Concursos Literarios

 

 

 

X CERTAMEN DE RELATOS CORTOS SOBRE DERECHOS HUMANOS AMNISTÍA INTERNACIONAL ANDALUCÍA (España)


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X CERTAMEN DE RELATOS CORTOS SOBRE DERECHOS HUMANOS AMNISTÍA INTERNACIONAL ANDALUCÍA (España)

31:08:2024

Género:  Relato

Premio:  Placa conmemorativa y publicación

Abierto a:  mayores de 18 años, residentes en España

Entidad convocante:  Amnistía Internacional Andalucía

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:08:2024

 

BASES

 

 

"Libertad sexual y género"

Premio: Placa conmemorativa

OBJETIVO DEL CONCURSO:

Amnistía Internacional Andalucía, en su deseo de promover y apoyar la defensa de la justicia y la libertad, así como incentivar el entusiasmo y coraje que logre construir un mundo en el cual se llegue a entender que los derechos humanos están por encima de todo, convoca este certamen que se regirá por las siguientes.

1. BASES:

1-1. - PARTICIPANTES: Podrán participar todos los escritores/as que lo deseen, mayores de 18 años que residan en España.

1-2. - TEMÁTICA: Los trabajos presentados serán originales e inéditos escritos en lengua castellana. Serán trabajos que no hayan sido publicados ni estén pendientes de publicación, que no hayan sido premiados en otros concursos ni estén sujetos a derechos que sustenten terceros. El tema deberá estar relacionado con cualquiera de los Derechos Humanos que aparecen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

2.- FORMATO, CARACTERÍSTICAS Y FORMA DE PRESENTACIÓN: Únicamente podrá presentarse una obra por autor o autora.

Los relatos tendrán obligatoriamente una extensión mínima de 3 folios y máxima de 5 (en tamaño DIN A-4).

Se presentarán en PDF con letra de cuerpo 12 y tipo Times New Roman, con un espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

Todas las páginas estarán debidamente numeradas. La participación será, obligatoriamente, con el sistema de plica. Los autores enviarán dos archivos:
1. El primero será el de la obra y seudónimo.
2. El segundo archivo será la plica. En el mismo se indicará: título de la obra, seudónimo, nombre y apellidos del autor, dirección, teléfono, usuario en redes sociales (“X” e Instagram) y por último el email de contacto.
3. La forma de presentación será mediante correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando en el asunto su participación en el
“X Certamen de relatos cortos sobre Derechos Humanos, Libertad sexual y género”.

3.- DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD DE LAS OBRAS: Los/as autores/as asumen la responsabilidad en cuanto a la autoría y originalidad de las obras que se envíen. Los participantes se responsabilizan totalmente de que no existan derechos de terceros sobre las obras presentadas.

El relato premiado se publicará en la web de Amnistía Internacional Andalucía y podrá formar parte de la publicación en papel de futuras antologías de relatos ganadores del certamen, con el derecho a comunicar la obra al público por cualquier medio o procedimiento, incluyendo, sin limitación, la televisión, la radio, Internet y la proyección pública.

Amnistía Internacional se compromete a mencionar el nombre del participante como autor de la obra en toda explotación de esta, y a respetar los derechos morales del participante sobre la obra.

Amnistía Internacional sólo conservará en su fondo fotográfico las copias premiadas.

4.- PLAZOS: Plazo de presentación: los trabajos deberán enviarse hasta las 24 horas del día 31 de agosto de 2024, inclusive.

5.- JURADO Y PREMIO: El premio podrá ser declarado desierto si el jurado, cuya decisión será inapelable, considerase que ninguna de las obras presentadas reúne la debida calidad.

La composición del jurado se trata del equipo de medios de comunicación de Amnistía Andalucía, y otros colaboradores expertos en literatura respectivamente, el veredicto será comunicado al ganador/a primeramente por teléfono.www.escritores.org

La decisión del Jurado se publicará también en la página web de Amnistía Internacional Andalucía, y en las redes sociales de la misma “X” @AiAndalucia e Instagram Amnistía_Andalucía.

La entrega oficial del premio tendrá lugar en torno al 5 de octubre de 2024 en un acto público, en la ciudad de Málaga, el ganador o ganadora deberá asistir al evento.

6.- ACEPTACIÓN BASES: La participación a este concurso supone, por parte del autor/a, la completa aceptación de estas bases.

 

Fuente

 

 
 

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CONVOCATORIA LITERARIA ANUAL FER 2024 (Argentina)


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CONVOCATORIA LITERARIA ANUAL FER 2024 (Argentina)

07:07:2024

Género:  Poesía, cuento, novela, ensayo, infantil y juvenil

Premio:  Edición

Abierto a:  mayores de 18 años, argentinas, nativas, extranjeras o naturalizadas residentes en la provincia de Río Negro

Entidad convocante:  Fondo Editorial Rionegrino (FER)

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  07:07:2024

 

BASES

 

 

El Fondo Editorial Rionegrino (FER), dependiente de la Secretaría de Cultura de Río Negro, invita a autoras/es e ilustradoras/es de la provincia a participar de la “Convocatoria Literaria Anual 2024 FER”, la cual incluye los géneros Poesía, Narrativa (cuento y novela), Ensayo/investigación y Libros para infancias y adolescencias.

