Concursos Literarios

 

 

 

XXXVII CERTAMEN ANDALUZ DE POESÍA "VILLA DE PELIGROS" 2022 (España)


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XXXVII CERTAMEN ANDALUZ DE POESÍA "VILLA DE PELIGROS" 2022 (España)

15:04:2022

Género:  Poesía

Premio:   1.000 €, edición y 75 ejemplares

Abierto a:   mayores de edad, nacidos o residentes en Andalucía

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Peligros

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:04:2022

 

BASES

  

 

BASES REGULADORAS DEL XXXVII CERTAMEN ANDALUZ DE POESÍA "VILLA DE PELIGROS"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

www.escritores.org

Desde el Ayuntamiento de Peligros (Granada), en concreto desde su Área de Cultura, se vienen implementando políticas culturales para la promoción de la poesía, en el ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma.
Esto se ha traducido en los últimos 36 años en la convocatoria de un certamen que premia la labor literaria, en esta disciplina, de aquellos autores que habiendo nacido o residiendo en la actualidad en Andalucía, se hagan merecedores de dicho premio, ajustándose a las prescripciones establecidas en el articulado de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Conforme establece la Disposición Adicional Décima de la citada Ley, ha de establecerse un régimen especial aplicable al otorgamiento de los premios, educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, que deberá ajustarse al contenido de la misma, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.

En cumplimiento de tal mandato, se propone la aprobación de la siguiente normativa:

PRIMERA. - OBJETO

El objeto de las presentes Bases es regular el XXXVII Certamen Andaluz de Poesía "Villa de Peligros", para el año 2022. La obra ganadora será publicada por la Diputación Provincial de Granada.

SEGUNDA. - PARTICIPANTES

Podrán participar todos los autores mayores de edad que hayan nacido o residan en Andalucía y que cumplan los requisitos de inscripción.
Cada participante podrá presentar una o más obras, aunque solo una de ellas podrá resultar premiada.
Los ganadores de ediciones anteriores, no podrán volver a presentarse a concurso.

TERCERA. - CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS

Los libros presentados serán originales e inéditos en su totalidad, no premiados en otros certámenes, escritos en lengua castellana, con una extensión mínima de 500 versos. El tema y el estilo serán libres.
Los autores de las obras participantes y, en su caso premiadas, responderán de aquellos conflictos que pudiesen surgir por plagio, quedando el Ayuntamiento exento de toda responsabilidad.

CUARTA. - PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN

Los poemarios irán sir firmar y no podrán contener ningún dato que identifique al autor/a, pudiéndose presentar mediante alguno de los siguientes procedimientos:

a) En la Sede Electrónica del Ayuntamiento. En este caso habrá de registrarse el poemario en formato pdf, así como copia del DNI por ambas caras. Para los no nacidos en Andalucía será obligatorio adjuntar también certificado de residencia.

b) Mediante copia física. En este caso se presentarán en las oficinas del Ayuntamiento, y se presentará un solo ejemplar, mecanografiado.
En el caso de presentarlos mediante copia física, habrán de acompañarse los datos y documentación citados en el apartado a).

También se podrán presentar los trabajos mediante cualquier procedimiento de los establecidos en el art. 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

QUINTA. - PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de marzo y el 15 de abril de 2022.
La convocatoria se publicará en la Sede Electrónica y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web del mismo, y en cualquier otro medio que el Ayuntamiento estime conveniente, para su mejor difusión.

SEXTA. - SELECCIÓN DE OBRAS

Las obras serán seleccionadas mediante el sistema de concurrencia competitiva por un Tribunal compuesto por cinco personas de reconocida competencia en el ámbito literario, asistido como secretario por el técnico de gestión de la concejalía de Cultura, que actuará con voz, pero sin voto. Dicho Tribunal será nombrado mediante Resolución de la Alcaldía.

El Tribunal, una vez comprobado que todos los participantes reúnen los requisitos necesarios, y tras la deliberación pertinente, efectuará una Propuesta de Resolución en base a los siguientes criterios:
1.- Calidad literaria 6 puntos
2.- Originalidad 3 puntos
3.- Cohesión interna 2 puntos

En dicha propuesta, el Tribunal podrá establecer que el concurso quede desierto, si las obras no se ajustan a las condiciones establecidas en las presentes Bases o, a su juicio, ninguna de ellas reúne los méritos necesarios para ser premiada.
El Alcalde-Presidente, a través del correspondiente Decreto, resolverá el Concurso a la vista de la propuesta de resolución dictaminada por el Tribunal.
Dicha resolución será objeto de publicación en la Sede Electrónica y Tablón de Anuncios del Consistorio y será notificado al ganador/a de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En caso de que el número de obras a concurso fuese muy alto, se podrá realizar una selección de las mismas mediante un jurado previo.

SÉPTIMA. - PREMIOS

El premio consiste en 1.000 euros y 75 ejemplares de la obra, que editará y distribuirá la Diputación de Granada.
Su abono quedará sometido a las retenciones legalmente establecidas.

OCTAVA. - ENTREGA DE PREMIOS

La entrega de premios se celebrará en un acto público al que deberá asistir el autor premiado.

