Concursos Literarios

PREMIO NACIONAL A LAS MEJORES ENCUADERNACIONES ARTÍSTICAS 2023 (España)


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PREMIO NACIONAL A LAS MEJORES ENCUADERNACIONES ARTÍSTICAS 2023 (España)

17:03:2023

Género:  Encuadernación

Premio:  6.000 €

Abierto a:  personas con nacionalidad española

Entidad convocante:  Ministerio de Cultura y Deporte

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  17:03:2023

 

BASES

 

 

Primero.- Objeto y finalidad del premio

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el concurso nacional para la concesión del Premio a las Mejores Encuadernaciones Artísticas de 2023.

La obra propuesta para su encuadernación será “Antología Poética” de Rafael Cadenas, Premio de Literatura en Lengua Castellana “Miguel de Cervantes” 2022.

Los concursantes deberán presentar la obra propuesta encuadernada en la forma establecida en el apartado quinto de la presente resolución.

Segundo.- Imputación presupuestaria y cuantía.

1 El importe global máximo de este Premio será de 12.000 euros, que se ejecutarán con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.481.18 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

2. Se concederán tres premios dotados con las siguientes cantidades: a) primer premio, 6.000 euros; b) segundo premio, 4.000 euros; c) tercer premio, 2.000 euros. La cuantía de cada uno de los premios no podrá ser dividida.

Tercero.- Solicitantes.

1. Podrán optar al concurso las personas físicas con nacionalidad española que presenten trabajos artísticos y manuales que cumplan con lo establecido en la presente resolución.

2. No podrán solicitar los libros en rama quienes, habiéndolo solicitado en las dos convocatorias anteriores, finalmente no hubiesen presentado a concurso la obra encuadernada.

3. No podrán optar al concurso aquellas personas que hayan obtenido algún premio en las dos convocatorias inmediatamente anteriores.

4. Para obtener la condición de beneficiarios, las personas físicas deberán reunir las condiciones establecidas en el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario que se mencionan en el apartado 2 de este mismo artículo.

5. Los solicitantes podrán prestar su autorización para que la administración recabe los certificados que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 22 y siguientes del Reglamento de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, pudiendo asimismo, en caso de no hacerlo, aportar la documentación cuando el órgano instructor se la solicite, en caso de resultar propuestos como beneficiarios.

En el caso del tercer premio, siendo la cuantía inferior a 3.000 euros, de acuerdo con el artículo 24.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, será suficiente la presentación de una declaración responsable firmada por el premiado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

6. El cumplimiento de los requisitos requeridos al solicitante se comprobará en la fecha de emisión del fallo del Jurado.

Cuarto.- Formalización de la solicitud.

1. El plazo de formalización de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de este Premio en el Boletín Oficial del Estado.

2. Las solicitudes deberán dirigirse a la Directora General del Libro y Fomento de la Lectura, pudiendo presentarse en el Registro del Ministerio de Cultura y Deporte, sito en Plaza del Rey número 1 (28004-Madrid), así como en cualquier otro Registro de la Administración u Organismos a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Para formalizar la solicitud, el solicitante deberá:
- Presentar el Anexo I que acompaña a la presente resolución, junto con su currículum actualizado.

Una vez registrada la solicitud, cuando la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas reciba dicha documentación, enviará un ejemplar en rama (plegado en cuadernillos) del libro a encuadernar, si el domicilio de la solicitud está situado fuera de la ciudad de Madrid. En caso contrario, el solicitante podrá recoger el ejemplar en rama, previa cita solicitada en la dirección de correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en la calle Santiago Rusiñol 8 (28040), hasta 15 días antes de que finalice el plazo de entrega de la obra encuadernada.

Quinto.- Presentación de las obras encuadernadas y documentación.

1. Una vez encuadernadas las obras, el concursante deberá presentar, junto con la obra encuadernada y debidamente embalada, el resto de anexos (II, III, IV y V) que acompañan a la presente resolución, todo ello en paquete anónimo y mediante sistema de plica, que incluya:
- Una descripción de la encuadernación.
- Los datos personales del interesado (nombre y apellidos, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico).
- Un currículum actualizado.

2. Esta documentación deberá estar dirigida a la Directora General del Libro y Fomento de la Lectura, pudiéndose presentar en el Registro del Ministerio de Cultura y Deporte así como en cualquier otro Registro de la Administración u Organismos a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La plica será abierta por el Jurado una vez emitido el fallo, a fin de conocer la identidad de los encuadernadores galardonados.

