Concursos Literarios


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XXXV PREMIO DE POESÍA HIPERIÓN (España)

15:12:2019

Género: Poesía

Premio:    Trofeo conmemorativo y edición

Abierto a: autores de hasta 35 años

Entidad convocante: Ediciones Hiperión

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:12:2019

 

BASES

 
Ediciones Hiperión convoca el

XXXV Premio de Poesía Hiperión

que se regirá por las siguientes BASES:

1º Podrán concursar a este premio autores de hasta 35 años de edad.

2º Los originales presentados deberán estar escritos en castellano.

3º La extensión y el tema de los libros se dejan al criterio de los autores, que deberán tener en cuenta las dimensiones habituales de los libros de poesía.

4º Los originales presentados deberán ser inéditos.

5º En las primeras páginas del original se harán constar los datos personales y un breve currículum y se adjuntará una fotografía del autor. No se admite la presentación bajo pseudónimo o plica.

6º Los originales se presentarán por triplicado y mecanografiados o impresos.

7º El plazo de presentación ha comenzado el 15 de septiembre y finalizará el 15 de diciembre del 2019.

8º La entrega de los originales se efectuará en el domicilio editorial: calle de Salustiano Olózaga, 14. (28001) Madrid-España, directamente o enviándolos por correo.

9º La composición del jurado se hará pública en el momento de la adjudicación del premio. Sus decisiones serán inapelables.

10º El fallo del jurado se emitirá a finales de marzo del 2020, coincidiendo con el aniversario del nacimiento de Friedrich Hölderlin, el Día de la Poesía y la llegada de la Primavera, comunicándose posteriormente a la prensa y al ganador o ganadores.

11º El libro ganador será publicado en la colección de poesía Hiperión en los meses subsiguientes y su autor percibirá los correspondientes derechos. La editorial le hará entrega igualmente de un trofeo conmemorativo.

13º Los trabajos no premiados no serán devueltos a sus autores, siendo destruidos tras el fallo del jurado.

14º La presentación a este premio supone la aceptación plena de sus bases.


Fuente: www.hiperion.com


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XXXV PREMIO DE POESÍA SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL 2025  

 

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XXXV PREMIO DE POESÍA SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL 2025   (España)

25:04:2025 

Género:  poesía

Premio:   5.000 euros y publicación

Abierto a:   mayores de edad nacidas en Aragón o empadronadas en la Comunidad desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria

Entidad convocante:   Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fechas de cierre: 25:04:2025

 

BASES

XXXV PREMIO DE POESÍA SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL 2025  

 
 
 
 

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XXXV PREMIO DE TEATRO DE LA CIUDAD DE GUADALAJARA "ANTONIO BUERO VALLEJO" (España)

20:09:2019

Género: Teatro

Premio:  6.000 €, edición y 100 ejemplares

Abierto a:   sin restricciones

Entidad convocante: Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Guadalajara

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   20:09:2019

 

BASES

 


BASES Y CONVOCATORIA DE LA XXXV EDICIÓN DEL PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA 2019 “ANTONIO BUERO VALLEJO”

El Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara convoca la XXXV Edición del Premio de Teatro Ciudad de Guadalajara 2019, “Antonio Buero Vallejo”.

Con motivo de ello, se ha resuelto publicar la presente convocatoria de acuerdo a las siguientes

BASES

1.- OBJETO

El objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los textos de teatro presentados, aquel que el jurado considere mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica, escrito en lengua castellana, de tema libre, original e inédito

2.- PARTICIPANTES

2.1.- Podrán concurrir cuantas personas interesadas lo deseen, de cualquier nacionalidad, y con una sola obra, pudiendo hacerlo de forma individual o colectiva. Los premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

2.2.- Los participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores. En cualquier caso, los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.

2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara o sus organismos autónomos.

