Concursos Literarios

 

 

 


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II PREMIO DE RELATO BREVE LA GRAN ILUSIÓN (España)

31:07:2017

Género: Cuento

Premio:   Tarjeta de Acreditación, curso y publicación en antología

Abierto a: sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante: CINES RENOIR

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   31:07:2017

 

BASES

 
Los CINES RENOIR cumplieron en 2016 sus primeros treinta años. Para celebrarlo se creó el PREMIO DE RELATO BREVE LA GRAN ILUSIÓN – CINES RENOIR. Ahora se pone en marcha la segunda edición. Pon a trabajar tu imaginación y envía un cuento ‘de cine’. Puedes leer las bases más abajo.
www.escritores.org

BASES:

1. Los cuentos deberán estar escritos en cualquier lengua oficial del estado español.

2. Los cuentos serán inéditos y el tema deberá estar relacionado de alguna manera con el cine. Sólo se podrá enviar un cuento por autor.

3. Se presentará por email a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. en documento adjunto. En el asunto constará “II PREMIO RELATO BREVE LA GRAN ILUSIÓN” y en el cuerpo del email se incluirá una breve nota del autor, indicando el título del relato presentado, nombre y apellidos, domicilio, dirección de email y teléfono de contacto.

4. El relato adjunto llevará el título e irá paginado; se presentará en formato DIN A-4 o equivalente. Tipo de letra: Times New Roman. Cuerpo: 12. Hasta 96 caracteres con espacios por línea, máximo 25 líneas por página. Doble espacio en el interlineado. La tendrá un mínimo de una página y un máximo de 3 páginas.

5. El plazo de admisión se abrirá el 9 de mayo de 2017 y finalizará el día 31 de julio de 2017. Se admitirán aquellos relatos adjuntos a los emails recibidos en fecha igual o anterior a la mencionada. El envío se dirigirá a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

6. Se concederán 10 premios:
- Premio al ganador, dotado con Tarjeta de Acreditado a los Cines Renoir para los años 2017 y 2018 / La edición de la obra, que se hará en el idioma original y, en su caso, en su traducción al castellano / Un curso de crítica de cine impartido por Jordi Costa en Escuela de Escritores.
- Premio a los 9 finalistas, dotado con Tarjeta del Club Renoir y la edición de la obra, que se hará en el idioma original y, en su caso, en su traducción al castellano.

7. El jurado estará integrado por especialistas en el mundo de la literatura y el cine. Su fallo será inapelable y se hará público en septiembre de 2017.

8. Los premios se entregarán en un acto que se celebrará en octubre de 2017. A él, deberán asistir los autores galardonados o en su defecto las personas que los representen.

9. Los cuentos premiados serán editados por Cines Renoir. El premiado y los finalistas cederán los derechos para esta primera edición.

10. La interpretación de estas bases es competencia exclusiva del jurado.

11. La participación en el premio supone la plena aceptación de estas bases y la decisión del jurado.


Para mayor información:
Teléfono: 91 542 27 02 (de lunes a jueves de 10:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00; viernes de 10:00 a 15:00)
e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Fuente: lagranilusion.cinesrenoir.com

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 



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I CONCURSO DE MICRORRELATOS NI PERAS NI MANZANAS (España)

11:06:2017

Género: Microrrelato

Premio:   Libro electrónico y diploma

Abierto a: mayores de 16 años residentes en España

Entidad convocante: Asociación Ni Peras Ni Manzanas Lesbianas & Bisexuales Murcianas

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   11:06:2017

 

BASES

 
El I Concurso de Microrrelatos Ni Peras Ni Manzanas, promovido por la Asociación Ni Peras Ni Manzanas Lesbianas & Bisexuales Murcianas, en colaboración con la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Molina de Segura, ha sido presentado en rueda de prensa el viernes 5 de mayo. Han asistido la Alcaldesa de la localidad, Esther Clavero Mira, la Concejala de Igualdad, Rocío Balsalobre Sánchez, y la Vicepresidenta de la Asociación Ni Peras Ni Manzanas, Mar Tornero.
www.escritores.org
El objetivo de esta actividad es la visibilidad de la persistente LGTBIfobia, que aún afecta a miles de personas en nuestro país. Es un certamen de ámbito nacional que se difundirá en redes sociales y asociaciones LGTBI tanto regionales como nacionales con el fin de obtener la máxima participación.