3. El plazo de presentación de los anexos III a V, junto con las obras encuadernadas, finalizará el 1 de junio de 2023.

4. De acuerdo con la normativa en vigor, tanto los formularios de solicitud como el resto de la documentación deberá presentarse en castellano.

Sexto. Subsanación de errores

Si la solicitud (junto al anexo I) no reuniera los requisitos exigidos en esta convocatoria, o si no se adecuase a lo previsto en el apartado cuarto, se requerirá al solicitante, a través dela publicación en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte de los listados de subsanación correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, desde la citada publicación, bien subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos bien presente alegaciones, en el caso de los excluidos, con indicación de que, siasí no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Finalizado el plazo de subsanación, el órgano instructor verificará si se acredita el cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de concursante y emitirá una resolución en que se aprobarán de forma definitiva las listas de admitidos, desistidos y excluidos a la convocatoria.

Séptimo.- Órganos competentes para la instrucción y la valoración. Criterios de valoración

1. El órgano responsable de la instrucción de procedimiento es la Dirección General de Libro y Fomento de la Lectura.

2. El fallo del concurso corresponderá a un Jurado propuesto por la persona titular de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura y designado por la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades indicadas más abajo

3. Su composición será la siguiente:

Presidencia: la persona titular de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, que podrá delegar en la persona titular de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Vicepresidencia: la persona titular de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, o persona en quien delegue.

Vocales:
- Una persona experta a propuesta de la Federación de Gremios de Editores de España.
- Una persona experta a propuesta de la Biblioteca Nacional de España.
- Los tres encuadernadores premiados en la convocatoria anterior con el primer, segundo y tercer premio a la mejor encuadernación artística.
- Dos personalidades del mundo del libro, especialistas en artes aplicadas y en laconfección del mismo.
- Un funcionario/ a de la Subdirección General de Promoción del Libro,la Lectura y las Letras Españolas.

No podrán formar parte del Jurado como vocales los expertos que hayan participado como jurados en las dos convocatorias anteriores, a excepción de quienes formen parte del mismo como galardonadas o galardonados en convocatorias anteriores

Secretaría: un funcionario/ a de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, que actuará con voz, pero sin voto.

Tanto el funcionario/ a de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas como quien ocupe la Secretaría, serán designados por la persona titular de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura.

4. Conforme a lo establecido en los artículos 51 y 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la composición del jurado respetará el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres. Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a un hombre y a una mujer, de entre las y los cuales la persona titular de la Dirección General del Libro del Ministerio de Cultura y Deporte designará a quien corresponda para mantener la paridad.

5. Las votaciones del Jurado se efectuarán mediante voto secreto, el cual podrá ser emitido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.

6. Los miembros del Jurado estarán sometidos al deber de abstención en los casos señalados en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7. En lo no previsto en esta resolución se estará a lo dispuesto en la Sección 3ª del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

8. La condición de miembro del Jurado tiene carácter personal, no siendo posible la delegación, a excepción de la prevista para la Presidencia y la Vicepresidencia del Jurado.

El Jurado quedará válidamente constituido con la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, conforme a lo establecido en el artículo 17.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En lo no previsto en la presente resolución, el funcionamiento de la Comisión se ajustará alrégimen establecido en dicha norma.

9. El Jurado valorará las obras presentadas de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:

a) 70% para la técnica en la construcción del libro y la conjunción de todos los elementos que intervienen en la encuadernación.
b) 30% adecuación entre estética y contenido.

Además de las obras premiadas y de las calificadas como finalistas, el jurado podrá seleccionar un número de obras que, por sus cualidades, considere dignas de ser exhibidas.

Octavo.- Resolución y pago

Una vez elevada por el Jurado la propuesta del fallo del Premio, la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte dictará la correspondiente resolución de concesión del Premio en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La resolución de concesión se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado» así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Esta resolución habrá de ser motivada, con alusión a los criterios de valoración y determinación de los premiados, haciendo constar, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes.

No podrá realizarse el pago del premio en tanto el beneficiario sea deudor por resolución de procedencia de reintegro, o si no se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (artículo 34.5 de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, y 88.4 del Reglamento de la Ley).

Noveno.- Difusión.