Plazo de inscripción: del lunes 17 de junio al domingo 7 de julio de 2024, inclusive.

BASES Y CONDICIONES

1. CARÁCTER DE LA CONVOCATORIA.

La presente convocatoria es abierta, pública y gratuita.

2. DESTINATARIOS/AS.

2.1. Podrán participar todas las personas mayores de 18 años, argentinas, nativas, extranjeras o naturalizadas residentes en la provincia de Río Negro que acrediten una residencia no inferior a los cuatro (4) años en el territorio rionegrino.

2.2. Los datos aportados por los/as participantes deberán ser absolutamente veraces, responsabilizándose por ellos ante la Secretaría de Cultura de Río Negro. A tal efecto, el formulario a completar para la participación tendrá carácter de declaración jurada.

2.3. No podrán participar en esta Convocatoria los/as funcionarios/as o empleados/as de la Secretaría de Cultura de Río Negro, ni sus familiares directos. Tampoco podrán hacerlo los/as integrantes del jurado, los/as titulares de cargos electivos provinciales o municipales, ni quienes son integrantes del equipo de trabajo o del Consejo Asesor del FER. Tampoco podrán participar de esta convocatoria los/as autores/as y los/as ilustradores/as que hayan sido publicados/as por el FER en los últimos cuatro (4) años.

3. SOBRE LAS OBRAS.

3.1. Las obras a postular deberán ser inéditas y originales, sin ser copia total o parcial de escritos existentes; y no deben haber sido premiadas anteriormente ni hallarse pendientes de fallos en cualquier otra instancia (concursos, convocatorias, premios, etc.).

El/la autor/a y/o ilustrador/a asegura ser titular en pleno dominio del contenido íntegro de la obra y de todos los derechos de explotación necesarios y habilitantes para suscribir estas bases y condiciones.

3.2. Forma. En todos los casos y géneros, las obras deben presentarse aplicando:
- Página tamaño A4.
- Tipografía: Arial. Tamaño: 12.
- Interlineado: Doble.
- Formato: PDF.
- Extensión: ver especificidades indicadas para cada género.

3.3. No serán admitidas obras que puedan resultar ofensivas y/o atentatorias y/o vulneratorias de los derechos humanos; induzcan, inciten o promuevan cualquier tipo de descalificación social, actuación denigrante y/o apología de la violencia ilícita en cualquiera de sus formas.

4. INSCRIPCIÓN.

4.1. Los/as interesados/as en postular sus obras deberán inscribirse a través de un formulario on line dispuesto para tal fin y cuyo acceso estará disponible en los sitios web de la Secretaría de Cultura de Río Negro y del FER (fer.rionegro.gov.ar/ - desarrollohumano.rionegro.gov.ar/cultura ). No se recibirán inscripciones por ninguna otra vía.

4.2. Cada autor/a deberá ingresar al formulario y completar:
- DATOS PERSONALES: Nombre y apellido del/la autor/a, Nº de DNI, Domicilio, Dir. de correo electrónico, N° de teléfono, Constancia de residencia en la provincia.
- DATOS DE LA OBRA: Título, género, seudónimo.
- ARCHIVO DE LA OBRA:

El formulario tendrá un campo en el que se deberá cargar el archivo conteniendo la obra a postular.

El archivo deberá cumplir todos los requisitos descriptos en el punto 3 de las presentes bases y los correspondientes a cada género.

El nombre del archivo deberá contener los siguientes datos: TÍTULO DE LA OBRA – SEUDÓNIMO.

IMPORTANTE: En todos los casos la obra deberá inscribirse/presentarse FIRMADA CON SEUDÓNIMO. El nombre real del/la autor/a no puede figurar en ningún modo dentro del archivo a presentar: ni en el cuerpo o título del texto ni en la nominación del archivo. NO serán admitidos los trabajos que no cumplan con estas características.

4.3. Cada autor/a podrá participar con una sola obra y optar por un solo género de la convocatoria. El mismo criterio rige para los/as ilustradores/as.

4.4. El plazo para las postulaciones de obra será desde el lunes 17 de junio hasta el domingo 7 de julio de 2024.

4.5. La publicación de los resultados de la presente convocatoria se realizará en el transcurso del agosto de 2024. La información se difundirá a través de los canales de comunicación del Ministerio de Desarrollo Humano, Deportes y Cultura, de la Secretaría de Cultura y del FER.

5. JURADO.

El jurado de cada categoría/género estará integrado por un mínimo de dos (2) autores/as y/o académicos/as y/o referentes literarios/as de reconocida trayectoria provincial, regional o nacional.

