Concursos Literarios

 

 

 

CONVOCATORIA DE BECAS "SORKUNTZA" A LA CREACIÓN CULTURAL 2020 (España)


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CONVOCATORIA DE BECAS "SORKUNTZA" A LA CREACIÓN CULTURAL 2020 (España)

18:07:2020

Género:  Proyecto creación cultural

Premio:  Becas por un monto total de 20.000 €

Abierto a:  mayores de 16 años

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Azpeitia

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:07:2020

 

BASES

 

De conformidad con la Ley 2/2016 de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi y normativa concordante, corresponde al Ayuntamiento de Azpeitia la competencia en el ámbito material de ordenación y promoción de actividades culturales.

Dentro de esta área material de actuación el Ayuntamiento de Azpeitia estimo oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita apoyar las acciones que el sector privado promueve y desarrolla en el ámbito de la creación cultural. Esta medida pretende sobre todo fomentar la investigación, la formación, la producción de obra artística y su difusión, así como posibilitar que los artistas intervinientes obtengan el reconocimiento a su quehacer artístico.

En este sentido, el Ayuntamiento con fecha 7 de febrero de 2017 aprobó las bases específicas para el otorgamiento de ayudas para financiar las becas denominadas Sorkuntza destinadas a la creación cultural (BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa de 2 de mayo de 2017 n.º 82).

Se entiende como creación cultural aquella fruto de la imaginación del artista que puede materializarse y adoptar la forma de música, pintura, escultura, obra literaria, obra teatral, obra cinematográfica, cómic, composición sonora, composición audiovisual, composición digital, danza etc.

El objeto, los sujetos beneficiarios, las exclusiones, los gastos subvencionables y el procedimiento de concesión de subvenciones está regulado en dichas bases específicas.

Las mencionadas bases establecen que la convocatoria establecerá los créditos presupuestarios concretos con cargo a los cuales serán financiadas las ayudas.

Durante este ejercicio 2020 se pretende favorecer la utilización del espacio municipal denominado Dinamoa para impulsar, crear, experimentar, producir y compartir iniciativas creativas de interés cultural, por lo que se ha desglosado en dos modalidades el objeto de la subvención. Se ha diseñado por tanto un marco de apoyo con dos becas específicas para permitir que aquellas personas que deseen ejecutar actividades en esta segunda modalidad puedan acceder al presente régimen de subvenciones.

El plazo de presentación de solicitudes se indicará en la convocatoria.

Asimismo, la presente subvención está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Azpeitia aprobado para el período 2020-2022 mediante Acuerdo Pleno de 5 de mayo de 2020 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa de 28 de mayo de 2020 n.º 99) y página web del Ayuntamiento.

En virtud de lo expuesto, el Alcalde de Azpeitia, en el ejercicio de las compentencias conferidas en el art. 21.1 f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), por Decreto de fecha 10 de junio de 2020,

 

HA RESUELTO

Primero. Realizar la convocatoria anual para el otorgamiento de las becas denominadas Sorkuntza destinadas a la creación cultural, con cargo a los programas gestionados por el Departamento de Cultura de Azpeitia.

Segundo. Recoger en el presupuesto municipal del año 2020 dotación presupuestaria por una cantidad total de
20.000 € con cargo a la partida presupuestaria: 1.0401.481.334.00.04 2020 Creación cultural. Esta cantidad de desglosa de la siguiente forma:
A) Modalidad de creación cultural: 12.000 €.
B) Modalidad de estancias de creación cultural: 8.000 € (dos becas de 4.000 €).

Tercero. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.

Cuarto. Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Azpeitia en los términos previstos en el artículo 5.º de la las bases.
La convocatoria y demás documentos necesarios para la solicitud de la ayuda se encuentran en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia www.azpeitia.eus en el apartado de ayudas y subvenciones.

Quinto. La resolución del procedimiento se notificará individualmente a las personas o entidades interesadas de conformidad con lo previsto en el art. 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de la publicación de las subvenciones concedidas en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia.
Contra la presente resolución, que es definitivo y pone fin a la vía adminsitrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso de reposición ante el órgano competente que haya aprobado la convocatoria, o, impugnarla directamente en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Los plazos se contarán en ambos casos a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases.

 

ANEXO I

Convocatoria de ayudas para la concesión de becas Sorkuntza destinadas a la creación cultural (ejercicio 2020).

1. Objeto de la convocatoria.

Se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio presupuestario 2020 para la concesión de subvenciones destinadas a la creación cultural a través de las becas denominadas Sorkuntza durante el ejercicio 2020.

Se entiende como creación cultural aquella fruto de la imaginación del artista que puede materializarse y adoptar la forma de música, pintura, escultura, obra literaria, obra teatral, obra cinematográfica, cómic, composición sonora, composición audiovisual, composición digital, danza etc.

Las becas, tienen como finalidad ayudar economicamente a los artistas en la creación de su propia obra.

Se establecen las siguientes modalidades y actividades subvencionables:
A) Modalidad de creación cultural.
Se considerará actividad subvencionable la actividad de creación cultural.
B) Modalidad de estancias de creación cultural.
Se considerará actividad subvencionable la actividad de creación cultural, debiendo las las personas beneficiarias trabajar en el área de creación denominado Dinamoa, ubicada en Soreasu Auzoa n.º 1. La duración mínima de la estancia en esta modalidad será de 6 semanas.

