Concursos Literarios

XIII PREMIO DE LITERATURA INFANTIL "CIUDAD DE MÁLAGA" 2022 (España)


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XIII PREMIO DE LITERATURA INFANTIL "CIUDAD DE MÁLAGA" 2022 (España)

15:06:2022

Género:  Novela, infantil y juvenil

Premio:   10.000 € y edición

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante: Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:06:2022

 

BASES

  

Plazo de presentación: De 20 de abril a 15 de junio de 2022
www.escritores.org

Convocatoria

El Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga en colaboración con el Grupo Anaya, S.A. convoca el XIII Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" 2022. Narrativa

1. Objeto. Podrán optar a este premio las obras que sean inéditas y escritas en español, que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso y que no estén pendientes de fallo en otros premios. El autor o autora de la obra garantizará su autoría y originalidad, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena y que no corresponde a ningún autor o autora fallecido/a. Asimismo tampoco podrá tener comprometidos con terceros los derechos de edición sobre la misma.

2. Beneficiarios/as. Podrán concurrir a este premio todos los escritores y escritoras que lo deseen, sea cual sea su nacionalidad, que sean mayores de edad y siempre que las obras que se presenten se ajusten al género narrativa y reúnan los requisitos que se establecen en la presente convocatoria del Premio y no se encuentren incursos en las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subven­ciones y se encuentren al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No podrán concurrir los autores o autoras premiados con el Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" en alguna de las cinco ediciones anteriores.

3. Dotación del premio. Se establece un pre­mio económico dotado con
10.000,00 € + la edición de la obra ganadora
entendiéndose que la dotación económica del premio suple el anticipo de los derechos de autor en la primera edición del libro y que estará sujeta a las retenciones legalmente establecidas en la legislación tributaria vigente.
Para la dotación económica asignada existe consignación presupuestaria suficiente imputable a la partida 39.3265.48100 PAM 4201 del presupuesto en vigor.
El autor o autora de la obra ganadora cederá en exclusiva a las entidades que convocan este Premio, sobre la obra ganadora, todos los derechos de propiedad intelectual para su explotación, edición, publicación y comercialización.
No obstante lo anterior, el autor o autora firmarán el contrato de edición y cesión de derechos de explotación únicamente con el Grupo Anaya S.A, que publicará y distribuirá la obra premiada.
La primera edición de la obra premiada será publicada por el Grupo Anaya, S.A. en su colección "Libros singulares".

4. Presentación de la obra y documentación. Los autores y autoras que opten al XIII Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" 2022 tendrán que seguir las indicaciones y aportar la información que se detallan a continuación:
Las obras se presentarán, a través de la sede electrónica municipal en la sección dedicada a los premios del Área de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Málaga cuya dirección es:

sede.malaga.eu/es/tramitacion/cultura-y-educacion/detalle-del-tramite/index.html?id=5317&tipoVO=5#

En esta página se cumplimentará la solicitud (Anexo I) y se adjuntará un archivo en formato pdf (Adobe Systems Incorporated) que contenga la obra escrita a doble espacio utilizando letra Arial tamaño 12 y con una extensión mínima de 25 páginas y un máximo de 45 páginas. En la primera página de la obra se reproducirá su título original en letras mayúsculas así como el seu­ dónimo del autor/a. En ningún caso se podrá establecer ningún otro dato informativo del autor/a de la obra prevaleciendo en todo momento su anonimato.
Las obras no deberán ir acompañadas de ilustraciones. Las obras presentadas deben ajustarse al género de narrativa-novela, no se admitirán obras integradas por un conjunto de cuentos cortos.
Se admitirá la presentación de un solo original por cada autor o autora. No se admitirán obras en coautoría.
Asimismo, también se podrán presentar las obras de los interesados junto con la solicitud a través de un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo 16.4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, fuera de plazo, siendo defectuoso, faltando parte de la información o cualquiera de los ficheros que obligato­ riamente han de ser adjuntados será causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.
Las personas participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Gestión Tributaria Municipal.
En el caso de que los interesados no faculten al Ayuntamiento a la consulta de dichos datos, se comprometerán a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se haga público el fallo del Jurado.
También, una vez emitido el fallo del Jurado, si el autor o autora que obtenga el premio no es de nacionalidad española y/o no es residente fiscal en España tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.
La no aportación de esta documentación fiscal por la persona ganadora del Premio o la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos
por la Ley será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, se requerirá la documentación al segundo autor de la obra seleccionada por el jurado.

