Concursos Literarios

 

 

 


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PREMIOS CERMI.ES 2019 (España)

15:07:2019

Género:  Investigación, proyecto social

Premio:    Escultura representativa

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI)

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:07:2019

 

BASES

 

BASES PREMIOS CERMI.ES 2019

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) viene agradeciendo de forma pública la labor realizada por los elementos más dinámicos y comprometidos de la sociedad en favor de los derechos, la participación comunitaria, la inclusión y el bienestar de las personas con discapacidad y de sus familias. A tal fin, el CERMI ha instituido unos Premios, bajo la denominación de cermi.es, nombre de su órgano oficial de comunicación, que constituyen un reconocimiento y una expresión de gratitud a la solidaridad demostrada por la sociedad con los objetivos defendidos por la representación organizada de las personas con discapacidad y de sus familias.

Para el año 2019, se convocan los siguientes Premios, con arreglo a las bases reguladoras que a continuación se establecen:

1. Se instituyen los Premios:

• Inclusión laboral, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad o administración que más se haya significado en favorecer el acceso al empleo y a la formación, en la esfera privada, pública o de economía social, digno y de calidad, de las personas con discapacidad.

• Investigación social y científica, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad o administración que haya llevado a cabo el avance o logro más destacados en el ámbito de la investigación social y científica en beneficio de las personas con discapacidad.

• Acción social, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad,  administración o poder público que más haya contribuido a la promoción e inclusión sociales de las personas con discapacidad.

• Accesibilidad Universal - Fundación Vodafone, a la persona o personas, proyecto, experiencia, empresa, administración o poder público que haya desplegado la mejor iniciativa en materia de accesibilidad universal a entornos, bienes, productos y servicios a disposición del público. 

• Acción cultural y deportiva inclusivas, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad,  administración o poder público que más haya contribuido a la inclusión, al acceso a los bienes culturales y deportivos y a la producción artística, creativa y de actividad física de o por las personas con discapacidad.

• Fundación CERMI Mujeres - Acción en beneficio de las mujeres y niñas con discapacidad, a la persona, proyecto, iniciativa, empresa, entidad o poder público que más se haya señalado en favor de las mujeres con discapacidad y de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y de género dentro de la discapacidad.

• Medios de comunicación e imagen social de la discapacidad, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad que en la esfera de los medios de comunicación, la prensa y las redes sociales más haya favorecido la imagen y percepción positivas de las personas con discapacidad por parte de la opinión pública.

• Mejor acción autonómica y/o local, a la persona, proyecto, experiencia, iniciativa, empresa, entidad o administración que en el ámbito territorial de una Comunidad o Ciudad Autónoma, o de un municipio, provincia u otra entidad local, más haya estimulado el desarrollo humano y social de las personas con discapacidad y sus familias y su inclusión en la comunidad.  

• Responsabilidad Social Empresarial/Discapacidad, a la empresa, corporación o institución que mejores políticas, iniciativas o acciones de responsabilidad social y valor compartido hayan desplegado en la esfera de la discapacidad, considerando especialmente los que tengan vinculación con la realización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.

• Mejor práctica de cooperación asociativa en la esfera del tercer sector de la discapacidad, a la entidad o entidades sociales del movimiento cívico español de la discapacidad que mejor práctica o de carácter más innovador o transformador hayan desplegado en favor de la unidad de acción, la integración, la convergencia o la colaboración entre organizaciones sociales, de la discapacidad y del tercer sector de acción social, en la búsqueda de modelos de apoyos sostenibles, eficientes, inclusivos y promotores de derechos.

• Activista - Trayectoria asociativa, a la persona física que, desde la sociedad civil articulada y mediante una militancia cívica vigorosa, haya llevado a cabo de modo relevante y continuado, en la esfera española, acciones de impulso, consolidación y desarrollo de activismo social, materializado en la promoción de entidades y organizaciones no lucrativas del sector social de la discapacidad.