2. Recursos económicos.

El importe de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 20.000 € para el ejercicio presupuestario 2020, y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 1.0401.481.334.00.04 2020 Creación cultural.

Esta cantidad se distribuirá de la siguiente forma:
A) Modalidad de creación cultural: 12.000 €.
B) Modalidad de estancias de creación cultural: 8.000 € (dos becas de 4.000 €).

Si la dotación presupuestaria no alcanzara a cubrir el total de las solicitudes según el baremo que se establecerá, se aplicará el prorrateo correspondiente al total de la concesión en la modalidad de creación cultural. Sin embargo, la dotación económica asignada a la modalidad de estancias de creación cultural se asignará en su integridad a los dos proyectos que obtengan una mayor puntuación.

3. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.

Las personas participantes podrán presentar sus solicitudes utilizando cualquiera de estos dos canales:
— Canal presencial: las solicitudes se presentarán en el Registro municipal de Azpeitia o ante los órganos, establecimientos o dependencias previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Canal electrónico: las solicitudes se presentarán accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento a través de su página web, o bien desde el apartado de ayudas y subvenciones ejercicio 2020 –ayudas en tramitación–, o bien desde el apartado de trámites on line –subvenciones–.

La gestión de las subvenciones corresponderá al departamento de Cultura del Ayuntamiento de Azpeitia.

4. Documentación a presentar.

Las solicitudes deberán presentarse conforme al modelo de solicitud que se recoge en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia, a la que deberá acompañarse la documentación en los términos previstos en el artículo 5.º de las bases.

Las personas participantes deberán señalar a cual de las dos modalidades optan con su proyecto.

La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por parte de las personas solicitantes de las subvenciones se verificará automaticamente por el órgano gestor de la presente convocatoria, sin necesidad de consentimiento de los mismos. No obstante, las personas solicitantes podrán denegar expresamente el consentimiento a que se lleve a cabo dicha verificación, en cuyo caso aportarán la certificación correspondiente.

Se acreditarán mediante declaración responsable incluida en la solicitud:
— La solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.
— No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
— Que son ciertos los datos contenidos en la solicitud y documentación que le acompaña y que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario/a de estas subvenciones.

La presentación de solicitudes supone la aceptación expresa y formal de las condiciones que definen las bases de la presente convocatoria.

5. Concesión, cuantía y límite de las subvenciones.

Se concederán las subvenciones mediante el procedimiento de concurso. A estos efectos, la concesión se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas atendiendo a los criterios de selección y valoración fijados en el artículo 12 para ambas modalidades.

Será necesario que los proyectos presentados obtengan como mínimo las siguientes puntuaciones:
Modalidad A: 30 puntos.
Modalidad B: 25 puntos.

6. Fechas de ejecución y justificación de los proyectos.

Con carácter general el periodo de ejecución de los proyectos y devengo (facturación) de gastos será desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

Para justificar el objeto de la subvención, los beneficiarios deberán presentar la documentación requerida en el artículo 16 de las bases en el mes siguiente a la finalización del año de la convocatoria, estableciéndose como fecha límite el 31 de marzo de 2020.

En todo caso, se consideran gastos subvencionables en el marco de la presente convocatoria los establecidos en el artículo 16.

En el caso de la modalidad B, se subvencionarán, asimismo, los gastos básicos de estancia en los casos que así lo requieran; alquiler, alimentación, agua, gas y electricidad.

 

Fuente, Anexos y Solicitud de inscripción: azpeitia.eus/es/component/k2/item/6406-becas-sorkuntza-2020

 

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CONVOCATORIA DE BECAS "SORKUNTZA" PARA LA CREACIÓN CULTURAL 2021 (España)


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CONVOCATORIA DE BECAS "SORKUNTZA" PARA LA CREACIÓN CULTURAL 2021 (España)

15:05:2021

Género: Proyecto creación cultural

Premio:   Beca de 12.000 €

Abierto a: mayores de 16 años

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Azpeitia

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:05:2021

 

BASES

 

Convocatoria de ayudas para la concesión de Becas «Sorkuntza» destinadas a la creación cultural (ejercicio 2021).

De conformidad con la Ley 2/2016 de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi y normativa concordante, corresponde al Ayuntamiento de Azpeitia la competencia en el ámbito material de ordenación y promoción de actividades culturales.
www.escritores.org

Dentro de esta área material de actuación el Ayuntamiento de Azpeitia estimo oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita apoyar las acciones que el sector privado promueve y desarrolla en el ámbito de la creación cultural. Esta medida pretende sobre todo fomentar la investigación, la formación, la producción de obra artística y su difusión, así como posibilitar que los artistas intervinientes obtengan el reconocimiento a su quehacer artístico.

En este sentido, el Ayuntamiento con fecha 7 de febrero de 2017 aprobó las bases específicas para el otorgamiento de ayudas para financiar las becas denominadas sorkuntza destinadas a la creación cultural (BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa de 2 de mayo de 2017 n.º 82).

Se entiende por creación cultural el resultado de la imaginación del artista que puede llevar a cabo y adoptar la forma de música, pintura, escultura, obra literaria, obra teatral, obra cinematográfica, cómic, composición sonora, composición audiovisual, composición digital, danza, etc. Asimismo, se pretende impulsar el uso del dinamo para impulsar, crear, experimentar, producir y compartir iniciativas creativas de interés cultural. Por ello, al igual que en la convocatoria del año 2020 se ha dividido el objeto de la subvención en dos modalidades para que las personas que deseen realizar actividades en esta segunda modalidad puedan acceder a este régimen de subvenciones.

