Concursos Literarios

 

 

 


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PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA 2016 (México)

08:08:2016

Género: Obra publicada

Premio:  $762.666, medalla de oro, diploma y estímulo

Abierto a: tener nacionalidad mexicana

Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   08:08:2016

 

BASES

 
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Cultura, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura y el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, fracción IV, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II, III y VII, 20, fracciones I, II, III y IV, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 51-A fracciones I, II, III y IV, 51-B, 51-C, 51-D, 51-E, 51-F, 51-G, 51-H, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,
www.escritores.org
CONVOCA

A las instituciones y agrupaciones que integran la lista que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51-F de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, el Consejo de Premiación ha formulado y publicado en el portal Foncaenlínea: http://foncaenlinea.cultura.gob.mx y a las que habrá de dirigirse para invitarlas a que propongan candidatos al Premio Nacional de Artes y Literatura, correspondiente al año 2016, de acuerdo con las siguientes:

Bases

Primera.- El Premio Nacional de Artes y Literatura correspondiente al año 2016 (en lo sucesivo, el “Premio”) se otorgará a personas físicas o, en su caso, a comunidades o grupos, aunque en uno y otro caso estén domiciliadas fuera del país, que por sus producciones o trabajos docentes, de investigación o de divulgación, hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la lingüística y literatura, las bellas artes, la historia, las ciencias sociales, la filosofía y de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones artísticas en general.

El Premio se otorgará en cada uno de los siguientes campos:
I. Lingüística y Literatura;
II . Bellas Artes;
III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía;
IV. Artes y Tradiciones Populares.

En el Campo II . Bellas Artes, quedarán incluidos el diseño gráfico y el diseño arquitectónico.

Segunda.- El Premio se otorgará por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria singularmente ejemplar, o por la trascendencia de actos u obras en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquier persona, sin que sea necesario que dichos actos u obras se hayan realizado durante el presente año.

Tercera.- Solamente las personas físicas podrán ser beneficiarias del Premio en sus cuatro campos. Con excepción del Campo IV. Artes y Tradiciones Populares, en donde el Premio también podrá otorgarse a comunidades o grupos, en cuyo caso éste se entregará a un representante nombrado por sus integrantes.

Cuarta.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus cuatro campos se requiere: (I) tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación; (II) haber destacado en alguno de los campos antes mencionados, y (III) no haber recibido con anterioridad el Premio en el campo para el cual sea propuesto.

Quinta.- El Premio en cada uno de sus cuatro campos consistirá en:
• Una medalla de oro ley 0.900, misma que se complementará con una roseta cuando se trate de personas físicas.
• Una cantidad que sumada a la que corresponde al numerario establecido por la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas ascenderá a un total de $762,666.00 (setecientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.)
• Un diploma firmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se confiere, así como una síntesis del acuerdo del respectivo Jurado.
• El estímulo de Creador Emérito del Fonca, de acuerdo con los lineamientos del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes.

Sexta.- En la presente convocatoria 2016, sólo concurrirá un ganador por campo.

Séptima.- Las candidaturas únicamente podrán ser presentadas por las instituciones o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria.
Toda institución o agrupación tiene derecho de dirigirse al Consejo de Premiación para solicitar ser incluida en la lista de invitados para proponer candidatos, a lo que se accederá si a juicio del propio Consejo se justifica la pretensión. La fecha límite para dirigirse al Consejo es el 23 de mayo de 2016, en horario de 10:00 a 18:00 horas.

Octava.- Toda propuesta de candidatura expresará los merecimientos del candidato y se acompañará de las pruebas que se estimen pertinentes.

Novena.- Para solicitar el registro de una candidatura, deberá ingresar al portal Foncaenlínea: http://foncaenlinea.cultura.gob.mx y completar el formulario de registro con los datos y documentación de la candidatura.

Una vez que haya llenado el formulario, se deberá cargar la siguiente documentación:

I. Documentación administrativa, en formatos PDF o JPG:
a) Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente.
b) Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio.
Las cartas a que se refieren en los incisos a) y b) deberán: (I) estar dirigidas al Consejo de Premiación; (II) precisar el nombre completo del candidato (tratándose de candidatos considerados individualmente, tal y como aparece en su acta de nacimiento o, en su caso, en la carta de naturalización); (III) señalar el campo en el que se solicita el registro del candidato, y (IV) estar debidamente firmadas (en el caso de grupos o comunidades, la carta de aceptación deberá estar firmada por un representante designado por sus integrantes).
c) En el caso de grupos o comunidades, relación de sus integrantes y del documento en el que se haya designado a su representante.
d) Resumen de trayectoria del candidato o, en su caso, el grupo o la comunidad en el cual se destaquen las aportaciones o logros de mayor relevancia; deberá ser redactada en lenguaje narrativo y tener una extensión máxima de dos cuartillas a un espacio y letra Arial número 12.
e) Currículum vítae actualizado del candidato considerado individualmente. Dicho documento deberá incluir domicilio, teléfonos y correo electrónico, en su caso.
f) Acta de nacimiento o identificación oficial: credencial de elector, pasaporte o cédula profesional y, en su caso, carta de naturalización del candidato y, por lo que se refiere a grupos, la de cada uno de sus integrantes. Este requisito no será necesario en caso de comunidades.
g) Fotografía reciente del candidato considerado individualmente o, si es el caso, de cada uno de los miembros del grupo. En el caso de comunidades, fotografía de los principales artistas o artesanos.

II. Documentación Probatoria: incluir pruebas documentales (constancias de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, entre otros), así como testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos del candidato.

En caso de que considere necesario enviar las evidencias físicas de su obra, se deberán hacer llegar en una caja debidamente identificada a las oficinas que se ubican en el domicilio señalado en el numeral Decimoprimero, a más tardar a las 18:00 horas del 8 de agosto de 2016. Es importante que se incluya la relación del material que se entrega y una copia de la solicitud. Sin estos dos requisitos el material no se recibirá. El horario de recepción será de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 18:00 horas.

Décima.- La documentación a que se refiere el numeral anterior, podrá ser devuelta a los interesados, excepto la correspondiente a los galardonados, dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que se hubiera entregado el Premio. Transcurrido dicho plazo, la Secretaría Técnica procederá a dar de baja la documentación de conformidad con la normatividad aplicable.