NOVENA. - DEVOLUCIÓN DE LAS OBRAS

El plazo de recogida de las obras presentadas mediante copia física, por parte de los/as autores será de un mes, a contar desde que se produzca el fallo del jurado.
Transcurrido el señalado plazo, se entenderá que aquellos autores que no hayan retirado sus obras renuncian a la devolución de las mismas, procediendo el Ayuntamiento a su archivo, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 7/2011 de 3 de noviembre de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, y el Decreto 97/2000 de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos.

DECIMA. - PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal el Ayuntamiento de Peligros informa a los participantes que se inscriban de lo siguiente:
El responsable del tratamiento de los datos personales aportados es el Ayuntamiento de Peligros (concejalía de cultura), con CIF P1815600J, dirección Plaza de la Constitución 1, 18210 Peligros, Granada. Teléfono 958405018. Correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

FINALIDAD DEL TRATAMIENTO
El Ayuntamiento de Peligros trata la información que nos facilita para tramitar su inscripción/ participación en el presente concurso (XXXVII CERTAMEN ANDALUZ DE POESÍA VILLA DE PELIGROS), gestión, organización y fallo del mismo, mantener la comunicación con los participantes, así como para informarles de próximas ediciones del certamen y de otras actividades similares. También para proceder a la publicación del nombre y apellidos e imagen de los ganadores a través de los distintos medios de comunicación del Ayuntamiento, incluyendo perfiles en redes sociales del Ayuntamiento, así como en su página Web.

LEGITIMACIÓN
La legitimación para el tratamiento de los datos es el consentimiento del interesado, ya que la participación en el certamen es voluntaria, pero la actividad queda regulada por unas bases previamente aceptadas, y por las obligaciones que el Ayuntamiento tiene a nivel económico y tributario en relación a la concesión de los premios.

OBLIGACIÓN DE FACILITAR LOS DATOS
Los datos solicitados son obligatorios. El no facilitarlos conlleva que no podrá participar en la presente actividad.

CONSERVACIÓN DE LOS DATOS
Los datos personales de los participantes serán conservados mientras dure la actividad y posteriormente, durante los plazos legalmente establecidos por las disposiciones legales derivadas de la concesión de los premios (4 años) y aquellos otros plazos derivados de la responsabilidad nacida del tratamiento de sus datos personales (3 años).

COMUNICACIONES DE DATOS
Sus datos personales serán cedidos: Al tribunal para que puedan ejercer sus funciones, especificadas en las bases del concurso, a la Administración Tributaria para la realización de las correspondientes retenciones sobre los premios concedidos a los ganadores, a la Diputación Provincial de Granada para la edición de la obra ganadora.
También serán comunicados en el resto de supuestos en que se establezca en una norma con rango de Ley.
Las imágenes de los participantes/ ganadores serán cedidas a través de los medios de comunicación, Web municipal y perfiles/ páginas municipales en redes sociales con la finalidad de difundir la actividad e informar de los ganadores de la misma.

TRANSFERENCIA DE DATOS A TERCEROS PAÍSES
No se prevén transferencias internacionales de datos.

DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, SUPRESIÓN, LIMITACIÓN, OPOSICIÓN Y PORTABILIDAD
Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con el asunto "protección de datos" o por escrito a la dirección del responsable en Plaza de la Constitución 1, 18210 Peligros, Granada, y en cualquiera de los dos casos junto con copia de documento que acredite su identidad
Cuando el tratamiento esté legitimado en el consentimiento y se efectúe por medios automatizados tendrá derecho a la portabilidad de sus datos, es decir, a que se le entreguen en formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, incluso a remitírselos a un nuevo responsable.

DERECHO DE RECLAMACIÓN A LA AUTORIDAD DE CONTROL
Podrá presentar reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, mediante escrito dirigido a la Agencia Española de Protección de Datos, C/Jorge Juan nº 6, 28001 Madrid o bien accediendo a su sede electrónica a través de la web agpd.es

DECIMOPRIMERA. ACEPTACIÓN DE BASES

La participación en el Certamen supone el total conocimiento y aceptación de las presentes Bases. Contra la Resolución de la Alcaldía, que pone fin al procedimiento administrativo, podrán interponerse los recursos pertinentes de acuerdo con lo establecido en el artículo 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El incumplimiento de la presente normativa, o en general, de las obligaciones y requisitos impuestos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la obstaculización del desarrollo del Certamen serán causas determinantes para proceder a la exclusión de los/las premiadas y para aplicar el régimen de reintegros y sanciones previsto en la antedicha Ley General de Subvenciones.
De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, los datos del ganador, serán públicos.

DECIMOSEGUNDA. - INTERPRETACIÓN DE LAS BASES

Corresponde al Tribunal la interpretación de las Bases. Cualquier situación no prevista en éstas será resuelta a criterio del mismo, pudiendo adoptar todos los acuerdos necesarios para el buen orden del Concurso.

DECIMOTERCERA. - NORMATIVA APLICABLE

Para todos aquellos aspectos no previstos en las presentes Bases, serán aplicables los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

 

Fuente / Anexo

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


III JUEGOS FLORALES ALBACETE SIGLO XXI (España)


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III JUEGOS FLORALES ALBACETE SIGLO XXI (España)

18:04:2022

Género:  Haiku

Premio:   Obra de arte, flor natural y diploma

Abierto a:   sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  Asociación de la Gente del Haiku en Albacete

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:04:2022

 

BASES

  

 

Los Juegos Florales se han venido celebrando en el Teatro Circo de Albacete desde finales del siglo XIX. Recuperando esta tradición, la Asociación de la Gente del Haiku en Albacete convoca los JUEGOS FLORALES ALBACETE SIGLO XXI en su tercera edición con el fin de celebrar la primavera.

