Concursos Literarios


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PREMIO NACIONAL DE ILUSTRACIÓN 2017 (España)
01:09:2017

Género: Obra Publicada

Premio:   20.000 €

Abierto a: autores españoles. La participación es a propuesta del jurado (limitada).

Entidad convocante: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   01:09:2017

 

BASES


El Premio Nacional de Ilustración tiene por objeto reconocer y distinguir el conjunto de la labor realizada por un ilustrador español en el ámbito del libro y de las letras españolas.
www.escritores.org
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

El Premio Nacional de Ilustración, correspondiente a 2017, reconocerá el conjunto de la obra de un ilustrador español en el ámbito del libro y de la literatura.

Segundo.

El Premio estará dotado con 20.000 euros, será indivisible y no podrá ser declarado desierto, ni concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si el ilustrador falleciera después del fallo del Jurado.

Tercero.

El Jurado del Premio Nacional de Ilustración propondrá los ilustradores que, a su juicio, son merecedores del Premio Nacional de Ilustración.

Podrán presentar también candidatos las entidades culturales o profesionales, que por su naturaleza, fines o contenidos estén vinculadas a la ilustración y a la literatura en cualquiera de las lenguas españolas, mediante propuesta razonada dirigida al Director General de Industrias Culturales y del Libro, en su calidad de Presidente del Jurado, en la que se harán constar los méritos de los ilustradores propuestos.

Cuarto.

1. El fallo de este Premio Nacional corresponderá a un Jurado cuya composición será la siguiente:

Presidente: el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que podrá delegar en la Vicepresidencia

Vicepresidente: el Subdirector General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o persona en quien delegue.

Vocales:

Los dos ilustradores galardonados en las dos convocatorias anteriores con el Premio Nacional de Ilustración.

Seis representantes de Asociaciones de Ilustradores o de Instituciones relacionadas con el mundo de la ilustración.

Un miembro o representante de centros y/o departamentos académicos dedicados a la investigación desde la perspectiva de género.

Tres especialistas de probada competencia en el juicio y valoración de la labor de ilustración, propuestos por:

La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

La Organización Española para el Libro Infantil (OEPLI).

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

Secretario: un funcionario de la Subdirección General del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por el Director General de Industrias Culturales y del Libro, que actuará con voz pero sin voto.

2. Los vocales del Jurado serán designados por Orden del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director General de Industrias Culturales y del Libro, teniendo en consideración las propuestas formuladas por las entidades correspondientes y sus conocimientos para valorar la creación y trayectoria de los ilustradores. Con objeto de poder formar un jurado paritario, cada una de las entidades deberá proponer necesariamente a dos miembros o representantes, hombre y mujer, entre los que la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro designará al que corresponda para mantener dicha paridad.

No podrán formar parte del Jurado como vocales quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores a excepción de los que formen parte de dicho jurado, como galardonados en convocatorias anteriores.

La Orden Ministerial de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a la reunión.

4. En lo no previsto en la presente resolución, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la Subsección 2.ª, Sección 3.ª, Capítulo II del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de noviembre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.

El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte a través del Director General de Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente Orden de concesión del Premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

En ningún caso, la concesión del premio implicará cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de su autor.

Sexto.

El importe de este premio, cuya cuantía se señala en el punto primero, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.334B.481.18.

La entrega del premio concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia solemnidad y publicidad adecuadas.

Séptimo.

El acto de concesión será definitivo en la vía administrativa y contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octavo.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Fuente: www.mecd.gob.es

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PREMIO NACIONAL DE LA CIUDAD DE HOLGUÍN 2017 EN DÉCIMA (Cuba)

04:01:2017

Género:   Poesía

Premio:  3.000 pesos y publicación

Abierto a: escritores cubanos o extranjeros residentes en Cuba

Entidad convocante: Sectorial Municipal de Cultura de Holguín y el Centro de Promoción Literaria Pedro Ortiz Domíngue

País de la entidad convocante: Cuba

Fecha de cierre:   04:01:2017

 

BASES

 
Convocatoria

El Sectorial Municipal de Cultura de Holguín y el Centro de Promoción Literaria Pedro Ortiz Domínguez, convocan el Premio Nacional de la Ciudad de Holguín en el género décima.
www.escritores.org
Podrán participar escritores cubanos o extranjeros residentes en el país.

