Concursos Literarios


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IX PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2017 (España)

22:09:2017

Género: Relato

Premio:   1.500 €, diploma y publicación

Abierto a: mayores de 16 años, nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronado en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la publicación de este Decreto Foral, o haber estado empadronado durante un período mínimo de un año en el Territorio Histórico de Bizkaia con anterioridad a la publicación de este Decreto Foral

Entidad convocante: Diputación Foral de Bizkaia

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   22:09:2017

 

BASES

 
Artículo 1.—Objeto

1. Es objeto del presente Decreto Foral aprobar las bases reguladoras y la convocatoria pública del premio literario IX BizkaIdatz 2017, «Esta Historia la escribes tú/Jarraitzeko prest? Orain zure txanda da».

2. El concurso consistirá en la presentación por las personas autoras participantes de relatos literarios que, a la vista de dos historias iniciadas por escritores y escritoras actuales, una en euskera y otra en castellano, continúen con las historias propuestas, adaptándose a sus personajes y a las situaciones que se planteen en las mismas. Un tribunal constituido al efecto valorará los trabajos presentados y propondrá los relatos ganadores, a los cuales se les otorgará un premio económico y/o diploma acreditativo.
www.escritores.org
3. En la presente convocatoria los inicios de los relatos que deberán seguir las personas participantes son los siguientes:

— En la modalidad de castellano, el inicio del relato con título «Un merluzo en el anzuelo» del escritor Alejandro Fernández Aldasoro.

— En la modalidad de euskera, el inicio del relato con título «Zaunkak» de la escritora Karmele Jaio.

4. Las obras ganadoras estarán dotadas con los siguientes premios:

— Primer premio en euskera: 1.500 euros y diploma acreditativo.
— Primer premio en castellano: 1.500 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en euskera: 500 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en castellano: 500 euros y diploma acreditativo.
— Premio obra finalista en euskera: diploma acreditativo.
— Premio obra finalista en castellano: diploma acreditativo.

A las cantidades económicas mencionadas en el apartado anterior se les practicará las retenciones fiscales legalmente establecidas.

Artículo 2.—Beneficiarias

1. Podrán presentarse al concurso todas aquellas personas físicas autoras que lo deseen mayores de 16 años, con un trabajo original y no publicado total o parcialmente, siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral.

Los requisitos exigidos deberán acreditarse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia de la convocatoria.

Las solicitudes relativas a personas menores de edad deberán ratificarse y firmarse por quienes ejerzan su patria potestad u ostenten su representación legal. En el caso de que resulten ganadoras de alguno de los premios a todos los efectos serán éstas, y no las personas menores, las beneficiarias de la cantidad económica a percibir. En cualquier caso, los requisitos señalados en los apartados 1, 2, 3 y 4 de este artículo habrán de concurrir en la persona menor de edad.

2. Además, en la modalidad de castellano las personas autoras participantes habrán de cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:

Acreditar haber nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronado en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la publicación de este Decreto Foral, o haber estado empadronado durante un período mínimo de un año en el Territorio Histórico de Bizkaia con anterioridad a la publicación de este Decreto Foral.

3. Las personas ganadoras del primer o segundo premio en cualquiera de las dos ediciones inmediatamente anteriores a la actual convocatoria únicamente podrán participar en la presente convocatoria del IX Bizkaidatz 2017 en la modalidad (euskera o castellano) en que no hubieran sido premiadas.

4. Quedarán excluidas de la convocatoria regulada por el presente Decreto Foral, durante el período que establezca la correspondiente sanción, aquellas personas físicas sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo y las sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 3.—Régimen de concesión

La concesión de los premios se realizará mediante el sistema de concurrencia competitiva, esto es, mediante la constitución de un tribunal calificador que procederá a la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, atendiendo a los criterios de valoración fijados en el artículo 5, proponiendo los premios a aquéllas que hayan obtenido mayor puntuación, teniendo como límite la cuantía consignada en la correspondiente partida presupuestaria.