3.- CONDICIONES TÉCNICAS

3.1.- Pueden optar a este premio las obras originales, e inéditas, que no hayan sido premiadas en otros concursos. Los autores serán responsables, ante el Patronato Municipal de Cultura y frente a terceros, del cumplimiento de lo establecido en este punto.

3.2.- Se admitirá un máximo de una obra por autor.

3.3.- El tema será libre.

3.4.- Los originales estarán escritos en lengua castellana y sin límite alguno en el número de páginas.

3.5.- El texto teatral se presentará, por triplicado, a tamaño folio –DinA4–, mecanografiado a doble espacio por una sola cara y encuadernado para poder ser leído.

3.6.- Para preservar la identidad del autor hasta el fallo del Jurado, cada concursante presentará cada uno de los tres ejemplares sin firma, señalándose en su portada el título de la obra.

3.7.- Aparte, en sobre cerrado, se incluirá el nombre y apellidos de su autor, breve currículo, domicilio, teléfono y una declaración firmada indicando que el trabajo presentado es original e inédito. En el exterior del sobre aparecerá en letras mayúsculas el mismo título que figure en los originales, sin constar alusión alguna que permita identificar al concursante, siendo excluido el trabajo en caso contrario.

3.8.- La obra por triplicado y la plica se presentarán o enviarán en un solo sobre a las oficinas del Patronato Municipal de Cultura, en el que figurará la siguiente leyenda: PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA, 2019. “ANTONIO BUERO VALLEJO”.

3.9.- Criterios de valoración:
Al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio texto presentado, el Jurado deberá ponderar equilibradamente dos criterios, tratamiento dramático y visión escénica-. Estos dos criterios, cuya consideración y peso han de ser semejantes, se desglosan en diferentes aspectos únicamente a efectos de su descripción y como orientación para la futura

evaluación y fallo del jurado; pero, dado que cada obra ha de ser contemplada en su conjunto, tales aspectos no pueden ser ponderados siguiendo criterios proporcionales o de valoración aritmética.
1.- Tratamiento dramático.
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Integración de lenguajes artísticos.
- Originalidad e innovación del texto. 2.- Visión escénica.
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Potencialidades escénicas del texto.
- Dimensión literario-dramática del texto (lenguaje, estilo, diálogo, poética de la acotación etc.).

4.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS

4.1.- Los trabajos se presentarán en el Patronato Municipal de Cultura, calle Cifuentes número 30, 19003-Guadalajara, en días hábiles, de lunes a viernes, y en horario de 9:00 a 14:00 horas. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y hasta las 14:00 horas del día 20 de septiembre de 2019, inclusive.
Serán admitidos aquellos envíos que se hubieran franqueado en origen dentro de este plazo.
También podrán ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.2.- Las presentes Bases se publicarán, así mismo, de forma íntegra en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).

5.- PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

5.1.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a). de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

5.2.- Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y el texto íntegro de la misma en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).

6.- PREMIOS

6.1.- Se establece un único premio de 6.000,00 euros para la obra ganadora. La dotación presupuestaria total se cifra en 6.000,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 334048100 del vigente Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura del ejercicio 2019.

6.2.- Los premios estarán sujetos a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.

7.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y LA RESOLUCIÓN

El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es el Departamento Administrativo del Patronato Municipal de Cultura. El órgano competente para la resolución de este procedimiento en el Presidente del Patronato Municipal de Cultura.

8.- JURADO

8.1.- La selección y concesión del premio del concurso se realizará a propuesta de un Jurado que estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Concejal Delegado de Cultura.
Vocales: Cinco profesionales de reconocido prestigio en el ámbito literario y teatral: Sres/as: J.A.A., A.P.R., C.A.P., J.O.S., y J.C.P.A.
Secretario: El del Patronato Municipal de Cultura.

8.2.- Este Jurado, levantará acta final de sus resoluciones donde hará constar todas las obras presentadas, las admitidas, las rechazadas y el motivo de su rechazo, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases.
Dicha acta reflejará la obra ganadora y los méritos que concurren en ella para tal distinción. Este documento constituirá propuesta de Acuerdo a la Presidencia del Patronato Municipal de Cultura, que será el órgano municipal competente para la concesiónn del premio.

