Concursos Literarios


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PREMIO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL "GUNNAR MENDOZA" 2017 (Bolivia)

01:09:2017

Género: Proyecto cultural

Premio:  Bs. 40.000, diploma, medalla de oro

Abierto a: gestores – promotores culturales bolivianos

Entidad convocante: Ministerio de Culturas y Turismo y el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz

País de la entidad convocante: Bolivia

Fecha de cierre:   01:09:2017

 

BASES

 
Este premio está destinado a gestores – promotores culturales bolivianos cuyo trabajo ha contribuido al fomento y desarrollo de la cultura nacional.

La participación para ambos premios está restringida para autoridades, funcionarios que se relacionen con la actual administración cultural, nacional, regional o local, o miembros de los

Consejos Departa¬mentales de Culturas por ser parte del Jurado Calificador.
www.escritores.org
Entre los requisitos que deberán presentar los postulantes están: Currículum Vitae documentado; Carta de Postulación firmada por la máxima autoridad de la entidad; Cartas de adhesión o

apoyo, firmadas por los titulares de cada entidad propo¬nente. Esta documentación debe ser presentado en sobre cerrado a nombre de: Ministerio de Culturas y Turismo y la Referencia

PREMIO NACIONAL DE GESTIÓN CULTURAL "GUNNAR MENDOZA" - 2017. Dirección calle Ayacucho esq. Potosí  “Palacio Chico”, La Paz – Bolivia

Sobre el premio

El premio consiste en Bs. 40.000 (Cuarenta Mil 00/100 Bolivianos), una medalla de oro y un Diploma de Reconocimiento.

De los cuales Bs. 15.000 (Quince Mil 00/100 Bolivianos) y un Diploma de Honor serán otorgados por el Ministerio de Culturas y Turismo y Bs. 25.000 (Veinticinco Mil 00/100 Bolivianos) y una

medalla de oro, otorgados por el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz.

El premio será entregado en acto público en el Patio Cultural del Ministerio de Culturas y Turismo en fecha a determinar por la organización.

Del Plazo

Todas las postulaciones se recibirán hasta el día viernes 01 de septiembre de 2017 a horas 18:30, en ventanilla de recepción del Ministerio de Culturas y Turismo.

Cualquier información puede ser recabada en la Dirección General de Promoción Cultural y Artística, del Ministerio de Culturas y Turismo.

Fuente: www.minculturas.gob.bo

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 



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PREMIO NACIONAL DE HISTORIA 2017 (Venezuela)

17:09:2017

Género: Obra publicada

Premio:  1.000 UT, diploma y medalla

Abierto a: ciudadanas y ciudadanos venezolanos con más de 30 años de trayectoria en el campo de la divulgación, investigación y enseñanza de la historia

Entidad convocante: Centro Nacional de Estudios Históricos

País de la entidad convocante: Venezuela

Fecha de cierre:   17:09:2017

 

BASES


Convocatoria

Considerando

Que el Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la nación.

Considerando

Que la memoria histórica de la nación es de vital importancia para la formación de la conciencia de los ciudadanos y ciudadanas.

Considerando

Que la Era Bicentenaria de nuestra independencia es ocasión propicia para poner de relieve los aportes significativos que en materia historiográfica se han realizado en el país.

Considerando

Que un conjunto de ciudadanos y ciudadanas han dedicado su vida profesional a la recuperación, estudio, investigación, divulgación, conservación o docencia de nuestra historia, generando con su labor una mejor comprensión del proceso histórico venezolano y han contribuido con esto a la reafirmación de la conciencia histórica y la identidad nacional.

Decreta

Crear el Premio Nacional de Historia con el propósito de reconocer la dilatada trayectoria de las personas que se han dedicado a la investigación, el estudio, la divulgación o la docencia de la historia, contribuyendo a la formación y reafirmación de la conciencia social y la identidad nacional del pueblo venezolano.