La temática del certamen es Vencer la Homofobia: Impacto, Experiencias, Estrategias de Superación, Consecuencias, y podrán participar mayores de 16 años residentes en España.

La extensión del microrrelato será como máximo de un folio A4, Arial 12 Interlineado 1,5. Se puede enviar en 2 archivos adjuntos a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el asunto I Certamen de Microrrelatos. Ni peras Ni manzanas.

En un archivo irá el microrrelato y en el otro los datos personales (nombre, apellidos, DNI, teléfono y correo electrónico). Los trabajos serán originales e inéditos y no habrán sido presentados en otros concursos.

La fecha máxima será el 11 de junio de 2017.

La entrega de premios se realizará el día 28 de junio de 2017, coincidiendo con los actos conmemorativos del día del Orgullo 2017. El relato ganador será premiado con un libro electrónico y diploma acreditativo. Y se elegirán  3 finalistas, a los que se les hará entrega de diploma.

Para ofrecer más información, se ha habilitado una página en Facebook de la Asociación Ni Peras Ni Manzanas Lesbianas y Bisexuales Murcianas.


Fuente: www.facebook.com/Microrrelatosniperasnimanzanas/

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II CERTAMEN LITERARIO "MUCHO X VIVIR, MUCHO X DECIR" (España)

06:09:2017

Género: Relato

Premio:   Obsequio

Abierto a: personas que estén en tratamiento de cáncer de mama y/o que hayan superado la enfermedad, mayores de 18 años, residentes en la Comunidad Valenciana

Entidad convocante: Asociación Española Contra el Cáncer (AECC) de Valencia

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   06:09:2017

 

BASES

 
La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER DE VALENCIA convoca el II Certamen Literario “MUCHO X VIVIR, MUCHO X DECIR”.

Su objetivo: difundir mensajes de superación y de crecimiento personal que se extraen al afrontar un cáncer de mama, y contribuir a la sensibilización y concienciación de la sociedad sobre esta enfermedad.

Bases

1. TEMÁTICA: “Cáncer de mama”, con el fin de reflejar las claves y valores como coraje, esfuerzo, superación, actitud… que permiten afrontar la enfermedad en cualquier fase.

2. PARTICIPANTES: Personas que estén en tratamiento de cáncer de mama y/o que hayan superado la enfermedad, mayores de 18 años, residentes en la Comunidad Valenciana.

3. MODALIDAD: Relatos propios, originales e inéditos escritos en prosa que no hayan sido publicados o premiados con anterioridad en otro concurso. Deberán estar escritos en castellano y/o valenciano y sólo una obra por persona. La extensión no ha de ser superior a cuatro páginas, DIN A4, letra Arial, tamaño 12 e interlineado 1.5.

4. JURADO: estará conformado por un miembro del Comité Ejecutivo de AECC Valencia, un representante del ámbito literario, un superviviente de cáncer de mama, un médico y un psicólogo especialistas en oncología, siempre en número impar, y su decisión, incluido el fallo definitivo, se adoptará por mayoría simple. El jurado podrá declarar desiertos los premios si lo considerase oportuno. El fallo del jurado será inapelable.

5. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN: Los participantes pueden hacer llegar su relato de manera presencial en la sede de AECC Valencia, rellenando el cuestionario, o bien por correo electrónico:
www.escritores.org
Modalidad presencial: en un sobre cerrado adjuntando:
a. Un documento con el relato en el que no debe indicar nombre alguno de la participante para garantizar el anonimato del mismo
b. Un segundo documento, a modo de portada, donde debe constar: título, nombre y apellidos del autor/a
c. Formulario de solicitud de participación, debidamente cumplimentado y una fotocopia del DNI o Pasaporte en vigor con datos de email y teléfono de contacto.

Modalidad online: se deberá enviar al correo de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando en el asunto: “II Certamen Literario “MUCHO X VIVIR, MUCHO X DECIR”:
a. Un documento con el relato en el que no debe indicar nombre alguno de la participante para garantizar el anonimato del mismo,
b. Documento de portada, donde debe constar: título, nombre y apellidos del autor/a (descargar en www.valencia.aecc.es)
c. Formulario de solicitud de participación, debidamente cumplimentado y una fotocopia del DNI o Pasaporte en vigor con email y teléfono de contacto (descargar en www.valencia.aecc.es)

El plazo de presentación de las obras finaliza el 6 de septiembre de 2017 a las 17 h. en ambas modalidades, no admitiéndose a concurso ninguna obra presentada con posterioridad a esta fecha.