5. Presentación de solicitudes y plazos.
La solicitud de participación con los ficheros adjuntos descritos en esta convocatoria, será enviada en el plazo de cuarenta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.
El anuncio de la presente convocatoria se hará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA), así como en el Tablón de Anuncios Electrónico
del Ayuntamiento de Málaga y en la Web del Área de Educación.

6. Constitución del jurado y fallo. El Jurado estará formado un/a presidente/a y cuatro vocales de entre personas de reconocido prestigio provenientes del ámbito de la literatura infantil y juvenil, así como, por un/a Secretario/a proveniente del Ayuntamiento de Málaga. Mediante resolución
del Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga se nombrará el Jurado con carácter previo a la publicación de esta convocatoria.
El Jurado, para determinar la obra ganadora, tendrá en cuenta la originalidad, redacción y composición del texto, ¡deas y contenido. Las deliberaciones del Jurado son secretas y su fallo será inapelable.
No se establecerá comunicación alguna con ningún participante. En ningún caso podrá otorgarse el premio a dos obras ex aequo, es decir, no habrá posibilidad de empate y otorgar el premio a dos concursantes por estimarse que las dos obras son de la mayor calidad.
La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Jefatura del Servicio de Educación, y la de resolución o concesión del premio corresponde al Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga.
El Jurado propondrá la obra ganadora al órgano que otorga el Premio, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente, como ha quedado expuesto en esta convocatoria, el Excmo. Ayuntamiento de Málaga comprobará, o el beneficiario deberá acreditar, que su autor reúne los requisitos legales establecidos para la concesión del premio.
El Premio podrá ser declarado desierto si el Jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.
Los miembros del Jurado o la persona ganadora del Premio no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayuntamiento de Málaga lo haga público.
La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Jefatura del Servicio de Educación, y la de resolución o concesión del premio corresponde al Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga.

7. Aceptación de la convocatoria.

La presentación a este concurso literario no genera derecho alguno a sus participantes hasta que haya sido fallado por el Jurado y hasta tanto haya sido otorgado el premio por Resolución del Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga.
Los efectos de todos los actos de trámite dictados en este Premio Literario se entenderán condicionados a que al emitirse la resolución de concesión, mediante el fallo del Jurado y su posterior ratificación por el Concejal Delegado del Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el momento en que fueron producidos dichos actos.
La presentación a este concurso supone la aceptación de la presente convocatoria, y el compromiso del autor de no retirar la obra antes del fallo, aceptar el premio si le fuera concedido, o reintegrarlo si no se cumplen los requisitos que se establece en la convocatoria, así como suscribir cuantos documentos fueran necesarios para el cumplimiento de esta convocatoria.

8. Aprobación y jurisdicción. La aprobación de esta Convocatoria del Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" correspon­ de a la Junta de Gobierno Local.
En todo lo no previsto en esta Convocatoria y con relación al desarrollo del Premio se estará a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto y a las decisiones y criterios del Ayuntamiento de Málaga.
Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y Tribunales de Málaga.

9. Régimen jurídico. Esta convocatoria se regirá por las anteriores disposiciones; por la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones; la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación; las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para cada ejercicio y La Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

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XIII PREMIO DE LITERATURA INFANTIL Y JUVENIL EL BARCO DE VAPOR SM COLOMBIA (Colombia)


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XIII PREMIO DE LITERATURA INFANTIL Y JUVENIL EL BARCO DE VAPOR SM COLOMBIA (Colombia)

30:06:2020

Género: Infantil y juvenil

Premio:   $ 20.000.000 y edición

Abierto a:  escritores colombianos o extranjeros, residentes en Colombia, mayores de edad

Entidad convocante:  Fundación SM

País de la entidad convocante:  Colombia

Fecha de cierre:  30:06:2020

 

BASES

 

 

1. Pueden participar todos los escritores colombianos o extranjeros, en ambos casos residentes en Colombia, mayores de edad, que presenten originales dirigidos a lectores entre los 5y los 14 años.

2.Quedan excluidos de esta convocatoria tanto los funcionarios de SM y sus parientes en primer grado de consanguinidad.

3.No se aceptarán manuscritos de los autores que hayan ganado el premio en la versión inmediatamente anterior.

4.No se aceptan poesías ni obras de teatro.