8.3.- El Jurado podrá declarar desierto el concurso en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúna los méritos suficientes para ser premiado.

8.4.- Las decisiones del Jurado, en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.

8.5.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del Jurado.

9.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. PROPIEDAD DE LAS OBRAS

9.1.- Tanto el acta del Jurado como el Acuerdo de concesión serán publicados en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es). Dicha publicación servirá de notificación a los participantes.

9.2.- El plazo para resolver por completo el concurso y notificar el fallo a los participantes será de seis meses desde la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En todo caso, el fallo del concurso se hará público el día 22 de noviembre 2019 y será notificado al ganador. Trascurrido dicho plazo sin haberse verificado la resolución completa del concurso, la convocatoria quedará sin efecto, y los participantes que hayan presentado sus obras podrán retirarlas libremente.

9.3.- Una vez fallado el concurso, y concedido el premio, la primera edición de la obra ganadora pasará a ser propiedad del Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara a todos los efectos, pudiendo hacer uso libremente de ella en cualquier medio de reproducción o divulgación, haciendo constar el nombre del autor/a. Las sucesivas ediciones serán propiedad del autor/a.
La Resolución de concesión podrá ser objeto de los recursos administrativos y judiciales procedentes, que se indicarán en la propia publicación de la Resolución.

9.4.- Una vez fallado el premio y a la mayor brevedad posible, el ganador remitirá al Patronato Municipal de Cultura el texto original de la obra en formato PDF para su publicación.

9.5.- El servicio de publicaciones del Patronato Municipal de Cultura costeará la primera edición con una tirada de 500 ejemplares, haciendo entrega de 100 a su autor; sin que por ello el Patronato tenga que satisfacer compensación económica adicional.

9.6.- Con respecto a la obra premiada, el Patronato Municipal de Cultura se reserva el derecho exclusivo de reproducción y distribución del libro en su primera edición, según la cláusula 6.6. En sucesivas ediciones, se  hará  constar expresamente que el texto ha recibido el Premio de Teatro Ciudad de Guadalajara “Antonio Buero Vallejo” en su XXXV convocatoria correspondiente al año 2019.

9.7.- La persona ganadora del premio según el acta del Jurado, y previamente a su concesión, habrá de cumplimentar previamente a su concesión el Anexo I de las presentes Bases.

10.- RESPONSABILIDAD

10.1.- El Patronato Municipal de Cultura no se responsabiliza de los contenidos de los trabajos presentados.

10.2.- El Patronato Municipal de Cultura garantiza el mayor cuidado de los trabajos, pero en ningún caso se hace responsable de posibles deterioros que sufran por causas ajenas o de fuerza mayor.

11.- OTRAS DETERMINACIONES

11.1.- La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguno de las condiciones antes expuestas.

11.2.- Los ganadores estarán obligados a devolver el premio si se comprobase que su trabajo hubiese sido premiado anteriormente o editado, total o parcialmente, o se

plantease reclamación fundada sobre su autoría. En cualquier caso, el premio es incompatible con cualquier otro premio o edición anteriores a la presentación al certamen.

11.3.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.

11.4.- Los originales no premiados podrán ser retirados por sus autores en la sede del Patronato Municipal de Cultura dentro de los dos meses siguientes a la publicación del fallo. La devolución, en su caso, de trabajos no premiados se realizará  mediante la solicitud expresa de los autores y siempre a portes debidos. Transcurrido este tiempo, el Patronato procederá a la destrucción de los trabajos no retirados. El Patronato Municipal de Cultura no mantendrá correspondencia sobre originales recibidos fuera de plazo.

12.- NORMA FINAL

Conforme a la Disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, referente a Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, reglamentariamente se establecerá el régimen especial aplicable al otorgamiento de los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, que deberá ajustarse al contenido de esta ley, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.

Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para 2018, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las disposiciones de Derecho Común.


Fuente y Anexo: www.guadalajara.es/recursos/doc/portal/2017/10/23/premio-de-teatro-ciudad-de-guadalajara-2019-antonio-buero-vallejo-bases.pdf


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XXXV PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA - ANTONIO BUERO VALLEJO 2020 (España)


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XXXV PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA - ANTONIO BUERO VALLEJO 2020 (España)

18:09:2020

Género:  Teatro

Premio:  6.000 €

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Guadalajara

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:09:2020

 

BASES

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (webpub2.igae.hacienda.gob.es)

Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir cuantas personas interesadas lo deseen, de cualquier nacionalidad, y con una sola obra, pudiendo hacerlo de forma individual o colectiva, según la Base 1 de la Convocatoria

Segundo. Objeto: El objeto de la presente convocatoria es el concurso de obras de teatro originales, e inéditas, que no hayan sido premiadas en otros concursos. Los autores serán responsables, ante el Patronato Municipal de Cultura y frente a terceros, del cumplimiento de lo establecido en este punto.

Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones Públicas otorgadas por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos Autónomos. BOP de Guadalajara núm. 32, del lunes, 14 de marzo de 2016. boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.html

Cuarto. Cuantía: Se establece un único premio de 6.000,00 euros para la obra ganadora. La dotación presupuestaria total se cifra en 6.000,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 334048100 del vigente Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura del ejercicio 2020, sujeto a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.

Quinto.- Plazo de presentación de obras.-

Los trabajos se presentarán en el Patronato Municipal de Cultura, calle Cifuentes número 30, 19003-Guadalajara, en días hábiles, de lunes a viernes, y en horario de 9:00 a 14:00 horas. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y hasta las 14:00 horas del día 18 de septiembre de 2020, inclusive. También serán admitidos aquellos envíos que se hubieran franqueado en origen dentro de este plazo.

 

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XXXV PREMIO DESTINO INFANTIL APEL·LES MESTRES (España)

15:09:2015

Género: Infantil y juvenil

Premio:  4.500 € (cuatro mil quinientos euros) y edición

Abierto a:  mayor/es de edad

Entidad convocante: Destino Infantil & Juvenil

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   15:09:2015

 

BASES

 
1. Podrán optar al XXXV Premio Destino Infantil - Apel·les Mestres de álbum ilustrado, que convocan el sello editorial Destino y Fundación Atresmedia, todas las obras ilustradas de tema libre, rigurosamente inéditas, dirigidas al público infantil y que transmitan valores estéticos, éticos y humanos. Se entiende como obra ilustrada el conjunto de texto e ilustración, que se valorarán juntos, en el cual ni el texto ni la ilustración pueden ser accesorias, sino que tendrán un peso específico de importancia similar. El/Los autor/es garantizará/n la autoría y originalidad de la obra presentada al Premio, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena. No se aceptarán obras póstumas ni aquellas obras premiadas en otros certámenes.
 
2. Las obras se podrán presentar en cualquiera de los idiomas oficiales del Estado español (castellano, catalán, vasco y gallego).
 www.escritores.org
3. Pueden optar al Premio:
 
a) una sola persona autora de la parte literaria y de la parte gráfica;
 
b) dos personas: una autora de la parte literaria, y la otra, de la parte gráfica;
 
c) un equipo de diversas personas. El/Los optante/s al Premio deberá/n ser mayor/es de edad.
 
4. La cuantía del Premio para esta convocatoria será de 4.500 € (cuatro mil quinientos euros), que se constituirán como cuantía del Premio y como anticipo por la cesión de los derechos de edición en exclusiva a favor de Editorial Planeta S. A., para su publicación bajo el sello editorial Destino. El/Los ganador/es se compromete/n a suscribir el contrato de cesión en exclusiva de derechos de edición que la editorial les presente al efecto, tal cual, y la editorial se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.
 