Decimoprimera.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación sea cargada de manera completa en Foncaenlínea a más tardar a las 18:00 horas del 8 de agosto de 2016, hora y fecha de cierre de la convocatoria.
El domicilio de la Secretaría Técnica del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura
se encuentra ubicado en:
Fondo Nacional para la Cultura y las Artes
Subdirección de Operación de Estímulos a la Creación
Sistema Nacional de Creadores de Arte
Calle Argentina núm. 12 (ingreso por Donceles núm. 107) Oficina 201. Colonia Centro Histórico,
Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Código Postal 06010.
Teléfono: 4155 0739 y 4155 0740
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Decimosegunda.- Una vez recibidas las candidaturas, la Secretaría Técnica verificará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en su caso, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los turnará al Jurado correspondiente para que sean dictaminados.

Asimismo, la Secretaría Técnica rendirá un informe al Consejo de Premiación respecto de aquellas candidaturas recibidas que no reunieron los requisitos en términos de la presente convocatoria. En estos casos, el Jurado hará constar lo correspondiente en la respectiva acta de dictamen.

Decimotercera.- Por cada campo habrá un Jurado integrado por siete miembros. El Consejo de Premiación elaborará, a propuesta de sus integrantes y, en su caso, de las instituciones o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria, un padrón de personas con notorio prestigio en los campos respectivos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, dando preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el Premio Nacional de Ciencias y Artes. De dicho padrón serán seleccionados los miembros de cada Jurado, mediante un proceso de insaculación ante Notario Público.

En su oportunidad, el Consejo de Premiación hará del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados, mediante su publicación en la página de Internet: http://fonca.cultura.gob.mx

Cada Jurado elegirá de entre sus miembros su propio presidente y nombrará un secretario.

Las instituciones o agrupaciones podrán formular propuestas para integrar el Jurado de cada campo, mediante carta dirigida al Consejo de Premiación, misma que deberá ser enviada a las oficinas de la Secretaría Técnica a más tardar a las 18:00 horas del 23 de mayo de 2016.

A fin de evitar conflicto de intereses en el proceso de dictamen, no podrá fungir como jurado el representante, director general o equivalente de alguna institución o agrupación que haya propuesto a algún candidato, cuando se trate del mismo campo. Los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos de que conozcan en el ejercicio de sus funciones.

Decimocuarta.- Los Jurados dictaminarán sobre los expedientes de candidaturas que les turne el Consejo de Premiación y formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República para su resolución final.

El Consejo de Premiación auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo será el enlace entre éste y los Jurados.

Decimoquinta.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, será voto de calidad el de su presidente. Los dictámenes que emitan los Jurados deberán ser entregados a la Secretaría Técnica a más tardar el 7 de octubre de 2016.

Decimosexta.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de sus campos, cuando así lo consideren conveniente, en cuyo caso se deberán asentar en el acta respectiva las razones de dicha determinación, y no podrán revocar sus propias resoluciones.

Decimoséptima.- El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Acuerdo se fijará el lugar y la fecha de su entrega.

Decimoctava.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos en definitiva por el Consejo de Premiación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Esta convocatoria y la lista de instituciones y agrupaciones invitadas por el Consejo de Premiación para proponer candidaturas, se encuentran disponibles en la página de internet del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes: http://fonca.cultura.gob.mx

Fuente: fonca.cultura.gob.mx




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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 



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PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA 2017 (México)

07:08:2017

Género: Obra publicada

Premio:   $ 792.409,97, Medalla de oro y diploma

Abierto a: nacionalidad mexicana

Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   07:08:2017

 

BASES


El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos a través de la Secretaría de Cultura, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura y el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, fracción IV, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II, III y VII, 20, fracciones I, II, III y IV, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 51-A fracciones I, II, III y IV, 51-B, 51-C, 51-D, 51-E, 51-F, 51-G, 51-H, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,
www.escritores.org
CONVOCA

A las instituciones y agrupaciones que integran la lista autorizada y publicada en Foncaenlinea: http://foncaenlinea.cultura.gob.mx y a las facultadas para proponer candidatos al Premio

Nacional de Artes y Literatura 2017, de acuerdo con las siguientes:

BASES

Primera.- El Premio Nacional de Artes y Literatura 2017 (en lo sucesivo, el “Premio”) se otorgará a quienes por sus producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación, hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la lingüística y la literatura, las bellas artes, la historia, las ciencias sociales, la filosofía y de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones artísticas en general.

El Premio se otorgará en cada uno de los siguientes Campos:
I. Lingüística y Literatura;
II. Bellas Artes; (En este Campo quedarán incluidos el diseño gráfico y el diseño arquitectónico)
III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía;
IV. Artes y Tradiciones Populares.

Segunda.- El Premio se otorgará por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria singularmente ejemplar o por la trascendencia de actos u obras valiosos en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquiera personas, sin que sea necesario que dichos actos u obras se hayan realizado durante el presente año.

Tercera.- Podrán ser beneficiarias del Premio en sus cuatro campos las personas físicas. En el caso del Campo IV. Artes y Tradiciones Populares, el Premio también podrá otorgarse a comunidades o grupos, en cuyo caso éste se entregará a un representante nombrado por sus integrantes.

Cuarta.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus cuatro campos se requiere:
• Tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación;
• Haber destacado en alguno de los campos antes mencionados, y No haber recibido con anterioridad el presente Premio en el mismo Campo de participación.

Quinta.- El Premio en cada uno de sus cuatro campos consistirá en:
• Una medalla de oro ley 0.900, misma que se complementará con una roseta cuando se trate de personas físicas.
• La cantidad de $792,409.97 (Setecientos noventa y dos mil cuatrocientos nueve pesos 97/100 M.N.), que resulta de la suma del monto autorizado por el Consejo de Premiación para esta convocatoria y el numerario previsto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
• Un diploma firmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se confiere, así como una síntesis del acuerdo del respectivo Jurado.
• La incorporación con la distinción de Creador Emérito al Sistema Nacional de Creadores de Arte que opera el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes. En el caso de las personalidades galardonadas en el campo III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía, dicha incorporación aplica para aquellos que lo hayan obtenido a partir de que se crea el Premio Nacional de Artes y Literatura.