6. GÉNEROS.

Podrán postularse obras contempladas dentro de los géneros mencionados a continuación, respetando lo estipulado para cada caso:

6.1. Género POESÍA.

La obra podrá estar conformada por un poema único o varios, con una extensión mínima de cincuenta (50) páginas y máxima de ciento cincuenta (150) páginas.

6.2. Género NARRATIVA.

6.2.1. Cuento: La obra deberá estar conformada por tres (3) o más cuentos, sin un máximo establecido, que en su conjunto completen una extensión mínima de setenta y cinco (75) páginas y máxima de ciento cincuenta (150) páginas.

6.2.2. Novela: La obra deberá tener una extensión mínima de setenta y cinco (75) páginas y máxima de doscientas (200) páginas.

En ambos casos, el contenido o temática es de libre elección.

6.4. Género ENSAYO/INVESTIGACIÓN. Campo social y/o cultural

Podrán participar obras que aborden temas/problemáticas del campo social y/o cultural desde una perspectiva que promueva el análisis y la reflexión crítica.

La extensión mínima deberá ser de setenta y cinco (75) páginas, y la máxima de ciento cincuenta (150) páginas.

En caso de trabajos surgidos de investigaciones académicas, los textos a presentar deberán tener carácter de material de divulgación, es decir, ser accesibles -en forma, contenido, terminología, etc.- al público general no especializado.

6.5. Género LIBROS PARA INFANCIAS y/o ADOLESCENCIAS.

Podrán presentarse obras en narrativa o poesía destinadas a niños/niñas y/o adolescentes, en alguno de los siguientes formatos:

6.5.1. Obras de texto. La extensión mínima será de cuarenta (40) páginas y la máxima de ochenta (80) páginas.

6.5.2. Texto ilustrado (ilustraciones separadas del texto). La extensión mínima, contemplando tanto texto como imágenes, deberá ser de diez (10) páginas, y la máxima de cuarenta (40) páginas.

El archivo a presentar (vía formulario) deberá contener tanto el texto como las imágenes.

6.5.3. Libro álbum (ilustraciones y texto interrelacionados). La extensión mínima, contemplando tanto texto como imágenes, deberá ser de diez (10) páginas, y la máxima de cuarenta (40) páginas. El archivo a presentar (vía formulario) deberá constar de una maqueta similar a la pensada para el libro.

Aclaración: en función de lo recién descripto sobre los formatos contemplados en la categoría Libros para infancias y adolescencias se aclara que para ésta no aplica necesariamente lo establecido para los restantes géneros en el punto 3.2 de las presentes bases (ref. tipografía, tamaño de página, interlineado, etc).

*IMPORTANTE: tanto los/as autores/as de texto como los/as autores/as de imágenes (ilustradores/as) deben cumplir los requisitos detallados en los Artículos 2 y 3 de las presentes bases.

7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

El jurado valorará la creatividad, originalidad, calidad literaria y pertinencia de los trabajos presentados en su forma/contenido. En caso de no encontrar obra meritoria, el jurado tendrá la facultad de declarar DESIERTA la categoría/género.

8. RECONOCIMIENTOS.

El jurado de cada categoría podrá otorgar los siguientes reconocimientos:
- 1er Premio. Este reconocimiento consta de la publicación de la obra seleccionada.
- 2° Premio. Este reconocimiento consta de la publicación de la obra seleccionada.
- Recomendación de edición. Este reconocimiento es una sugerencia por parte del jurado al Fondo Editorial Rionegrino, que oportunamente podrá ponerla en consideración, sin que ello implique obligación de publicar la obra recomendada.
- Menciones especiales. Estos reconocimientos pueden destacar el valor de una o más obras, en todos o alguno de sus aspectos. En ningún caso significan compromiso de publicación.

Toda edición se realizará conforme lo establecen las normas en vigencia, celebrando un contrato de edición con cada autor/a y dándose lugar a sugerencias sobre el texto original realizadas desde el FER y/o por correctores/as convocados/as específicamente (correcciones ortográficas, sintácticas, semánticas, gramaticales, de estilo y/o literarias, según corresponda).

9. DERECHOS DE AUTOR/A.

Las disposiciones legales vigentes en materia de derecho de autor/a deberán ser respetadas por los/as participantes, dejando aceptadas las normas pertinentes con su envío. Los/as autores/as se hacen completamente responsables del cumplimiento de esta cláusula.

El/la autor/a responde por la autoría y originalidad de la obra, siendo único/a responsable de todas las cargas impositivas y obligaciones que pudieran derivarse, y de acciones, reclamaciones o conflictos derivados del incumplimiento de esta obligación, asumiendo la garantía de evicción.

10. DIFUSIÓN.

La difusión de las Bases y condiciones de participación y toda otra información referida a la “Convocatoria Literaria Anual 2024 - FER” será realizada por la Secretaría de Cultura de Río Negro y el FER, en sus sitios web (fer.rionegro.gov.ar/ - desarrollohumano.rionegro.gov.ar/cultura ) y demás canales utilizados usualmente por esos organismos.

