.4.        Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.5.        Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de diez días. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

6.6.        Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.7.        Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.


7.            RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a los beneficiarios conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrá ser consultada a través de la página http://cultura.dpz.es

La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.
Contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.


8.            PAGO DEL PREMIO

Para el pago del premio, que se abonará en un único plazo dentro del año 2016 y considerando su tratamiento fiscal como “rendimiento del trabajo”, los beneficiarios deberán presentar, también, el modelo 145 de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador (aprobado por Resolución de 3 de enero de 2011, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria) y el documento ficha de terceros cumplimentado, firmado y sellado por el banco, depositario de la cuenta receptora de la ayuda y por el propio beneficiario.



La Diputación Provincial de Zaragoza editará un libro con el trabajo premiado en la colección Baltasar Gracián, reservándose todos los derechos de propiedad de la obra premiada.

El autor premiado recibirá veinticinco ejemplares de la edición realizada, cedidos por Diputación Provincial de Zaragoza. La entrega de los veinticinco ejemplares de los relatos ganadores cubren los derechos de autor de esta edición. La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento.


9.            OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Los beneficiarios deberán comunicar por escrito al Área de Cultura y Patrimonio de la Diputación Provincial de Zaragoza cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.

Las demás obligaciones que para los beneficiarios de subvenciones vienen establecidas en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento de desarrollo de la Ley General de subvenciones, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en la Ordenanza general de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

10. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXVII Premio de Narrativa “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2016, es conforme al Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, aprobado mediante Decreto nº 336 de fecha 24/02/16, si bien se ha incrementado el crédito previsto.

11. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

12. REINTEGRO

En el supuesto de que los ganadores no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad de los premios, lo que conllevará a la obligación del ganador de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.
                                                                             
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.


Fuente y anexos

 


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XVIII PREMIO ESTATAL DE CUENTO Y POESÍA MARÍA LUISA OCAMPO 2016 (México)

23:09:2016

Género: Cuento y poesía

Premio:   $35.000 por categoría y edición

Abierto a: escritores guerrerenses o radicados en el estado de Guerrero

Entidad convocante:  Gobierno del Estado de Guerrero

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   23:09:2016

 

BASES

 
XVIII PREMIO ESTATAL DE CUENTO Y POESÍA MARÍA LUISA OCAMPO 2016 (México)

EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE CULTURA EN COORDINACIÓN CON LA SECRETARÍA DE CULTURA FERDERAL

CONVOCAN AL XVIII PREMIO ESTATAL DE CUENTO Y POESÍA MARÍA LUISA OCAMPO 2016
www.escritores.org
BAJO LAS SIGUIENTES BASES

1. El certamen queda abierto a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y cierra a las 15:00 horas el 23 de septiembre de 2016.

2. Podrán participar todos los escritores guerrerenses o radicados en el estado de Guerrero con por lo menos 3 años de residencia, excepto los autores que trabajen en las instituciones convocantes y quienes hayan obtenido el premio en cualquiera de las emisiones anteriores.

3. Los interesados podrán presentar, en la categoría de Cuento, un volumen de cuentos con una extensión mínima de 40 cuartillas y máxima de 60. En la de Poesía, un libro de poemas con una extensión mínima de 30 cuartillas y máxima de 60.

4. En todas las categorías se entregarán los trabajos por triplicado, debidamente engargolados, en hoja tamaño carta por una sola cara, a doble espacio, con letra Times New Roman a 12 puntos, firmados con seudónimo, acompañados por una plica de identificación (sobre blanco para carta), que en su interior incluya nombre completo del concursante, domicilio, teléfono, correo electrónico, una copia de su credencial de elector y breve ficha curricular. Además un disco compacto con el archivo digital del texto, ambos rotulados con el nombre del certamen, título de la obra, género en el que participa y seudónimo.

5. Las obras participantes deben ser inéditas y no podrán participar trabajos que se encuentren sometidos a dictamen en otros concursos.