• Institucional, a la persona responsable política, autoridad, organización, administración o institución que más se haya destacado con sus decisiones o acciones en la extensión de los derechos, en la inclusión comunitaria y en la plena participación sociales de las personas con discapacidad.

2. El fallo de los Premios lo realizará un Jurado integrado por representantes del CERMI, asistido por profesionales relevantes de la comunicación y la responsabilidad social corporativa de acreditada trayectoria, quienes se constituirán en Comité Técnico Asesor. Formará parte del Jurado una persona representante de la Agencia de Noticias SERVIMEDIA, como apoyo operativo. Actuará como Secretaria del Jurado, con voz y voto, la Directora Ejecutiva del CERMI.

3. Para facilitar la labor del Jurado y conferir plena seguridad al procedimiento, además de la existencia del Comité Técnico Asesor referido en el número anterior, se establece una Secretaría Técnica de los Premios, encargada de recibir las candidaturas, analizarlas y determinar si se atienen a las presentes Bases, emitiendo un dictamen de presentación de cada una de las admitidas. Esta Secretaría descartará las candidaturas que no se ajusten a las Bases, de modo que solo se elevarán al Jurado aquellas propuestas sobre las que no exista duda alguna en cuanto a su adecuación a estos Premios.

4. El Jurado dirimirá cada premio por mayoría simple para cada una de las categorías, teniendo como base de deliberación y fallo las propuestas recibidas y elevadas por la Secretaría Técnica, dictaminadas por el Comité Técnico Asesor, así como aquellas que pudieran proponer las personas miembro del Jurado a su propia instancia, con carácter previo a la reunión o en el transcurso de la misma. En casos especiales, el Jurado, mediante acuerdo motivado atendidas las circunstancias concretas, podrá otorgar alguna de las categorías de los Premios compartidamente.

5. El galardón consistirá en la entrega a cada persona o entidad premiada de una escultura representativa, obra de un prestigioso artista.

6. Podrán presentar candidaturas para los Premios cermi.es todos los individuos, personas, organizaciones, entidades e instituciones que, compartiendo los objetivos de estos galardones, así lo materialicen, para lo cual remitirán escrito razonado justificativo de la candidatura hasta el 15 de julio de 2019 a las 24,00 horas, a la sede del CERMI (Calle de Recoletos, 1 – bajo c. p. 28001 - Madrid, España o por correo electrónico a la cuenta: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).

Para la presentación de candidaturas, deberá utilizarse el formulario oficial de propuesta que se acompaña a estas Bases.

7. El Jurado emitirá y comunicará su fallo en la segunda quincena del mes de septiembre de 2019. Asimismo, fijará y anunciará con la antelación debida el formato y en su caso la fecha de la ceremonia o ceremonias de entrega de los Premios.

8. El Jurado, cuyo fallo será inapelable, interpretará y completará las bases de estos Premios, supliendo sus lagunas y resolviendo las dudas que puedan plantearse.

9. La participación en estos Premios a través de la presentación de candidaturas o propuestas, o la designación asumida como persona o entidad galardonada, comporta la aceptación íntegra de estas Bases.

Formulario de presentación de candidaturas: www.cermi.es/es/actualidad/novedades/bases-reguladoras-de-los-premios-cermies-2019


Fuente: www.cermi.es

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PREMIOS CERMI.ES 2020 (España)


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PREMIOS CERMI.ES 2020 (España)

15:07:2020

Género:  Investigación, periodismo

Premio:   Escultura representativa

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI)

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:07:2020

 

BASES

 

BASES REGULADORAS DE LOS PREMIOS cermi.es 2020

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) viene agradeciendo de forma pública la labor realizada por los elementos más dinámicos y comprometidos de la sociedad en favor de los derechos, la participación comunitaria, la inclusión y el bienestar de las personas con discapacidad y de sus familias. A tal fin, el CERMI ha instituido unos Premios, bajo la denominación de cermi.es, nombre de su órgano oficial de comunicación, que constituyen un reconocimiento y una expresión de gratitud a la solidaridad demostrada por la sociedad con los objetivos defendidos por la representación organizada de las personas con discapacidad y de sus familias.