Artículo 4.—Solicitudes y plazos

1. Las solicitudes se deberán presentar en el modelo oficial que se adjunta como anexo BI 1 (accesible a través de la página web http://www.bizkaia.eus/kulturadirulaguntzak) acompañadas de la documentación exigida en los siguientes apartados y suscritas por la persona representante legal, en la Biblioteca Foral de Bizkaia, sita en Bilbao, calle Diputación, 7 (de lunes a viernes, de 8:30 horas a 13:30 horas), o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También podrán presentarse las solicitudes, en las condiciones establecidas anteriormente, a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

Las personas participantes deberán escribir un relato que continuará cualquiera de los dos inicios de historias distintos propuestos por dos escritores/as actuales. Un inicio de historia será en euskera y el otro en castellano. Cada concursante podrá presentar cuantos trabajos desee, siempre que se adapten al comienzo de los relatos propuestos por los y las escritoras, a sus personajes y a las situaciones que se plantean en el mismo.

Las personas autoras que participen podrán presentarse indistintamente al relato en euskera y/o al de castellano, sin perjuicio de que si así lo estimase el jurado, una misma persona pudiera ganar en ambos apartados.

Los relatos tendrán una extensión mínima de 16 páginas y máxima de 20, escritos en fuente de letra «Times» o «Arial», por una sola cara y en hojas DINA4, cuerpo 12, a doble espacio. Con un mínimo de 24 líneas y máximo de 32 líneas por página y un mínimo de 70 caracteres por línea, salvo las excepciones lógicas derivadas de la aplicación de algunos signos ortográficos.

Los relatos presentados a este concurso están obligados a respetar la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero y demás disposiciones legales vigentes.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la presente disposición en el «Boletín Oficial de Bizkaia» hasta las 13:30 horas del día 22 de septiembre del 2017, ambos inclusive.

3. A la respectiva solicitud (Anexo BI 1) deberá adjuntarse la siguiente documentación de índole general:

a) Cuatro copias del relato escrito por la persona participante.
b) Fotocopia del DNI de la persona solicitante, y de su representante legal si el solicitante es menor de edad. Así como la documentación acreditativa de dicha representación legal.
c) Breve nota biográfica de la persona participante, si ésta así lo desea.
d) Las personas no nacidas en Bizkaia que se presenten a la modalidad de castellano deberán aportar certificado de estar empadronadas en el momento de la publicación de este Decreto Foral en cualquier municipio del Territorio Histórico de Bizkaia, o haberlo estado durante un año con anterioridad a la publicación de este Decreto Foral.
e) Certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias allí donde tengan su residencia fiscal cuando las personas solicitantes estén empadronadas fuera del Territorio Histórico de Bizkaia.

4. Si las solicitudes no se formalizaran completamente o faltara alguno de los documentos exigidos por el presente Decreto Foral, se requerirá a la persona interesada, para que en el plazo de diez (10) días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se la tendrá por desistida de su petición, archivándose la misma, previa la correspondiente resolución.

5. En aquellos casos en que se considere necesario, la Sección de Publicaciones y Actividades Culturales podrá requerir a las personas solicitantes cuanta documentación complementaria estime oportuna, para proceder a la resolución de las solicitudes formalizadas.

Si la persona peticionaria requerida no presentare la documentación en el plazo que se establezca, se la tendrá por desistida de su solicitud, archivándose la misma, previa la correspondiente resolución.

Artículo 5.—Criterios y resolución

1. El tribunal calificador designado a los efectos de esta convocatoria valorará las solicitudes presentadas en plazo, otorgándose los premios a aquellos relatos que, a juicio del mismo, obtengan mayor puntuación, sobre un máximo de 10 puntos, conforme a los siguientes criterios y puntos:
— Continuidad y unidad con el relato propuesto: hasta 4 puntos.
— Calidad literaria: hasta 3 puntos.
— Creatividad en el desarrollo de la historia: hasta 3 puntos.

2. El premio podrá ser declarado desierto si ninguno de los relatos presentados reúne, según criterio del tribunal, los requisitos exigidos para su selección o si su valoración resulta insuficiente.