El objeto, los sujetos beneficiarios, las exclusiones, los gastos subvencionables y el procedimiento de concesión de subvenciones está regulado en dichas bases específicas.

Las mencionadas bases establecen que la convocatoria establecerá los créditos presupuestarios concretos con cargo a los cuales serán financiadas las ayudas.

El plazo de presentación de solicitudes se indicará en la convocatoria.

Asimismo, la presente subvención está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Azpeitia aprobado para el período 2020-2022 mediante Acuerdo Pleno de 5 de mayo de 2020 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa de 28 de mayo de 2020 n.º 99) y página web del Ayuntamiento.

En virtud de lo expuesto, el Alcalde de Azpeitia, en el ejercicio de las competencias conferidas en el art. 21.1 f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), por Decreto de fecha 29 de marzo de 2021

HA RESUELTO

Primero. Realizar la convocatoria anual para el otorgamiento de las becas denominadas Sorkuntza destinadas a la creación cultural, con cargo a los programas gestionados por el Departamento de Cultura de Azpeitia.

Segundo. Recoger en el presupuesto municipal del año 2021 dotación presupuestaria por una cantidad total de 20.000 € con cargo a la partida presupuestaria: 1.0401.481.334.00.04 2021 Creación cultural. Esta cantidad de desglosa de la siguiente forma:
A) Modalidad de creación cultural: 12.000 €.
B) Modalidad de estancias de creación cultural: 8.000 € (dos becas de 4.000 €).

Tercero. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.

Cuarto. Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Azpeitia en los términos previstos en el artículo 5.º de la las bases.
La convocatoria y demás documentos necesarios para la solicitud de la ayuda se encuentran en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia azpeitia.eus en el apartado de ayudas y subvenciones.

Quinto. La resolución del procedimiento se notificará individualmente a las personas o entidades interesadas de conformidad con lo previsto en el art. 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de la publicación de las subvenciones concedidas en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia.
Contra la presente resolución, que es definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso de reposición ante el órgano competente que haya aprobado la convocatoria, o, impugnarla directamente en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Los plazos se contarán en ambos casos a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases.

 

ANEXO I

Convocatoria de ayudas para la concesión de Becas «Sorkuntza» destinadas a la creación cultural (ejercicio 2021).

1. Objeto de la convocatoria.

Se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio presupuestario 2021 para la concesión de subvenciones destinadas a la creación cultural a través de las becas denominadas Sorkuntza durante el ejercicio 2021.
Se entiende como creación cultural aquella fruto de la imaginación del artista que puede materializarse y adoptar la forma de música, pintura, escultura, obra literaria, obra teatral, obra cinematográfica, cómic, composición sonora, composición audiovisual, composición digital, danza etc.
Las becas, tienen como finalidad ayudar económicamente a los artistas en la creación de su propia obra.

Se establecen las siguientes modalidades y actividades subvencionables:
A) Modalidad de creación cultural.
Se considerará actividad subvencionable la actividad de creación cultural.

B) Modalidad de estancias de creación cultural.
Se considerará actividad subvencionable la actividad de creación cultural, debiendo las las personas beneficiarias trabajar en el área de creación denominado Dinamoa, ubicada en Soreasu Auzoa n.º 1. La duración mínima de la estancia en esta modalidad será de 6 semanas.

2. Recursos económicos.

El importe de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 20.000 € para el ejercicio presupuestario 2021, y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 1.0401.481.334.00.04 2021 Creación cultural.
Esta cantidad se distribuirá de la siguiente forma:
A) Modalidad de creación cultural: 12.000 €.
B) Modalidad de estancias de creación cultural: 8.000 € (dos becas de 4.000 €).
Si la dotación presupuestaria no alcanzara a cubrir el total de las solicitudes según el baremo que se establecerá, se aplicará el prorrateo correspondiente al total de la concesión en la modalidad de creación cultural. Sin embargo, la dotación económica asignada a la modalidad de estancias de creación cultural se asignará en su integridad a los dos proyectos que obtengan una mayor puntuación.

3. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.

Las personas participantes podrán presentar sus solicitudes utilizando cualquiera de estos dos canales:
— Canal presencial: las solicitudes se presentarán en el Registro municipal de Azpeitia o ante los órganos, establecimientos o dependencias previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Canal electrónico: las solicitudes se presentarán accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento a través de su página web, o bien desde el apartado de ayudas y subvenciones ejercicio 2021 –ayudas en tramitación–, o bien desde el apartado de trámites on line –subvenciones–.
La gestión de las subvenciones corresponderá al departamento de Cultura del Ayuntamiento de Azpeitia.

4. Documentación a presentar.

Las solicitudes deberán presentarse conforme al modelo de solicitud que se recoge en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia, a la que deberá acompañarse la documentación en los términos previstos en el artículo 5.º de las bases.
Las personas participantes deberán señalar a cual de las dos modalidades optan con su proyecto.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (Punto 8 del artículo 5 de las Bases)por parte de las personas solicitantes de las subvenciones se verificará automaticamente mediante la plataforma de intermediación por el órgano gestor de la presente convocatoria, sin necesidad de consentimiento de los mismos. No obstante, las personas solicitantes podrán denegar expresamente el consentimiento a que se lleve a cabo dicha verificación, en cuyo caso aportarán la certificación correspondiente.