El Premio Nacional de Historia será otorgado anualmente. Para tal fin se designará un jurado integrado por tres (3) personalidades de destacada trayectoria en el ámbito historiográfico venezolano. En esta primera edición de 2017 el jurado podrá otorgar el Premio Nacional de Historia a más de una persona.

Designar al Centro Nacional de Estudios Históricos como ente encargado de las políticas de memoria del Estado venezolano para desarrollar todos los procedimientos, bases y normativas destinadas al otorgamiento del Premio Nacional de Historia.

Bases

El Centro Nacional de Estudios Históricos convoca al Premio Nacional de Historia 2017 en cumplimento del Decreto No. 2.979 publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.187 de fecha 6 de julio de 2017, de acuerdo a las siguientes bases.

El premio

1.- El Premio Nacional de Historia 2017 será otorgado a la trayectoria más destacada en el campo del estudio, investigación, docencia y difusión de la historia en cualquiera de sus modalidades y especialidades.

2. En esta primera edición, el Premio podrá ser otorgado a más de una persona, a criterio del jurado calificador.

3.- El Premio Nacional de Historia 2017 consta de un diploma, una medalla y una asignación monetaria en bolívares correspondiente a un mil unidades tributarias (1000 UT). Dicha premiación se realizará en un acto público organizado por el Centro Nacional de Estudios Históricos.

4. El Premio no podrá ser declarado desierto.


Los participantes

5.- Podrán postularse o ser postulados para optar al Premio Nacional de Historia 2017 los ciudadanas y ciudadanos venezolanos con más de 30 años de trayectoria en el campo de la divulgación, investigación y enseñanza de la historia.


Requisitos

6- Los interesados e interesadas deberán entregar a la Coordinación de Despliegue Territorial del Centro Nacional de Estudios Históricos los siguientes requisitos impresos y digitalizados en un disco compacto (CD).
a. Carta de postulación.
b. Copia de la cédula de identidad.
c. Currículum Vitae (incluir resumen curricular de una página)
d. Número telefónico fijo y celular.
e. Dirección de habitación.
f. Correo electrónico.
g. Soportes impresos y digitales que avalen la trayectoria (diplomas, constancias, artículos, catálogo de investigaciones, reseñas, críticas, reconocimientos, asistencia a eventos, copia de portada de publicaciones, entre otros).


El jurado

7.- El proceso de evaluación y selección del Premio Nacional de Historia 2017 será realizado por un jurado constituido por tres (3) especialistas en el área, designados por el Consejo Directivo del Centro Nacional de Estudios Históricos.

8- El jurado emitirá su veredicto una vez revisados los soportes y tomará las decisiones por mayoría. Darán a conocer el resultado mediante un acta motivada, de conformidad con lo establecido en las bases del Premio Nacional de Historia 2017.

9. El veredicto del jurado será inapelable.

10. No se devolverán copias o soportes de los requisitos consignados por los participantes.


Disposiciones finales

11.- El plazo de postulación está comprendido desde el 18 de julio hasta el 17 de septiembre 2017, ambas fechas inclusive.

12.- El veredicto se anunciará durante el mes de octubre 2017. El Centro Nacional de Estudios Históricos dará a conocer los resultados mediante su página web www.cnh.gob.ve y demás medios de comunicación impresos, audiovisuales y electrónicos.
www.escritores.org
13.- La fecha y lugar de la premiación serán anunciados oportunamente.

14.- Las postulaciones deben enviarse a la siguiente dirección: Centro Nacional de Estudios Históricos, coordinación de Despliegue Territorial. Edificio Archivo General de la Nación, planta baja, final avenida Panteón, prroquia Altagracia, municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital. Tlfs. 0212 5095880 y 0414 2524887. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

15.- Todo lo no previsto en estas bases será resuelto por el Comité Organizador del Premio Nacional de Historia 2017.


Fuente: www.cnh.gob.ve

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PREMIO NACIONAL DE ILUSTRACIÓN 2017 (España)
01:09:2017

Género: Obra Publicada

Premio:   20.000 €

Abierto a: autores españoles. La participación es a propuesta del jurado (limitada).