Los cuadernos se presentarán antes del 5 de enero 2017 en el Centro de Promoción Literaria Pedro Ortiz Domínguez, Calle Arias 144, esquina a Fomento, Holguín, dos copias digitalizadas letra arial, a espacio y medio, tendrán entre 60 y 80 cuartillas.

El premio consistirá en 3000 pesos moneda nacional y su propuesta de publicación a Ediciones Holguín.

El jurado estará integrado por importantes personalidades de la décima cubana.

Se podrán entregar cuantas menciones considere el jurado si que ello entrañe compromiso de publicación.

Las Bases son inapelables.


Fuente
 

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PREMIO NACIONAL DE LA JUVENTUD "YENURI CHIGUALA CRUZ" 2015 (Perú)

31:07:2015

Género: Ensayo

Premio:  Trofeo, diploma y 3 UIT

Abierto a: entre los 15 y 29 años de edad

Entidad convocante: Ministerio de Educación

País de la entidad convocante: Perú

Fecha de cierre:   31:07:2015

 

BASES

 
1. FINALIDAD
 
El Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” de acuerdo a la Ley Nº 27725 - Ley de Creación del Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” y su modificatoria Ley Nº 28829; constituye una distinción honorífica que el Estado otorga a jóvenes varones y mujeres entre 15 y 29 años y a organizaciones juveniles, para estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado en la promoción y tutela de la cultura, valores e identidad nacional; en las siguientes modalidades:

Letras, Artes, deportes, Ciencia y Tecnología, Historia, Acciones solidarias y altruistas, Ambiente y Comunicación Social; otorgándose cada año a dos modalidades.
 www.escritores.org
El Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz”, desde su creación el año 2002, ha movilizado al Ministerio de Educación y las instancias de gestión educativa descentralizadas, a fin de difundir el Premio, congregando de esta manera a jóvenes y organizaciones juveniles del país interesados en obtener la mencionada distinción tras la obra realizada en las dos modalidades seleccionadas cada año.
 
Para el presente año, teniendo en cuenta el carácter permanente de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público 2014, el Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz”-2015, otorgará dicha distinción a personas naturales, varones y mujeres comprendidos entre los 15 y 29 años de edad. Siendo las modalidades de: 1) Artes y 2) Ciencia y Tecnología, las que convocarán las postulaciones.
 
2. OBJETIVOS
 
• Estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que personas naturales, varones y mujeres, comprendidos entre los 15 y 29 años de edad, hayan realizado en las modalidades de 1) Artes y 2) Ciencia y Tecnología.
 
3. DE LOS POSTULANTES
 
De conformidad al artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 27725, modificada por la Ley N° 28829, y teniendo en cuenta el carácter permanente de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público 2014; pueden postular personas naturales varones y mujeres, comprendidos entre 15 y 29 años de edad.
 
4. PRESENTACIÓN DE TRABAJOS
 
4.1. La presentación será realizada, a través de terceras personas, sean estas jurídicas o naturales.
 
4.2. La carta de presentación se hará de acuerdo al formato del Anexo I (Emitido por personas naturales) o Anexo II (Emitido por personas jurídicas).
 
4.3. Se deberá adjuntar a la carta de presentación el Anexo III (Información del Postulante y su experiencia) y el Anexo IV (según corresponda) con la documentación probatoria (fotos, recortes periodísticos, constancias, premios, videos, testimonios, relación de beneficiarios o cualquier otro elemento probatorio) y sustentatoria de la actividad o proyecto desarrollado por el postulante. La documentación deberá acreditar los méritos del postulante y justificar el otorgamiento de esta distinción.
 
4.4. Las postulaciones al Premio Nacional de la Juventud, serán presentadas en sobre cerrado y rotulado con la inscripción: “Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” - 2015, señalando la modalidad a la que se presenta; según Anexo V.a (Etiqueta para Sede Central en Lima) o Anexo V.b. (Etiqueta para DRE-UGEL).
 
5. LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN:
 
5.1. Fecha de presentación de propuestas: Desde la publicación de las Bases hasta el 31 de julio 2015, dentro del horario de atención de los centros de recepción.
 
5.2. Lugares para la presentación de las postulaciones:
 
• En Lima: Oficina de Atención al Ciudadano y gestión Documental de la Sede Central del Ministerio de Educación, ubicada en Calle Del Comercio 193- San Borja (Ver Anexo V.a. Modelo de Etiqueta).
 