JUEGOS FLORALES ALBACETE SIGLO XXI
www.escritores.org

Calla el zenzontle*.
Gotea la llovizna
en la flor de azahar

*Mex: ruiseñor

Jaspe Martínez (Hidalgo, México)
Ganador de los Segundos Juegos Florales de AGHA 2021

 

camino a la aldea
nadie corta ya
las margaritas

Antonio Martínez (Albacete, España)
Ganador de los Primeros Juegos Florales de AGHA 2019

 

BASES

PRIMERA: Podrán concursar todas las personas que presenten su haiku en castellano, siendo la convocatoria de ámbito internacional. Se aceptará que pueda presentarse en otra lengua siempre y cuando se adjunte también su traducción al castellano.

SEGUNDA: Cada autor o autora podrá enviar un solo haiku. El haiku habrá de ser original e inédito (por "inédito" entendemos no premiado anteriormente, no publicado en papel ni en internet). El hecho de presentarse al concurso responsabiliza a su autor sobre la veracidad de estos aspectos.

TERCERA: El tema de este certamen es la PRIMAVERA. Esta palabra NO deberá aparecer en los haikus.

CUARTA: El plazo comienza el 3 de marzo, Día Mundial de la Naturaleza, y finaliza el 18 de abril.

QUINTA: Se enviará por correo electrónico a la siguiente dirección:
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El asunto del correo será: 3ª EDICIÓN JUEGOS FLORALES ALBACETE

El haiku irá escrito en el cuerpo del mensaje electrónico, además del nombre del autor o autora y lugar desde donde se participa.

SEXTA: El jurado estará compuesto por tres miembros cuyos nombres se harán públicos en el momento del fallo.

SÉPTIMA: El nombre de la persona ganadora se conocerá en un acto público celebrado en el Teatro Circo de Albacete con fecha 27 de mayo de 2022 a las 20 horas. El acto de entrega de premios quedará supeditado a las recomendaciones sanitarias que existan en ese momento.

OCTAVA: Se concederán premios en las siguientes categorías:

* Primer premio: una obra de arte original, diploma y FLOR NATURAL al mejor haiku.

En caso de que no esté presente la persona ganadora, se entregará la FLOR NATURAL al autor o autora del haiku que reciba más puntuación que esté presente en el acto.

* Accésits sin especificar número, con diploma.

NOVENA: No se mantendrá ninguna otra correspondencia con los concursantes.

DÉCIMA: La presentación al concurso implica la total aceptación de las bases.

La entrega de premios se realizará el viernes 27 de mayo a las 20,00 horas en el Teatro Circo de Albacete, con entrada libre hasta completar aforo.

Se representará la obra de teatro: Santôka, la transparencia del agua, obra original de Frutos Soriano con el actor Juan Cris Perona.

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XXXII PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2022 (España)


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XXXII PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2022 (España)

03:05:2022

Género:  Novela, relato

Premio:   5.000 €, edición y 30 ejemplares

Abierto a:   personas mayores de edad, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  03:05:2022

 

BASES

  

XXXII NORMAS DEL PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL", AÑO 2022

1. OBJETO

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXII Premio de Narrrativa "Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal", año 2022. www.escritores.org

Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.

2. DESTINATARIOS

Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Narrativa.

3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22022001481). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.

La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Baltasar Gracián la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.

Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.

La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.

4. RETENCIONES E IMPUESTOS

4.1. Retenciones: Los premios quedan sometidos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente, conforme al RD 439/2007, de 30 de marzo, que corresponde a una retención del 15%.

4.2. Impuestos: En relación al impuesto sobre el valor añadido (IVA) se distinguen dos situaciones conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre:

- Actividad de carácter aficionado que no se ejerce en un ámbito de actividad económica: no estaría sujeta al IVA.

- Actividad ejercida como empresario o profesional (incluye el ejercicio de profesiones artísticas): estaría sujeta al IVA y el tipo impositivo corresponderá al 10 % ya que DPZ se queda con la obra ganadora y esta tiene la consideración de objeto de arte según lo dispuesto en el art. 136, núm. 2º, de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

Por ello, la participación en esta convocatoria conlleva la presentación de una Declaración responsable sobre la derivación de la obra de una actividad artística, cuyos rendimientos tienen la consideración de profesionales o certificación censal del IAE como profesional. (Anexo II)

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente)

Para formar parte de la convocatoria, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la misma, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como, el Anexo III (Plica) que incluye datos personales, breve relación de méritos o biografía y una declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.

Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.

Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).

Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital (.doc o .pdf) mecanografiadas electrónicamente en tamaño DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cm y con tipo de letra "arial" o "times" y un tamaño de 12 puntos. La extensión será de 125 a 250 páginas DIN A4. Las páginas irán numeradas.

Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la "XXXII Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2022 y un lema o seudónimo.

Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.