1. Las obras premiadas quedarán en poder de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, y podrán ser exhibidas en exposiciones organizadas por esta Dirección General así como en las ferias y exposiciones en que participe.

2, Las obras finalistas y las seleccionadas para exhibición quedarán en depósito durante el plazo de un año, contado a partir de la publicación de la resolución de concesión y podrán ser exhibidas junto con las premiadas.

3. Las obras no seleccionadas por el Jurado serán devueltas a los participantes por correo postal, aunque también podrán recogerlas en la sede de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras españolas, previa cita.

4. La Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura podrá editar, si las disponibilidades presupuestarias así lo permiten, un catálogo de las encuadernaciones galardonadas. Este catálogo podrá extenderse, previa autorización por escrito de sus autores, a las restantes obras que se hayan presentado al concurso.

Décimo.- Publicación

La publicación de los actos y trámites del procedimiento se realizará mediante su inserción en la página culturaydeporte.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/libro/premios/listado-de-premios/otros-premios/mejor-encuadernacion-artistica/ultima-convocatoria.html, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, la resolución de convocatoria y concesión se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de acuerdo con los artículos 18.2 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Por su parte, tanto el extracto de la convocatoria, como la designación de los miembros del Jurado y la concesión del fallo se publicarán en el BOE.

Undécimo.- Normativa aplicable.

La presente convocatoria se regirá por la Orden CUL/255/2008, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio a las Mejores Encuadernaciones Artísticas y, en lo no previsto en dicha Orden, serán aplicables la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Duodécimo. Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.www.escritores.org

La concesión del premio pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Decimotercero. Efectos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.

 

Fuente y Anexos: culturaydeporte.gob.es/cultura/libro/premios/listado-de-premios/otros-premios/mejor-encuadernacion-artistica/ultima-convocatoria.html

 

 
 

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PREMIO NACIONAL AL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO 2020 (México)

20:12:2019

Género:  Ensayo, relato, poesía

Premio:   $ 10.000 y presentación

Abierto a:  estudiantes universitarios de la República Mexicana

Entidad convocante: Universidad Veracruzana

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:    20:12:2019

 

BASES

 
La Universidad Veracruzana a través de la Dirección Editorial

convoca a los estudiantes universitarios de la República Mexicana a participar en el Premio Nacional al Estudiante Universitario, en las siguientes categorías :

Carlos Fuentes
Ensayo

Luis Arturo Ramos
Relato

y

José Emilio Pacheco
Poesía


BASES:

1. Podrán participar todos los estudiantes que cuenten con inscripción vigente en cualquiera de las carreras técnicas o de licenciatura de las universidades públicas o privadas del país.

2. La recepción de los trabajos será del 20 de noviembre al 20 de diciembre de 2019.

3. Los participantes podrán enviar sus trabajos de manera electrónica; para ello, deberán registrar y cargar sus trabajos a través de la página web: https://www.uv.mx/editorial.

4. Los participantes que opten por enviar sus trabajos a través del Servicio Postal Mexicano o por paquetería deberán tener en cuenta que la recepción será en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas, en la Dirección Editorial de la Universidad Veracruzana, ubicada en la calle Nogueira número 7, Zona Centro, CP 91000, Xalapa, Veracruz. Si el envío se realiza por Servicio Postal Mexicano se considerará como fecha de recepción la correspondiente al matasellos.

5. En ambos casos los trabajos deberán entregarse a doble espacio, en letra Arial de 12 puntos y la extensión no podrá ser inferior a cinco cuartillas ni superior a diez.

6. Si el envío es por paquetería o por Servicio Postal Mexicano, los trabajos deberán entregarse por triplicado. Los textos deberán acompañarse de un sobre cerrado (plica) en cuyo exterior aparezca el seudónimo del concursante y en su interior los datos reales: nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico, así como fotocopia de la papeleta de inscripción vigente o del documento que los acredite como alumnos en los términos del punto 1. De no cumplir con estos requisitos, serán descalificados.

7. Si el envío es a través del sistema de registro en línea, se deberá adjuntar el documento que los acredite como alumnos en los términos del punto 1.

8. El tema en las categorías ensayo, relato y poesía es libre.

9. Los textos deben ser de creación propia e inéditos, es decir, no deben haberse publicado de forma impresa ni electrónica.