Sexta.- Únicamente se premiará un ganador por Campo.

Séptima.- Sólo se aceptarán candidaturas de aquellas instituciones o agrupaciones que formen parte del listado autorizado por el Consejo de Premiación para la presente convocatoria.
Aquellas instituciones o agrupaciones no incluidas en el citado listado, podrán dirigirse al Consejo de Premiación para solicitar ser incluidas, a lo que se accederá a juicio del propio Consejo, con efectos para el 2018.

Octava.- Toda propuesta de candidatura expresará los merecimientos del candidato y se acompañará de los documentos probatorios correspondientes.

Novena.- Para solicitar el registro de una candidatura se deberá entregar documentación en físico y llenar la solicitud en línea en la página http://foncaenlinea.cultura.gob.mx con los datos y documentación que se requiera.

Décima.- La documentación en físico para el registro deberá entregarse en la dirección señalada en la cláusula Decimotercera de las presentes Bases a más tardar a las 15:00 horas del 7 de agosto de 2017:

1. Acta de nacimiento del candidato (persona física) o acta constitutiva (de ser el caso) o documento legal expedido por autoridad facultada que acredite fehacientemente la nacionalidad mexicana.

2. Proponer por escrito la candidatura correspondiente.

3. Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio.

Cada una de las cartas deberá tener las siguientes características:
• Estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura 2017.
• Precisar el nombre completo del candidato (tratándose de candidatos considerados individualmente tal y como aparece en su acta de nacimiento o, en su caso, en la carta de naturalización).
• Señalar el Campo en el que se solicita el registro del candidato.
• Tener firma autógrafa (en el caso de grupos o comunidades, la carta de aceptación para participar como candidato deberá estar firmada por un representante designado por sus integrantes).

Decimoprimera.- El registro electrónico se realizará en Foncaenlinea: http://foncaenlinea.cultura.gob.mx debiendo cargarse documentos administrativos y probatorios:

I. Documentos administrativos, en formatos PDF o JPG:
a) Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente.
b) Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio.
c) En el caso de grupos o comunidades, relación de sus integrantes y documento en el que conste la designación del representante.
d) Resumen de trayectoria del candidato o, en su caso, del grupo o la comunidad en el cual se destaquen las aportaciones o logros de mayor relevancia; redactado en lenguaje narrativo y con una extensión máxima de dos cuartillas a un espacio y letra Arial número 12.
e) Currículum vítae actualizado del candidato, ya sea persona física, grupo o comunidad. Dicho documento deberá incluir domicilio, teléfonos y correo electrónico, en su caso.
f) Acta de nacimiento
g) Identificación oficial: aceptándose únicamente credencial de elector, pasaporte o cédula profesional y, en su caso, carta de naturalización.
Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la identificación de cada uno de sus integrantes; dispensándose de este requisito las candidaturas de comunidades.
h) Fotografía reciente a color.
Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la fotografía de cada uno de sus integrantes y para las comunidades la fotografía de quien éstas determinen.

II. Documentos probatorios:

Incluir pruebas documentales (constancias de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, entre otros), así como testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos del candidato.

De considerarlo necesario se podrán remitir evidencias físicas en una caja identificada con el nombre del candidato y al domicilio indicado en la base Decimotercera, en un horario de recepción de 10:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, a excepción de la fecha de cierre de la convocatoria (07 agosto 2017) en la cual únicamente se recibirá material hasta las 15:00 horas —horario de la Ciudad de México—.

El material en físico se recibirá siempre y cuando se entregue simultáneamente:
a) Relación del material que se entrega, y
b) Copia de la solicitud de la candidatura que genera el portal Foncaenlinea, misma que contiene la clave de participación

El Fonca no se hará responsable del material que requiera cuidados especiales para su resguardo.

Decimosegunda.- La documentación física entregada con fundamento en la base Décima podrá ser devuelta a los interesados dentro de un plazo de tres meses posteriores a la publicación de resultados en el Diario Oficial de la Federación. Transcurrido dicho plazo, la Secretaría Técnica del Premio procederá a dar de baja la documentación. Fonca resguardará la documentación de los galardonados, misma a la que no le aplicará el párrafo inmediato anterior.

Decimotercera.- La documentación física deberá entregarse en el domicilio que ocupa la Secretaría Técnica del Consejo de Premiación del Premio:
Fondo Nacional para la Cultura y las Artes
Secretaría Técnica del Premio Nacional de Artes y Literatura
Calle Argentina núm. 12 (ingreso por Donceles núm. 107), oficina 201
colonia Centro Histórico, delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
Código Postal 06010.
Teléfono: 4155 0730, exts. 7006 y 7007
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Decimocuarta.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación física se haya entregado en el domicilio de la Secretaría Técnica y cargado de manera completa en el portal Foncaenlinea: http://foncaenlinea.cultura.gob.mx a más tardar a las 15:00 horas del 7 de agosto de 2017, hora y fecha de cierre de la convocatoria.

Decimoquinta.- Una vez recibidas las candidaturas, la Secretaría Técnica verificará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en su caso, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los turnará al Jurado correspondiente por Campo de especialidad para que sean dictaminados.

Asimismo, la Secretaría Técnica rendirá un informe al Consejo de Premiación respecto de aquellas candidaturas recibidas que no reunieron los requisitos en términos de la presente convocatoria.

Decimosexta.- Por cada Campo habrá un Jurado integrado por siete miembros elegidos mediante insaculación ante Notario Público, con base en las propuestas que hagan llegar a la Secretaría Técnica del Premio tanto el Consejo de Premiación como las instituciones o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria.

Para ello, la Secretaría Técnica realizará un padrón de personas con notorio prestigio en los Campos respectivos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, dando preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el Premio.

En su oportunidad, el Consejo de Premiación hará del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados mediante su publicación en la página de Internet:

http://fonca.cultura.gob.mx

Cada cuerpo de Jurado por Campo elegirá de entre sus miembros su propio Presidente y nombrará un Secretario.

Las instituciones o agrupaciones podrán formular propuestas para integrar el Jurado de cada Campo mediante carta dirigida al Consejo de Premiación, misma que deberá ser enviada a las oficinas de la Secretaría Técnica a más tardar a las 18:00 horas del 17 de julio de 2017.