Todas las comunicaciones oficiales sobre la “Convocatoria Literaria Anual FER – 2024” se realizarán vía correo electrónico desde la dirección del Fondo Editorial Rionegrino: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

11. Situaciones no previstas

Todo asunto o circunstancia no prevista en las presentes bases será analizada y resuelta por el Jurado y/o por las autoridades del Fondo Editorial Rionegrino y/o autoridades de la Secretaría de Cultura de Río Negro, según corresponda.www.escritores.org

12. Términos y condiciones

Los/as autores/as aceptan las bases y condiciones que rigen la presente Convocatoria por el sólo hecho de su participación, y se responsabilizan de todo y cuanto aquí queda expresado.

 

Formulario de inscripcion: bit.ly/convocatoria_FER_2024

 

 
 

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XVI PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2024 (España)


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XVI PREMIO LITERARIO BIZKAIDATZ "ESTA HISTORIA LA ESCRIBES TÚ" 2024 (España)

06:09:2024

Género:  Relato

Premio:  2.000 €, diploma acreditativo y publicación

Abierto a:  mayores de 16 años, nacidos, o empadronados, o haber estado empadronadas al menos 1 año, en el Territorio Histórico de Bizkaia

Entidad convocante:  Diputación Foral de Bizkaia

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  06:09:2024

 

BASES

 

 

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Base 1.—Objeto del concurso literario

1. El objeto del presente concurso literario consiste en la presentación por las personas participantes de relatos literarios que continúen con alguna de las dos historias de inicio propuestas por un escritor o una escritora actual, que se adapten al comienzo elegido, a sus personajes y a las situaciones que se plantean en los mismos.
Un tribunal constituido al efecto valorará los trabajos presentados y propondrá los relatos ganadores, a los cuales se les otorgará un premio económico y diploma acreditativo.

2. En la presente convocatoria las historias de inicio de los relatos que deberán seguir las personas participantes son los siguientes:
a) En la modalidad de euskera, la historia de inicio del relato titulado «Egizu Match» de la escritora Elena Fernández Alonso.
b) En la modalidad de castellano, la historia de inicio del relato titulado «Los Preparadores» del escritor Gonzalo Arranz Ayala.
Ambas historias de inicio de los relatos literarios estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia y en la página web de la Biblioteca Foral de Bizkaia:
— bizkaia.eus/es/inicio
— bizkaia.eus/foruliburutegia

3. Las personas participantes en el concurso podrán presentarse indistintamente en ambas modalidades lingüísticas, euskera y/o castellano, y presentar más de un relato literario en la modalidad o las modalidades lingüísticas en que opte por participar.
Si opta por presentarse en la modalidad de euskera, deberá escribir su obra o sus obras en euskera, dando continuidad al inicio de relato titulado «Egizu Match».
Si opta por presentarse en la modalidad de castellano, deberá escribir su obra o sus obras en castellano, dando continuidad al inicio de relato titulado «Los Preparadores».
Si el tribunal calificador encargado de valorar los relatos literarios participantes en la presente edición del concurso lo estimase oportuno, una misma persona participante podría ser propuesta como ganador o ganadora en ambas modalidades lingüísticas.

4. Atendiendo al fin al que se dirige y da cumplimiento la convocatoria anual de este premio literario, en concreto, dar impulso y promocionar el talento y creación literaria de vizcaínos y vizcaínas, los relatos literarios que se presenten al concurso por las personas participantes deberán ser trabajos originales, de creación propia e individuales, y no publicados ni total, ni parcialmente, quedando totalmente prohibida para su creación la utilización de herramientas de inteligencia artificial o tecnologías similares.

5. Los relatos tendrán una extensión mínima de 12 páginas o caras y máxima de 15, escritos en fuente de letra «Times» o «Arial», en hojas DINA4, cuerpo 12, a doble interlineado, con un mínimo de 24 líneas y máximo de 32 líneas por página y un mínimo de 70 caracteres por línea, salvo las excepciones lógicas derivadas de la aplicación de algunos signos ortográficos.

6. Los relatos presentados a este concurso están obligados a respetar la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y demás disposiciones legales vigentes.

7. Las personas participantes deberán respetar y cumplir las presentes bases reguladoras del concurso íntegramente. El incumplimiento de alguna de las bases dará lugar a la desestimación de la solicitud o las solicitudes presentadas.

Base 2.—Personas beneficiarias

1. Podrán presentarse al concurso literario aquellas personas físicas autoras que lo deseen mayores de 16 años, siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral. Se deberán tener 16 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Además, las personas autoras participantes habrán de cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos: haber nacido en el Territorio Histórico de Bizkaia o estar empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la publicación de este decreto foral, o haber estado empadronadas durante un periodo mínimo de un año en el Territorio Histórico de Bizkaia con anterioridad a la publicación de este decreto foral.