3. El Tribunal calificador tiene potestad para excluir aquellos relatos que no respeten la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero y demás disposiciones legales vigentes.

Artículo 6.—Asesoramiento

La Sección de Publicaciones y Actividades Culturales de la Diputación Foral de Bizkaia prestará el apoyo técnico o asesoría necesaria, ante cualquier duda o consulta referida al presente Decreto Foral.

A estos efectos se encuentra disponible la siguiente dirección en la página web: www.bizkaia.eus/laguntzaileKultura

Artículo 7.—Tribunal calificador

1. Para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas, se constituirá un tribunal calificador cuyos miembros serán designados por la diputada foral de Euskera y Cultura mediante Orden Foral. A tal efecto se cumplirá lo establecido en el artículo 3.7 de la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

2. El tribunal calificador, habida cuenta de los criterios para la adjudicación de los premios, presentará la propuesta de resolución a la diputada foral del Departamento de Euskera y Cultura, con el fin de que se dicte la resolución definitiva.

Artículo 8.—Resolución

1. Previo a la resolución de la convocatoria, la Sección de Publicaciones y Actividades Culturales comprobará que las personas solicitantes se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. Si como consecuencia de tal comprobación resultare que alguna incumple cualquiera de tales obligaciones, será requerida para que en el plazo de diez (10) días regularice tal situación con advertencia de que, en otro caso, su solicitud será dada por desistida.

2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las solicitudes será de tres (3) meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. La convocatoria será resuelta por orden foral de la Ilma. Sra. diputada foral de Euskera y Cultura, a la vista de la propuesta de resolución del tribunal.

4. La orden foral por la que se resuelva la presente convocatoria será notificada mediante correo certificado a las personas interesadas que hayan presentado solicitud a los efectos de esta convocatoria.

Contendrá expresa mención a que la misma agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. diputada foral de Euskera y Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente al de su notificación o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos (2) meses, computado de igual forma.

La relación de personas premiadas será publicada mediante anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

Artículo 9.—Pago

1. Inmediatamente al transcurso de 10 días hábiles tras la notificación de la orden foral de resolución de la presente convocatoria, la Sección de Publicaciones y Actividades Culturales procederá a la tramitación del abono de las cantidades económicas correspondientes ante el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas.

2. Previo al pago del premio, se comprobará que las personas beneficiarias se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Si como consecuencia de la comprobación efectuada, resulta que alguna persona premiada incumple cualquiera de tales obligaciones, ésta será requerida para que en el plazo de 10 días, regularice tal situación con la advertencia de que, en caso contrario, perdería el derecho al premio concedido.

Artículo 10.—Devolución del premio recibido a iniciativa de la persona beneficiaria

1. Se entiende por devolución voluntaria aquella que es realizada por la persona beneficiaria sin el previo requerimiento de la Administración.

2. De conformidad con lo previsto por el artículo 76 del Decreto Foral 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, la persona podrá proceder a la devolución voluntaria del premio concedido por la Diputación Foral de Bizkaia sin el previo requerimiento de esta última.

En este supuesto, la Diputación Foral de Bizkaia calculará los intereses de demora hasta el momento de la devolución efectiva del premio, conforme a lo dispuesto en el referido artículo 76, y según lo establecido en el artículo 34 de la Norma Foral 5/2005.

3. La devolución del premio foral a instancia de la propia persona beneficiaria del mismo se deberá realizar mediante la correspondiente carta de pago que, a su requerimiento, le será tramitada en las dependencias de la Sección foral gestora del premio. En dicha carta de pago se consignará el importe a devolver (principal e intereses), código del modelo y motivo del ingreso haciéndose además referencia al premio a devolver.

4. Una vez practicado el abono por la persona beneficiaria del premio bien en una entidad financiera, bien a través del sistema de telebanca, habrá de remitirse copia de la misma o justificante del respectivo ingreso a la Sección foral gestora del departamento de Euskera y Cultura.