• En las Regiones: Oficina de Trámite Documentario de las Direcciones Regionales de Educación o en las Unidades de Gestión Educativa Local (Ver Anexo V.b. Modelo de Etiqueta).
 
5.3. El órgano receptor (Ministerio de Educación / Dirección Regional de Educación o el órgano que haga sus veces / Unidad de Gestión Educativa Local) deberá entregar el ticket o cargo de recepción de la postulación.
 
5.4. Las Direcciones Regionales de Educación (o el órgano que haga sus veces) y las Unidades de Gestión Educativa Local, deben enviar las postulaciones a la Comisión Calificadora del Premio Nacional de la Juventud Yenuri Chiguala Cruz – 2015 en la Sede Central de Lima hasta el 10 de agosto de acuerdo al cronograma de las presentes bases.
 
5.5. Los sobres presentados deberán serán remitidos sin ser abiertos a la Comisión Calificadora del Premio Nacional de la Juventud Yenuri Chiguala Cruz – 2015.
 
6. MODALIDADES
 
En el presente año, las postulaciones se presentarán a cualquiera de las dos modalidades:
 
6.1. Artes: Concedido a jóvenes, varones y mujeres, entre los 15 y 29 años, cuyas actividades, en los campos de pintura, escultura, arquitectura, música, cinematografía, danza, fotografía, teatro y demás expresiones artísticas, que haciendo uso de la imagen, materia o del sonido representen significativo aporte al acervo cultural peruano.
 
6.2. Ciencia y Tecnología: Concedido a jóvenes, varones y mujeres, entre los 15 y 29 años, cuyas actividades en los campos de la ciencia, técnica y humanidades contribuyan al descubrimiento de nuevos conocimientos o técnicas innovadoras.
 
7. EVALUACIÓN
 
7.1. Estará a cargo de la Comisión Calificadora del Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” - 2015, conformada por un representante de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, quien la preside; un representante del Ministerio de Cultura, un representante del Instituto Peruano del Deporte, un representante del Concejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y un representante de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística del Ministerio de Educación, tal como lo establece la RM-N°243-2015-MINEDU.
 
7.2. En la evaluación se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
 
a. Originalidad: carácter innovador de las obras o actividades realizadas por los postulantes.
b. Pertinencia: correspondencia con las modalidades de la presente edición del concurso.
c. Sostenibilidad: perspectiva de continuidad en el tiempo de las actividades realizadas por los postulantes.
d. Proyección social: contribución de las actividades realizadas por los postulantes a su comunidad, es decir, el resultado positivo que las actividades generaron para el bienestar ciudadano.
 
8. VERACIDAD
 
8.1. Los documentos a presentar deberán contener información objetiva, clara, precisa y fácilmente verificable.
 
8.2. A fin de garantizar la imparcialidad del Premio, los miembros de la Comisión Calificadora deberán declarar cualquier vinculación que tuvieran con alguna de las postulaciones.
 
8.3. Toda la información presentada se considera verdadera por el solo hecho de su presentación. Si se detectara que no se cumple esta condición, se descalificará automáticamente esa postulación, sin perjuicio de la sanción administrativa y/o judicial correspondiente; quedando inhabilitado el tercero que presenta al postulante para realizar nuevas postulaciones.
 
8.4. No se devolverá la información, ni materiales presentados para la postulación al Premio.
 
 
9. PREMIACIÓN
 
9.1. De conformidad con el Artículo 11° del citado Reglamento, los premios que otorgará el Ministerio de Educación, en cada modalidad, son:
 
• Primer puesto: Trofeo, diploma y 3 UIT
• Mención honrosa: Diploma y 1 UIT
• Mención honrosa: Diploma y 1 UIT
 
9.2. La premiación se realizará en ceremonia pública, el día 23 de setiembre del año 2015, en la ciudad de Lima. La relación de los ganadores del Primer Puesto y de las menciones honrosas, serán publicados en la página web del Ministerio de Educación y en un diario de circulación nacional.
 
9.3. En caso de que así lo decida la Comisión Calificadora del Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” – 2015, el premio a otorgarse puede ser compartido entre dos postulantes, como máximo.
 
10. FINANCIAMIENTO
 
El Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” -2015, será financiado por el Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Educación Básica

Regular.
 