3. La persona ganadora del primer premio en cualquiera de las dos ediciones inmediatamente anteriores a la actual convocatoria únicamente podrá participar en la presente convocatoria del XVI BizkaIdatz 2024 en la modalidad (euskera o castellano) en que no hubiera sido premiada.

4. Quedarán excluidas de la convocatoria regulada por el presente decreto, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, aquellas personas sancionadas en firme en vía administrativa, laboral o penal por vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, así como quienes incumplan las obligaciones establecidas en el Título III del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres, o en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres o en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

TÍTULO II

RÉGIMEN JURÍDICO

Base 3.—Normativa aplicable

Para todos aquellos aspectos no previstos en el presente decreto foral serán aplicables la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral; el Reglamento de Subvenciones aprobado por el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica; el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Base 4.—Infracciones y sanciones

En lo referente a infracciones y sanciones se aplicará lo establecido en el Título IV de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, y en el Título IV del Reglamento de desarrollo de la misma.

TÍTULO III

PROCEDIMIENTO

Base 5.—Lugar y plazo para la presentación de las solicitudes, junto con los relatos literarios

1. Las solicitudes, junto con los relatos literarios, podrán ser presentadas presencialmente en alguno de los siguientes lugares:
— En el Registro General – Oficina Laguntza de la Diputación Foral de Bizkaia, situada en la calle Diputación, 7, 48008 de Bilbao (planta baja del edificio de la Biblioteca Foral de Bizkaia).
La atención presencial se presta con cita previa, la cual puede ser solicitada llamando al teléfono 944 068 000 o en el apartado atención ciudadana de la siguiente página web:
• bizkaia.eus/es/inicio
— En cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (otros registros públicos y oficinas de Correos).

2. También podrán ser presentadas las solicitudes a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia:
— ebizkaia.eus/es/inicio
En el catálogo de trámites de la sede electrónica se encuentra la ficha resumen del presente decreto foral.

3. El plazo para la presentación de las solicitudes, junto con los relatos literarios, se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia», y finalizará el día 6 de septiembre de 2024, ambos incluidos.

Base 6.—Solicitudes presentadas por personas que no hayan alcanzado la mayoría de edad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de personas menores de edad deberán ser presentadas por quienes ejerzan su patria potestad u ostenten su representación legal. En el caso de que resulten ganadoras de alguno de los premios a todos los efectos serán éstas, y no las personas menores, las beneficiarias de la cantidad económica a percibir. En cualquier caso, los requisitos de las personas beneficiarias señalados en la base 2 habrán de concurrir en la persona menor de edad.
La persona menor en el tiempo de la solicitud que alcanzase la mayoría de edad antes de la tramitación del pago del premio será la beneficiaria del mismo.

Base 7.—Modelo de solicitud y documentación a acompañar a la solicitud

1. Las solicitudes presentadas a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia deberán ajustarse a los modelos oficiales de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica:
— ebizkaia.eus/es/inicio

2. En los demás casos (solicitudes presentadas en formato papel), las solicitudes se deberán presentar en el modelo oficial debidamente cumplimentado y accesible a través de la página web:
— bizkaia.eus/foruliburutegia

3. Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
— Un ejemplar del relato literario escrito por la persona participante.
El ejemplar de la obra no irá firmado, estará numerado en todas las páginas e indicará el título del relato, sin identificación del autor o autora.
— En caso de presentar la solicitud mediante representante (en todo caso, en las solicitudes en las que la persona autora del relato sea menor de edad, conforme a lo establecido en base 6), la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho.

Base 8.—Datos y documentación verificables

1. El Servicio de Patrimonio Cultural del Departamento Foral de Euskera, Cultura y Deporte, mediante los sistemas de intermediación de datos disponibles, a través del Nodo de Interoperabilidad de Bizkaia, realizará las comprobaciones y consultas pertinentes de los datos de las personas interesadas, sus representantes y, en su caso, de la persona menor de edad que alcance la mayoría de edad antes de la tramitación del pago del premio, que resulten necesarias para la tramitación administrativa del presente decreto que obren en poder de las Administraciones Públicas, salvo oposición expresa de las mismas, en cuyo caso, deberán aportarse los datos o documentos correspondientes, todo ello al amparo del artículo 28.2 de la Ley 39/2015.
Los referidos datos son:
a) Los datos de titularidad de la cuenta bancaria.
En caso de que la persona solicitante se oponga a que esta Administración compruebe dichos datos bancarios por sus propios medios, deberá aportarse ficha de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada, en el modelo oficial disponible en la sede electrónica o a través de la página web:
— bizkaia.eus/foruliburutegia
b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) Municipio de empadronamiento en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Las personas que, en la fecha de publicación de este decreto foral, no estén empadronadas en algún municipio del Territorio Histórico de Bizkaia pero que lo estuvieron con anterioridad, deberán indicar en qué municipio estuvieron empadronadas.