Artículo 11.—Obligaciones

1. Las personas premiadas deberán asistir personalmente, o mediante representante caso de resultarles imposible, al acto de entrega de premios en el lugar, fecha y hora que se señale a tal efecto, así como entregar en soporte informático el relato premiado.

2. La Diputación Foral de Bizkaia se reservará en exclusiva durante un plazo de cinco años a contar desde la fecha de abono del premio, los derechos de reproducción, distribución y venta de las obras premiadas sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo éste la única y total remuneración.

3. Asimismo los relatos ganadores se publicarán en una edición al efecto.

4. En todo material editado y en toda comparecencia pública realizada con posterioridad a la concesión, deberá hacerse constar el patrocinio de la Diputación Foral de Bizkaia; se utilizarán, para ello, obligatoriamente los elementos establecidos en la imagen corporativa de la Diputación Foral de Bizkaia, incluyendo junto al logotipo la siguiente frase literal:
«Ekintza honek Bizkaiko Foru Aldundiaren laguntza jaso du» o bien «Bizkaiko Foru Aldundiak babestutako ekintza/Actividad subvencionada por la Diputación Foral de Bizkaia».

3. En todo caso, la persona premiada queda obligada al cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral y en el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, anteriormente citada.

Artículo 12.—Reintegro

Procederá el reintegro del premio recibido y los intereses de demora correspondientes, cuando se incumplan alguna o algunas de las obligaciones establecidas en el artículo anterior o se den los supuestos previstos en el artículo 33 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral y en el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, anteriormente citada.

Artículo 13.—Régimen sancionador

1. La comisión por la beneficiaria de cualquiera de las acciones u omisiones contenidas por el capítulo I del título IV de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, podrá dar lugar a la apertura de un procedimiento sancionador a tenor de lo dispuesto en el artículo 61 de la citada Norma Foral que se tramitará conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2. Las infracciones se sancionarán mediante la imposición de sanciones pecuniarias, que podrán consistir:
a) En multa fija, comprendida entre 75 y 6.000 euros.
b) Multa proporcional, que podrá ir del tanto al triple de la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada.

3. Asimismo, se podrá acordar la imposición de las sanciones siguientes:
a) Pérdida, durante un plazo de hasta cinco años, de la posibilidad de obtener subvenciones públicas y avales del sector público foral.
b) Pérdida durante el plazo de hasta cinco años de la posibilidad de actuar como entidad colaboradora.
c) Prohibición, durante un plazo de hasta cinco años, para celebrar contratos con cualquier entidad del sector público foral.

4. La imposición de sanción será independiente de la obligación de reintegro de la cantidad indebidamente obtenida en concepto de subvención.

Artículo 14.—Partida Presupuestaria

Los premios regulados en este Decreto Foral, por importe total de cuatro mil (4.000 euros) euros, se imputarán a la partida presupuestaria 46200, programa de gastos 334105, orgánico 0408, proyecto 2011/0033 del presupuesto del ejercicio 2017.

Artículo 15.—Régimen Jurídico

Para todos aquellos aspectos no previstos en el presente Decreto serán aplicables la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones y supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pueda resultar de aplicación.


Formulario de inscripción: www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO4/Temas/Eranskina_Anexo%20Bizkaidatz%20IX.pdf?idioma=CA
 

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IX PREMIO LITERARIO DE CUENTOS "MADRID SKY" (España)


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IX PREMIO LITERARIO DE CUENTOS "MADRID SKY" (España)

15:05:2022

Género:  Cuento

Premio:   400 €

Abierto a:   mayores de 18 años

Entidad convocante:  Asociación "Primaduroverales, Grupo de Escritores"

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:05:2022

 

BASES

 

La Asociación "Primaduroverales, Grupo de Escritores", convoca la novena edición del concurso de cuentos "Madrid Sky" coincidiendo con el noveno aniversario de la publicación del libro titulado: "Madrid Sky".

Bases:

www.escritores.org

1. Los cuentos presentados –aunque serán de tema libre – han de cumplir el requisito de comenzar con la frase: "A falta de media hora para las dos", extraída al azar del libro "Madrid Sky".