Para el año 2020, se convocan los siguientes Premios, con arreglo a las bases reguladoras que a continuación se establecen:

1. Se instituyen los Premios:

• Inclusión laboral, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad o administración que más se haya significado en favorecer el acceso al empleo y a la formación, en la esfera privada, pública o de economía social, digno y de calidad, de las personas con discapacidad.

• Investigación social y científica, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad o administración que haya llevado a cabo el avance o logro más destacados en el ámbito de la investigación social y científica en beneficio de las personas con discapacidad.

• Acción social, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad, administración o poder público que más haya contribuido a la promoción e inclusión sociales de las personas con discapacidad.

• Accesibilidad Universal, a la persona o personas, proyecto, experiencia, empresa, administración o poder público que haya desplegado la mejor iniciativa en materia de accesibilidad universal a entornos, bienes, productos y servicios a disposición del público.

• Acción cultural y/o deportiva inclusivas, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad, administración o poder público que más haya contribuido a la inclusión, al acceso a los bienes culturales y deportivos y a la producción artística, creativa y de actividad física de o por las personas con discapacidad.

• Fundación CERMI Mujeres - Acción en beneficio de las mujeres y niñas con discapacidad, a la persona, proyecto, iniciativa, empresa, entidad o poder público que más se haya señalado en favor de las mujeres con discapacidad y de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y de género dentro de la discapacidad.

• Medios de comunicación e imagen social de la discapacidad, a la persona, proyecto, experiencia, empresa, entidad que en la esfera de los medios de comunicación, la prensa y las redes sociales más haya favorecido la imagen y percepción positivas de las personas con discapacidad por parte de la opinión pública.

• Mejor acción autonómica y/o local, a la persona, proyecto, experiencia, iniciativa, empresa, entidad o administración que en el ámbito territorial de una Comunidad o Ciudad Autónoma, o de un municipio, provincia u otra entidad local, más haya estimulado el desarrollo humano y social de las personas con discapacidad y sus familias y su inclusión en la comunidad.

• Responsabilidad Social Empresarial/Discapacidad, a la empresa, corporación o institución que mejores políticas, iniciativas o acciones de responsabilidad social y valor compartido hayan desplegado en la esfera de la discapacidad, considerando especialmente los que tengan vinculación con la realización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.

• Mejor práctica de cooperación asociativa en la esfera del tercer sector de la discapacidad, a la entidad o entidades sociales del movimiento cívico español de la discapacidad que mejor práctica o de carácter más innovador o transformador hayan desplegado en favor de la unidad de acción, la integración, la convergencia o la colaboración entre organizaciones sociales, de la discapacidad y del tercer sector de acción social, en la búsqueda de modelos de apoyos sostenibles, eficientes, inclusivos y promotores de derechos.

• Activista - Trayectoria asociativa, a la persona física que, desde la sociedad civil articulada y mediante una militancia cívica vigorosa, haya llevado a cabo de modo relevante y continuado, en la esfera española, acciones de impulso, consolidación y desarrollo de activismo social, materializado en la promoción de entidades y organizaciones no lucrativas del sector social de la discapacidad.

• Institucional, a la persona responsable política, autoridad, organización, administración o institución que más se haya destacado con sus decisiones o acciones en la extensión de los derechos, en la inclusión comunitaria y en la plena participación sociales de las personas con discapacidad.

2. El fallo de los Premios lo realizará un Jurado integrado por representantes del CERMI, asistido por profesionales relevantes de la comunicación y la responsabilidad social corporativa de acreditada trayectoria, quienes se constituirán en Comité Técnico Asesor. Formará parte del Jurado una persona representante de la Agencia de Noticias SERVIMEDIA, como apoyo operativo. Actuará como Secretaria del Jurado, con voz y voto, la Directora Ejecutiva del CERMI.