2. En todo caso, si por causas técnicas la interoperabilidad no fuera posible, el Servicio de Patrimonio Cultural podrá requerir datos o documentos necesarios para la tramitación.

3. Cualquier acceso a dichos datos se realizará de conformidad con lo previsto al respecto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y su normativa de desarrollo, así como, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Base 9.—Subsanación o mejora de las solicitudes

1. Si las solicitudes no se formalizaran completamente o faltara alguno de los documentos exigidos por el presente decreto foral, se requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de diez (10) días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, archivándose la misma, previa la correspondiente resolución.

2. En todo caso, el Departamento Foral de Euskera, Cultura y Deporte podrá solicitar cuanta información complementaria considere necesaria para la adecuada comprensión y evaluación de las solicitudes presentadas.

Base 10.—Procedimiento de concesión

La concesión de los premios se realizará mediante el sistema de concurrencia competitiva, esto es, mediante la constitución de un tribunal calificador que procederá a la comparación de los relatos presentados, a fin de establecer una prelación entre los mismos, atendiendo a los criterios de valoración fijados en la base 11.

Base 11.—Criterios de valoración de los relatos

1. El tribunal calificador designado a los efectos de esta convocatoria valorará las solicitudes presentadas en plazo, otorgándose los premios a aquellos relatos que, a su juicio, obtengan mayor puntuación, sobre un máximo de 10 puntos, conforme a los siguientes criterios y puntos:
a) Continuidad y unidad con el relato propuesto: hasta 4 puntos.
b) Calidad literaria: hasta 3 puntos.
c) Creatividad en el desarrollo de la historia: hasta 3 puntos.

2. El premio podrá ser declarado desierto, si ninguno de los relatos presentados reúne, según criterio del tribunal, los requisitos exigidos para su selección o si su valoración resulta insuficiente.

3. El tribunal calificador tiene potestad para excluir aquellos relatos que no respeten la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres, en la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y demás disposiciones legales vigentes.
Base 12.—Asesoramiento
El Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Bizkaia prestará el apoyo técnico o asesoría necesaria ante cualquier duda o consulta referida al presente decreto foral, a cuyos efectos se encuentra disponible en:
— bizkaia.eus/laguntzaileOndarea

Base 13.—Tribunal calificador

1. Para el análisis y la evaluación de los relatos presentados, se constituirá un tribunal calificador cuyas personas integrantes serán designadas por la diputada foral de Euskera, Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Bizkaia, mediante orden foral.
Igualmente, se cumplirá lo establecido en el artículo 44 de la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

2. El tribunal calificador, habida cuenta de los criterios para la adjudicación de los premios, presentará la propuesta de resolución a la Diputada Foral de Euskera, Cultura y Deporte, con el fin de que se dicte la resolución definitiva.

Base 14.—Resolución

1. No se prevé en esta convocatoria, a efectos de lo dispuesto por el artículo 22.4 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, la resolución, en primer lugar, a través de una propuesta de resolución provisional tras la que se conceda trámite de audiencia a las personas interesadas, puesto que no figurarán en el procedimiento ni serán tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las personas interesadas.

2. Previo a la resolución de la convocatoria, el Servicio de Patrimonio Cultural comprobará que las personas propuestas como ganadoras se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social y que no son deudoras por reintegro de subvención. Si, como consecuencia de tal comprobación, resultare que incumple cualquiera de tales obligaciones, será requerida para que en el plazo de 10 días regularice tal situación, con advertencia de que, en otro caso, su solicitud será dada por desistida, previa la correspondiente resolución.

3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses, a contar a partir de la finalización del plazo de presentación de relatos. La resolución será dictada por la diputada foral del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte, a propuesta de la resolución del Tribunal Calificador.
Si transcurrido dicho plazo no mediara resolución expresa y notificación de la misma, se entenderá que ha sido desestimada, sin perjuicio de que con posterioridad sea resuelta de forma expresa.

4. La orden foral por la que se resuelva la presente convocatoria será notificada mediante correo certificado a las personas interesadas que hayan presentado solicitud a los efectos de esta convocatoria, salvo a aquéllas que hayan presentado su solicitud a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, a quienes se les notificará mediante el sistema de comparecencia en dicha sede.
Contendrá expresa mención a que la misma agota la vía administrativa, y podrá ser recurrida por la persona interesada, interponiendo contra ella, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la diputada foral del Departamento de Euskera Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Bizkaia, en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente al de su notificación o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, contados de igual forma.

5. La relación de personas premiadas será publicada mediante anuncio en el
«Boletín Oficial de Bizkaia».

Base 15.—Premios

1. Las obras ganadoras estarán dotadas con los siguientes premios:
— Primer premio en euskera: 2.000 euros y diploma acreditativo.
— Primer premio en castellano: 2.000 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en euskera: 750 euros y diploma acreditativo.
— Segundo premio en castellano: 750 euros y diploma acreditativo.
— Tercer premio en euskera: 250 euros y diploma acreditativo.
— Tercer premio en castellano: 250 euros y diploma acreditativo.
A las cantidades económicas mencionadas en el apartado anterior se les practicarán las retenciones fiscales legalmente establecidas.