Se acreditarán mediante declaración responsable incluida en la solicitud:
— La solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.
— No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
— Que son ciertos los datos contenidos en la solicitud y documentación que le acompaña y que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario/a de estas subvenciones.
La presentación de solicitudes supone la aceptación expresa y formal de las condiciones que definen las bases de la presente convocatoria.

5. Concesión, cuantía y límite de las subvenciones.

Se concederán las subvenciones mediante el procedimiento de concurso. A estos efectos, la concesión se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas atendiendo a los criterios de selección y valoración fijados en el artículo 12 para ambas modalidades.
Será necesario que los proyectos presentados obtengan como mínimo las siguientes puntuaciones:
Modalidad A: 35 puntos.
Modalidad B: 35 puntos.

6. Fechas de ejecución y justificación de los proyectos.

Con carácter general el periodo de ejecución de los proyectos y devengo (facturación) de gastos será desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Para justificar el objeto de la subvención, los beneficiarios deberán presentar la documentación requerida en el artículo 16 de las bases en el mes siguiente a la finalización del año de la convocatoria, estableciéndose como fecha límite el 31 de enero de 2022.
En todo caso, se consideran gastos subvencionables en el marco de la presente convocatoria los establecidos en el artículo 16.
En el caso de la modalidad B, se subvencionarán, asimismo, los gastos básicos de estancia en los casos que así lo requieran; alquiler, alimentación, agua, gas y electricidad.

 

Fuente y Solicitud: azpeitia.eus/es/euskara-saila/zerbitzuak/etorkizun-haur-etorkinentzako-zerbitzua/item/6906-convocatoria-de-ayudas-para-la-concesion-de-becas-sorkuntza-destinadas-a-la-creacion-cultural-ejercicio-2021

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CONVOCATORIA DE BECAS MÉRITO PARA DOCENTES VIU 2023 (España)


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CONVOCATORIA DE BECAS MÉRITO PARA DOCENTES VIU 2023 (España)

15:05:2023

Género:  Formación docente

Premio:  40 becas de estudios

Abierto a:  candidato/a con nacionalidad y/o residencia legal en España

Entidad convocante:  Universidad Internacional de Valencia (VIU)

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:05:2023

 

BASES

 

 

1. Objetivo del programa de Becas

Becas Mérito es un programa de 40 becas, 20 para estudios de grado y 20 para estudios de máster (descuentos de matrículas) de la Universidad Internacional de Valencia (en adelante VIU o Universidad), que forma parte de la División Planeta Formación y Universidades del Grupo Planeta.

2. Becas y Títulos

Se ofrecen un total de 40 becas del 100% del total del coste para los títulos que se detallan a continuación y el 50% del coste de apertura de expediente, únicamente para la edición de octubre 2023. Se entiende como el total del coste del título el coste de la docencia del mismo (los 240 ECTS para el caso de Grado y 60 ECTS para el caso de máster). Se incluyen, por tanto, los costes de los créditos reconocidos.

Para acceder a las becas, los/as alumnos/as becados/as deberán abonar el 50% del coste de la apertura del expediente.

Al término del programa el/la estudiante debe asumir las tasas de expedición del título obtenido, u otras dentro del reglamento de tasas del programa estipulado por la universidad.

La beca es personal e intransferible y solo es válida para iniciar el título en nuestra convocatoria de octubre 2023. Caso contrario, se perderá el derecho de beca, otorgándola a la siguiente persona según listado de postulantes finalistas.

Solo se permite una candidatura por persona a un solo título. La duplicidad de candidaturas descarta la opción de seguir participando.

Si una persona becada abandona el título que está cursando perderá el derecho a beca y se le obligará a devolver de forma inmediata el importe de los créditos becados en el curso académico que abandone.

Los títulos contemplados son:

• Grado en Educación Primaria

• Grado en Educación Infantil

• Grado en Pedagogía

• Máster Universitario en Acoso Escolar y Mediación

• Máster Universitario en Psicopedagogía

• Máster Universitario en Necesidades Educativas Especiales y Atención Temprana

• Máster Universitario en Tecnologías de la Información y la Comunicación aplicadas a Educación

• Máster Universitario en Enseñanza de Español como Lengua Extranjera

• Máster Universitario en Educación Bilingüe

• Máster Universitario en Dificultades de Aprendizaje y Trastornos de la Comunicación en Contextos Socioeducativos

• Máster Universitario en Dirección, Liderazgo y Gestión de Centros Educativos

• Máster Universitario en Investigación en Educación*

• Máster Universitario en Prevención e Intervención Psicológica de Problemas de Conducta en la Escuela

*Máster verificado, en proceso de implantación

3. Requisitos

Para poder optar a una beca, el/la candidato/a debe:

• Contar con el perfil de ingreso y los requisitos de acceso del título universitario al que aplica, estipulados en la página web de cada una de las titulaciones.

• No podrán participar los empleados o familiares directos en primer grado de la Universidad y del Grupo Planeta. No podrán participar tampoco los proveedores y colaboradores que hayan participado en la elaboración y/o gestión de estas bases, así como sus familiares directos en primer grado.

• No podrán participar personas becadas anteriormente por la universidad.

• No podrán participar personas que desarrollen la docencia académica a nivel superior.