5.Los autores deberán enviar obras originales, inéditas y escritas en lengua castellana. Se entiende por inédito un original no editado, no publicado (parcialmente o en su totalidad) en antologías, colecciones, suplementos literarios, periódicos, revistas u otras pu blicaciones,y que no esté participando en otro concurso o haya sido premiado.

6.Las obras enviadas no deben incluir ilustraciones ni fotografías.

7.La extensión de los originales debe obedecer a los siguientes criterios:
SERIE BLANCA Primeros lectores de 5 a 6 años entre 8 y 15 páginas
SERIE AZUL Lectores en proceso de 7 a 8 años entre 16 y 45 páginas
SERIE NARANJA Lectores fluidos de 9 a ll años entre 46 y 90 páginas
SERIE ROJA Lectores críticos de 12 a 14 años entre 91 y 150 páginas
*Una página equivale a 1200 caracteres con espacio.

8.E1 premio se otorgará a una única obra de una única serie, no se premiará una obra por serie.

9.Cada autor deberá enviar cinco (5) copias del texto, obedeciendo al siguiente formato: Word, fuente Times New Roma n, 12 puntos, espacio doble, las páginas deben estar numeradas e impresas en papel tamaño carta por una sola cara.

10.Cada copia deberá venir argollada o grapada y debe llevar en la primera página el título de la obra, la serie en la que participa y el seudónimo que decida utilizar el autor. Este seudónimo no debe ser similar a un nombre propio de público reconocimiento o hacer referencia a nombres que creen confusión. En la guía del correo certificado en ningún caso debe aparecer el nombre del autor. En un sobre aparte, cerrado y rotulado con el título de la obra y el seudónimo, el autor enviará sus datos personales: nombres y apellidos, edad, documento de identidad, dirección, teléfono, ciudad de procedencia, correo electrónico y ocupación, así como una mínima reseña biográfica de no más de seis frases y una declaración por escrito de que la obra es original, inédita y no premiada ni en anteriores ni en otros concursos, y que no está pendiente de fallo en otros premios ni tiene comprometidos sus derechos con editorial alguna. Debe enviarse un único paquete a nuestra dirección, en la que se incluyan las cinco (5) copias de la obra más el sobre cerrado que tendrá en su interior los datos personales, la reseña biográfica y la declaración.

11.Cada autor podrá presentar cuantas obras desee, pero para todas ellas deberá utilizar el mismo seudónimo. En este caso, el sobre cerrado con sus datos personales deberá estar rotulado con el título de todas las obras presentadas.

12.Toda obra que no cumpla con lo dispuesto en estas bases quedará excluida del concurso.

13.Los originales y demás documentos entregados a SM no serán devueltos.

14.Todos los originales, sin excepción, deberán ser remitidos por correo certificado a:
XIII PREMIO DE LITERATURA INFANTIL Y JUVENIL EL BARCO DE VAPOR SM
Carrera 85 K N° 46 A - 66, Edificio II, Oficina 302.
Bogotá D.C., Colombia.

15.La presente convocatoria entra en vigencia a partir del 25 de noviembre de 2019 hasta el 30 de junio de 2020. Después de esta fecha no se recibirán originales. Para efectos de inscripción se considerará la fecha de envío del material remitido por correo.

16.E1 jurado estará integrado por especialistas en literatura infantil y juvenil, y escritores de reconocido prestigio. La composición del jurado permanecerá en reserva hasta la promulgación del ganador.

17.La decisión del jurado será inapelable y será anunciada en la prensa nacional en octubre de 2020.

18.E1 jurado podrá declarar desierto el premio.

19.E1 premio seráúnico e indivisible y consistirá en la publicación de la obra en la colección El Barco de Vapor, de SM. El autor premiado cederá en exclusiva los derechos de edición en el contrato que de común acuerdo firmará con SM. El autor premiado recibirá por parte de la Fundación SM la suma de veinte millones de pesos colombianos ($20.000.000) como anticipo a sus derechos de autor.

20.SM tendrá opción preferente para adquirir los derechos de publicación de las obras finalistas que el jurado recomiende durante un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la divulgación del ganador. Sin perjuicio de lo anterior, SM podrá establecer contacto con cualquiera de los autores participantes, aun cuando hubiere transcurrido el plazo antes mencionado.

21.La presentación de los originales para concursar en el Premio supone la aceptación expresa de las condiciones aquí establecidas. Todos los casos no previstos en las condiciones de esta convocatoria serán resueltos directamente por SM.