A fin de evitar conflicto de intereses en el proceso de dictamen, no podrán fungir como jurados aquéllos representantes, directores generales o su equivalente de alguna institución o agrupación que haya propuesto candidaturas.

Los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos que se comenten en las sesiones que celebren con motivo del presente Premio.

Decimoséptima.- Los Jurados dictaminarán sobre los expedientes de candidaturas que les turne el Consejo de Premiación y formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República para su resolución final.

El Consejo de Premiación auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo fungirá como enlace entre éste y los Jurados.

Decimoctava.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el presidente tendrá el voto de calidad. Los dictámenes que emitan los Jurados deberán ser entregados a la Secretaría Técnica a más tardar el 13 de octubre de 2017.

Decimonovena.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de sus campos, cuando así lo consideren conveniente, en cuyo caso se deberán asentar en el acta respectiva las razones de dicha determinación. Las decisiones de los jurados serán irrevocables.

Vigésima.- El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Acuerdo se fijará el lugar y la fecha de su entrega.

Vigesimoprimera.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Consejo de Premiación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Esta convocatoria y la lista de instituciones y agrupaciones invitadas por el Consejo de Premiación para proponer candidaturas, se encuentran disponibles en la página de internet del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes: http://fonca.cultura.gob.mx en el apartado Convocatorias seleccionando la opción Abiertas, y posteriormente la opción Premio Nacional de Artes y Literatura.


Fuente: foncaenlinea.cultura.gob.mx

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PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA 2019 (México)

09:08:2019

Género: Obra publicada

Premio:  $ 823.313,95 M.N., medalla de oro

Abierto a: tener nacionalidad mexicana

Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:   09:08:2019

 

BASES


CONVOCATORIA 2019
PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos a través de la Secretaría de Cultura, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura y el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, fracción IV, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II, III y VII, 20, fracciones I, II, III y IV, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 51-A fracciones I, II, III y IV,  51-B, 51- C, 51-D, 51-E, 51-F, 51-G, 51-H, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,

CONVOCA

A todas las instituciones y/o agrupaciones especializadas en alguna de las siguientes ramas: arte, cultura, tradiciones, historia, filosofía o ciencias sociales, para proponer candidatos al Premio Nacional de Artes y Literatura 2019, de acuerdo con las siguientes:

BASES

Primera.- El Premio Nacional de Artes y Literatura 2019 (en lo sucesivo el “Premio”) se otorgará a quienes por sus creaciones, producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la lingüística y la literatura, las bellas artes, la historia, las ciencias sociales, la filosofía y de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones artísticas en general.
El Premio se otorgará en cada uno de los siguientes campos:
I. Lingüística y Literatura;
II. Bellas Artes; (En este Campo quedarán incluidos el diseño gráfico y el diseño arquitectónico)
III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía;
IV. Artes y Tradiciones Populares.

Segunda.- El Premio se otorgará por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria singularmente ejemplar o por la trascendencia de actos u obras valiosos en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquiera personas, sin que sea necesario que dichos actos u obras se hayan realizado durante el presente año.

Tercera.- Podrán ser beneficiarias del Premio en sus cuatro campos las personas físicas. En el caso del Campo IV. Artes y Tradiciones Populares, el Premio también podrá otorgarse a comunidades o grupos, en cuyo caso éste se entregará a un representante nombrado por sus integrantes.

Cuarta.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus cuatro campos se requiere:
• Tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación;
• Haber destacado en alguno de los campos antes mencionados, y
• No haber recibido con anterioridad el presente Premio en el mismo Campo de participación.

Quinta.- El Premio en cada uno de sus cuatro campos consistirá en:
• Una medalla de oro ley 0.900, misma que se complementará con una roseta cuando se trate de personas físicas.
• La cantidad de $823,313.95 (Ochocientos veintitrés mil trescientos trece pesos 95/100 M.N.), que resulta de la suma del monto autorizado por el Consejo de Premiación para esta convocatoria y el numerario previsto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
• Un diploma firmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se confiere.
• La incorporación con la distinción de Creador Emérito al Sistema Nacional de Creadores de Arte que opera el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes.

Sexta.- La presente convocatoria 2019 únicamente premiará un ganador por Campo.

Séptima.- Toda propuesta de candidatura deberá expresar los merecimientos del candidato y acompañarse de las pruebas que se estimen pertinentes.

Octava.- Para realizar el registro de una candidatura, se deberá completar la solicitud en línea en la página foncaenlinea.cultura.gob.mx con los datos y documentación que se requiera.

Novena.- Una vez finalizado el registro en línea, deberá entregarse la siguiente documentación en físico al domicilio del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, a más tardar a las 15 h del 09 de agosto de 2019:
1. Acta de nacimiento o carta d enaturalización del candidato o representante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas deberán entregar además su acta constitutiva.
2. Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente.
3. Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio.
Cada una de las cartas deberá tener las siguientes características:
• Estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura 2019.
• Precisar el nombre completo del candidato (tratándose de candidatos considerados individualmente taly como aparece en su actade nacimiento o, en su caso, en la carta de naturalización).
• Señalar el Campo en el que se solicita el registro del candidato.
• Tener firma autógrafa (en el caso de grupos o comunidades, la carta de aceptación para participar como candidato deberá estar firmada por un representante designado por sus integrantes).
• Las cartas deberán tener la misma fecha de expedición.

Décima.- El registro en línea deberá realizarse en la página foncaenlinea.cultura.gob.mx
en el que se cargarán los siguientes documentos administrativos y probatorios:
I. Documentos administrativos, en formatos PDF o JPG:
a) Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente.
b) Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio.
c) En el caso de grupos o comunidades, relación de sus integrantes y documento en el que conste la designación del representante.
d) Resumen de trayectoria del candidato o, en su caso, el grupo o la comunidad en el cual se destaquen las aportaciones o logros de mayor relevancia; redactado en lenguaje narrativo y con una extensión máxima de dos cuartillas a un espacio y letra Arial número 12.
e) Currículum vítae actualizado del candidato, ya sea persona física, grupo o comunidad. Dicho documento deberá incluir domicilio, teléfonos y de ser posible correo electrónico.
f) Actadenacimientoocartadenaturalizacióndelcandidatoorepresentante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas, además acta constitutiva.
g) Identificación oficial vigente, aceptándose únicamente: credencial de elector, pasaporte o cédula profesional.
Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la identificación decadaunodesusintegrantes; dispensándosedeesterequisitolascandidaturas de comunidades.
h) Fotografía reciente a color.
Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la fotografía del representante y la del grupo en su conjunto. Para las comunidades se deberá presentar la fotografía de quien éstas determinen.
II. Documentos probatorios:

Incluir pruebas documentales (constancias de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, entre otros), así como testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos del candidato.