11. CRONOGRAMA
 
ETAPAS DEL CONCURSO Y FECHAS
 
1 ENVÍO DE POSTULACIONES
 
Desde la publicación de las Bases hasta el 31 de julio 2015, En los locales del MINEDU/DRE o el que haga sus veces/UGEL.
 
Hasta el 10 de agosto: Los trabajos que hayan sido recepcionados a nivel de DRE y UGEL serán remitidos a la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación – Comisión Calificadora del Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” – 2015
 
2 EVALUACIÓN
 
Del 12 de agosto al 19 de agosto: La Comisión Calificadora realizará la evaluación de las propuestas remitidas y recepcionadas, siendo sus fallos inapelables.
 
3 INFORMACIÓN A GANADORES
 
El 21 de agosto: Los ganadores serán informados formalmente según los datos de contacto indicados en la postulación, una vez concluida la evaluación por la Comisión Calificadora, para iniciar los trámites administrativos correspondientes.
 
4 PREMIACIÓN
 
23 de setiembre, se realizará en la ciudad de Lima.
La Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación asumirá los costos de desplazamiento, alojamiento y alimentación en caso que el ganador y/o las menciones honrosas se encuentren domiciliados fuera de Lima Metropolitana y Callao.
 
12. INFORMES
 
12.1. En Lima: Ministerio de Educación. Teléfono: (01)2245786. E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
 
12.2. En las Regiones:
 
• Direcciones Regionales de Educación / Gerencia Regional de Educación (Dirección de Gestión Pedagógica).
 
• Unidades de Gestión Educativa Local (Área de Gestión Pedagógica).
 
13. DISPOSICIONES FINALES
 
Primera disposición final.- Quienes resultaron ganadores del Primer Puesto no podrán postular nuevamente a la modalidad en la que resultaron ganadores.
 
Segunda disposición final: En forma excepcional se permitirá la postulación a personas naturales de otras nacionalidades que tengan residencia permanente no menor de diez años continuos en el Perú.
 
Tercera disposición final: Si el postulante siendo una persona natural, resulta ganador y hubiera fallecido durante el proceso de evaluación de los expedientes, el premio se otorgará a título póstumo a su conyugue sobreviviente o a sus hijos o a sus padres o al pariente más cercano, en este orden.
 
Cuarta disposición final: El Ministerio de Educación, en coordinación con las DRE o el que haga sus veces y las UGEL, así como con las entidades regionales de las instituciones públicas representadas en la Comisión Calificadora, difundirá la Convocatoria del Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” – 2015.
 
Quinta disposición final: La Comisión Calificadora realizará el informe final de los resultados del Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” - 2015, el mismo que será elevado al Despacho Ministerial del MINEDU.
 
Sexta disposición final: El Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” – 2015se invalida, en cualquiera de sus menciones, de acuerdo a las causales establecidas en el Capítulo V del Decreto Supremo Nº 025-2002-ED que aprueba su Reglamento.
 
Sétima disposición final: Cualquier aspecto no previsto en las Bases, será objeto de consulta de parte de la Comisión Calificadora del Premio Nacional de la Juventud “Yenuri Chiguala Cruz” - 2015.
 
 
 
Fuente y Ficha de inscripción
 
 

 


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PREMIO NACIONAL DE LA CIUDAD DE HOLGUÍN 2023 (Cuba)


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PREMIO NACIONAL DE LA CIUDAD DE HOLGUÍN 2023 (Cuba)

14:01:2023

Género:  Poesía, relato

Premio:  $ 5.000 MN, escultura y diploma acreditativo

Abierto a:  autores cubanos residentes en territorio nacional

Entidad convocante:  Dirección Municipal de Cultura de Holguín

País de la entidad convocante:  Cuba

Fecha de cierre:  14:01:2023

 

BASES

 

 

Abierto a: autores cubanos residentes en territorio nacional.
Entidad convocante: Dirección Municipal de Cultura de Holguín.

1. Podrán participar todos los escritores residentes en Cuba, siempre que las obras presentadas no estén sometidas a dictamen de otro concurso o se encuentre en el plan de publicación de alguna editorial y cuyos autores no hayan obtenido este premio en la edición anterior en el género que concursa y el premio será indivisible.