 

Fuente: www.ediciones-sm.com.co

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XIII PREMIO DE MICRORRELATOS MANUEL J. PELÁEZ


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XIII PREMIO DE MICRORRELATOS MANUEL J. PELÁEZ (España)

14:02:2025

Género:  microrrelato

Premio:   1.200 euros

Abierto a:    sin restrcciones

Entidad convocante: Colectivo Manuel J. Peláez 

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

Fecha de cierre: 14:02:2025

 

BASES

XIII PREMIO DE MICRORRELATOS MANUEL J. PELÁEZ

Zafra, 2025

1.- Podrá participar cualquier persona, presentando un único microrrelato, original e inédito. Se enviará una sola vez.

2.- El texto será de tema libre, escrito en castellano y con una extensión mínima de 9 palabras y una extensión máxima de 186, incluyendo las del título.

3.- Para participar en la XIII edición del Premio de Microrrelatos Manuel J. Peláez cada aspirante deberá cumplimentar el formulario https://forms.gle/XcJLcdj5sLmq6fbW7 (Google Chrome) y seguir las indicaciones que encontrará en él.

La recepción de textos comienza el 1 de enero y termina el día 14 de febrero de 2025 a las 23:59 horas (Madrid).

4.- Se abstendrán de participar quienes hayan ganado este premio en alguna de las 5 últimas ediciones (2020-2024)

5.- Habrá un único premio en metálico de 1.200,00 euros (mil doscientos euros), cantidad sobre la que se practicarán las retenciones obligatorias vigentes en el momento de su entrega a la persona ganadora.

Además del premio en metálico, el texto ganador será publicado, junto a los considerados finalistas, en una antología. Las autoras y los autores que van a aparecer en la antología ceden, sin exclusividad, el derecho para la publicación de los textos en cualquier formato.

6.- El jurado, cuya presidenta será María del Carmen Rodríguez del Río, estará compuesto por siete miembros. El fallo, que se hará público el 2 de mayo de 2025 en las redes sociales del CMJP, será inapelable.

7.- El premio será entregado durante el fin de semana del 15 de junio de 2025, en acto público que se celebrará en Zafra (Badajoz). La persona ganadora deberá asistir para hacerse acreedora al premio.

8.- Cualquier incidencia no prevista en las bases será resuelta por el jurado.

9.- La participación supone la aceptación de todas las bases.

 

 

 

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XIII PREMIO DE MICRORRELATOS DE LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID (España)


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XIII PREMIO DE MICRORRELATOS DE LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID (España)

30:06:2021

Género:  Microrrelato

Premio:   1.000 € y diploma acreditativo

Abierto a:  mayor de 15 años, sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  Red de Bibliotecas Públicas Municipales del Ayuntamiento de Madrid

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:06:2021

 

BASES

CONVOCATORIA DE LA XIII EDICIÓN DEL PREMIO DE MICRORRELATOS DE LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

1.- OBJETO Y FINALIDAD   www.escritores.org

1.1. El Premio de Microrrelatos de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales tiene como objetivo impulsar la creatividad dentro de este género literario mediante la selección, de entre los textos presentados, aquellos que el jurado considere los más sobresalientes.

Las obras serán originales e inéditas, y deberán estar concluidas a la fecha de publicación de esta convocatoria. No se podrán presentar microrrelatos que hayan sido premiados anteriormente, individualmente o en el marco de una publicación que los incluya, ni tampoco aquellos en los que existe un compromiso de edición por parte de una editorial.

Tampoco podrán presentarse obras que están pendientes de fallo en cualquier otro concurso en el momento de presentar la solicitud. Además, el solicitante adquiere el compromiso de no presentar el mismo texto a otros concursos hasta que este Premio haya sido fallado. Los premios del concurso podrán quedar desiertos si el Jurado estima que ninguna obra se ajusta a las exigencias del certamen.

1.2. El tema de esta XIII edición, denominada "Madrid kilómetro cero", son los viajes. El jurado podrá determinar que quedan excluidos del concurso todos aquellos microrrelatos que no tenga una relación directa con este tema.

1.3. Podrá participar cualquier persona mayor de 15 años, con independencia de su nacionalidad y lugar de residencia, siempre que sea la autora del texto presentado. Las obras deberán estar escritas en lengua castellana, contar con un máximo de 100 palabras más un título que no exceda de las 10.