3. Para facilitar la labor del Jurado y conferir plena seguridad al procedimiento, además de la existencia del Comité Técnico Asesor referido en el número anterior, se establece una Secretaría Técnica de los Premios, encargada de recibir las candidaturas, analizarlas y determinar si se atienen a las presentes Bases, emitiendo un dictamen de presentación de cada una de las admitidas. Esta Secretaría descartará las candidaturas que no se ajusten a las Bases, de modo que solo se elevarán al Jurado aquellas propuestas sobre las que no exista duda alguna en cuanto a su adecuación a estos Premios.

4. El Jurado dirimirá cada premio por mayoría simple para cada una de las categorías, teniendo como base de deliberación y fallo las propuestas recibidas y elevadas por la Secretaría Técnica, dictaminadas por el Comité Técnico Asesor, así como aquellas que pudieran proponer las personas miembro del Jurado a su propia instancia, con carácter previo a la reunión o en el transcurso de la misma. En casos especiales, el Jurado, mediante acuerdo motivado atendidas las circunstancias concretas, podrá otorgar alguna de las categorías de los Premios compartidamente.

5. El galardón consistirá en la entrega a cada persona o entidad premiada de una escultura representativa, obra de un prestigioso artista, o placa acreditativa.

6. Podrán presentar candidaturas para los Premios cermi.es todos los individuos, personas, organizaciones, entidades e instituciones que, compartiendo los objetivos de estos galardones, así lo materialicen, para lo cual remitirán escrito razonado justificativo de la candidatura hasta el 15 de julio de 2020 a las 24,00 horas, a la sede del CERMI (Calle de Recoletos, 1 – bajo c. p. 28001 - Madrid, España o por correo electrónico a la cuenta: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
Para la presentación de candidaturas, deberá utilizarse el formulario oficial de propuesta que se acompaña a estas Bases.

7. El Jurado emitirá y comunicará su fallo en la segunda quincena del mes de septiembre de 2020. Asimismo, fijará y anunciará con la antelación debida el formato y en su caso la fecha de la ceremonia o ceremonias de entrega de los Premios.

8. El Jurado, cuyo fallo será inapelable, interpretará y completará las bases de estos Premios, supliendo sus lagunas y resolviendo las dudas que puedan plantearse.

9. La participación en estos Premios a través de la presentación de candidaturas o propuestas, o la designación asumida como persona o entidad galardonada, comporta la aceptación íntegra de estas Bases.

 

Fuente y Formulario de inscripción: www.cermi.es/es/actualidad/novedades/bases-reguladoras-de-los-premios-cermies-2020



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 31:10:2013

PREMIOS CIUTAT DE PALMA DE CÓMIC 2013 (España)

  1. Pueden optar al Premio todos los autores que lo deseen siempre que las obras que presenten se ajusten al concepto comúnmente aceptado de cómic y los trabajos presentados cumplan los siguientes requisitos:

• Ser originales y rigurosamente inéditos.
www.escritores.org
• No haber sido premiados en ningún otro concurso o no estar pendientes de veredicto en ningún otro certamen en la fecha de finalización de este plazo de presentación.

• No corresponder a autores muertos antes del anuncio de esta convocatoria.

 2. Los trabajos pueden presentarse en catalán o castellano.

 3. Se puede presentar un proyecto realizado por un solo autor o por varios autores integrantes que repartan sus funciones entre guionistas, dibujantes, entintadores y coloristas, que serán considerados coautores.

 4. Los autores o coautores participantes en el Premio se comprometen a no presentar su proyecto en otros concursos hasta que se conozca el veredicto de éste.

 5. Obra

La modalidad a presentar a concurso es el cómic. El estilo, el tratamiento y el género de la historieta presentada es totalmente libre. Cada autor deberá enviar una propuesta de libro con un mínimo de 16 páginas acabadas. La extensión final para el ganador será de un mínimo de 44 páginas, sin máximo preestablecido.