6. PREMIOS: Se establecen los siguientes premios, con independencia de si las obras se presentan en castellano o valenciano, que se dotarán con un obsequio de entidades colaboradoras de AECC Valencia:
- GANADOR
- PRIMER FINALISTA
- SEGUNDO FINALISTA

7. ENTREGA Y RECOGIDA DE PREMIOS: Los premios se entregarán públicamente el martes 17 de octubre de 2017. La recogida de los mismos deberán realizarla personalmente los ganadores, o a través de representación debidamente acreditada. Los detalles del lugar y hora de la ceremonia serán previamente comunicados a los ganadores para que confirmen su asistencia.

8. DERECHOS DE EXPLOTACIÓN: La organización del certamen literario se reserva los derechos de explotación sobre los trabajos premiados para realizar las acciones que considere oportunas para difundir las obras que resulten premiadas o finalistas en esta convocatoria. Se reserva la posibilidad de publicar los trabajos premiados y el resto de obras en edición impresa. El/la autor/a de los mismos conservarán en todo momento los derechos que confiere la legislación de propiedad intelectual. Queda implícita la autorización de los/as autores/as de estas obras para la exhibición, difusión o publicación de la imagen o contenido de las mismas por cualquier medio que se estime.

9. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES. Las cuestiones no previstas en estas bases las resolverá el jurado según su libre criterio. La participación en este concurso supone la plena aceptación de la presentes bases.

10. PROTECCIÓN DE DATOS. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, sus datos personales facilitados de forma voluntaria, pasarán a formar parte de un fichero responsabilidad de la Asociación Española Contra el Cáncer de Valencia (AECC Valencia) siendo tratados y conservados para atender y gestionar el certamen y otras actividades informativas que promueve esta asociación. Para cualquier cuestión en materia de protección de datos, la persona interesada podrá realizar una consulta en Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Fuente: www.aecc.es

 

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PRIMER CERTAMEN LITERARIO 'EN BLANCO Y NEGRO' (España)

03:07:2017

Género: Relato, poesía, infantil y juvenil

Premio:   Carnet de socio, camiseta, foto y publicación

Abierto a: sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante: EnBYN

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   03:07:2017

 

BASES

 
Las obras estarán escritas en lengua castellana, de tema vinculado al fútbol, inéditas, con extensión máxima no mayor a veinte folios escritos en letra arial, cuerpo 12 y a doble espacio para los relatos cortos y los poemas tendrán como máximo 60 versos, siendo el metro y la rima a gusto del autor.

BASES DEL CONCURSO:

1. Participación
www.escritores.org
Podrán participar las personas que se encuentren en cada una de las siguientes categorías:
– Infantil: de 6 a 12 años
– Juvenil: de 13 a 18 años
– Adulto: a partir de 18 años.

2. Modalidades

El concurso constará de dos modalidades:
-Relato corto
-Poesía.

3. Ilustraciones y mucho más

Se podrán incluir dibujos (ilustraciones) en la historia. Las ilustraciones deberán ser escaneadas y adjuntadas al correo electrónico con la obra.

4. Dirección de envío

Los trabajos deben ser enviados por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., donde se codificarán de forma anónima, para enviar a los miembros del jurado, especificando el asunto “Certamen literario En Blanco y Negro”. En el cuerpo del mensaje incluirá los siguientes datos: Título de la obra y modalidad a la que se presenta. Además de especificar nombre, apellidos y D.N.I. En caso de ser menor, enviar los datos del padre, madre o tutor.  La organización confirmará por e-mail la presentación correcta del relato.

5. Jurado

El jurado será compuesto por:
– Leandro Pérez, escritor y periodista, autor de “La sirena de Gibraltar” y “Las cuatro torres”
– Ricardo Ruiz, Licenciado en Ciencias de la Información  y poeta burgalés, autor de “Caligrafía del silencio” entre otras publicaciones.
– Jesús Borro escritor y economista burgalés, autor de “Ondas Hertzianas” entre otras publicaciones.

Los miembros del jurado valorarán los trabajos presentados atendiendo a la calidad literaria, calidad artística, originalidad e interés del asunto tratado.