• El programa de Becas Mérito 2023 es para estudiantes que quieran iniciar estudios en la Universidad Internacional de Valencia en el curso académico 2023-2024, en su convocatoria de octubre 2023

• Quedan excluidos los alumnos que estén matriculados en cursos académicos anteriores a 2023-2024, pero si podrán participar ex alumnos.

• El/La candidato/a deberá tener nacionalidad y/o residencia legal en España. Deberá indicarse un documento nacional de identidad, bien sea el DNI para interesados con nacionalidad española o el NIE para el resto de nacionalidades.

• Tanto los/as alumnos/as matriculados en los títulos en su edición de octubre 2023, previamente a la comunicación de las becas, como aquellos interesados que se matriculen en los programas durante el transcurso del proceso de postulación a las becas, también podrán optar a las mismas. En el caso de resultar becados/as, se les reembolsará el importe que abonaron para su matriculación, excluyendo el 50% del concepto de apertura de expediente.

4. Proceso de aplicación

Para poder participar, el/la candidata/a deberá presentar su solicitud mediante el formulario online que encontrará en la siguiente web en becas.universidadviu.com/becas-merito.

Dicho formulario deberá ser completado en su totalidad y solicitará los siguientes datos: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, DNI/NIE, teléfono, email, nacionalidad y programa al que postula a la beca.

Además, se deberán adjuntar los siguientes documentos en el formulario de inscripción:

- Vídeo de postulación, explicando todas aquellas razones por las que consideras que como docente o futuro docente tu labor tiene mérito. Este no debe durar más de 1 minuto y debe ser subido a una plataforma que permita compartirlo como YouTube, Vimeo, o tus redes sociales, en modo público. Valoraremos el mérito del impacto social de tu labor como educador/a.

- Currículum Vitae en formato PDF

- Expediente académico o certificado de notas, siempre que indique la nota media de los estudios previos que dan acceso a la titulación para la que se solicita la beca.
Si resultas pre-seleccionado/a para una de las becas, iniciarás el proceso de matriculación, momento en el que, además, deberás adjuntar:

- Documento nacional de identidad (DNI/NIE)

- Título que permita el acceso a la titulación en la que se solicita la beca. En el caso de contar con un título de bachillerato extranjero, se debe adjuntar el título homologado. Desde VIU no se realizará el servicio de homologación.
En caso de duda o que la web presentara algún problema técnico de funcionamiento puede contactar con el equipo de la Universidad Internacional de Valencia a través de la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

PLAZO DE POSTULACIÓN

Se aceptarán solicitudes recibidas del 19 de abril al 15 de mayo 2023 y que se hayan cumplimentado íntegramente.

La presentación de los documentos por parte del/de la alumno/a implica un compromiso de veracidad de los mismos. En el supuesto de inexactitud, falsedad u omisión, la Universidad Internacional de Valencia se reserva el derecho de anulación de la candidatura de la persona postulante y de todas las actuaciones económicas, administrativas y académicas, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o administrativas que hubiere lugar.

PUBLICACIÓN DE LOS BECADOS

Durante la segunda semana del mes de junio de 2023, se dará a conocer la lista final de las personas becadas en becas.universidadviu.com/becas-merito y/o a través de las redes sociales de la universidad. También se contactará por correo electrónico con las personas que resulten seleccionadas.

5. Criterios de evaluación

Las Becas premian la excelencia académica, el esfuerzo y la motivación por superarse personal y profesionalmente. Por ello, los criterios por los que se valorarán las candidaturas son:
- Expediente académico (40%)
- Vídeo de postulación (30%)
- Currículum (30%)

Se establecerá una puntuación en base a estos criterios y se asignarán las becas entre las personas candidatas de mayor puntuación hasta cubrir el total de becas ofertadas.

6. Otras condiciones

- La dotación de la beca se descontará del importe total del programa, sin aplicar ninguna otra promoción o descuento al mismo.

- Estas Becas son incompatibles con otras ayudas para los mismos estudios. Por ejemplo, beca MEC, beca FUNDAE,…

- La beca no será aplicable en segundas o posteriores matrículas, en el caso de que no fuera aprobada alguna asignatura.

- Los/as candidatos/as seleccionados/as dispondrán de un plazo de 30 días naturales para formalizar su matrícula desde que se le haya comunicado que es becado/a. Si trascurriese el plazo indicado sin que la persona candidata formalice su matrícula, la beca quedará anulada y pasará a la siguiente persona candidata de la lista de espera, siempre que se cumplan los requisitos para obtener la misma

7. Términos y condiciones

Las personas candidatas aceptan las siguientes condiciones:

- La Universidad Internacional de Valencia podrá usar los datos relativos al nombre y apellidos, la edad, el sexo e imagen de los/as candidatos/as para difundir información sobre los resultados del programa.

- La persona becada se comprometerá a colaborar con la Universidad Internacional de Valencia en temas de comunicación y posibles campañas de publicidad sin que ello conlleve compensación económica alguna a su favor.

- La persona becada acepta participar en una entrevista, grabación y publicación de un vídeo o nota de prensa cuando sea necesario, donde se hablará de su experiencia en la Universidad Internacional de Valencia y su programa de becas.

- Los/as participantes que realicen la solicitud, reconocen que han leído y que aceptan los términos y condiciones expuestos en el presente documento como los criterios y decisiones que VIU pueda tomar ante cualquier duda de interpretación sobre los requisitos y condiciones enunciados.
- El programa de becas puede ser modificado o anulado en cualquier momento y por cualquier razón, cuando VIU lo considere apropiado.