5. El Premio no podrá ser distribuido entre dos o más obras, sino que será concedido íntegramente a una sola obra.
 
6. Desde la concesión del Premio hasta el día 31 de diciembre del 2015, la editorial ostentará el derecho de opción preferente para la suscripción de contratos de edición con cualesquiera de las obras presentadas y no premiadas, y que considere de su interés.
 
7. Las obras presentadas deberán atenerse a las condiciones siguientes:
 
a) El texto podrá presentarse por separado, siempre y cuando existan indicaciones precisas de dónde colocarlo en cada página ilustrada. Aparte, el/los concursante/s deberá/n presentar el mismo texto mecanografiado y por quintuplicado. La integración del texto en la página ilustrada o sobre la imagen se realizará siempre en negro, nunca en negativo.
 
b) Las obras deberán presentarse en soportes flexibles (papel, cartón, etc.) y adaptables al formato 22 x 23 cm. Los dibujos originales deberán ser susceptibles de ser escaneados; si el resto de los dibujos se presentan en soporte digital (CD rom, disco óptico, etc.), deberá adjuntarse una impresión en papel en alta definición. Todo el material tiene que presentarse dentro de una carpeta, debidamente identificada.
 
c) Las obras deberán tener una extensión, incluyendo la portada, de 24 o 32 páginas, sin contar las guardas.
 
d) Las obras deberán aportar un mínimo de seis ilustraciones originales terminadas, realizadas en cualquier técnica que considere el artista, y el resto en boceto dentro de la maqueta.
 
e) Las obras deberán ir firmadas por el autor (o autores) haciendo constar claramente su nombre, apellidos, domicilio y teléfono. En caso de seudónimos, estos datos deberán presentarse en sobre aparte.
 
8. El plazo de admisión de originales terminará el 15 de septiembre de 2015. Los originales deberán ser enviados a nombre de Destino Infantil & Juvenil, Diagonal 662-664, 6.ª planta, 08034 Barcelona, o entregados a mano en recepción de 9 a 14h, con la indicación de «Para el XXXV Premio Destino Infantil-Apel·les Mestres». Será extendido el recibo correspondiente.
 
9. El Premio se otorgará por votación de un jurado de cinco miembros.
 
10. El jurado se reunirá de forma privada, con antelación suficiente, a fin de fallar el Premio. Posteriormente, la editorial hará público el fallo antes del 30 de octubre del 2015. Sin perjuicio del fallo definitivo, la editorial no responde de las opiniones manifestadas por el jurado ni por ninguno de sus miembros, antes o después de la emisión de dicho fallo, en relación con cualquiera de las obras presentadas.
 
11. La editorial se reserva la facultad de organizar un acto de presentación de la obra en el momento de su lanzamiento. El/Los ganador/es autoriza/n la utilización de su nombre e imagen con fines publicitarios y se compromete/n a participar personalmente en la presentación y promoción de su obra en aquellos actos que la editorial considere adecuados.
 
12. Adjudicado el Premio, el/los autor/es que no resulten premiado/s podrá/n retirar los originales en la editorial –previa llamada telefónica–, con la presentación del recibo, a partir del día 30 de octubre del 2015 y durante el plazo de dos meses; transcurrido este plazo la editorial podrá disponer de ellos libremente. La editorial pondrá el máximo cuidado en conservar los originales, aunque no puede hacerse responsable de una pérdida fortuita. La editorial se reserva el derecho de destruir los originales que no sean reclamados antes del 31 de diciembre del 2015.
 
13. Ninguna de las obras presentadas al Premio dentro del plazo y en la forma debida podrá ser retirada antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al Premio implica por parte del concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases.
 
14. La editorial no mantendrá correspondencia con los autores que se presenten al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.
 
15. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes acuerdan someter el conflicto planteado a un tribunal de derecho del Tribunal Arbitral de la Cámara de Comercio de Barcelona y se obligan al cumplimiento del Laudo arbitral.
 
 
Fuente
 

 

 


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