2. Las obras ganadoras, junto con las dos historias de inicio de los relatos, se publicarán en una edición al efecto, tanto en versión papel, como en versión digital, siendo la versión digital publicada en la página web de la Biblioteca Foral de Bizkaia:
— bizkaia.eus/foruliburutegia
Las personas autoras y escritoras mediante la participación en el presente premio literario autorizan la publicación y difusión de la referida edición final, sin que ello conlleve el reconocimiento de derecho alguno a una remuneración económica.

TÍTULO IV

GESTIÓN DE LOS PREMIOS

Base 16.—Entrega de los premios

Los premios se entregarán a las personas ganadoras en un acto oficial del cual se les informará oportunamente.

Base 17.—Pago de los premios

1. Si en el plazo de diez días hábiles tras la fecha de notificación de la orden foral que resuelve la presente convocatoria la persona ganadora no renuncia expresamente y por escrito al premio, se entenderá que éste queda aceptado, y el Servicio de Patrimonio Cultural procederá a tramitar su abono ante el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas, no exigiéndose para ello garantía alguna a las beneficiarias.

2. Previo al pago de cada uno de los premios, se comprobará que las personas ganadoras se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que no son deudoras por reintegro de subvención.
Si, como consecuencia de la comprobación efectuada, resulta que alguna de ellas incumple algunas de las obligaciones señaladas, será requerida para que en el plazo de 10 días regularice tal situación, con la advertencia de que, en caso contrario, perdería el derecho al cobro del premio.

Base 18.—Devolución a iniciativa de la perceptora

1. De conformidad con lo previsto por el artículo 76 del Decreto Foral 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, la persona premiada podrá proceder a la devolución voluntaria del premio concedido por la Diputación Foral de Bizkaia sin el previo requerimiento de esta última.
En este supuesto, la Diputación Foral de Bizkaia calculará los intereses de demora hasta el momento de la devolución efectiva del premio, conforme a lo dispuesto en el referido artículo 76, y según lo establecido en el artículo 34 de la Norma Foral 5/2005.

2. La devolución del premio a instancia de la propia persona premiada se deberá realizar mediante la correspondiente carta de pago que, a su requerimiento, le será tramitada en las dependencias del Servicio de Patrimonio Cultural. En dicha carta de pago se consignará el importe a devolver (principal e intereses de demora), código del modelo y motivo del ingreso haciéndose además referencia al premio a devolver.

3. Una vez practicado el ingreso del importe por la persona premiada en una entidad financiera, habrá de remitirse justificante del respectivo ingreso al Servicio de Patrimonio Cultural del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte.

Base 19.—Propiedad intelectual

La Diputación Foral de Bizkaia se reserva los derechos de explotación de las obras premiadas sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo este la única y total remuneración, dando sus autores o autoras su conformidad a dichos efectos, conforme a las siguientes condiciones:
a) Ceder sin límite temporal, ni límite territorial, los derechos de reproducción, distribución y venta de las obras premiadas, que serán objeto de publicación en la edición final a la que se hace mención en la base 15.2, mediante cualquiera de los posibles sistemas de comercialización, modalidades y soportes de edición, actuales o futuros.
Esta cesión será en exclusiva para la Diputación Foral de Bizkaia durante el plazo de los primeros cinco años siguientes a la fecha en que tenga lugar el acto oficial de entrega de premios.
b) Facultar a la Diputación Foral de Bizkaia para la realización, por sí misma o mediante convenio con el servicio editorial público o privado que ella elija, de cuantas ediciones considere oportunas y con el número de ejemplares que en cada una de ellas decida.
c) Facultar a la Diputación Foral de Bizkaia para la traducción de los relatos a otros idiomas, con los mismos derechos de explotación y uso que los relatos en la lengua original.

Base 20.—Obligaciones de las personas premiadas

1. Las personas premiadas deberán asistir personalmente, o mediante representante en caso de resultarles imposible, al acto de entrega de premios.

2. En todo material editado y en toda comparecencia pública realizada con posterioridad a la concesión, deberá hacerse constar el patrocinio de la Diputación Foral de Bizkaia; se utilizarán, para ello, obligatoriamente los elementos establecidos en la imagen corporativa de la Diputación Foral de Bizkaia, incluyendo junto al logotipo la siguiente frase literal:
«Bizkaiko Foru Aldundiak babestutako ekintza/Actividad subvencionada por la Diputación Foral de Bizkaia».