- El programa de becas cuenta con un número de plazas determinadas por áreas de conocimiento que podrán ser modificadas y anuladas en cualquier momento y razón cuando VIU lo considere apropiado.

- La detección de un incumplimiento de las presentes bases, sea cual sea el momento en que éste se produzca e independientemente del estado en que se encuentre la candidatura dentro del proceso de selección o concesión, supondrá la automática cancelación de la citada candidatura o de la beca, incluso si ésta ya hubiera sido concedida.

- En caso de que el/la candidato/a seleccionado/a no cumpla los compromisos derivados de las presentes bases – o cualquier otro incluido en las condiciones de la Beca, VIU se reserva el derecho de proceder como considere conveniente e, incluso, solicitar la devolución de las cantidades recibidas.

- No se admiten reclamaciones en el otorgamiento de las becas. La decisión del jurado es definitiva e inapelable. VIU no proporcionará información sobre los motivos por los que no han sido seleccionadas las personales finalmente descartadas.

- Las presentes Bases se someten a la legislación española vigente y las personas participantes, con expresa renuncia a cualquier otro fuero, se someten al de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia

- La participación en la presente convocatoria implica la aceptación total de estas bases por parte de las personas candidatas, incluida la aplicación de la normativa fiscal que resulte de obligatoria aplicación. Al importe de la dotación económica se le aplicará la retención o ingreso a cuenta del IRPF que, de acuerdo con la normativa fiscal vigente, corresponda en el momento de efectuar el pago. El tipo de retención aplicable dependerá de la cantidad becada, el estatus de residencia fiscal de la persona becada y la duración de la beca.

8. Protección de datos

De conformidad con lo dispuesto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos o RGPD) y con la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, la Universidad será la responsable del tratamiento de los datos personales que el candidato/a proporcione de conformidad con el apartado 4 de las presentes Bases, así como aquellos otros que la Universidad pueda obtener durante el proceso de selección.

Para poder participar en el proceso de selección de Becas, los/as candidatos/as deben proporcionar todos los datos referenciados en el apartado 4 de las presentes Bases.

En caso de no facilitar los indicados datos, la Universidad no podrá valorar su candidatura.www.escritores.org

La Universidad tratará los mencionados datos con la finalidad de gestionar la inscripción del/la candidato/a en el proceso y su participación en el mismo, valorar su candidatura, contactar con él/ella, en caso de ser necesario, y gestionar la publicación de las personas pre-seleccionadas y becadas finales.

La base legal para el tratamiento de los mencionados datos con las finalidades antes indicadas es la ejecución de las bases del programa de Becas, aceptadas libremente por el/la candidato/a previamente.

Asimismo, en caso de que el/la candidato/a resulte seleccionado/a como becado/a, VIU tratará sus datos personales con la finalidad de gestionar la beca otorgada y la condición de aquél/lla como becado/a.

La base legal para el tratamiento de los mencionados datos con estas finalidades es la ejecución de las condiciones que regulan la beca otorgada y la matrícula universitaria, normalizadas ambas entre el becado/a y la Universidad.

Adicionalmente, y únicamente cuando los candidatos/as hayan firmado el otorgamiento de su consentimiento para ello, la Universidad:

- tratará los datos relativos al nombre, la edad, el sexo e imagen de aquéllos/as con la finalidad de difundir información sobre los resultados del programa de becas.

- tratará sus datos personales para gestionar la colaboración del/la candidato/a con la Universidad en temas de comunicación como entrevistas, notas de prensa, videos y recepción de publicidad de la Universidad.

- tratará la imagen del/la becado/a para gestionar su participación en acciones de comunicación como entrevistas, grabación de videos y publicación en medios de prensa y medios digitales de la Universidad; donde se hablará de su experiencia en la Universidad Internacional de Valencia y su programa de becas.

- podrá solicitar cualquier otro tipo de consentimiento que considere oportuno, como por ejemplo el envío de información sobre los programas formativos de la Universidad.
Los citados consentimientos, serán solicitados al/la candidato/a o becado/a, según corresponda, en el momento de solicitar la beca o en el momento de formalizar la beca otorgada.

En ningún caso, la Universidad utilizará los datos personales para la elaboración de perfiles, ni para la toma de decisiones automatizadas en base a dichos perfiles.

La Universidad conservará los datos personales relativos a los/as candidatos/as mientras dure el proceso de selección. Trascurrido dicho tiempo, en caso de que el/la candidato/a no resulte finalmente seleccionado/a sus datos serán conservados debidamente bloqueados, impidiendo su tratamiento, el tiempo durante el cual pudiera derivarse algún tipo de responsabilidad nacida del tratamiento de los mismos, siendo, posteriormente, suprimidos, salvo que nos hubiese dado su consentimiento para otras finalidades.

Por su parte, los datos personales de los/as candidatos/as finalmente seleccionados/as (becados/as) se conservarán mientras el/la becado/a participe en el programa de becas. Una vez finalizado dicho programa o en caso de abandono del programa por parte del/a becado/a, los datos se conservarán debidamente bloqueados, impidiendo su tratamiento, el tiempo durante el cual pudiera derivarse algún tipo de responsabilidad nacida del tratamiento de los mismos, siendo, posteriormente, suprimidos.