De considerarlo necesario se podrán remitir evidencias físicas siempre y cuando se  encuentren  debidamente  identificadas  con  el  nombre  del  candidato     al domicilio del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, en un horario de recepción de 10 a 18 h de lunes a viernes, a excepción de la fecha de cierre de la convocatoria (09 de agosto de 2019) en la cual únicamente se recibirá material hasta las 15 h -horario de la Ciudad de México-.

El material en físico se recibirá siempre y cuando se entregue simultáneamente:
a) Relación del material que se entrega, y
b) Copia de la solicitud de la candidatura que genera el portal Foncaenlinea, misma que contiene la clave de participación

La Secretaría Técnica no se hará responsable del material que requiera cuidados extraordinarios para su resguardo.

Décimo primera.- La documentación física, entregada con fundamento en la base Novena, podrá ser devuelta a los interesados en el domicilio de la Secretaría Técnica del Premio Nacional de Artes y Literatura, dentro de un plazo de tres meses posteriores a la publicación de resultados en el Diario Oficial de la Federación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a dar de baja la documentación.

La Secretaría Técnica del Premio Nacional de Artes y Literatura resguardará la documentación de los galardonados, misma a la que no le aplicará el párrafo inmediato anterior.

Décimo segunda.- La documentación física deberá entregarse en la Secretaría Técnica del Consejo de Premiación, que se encuentra en el domicilio del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes.

Para  mayor  información  los  interesados  podrán  comunicarse   al   teléfono 4155 0730, exts. 7018 y 7019, o enviar un correo electrónico  a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Décimo tercera.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación física se haya entregado en el domicilio de la Secretaría Técnica y cargado de manera completa en la página foncaenlinea.cultura.gob.mx a más tardar a las 15 h del 09 de agosto de 2019, hora y fecha de cierre de la convocatoria.

Décimo cuarta.- Una vez recibidas las candidaturas, la Secretaría Técnica verificará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en su caso, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los turnará al Jurado correspondiente por Campo de especialidad para que sean dictaminados.

Asimismo, la Secretaría Técnica rendirá un informe al Consejo de Premiación respecto de aquellas candidaturas recibidas que no reunieron los requisitos en términos de la presente convocatoria.

Décimo quinta.- Por cada Campo habrá un Jurado integrado por hasta siete reconocidos especialistas con amplia trayectoria elegidos mediante insaculación ante Notario Público con base en las propuestas que hagan llegar a la Secretaría Técnica del Premio tanto el Consejo de Premiación como las instituciones y/o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria.

Para ello, la Secretaría Técnica realizará un padrón de personas con notorio prestigio en los Campos respectivos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, dando
preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el Premio.

En su oportunidad, el Consejo de Premiación hará del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados mediante su publicación en la página de Internet: fonca.cultura.gob.mx

Cada cuerpo de Jurado por Campo elegirá de entre sus miembros su propio Presidente y nombrará un Secretario.
Las instituciones y/o agrupaciones podrán formular propuestas de personalidades de reconocida trayectoria y especialistas en los diferentes campos, para integrar el Jurado de cada Campo mediante carta dirigida al Consejo de Premiación, misma que deberá ser enviada a las oficinas de la Secretaría Técnica a más tardar a las 18 h del 23 de julio de 2019.

A fin de evitar conflicto de intereses en el proceso de dictamen, no podrán fungir como Jurados aquellos representantes, directores generales o su equivalente de alguna institución y/o agrupación que haya propuesto candidaturas.

Los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos que se comenten en las sesiones que celebren con motivo del presente Premio.

Décimo sexta.-   Los Jurados dictaminarán sobre los expedientes de candidaturas que les turne el Consejo de Premiación y formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República para su resolución final.

El Consejo de Premiación auxiliará a los Jurados con los recursos humanos   y materiales necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo fungirá como enlace entre éste y los Jurados.

Décimo séptima.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá el voto de calidad. Los dictámenes que emitan los Jurados deberán ser entregados a la Secretaría Técnica a más tardar el 18 de octubre de 2019.

Décimo octava.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de sus campos, cuando así lo consideren conveniente, en cuyo caso se deberán asentar en el acta respectiva las razones de dicha determinación. Las decisiones de los Jurados serán irrevocables.

Décimo novena.-  El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio   se publicará en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Acuerdo se fijarán el lugar y la fecha de su entrega.

Vigésima.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Consejo de Premiación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
Esta convocatoria se encuentra disponible en la página de internet del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes: fonca.cultura.gob.mx en el apartado Convocatorias Abiertas.


Fuente: foncaenlinea.cultura.gob.mx

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PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA 2018 (México)

03:08:2018

Género: Obra publicada

Premio:  $ 823.313,95, medalla de oro y diploma

Abierto a: personas de nacionalidad mexicana a propuesta de instituciones y/o agrupaciones que formen parte del listado autorizado por el Consejo de Premiación

Entidad convocante: Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante: México

Fecha de cierre:  03:08:2018

 

BASES

 
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos a través de la Secretaría de Cultura, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura y el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, fracción IV, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, fracciones I, II, III y VII, 20, fracciones I, II, III y IV, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 51-A fracciones I, II, III y IV, 51-B, 51-C, 51-D, 51-E, 51-F, 51-G, 51-H, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,

CONVOCA

A las instituciones y agrupaciones que integran la lista autorizada y publicada en Foncaenlinea: foncaenlinea.cultura.gob.mx y a las facultadas para proponer candidatos al Premio Nacional de Artes y Literatura 2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

Primera.- El Premio Nacional de Artes y Literatura 2018 (en lo sucesivo, el “Premio”) se otorgará a quienes por sus producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la lingüística y la literatura, las bellas artes, la historia, las ciencias sociales, la filosofía y de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones artísticas en general.
El Premio se otorgará en cada uno de los siguientes Campos:
I. Lingüística y Literatura;
II. Bellas Artes;
III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía;
IV. Artes y Tradiciones Populares.