2. Las obras deberán ser inéditas, escritas en letra Arial 12 a espacio y medio, formato carta.

3. En poesía la extensión será de 60 a 80 cuartillas y, en narrativa, de 80 a 100.

4. Las obras pueden enviarse por correo electrónico o entregarse en original y dos copias. www.escritores.org

5. Las obras se identificarán con seudónimo y en sobre aparte (plica), se identificarán con nombre y apellidos, dirección particular, centro de trabajo, número de carné de identidad y un resumen de los datos biográficos.

6. El jurado, que estará integrado por destacados poetas y narradores cubanos, otorgará dos premios, uno en poesía y otro en narrativa, pudiendo ser un volumen en cuento o novela corta. En ambos casos el premio consistirá en 5000 pesos en moneda nacional, réplica del Cemi Baibrama y diploma acreditativo.

7. El plazo de admisión vence el 14 de enero a las 2:00 p.m. y la obra premiada se dará a conocer el 22 de enero en el acto de clausura de la Semana de la Cultura Holguinera.

Las obras deben entregarse o remitirse a:
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o entregarse en el Centro Cultural Lalita Curbelo Barberán, calle Frexes, No 132 entre Narciso López y Cervantes. Holguín. C.P. 80100. Teléfono: 24474345.

La Dirección Municipal de Cultura se responsabiliza con la gestión de publicación de las obras premiadas. Las obras entregadas impresas, deben recogerse en un plazo no mayor de los tres meses. La participación en este concurso significa la total aceptación de sus bases.

 

Fuente

 

 
 

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PREMIO NACIONAL DE LA JUVENTUD 2017 (México)

05:05:2017

Género:   Investigación, infantil y juvenil

Premio:   medalla de oro, diploma y $ 150.000

Abierto a: jóvenes, hombres y mujeres mexicanos, cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años

Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   05:05:2017

 

BASES

 
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de la Juventud, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, fracción VIII y último párrafo, 7, fracción IV, 8, segundo y tercer párrafos, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II y VII, 20, fracción II, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 72, 73 y 76 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,
www.escritores.org
CONVOCA

A las y los integrantes del Congreso de la Unión; a las y los integrantes de los congresos de las entidades federativas; a las y los integrantes del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de las entidades federativas; a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; a los gobiernos de las entidades federativas y de los ayuntamientos; a las autoridades tradicionales; a las organizaciones obreras, indígenas, campesinas, populares y empresariales; a las instituciones educativas; a las instituciones y asociaciones de servicio social; a los colegios y asociaciones de profesionistas; a las instituciones que contribuyen a la formación de nuevas generaciones de mexicanas y mexicanos y, en general, a todas las personas físicas y morales para que propongan al Consejo de Premiación a las personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o a las personas morales, aunque en uno y otro caso estén domiciliadas fuera del país, que estimen con merecimientos para recibir el "Premio Nacional de la Juventud 2017", de conformidad con las siguientes:

Primera.- El Premio Nacional de la Juventud 2017 (en lo sucesivo, el “Premio”) será entregado a jóvenes, hombres y mujeres mexicanos, cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años y su conducta o dedicación al trabajo o al estudio cause entusiasmo y admiración entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo estimulante para crear y desarrollar motivos de superación personal o de progreso a la comunidad.

El Premio se otorgará en dos categorías de edad:
A) De 12 hasta 17 años cumplidos entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
B) De 18 hasta 29 años cumplidos entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

Podrán obtener el Premio personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o personas morales. En el caso de grupos o personas morales, la edad de todas y todos sus integrantes, socios o asociados deberá estar comprendida entre los 12 y 29 años conforme a las categorías antes señaladas. Para determinar la categoría en la que participará un grupo o una persona moral integrado por jóvenes de diferentes edades, se tomará como criterio la edad de la o el mayor.

En ambas categorías, el Premio se concederá en las siguientes distinciones:
I. Logro académico;
II. Expresiones artísticas y artes populares;
III. Compromiso social;
IV. Fortalecimiento a la cultura indígena;
V. Protección al ambiente;
VI. Ingenio emprendedor;
VII. Derechos humanos;
VIII. Discapacidad e integración;
IX. Aportación a la cultura política y a la democracia, y
X. Ciencia y tecnología.