10. Podrán concursar en las tres categorías, siempre y cuando el autor presente cada uno de sus trabajos por separado y acompañados de un seudónimo diferente.

11. No podrán participar estudiantes que hayan ganado en ediciones pasadas.

12. El jurado calificador estará integrado por académicos, escritores o profesionales de reconocido prestigio en cada una de las áreas, cuyos nombres serán revelados en el momento en que sea publicado el fallo.

13. El veredicto del jurado calificador será inapelable y se publicará en la página web https://www.uv.mx/editorial.

14. Los trabajos no serán devueltos.

15. El jurado declarará desierto el premio en cualquiera de las categorías si los materiales no cuentan con la calidad requerida.

16. En cada categoría, los premios consistirán en:

Primer lugar:  $10 000.00 (diez mil pesos)
Segundo lugar: $ 5 000.00 (cinco mil pesos)
Tercer lugar: $ 3 000.00 (tres mil pesos) 

Además, un espacio en la FILU 2020 para que los ganadores del primer lugar de cada categoría realicen la lectura de sus trabajos.

17. La fecha de la premiación será el sábado 4 de abril en el marco de la FILU. Los gastos de traslado de los ganadores serán cubiertos por la Universidad Veracruzana.

18. Las menciones honoríficas se extenderán de acuerdo con el criterio del jurado.

19. Los puntos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el jurado calificador y el comité organizador.

Más información al teléfono (228) 842 17 00 extensión 17816 o en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..


Fuente

 

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PREMIO NACIONAL AL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO UNIVERSIDAD VERACRUZANA 2022 (México)


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PREMIO NACIONAL AL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO UNIVERSIDAD VERACRUZANA 2022 (México)

20:01:2022

Género:  Poesía, relato, ensayo

Premio:   $ 10.000 y lectura

Abierto a:  estudiantes que cuenten con inscripción vigente en cualquiera de las carreras técnicas o de licenciatura de las universidades públicas o privadas del país

Entidad convocante:  Universidad Veracruzana

País de la entidad convocante:  México

Fecha de cierre:  20:01:2022

 

BASES

 

La Universidad Veracruzana a través de la Dirección Editorial y la Feria Internacional del Libro Universitario

CONVOCA

al

Premio Nacional al Estudiante Universitario

En las siguientes categorías

José Emilio Pacheco - Poesía
Luis Arturo Ramos - Relato
Carlos Fuentes - Ensayo

BASES

1. Podrán participar todos los estudiantes que cuenten con inscripción vigente en cualquiera de las carreras técnicas o de licenciatura de las universidades públicas o privadas del país.  www.escritores.org

2. La recepción de los trabajos será del día 1 de diciembre del presente año al 28 de enero de 2022.

3. Los participantes deberán enviar sus trabajos de manera electrónica; para ello, deberán cargar sus trabajos a través de la página web: uv.mx/registro/pneu2022/

4. Los trabajos deberán presentarse a doble espacio, en letra Times New Roman de 12 puntos con márgenes de 3 cm por lado y la extensión no podrá ser inferior a cinco cuartillas ni superior a diez.
Los textos no deben incluir ningún tipo de imágenes e ilustraciones, ni del autor ni de terceros. Las extensiones permitidas son, únicamente, .doc .docx.

5. El tema en las categorías ensayo, relato y poesía es libre.

6. Los concursantes deberán participar con pseudónimo. El envío es, exclusivamente, digital y para realizarlo se deberá registrar la participación en línea y cargar así el manuscrito de su ensayo, poema(s), relato a través de la plataforma del concurso. De igual manera, deberá cargarse la plica con los documentos personales del participante: nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico, así como la imagen de la papeleta de inscripción vigente o del documento que los acredite como alumnos en los términos del punto 1. Los documentos de la plica deberán estar debidamente digitalizados, ser legibles y presentarse en formato .PDF.

7. La convocatoria se cerrará, automáticamente, el día 28 de enero a las 23:59 horas.

8. Los textos deben ser de creación propia e inédita, es decir, no deben haberse publicado de forma impresa ni electrónica.

9. Podrán concursar en las tres categorías, siempre y cuando el autor presente cada uno de sus trabajos por separado y acompañados de un seudónimo distinto.

10. No podrán participar estudiantes que hayan ganado en ediciones pasadas.

11. El jurado calificador estará integrado por académicos, escritores, editores o profesionales de reconocido prestigio en cada una de las áreas, cuyos nombres serán revelados en el momento en que sea publicado el fallo.