Se puede presentar en blanco y negro o en color y se deberá adjuntar un dossier que contenga las 16 páginas acabadas con el título correspondiente, en copias impresas en formato DIN-A4 y, con un mínimo de 2 folios, una sinopsis detallada de la historia completa. Estas copias, - no se admitirá la obra original- deberán acompañarse con:

• Datos del autor o coautores: nombre, apellidos, dirección, teléfono/s, correo electrónico y fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identificación legalmente aceptado.

• Copia en soporte informático de las páginas acabadas presentadas, con las imágenes en formato JPG o TIFF, con 300 dpi de resolución. Archivo máximo de 10 MB

 6. Recepción de las obras

El plazo de admisión de las propuestas es del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2013, de lunes a viernes, de 10 a 14 h. Las obras, que deberán ser impresiones, se enviarán o entregarán dentro de un sobre, con la indicación “PREMIO CIUTAT DE PALMA DE CÓMIC” en la sede de la Fundación Palma Espai d’Art (Casal Solleric, passeig del Born, 27 - 07012 Palma. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Telf. 971722092.
 
Se tomarán las medidas adecuadas con respecto a la custodia y la conservación de los trabajos, aunque el Ayuntamiento de Palma no se hace responsable de los deterioros o de los accidentes que puedan sufrir.

 7. Plazos

El veredicto emitido por el jurado se hará público en el acto de entrega de los Premios, coincidiendo con las fiestas de San Sebastián del año 2014. El autor ganador se compromete a entregar el proyecto acabado y rotulado en catalán/castellano antes del 30 de septiembre de 2014.

 8. Premio

Se entregará un premio único e indivisible de 10.000 euros en concepto de derechos de autor y royalties de la primera edición del cómic en lengua catalana/castellana, que será abonada en dos pagos: el 50% del importe después de la comunicación del veredicto  y el 50% restante cuando se publique. El importe del premio está sujeto a la legislación vigente en cuanto a las retenciones que indique la normativa fiscal.

La obra ganadora será publicada por el Ayuntamiento de Palma, que podrá realizar los acuerdos editoriales que considere oportunos para llevar a cabo la producción y la edición.

El Ayuntamiento de Palma se reserva el derecho a realizar una exposición con los originales de la obra ganadora y demás finalistas.

 9. Normativa fiscal

El Premio estará sujeto a la normativa fiscal vigente. La persona premiada deberá presentar la siguiente documentación:

- certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que está al corriente con respecto a sus obligaciones con la Seguridad Social.

- certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que está al corriente respecto a sus obligaciones tributarias.

- declaración responsable de no estar afectado por ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

- si no tiene residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país del que se trate, acreditativo de la residencia fiscal.

 10. Jurado

El jurado estará formado por profesionales del sector del cómic, que serán designados por el alcalde de Palma y se hará público antes de que finalice el plazo de presentación de los dossieres. Su veredicto será inapelable y el Premio podrá ser declarado desierto si el jurado lo solicita de manera motivada.

 
11. El hecho de participar en el Premio Ciutat de Palma de Cómic supone la aceptación de estas bases. El jurado del Premio tiene la facultad de interpretarlas y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

 Acceso a las bases
 

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PREMIOS CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016 (España)

21:10:16

Género:  Cómic

Premio:  10.000 €

Abierto a: sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante: Ayuntamiento de Palma

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   21:10:2016

 

BASES

 
PREMIOS CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016 (España)

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016

1. Objetivos y finalidad

El Objetivo de las bases es la regulación de la convocatoria de los Premios Ciudad de Palma de Cómic con la finalidad de dar apoyo al sector del cómic y reconocer la labor de los creadores.

2. Régimen jurídico
www.escritores.org
Para toda la normativa que no previene estas bases reguladoras es de aplicación la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el de subvenciones; del cual se aprueba a todo lo que no prevén estas bases reguladoras es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones; la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones; la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma, y las Bases de ejecución del Presupuesto municipal y el resto de normativa que sea de aplicación.