2. Los cuentos serán inéditos y no premiados en otros concursos. Todos los cuentos deberán tener un título y una extensión máxima de 666 palabras incluido el título (por legibilidad, en letra de cuerpo 12, tipo Arial a doble espacio) y sin firmar. Tan solo se admitirá un cuento por autor.

3. Podrán participar todos los escritores mayores de 18 años que lo deseen, siempre que los cuentos presentados estén escritos en castellano.

4. Se establece un primer premio, patrocinado por la editorial Vinos y Caminos vinosycaminos.com, de 400€ brutos, a los que se hará la retención que marque la ley vigente.

5. Se establece un segundo premio, patrocinado por Artelibro Editorial – libros de Madrid, editores de los libros Arganzuela es Cultura y Arganzuela 50 Aniversario www.artelibro.es de 150€ brutos, a los que se hará la retención que marque la ley vigente.

6. Se establece un tercer premio patrocinado por Cervecería La Rebujita facebook.com/larebujita, de 90€ brutos, a los que se hará la retención que marque la ley vigente.

7. La organización del certamen cuenta con la colaboración especial de bodegas Sameirás. adegasameiras.com/

8. Los participantes enviarán los cuentos y la plica al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Se piden, pues, dos archivos distintos adjuntos en el correo: uno que contenga el cuento cuyo nombre sea: CUENTO-EL TÍTULO DEL CUENTO, p.e. CUENTO-Caperucita; y otro con los datos del autor (nombre y apellidos, DNI, teléfonos, dirección postal incluyendo país de procedencia y dirección de e-mail, título del cuento y número de palabras del mismo) cuyo nombre sea: PLICA-EL TÍTULO DEL CUENTO, p.e. PLICA-Caperucita. Todo ello en formato WORD o PDF. El plazo de recepción de textos se cierra a las 24h del día 15 de mayo de 2022. No se mantendrá correspondencia con los participantes ni se acusará recibo de los cuentos.

9. De los cuentos recibidos se hará una selección de ocho finalistas. Previa notificación, se rogará la presencia de estos ocho autores (o personas que los representen debidamente documentadas) en el acto de entrega del premio que tendrá lugar en el Salón de Actos de la Fundación Abogados de Atocha, en la calle Sebastián Herrera 14 de Madrid, el día 23 de junio de 2022 a las 19h.

10. Allí se leerán los ocho cuentos finalistas y seguidamente se dará a conocer al ganador y a los seleccionados en 2º y 3er lugar. En caso de que el ganador o persona que lo represente, por los motivos que fueren, no estuvieran en el Salón de Actos, el 1er premio recaería en el seleccionado en 2º lugar, y así sucesivamente. Lo mismo aplica al ganador del segundo y tercer premio.

11. Si la situación sanitaría no permite la realización del acto de forma presencial se realizará mismo día y a la misma hora mediante videoconferencia, circunstancia que será comunicada en tiempo y forma a todos los implicados.

12. En el caso de tener que realizar el acto de forma telemática los autores finalistas deberán autorizar la subida a las redes, en la semana previa al acto, de un video con la lectura de los ocho cuentos finalistas.

13. El jurado estará compuesto por cinco personas expertas en la creación literaria.

14. La participación en el concurso implica la aceptación de todas y cada una de estas bases. Siendo así que el jurado descartará los cuentos que no cumplan las condiciones aquí expuestas.

 

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IX PREMIO LITERARIO RRHH DIGITAL SOBRE RECURSOS HUMANOS (España)

11:02:2018

Género: Artículo

Premio:    elemento artístico acreditativo y publicación

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: RRHH Digital

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   11:02:2018

 

BASES

 

BASES DEL PREMIO LITERARIO RRHH DIGITAL SOBRE RECURSOS HUMANOS

Primera

Podrán presentarse al "IX PREMIO LITERARIO RRHH DIGITAL" los trabajos escritos en español, inéditos, que tengan como eje de su temática cualquiera de las actividades propias de la gestión de los Recursos Humanos y el Capital Humano.