12. El veredicto del jurado calificador será inapelable y se dará a conocer públicamente a más tardar el día 25 de febrero del 2022, se publicará en las páginas web:
uv.mx/editorial
filu.uv.mx

13. Los trabajos no premiados no serán devueltos; serán destruidos y/o borrados de la plataforma del concurso de manera inmediata.

14. El jurado declarará desierto el premio, en cualquiera de las categorías, si los materiales no cuentan con la calidad requerida.

15. La participación supone la aceptación plena e incondicional de todas las bases. Ninguno de los lineamientos establecidos es negociable, de no cumplir con estos requisitos, serán descalificados.

16. En cada categoría, los premios consistirán en:
Primer lugar: $10 000.00 (diez mil pesos)
Segundo lugar: $ 5 000.00 (cinco mil pesos)
Tercer lugar: $ 3 000.00 (tres mil pesos)
Además, un espacio en la FILU 2022 para que los ganadores del primer lugar de cada categoría realicen la lectura de sus trabajos.

17. La fecha de la premiación será el día 4 de junio en el marco de la FILU. Los gastos de traslado de los ganadores serán cubiertos por la Universidad Veracruzana.

18. Las menciones honoríficas se extenderán de acuerdo con el criterio del jurado.

19. Los puntos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el jurado calificador y el comité organizador.

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PREMIO NACIONAL AL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD VERACRUZANA 2023 (México)

02:01:2023

Género:  Poesía, ensayo, relato

Premio:  $ 10.000 y lectura

Abierto a:  estudiantes inscritos en universidades públicas o privadas del país

Entidad convocante:  Universidad Veracruzana

País de la entidad convocante:  México

Fecha de cierre:  02:01:2023

 

BASES

 

 

La Universidad Veracruzana a través de la Dirección Editorial y la Feria Internacional del Libro Universitario convoca a estudiantes inscritos en universidades públicas o privadas del país, para que participen en el

Premio Nacional al Estudiante Universitario

Bajo las siguientes categorías:
José Emilio Pacheco – poesía
Carlos Fuentes – ensayo
Luis Arturo Ramos – relato

1. El tema de ensayo, relato y poesía será libre.

2. Los textos deben ser creación propia e inédita, es decir, no deben haberse publicado de forma impresa ni electrónica.

3. Las y los concursantes deberán participar con pseudónimo.

4. Las y los concursantes podrán participar en las tres categorías, siempre y cuando presenten cada trabajo por separado y con un seudónimo distinto.

5. Los trabajos deberán presentarse a doble espacio, fuente Times New Roman de 12 puntos, márgenes de 3 cm por lado y extensión no inferior a cinco ni superior a diez cuartillas; no deben incluir imágenes ni ilustraciones. Las extensiones permitidas para la entrega serán, únicamente, .doc .docx.

6. Las y los participantes deberán enviar sus textos de manera electrónica, a través de la página web: uv.mx/registro/pneu2023/; para ello deberán registrarse y cargar el manuscrito de su ensayo, poema(s) o relato. También, cargar la plica con los datos personales: nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico, así como la imagen de la papeleta de inscripción vigente o del documento que les acredite como universitarios. Los documentos de la plica deberán estar debidamente digitalizados, ser legibles y presentarse en formato .PDF.

7. La convocatoria se cerrará el día 2 de enero de 2023, a las 23:59 horas.

8. El jurado calificador estará integrado por académicos, escritores, editores o profesionales de reconocido prestigio en cada una de las áreas, cuyos nombres serán revelados con la publicación del fallo.

9. El veredicto del jurado calificador será inapelable y se dará a conocer públicamente a más tardar el día 20 de abril de 2023, en las páginas web: uv.mx/editorial y uv.mx/filu

10. El jurado declarará desierto el premio, en cualquiera de sus categorías, si los materiales no cuentan con la calidad requerida.

11. La participación supone la aceptación incondicional de las bases; de no cumplir con éstas, los trabajos serán descalificados.