Segunda.- El Premio se otorgará por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria singularmente ejemplar o por la trascendencia de actos u obras valiosos en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquiera personas, sin que sea necesario que dichos actos u obras se hayan realizado durante el presente año.

Tercera.- Podrán ser beneficiarias del Premio en sus cuatro Campos las personas físicas. En el caso del Campo IV. Artes y Tradiciones Populares, el Premio también podrá otorgarse a comunidades o grupos, en cuyo caso éste se entregará a un representante nombrado por sus integrantes.

Cuarta.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus cuatro Campos se requiere:

• Tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación;
• Haber destacado en alguno de los Campos antes mencionados, y
• No haber recibido con anterioridad el presente Premio en el mismo Campo de participación.

Quinta.- El Premio en cada uno de sus cuatro Campos consistirá en:

• Una medalla de oro ley 0.900, misma que se complementará con una roseta cuando se trate de personas físicas.
• La cantidad de $823,313.95 (Ochocientos veintitrés mil trescientos trece pesos 95/100 M.N.), que resulta de la suma del monto autorizado por el Consejo de Premiación para esta convocatoria y el numerario previsto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
• Un diploma firmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se confiere.
• La incorporación con la distinción de Creador Emérito al Sistema Nacional de Creadores de Arte que opera el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes.

Sexta.- La presente convocatoria 2018 únicamente premiará un ganador por Campo.

Séptima.- Únicamente se recibirán candidaturas de aquellas instituciones y/o agrupaciones que formen parte del listado autorizado por el Consejo de Premiación para la presente convocatoria.

Aquellas instituciones y/o agrupaciones que no se encuentren en el listado podrán solicitar al Consejo de Premiación su incorporación, mismo que determinará su inclusión con efectos a partir de 2019.

Octava.- Toda propuesta de candidatura expresará los merecimientos del candidato y se acompañará de las pruebas que se estimen pertinentes.

Novena.- Para solicitar el registro de una candidatura se deberá entregar documentación en físico y completar la solicitud en línea en la página foncaenlinea.cultura.gob.mx con los datos y documentación que se requiera.

Décima.- La documentación en físico para el registro deberá entregarse en la dirección señalada en la cláusula Decimotercera de las presentes Bases a más tardar a las 15 h del 03 de agosto de 2018:

1. Acta de nacimiento o carta de naturalización del candidato o representante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas deberán entregar Acta constitutiva.
2. Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente.

3. Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio.
Cada una de las cartas deberá tener las siguientes características:
• Estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura 2018.
• Precisarelnombrecompletodelcandidato(tratándosedecandidatosconsiderados individualmente tal y como aparece en su acta de nacimiento o, en su caso, en la carta de naturalización).
• Señalar el Campo en el que se solicita el registro del candidato.
• Tener firma autógrafa (en el caso de grupos o comunidades, la carta de aceptación para participar como candidato deberá estar firmada por un representante designado por sus integrantes).
• Las cartas deberán tener la misma fecha de expedición.

Decimoprimera.- El registro electrónico se realizará en Foncaenlinea: https://foncaenlinea.cultura.gob.mx
debiendo cargarse documentos administrativos y probatorios:

I. Documentos administrativos, en formatos PDF o JPG:
a) Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente.
b) Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio.
c) En el caso de grupos o comunidades, relación de sus integrantes y documento en el que conste la designación del representante.
d) Resumen de trayectoria del candidato o, en su caso, el grupo o la comunidad en el cual se destaquen las aportaciones o logros de mayor relevancia; redactado en lenguaje narrativo y con una extensión máxima de dos cuartillas a un espacio y letra Arial número 12.
e) Currículum vítae actualizado del candidato, ya sea persona física, grupo o comunidad. Dicho documento deberá incluir domicilio, teléfonos y correo electrónico, en su caso.
f) Acta de nacimiento o carta de naturalización del candidato o representante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas, Acta constitutiva.
g) Identificación oficial vigente, aceptándose únicamente: credencial de elector, pasaporte o cédula profesional.
Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la identificación de cada uno de sus integrantes; dispensándose de este requisito las candidaturas de comunidades.
h) Fotografía reciente a color.

Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la fotografía de cada uno de sus integrantes y para las comunidades la fotografía de quien éstas determinen.

II. Documentos probatorios:

Incluir pruebas documentales (constancias de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, entre otros), así como testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos del candidato.

De considerarlo necesario se podrán remitir evidencias físicas siempre y cuando se encuentren debidamente identificadas con el nombre del candidato al domicilio indicado en la base Decimotercera, en un horario de recepción de 10 a 18 h de lunes a viernes, a excepción de la fecha de cierre de la convocatoria (03 de agosto de 2018) en la cual únicamente se recibirá material hasta las 15 h -horario de la Ciudad de México-.

El material en físico se recibirá siempre y cuando se entregue simultáneamente:

a) Relación del material que se entrega, y
b) Copia de la solicitud de la candidatura que genera el portal Foncaenlinea, misma que contiene la clave de participación.

La Secretaría Técnica no se hará responsable del material que requiera cuidados especiales para su resguardo.

Decimosegunda.- La documentación física entregada con fundamento en la base décima podrá ser devuelta a los interesados en el domicilio de la Secretaría Técnica del Premio Nacional de Artes y Literatura, dentro de un plazo de tres meses posteriores a la publicación de resultados en el Diario Oficial de la Federación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a dar de baja la documentación.

La Secretaría Técnica del Premio Nacional de Artes y Literatura resguardará la documentación de los galardonados, misma a la que no le aplicará el párrafo inmediato anterior.

Decimotercera.- La documentación física deberá entregarse en el domicilio que ocupa la Secretaría Técnica del Consejo de Premiación del Premio:

Fondo Nacional para la Cultura y las Artes
Secretaría Técnica del Premio Nacional de Artes y Literatura Calle Sabino núm. 63, Colonia Santa María la Ribera,
Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Código Postal 06400.
Teléfono: 4155 0730, exts. 7018 y 7019 Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Decimocuarta.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación física se haya entregado en el domicilio de la Secretaría Técnica y cargado de manera completa en el portal Foncaenlinea: foncaenlinea.cultura.gob.mx a más tardar a las 15 h del 03 de agosto de 2018, hora y fecha de cierre de la convocatoria.