Segunda

El premio estará dotado con un elemento artístico acreditativo, y será publicado con especial mención y difusión en el periódico digital www.rrhhdigital.com.

Tercera

El tema del "IX PREMIO LITERARIO RRHH DIGITAL" serán las actividades propias de la gestión de los Recursos Humanos y el Capital Humano, tales como "selección de personal, responsabilidad social corporativa, prevención de riesgos laborales, legislación laboral, trabajo temporal, coaching, liderazgo, management, etc."

Cuarta

Los trabajos deberán estar firmados por su autor o con seudónimo. En el caso de este segundo supuesto, la personalidad del autor deberá acreditarse con el DNI del autor.

Quinta

Los trabajos que concurran a este galardón deberán ser inéditos.

Sexta

El plazo límite para la recepción de los trabajos será el 11 de febrero de 2018.

Séptima

Los trabajos deberán enviarse, por correo electrónico, a la siguiente dirección:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asimismo, se incluirá el número de DNI del autor, sus datos personales y de contacto y un breve curriculum.

Octava

Los trabajos no podrán exceder de 1500 palabras. En el artículo se especificará de manera clara que es para presentarse al "IX PREMIO LITERARIO RRHH DIGITAL".

Novena
www.escritores.org
El jurado, estará integrado por personalidades del periodismo y del sector de los recursos humanos. Estará presidido por Eduardo Vizcaíno y de Sas, presidente de Ediciones Digitales Siglo 21, actuando como Secretario, Roger Domingo, Director Editorial del Grupo Planeta. El veredicto será inapelable.

Décima

El envío de los artículos para participar en el concurso implica la aceptación expresa de su posible publicación en www.rrhhdigital.com, sin derecho a retribución alguna, cediendo todos sus derechos en exclusiva a este medio de comunicación.

Undécima

El jurado emitirá su fallo en febrero de 2018 y el premio será entregado en el transcurso de un acto que se celebrará en Madrid. Será requisito imprescindible la asistencia al mismo del premiado, quien a su vez se comprometerá a ser miembro del Jurado en la siguiente edición del premio si así fuese requerido por www.rrhhdigital.com.

Duodécima

El jurado resolverá en cuantos aspectos no contemplados en estas bases surjan a lo largo del proceso de concesión del premio.

Décimo Tercera

La participación en este certamen implica la aceptación de las bases.


Fuente: www.rrhhdigital.com




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IX PREMIO LITERARIO PLATAFORMA NEO (España)


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IX PREMIO LITERARIO PLATAFORMA NEO (España)

28:02:2021

Género:  Novela, infantil y juvenil

Premio:   2.500 € y edición

Abierto a:  entre 14 y 30 años

Entidad convocante:  Plataforma Editorial

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  28:02:2021

 

BASES

 

Literatura juvenil escrita por jóvenes autores

PARTICIPANTES

Podrán optar al Premio Literario Plataforma Neo todos aquellos jóvenes, de cualquier nacionalidad o procedencia, que tengan entre 14 y 30 años durante el plazo de entrega de las obras, hasta el día 28 de febrero de 2021.

 

OBRAS Y PRESENTACIÓN

Las obras tienen que ajustarse al género de la novela juvenil y deben estar escritas en castellano. Tienen que ser inéditas y no pueden haber sido premiadas en ningún otro certamen, ni pueden estar pendientes del veredicto de otro jurado.

La extensión de las obras será de un mínimo de 80 páginas y de un máximo de 250 páginas, tamaño DIN A4, mecanografiadas a doble espacio con tipografía Times New Roman cuerpo 12.

Los participantes tendrán que enviar su obra en formato Word o procesador de textos equivalente a la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

En el asunto del mensaje se indicará: «Para el Premio Literario Plataforma Neo».

La novela tendrá que ir firmada con pseudónimo.