Se presentará todo preferiblemente de manera telemática a través del "Catálogo de trámites" de la sede electrónica de la DPZ: dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

En caso de hacerlo presencialmente, se realizará en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas dentro del plazo establecido, así como, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En este caso, el Anexo III (plica) se presentará a modo de sobre cerrado en cuyo exterior conste: "XXXII Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2022, con el título de la obra y un lema o seudónimo de la persona que sea su autora. En el interior de la misma se incluirán:

- Nombre y apellidos / Dirección de correo postal / Teléfono de contacto / Correo electrónico.

- Breve relación de méritos o biografía.

- Declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a terceros están disponibles en el "Catálogo de trámites" de dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (pap.hacienda.gob.es)

Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

6.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

6.2. Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.

6.3. Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.4. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.5. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

6.6. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.7. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.

6.8. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2022.

7. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 5/2015, de 24 de marzo, de Subvenciones de Aragón modificado por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento ( artículo 23 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo, no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a el/los beneficiario/s conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrá ser consultada a través de dpz.sedelectronica.es.

La falta de resolución y notificación en este plazo producirá efectos desestimatorios contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

8. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, es conforme al Plan estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza ( 2020-2023), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2019-2213 de 20/07/2019 y modificado por Decreto de Presidencia 2020-0234 de fecha 07/02/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-1658 de fecha 05/07/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-2077 de fecha 31/08/2020, Decreto de Presidencia nº 2021-0594 de fecha 11/03/2021 y por Decreto de Presidencia nº 2021-1033 de fecha 15/04/2021.

9. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

10. RENUNCIA Y REINTEGRO

En el supuesto de que el/los ganador/es no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad del premio, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.

La renuncia a la subvención concedida deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del Premio en el plazo de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Fuente y Anexos: pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/617753

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VIII CONCURSO MICRORRELATOS EAPN-ES 2022 (España)


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VIII CONCURSO MICRORRELATOS EAPN-ES 2022 (España)

21:04:2022

Género:  Microrrelato

Premio:   Dos manuales de técnicas narrativas y publicación

Abierto a:   mayor de edad, residente en España

Entidad convocante:  Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en España (EAPN-ES)

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  21:04:2022

 

BASES

  

BASES DEL CONCURSO 2022

OBJETO

La Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en España (EAPN-ES) convoca el VIII Concurso de microrrelatos “Reescribe la pobreza” con el objetivo de llamar la atención sobre las situaciones de exclusión social y pobreza que sufren diariamente millones de personas en nuestro país.

Buscamos las mejores historias con un máximo de cien palabras que denuncien, describan o llamen la atención sobre las situaciones de pobreza y exclusión social, los discursos del odio, la aporofobia, pero también valores como la solidaridad, la empatía y la lucha contra la discriminación.

www.escritores.org

DERECHO A PARTICIPAR

Puede participar en el concurso cualquier persona física mayor de edad, residente en España, sin importar su nacionalidad.

De igual manera, no podrán participar aquellas personas cuyos datos sean incorrectos, incompletos o sean ilegibles. Asimismo, los datos facilitados deberán ser veraces. No se podrá concursar con seudónimo.

El plazo para enviar los microrrelatos finalizará el 21 de abril de 2022 a las 23h

REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Las personas participantes deberán enviar sus microrrelatos, cuya extensión no podrá sobrepasar las cien (100) palabras, a través del formulario que encontrarán en la página web de EAPN-ES: participacionsocial.org/VIII-concurso-microrrelatos.php completando además todos los campos declarados expresamente obligatorios en el mismo.

Los microrrelatos presentados deberán ser acordes con el tema y el contenido del concurso, que es: la lucha contra la pobreza, exclusión social, aporofobia, discursos del odio y discriminación.

La comunicación de cualquier dato personal a través del formulario anteriormente mencionado supondrá la aceptación expresa de la política de protección de datos de la EAPN-ES recogida más abajo.

El microrrelato deberá remitirse escrito en castellano, deberá ser original e inédito (esto es, no debe haber sido publicado en ningún medio o soporte) y no deberá haber recibido previamente ningún premio o accésit en otro certamen o concurso nacional y/o internacional.

El microrrelato deberá enviarse con título. El plazo para enviar los microrrelatos se abrirá el 21 de febrero de 2022 y expirará el 21 de abril de 2022 a las once de la noche (23:00 horas).

No se admitirá a concurso ningún microrrelato enviado fuera de plazo y en general cualquier otro microrrelato que no cumpla las condiciones expresadas en las presentes bases. Los/as autores/as deberán identificarse con su nombre y apellidos y podrán presentar cuantos microrrelatos deseen.

Las personas participantes responden ante la EAPN-ES de la autoría y originalidad del microrrelato, asumiendo la total responsabilidad, y dejando por tanto a la EAPN-ES indemne frente a cualquier reclamación que, en este sentido, pudieran efectuar terceras personas, incluso las derivadas de un incumplimiento de la legislación sobre honor, intimidad, injurias y calumnias, derecho de imagen o de expresiones que pudiesen ser consideradas difamatorias u obscenas.

Las personas participantes cederán gratuitamente a EAPN-ES los derechos editoriales de reproducción, distribución y comunicación pública gratuita en cualquier soporte, para todo el mundo y por el periodo máximo que permita la legislación, de los textos presentados a concurso.

Las personas participantes asumirán total responsabilidad, dejando por tanto a la EAPN-ES indemne frente a cualquier reclamación de terceros relativa a cualquier compromiso y/o gravamen que el autor hubiere contraído y que pudiera afectar a los derechos que correspondan a la EAPN-ES de conformidad con lo estipulado en las presentes bases.