Segunda.- Para la selección de las y los galardonados se tomarán en consideración las siguientes distinciones:

I. Logro académico.- Trayectoria académica ejemplar de acuerdo a la categoría, considerando los siguientes rubros:
a) Elaboración de investigaciones o estudios cientí¬cos, publicación de libros o artículos académicos, conferencias impartidas, ponente en intercambios académicos y distinciones recibidas; concursos académicos, así como otros estudios curriculares
b) Labores docentes en los diversos niveles educativos a favor de la comunidad y que trasciendan las responsabilidades cotidianas, como expresión de un compromiso personal para crear un proyecto de vida que redunde en bene¬cio de la sociedad.

II. Expresiones artísticas y artes populares.- Se considerará:
a) Expresiones artísticas, manifestaciones culturales de artistas, actores, productores, ejecutantes e intérpretes, que por su trayectoria de calidad contribuyan a enriquecer nuestro acervo cultural, mismas que se pueden dar en las siguientes disciplinas: artes plásticas y visuales, artes escénicas, artes aplicadas, artes literarias, arte interactivo y medios de comunicación.
b) Artes populares, serán tomadas en cuenta las expresiones de obras artesanales con técnicas y materiales tradicionales, así como la creación de nuevos diseños que, por su calidad y aportaciones a nuestra vida cotidiana, contribuyan al fortalecimiento de nuestra identidad nacional, al enriquecimiento de nuestro acervo cultural y bene¬cien a su comunidad.

III. Compromiso social.- Desarrollo de proyectos, programas o actividades, cuyo propósito sea la expresión de solidaridad con comunidades y grupos sociales vulnerables del país, que al ejecutarse generen opciones de solución a problemáticas especí¬cas, mejorando en su caso, la calidad y nivel de vida de sus habitantes. De igual forma, se reconocerán los proyectos para el desarrollo de capacidades y habilidades en las comunidades; la implementación de los proyectos productivos; la colaboración en situaciones de desastre o emergencias; proyectos para mejorar la salud física y psicológica, la alimentación, la vivienda e infraestructura en las comunidades, así como proyectos para fomentar y fortalecer los valores ciudadanos.

IV. Fortalecimiento a la cultura indígena.- Acciones de jóvenes indígenas que promuevan la preservación de su identidad y desarrollo de sus pueblos y comunidades; iniciativas individuales o colectivas que fortalezcan el sentido de pertenencia a una comunidad o pueblo indígena, mismas que pueden traducirse en las siguientes vertientes: permanencia lingüística, defensa y promoción de su cultura y derechos ancestrales; capacidad para entrar en contacto con otras culturas sin perder su esencia como comunidad única y plena; formas materiales o simbólicas de interactuar con otras culturas. Iniciativas para preservar, enseñar, intercambiar y aplicar conocimientos tradicionales para proteger y mejorar la salud de las y los miembros de su comunidad o pueblo indígena.
Elaboración y desarrollo de proyectos productivos en bene¬cio de su comunidad o pueblo indígena; mejoramiento y conservación ambiental; la aplicación de tecnologías alternativas para el aprovechamiento de los recursos naturales; y actividades de capacitación y educación en materia ambiental en sus pueblos y comunidades.

V. Protección al ambiente.- Actividades relevantes en la concientización, rescate, protección, uso racional y desarrollo de los ecosistemas indispensables para un progreso sustentable (tierra, agua, aire,  ora y fauna), incluyendo el control y tratamiento de residuos. Asimismo, acciones de recuperación y construcción de infraestructura compatible con las leyes y regulaciones ambientales.

VI. Ingenio emprendedor.- Liderazgo emprendedor en distintas ramas económicas, que debe traducirse en habilidad para crear y desarrollar unidades de producción viables, redituables y sustentables. Implementación de iniciativas de negocios, transferencia de tecnología e innovación; fortalecimiento de la planta productiva con impacto en el aspecto económico y social de la comunidad. Desarrollo, difusión y promoción de una cultura emprendedora; inversión en el desarrollo de capital humano de las organizaciones productivas, destacando: la gestión directiva; habilidades gerenciales; así como, capacitación y adiestramiento de personal dirigidos a la productividad y el crecimiento.

VII. Derechos humanos.- Acciones destacadas que contribuyan a la promoción y defensa de los derechos humanos de las y los jóvenes y de la población en general. Desarrollo de investigaciones, actividades docentes e iniciativas de alto impacto social; fortalecimiento de organizaciones que trabajen el tema de derechos humanos y observatorios ciudadanos, e impulso de actividades de promoción y defensa de derechos de grupos vulnerables especí¬cos: indígenas, personas con discapacidad, minorías religiosas, migrantes, que viven con VIH/SIDA y diversidad sexual.