3. Participación

Puede optar al Premio cualquier obra que se ajuste al concepto de cómic comúnmente aceptado y que cumpla los siguientes requisitos:

a. Ser original e inédita.
b. No haber sido premiada en ningún otro concurso ni estar pendiente de veredicto en la fecha en que finalice el plazo de presentación.
c. No ser de autores fallecidos antes del anuncio de esta convocatoria.

La obra puede ser en catalán o castellano.

Se puede presentar un proyecto realizado por un solo autor o por varios autores integrantes que se repartan sus tareas entre guionistas, dibujantes, entintadores y coloristas, que serán considerados coautores.

El autor o coautores participantes en el Premio no podrán presentar su proyecto a otros concursos hasta que no se conozca el veredicto de éste.

4. Premio

Se entregará un premio único e indivisible. Este Premio se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.

La persona o las personas galardonadas serán acreedoras de la cantidad de 10.000 euros en concepto de derechos de autor y royalties de la primera edición del cómic en lengua catalana/castellana, del 50% del importe después de que se comunique el veredicto y del 50% restante después de que entreguen el proyecto terminado, antes del 30 de septiembre de 2017.

Si no presentan el proyecto finalizado dentro del tiempo indicado deberán devolver la cantidad recibida.

Durante los 12 meses siguientes desde la concesión del Premio los premiados cederán los derechos de publicación en el Ayuntamiento de Palma y conservarán la propiedad intelectual de su obra. Asimismo, para facilitar la edición y la distribución de la obra el Ayuntamiento, podrá ceder el derecho de publicación en una editorial, que editará el libro de acuerdo con la legalidad vigente. En este caso a la edición de la obra deberá mencionar que ha sido ganadora del Premio Ciudad de Palma e indicar el número de la edición y el año.

El Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar una exposición con los originales de la obra ganadora y las finalistas.

5. Consignación presupuestaria

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del premio de
esta convocatoria se reserva la cantidad total de 10.000 euros, con cargo a la partida 03.33420.48000 del Presupuesto de gastos de 2017.

6. Formato

La modalidad objeto del Premio es el cómic.

El estilo, el tratamiento y el género de la historieta presentada son totalmente libres. Cada autor debe enviar una propuesta de libro con un mínimo de 16 páginas acabadas. La extensión final para quien resulte ganador debe ser de un mínimo de 44 páginas, sin que haya un máximo preestablecido. Se puede presentar en blanco y negro o en color, y se acompañará un dossier que contenga, como mínimo, las 16 páginas acabadas, con su correspondiente título, en copias impresas en formato DIN-A4, y una sinopsis detallada, de 2 folios como mínimo, de la historia completa. Estas copias -no se admitirá obra original, sólo las copias- se deben acompañar con:

a. Datos del autor o coautores: nombre, apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono y fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identificación legalmente aceptado.
b. Copia de la obra en soporte informático de las páginas acabadas presentadas con las imágenes en formato JPG o TIFF, con 300 ppp de resolución y archivo máximo de 10 MB.
c. Declaración jurada de que no presentará esta obra en otros concursos hasta que no se conozca el veredicto de este Premio. En caso contrario será excluido.

7. Envío de las obras

El plazo de admisión de las propuestas es el 1 de septiembre al 21 de octubre de 2016, de lunes a viernes, de 10 a 14 h. Los trabajos, que deben ser impresiones, se deben enviar o entregar en un sobre con la indicación “PREMIO CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016” en la sede de la Fundación Palma Espai d’Art (Casal Solleric), paseo del Born, 27, 07012, Palma (c/e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; tel. 971 722 092).

Se tomarán las medidas adecuadas respecto de la custodia y conservación de los trabajos, aunque el Ayuntamiento no se hace responsable de los deterioros o los accidentes que puedan sufrir.

8. Jurado

El funcionamiento del jurado se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El jurado estará formado por un máximo de 5 miembros, profesionales del sector del cómic, que serán designados por el alcalde de Palma, y se hará público antes de que termine el plazo de presentación de los dossiers.

El jurado actuará con libertad y discrecionalidad.