 

PREMIOS

• Primer premio: dos manuales de técnicas narrativas.
• Segundo premio: un manual de técnicas narrativas.

Además, los relatos seleccionados como finalistas aparecerán en una publicación específica que se colgará en la web de EAPN-ES.

 

JURADO

El Jurado del concurso estará formado por personas colaboradoras de EAPN-ES, expertas en pobreza y exclusión social. Su fallo será inapelable y se dará a conocer el 10 de mayo de 2022 en la página web de EAPN-ES, así como en todas sus redes sociales.

Todas las decisiones del Jurado serán tomadas en una única votación por mayoría de votos. El Jurado se reserva el derecho de no admitir a concurso aquellos microrrelatos que, entre otros, atenten contra los derechos a la intimidad, honor y propia imagen de terceros, o que contengan, a modo enunciativo, pero no limitativo connotaciones racistas, sexistas y/o discriminatorias, comentarios obscenos, lascivos, difamatorios o cualesquiera otros que atenten contra la dignidad de terceros, contra la moral y/o contra el orden público.

Toda decisión del Jurado será irrevocable, pudiendo declarar el premio desierto, si tras un análisis minucioso de los microrrelatos enviados, ninguno tuviera la calidad suficiente.

Las personas premiadas estarán obligadas a facilitar los siguientes datos personales: Nombre y apellidos, DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, dirección, email y teléfono de contacto. La comunicación de estos datos supone la aceptación expresa de la política de protección de datos de EAPN-ES recogida más abajo.

El fallo del jurado será irrevocable y se publicará el 10 de mayo de 2022

 

ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La persona participante acepta expresamente cumplir todas y cada una de las BASES del presente concurso. El incumplimiento de alguna de las BASES dará lugar a la exclusión de la persona participante del presente concurso.

En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de alguna de las presentes bases, la EAPN-ES realizará una interpretación atendiendo al espíritu y finalidad para la cual se ha creado el presente concurso.

Por motivos razonados, la EAPN-ES podrá modificar las presentes bases una vez comenzado el concurso. Las bases del presente concurso estarán disponibles durante el periodo en el que esté vigente el mismo en la página web la EAPN-ES.

 

TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

Los datos personales facilitados serán incorporados a varios ficheros responsabilidad de:

• Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social en el estado español (EAPN España) con domicilio en C/ Tribulete, 18 – Madrid 28012.

La finalidad de dichos ficheros es gestionar la participación en el concurso conforme a lo especificado en las presentes Bases.

Por su parte, los datos personales de las personas ganadoras serán comunicados públicamente en la Web de EAPN-ES, en sus redes sociales, así como en cualquier otro medio relacionado con el Concurso, todo ello para promocionar y garantizar la transparencia del Concurso.

Asimismo, los datos de carácter personal de las personas participantes no serán cedidos a terceros salvo a la Administración pública por obligación legal, conforme a lo establecido en las Bases y en la legislación vigente. Las personas participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, eliminación, limitación de procesamiento, objeción y portabilidad de datos, así como para presentar una reclamación ante la comisión Española de Protección de Datos(www.aepd.es).

 

Los relatos finalistas de anteriores Concursos han formado parte de Campañas de Sensibilización en Redes Sociales de EAPN-ES

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PREMIOS NACIONALES DNPPC 2021 (Argentina)


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PREMIOS NACIONALES DNPPC 2021 (Argentina)

04:05:2022

Género:  Novela, guion, ensayo, obra publicada

Premio:   $ 400.000, diploma de honor y una pensión vitalicia a partir de los 60 años

Abierto a:   autores/as argentinos/as nativos/as, por opción o naturalizados, mayores de 18 años, residentes en el país

Entidad convocante:  Ministerio de Cultura

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  04:05:2022

 

BASES

  

 

El Ministerio de Cultura - a través de la Secretaría de Desarrollo Cultural y su Dirección Nacional de Promoción de Proyectos Culturales- anuncia la apertura de una nueva convocatoria a Premios Nacionales.

El Régimen de Premios Nacionales en Ciencias, Artes y Letras tiene el objetivo de estimular y recompensar la producción científica, artística y literaria. Desde su primera convocatoria en 1914, reconoce a los creadores/as e investigadores/as del país cuyas obras conforman el patrimonio cultural de los argentinos y las argentinas.
www.escritores.org

En la convocatoria 2021, concursarán las primeras ediciones de obras publicadas y/o estrenadas durante el período 2017-2020 sin excepción, vinculadas a los siguientes grupos y especialidades:
-LETRAS: Novela
-ARTES ESCÉNICAS: Guión Literario Cinematográfico
-ENSAYO: Ensayo Histórico y Ensayo Sociológico
-MÚSICA: Rock y Pop

En distinciones que reconocen la excelencia de las obras que contribuyen significativamente al progreso de la actividad o disciplina en que compiten. En cada una de las especialidades, el jurado podrá otorgar hasta tres premios y tres menciones especiales, según se detalla a continuación:
Primer premio: $400.000 y diploma de honor y una pensión vitalicia a partir de los 60 años de edad, equivalente a cinco jubilaciones mínimas.
Segundo premio: $250.000 pesos y diploma de honor.
Tercer premio: $150.000 pesos y diploma de honor.
Menciones especiales: Diploma de honor.