12. No se devolverá los trabajos no premiados, los cuales serán borrados inmediatamente de la plataforma del concurso.

13. No podrán participar estudiantes que hayan ganado en ediciones pasadas.www.escritores.org

14. En cada categoría, los premios consistirán en:
Primer lugar: $10,000.00 (diez mil pesos, 00/100 M.N.)
Segundo lugar: $5,000.00 (cinco mil pesos, 00/100 M.N.)
Tercer lugar: $3,000.00 (tres mil pesos, 00/100 M.N.)
Un espacio en la FILU 2023 para que las y los ganadores del primer lugar de cada categoría den lectura a sus trabajos.

15. Las menciones honoríficas se otorgarán a criterio del jurado.

16. La premiación se llevará a cabo en el marco de la FILU 2023.

17. Los gastos de traslado de las y los ganadores del primer lugar de cada categoría serán cubiertos por la Universidad Veracruzana, siempre y cuando se encuentren en el país.

18. Los puntos no previstos en esta convocatoria serán resueltos por el jurado calificador y el comité organizador de la FILU.

19. Más información al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 
 

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PREMIO NACIONAL AL FOMENTO DE LA LECTURA 2018 (España)

26:04:2018

Género:  Proyecto educativo

Premio:   Galardón

Abierto a: candidatos propuestos por el jurado o por entidades culturales o profesionales vinculadas al fomento de la lectura

Entidad convocante: Ministerio de Cultura

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   26:04:2018

 

BASES


El Premio Nacional al Fomento de la Lectura tiene por objeto reconocer el inestimable papel que diferentes personas y entidades, especialmente los medios de comunicación, pueden desempeñar en el fomento del hábito lector y en la transmisión de una imagen de la lectura como una actividad cultural positiva, útil y placentera.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.

El Premio Nacional al Fomento de la Lectura correspondiente a 2018 distinguirá a las personas físicas o jurídicas que hayan destacado por difundir los beneficios de la lectura como una actividad cultural, positiva, útil y placentera durante 2017.

Segundo.

El Premio tendrá carácter honorífico y en consecuencia carecerá de dotación económica. No podrá ser declarado desierto ni concederse a título póstumo.
El jurado podrá premiar a un máximo de dos personas físicas o jurídicas, una de las cuales deberá haberse distinguido por actividades de fomento de la lectura en los medios de comunicación.

Tercero.

El Jurado del Premio Nacional de Fomento de la Lectura propondrá los candidatos que, a su juicio, son merecedores del galardón.

Podrán presentar también candidatos las entidades culturales o profesionales que por su naturaleza, fines o contenidos estén vinculadas al fomento de la lectura en cualquiera de las lenguas españolas, mediante propuesta razonada en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la presente convocatoria, dirigida al Director General de Industrias Culturales y del Libro, en su calidad de Presidente del Jurado, en la que se harán constar los méritos de los candidatos propuestos.

Cuarto.

1. El fallo de este Premio Nacional corresponderá a un Jurado cuya composición será la siguiente: Presidente: el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que podrá delegar en la Vicepresidencia
Vicepresidente: el Subdirector General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o persona en quien delegue.
Vocales:

Los dos galardonados en la última convocatoria del Premio Nacional al Fomento de la Lectura o, en su caso, los representantes de las entidades o instituciones galardonadas.

Un miembro o representante de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
Un miembro o representante de la Federación de Asociaciones de Radio y Televisión de España.
Un miembro o representante de la Asociación de Editores de Revistas Culturales de España (ARCE).
Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a la investigación desde la perspectiva de género.

Dos expertos, propuestos por:
– El Consejo Escolar del Estado.
– El Ministro de Educación, Cultura y Deporte.
Secretario: un funcionario de la Subdirección General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por el Director General de Industrias Culturales y del Libro que actuará con voz pero sin voto.

2. Los Vocales del Jurado serán designados por Orden del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director General de Industrias Culturales y del Libro, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades correspondientes. Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a dos miembros o representantes, hombre y mujer, entre los que la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro designará al que corresponda para mantener dicha paridad.

No podrán formar parte del Jurado como vocales quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de los que formen parte del mismo como galardonados en convocatorias anteriores.

La Orden Ministerial de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a la reunión.

4. En lo no previsto en la presente resolución, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la Subsección 2.ª, Sección 3.ª, Capítulo II del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de noviembre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.

El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a través del Director General de Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente Orden de concesión del premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

La entrega del premio concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

Sexto.

El acto de concesión será definitivo en la vía administrativa y contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo.

Contra la presente resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Octavo.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»


Fuente: www.boe.es

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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