1.4. Cada autor/a podrá presentar una sola obra. Los premios no podrán ser divididos ni tampoco concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si la escritora o el escritor falleciera después del fallo del jurado.

2.- OBRAS EXCLUIDAS

Estará excluida cualquiera obra que no cumpla con los requisitos establecidos en el apartado anterior o que no haya sido presentada dentro del plazo de solicitud.

3.- DOTACIÓN ECONÓMICA

La dotación económica del Premio es de 2.000 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 2021/001/130/332.10/482.03 "Premios".

La concesión del premio estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

4.- PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.

La publicidad de la convocatoria se realizará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica. La publicidad de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

También se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para mejorar su difusión; en particular, a través de la propia Red de Bibliotecas Municipales.

5.- PLAZO DE PRESENTACIÓN.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 1 al 30 de junio salvo que la convocatoria se apruebe en una fecha posterior al 31 de mayo, en cuyo caso se abrirá un plazo de veintidós días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

6. FORMA DE PRESENTACIÓN.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas según el modelo que se adjunta a la presente convocatoria y que se obtendrá a través de la sede electrónica (sede.madrid.es), se dirigirán al Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid y se presentarán, junto con el resto de la documentación exigida, por algunas de las siguientes dos vías:

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, sede.madrid.es. En ese caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

b) Presencialmente, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. En este caso, las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos - Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte – Calle Conde Duque 9-11 - 28015 Madrid.

A fin de garantizar el anonimato de los participantes ante el jurado, el documento con el texto del microrrelato que ha de adjuntarse a la solicitud vendrá firmado con pseudónimo.

7.- DOCUMENTACIÓN

La solicitud constará de los datos personales identificativos del autor/a y el propio texto a presentar.

8.- ÓRGANOS COMPETENTES

El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento es la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

La aprobación de la convocatoria es competencia de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en tanto que la autorización y disposición del gasto corresponde a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos, en virtud de las facultades que le han sido delegadas por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid por acuerdo de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

Cualquier hecho no previsto en lo redactado en esta convocatoria o duda sobre la interpretación de las mismas será resuelto según el criterio del Jurado.

9.- FIRMA DE LA SOLICITUD

9.1. La presentación de la solicitud conllevará la firma de una declaración responsable por la que el solicitante manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos que establece el apartado 1 de la convocatoria, así como el compromiso de mantener dichos requisitos durante todo el tiempo inherente al reconocimiento del derecho.

9.2. La solicitud también implicará la firma de una declaración responsable de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. De conformidad con lo previsto en el artículo 24.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, tratándose de un importe que no supera los
3.000 euros, esta declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones previstas en los artículos 22.2 y
22.3 de dicho Reglamento.

9.3. Los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español, deberán incluir una declaración responsable en la que manifiesten que no tienen obligaciones tributarias ni con la Seguridad Social española, por tributar en otro estado.

9.4. Igualmente, la solicitud incluirá la declaración por parte del/de la solicitante de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en su caso, estar al corriente de pago o no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones.

9.5. La existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá comportar, en función de su importancia, la inadmisión de la solicitud de la subvención, sin perjuicio de las restantes responsabilidades que pudieran derivarse.

10.- SUBSANACIÓN DE DEFECTOS

10.1. Si el escrito de solicitud no reuniera los requisitos exigidos en esta convocatoria o no aportase correctamente la documentación a que se refiere el apartado anterior, se requerirá al solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Terminado el plazo de subsanación, el órgano instructor verificará si se acredita el cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiario/a y, entre ellos, que no se incurra en las prohibiciones del artículo 13.2 y
13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

10.2. A fin de garantizar que todos los participantes elaboran su obra en igualdad de condiciones, no se permitirá la subsanación de defectos en el contenido del microrrelato. Las solicitudes que se presenten sin incluir el microrrelato o que, aun incluyéndolo, su lectura resulte ilegible por cuestiones técnicas no imputables al ayuntamiento, quedarán también excluidas.

11.- JURADO

11.1. El fallo del premio corresponderá a un jurado que será designado por la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y que estará formado por personal de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos y, mayoritariamente, por personal de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales.

• Presidencia: Jefa de Servicio de Bibliotecas Públicas, o persona en que delegue.
• Vocalías: en función del número de solicitudes presentadas, la Delegada del Área de Gobierno podrá nombrar de 7 a 15 vocales.
• Secretaría: un funcionario sin voz ni voto.