Podrán postularse autores/as argentinos/as nativos/as, por opción o naturalizados, mayores de 18 años y que residan en el país. Dichas personas aceptan en carácter de declaración jurada, al momento de la inscripción, ser las autoras de la obra que presenten.

La inscripción se realiza por medio de este formulario: forms.cultura.gob.ar/index.php/555681?lang=es

Fechas de la convocatoria: Del 5 de marzo al 4 de mayo de 2022.

Por dudas y/o consultas, podés escribir a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

BASES Y CONDICIONES GENERALES DE LOS PREMIOS

RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA

ARTÍCULO 1°.- El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, con el objetivo de estimular y recompensar la producción científica, artística y literaria, otorgará anualmente los Premios Nacionales.

 

PREMIOS NACIONALES

ARTÍCULO 2°.- Los Premios Nacionales tendrán carácter de estímulo a los autores y autoras que, a través del trabajo presentado, hayan contribuido significativamente al progreso de la actividad o disciplina en que compitan.

ARTÍCULO 3°.- Para postularse al Premio Nacional, es condición indispensable ser persona humana, argentina nativa, por opción o naturalizada, mayor de DIECIOCHO (18) años y poseer domicilio real en el país. Dichas personas aceptan en carácter de declaración jurada al momento de la inscripción ser las autoras de la obra que presenten. No podrán participar del certamen los titulares de derechos derivados, ni los/las trabajadores/as encuadrados/as en el marco de la Ley 25.164 de Regulación del Empleo Público Nacional que revistan en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°.- El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN deberá convocar a los correspondientes certámenes de Premios Nacionales cada año teniendo en cuenta el ordenamiento de especialidades establecido. El plazo de inscripción vencerá a los SESENTA (60) días corridos de abierta la convocatoria, con posibilidad de prorrogar dicho plazo si resultase conveniente.

ARTÍCULO 5°.- La agrupación de las disciplinas y especialidades que establece el presente reglamento de Premios Nacionales es la siguiente:

GRUPO A: LETRAS

Especialidades:
1. Libro de Poesía
2. Literatura Infantil
3. Novela
4. Libro de Cuento y/o Relato

GRUPO B: ARTES ESCÉNICAS

Especialidades:
1. Texto Dramático
2. Teatro Musical y Teatro Infantil
3. Guión Literario Cinematográfico
4. Guión para Televisión y Radio

GRUPO C: ENSAYO

Especialidades:
1. Político
2. Psicológico
3. Filosófico
4. Pedagógico
5. Histórico
6. Sociológico
7. Antropológico
8. Artístico

GRUPO D: MÚSICA

Especialidades:
1. Folclore y Tango
2. Jazz y Melódica
3. Rock y Pop
4. Obras Sinfónicas y de Cámara

 

ARTÍCULO 6°.- Cada año se llamará a concurso a CINCO (5) especialidades, seleccionadas entre las que componen los grupos A, B, C y D según una rotación que se completará en un período de CUATRO (4) años.

 

BASES COMUNES

ARTÍCULO 7°.- PRESENTACIÓN:

Los y las aspirantes deberán cumplir los requisitos generales que a continuación se indican y los propios de cada grupo.

1. Podrán inscribirse las primeras ediciones o estrenos que se hayan producido en los CUATRO (4) años correspondientes a la producción según la rotación establecida.

2. La inscripción deberá realizarse on-line a través del formulario de inscripción digital, que surge de la página oficial del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN. Los y las participantes deberán registrarse como tales completando el mismo, junto con el/los archivo/s de la obra a concursar conforme las condiciones establecidas en cada especialidad en particular. El formulario de inscripción tiene carácter de declaración jurada.

3. La inscripción de las obras quedará sujeta a la verificación del cumplimiento de los requisitos formales y técnicos establecidos en la convocatoria, y el resultado de dicha verificación será comunicado al postulante mediante un correo electrónico enviado a la casilla que éste haya constituido al momento de la inscripción. Las obras deberán presentarse -conforme se estipule específicamente respecto de cada una de las especialidades- a través del formulario de inscripción.

4. Quienes hayan obtenido una distinción del Régimen de Premios Nacionales solo podrán aspirar a otra superior en la misma especialidad o bien podrán presentarse en aquellos otros grupos y/o especialidades que se proponen en este Régimen. Los datos de la distinción deberán consignarse en la ficha de inscripción, indicando fecha, especialidad y orden de mérito.

5. Presentar imagen digital del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad al momento de completar el formulario de inscripción.

6. Presentar UN (1) ejemplar de la obra participante y/o de las copias solicitadas en diversos formatos, según se establezca de manera particular.

7. Las obras participantes debieron ser publicadas o estrenadas - según corresponda- en el país.

8. Los textos de los trabajos deberán estar escritos en idioma nacional. Excepcionalmente, cuando la índole de la disciplina así lo requiriese, se aceptarán publicaciones en otros idiomas que deberán presentarse acompañadas de la correspondiente traducción, inscripta en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR (DNDA).

9. Ningún/a inscripto/a podrá presentar la misma obra en más de una de las especialidades a que se refiere este Reglamento.