Decimoquinta.-  Una vez recibidas las candidaturas, la Secretaría Técnica  verificará que reúnan   los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en su caso, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los turnará al Jurado correspondiente por Campo de especialidad para que sean dictaminados.

Asimismo, la Secretaría Técnica rendirá un informe al Consejo de Premiación respecto de aquellas candidaturas recibidas que no reunieron los requisitos en términos de la presente convocatoria.

Decimosexta.- Por cada Campo habrá un Jurado integrado por hasta siete reconocidos especialistas con amplia trayectoria elegidos mediante insaculación ante Notario Público con base en las propuestas que hagan llegar a la Secretaría Técnica del Premio tanto el Consejo de Premiación como las instituciones y/o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria.

Para ello, la Secretaría Técnica realizará un padrón de personas con notorio prestigio en los Campos respectivos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, dando preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el Premio.

En su oportunidad, el Consejo de Premiación hará del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados mediante su publicación en la página de Internet: http://fonca.cultura.gob.mx

Cada cuerpo de Jurado por Campo elegirá de entre sus miembros su propio Presidente y nombrará un Secretario.

Las instituciones y/o agrupaciones podrán formular propuestas de personalidades de reconocida trayectoria y especialistas en los diferentes Campos, para integrar el Jurado de cada Campo mediante carta dirigida al Consejo de Premiación, misma que deberá ser enviada a las oficinas de la Secretaría Técnica a más tardar a las 18 h del 17 de julio de 2018.

A fin de evitar conflicto de intereses en el proceso de dictamen, no podrán fungir como Jurados aquéllos representantes, directores generales o su equivalente de alguna institución o agrupación que haya propuesto candidaturas.

Los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos que se comenten en las sesiones que celebren con motivo del presente Premio.

Decimoséptima.- Los Jurados dictaminarán sobre los expedientes de candidaturas que les turne el Consejo de Premiación y formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República para su resolución final.

El Consejo de Premiación auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo fungirá como enlace entre éste y los Jurados.

Decimoctava.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el presidente tendrá el voto de calidad. Los dictámenes que emitan los Jurados deberán ser entregados a la Secretaría Técnica a más tardar el 01 de octubre de 2018.

Decimonovena.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de sus Campos, cuando así lo consideren conveniente, en cuyo caso se deberán asentar en el Acta respectiva las razones de dicha determinación. Las decisiones de los jurados serán irrevocables.

Vigésima.- El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Acuerdo se fijarán el lugar y la fecha de su entrega.

Vigesimoprimera.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Consejo de Premiación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Esta convocatoria y la lista de instituciones y/o agrupaciones invitadas por el Consejo de Premiación para proponer candidaturas, se encuentran disponibles en la página de internet del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes: fonca.cultura.gob.mx en el apartado Convocatorias seleccionando la opción Abiertas, y posteriormente la opción Premio Nacional de Artes y Literatura.


Fuente: www.cultura.cdmx.gob.mx


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PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA 2020 (México)


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PREMIO NACIONAL DE ARTES Y LITERATURA 2020 (México)

12:08:2020

Género:  Obra publicada

Premio:  $ 823.313,95, medalla de oro, roseta, diploma y distinción de Creador Emérito

Abierto a:  tener nacionalidad mexicana

Entidad convocante:  Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

País de la entidad convocante:  México

Fecha de cierre:  12:08:2020

 

BASES

 

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos a través de la Secretaría de Cultura, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura y el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, fracción IV, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18,
19, fracciones I, II, III y VII, 20, fracciones I, II, III y IV, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 51-A fracciones I, II, III y IV, 51-B, 51-C, 51-D, 51-E, 51-F, 51-G, 51-H, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,

CONVOCA

A todas las instituciones o agrupaciones mexicanas especializadas en alguna de las siguientes ramas: arte, cultura, tradiciones, historia, filosofía o ciencias sociales, para proponer candidatos al Premio Nacional de Artes y Literatura 2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

Primera.- El Premio Nacional de Artes y Literatura 2020 (en lo sucesivo el “Premio”) se otorgará a quienes por sus creaciones, producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la lingüística y la literatura, las bellas artes, la historia, las ciencias sociales, la filosofía y de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones artísticas en general.

El Premio se otorgará en cada uno de los siguientes campos:
I. Lingüística y Literatura
II. Bellas Artes (En este Campo quedarán incluidos el diseño gráfico y el diseño arquitectónico.)
III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía
IV. Artes y Tradiciones Populares

Segunda.- El Premio se otorgará por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria singularmente ejemplar o por la trascendencia de actos u obras valiosos en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquiera personas, sin que sea necesario que dichos actos u obras se hayan realizado durante el presente año.

Tercera.- Podrán ser beneficiarias del Premio en sus cuatro campos las personas físicas. En el caso del Campo IV. Artes y Tradiciones Populares, el Premio también podrá otorgarse a comunidades o grupos, en cuyo caso éste se entregará a un representante nombrado por sus integrantes.

Cuarta.- Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus cuatro campos se requiere:
• Tener nacionalidad mexicana al momento de ser propuesto ante el Consejo de Premiación
• Haber destacado en alguno de los campos antes mencionados
• No haber recibido con anterioridad el presente Premio en el mismo Campo de participación

Quinta.- El Premio en cada uno de sus cuatro campos consistirá en:
• Una medalla de oro ley 0.900, misma que se complementará con una roseta cuando se trate de personas físicas
• La cantidad de $823,313.95 (Ochocientos veintitrés mil trescientos trece pesos 95/100 M.N.), que resulta de la suma del monto autorizado por el Consejo de Premiación para esta convocatoria y el numerario previsto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
• Un diploma firmado por el Presidente de la República en el que se expresarán las razones por las que el Premio se confiere
• La incorporación con la distinción de Creador Emérito al Sistema Nacional de Creadores de Arte que opera el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes

Sexta.- La presente convocatoria 2020 únicamente premiará un ganador por Campo.