6. El empleo de dedicatorias, leyendas o referencias que sugieran la identidad del autor causarán su descalificación.

7. Los miembros del H. Jurado emitirán su fallo el día 24 de octubre de 2016 y su decisión será inapelable. Los resultados se darán a conocer en diarios de circulación estatal y en el portal oficial del Gobierno del Estado de Guerrero. Los ganadores serán notificados vía telefónica.

8. Se otorgará un premio único e indivisible de $35,000.00 (treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) en cada categoría. Si el jurado calificador lo considera pertinente, se otorgarán menciones honoríficas acreedoras a un reconocimiento.

9. Los trabajos ganadores serán publicados en la Colección de Premios Literarios de la Secretaría de Cultura, por lo que la participación en este concurso implica la aceptación de dicha publicación, además de ceder los derechos a las instituciones convocantes para la edición de antologías o uso promocional del premio.

10. Los trabajos deben remitirse antes del cierre de la convocatoria a:
XVIII PREMIO ESTATAL DE CUENTO Y POESÍA
MARÍA LUISA OCAMPO 2016
SECRETARÍA DE CULTURA SEDE ACAPULCO
Av. Costera Miguel Alemán No. 4834
Fracc. Costa Azul, Acapulco, Guerrero, C.P. 39850
Tels. 01 (744) 4 84 7168

11. En el caso de los trabajos remitidos por correo, se aceptarán aquellos cuyo matasellos postal coincida con la vigencia de la convocatoria. Sólo se aceptarán aquellos textos que lleguen por correo postal o mensajería hasta cinco días hábiles después del cierre. Pasada esta fecha ningún trabajo será aceptado.

12. El Jurado calificador estará integrado por escritores de reconocido prestigio y trayectoria por cada modalidad, a propuesta de la Secretaría de Cultura Federal. Los jurados tendrán la facultad de descalificar los trabajos que no cumplan con los términos de esta convocatoria y su dictamen será inapelable.

13. La ceremonia de premiación se efectuará el 27 de octubre del 2016, para conmemorar la fundación del estado de Guerrero.

14. Para el acto de premiación las instituciones convocantes cubrirán los gastos de transporte, hospedaje y alimentación de los ganadores.

15. En aras de proteger los derechos de autor, los originales, copias y archivos digitales de todos los trabajos remitidos serán destruidos.

16. La participación en este certamen implica la aceptación de todas y cada una de sus bases.

Los trabajos que no cumplan con los requisitos de la presente convocatoria serán descalificados. Cualquier caso no previsto en la presente convocatoria será resuelto a criterio del jurado y de las instituciones convocantes.


Fuente: sic.conaculta.gob.mx


 


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CONVOCATORIA DEL XXVIII PREMIO DE POESÍA  “SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL” (España)

06:09:2016

Género: Poesía

Premio:    3.000 euros

Abierto a: personas mayores de edad, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   06:09:2016

 

BASES

 
1.            OBJETO Y TEMÁTICA

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXVIII Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”.
www.escritores.org
                Cada autor podrá presentar una pieza poética o colección de poemas, cuya extensión no sea inferior a 500 versos ni superior a 1.000 versos en papel DIN A4, interlineado a 1,5 líneas, con los cuatro márgenes a 2,5 cms. y con tipo de letra "Arial" o "Times" y tamaño de 12 puntos. Se deberán incluir la numeración de las páginas.  Los originales, con libertad de tema y forma,  deberán ser inéditos en su totalidad.

Cada autor podrá presentar como máximo dos originales distintos.


2.            DESTINATARIOS/AS

Tendrán derecho a participar todas aquellas personas físicas, de forma individual o colectiva, mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.


3.            CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 3.000 euros.  El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 52300/33400/481.03.00 del vigente Presupuesto (RC 22016003291). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El premio queda sometido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente.

                El Jurado podrá proponer la partición de premio o compartido ex-aequo, aunque podrá declarar desiertos el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.


4.            DOCUMENTACIÓN

El original se presentará en soporte digital (CD o DVD) con el archivo en formato Word o RTF, y un ejemplar original en papel en formato DIN A4 mecanografiado o escrito a ordenador (Word o RTF) a una sola cara, careciendo de ningún detalle que se pueda identificar al autor o autora.