En el mismo correo electrónico, se adjuntará otro documento en formato Word con la siguiente información:

• Título de la obra y pseudónimo elegido.
• Nombre, apellidos, domicilio, teléfono, correo electrónico y fecha y año de nacimiento del autor o autores en caso de que la obra sea colectiva.
• Declaración manifestando de forma expresa que la obra presentada es original e inédita, que no ha sido premiada en certámenes anteriores y que no existe ningún compromiso con otras editoriales que impida la cesión en exclusiva de los derechos de explotación de la obra a favor de Plataforma Editorial.

El plazo de admisión de originales se cerrará el día 28 de febrero de 2021. No se aceptarán aquellas obras que lleguen con fecha posterior al final del plazo.

JURADO Y VEREDICTO

El jurado estará formado por el escritor Francesc Miralles; la ganadora del Premio Literario Plataforma Neo en 2020, Ester Isel; el director de Plataforma Editorial, Jordi Nadal; y la editora de Plataforma Neo, Xènia Pérez. Plataforma Editorial puede nombrar otros miembros como jurado si lo cree oportuno. El veredicto será inapelable y se hará público durante el primer semestre de 2021 en una fecha por determinar.

PREMIO

Plataforma Editorial establece un premio, dotado con 2.500 euros. La concesión del premio comporta la edición, publicación y explotación por parte de Plataforma Editorial de la obra premiada, así como el derecho a la distribución y comercialización en todo el mundo. La obra premiada se publicará en castellano durante 2021 en el sello juvenil Plataforma Neo, y el número mínimo de ejemplares publicados será de 3.000.

El importe del premio se abonará en concepto de anticipo a cuenta de la participación proporcional en los ingresos de explotación de la obra (royalties) que se estipulen en el contrato de edición que el autor premiado se compromete a suscribir con Plataforma Editorial, y ello de conformidad con los términos expuestos en las presentes bases, así como con la vigente ley española de Propiedad Intelectual y con las demás normas y disposiciones que fueran de aplicación e interpretación de las presentes bases. La aceptación del premio por parte del ganador implica la autorización a Plataforma Editorial para la utilización publicitaria de su nombre e imagen en relación con el premio.

OPCIÓN PREFERENTE

Plataforma Editorial se reserva un derecho de opción preferente para publicar cualquier obra presentada en el concurso que, no habiendo sido galardonada, sea considerada de su interés, previa suscripción del correspondiente contrato con su autor. Plataforma Editorial dispone de un plazo de 90 días para comunicar al autor su voluntad de adquirir los derechos de la obra.

ORIGINALES

Plataforma Editorial no se compromete a mantener correspondencia con los candidatos al premio. Los originales no premiados serán eliminados durante los cuatro meses siguientes a la entrega del premio. La participación en el Premio Literario Plataforma Neo implica la plena conformidad y aceptación de estas bases.

 

INFORMACIÓN
Plataforma Editorial S.L.
C/ Muntaner, 269, entresuelo 1ª 08021 Barcelona
Tel. +34 93 494 79 99
Fax +34 93 419 23 14
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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


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IX PREMIO LOGROÑO DE NOVELA (España)

30:09:2015

Género: Novela

Premio:  45.000 € y edición

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Ayuntamiento de Logroño, Fundación Caja Rioja y Algaida Editores (Grupo Anaya)

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   30:09:2015

 

BASES

 
Bases del IX Premio Logroño de Novela

 DOTADO CON 45.000 €
 
Convocado por el Ayuntamiento de Logroño, Fundación Caja Rioja y Algaida Editores (Grupo Anaya)

 1.— Al presente certamen, de carácter internacional, podrán optar autores españoles y extranjeros con novelas escritas en castellano, originales e inéditas.

 
2.— El premio, indivisible y que no podrá declararse desierto, consistirá en 45.000 €, impuestos incluidos, entregados en concepto de anticipo de los derechos de autor de la obra.

 3.— Las novelas tendrán una extensión no inferior a 150 DIN A-4 (315.000 caracteres, espacios incluidos), impresas por ambas caras y convenientemente encuadernadas o  cosidas. De cada original se remitirá una copia en papel y otra en soporte digital (Word, OpenWord, PDF o compatibles, en disco compacto o lápiz de memoria). La presentación al certamen supone la autorización del autor a la organización del premio para reproducir los ejemplares de la obra necesarios para el desarrollo de estas bases, que serán destruidos tan pronto como concluya el proceso de selección.
 