Entidad convocante: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   01:09:2017

 

BASES


El Premio Nacional de Ilustración tiene por objeto reconocer y distinguir el conjunto de la labor realizada por un ilustrador español en el ámbito del libro y de las letras españolas.
www.escritores.org
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

El Premio Nacional de Ilustración, correspondiente a 2017, reconocerá el conjunto de la obra de un ilustrador español en el ámbito del libro y de la literatura.

Segundo.

El Premio estará dotado con 20.000 euros, será indivisible y no podrá ser declarado desierto, ni concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si el ilustrador falleciera después del fallo del Jurado.

Tercero.

El Jurado del Premio Nacional de Ilustración propondrá los ilustradores que, a su juicio, son merecedores del Premio Nacional de Ilustración.

Podrán presentar también candidatos las entidades culturales o profesionales, que por su naturaleza, fines o contenidos estén vinculadas a la ilustración y a la literatura en cualquiera de las lenguas españolas, mediante propuesta razonada dirigida al Director General de Industrias Culturales y del Libro, en su calidad de Presidente del Jurado, en la que se harán constar los méritos de los ilustradores propuestos.

Cuarto.

1. El fallo de este Premio Nacional corresponderá a un Jurado cuya composición será la siguiente:

Presidente: el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que podrá delegar en la Vicepresidencia

Vicepresidente: el Subdirector General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o persona en quien delegue.

Vocales:

Los dos ilustradores galardonados en las dos convocatorias anteriores con el Premio Nacional de Ilustración.

Seis representantes de Asociaciones de Ilustradores o de Instituciones relacionadas con el mundo de la ilustración.

Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a la investigación desde la perspectiva de género.

Tres especialistas de probada competencia en el juicio y valoración de la labor de ilustración, propuestos por:

La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

La Organización Española para el Libro Infantil (OEPLI).

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

Secretario: un funcionario de la Subdirección General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que actuará con voz pero sin voto.

2. Los vocales del Jurado serán designados por Orden del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director General de Industrias Culturales y del Libro, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades correspondientes y sus conocimientos para valorar la creación y trayectoria de los ilustradores. Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a dos miembros o representantes, hombre y mujer, entre los que la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro designará al que corresponda para mantener dicha paridad.

No podrán formar parte del Jurado como vocales quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de los que formen parte de dicho jurado, como galardonados en convocatorias anteriores.

La Orden Ministerial de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a la reunión.

4. En lo no previsto en la presente resolución, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la Subsección 2.ª, Sección 3.ª, Capítulo II del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de noviembre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.

El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte a través del Director General de Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente Orden de concesión del Premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

En ningún caso, la concesión del premio implicará cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de su autor.

Sexto.

El importe de este premio, cuya cuantía se señala en el punto primero, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.334B.481.18.

La entrega del premio concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia solemnidad y publicidad adecuadas.

Séptimo.

El acto de concesión será definitivo en la vía administrativa y contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octavo.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Fuente: www.mecd.gob.es

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PREMIO NACIONAL DE HISTORIA DE ESPAÑA 2017 (España)
01:09:2017

Género: Obra Publicada

Premio:   20.000 €

Abierto a: autores españoles. La participación es a propuesta del jurado (limitada).

Entidad convocante: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   01:09:2017

 

BASES


El Premio Nacional de Historia de España tiene por objeto reconocer y estimular la importante labor de estudio e investigación histórica que viene realizándose en los temas relacionados con la historia de nuestro país, y contribuir a la difusión y conocimientos de los resultados conseguidos.
www.escritores.org
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

El Premio Nacional de Historia de España, correspondiente a 2017, distinguirá la mejor obra de esta especialidad publicada en el año 2016. El premio tendrá una cuantía de 20.000 euros, que percibirá el autor de la obra. El premio tendrá carácter indivisible y no podrá ser declarado desierto ni concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si el autor falleciera después del fallo del Jurado.

Segundo.