10. No podrán participar obras que anteriormente hayan obtenido premios ni menciones especiales en ninguno de los certámenes de este Ministerio. De comprobarse esta situación, quedará sin efecto la inscripción presentada, sin necesidad de comunicación al concursante, siendo inapelable dicha decisión.

ARTÍCULO 8°.- DISTINCIONES:

1. En cada disciplina podrán otorgarse hasta TRES (3) premios: primero, segundo y tercero, y hasta TRES (3) menciones especiales. Los premios serán indivisibles -salvo en casos de coautoría- y consistirán en un diploma de honor y la asignación que se establezca anualmente para cada uno de ellos. Las menciones especiales, también indivisibles salvo en casos de coautoría, recibirán un diploma de honor.

2. En caso de obras escritas por más de un/a autor/a la asignación monetaria del premio se dividirá entre los mismos en partes iguales, excepto en aquellos casos que el presente reglamento disponga otra cosa.

3. Para aquellos supuestos en los que la autoría de una obra deba ser premiada respecto de diferentes aspectos que componen la misma, se dividirá el premio conforme cada uno de ellos.

4. Cada autor/a será premiado/a sólo por una de las obras que hubiere presentado por especialidad.

5. Las distinciones podrán ser declaradas desiertas.

6. Sin perjuicio de lo establecido se deja constancia que los/las ganadores/as de los primeros premios se harán acreedores a una pensión vitalicia en los términos establecidos por la Ley N° 16.516 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 9°.- JURADOS:

1. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN designará un Jurado integrado por TRES (3) miembros titulares y UN (1) suplente para cada especialidad. Los mismos tendrán autonomía para adoptar decisiones en aquellos aspectos no previstos en el presente Reglamento o que surjan por aplicación del mismo siempre que se preserven los objetivos del concurso.

2. La aceptación del cargo por parte de los miembros del Jurado implicará el conocimiento y el compromiso de observancia del presente reglamento, al que deberán ajustar su actuación.

3. Será exclusiva competencia de los Jurados determinar si la obra se ajusta al grupo y especialidad en que haya sido inscripta.

4. Los Jurados deberán expedirse dentro de un plazo de NOVENTA (90) días corridos del cierre de la inscripción. Una vez constituido el Jurado, procederá a elegir entre sus miembros un/a presidente/a que tendrá como misión mediar y resolver situaciones no previstas en el proceso de selección del premio.

5. Los Jurados producirán dictamen en sesión plena por mayoría absoluta de votos. Dichas sesiones se realizarán por videoconferencia, debiendo suscribirse el acta con el dictamen respectivo.

6. Durante las sesiones de los Jurados deberá estar presente un/a representante designado por la autoridad de aplicación, a efectos de corroborar el correcto cumplimiento del régimen.

7. Los jurados deberán labrar un acta donde se deje constancia del resultado del concurso, mencionando los criterios de selección de las distinciones en caso de haberlas. En dichas actas, los jurados no podrán emitir opiniones que fundamenten los votos negativos. Con la misma reserva se procederá cuando las distinciones sean declaradas desiertas. En las publicaciones de los resultados de los concursos se omitirán sus fundamentos.

8. Los resultados, de carácter vinculante, serán elevados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, quien por resolución ejecutará su adjudicación en el orden correspondiente o los declarará desiertos, si así hubiera sido decidido por el Jurado. Su decisión será inapelable, no se admitirá contra el mismo recurso alguno a excepción de planteos de nulidad fundados en faltas esenciales del procedimiento o incumplimiento del presente reglamento. En tal supuesto, la impugnación será resuelta por el Ministro de Cultura de la Nación.

ARTÍCULO 10.- DIFUSIÓN:

La convocatoria al certamen de Premios Nacionales y el otorgamiento de las distinciones, se dará a publicidad en la página oficial del Ministerio, sin perjuicio de utilizar otros medios de difusión convenientes.

 

BASES PARTICULARES

ARTÍCULO 11.- Fíjense para los grupos comprendidos en el artículo 5° las siguientes condiciones especiales:

GRUPO A: LETRAS
CONDICIONES GENERALES
1. Las obras que se presenten deberán haber sido publicadas en el país.
2. Los postulantes deberán presentar copia de la página donde constan los derechos de propiedad intelectual, o certificado del registro de ISBN (Número Internacional Normalizado para Identificación de Libros) administrado por la CÁMARA ARGENTINA DEL LIBRO (CAL).
3. No se aceptarán obras publicadas en antologías que comprendan a uno o diversos autores.
4. El ejemplar de la obra participante, deberá presentarse en formato digital pdf en el momento de la inscripción. En caso que el archivo supere el tamaño especificado en el formulario de inscripción deberá presentar un link o enlace gratuito al sitio donde se encuentre alojado el contenido.

GRUPO B: ARTES ESCÉNICAS CONDICIONES GENERALES
1. Las obras comprendidas en este grupo deberán haber sido estrenadas en el país. Esto se acreditará mediante lo establecido en las CONDICIONES PARTICULARES de cada especialidad.
2. Las obras deben estar registradas en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR (DNDA), presentando al momento de la inscripción la constancia correspondiente.
3. El ejemplar del libro o guión de la obra participante y el material relevante para su evaluación deberá presentarse en formato digital pdf en el momento de la inscripción. En caso que el archivo supere el tamaño especificado en el formulario de inscripción deberá presentar un link o enlace gratuito al sitio donde se encuentre alojado el contenido.
4. En caso que el Jurado considere insuficiente el material presentado para su evaluación, podrá solicitar a través de este Ministerio los elementos adicionales que estime pertinentes.