No obstante lo anterior, los datos tratados con la finalidad de difundir información sobre los resultados del programa, gestionar la colaboración del/la becado/a con la Universidad en temas de comunicación, para gestionar su participación en la grabación y publicación de un vídeo donde se hablará de su experiencia en la Universidad Internacional de Valencia y su programa de becas, y/o para el envío de comunicación por parte de la Universidad, se conservarán mientras el/la candidata/a o el/la becado/a no revoque el consentimiento, en su caso, otorgado.

Los datos personales de los/las candidatos/as y becados/as no se cederán a terceros. No obstante lo anterior, cabe tener en cuenta que los datos de los/las candidatos/as que resulten pre-seleccionados/as y de los becados/as se publicarán en el sitio web becas.universidadviu.com/becas-merito y/o a través de las redes sociales de la Universidad, de modo que resultarán accesibles al público en general.

No se llevará cabo transferencias internacionales de datos.

La persona participante podrá ejercer los derechos de acceso, supresión, rectificación, oposición, limitación y portabilidad, así como revocar los consentimientos, en su caso, otorgados, mediante carta a la Universidad Internacional de Valencia, Apartado de Correos 221 de Barcelona o remitiendo un email a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Asimismo, cuando lo considere oportuno podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Igualmente, podrá ponerse en contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos mediante escrito dirigiendo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a Grupo Planeta, At.: Delegado de Protección de Datos, Avda. Diagonal 662-664, 08034 Barcelona.

 

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CONVOCATORIA DE BECAS DE INVESTIGACIÓN SOBRE ARTE CONTEMPORÁNEO DEL MUSEO PATIO HERRERIANO DE VALLADOLID 2018-2019 (España)

03:12:2018

Género:  Investigación artística

Premio:     Beca de 1.500 €

Abierto a: estudiantes universitarios de los dos últimos cursos, así como graduados/licenciados menores de 35 años de las carreras descritas en las bases, nacidos o empadronados en Valladolid capital

Entidad convocante: Fundación Patio Herreriano

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   03:12:2018

 

BASES



BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE INVESTIGACIÓN SOBRE ARTE CONTEMPORÁNEO DEL MUSEO PATIO HERRERIANO DE VALLADOLID PARA EL AÑO 2018-2019

Primera: Finalidad

Se convocan 3 becas para la promoción de la investigación artística relacionada con el arte contemporáneo, teniendo como propósito impulsar la investigación, construir un núcleo de conocimiento y fomentar la documentación, publicación y difusión de la investigación artística.

Duración: El periodo de disfrute de la beca será de 4 meses. La resolución de concesión de las becas fijará el tiempo de inicio y finalización de la beca. Dentro del mes siguiente al de la fecha de finalización de disfrute de la beca se presentará el Proyecto de investigación en la Fundación Patio Herreriano.

Requisitos de los aspirantes: Podrán participar en esta convocatoria los estudiantes universitarios de los dos últimos cursos que acrediten haber superado los dos primeros, así como graduados/licenciados menores de 35 años de las siguientes carreras: Historia del Arte, Historia, Filosofía, Bellas Artes, Educación, Restauración y Patrimonio, Biblioteconomía y Documentación, y Arquitectura. Los solicitantes deberán haber nacido o estar empadronados en Valladolid capital en el momento de presentar su solicitud.

El disfrute de estas becas no supone el establecimiento de relación contractual ❑ estatutaria alguna entre el becario/a y el Museo Patio Herreriano. Asimismo, no podrá simultanearse con cualquier otro contrato, ayuda o beca con cargo al mismo presupuesto del organismo.

El beneficiario/a de la beca contará con la tutorización y asesoramiento de, al menos, un/a técnico/a del museo, que velará por la adecuación del trabajo a las bases de la convocatoria. Además, el tutor establecerá un calendario de reuniones de obligado cumplimiento por el/la investigador/a, presentando los informes periódicos que, en su caso, fueran solicitados.


TEMAS A DESARROLLAR

Los becarios/as podrán desarrollar cualquiera de las siguientes líneas de investigación que a continuación se citan u otras que el solicitante proponga que estén relacionadas con el arte contemporáneo y que puedan ser de interés para el Museo Patio Herreriano
1- Investigación de un artista, grupo ❑ movimiento relacionado con el arte contemporáneo
2- Educación, nuevas vías para el conocimiento y la investigación
3- Comisariado de arte contemporáneo
4- Documentación y gestión de los fondos museográficos de la colección del Museo Patio Herreriano, así como de otros museos con los que tenga relación.
5- Restauración de piezas de arte contemporáneo
6- Formación en arte contemporáneo
7- Patrimonio documental del Arte contemporáneo
8- Difusión del arte contemporáneo
9- Nuevos recursos digitales para el arte contemporáneo (videojuegos, etc.)
10 Bibliotecas en los museos de arte contemporáneo
11 Servicios de atención a los públicos de los museos
12 Otros temas relacionados con el arte contemporáneo

Segunda: Presentación y documentación 

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de las bases en la web y finalizará el día 3 de diciembre de 2018.

La convocatoria se publicará en la página Web del Museo Patio Herreriano y en la página Web del Ayuntamiento de Valladolid (Tablón Oficial, Ayuntamiento de Valladolid, Ayudas y subvenciones).