VIII. Discapacidad e integración.- Jóvenes con discapacidad, quienes por su actitud (resiliencia), perseverancia y actividades individuales o de manera organizada, sean ejemplo de superación y contribuyan a generar oportunidades en el desarrollo y la integración de otros jóvenes con o sin discapacidad, en diversos rubros de nuestra cotidianidad (por ejemplo: aportaciones a la comunidad, deporte, recreación, trabajo y educación).

IX. Aportación a la cultura política y a la democracia.- Jóvenes con trayectoria destacada que impulsen una cultura política, basada en la re exión, el análisis y la presentación de propuestas para el fortalecimiento de una cultura democrática sustentada en los valores del diálogo, la tolerancia, el respeto a la pluralidad y a la generación de acuerdos; estas acciones se pueden llevar a cabo por medio de foros, talleres, investigaciones, simulacros, iniciativas ciudadanas, modelos de prácticas democráticas, así como la elaboración de estudios, ponencias, investigaciones, trabajos o publicaciones en revistas; que por su impacto modi¬quen entornos y prácticas ciudadanas. No podrán participar en esta distinción los jóvenes que desempeñen un cargo público.

X. Ciencia y tecnología.- Acciones que contribuyan a fomentar y generar investigación cientí¬ca; creación e innovación tecnológica; investigaciones básicas en las ciencias naturales, sociales y las humanidades, fortaleciendo los espacios de expresión de su creatividad e inventiva; generación de conocimientos, difusión y transmisión de los mismos a nivel nacional e internacional, así como su desarrollo y aplicación sustentable.

Tercera.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus diez distinciones se requiere: (i) tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación; (ii) tener una edad comprendida entre los 12 y los 29 años conforme a lo señalado en la Base Primera; (iii) haber destacado en alguna de las distinciones antes mencionadas, y (iv) no haber recibido con anterioridad el Premio en la distinción para la cual sea propuesto.

Cuarta.- El Premio en cada una de las diez distinciones consistirá en medalla de oro ley 0.900, la cual se complementará con roseta cuando se trate de personas físicas consideradas individualmente, y se acompañará de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M. N.) en Contratos de Comisión Mercantil y Depósito de Títulos en Custodia y Administración (CODES). Con la medalla también se entregará un diploma ¬rmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se con¬ere, así como una síntesis del acuerdo del Jurado.

Quinta.- El Premio se otorgará a una sola persona o grupo por categoría y distinción. En caso de que el galardón sea para un grupo o una persona moral, el Premio respectivo se entregará a un representante nombrado por sus integrantes o a un representante legal, según corresponda.

Sexta.- Toda proposición expresará los merecimientos del candidato, se acompañará de las pruebas que se estimen pertinentes y, en todo caso, se indicará la naturaleza de otras pruebas y lugares en que puedan recabarse.

Para el registro de candidaturas se deberá ingresar a la página de internet www.premiojuventud.gob.mx, donde la o el candidato creará una cuenta e integrará su expediente con la información a continuación mencionada:

1. Cédula debidamente requisitada. Dicha cédula corresponde al formulario que se deberá llenar para generar su cuenta en la página de internet antes mencionada.

2. Carta(s) mediante la(s) cual(es) alguna(s) de las personas o instituciones a las que está dirigida la presente convocatoria proponen la candidatura correspondiente, conforme al formato disponible en la página de internet antes señalada. En caso de no contar con dicha(s) propuesta(s), las y los interesados podrán proponerse a sí mismos.

3. Carta de aceptación para participar como candidata o candidato y, en su caso, recibir el Premio, conforme al formato disponible en la página de internet antes señalada. En el caso de la distinción de “Fortalecimiento a la cultura indígena”, las y los jóvenes, ya sean propuestos individualmente o en grupo, deberán indicar el nombre del grupo étnico o pueblo al que pertenecen, así como su lengua materna y/o segunda lengua.

Las cartas a que se re¬eren los numerales 2 y 3 anteriores deberán estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio. Tratándose de personas físicas consideradas individualmente o en grupo, en las referidas cartas deberán señalarse los nombres de las y los candidatos tal y como aparecen en sus respectivas actas de nacimiento. Por lo que hace a personas morales, en dichas cartas deberán señalarse su denominación o razón social, como aparece en sus estatutos sociales vigentes.