Al Premio Nacional de Historia de España optarán las obras escritas en cualquier lengua española por autores españoles y editadas en España, en su primera edición, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, que hayan cumplido los requisitos legales establecidos para su difusión. Si existen dudas sobre la fecha de publicación, se tomará como válida la fecha del Depósito Legal.

Las denominadas «obras completas», y las recopilaciones de obras sólo podrán ser tenidas en consideración si la parte de las mismas publicada por vez primera en 2016 supera en número de páginas a las partes ya publicadas en años anteriores. Así mismo se excluirán las actas de congresos.

Asimismo quedarán excluidas las obras colectivas en las que participen más de tres autores.

Tercero.

1. La propuesta de obras, la valoración de las mismas y el fallo del Premio, corresponderá a un Jurado cuya composición será la siguiente:

Presidente: el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que podrá delegar en la Vicepresidencia

Vicepresidente: el Subdirector General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o persona en quien delegue.

Vocales:

Los dos autores galardonados en las dos convocatorias anteriores con el Premio Nacional de Historia de España.

Un miembro o representante de la Real Academia de la Historia.

Un miembro o representante de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Un miembro o representante de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.

Un miembro o representante de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.

Un miembro o representante del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Un miembro o representante del Instituto de Historia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Un miembro o representante elegido por alguna de las principales Asociaciones o Sociedades de Historiadores existentes en España.

Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a la investigación desde la perspectiva de género.

Un miembro o representante de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).

Un miembro o representante de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).

Un representante designado por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

Secretario: un funcionario de la Subdirección General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que actuará con voz pero sin voto.

2. Los vocales del Jurado serán designados por Orden del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director General de Industrias Culturales y del Libro, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades correspondientes y sus conocimientos para valorar las obras de esta especialidad. Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a dos miembros o representantes, hombre y mujer, entre los que la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro designará al que corresponda para mantener dicha paridad.

No podrán formar parte del Jurado como vocales quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de los que formen parte del mismo como galardonados en convocatorias anteriores.

La Orden Ministerial de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.

4. En lo no previsto en la presente resolución, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la Subsección 2.ª, Sección 3.ª, Capítulo II del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de noviembre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.

El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a través del Director General de Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente Orden de concesión del Premio se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

En ningún caso, la concesión del premio implicará cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de su autor.

Quinto.

El editor de la obra premiada podrá hacer uso publicitario del premio recibido, indicando de forma expresa el año a que corresponde.

Sexto.

El importe de este premio, cuya cuantía se señala en el punto primero, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.334B.481.18.

La entrega del premio concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

Séptimo.

El acto de concesión será definitivo en la vía administrativa y contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octavo.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


Fuente: www.mecd.gob.es

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PREMIO NACIONAL DE LA CIUDAD DE HOLGUÍN 2017 EN DÉCIMA (Cuba)

04:01:2017

Género:   Poesía

Premio:  3.000 pesos y publicación

Abierto a: escritores cubanos o extranjeros residentes en Cuba

Entidad convocante: Sectorial Municipal de Cultura de Holguín y el Centro de Promoción Literaria Pedro Ortiz Domíngue

País de la entidad convocante: Cuba

Fecha de cierre:   04:01:2017

 

BASES

 
Convocatoria

El Sectorial Municipal de Cultura de Holguín y el Centro de Promoción Literaria Pedro Ortiz Domínguez, convocan el Premio Nacional de la Ciudad de Holguín en el género décima.
www.escritores.org
Podrán participar escritores cubanos o extranjeros residentes en el país.

Los cuadernos se presentarán antes del 5 de enero 2017 en el Centro de Promoción Literaria Pedro Ortiz Domínguez, Calle Arias 144, esquina a Fomento, Holguín, dos copias digitalizadas letra arial, a espacio y medio, tendrán entre 60 y 80 cuartillas.

El premio consistirá en 3000 pesos moneda nacional y su propuesta de publicación a Ediciones Holguín.

El jurado estará integrado por importantes personalidades de la décima cubana.

Se podrán entregar cuantas menciones considere el jurado si que ello entrañe compromiso de publicación.

Las Bases son inapelables.


Fuente
 

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