Las solicitudes se presentarán bajo la modalidad de currículum ciego (CV anónimo en el que se suprimirán todas las referencias personales tales como el nombre, apellidos, sexo, edad y en el que tampoco se incluirá fotografía u otras circunstancias personales del candidato) asignándoseles un número de presentación según orden de entrada, en 2 sobres, que deberán reunir el siguiente contenido:

SOBRE N° 1:
1°.- Currículum ciego del solicitante (máximo 3 páginas), que NO INCLUYA DATOS IDENTIFICATIVOS (nombre, apellidos, fotografías, nacionalidad, pseudónimos o cualquier otro dato que permita conocer al solicitante). Contendrá referencia a las competencias, idiomas, cursos y congresos a los que haya asistido, conocimientos de informática, etc.
2°.- Propuesta de Proyecto a desarrollar incluyendo título y tema sobre el que versará (2.000 caracteres como máximo, incluyendo espacios)

SOBRE N° 2:
1.- Solicitud siguiendo el modelo que se publica como Anexo de la presente convocatoria. Dicho formulario deberá cumplimentarse acompañando la documentación a presentar y que acredite los cursos, idiomas y demás méritos alegados en el currículum.
2.- Fotocopia del DNI o pasaporte y certificado de empadronamiento en el caso de haber nacido fuera de Valladolid
3.- Fotocopia de la Certificación Académica Personal en la que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios y las calificaciones obtenidas y, en caso de tenerlo, fotocopia del Título universitario.
4.- Fotocopias de los certificados de los idiomas, cursos, congresos y títulos que se citen en el currículum.
5.- Copia de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación en caso de títulos extranjeros de educación superior.
6.- Declaración responsable del solicitante -apartados correspondientes del formulario de solicitud- de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones, según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

La inclusión en el Sobre n° 1 de documentos del Sobre n° 2 supondrá la exclusión automática del/la solicitante.

La solicitud deberá rellenarse en buena y debida forma, en todos sus apartados, y de forma verídica y completa, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no son contrastables o son falsos. Los datos no aportados no se calificarán.

Deberán presentarse los 2 Sobres en el Departamento de Administración del Museo Patio Herreriano (Calle Jorge Guillén, 6, 47003 Valladolid, 3a planta) antes del cierre de la convocatoria, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. En este último caso, se enviará un correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. informando del lugar de presentación de la solicitud.

No se admitirá como medio de presentación de solicitudes los servicios de mensajería privados ni los servicios de correos extranjeros.

Se asignará a los Sobres un número correlativo según orden de recepción.

Tercera: Dotación  La dotación presupuestaria total de la convocatoria asciende a 4.500 euros brutos.

Las becas individuales serán 1.500 euros brutos por persona, siendo tres los perceptores.

Cuarta: Abono de las becas  El pago de las becas se realizará por mensualidades vencidas, iniciándose el procedimiento para el pago mediante transferencia bancaria una vez concluido el referido periodo. Las cantidades correspondientes estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF.

No podrá realizarse el pago de la beca en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003.
www.escritores.org
No se exigirá a los beneficiarios/as la constitución de garantías.


Bases completas y Anexo: static.arteinformado.com/resources/app/docs/evento/26/165826/basesbecas2018.pdf

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CONVOCATORIA DE CARTA "¿QUÉ ES LO IMPORTANTE EN LA VIDA?" 2018 (México)

19:09:2018

Género: Carta

Premio:    Participación en Performance y Reconocimiento

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: ElSur El Sur (Carlos Alejandro Ponzio de León)

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   19:09:2018

 

BASES


1. Podrán participar autores sin importar edad, género, ni nacionalidad. Cada autor puede presentar una sola carta, escrita en español, dirigida a cualquier persona, viva o fallecida, real o ficticia. El motivo de esta convocatoria es el aniversario de los pasados dos terremotos ocurridos en 19 de septiembre en México, y de cualquier otra desgracia natural que haya sufrido la humanidad en el pasado.

2. La carta debe decir lo que su autor ha visto, escuchado y lo que le ha tocado vivir, y al final de la carta debe explicarle a Dios, a la Naturaleza, o al destinatario original de la carta: ¿Qué es lo importante en la vida? 

3. Las cartas deberán ser originales, inéditas, individuales, no premiadas con anterioridad y cuyos derechos de autor no estén comprometidos con terceros.

4. La carta puede tener una extensión mínima de 2 líneas y máxima de 24 líneas, estar escrita en hoja tamaño carta o A4, en letra Arial de 11 puntos, con 2.5 cm de margen por cada lado, y a 1.5 espacios.

5. Las cartas seleccionadas derivarán en un Performance en México durante 2019, lo cual puede incluir el empleo de las cartas en su lectura pública, su entrega en las calles y la exposición y proyección de fragmentos de los textos durante uno o varios Performance, junto con la exposición o proyección de pinturas y la ejecución de música compuesta para cada ocasión.

6. Las cartas no seleccionadas serán destruidas.

7. Cada participante retendrá los derechos de autoría, dando permiso para el uso de sus cartas, además de en los Performance ya mencionados: en otras exposiciones, fotografías, audios, programas de radio y televisión, y en videos resultantes, y acepta no publicarla ni explotarla comercialmente con terceros antes del 31 de diciembre de 2022, esto con el fin de no comprometer derechos morales ni patrimoniales que pudieran entrar en conflicto con este proyecto.

8. Las cartas deberán ser enviadas a la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a más tardar el día 19 de septiembre de 2018.

9. En el correo electrónico, cada autor deberá indicar: Nombre, Dirección, Fecha de Nacimiento y Lugar de Residencia.

10. Los resultados serán dados a conocer el día 25 de diciembre de 2018, por correo electrónico, a los autores seleccionados.


Fuente

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