6. Premios

Premios: Los premios serán los mismos para ambas modalidades y para cada una de las categorías: 1er premio: Publicación del relato o poesía / Carnet de socio temporada 2017-18 / camiseta de la temporada 2017-18 firmada por la plantilla / Foto con el once inicial en un partido oficial. 2o premio: Publicación del relato o poesía / camiseta de la temporada 2017-18 firmada por la plantilla. 3o premio: Publicación del relato o poesía / pack de merchandising del club.

7. Aceptación de las bases

La participación en el concurso supone la aceptación de todas y cada una de las bases del concurso y del fallo inapelable del jurado. Cualquier envío que no se ajuste a las presentes bases será descartado automáticamente por el jurado. El fallo del jurado se dará a conocer el viernes 18 de agosto.  El resultado del certamen será comunicado personalmente a los ganadores y se publicará en la página web de la organización (www.enbyn.com) y a través de las redes sociales Las obras de los tres premiados de ambas modalidades y todas las categorías serán publicadas en un volumen en papel por una editorial local y los premiados obtendrán dos ejemplares. El resto podrá adquirir la obra en las oficinas del club una vez sea publicado.

8. Ganadores

En el caso de resultar ganadores, con la aceptación de estas bases, los participantes autorizan expresamente a los organizadores y patrocinadores, la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de su imagen, así como la utilización de su nombre y voz, para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga en relación con el presente concurso, pudiendo ser comunicados públicamente en cualquier medio, incluido internet, redes sociales o páginas web, sin limitación geográfica o temporal ni contraprestación económica. Si el ganador o ganadores ya hubieran renovado o fueran socios del club al momento de hacer público el fallo del jurado, les será devuelto el importe del mismo.

9. Difusión

Los relatos que participen en el presente concurso podrán ser publicados y difundidos en la web www.enbyn.com y quedar almacenadas en ella de forma indefinida. El participante se hace plenamente responsable del contenido de los relatos con total indemnidad de los organizadores del concurso y sus patrocinadores. Participar en este concurso significa la aceptación de estas bases.

Fecha límite de entrega (lunes 3 de julio de 2017)


Fuente: enbyn.com

 

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IX PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2017 (España)

22:09:2017

Género: Relato

Premio:   1.500 €, diploma y publicación

Abierto a: mayores de 16 años, nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronado en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la publicación de este Decreto Foral, o haber estado empadronado durante un período mínimo de un año en el Territorio Histórico de Bizkaia con anterioridad a la publicación de este Decreto Foral

Entidad convocante: Diputación Foral de Bizkaia

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   22:09:2017

 

BASES

 
Artículo 1.—Objeto

1. Es objeto del presente Decreto Foral aprobar las bases reguladoras y la convocatoria pública del premio literario IX BizkaIdatz 2017, «Esta Historia la escribes tú/Jarraitzeko prest? Orain zure txanda da».

2. El concurso consistirá en la presentación por las personas autoras participantes de relatos literarios que, a la vista de dos historias iniciadas por escritores y escritoras actuales, una en euskera y otra en castellano, continúen con las historias propuestas, adaptándose a sus personajes y a las situaciones que se planteen en las mismas. Un tribunal constituido al efecto valorará los trabajos presentados y propondrá los relatos ganadores, a los cuales se les otorgará un premio económico y/o diploma acreditativo.
www.escritores.org
3. En la presente convocatoria los inicios de los relatos que deberán seguir las personas participantes son los siguientes:

— En la modalidad de castellano, el inicio del relato con título «Un merluzo en el anzuelo» del escritor Alejandro Fernández Aldasoro.

— En la modalidad de euskera, el inicio del relato con título «Zaunkak» de la escritora Karmele Jaio.

4. Las obras ganadoras estarán dotadas con los siguientes premios:

— Primer premio en euskera: 1.500 euros y diploma acreditativo.
— Primer premio en castellano: 1.500 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en euskera: 500 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en castellano: 500 euros y diploma acreditativo.
— Premio obra finalista en euskera: diploma acreditativo.
— Premio obra finalista en castellano: diploma acreditativo.

A las cantidades económicas mencionadas en el apartado anterior se les practicará las retenciones fiscales legalmente establecidas.