CONDICIONES PARTICULARES

Especialidad:
III. Guión Literario Cinematográfico
1. Presentar al momento de la inscripción, alguna de las siguientes constancias de estreno:
• Declaración jurada de obra extendida por la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE LA ARGENTINA (ARGENTORES).
• Registro de obra exhibida emitido por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR (DNDA).
• Constancia de estreno extendida por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA).
• Otra documentación que dé fe de la fecha precisa de estreno (gráfica impresa, recortes periodísticos, bordereaux, etc).
2. Las obras comprendidas en esta especialidad, además del texto, deberán presentar un link o enlace gratuito al sitio web donde se encuentre alojada la película.
3. Se premiará al/los autor/es del guión. En caso de ser más de un autor, la dotación monetaria correspondiente se dividirá en partes iguales.

GRUPO C: ENSAYO CONDICIONES GENERALES
1. Las obras que se presenten deberán haber sido publicadas en el país.
2. Los postulantes deberán presentar copia de la página donde constan los derechos de propiedad intelectual, o certificado del registro de ISBN (Número Internacional Normalizado para Identificación de Libros) administrado por la CÁMARA ARGENTINA DEL LIBRO (CAL).
3. No se aceptarán trabajos de compilación de textos que correspondan a otros autores.
4. El ejemplar de la obra participante deberá presentarse en formato digital pdf en el momento de la inscripción. En caso que el archivo supere el tamaño especificado en el formulario de inscripción deberá presentar un link o enlace gratuito al sitio donde se encuentre alojado el contenido.

GRUPO D: MÚSICA CONDICIONES GENERALES
1. Las obras que se presenten deberán haber sido publicadas y/o estrenadas en el país.
2. Las obras deben estar registradas en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR (DNDA), presentando al momento de la inscripción la constancia correspondiente.
3. Los postulantes deberán presentar al momento de la inscripción la partitura con la armonía desarrollada y la escritura completa.
4. Los postulantes deberán presentar el registro sonoro de la obra participante en formato MP3. En caso que el/los archivo/s de la obra supere/n el tamaño especificado en el formulario de inscripción, deberá presentarse un link o enlace gratuito al sitio donde se encuentre alojado el contenido.
5. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN no se hace responsable de los reclamos que puedan originarse por el empleo de textos poéticos, fragmentos literarios o teatrales que formen parte de la obra musical.
6. En caso que el Jurado considere insuficiente el material presentado para evaluación, podrá solicitar a través de este Ministerio los elementos adicionales que estime pertinentes.

CONDICIONES PARTICULARES

Especialidad:
III. Rock y Pop

1. Para el caso de obras publicadas en formato físico (CD de audio), presentar al momento de la inscripción, alguna de las siguientes constancias de estreno y/o publicación:
• Registro de edición musical extendido por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR (DNDA).
• Registro de declaración de obra extendido por la SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MÚSICA (SADAIC).

2. Para el caso de obras publicadas exclusivamente en formato digital a través de internet, presentar en el formulario de inscripción:
• Constancia que indique fecha de publicación de la obra y link del sitio web.
• Impresión de captura de pantalla del sitio web en el que figure la obra, y/o registro de edición discográfica extendido por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR (DNDA) o certificado del registro en el ISRC (Código Internacional de Identificación de Grabaciones Sonoras y Audiovisuales) administrado por CÁMARA ARGENTINA DE PRODUCTORES DE FONOGRAMAS Y VIDEOGRAMAS (CAPIF).

 

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

ARTÍCULO 12.- Se designa a la titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS
CULTURALES como Autoridad de Aplicación e Interpretación del RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, autorizándola a dictar las medidas complementarias a fin de lograr su efectivo cumplimiento.

ARTÍCULO 13.-

1. Cualquier situación no prevista será resuelta por el funcionario a designar por la Autoridad de Aplicación e Interpretación, el mismo tomará todas aquellas decisiones oportunas para resolverla y su decisión será inapelable.

2. La sola participación en el presente Régimen, se interpretará como la aceptación plena de su Reglamento.

 

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTÍCULO 14.- En la presente Convocatoria 2021, se llama a concurso la Producción 2017-2020 en las siguientes especialidades:

GRUPO A: LETRAS

Especialidad:
3. Novela

GRUPO B: ARTES ESCÉNICAS

Especialidad:
3. Guión Literario Cinematográfico

GRUPO C: ENSAYO

Especialidades:
5. Histórico
6. Sociológico

GRUPO D: MÚSICA

Especialidad:
III. Rock y Pop

ARTÍCULO 15.- La convocatoria 2021 a los certámenes de Premios Nacionales, será abierta a los OCHO (8) días de publicado en el Boletín Oficial el acto administrativo que autorice la misma.

ARTÍCULO 16.- Las modalidades de ejecución y el cronograma establecido por el presente reglamento, quedan sujetos a eventuales cambios en atención a las Medidas Generales de Prevención dispuestas por el Decreto N° 287/21 y sus modificatorios, y a las normas complementarias que dicte la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE CULTURA DE LA
NACIÓN en el marco de la evolución epidemiológica COVID-19.

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