El jurado deberá resolver motivadamente la concesión de los premios o su consideración que deben declararse desiertos. Su veredicto será inapelable.

9. Entrega de los Premios

Los Premios se entregarán durante las Fiestas de San Sebastián del año 2017.

La persona o las personas galardonadas se comprometen a estar presentes en el acto de entrega de los Premios. El Ayuntamiento no se hará cargo de los gastos para asistir.

10. Normativa fiscal

Los Premios están sujetos a la normativa fiscal vigente.

Antes de la propuesta definitiva de adjudicación de los Premios a los ganadores deberán presentar:

a. certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social
b. certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias
c. declaración responsable de no estar afectados por ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB
d. si no tienen residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate, que acredite la residencia fiscal

11. Instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Cultura de la Concejalía Delegada de Cultura, Patrimonio, Memoria Histórica y Política Lingüística.

El instructor a la vista de la decisión del jurado formulará propuesta de resolución que elevará a la Junta de Gobierno de Palma.

Se prescinde del trámite de audiencia, conforme al artículo 84.4 de la Ley 30/1993, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de tres meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras.
La resolución se notificará al premiado/s, de conformidad con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, LRJAP-PAC.

12. Aceptación e interpretación de las Bases

Tomar parte en el Premio Ciudad de Palma de Cómic supone aceptar estas bases.

Incumplir las obligaciones que imponen esta Bases podrá ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria.

El jurado del Premio tiene la facultad de interpretarlas y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

El Ayuntamiento resolverá cualquier problema que estas Bases no prevean.

Para consultas pueden dirigirse al Negociado de Espais d’Art (tel. 971 722 092; a/e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).


Fuente: www.caib.es

 


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PREMIOS CIUTAT DE PALMA DE NOVELA 2023 (España)


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PREMIOS CIUTAT DE PALMA DE NOVELA 2023 (España)

06:10:2023

Género:  Novela

Premio:  26.000 € y edición

Abierto a:  mayor de edad

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Palma

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  06:10:2023

 

BASES

 

 

El Ayuntamiento de Palma convoca los premios Ciutat de Palma de Novela, que tienen como finalidad apoyar a la creación literaria y reconocer la tarea de los/las escritores/as.

1. Premio

El premio tiene dos modalidades:
- Llorenç Villalonga de Novela, en catalán, dotado con 26.000 euros
- Camilo José Cela de Novela, en castellano, dotado con 26.000 euros Los premios y su dotación son indivisibles.

Una vez concedido el premio el Ayuntamiento de Palma acordará con la persona premiada la publicación de la obra. Así mismo, para facilitar la edición y la distribución se podrá ceder el derecho de publicación a una editorial, que editará el libro de acuerdo con la legalidad vigente y firmará un contrato de edición con el/la autor/a. En la edición de la obra deberá mencionarse que ha sido ganadora del Premi Ciutat de Palma y el año.

En ningún caso la dotación económica del Premio se entenderá en concepto de adelanto de derechos de autor.

2. Participación

El premio está abierto a cualquier persona mayor de edad que quiera participar.

3. Obras

Las obras que concursen deben ser originales, inéditas y de temática libre. Deben tener una extensión de entre 150 y 300 páginas con formato DIN A4, en doble espacio (fuente Times New Roman, cuerpo 12) y con márgenes de 2 cm.

En el documento de la obra que se presente al concurso no puede haber ninguna referencia o información de la cual se pueda extraer su autoría, en caso contrario, la obra será descartada.

La presentación de una obra implica que el autor/a no tiene comprometidos los derechos de edición, que no ha sido presentada a ningún otro concurso pendiente de adjudicación y que no ha sido galardonada con anterioridad.

4. Documentación, remisión y características de las obras

El plazo de admisión de las obras empezará el día siguiente de la publicación de las Bases y finalizará el 6 de octubre de 2023, a las 23.59 h (horario español peninsular).