4.— Los originales se remitirán a Algaida Editores, Av. San Francisco Javier 22, 5.ª planta, 41018 Sevilla (España), indicando en lugar visible «IX Premio Logroño de Novela».
 
5.— El plazo de entrega de los originales concluye el día 30 de septiembre de 2015.

 6.— Las obras se presentarán sin firmar, exentas de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor, y acompañadas de un sobre o plica en cuyo exterior aparezca el título o lema y seudónimo adscritos a la novela; en el interior de la plica deberá consignarse el nombre completo del autor, junto con sus señas y número de teléfono, así como un breve curriculum y una certificación escrita declarando que no se hallan comprometidos los derechos de la obra, ni pendiente ésta de resolución en ningún otro certamen.

7.— El fallo del Jurado, inapelable, se hará público en la ciudad de Logroño el 10 de diciembre de 2015. Previa a la valoración del Jurado, se efectuará una selección de finalistas, mediante la lectura de todas las novelas presentadas y la elaboración de los correspondientes informes de lectura, que serán puestos a disposición del Jurado.

 8.— En el preceptivo contrato de edición, que el autor deberá suscribir a la percepción del Premio, éste cederá en exclusiva y para todo el mundo los derechos de explotación de la obra ganadora, incluidos los de traducción y audiovisuales, así como la gestión de acuerdos con terceros para su más amplia explotación. Los editores podrán efectuar, durante el período máximo que permita la Ley, cuantas ediciones juzguen oportunas de la obra, decidiendo según su criterio el número de ejemplares, precios, distribución, modalidad y formato de la edición, etc., de las que el autor percibirá el 10% del PVP (impuestos excluidos) de los ejemplares vendidos en edición de tapa dura y el 5% del PVP (impuestos excluidos) en edición de bolsillo y el 25% del PVP (impuestos excluidos) en edición digital, no devengándose cantidad alguna hasta cubrir el anticipo, del que tampoco podrá reclamarse al autor devolución alguna.
 
9.— Podrá valorarse la publicación de las obras no premiadas que resultaren de interés, previo acuerdo con los autores de las mismas. El resto de los originales no premiados será destruido, junto con sus plicas, no manteniéndose correspondencia sobre los mismos.
 
10.— La participación en el concurso implica la aceptación de las bases y el compromiso del autor de no retirar la obra antes del fallo, recoger el premio si le fuera concedido y suscribir cuantos documentos fueran necesarios para el cumplimiento de la base 8, así como participar con su presencia, salvo causa de fuerza mayor, en la campaña de promoción que diseñe la editorial. Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Logroño.

I Premio Logroño de Novela para Jóvenes Escritores

11. Los autores participantes en el IX Premio Internacional Logroño de Novela que hayan nacido con posterioridad al 1 de enero de 1980 y publicado como máximo una novela, también podrán optar a la mención Premio Logroño de Novela para Jóvenes Escritores.

 12.— Dicha mención será otorgada por el jurado una vez fallado el premio entre las novelas finalistas que, cumpliendo los requisitos especificados en la base 11, hayan manifestado su  deseo de optar a la misma.
 
12.— La mención Premio Logroño de Novela para Jóvenes Escritores consistirá en la publicación de la obra ganadora y su promoción junto con el ganador del IX Premio Logroño de Novela, previa firma del preceptivo contrato de edición.

 14.— Los autores que deseen optar a la mención Logroño Joven deberán indicar claramente en el exterior de la plica “TAMBIÉN OPTA AL PREMIO LOGROÑO DE NOVELA PARA JÓVENES ESCRITORES”. Así mismo, en el interior de la plica se incluirá fotocopia del documento de identidad o pasaporte que permita comprobar la edad del aspirante.
www.escritores.org
 13.— La mención Premio Logroño de Novela para Jóvenes Escritores podrá quedarse desierta, si así lo decidiera el Jurado del certamen.

 

 


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