4. En el caso de las y los candidatos considerados individualmente, se deberá presentar currículum vítae actualizado y semblanza, elaborados conforme a las Guías para la Elaboración del Curriculum Vitae y de Semblanza, disponibles en la página de internet antes señalada.

5. Tratándose de grupos o de personas morales, se deberá presentar historial de éstos y curriculum vitae de cada uno de sus integrantes, socios o asociados, elaborados conforme a las Guías para la Elaboración de Historial de Grupo o Persona Moral y de curriculum vitae, disponibles en la página de internet antes señalada, así como una relación de dichos integrantes, socios o asociados.

6. Acta de nacimiento o carta de naturalización de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

7. Clave Única de Registro de Población (CURP) de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

8. Identi¬cación con fotografía y por ambos lados de la o el candidato y, en caso de grupos o de personas morales, la de cada uno de sus integrantes, socios o asociados. Se aceptan: credencial o acreditación de institución educativa o de autoridad comunitaria (vigente), credencial para votar (vigente), cartilla del Servicio Militar, cédula profesional, licencia para conducir (vigente) o pasaporte (vigente).

9. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses y, en caso de grupos o de personas morales, el de cada uno de sus integrantes, socios o asociados.

10. Pruebas documentales (materiales bibliográ¬cos, audiovisuales, grá¬cos, entre otros), testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos de la o el candidato.

Séptima.- Una vez registradas las candidaturas, la Secretaría Técnica veri¬cará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en caso de ser así, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los deberá turnar al Jurado respectivo para que sean dictaminados.
Asimismo, noti¬cará a la o el candidato que su registro ha sido procedente mediante correo electrónico.

Octava.- En caso de considerarlo necesario, la Secretaría Técnica podrá solicitar la documentación original para cotejarla con la digital.

Novena.- Por cada distinción habrá un Jurado integrado por cinco miembros, uno de los cuales será un representante del Instituto Mexicano de la Juventud. El Consejo de Premiación elaborará, a propuesta de sus integrantes, un padrón de personas de los sectores público, académico, privado y social, con notorio prestigio en las distinciones respectivas, del cual serán seleccionados las y los miembros de cada Jurado, mediante un proceso de insaculación ante Notario Público.

Ninguna persona que haya propuesto una candidatura en una distinción del Premio, por si o en representación de un tercero, podrá formar parte del Jurado correspondiente a esa distinción.

Décima.- Los Jurados dictaminarán sobre las candidaturas que cumplan con todos los requisitos estipulados en la Ley y la convocatoria, y que oportunamente les turne la Secretaría Técnica. Ellos formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República.

El Consejo de Premiación, a través de la Secretaría Técnica, auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo será el enlace entre éste y los Jurados.

Decimoprimera.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, será voto de calidad el de su presidente. Los dictámenes que emitan deberán ser entregados al Secretario Técnico a más tardar el 1º de julio de 2016, para su envío al Presidente del Consejo de Premiación, quien lo someterá a consideración del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para su resolució

El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario O¬cial de la Federación y, posteriormente, en la página de internet indicada anteriormente. En dicho Acuerdo se ¬jará el lugar y la fecha de su entrega, así como los nombres de las y los galardonados.

Decimosegunda.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de las categorías de edad de las diez distinciones cuando así lo consideren conveniente, haciendo constar por escrito los motivos de su decisión, y no podrán revocar sus propias resoluciones.

Decimotercera.- La decisión de los Jurados será inapelable. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos, en de¬nitiva, por el Consejo de Premiación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Decimocuarta.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación sea cargada en la página de internet www.premiojuventud.gob.mx a más tardar el 05 de mayo de 2017, a las 15:00 hrs., fecha y hora en que será cerrado el registro de candidaturas.

SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO DE PREMIACIÓN
Dirección de Enlace con Organizaciones Juveniles
Instituto Mexicano de la Juventud
Dirección: Serapio Rendón N°. 76, Colonia San Rafael,
Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06470 Ciudad de México.
Teléfono: (0155) 1500-1300 extensiones 1323 y 1469.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Manual de registro, formatos y postulación de candidaturas en
www.premiojuventud.gob.mx
Páginas de Internet:
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
www.gob.mx/sedesol
INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
www.gob.mx/imjuve


Fuente: www.premiojuventud.gob.mx



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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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