Asimismo, en función del número de obras presentadas, el jurado podrá organizarse en comités de lectura previos que emitirán sus correspondientes informes de evaluación previa para su consideración por parte del Jurado. Estos comités de lectura garantizarán que cada microrrelato sea leído por, al menos, dos jurados distintos.

11.2. Las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría. En el momento de las votaciones solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, bien de forma presencial bien virtual en caso de celebrarse por medios electrónicos. No se admitirá la delegación de voto.

11.3. En el momento del fallo se procederá a la apertura de la plica para comprobar la identidad del autor/a de la obra ganadora.

12.- PREMIOS

12.1. Se establecen los siguientes premios:

- Primer premio: diploma acreditativo y 1.000 euros
- Segundo premio: diploma acreditativo y 600 euros
- Tercer premio: diploma acreditativo y 400 euros

12.2. Adicionalmente, si la calidad de la obra lo merece y el jurado lo considera oportuno, se podrán otorgar hasta diez accésits honoríficos.

13.- CONCESIÓN DEL PREMIO

Finalizada la fase de instrucción por parte de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos, y una vez reunido el jurado, este emitirá su fallo, reflejándose en el acta que al efecto se suscriba.

El órgano instructor, a la vista del fallo contenido en la citada acta, formulará propuesta de resolución definitiva, que tendrá naturaleza definitiva, de acuerdo con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, pues en el procedimiento no se tendrán en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados a través de sus solicitudes. Esta propuesta no creará derecho alguno a favor de los ganadores frente a la Administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión.

La propuesta se notificará a los ganadores para que, en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a aquél en que reciba la notificación, comunique su aceptación del premio propuesto, así como para la aportación de la siguiente documentación:

- Aceptación o renuncia del premio concedido.
- Impreso T, alta de pago por transferencia, debidamente cumplimentado (dicho impreso deberá venir sellado por la correspondiente entidad bancaria) en caso de no tener de alta en el Ayuntamiento de Madrid ninguna cuenta para el pago del premio. En el caso de estar de alta en alguna cuenta del Ayuntamiento de Madrid, deberá presentarse un escrito solicitando el ingreso de la subvención en la correspondiente cuenta.

En caso de que hayan transcurrido más de seis meses de la presentación de la solicitud, deberán también presentar:
- Declaración responsable de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. De conformidad con lo previsto en el artículo 24.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, tratándose de un importe que no supera los
3.000 euros, esta declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones previstas en los artículos 22.2 y 22.3 de dicho Reglamento.

Aportada la documentación correspondiente por el ganador, el órgano instructor remitirá el expediente a la Intervención Delegada para su fiscalización. El expediente de concesión de los premios contendrá el informe del órgano instructor en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que la persona beneficiaria cumple todos los requisitos necesarios para acceder al mismo.

Una vez fiscalizado de conformidad, la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte resolverá el procedimiento en los términos previstos en el artículo 25 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

14.- PUBLICACIÓN Y ENTREGA

14.1. El fallo del premio se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. De conformidad con el artículo
45.b de la Ley 39/2015, esta publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Dicha resolución definitiva será publicada igualmente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

14.2. El Ayuntamiento de Madrid, podrá, a través de la Red de Bibliotecas Municipales, difundir el Premio, tratándolo de hacer coincidir con el Día de las Bibliotecas (24 de octubre) o una fecha cercana, así como organizar un acto de entrega del mismo. En su defecto, la entrega de los diplomas acreditativos se entregará presencialmente en las oficinas de la Subdirección General de Bibliotecas y Archivos, sitas en la calle del Conde Duque 9-11 de Madrid, salvo excepciones debidamente justificadas.

15.- PROPIEDAD INTELECTUAL

15.1. El/la autor/a se compromete con la presentación de la obra a garantizar su autoría y originalidad. Los participantes serán responsables de las reclamaciones que se pudieran producir por perjuicios a terceros.

15.2. La concesión del premio no implicará en ningún caso cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de los ganadores, si bien el Ayuntamiento podrá difundir la obra a través de las redes sociales o los medios que considere oportuno.