A los originales se le acompañará un sobre cerrado en forma de plica, en cuyo exterior se indicará expresamente el nombre del certamen: XXVIII Premio “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal” de Poesía. 

En el interior del sobre cerrado se depositará la siguiente documentación:

a)            Instancia de solicitud por duplicado en la que se detallen los datos personales del solicitante y breve descripción del proyecto audiovisual.  (Anexo I)

b)           Fotocopia del D.N.I en el caso de ser nacidos en la provincia de Zaragoza, y en caso contrario, certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la provincia de Zaragoza desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso de extranjeros no pertenecientes a la Comunidad Europea, documentación que autorice su permanencia en España según la legislación vigente.

c)            Certificados emitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones así como certificado emitido por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón de no tener deuda pendiente de pago.

d)           Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de  la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).

Aquellos originales que no sean premiados podrán ser retirados por sus autores a partir del primer día hábil siguiente al que se haga pública la resolución de esta convocatoria y hasta un mes después de la referida fecha. Transcurrido dicho período de tiempo serán destruidos y no se devolverán ni se mantendrá correspondencia con los participantes por parte de la Diputación de Provincial de Zaragoza.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos están disponibles en http://cultura.dpz.es y podrán consultarse en la página web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans

5.                            LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Asimismo, las instancias podrán presentarse o efectuarse de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias de participación del las XXVIII Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”, junto con toda la documentación requerida deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza, y se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Zaragoza (sito en Plaza España, 2 de Zaragoza) y de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrán ser remitidos por correo certificado, a portes pagados, a la misma dirección, indicando en el sobre: “Para el premio Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal de poesía”, siempre que dicha remisión se realice antes de finalizar el plazo indicado en esta base.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso que el último día de presentación fuese sábado, domingo o festivo, se entenderá como fin de plazo el primer día laborable siguiente.


6.            PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Área de Cultura y Patrimonio que realizará los siguientes trámites:

6.1.        Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

6.2.        Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador, que estará formado por el Diputado Delegado de Cultura que actuará como presidente, tres personas especializadas en el mundo de la poesía y las letras y un funcionario del Servicio de Cultura que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrán los beneficiarios y los nombres de dos suplentes, para el caso de renuncia.

6.3.        Propuesta de concesión formulada por el Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición de las ayudas o compartidas ex-aequo, e incluso podrá declarar desiertas las mismas si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.4.        Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.5.        Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de diez días. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

6.6.        Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.7.        Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.


7.            RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a los beneficiarios conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrá ser consultada a través de la página http://cultura.dpz.es

La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.

Contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.


8.            PAGO DEL PREMIO

Para el pago del premio, que se abonará en un único plazo dentro del año 2016 y considerando su tratamiento fiscal como “rendimiento del trabajo”, los beneficiarios deberán presentar, también, el modelo 145 de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador (aprobado por Resolución de 3 de enero de 2011, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria) y el documento ficha de terceros cumplimentado, firmado y sellado por el banco, depositario de la cuenta receptora de la ayuda y por el propio beneficiario.

La Diputación Provincial de Zaragoza editará un libro con el trabajo premiado en la colección Veruela de Poesía, reservándose todos los derechos de propiedad de la obra premiada.

El autor premiado recibirá veinticinco ejemplares de la edición realizada, cedidos por la editorial. La entrega de los veinticinco ejemplares de los relatos ganadores cubren los derechos de autor de esta edición. La presentación del libro se llevarán a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento.


9.            OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Los beneficiarios deberán comunicar por escrito al Área de Cultura y Patrimonio de la Diputación Provincial de Zaragoza cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.

Las demás obligaciones que para los beneficiarios de subvenciones vienen establecidas en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento de desarrollo de la Ley General de subvenciones, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en la Ordenanza general de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.


10. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXVII Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2016, es conforme al Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, aprobado mediante Decreto nº 336 de fecha 24/02/16, si bien se ha incrementado el crédito previsto.


11. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.



12. REINTEGRO

En el supuesto de que los ganadores no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad de los premios, lo que conllevará a la obligación del ganador de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.
                                                                             
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.



Fuente y anexos

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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