Artículo 2.—Beneficiarias

1. Podrán presentarse al concurso todas aquellas personas físicas autoras que lo deseen mayores de 16 años, con un trabajo original y no publicado total o parcialmente, siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral.

Los requisitos exigidos deberán acreditarse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia de la convocatoria.

Las solicitudes relativas a personas menores de edad deberán ratificarse y firmarse por quienes ejerzan su patria potestad u ostenten su representación legal. En el caso de que resulten ganadoras de alguno de los premios a todos los efectos serán éstas, y no las personas menores, las beneficiarias de la cantidad económica a percibir. En cualquier caso, los requisitos señalados en los apartados 1, 2, 3 y 4 de este artículo habrán de concurrir en la persona menor de edad.

2. Además, en la modalidad de castellano las personas autoras participantes habrán de cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:

Acreditar haber nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronado en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la publicación de este Decreto Foral, o haber estado empadronado durante un período mínimo de un año en el Territorio Histórico de Bizkaia con anterioridad a la publicación de este Decreto Foral.

3. Las personas ganadoras del primer o segundo premio en cualquiera de las dos ediciones inmediatamente anteriores a la actual convocatoria únicamente podrán participar en la presente convocatoria del IX Bizkaidatz 2017 en la modalidad (euskera o castellano) en que no hubieran sido premiadas.

4. Quedarán excluidas de la convocatoria regulada por el presente Decreto Foral, durante el período que establezca la correspondiente sanción, aquellas personas físicas sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo y las sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 3.—Régimen de concesión

La concesión de los premios se realizará mediante el sistema de concurrencia competitiva, esto es, mediante la constitución de un tribunal calificador que procederá a la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, atendiendo a los criterios de valoración fijados en el artículo 5, proponiendo los premios a aquéllas que hayan obtenido mayor puntuación, teniendo como límite la cuantía consignada en la correspondiente partida presupuestaria.

Artículo 4.—Solicitudes y plazos

1. Las solicitudes se deberán presentar en el modelo oficial que se adjunta como anexo BI 1 (accesible a través de la página web http://www.bizkaia.eus/kulturadirulaguntzak) acompañadas de la documentación exigida en los siguientes apartados y suscritas por la persona representante legal, en la Biblioteca Foral de Bizkaia, sita en Bilbao, calle Diputación, 7 (de lunes a viernes, de 8:30 horas a 13:30 horas), o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También podrán presentarse las solicitudes, en las condiciones establecidas anteriormente, a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

Las personas participantes deberán escribir un relato que continuará cualquiera de los dos inicios de historias distintos propuestos por dos escritores/as actuales. Un inicio de historia será en euskera y el otro en castellano. Cada concursante podrá presentar cuantos trabajos desee, siempre que se adapten al comienzo de los relatos propuestos por los y las escritoras, a sus personajes y a las situaciones que se plantean en el mismo.

Las personas autoras que participen podrán presentarse indistintamente al relato en euskera y/o al de castellano, sin perjuicio de que si así lo estimase el jurado, una misma persona pudiera ganar en ambos apartados.

Los relatos tendrán una extensión mínima de 16 páginas y máxima de 20, escritos en fuente de letra «Times» o «Arial», por una sola cara y en hojas DINA4, cuerpo 12, a doble espacio. Con un mínimo de 24 líneas y máximo de 32 líneas por página y un mínimo de 70 caracteres por línea, salvo las excepciones lógicas derivadas de la aplicación de algunos signos ortográficos.

Los relatos presentados a este concurso están obligados a respetar la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero y demás disposiciones legales vigentes.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la presente disposición en el «Boletín Oficial de Bizkaia» hasta las 13:30 horas del día 22 de septiembre del 2017, ambos inclusive.

3. A la respectiva solicitud (Anexo BI 1) deberá adjuntarse la siguiente documentación de índole general:

a) Cuatro copias del relato escrito por la persona participante.
b) Fotocopia del DNI de la persona solicitante, y de su representante legal si el solicitante es menor de edad. Así como la documentación acreditativa de dicha representación legal.
c) Breve nota biográfica de la persona participante, si ésta así lo desea.
d) Las personas no nacidas en Bizkaia que se presenten a la modalidad de castellano deberán aportar certificado de estar empadronadas en el momento de la publicación de este Decreto Foral en cualquier municipio del Territorio Histórico de Bizkaia, o haberlo estado durante un año con anterioridad a la publicación de este Decreto Foral.
e) Certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias allí donde tengan su residencia fiscal cuando las personas solicitantes estén empadronadas fuera del Territorio Histórico de Bizkaia.