16.- RECURSOS

16.1. La concesión del premio pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabrá interponer, en el plazo de dos meses desde la publicación de la concesión, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la concesión

16.2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el último día de presentación de solicitudes, de conformidad con lo previsto en artículo 28.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013-

A tenor de lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, transcurrido un plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria sin que haya recaído resolución expresa de la misma, se podrá entender desestimada por silencio administrativo.

17.- ABONO DEL PREMIO

El premio será abonado a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por la persona beneficiaria. El importe estará sujeto a la retención correspondiente de IRPF, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

18.- RÉGIMEN JURÍDICO

La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley; la

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013; y, finalmente, en todos aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 40/2015, de 1 de octubre o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.

 

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XIII PREMIO DE NOVELA CORTA ENCINA DE PLATA (España)

08:03:2019

Género: Novela

Premio:  6.000 € y edición

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   08:03:2019

 

BASES

 

La Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de NAVALMORAL DE LA MATA convoca:

XIII PREMIO DE NOVELA CORTA ENCINA DE PLATA

BASES

Primera

Podrán participar escritores, cualquiera que sea su nacionalidad, con obras escritas en castellano.

Segunda

Los originales serán inéditos y no deben haber sido premiados con anterioridad ni estar pendientes de fallo en cualquier otro concurso literario.

Tercera

Se establece un premio de Novela Corta, dotado con 6.000€ y su publicación, para obras de tema libre, con una extensión mínima de 75 folios y máxima de 100.

Cuarta

Los originales deberán presentarse mecanografiados a doble espacio y por una sola cara, en tamaño din A-4 (210x297 mm), con los cuatro márgenes a 2,5 cm. y deberán utilizar los tipos de letra Times o Arial, con un tamaño de 12 puntos. Se presentarán cuatro ejemplares debidamente encuadernados.

Quinta

Las obras no podrán estar firmadas, llevarán un lema o seudónimo que habrá de figurar en el exterior de la plica que se adjuntará, donde constarán los datos personales del autor, así como una pequeña reseña biográfica y una declaración jurada del carácter original e inédito de la obra, garantizando así que la misma no se halla pendiente de fallo en ningún otro Premio y que el autor tiene la libre disposición de todos lo derechos de explotación sobre la obra en cualquier forma y en sus diferentes modalidades.

Sexta

Las obras se enviarán al Ayuntamiento de Navalmoral, Concejalía de Cultura, Plaza de Rafael Medina, s/n., 10300 Navalmoral de la Mata, Cáceres, haciendo constar en el exterior del sobre XIII PREMIO ENCINA DE PLATA.

Séptima

El plazo de presentación finalizará el día 8 de Marzo de 2019 a las 14:00 horas.

Octava

Un comité de lectura, integrado por personas cualificadas, determinará los originales que habrán de pasar a la final del premio y que serán entregados a los miembros del Jurado. Los títulos de las obras finalistas, se harán públicos a través de los medios de comunicación, antes de la fecha del fallo final.

Novena

El Jurado estará compuesto por personas de reconocida solvencia en el campo de las letras y se dará a conocer oportunamente.

Décima

No podrán participar quienes hayan resultado ganadores en los últimos cinco años, así como aquellas personas que de alguna forma hayan estado vinculadas a la Organización de este certamen durante el mismo periodo de tiempo.

Decimoprimera

El fallo del jurado será inapelable y se dará a conocer el viernes, 7 de Junio de 2019.

Decimosegunda

Los finalistas están obligados a asistir a dicho acto, o nombrar un representante. La no asistencia implica la renuncia al premio. El Ayuntamiento de Navalmoral asumirá los gastos derivados del alojamiento.

Decimotercera

El premio podrá ser declarado desierto pero no compartido.

Decimocuarta

La obra premiada se publicará bajo el patrocinio del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata a cargo de una editorial de prestigio, con una tirada no inferior a 500 ejemplares, entendiéndose el premio como anticipo de los derechos de autor de la primera edición de la obra.

Decimoquinta

Una vez adjudicado el premio, los autores no premiados podrán retirar los originales en la Casa de Cultura de Navalmoral de la Mata en el plazo de un mes a partir de la fecha de la concesión de los premios. El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata no asumirá responsabilidades por pérdidas o deterioros. Los ejemplares no retirados en ese plazo serán destruidos.
www.escritores.org
Decimosexta

La participación en el concurso comporta la aceptación de las presentes bases, dejando a criterio del jurado cualquier aspecto que no estuviera especificado en ellas, y cuya resolución será inapelable.


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