Las obras deben enviarse en formato PDF (inferior a 5 MB) a través de la plataforma web mundoarti.com, rellenando el formulario correspondiente con los datos

personales (nombre, dirección, dirección electrónica, teléfono...). La plataforma web protegerá la autoría de las obras y garantizará el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación.

Una vez presentada la obra al Premio el/la autor/a no podrá retirarla para hacer correcciones, ampliarla o renunciar al Premio.
La administración no se hará responsable de la presentación de obras a una categoría que no le corresponda.

En el momento de inscribirse al concurso, además de toda la documentación y datos que se puedan requerir, también se firmará una declaración jurada sobre la veracidad de la información dada.

5. Jurados

Los jurados estarán formados por un máximo de cinco personas cada uno, de reconocido prestigio vinculadas al mundo de la literatura y una persona de la Concejalía, con voz y sin voto, para que actúe de secretario/aria; se procurará que su composición sea paritaria. La composición del jurado se hará pública antes de que acabe el plazo de presentación de las obras.

El funcionamiento del jurado se ajustará a lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si alguno de los miembros de los jurados es consciente de alguna causa de abstención, deberá renunciar a formar parte de éste.

En función del número de obras presentadas se podrá nombrar un prejurado.

El jurado actuará con libertad y discrecionalidad. Valorará la calidad literaria de las obras, como por ejemplo el rigor del texto, la solidez de la construcción, su carácter innovador, la coherencia entre las intenciones implícitas que revela el texto y los resultados que logra u otros criterios que determine.

Deberá resolver motivadamente la concesión del Premio o su consideración de declararlo desierto. Intentará tomar las decisiones por consenso. En caso contrario se seguirá el procedimiento de votaciones sucesivas hasta obtener una mayoría de votos a favor de una obra determinada, que será la ganadora. Su veredicto será inapelable.

6. Entrega del Premio

El premio se entregará el 20 de enero de 2024, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona ganadora no puede asistir podrá delegar la recogida.

7. Normativa fiscal

Los Premios están sujetos a la normativa fiscal vigente.

La persona o personas galardonada/s, antes de la tramitación del pago del importe del premio, deberá/n presentar a través del Registro del Ayuntamiento de Palma:
a. Fotocopia del DNI o del documento de identificación correspondiente.
b. Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social.
c. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
d. Certificado de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
e. Declaración responsable que está al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palma (anexo I).
f. Declaración responsable de no estar afectada por ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB, aprobada por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni ser culpable en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma y con el resto de entes otorgantes (anexo I).
g. Si no tiene residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país en cuestión, que acredite su residencia fiscal.
h. Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente de la entidad donde se solicita que se ingrese la subvención (anexo II).

Los anexos se podrán descargar del web del Ayuntamiento, apartado Subvenciones.

8. Instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura. A la vista de la decisión del jurado, el instructor formulará la propuesta de resolución, que elevará a la Junta de Gobierno de Palma. Se prescindirá del trámite de audiencia, de acuerdo con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no puede exceder los seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras.

La resolución solo se notificará a las personas premiadas y se hará pública en la web del Ayuntamiento de Palma.

9. Régimen jurídico

Para todo aquello que no prevean estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local; el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de Capitalidad de Palma; las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, y el resto de normativa aplicable.

Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.

10. Consignación presupuestaria

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del premio de esta convocatoria se reserva la cantidad total de 52.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 03.33420.48100 Premis Ciutat Palma.- Premis, del Presupuesto de Gastos de 2024.

11. Aceptación e interpretación de las Bases

La participación en el Premio Ciutat de Palma de Novela implica la aceptación de las presentes Bases y la autorización para el tratamiento de los datos personales.

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados por los participantes se incorporan a ficheros titularidad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca dicha Ley es la Concejalía de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y Coordinación Municipal.

El incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases podrá ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria.www.escritores.org

El jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

Cualquier caso no previsto en estas Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.

Para consultas sobre las Bases pueden dirigirse al Negociado de Cultura (tel. 971225900, ext. 1330, a/e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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