Séptima.- Toda propuesta de candidatura deberá expresar los merecimientos del candidato y acompañarse de las pruebas que se estimen pertinentes.

Octava.- Para realizar el registro de una candidatura, se deberá completar la solicitud en línea en la página foncaenlinea.cultura.gob.mx con los datos y documentación que se requiera.

Novena.- Aquellas instituciones o agrupaciones que no se encuentren en el listado (anexo) podrán solicitar al Consejo de Premiación a través de la Secretaría Técnica su incorporación.

Décima.- Deberá cargar de manera digital la siguiente documentación a más tardar a las 15 h del 12 de agosto de 2020.
1. Acta de nacimiento o carta de naturalización del candidato o representante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas deberán cargar además copia del acta constitutiva
2. Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente (en papel membretado y firma autógrafa)
3. Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio (firma autógrafa)

Cada una de las cartas deberá tener las siguientes características:
• Estar dirigidas al Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura 2020
• Precisar el nombre completo del candidato (tratándose de candidatos considerados individualmente tal y como aparece en su acta de nacimiento o, en su caso, en la carta de naturalización)
• Señalar el Campo en el que se solicita el registro del candidato
• Tener firma autógrafa (en el caso de grupos o comunidades, la carta de aceptación para participar como candidato deberá estar firmada por un representante designado por sus integrantes)
• Las cartas deberán tener la misma fecha de expedición

Décima primera.- El registro deberá realizarse en línea en la página
foncaenlinea.cultura.gob.mx en el que se cargarán los siguientes documentos administrativos y probatorios:

I. Documentos administrativos, en formatos PDF o JPG:
a) Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente
b) Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio
c) En el caso de grupos o comunidades, relación de sus integrantes y documento en el que conste la designación del representante
d) Resumen de trayectoria del candidato o, en su caso, el grupo o la comunidad en el cual se destaquen las aportaciones o logros de mayor relevancia; redactado en lenguaje narrativo y con una extensión máxima de dos cuartillas a un espacio y letra Arial número 12
e) Curriculum vitae actualizado del candidato, ya sea persona física, grupo o comunidad. Dicho documento deberá incluir domicilio, teléfonos y de ser posible, correo electrónico
f) Acta de Nacimiento o carta de naturalización del candidato o representante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas, además copia del acta constitutiva
g) Identificación oficial vigente (frente y reverso), aceptándose únicamente: credencial de elector, cédula profesional o pasaporte

Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la identificación de cada uno de sus integrantes; dispensándose de este requisito las candidaturas de comunidades.

h) Fotografía reciente a color con resolución de 300 DPI en formato JPG con autorización para ser reproducida con motivos de difusión

Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la fotografía del representante y la del grupo en su conjunto. Para las comunidades se deberá presentar la fotografía de quien éstas determinen.

II. Documentos probatorios:

Incluir pruebas documentales (constancias de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, entre otros), así como testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos del candidato.

Décima segunda.- En atención a las medidas preventivas para contener la propagación del virus SARS-CoV2 (Covid-19) establecidas por el Gobierno Federal a través de sus Secretarías de Salud y Función Pública, publicadas en el Diario Oficial de la Federación durante marzo 2020, la Secretaría Técnica del Premio únicamente recibirá documentación vía electrónica.

Décima tercera.- Para mayor información los interesados podrán dirigirse al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Décima cuarta.- Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación haya sido registrada de manera completa en la página https://foncaenlinea.cultura.gob.mx a más tardar a las 15 h del 12 de agosto de 2020, hora y fecha de cierre de la convocatoria.

Décima quinta.- Una vez recibidas las candidaturas, la Secretaría Técnica verificará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en su caso, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los turnará al Jurado correspondiente por Campo de especialidad para que sean dictaminados.
Asimismo, la Secretaría Técnica rendirá un informe al Consejo de Premiación respecto de aquellas candidaturas recibidas que no reunieron los requisitos en términos de la presente convocatoria.

Décima sexta.- Por cada Campo habrá un Jurado integrado por hasta siete reconocidos especialistas con amplia trayectoria, elegidos mediante insaculación ante Notario Público con base en las propuestas que hagan llegar a la Secretaría Técnica del Premio, tanto el Consejo de Premiación como las instituciones o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria.
Para ello, la Secretaría Técnica realizará un padrón de personas con notorio prestigio en los Campos respectivos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, dando preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el
Premio.
En su oportunidad, el Consejo de Premiación hará del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados mediante su publicación en la página de Internet: https://fonca.cultura.gob.mx
Cada cuerpo de Jurado por Campo elegirá de entre sus miembros su propio Presidente y nombrará un Secretario.
Las instituciones o agrupaciones podrán formular propuestas de personalidades de reconocida trayectoria, para integrar el Jurado de cada Campo mediante carta dirigida al Consejo de Premiación, misma que deberá ser enviada a las oficinas de la Secretaría Técnica a más tardar a las 18 h del 22 de julio de 2020.

A fin de evitar conflicto de intereses en el proceso de dictamen, no podrán fungir como Jurados aquellos representantes, directores generales o su equivalente de alguna institución y/o agrupación que haya propuesto candidaturas.

Los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos que se comenten en las sesiones que celebren con motivo del presente Premio.

Décima séptima.- Los Jurados dictaminarán sobre los expedientes de candidaturas que les turne el Consejo de Premiación y formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República para su resolución final.

El Consejo de Premiación auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo fungirá como enlace entre éste y los Jurados.

Décima octava.- Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá el voto de calidad. Los dictámenes que emitan los Jurados deberán ser entregados a la Secretaría Técnica a más tardar el 23 de octubre de 2020.

Décima novena.- Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de sus campos, cuando así lo consideren conveniente, en cuyo caso se deberán asentar en el acta respectiva las razones de dicha determinación. Las decisiones de los Jurados serán irrevocables.

Vigésima.- El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Acuerdo se fijarán el lugar y la fecha de su entrega.

Vigésimo primera.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Consejo de Premiación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Esta convocatoria se encuentra disponible en la página de internet del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes: foncaenlinea.cultura.gob.mx en el apartado Convocatorias Abiertas.

Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.

 

Fuente y Registro: foncaenlinea.cultura.gob.mx

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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