4. Si las solicitudes no se formalizaran completamente o faltara alguno de los documentos exigidos por el presente Decreto Foral, se requerirá a la persona interesada, para que en el plazo de diez (10) días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se la tendrá por desistida de su petición, archivándose la misma, previa la correspondiente resolución.

5. En aquellos casos en que se considere necesario, la Sección de Publicaciones y Actividades Culturales podrá requerir a las personas solicitantes cuanta documentación complementaria estime oportuna, para proceder a la resolución de las solicitudes formalizadas.

Si la persona peticionaria requerida no presentare la documentación en el plazo que se establezca, se la tendrá por desistida de su solicitud, archivándose la misma, previa la correspondiente resolución.

Artículo 5.—Criterios y resolución

1. El tribunal calificador designado a los efectos de esta convocatoria valorará las solicitudes presentadas en plazo, otorgándose los premios a aquellos relatos que, a juicio del mismo, obtengan mayor puntuación, sobre un máximo de 10 puntos, conforme a los siguientes criterios y puntos:
— Continuidad y unidad con el relato propuesto: hasta 4 puntos.
— Calidad literaria: hasta 3 puntos.
— Creatividad en el desarrollo de la historia: hasta 3 puntos.

2. El premio podrá ser declarado desierto si ninguno de los relatos presentados reúne, según criterio del tribunal, los requisitos exigidos para su selección o si su valoración resulta insuficiente.

3. El Tribunal calificador tiene potestad para excluir aquellos relatos que no respeten la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero y demás disposiciones legales vigentes.

Artículo 6.—Asesoramiento

La Sección de Publicaciones y Actividades Culturales de la Diputación Foral de Bizkaia prestará el apoyo técnico o asesoría necesaria, ante cualquier duda o consulta referida al presente Decreto Foral.

A estos efectos se encuentra disponible la siguiente dirección en la página web: www.bizkaia.eus/laguntzaileKultura

Artículo 7.—Tribunal calificador

1. Para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas, se constituirá un tribunal calificador cuyos miembros serán designados por la diputada foral de Euskera y Cultura mediante Orden Foral. A tal efecto se cumplirá lo establecido en el artículo 3.7 de la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

2. El tribunal calificador, habida cuenta de los criterios para la adjudicación de los premios, presentará la propuesta de resolución a la diputada foral del Departamento de Euskera y Cultura, con el fin de que se dicte la resolución definitiva.

Artículo 8.—Resolución

1. Previo a la resolución de la convocatoria, la Sección de Publicaciones y Actividades Culturales comprobará que las personas solicitantes se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. Si como consecuencia de tal comprobación resultare que alguna incumple cualquiera de tales obligaciones, será requerida para que en el plazo de diez (10) días regularice tal situación con advertencia de que, en otro caso, su solicitud será dada por desistida.

2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las solicitudes será de tres (3) meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. La convocatoria será resuelta por orden foral de la Ilma. Sra. diputada foral de Euskera y Cultura, a la vista de la propuesta de resolución del tribunal.

4. La orden foral por la que se resuelva la presente convocatoria será notificada mediante correo certificado a las personas interesadas que hayan presentado solicitud a los efectos de esta convocatoria.

Contendrá expresa mención a que la misma agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. diputada foral de Euskera y Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente al de su notificación o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos (2) meses, computado de igual forma.

La relación de personas premiadas será publicada mediante anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

Artículo 9.—Pago

1. Inmediatamente al transcurso de 10 días hábiles tras la notificación de la orden foral de resolución de la presente convocatoria, la Sección de Publicaciones y Actividades Culturales procederá a la tramitación del abono de las cantidades económicas correspondientes ante el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas.

2. Previo al pago del premio, se comprobará que las personas beneficiarias se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Si como consecuencia de la comprobación efectuada, resulta que alguna persona premiada incumple cualquiera de tales obligaciones, ésta será requerida para que en el plazo de 10 días, regularice tal situación con la advertencia de que, en caso contrario, perdería el derecho al premio concedido.

Artículo 10.—Devolución del premio recibido a iniciativa de la persona beneficiaria

1. Se entiende por devolución voluntaria aquella que es realizada por la persona beneficiaria sin el previo requerimiento de la Administración.

2. De conformidad con lo previsto por el artículo 76 del Decreto Foral 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, la persona podrá proceder a la devolución voluntaria del premio concedido por la Diputación Foral de Bizkaia sin el previo requerimiento de esta última.

En este supuesto, la Diputación Foral de Bizkaia calculará los intereses de demora hasta el momento de la devolución efectiva del premio, conforme a lo dispuesto en el referido artículo 76, y según lo establecido en el artículo 34 de la Norma Foral 5/2005.

3. La devolución del premio foral a instancia de la propia persona beneficiaria del mismo se deberá realizar mediante la correspondiente carta de pago que, a su requerimiento, le será tramitada en las dependencias de la Sección foral gestora del premio. En dicha carta de pago se consignará el importe a devolver (principal e intereses), código del modelo y motivo del ingreso haciéndose además referencia al premio a devolver.

4. Una vez practicado el abono por la persona beneficiaria del premio bien en una entidad financiera, bien a través del sistema de telebanca, habrá de remitirse copia de la misma o justificante del respectivo ingreso a la Sección foral gestora del departamento de Euskera y Cultura.

Artículo 11.—Obligaciones

1. Las personas premiadas deberán asistir personalmente, o mediante representante caso de resultarles imposible, al acto de entrega de premios en el lugar, fecha y hora que se señale a tal efecto, así como entregar en soporte informático el relato premiado.

2. La Diputación Foral de Bizkaia se reservará en exclusiva durante un plazo de cinco años a contar desde la fecha de abono del premio, los derechos de reproducción, distribución y venta de las obras premiadas sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo éste la única y total remuneración.

3. Asimismo los relatos ganadores se publicarán en una edición al efecto.

4. En todo material editado y en toda comparecencia pública realizada con posterioridad a la concesión, deberá hacerse constar el patrocinio de la Diputación Foral de Bizkaia; se utilizarán, para ello, obligatoriamente los elementos establecidos en la imagen corporativa de la Diputación Foral de Bizkaia, incluyendo junto al logotipo la siguiente frase literal:
«Ekintza honek Bizkaiko Foru Aldundiaren laguntza jaso du» o bien «Bizkaiko Foru Aldundiak babestutako ekintza/Actividad subvencionada por la Diputación Foral de Bizkaia».

3. En todo caso, la persona premiada queda obligada al cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral y en el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, anteriormente citada.

Artículo 12.—Reintegro

Procederá el reintegro del premio recibido y los intereses de demora correspondientes, cuando se incumplan alguna o algunas de las obligaciones establecidas en el artículo anterior o se den los supuestos previstos en el artículo 33 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral y en el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, anteriormente citada.

Artículo 13.—Régimen sancionador

1. La comisión por la beneficiaria de cualquiera de las acciones u omisiones contenidas por el capítulo I del título IV de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, podrá dar lugar a la apertura de un procedimiento sancionador a tenor de lo dispuesto en el artículo 61 de la citada Norma Foral que se tramitará conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2. Las infracciones se sancionarán mediante la imposición de sanciones pecuniarias, que podrán consistir:
a) En multa fija, comprendida entre 75 y 6.000 euros.
b) Multa proporcional, que podrá ir del tanto al triple de la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada.

3. Asimismo, se podrá acordar la imposición de las sanciones siguientes:
a) Pérdida, durante un plazo de hasta cinco años, de la posibilidad de obtener subvenciones públicas y avales del sector público foral.
b) Pérdida durante el plazo de hasta cinco años de la posibilidad de actuar como entidad colaboradora.
c) Prohibición, durante un plazo de hasta cinco años, para celebrar contratos con cualquier entidad del sector público foral.

4. La imposición de sanción será independiente de la obligación de reintegro de la cantidad indebidamente obtenida en concepto de subvención.

Artículo 14.—Partida Presupuestaria

Los premios regulados en este Decreto Foral, por importe total de cuatro mil (4.000 euros) euros, se imputarán a la partida presupuestaria 46200, programa de gastos 334105, orgánico 0408, proyecto 2011/0033 del presupuesto del ejercicio 2017.

Artículo 15.—Régimen Jurídico

Para todos aquellos aspectos no previstos en el presente Decreto serán aplicables la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones y supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pueda resultar de aplicación.


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