3. En todo caso, la persona premiada queda obligada al cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral y en el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, anteriormente citada.www.escritores.org

Base 21.—Reintegro

Procederá el reintegro del premio recibido y los intereses de demora correspondientes, cuando se incumpla alguna de las obligaciones establecidas en las bases anteriores o se incurra en alguna de las causas previstas en el artículo 33 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, o en su Reglamento de desarrollo.

Base 22.—Protección de datos de carácter personal

Será de aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como la restante normativa que resulte de aplicación con carácter subsidiario o supletorio.

Base 23.—Partida presupuestaria

Los premios regulados en este decreto foral, por importe total de seis mil (6.000,00) euros, se imputarán a la partida presupuestaria 0404 G/332101/46200 proyecto 2011/0033 del ejercicio 2024.
Si una vez resueltas todas las solicitudes no se alcanzara el límite presupuestario máximo, se procederá a tramitar la anulación de la autorización de gasto por el importe sobrante.

 

 
 

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CERTÁMENES CULTURALES CASA DE LEÓN 2024 (España)


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CERTÁMENES CULTURALES CASA DE LEÓN 2024 (España)

09:10:2024

Género:  Relato, poesía, infantil y juvenil

Premio:  300 € y diploma

Abierto a:  sin restricciones, categorías junior y adultos

Entidad convocante:  Casa de León en La Coruña

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  09:10:2024

 

BASES

 

 

La Casa de León en La Coruña convoca los siguientes CERTÁMENES CULTURALES 2024:
XXV de Relato Corto
XXI de Poesía,
XXV de Artes plásticas (pintura, fotografía y escultura)
IX JÚNIOR (poesía, relato corto y artes plásticas)

Los trabajos deben entregarse antes del día 10 de octubre de 2024 en la sede social de la Casa de León en La Coruña, C/. Noya, nº 50 bajo (CP 15007 A Coruña), o mandarlos por correo postal ordinario u otro medio adecuado de entrega. No se admitirán los enviados por medio de correo electrónico.

La Casa de León se reserva la facultad de cancelar la convocatoria o, en su caso, introducir cambios en las fechas de entrega de trabajos y la celebración de la QUINCENA CULTURAL, si concurren circunstancias excepcionales.

Las obras de escultura y artes plásticas se devolverán tras el veredicto final del Jurado. Las composiciones premiadas en relato corto, poesía y fotografía podrán ser publicados en los medios que la Casa de León considere oportuno.

Con el objetivo de fomentar la creatividad y participación de los menores de 18 años, la Casa de León en La Coruña convoca el octavo Certamen Júnior, especialidad única en la que los jóvenes podrán presentar, indistintamente, composiciones de poesía, relato corto o artes plásticas (pintura, escultura y fotografía).

El hecho de concurrir a estos certámenes implica la aceptación de las siguientes

BASES

I) BASES GENERALES: Los concursos estás abiertos a personas de cualquier edad. La temática es de libre elección; no obstante, se valorará que tengan conexión con las tradiciones, paisajes, historia, folclore, arquitectura, arte y cultura o cualquier relación con León o Castilla. El correo electrónico del certamen es: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

1.- No podrán participar en la misma modalidad:
a) Los ganadores de los dos últimos años
b) Quienes resultaran vencedores dos o más veces a lo largo de la historia de este certamen.

2.- Los trabajos, escritos en castellano, deben entregarse en la sede social de La Casa de León, C/. Noya, nº 50 bajo (CP 15007 (A Coruña), o enviarlos por correo ordinario u otro medio adecuado de entrega, antes del día 10 de octubre de 2024. Si concurren circunstancias excepcionales, la Casa de León se reserva la facultad de cancelar la convocatoria o, en su caso, introducir cambios en las fechas de entrega de las obras y la celebración de la QUINCENA CULTURAL prevista en el número seis (I.6). Cualquier modificación se hará pública con la antelación suficiente y se anunciará en la página web del centro: www.casaleoncorunaccyl.com

3.- No se admitirán trabajos enviados por correo electrónico.

4.- Se remitirán por triplicado e irán firmadas con un lema o pseudónimo. Se adjuntará un sobre cerrado, figurando en el exterior el referido lema o pseudónimo y en el interior la identidad del autor (incluida la localidad de residencia, el teléfono y medios de contacto). Cada autor podrá enviar solamente un trabajo o composición en cada modalidad.
Las obras serán inéditas (no premiadas o pendientes de fallo en otros concursos, ni publicados en algún medio de difusión), circunstancia que el autor puede acreditar mediante declaración jurada.

5.- El Jurado resolverá todas las cuestiones e incidencias relativas al certamen. Estará compuesto por el Presidente del Consejo Superior Asesor de la Casa de León, un vocal de la sección de Cultura y al menos dos reconocidas personalidades del mundo de la cultura, pudiendo contar con el asesoramiento de especialistas en cada materia. Sus decisiones serán inapelables. Se podrán declarar, en su caso, premios desiertos.

6.- La Casa de León puede anunciar la condición de «finalistas» a los concernidos en cada modalidad de certamen. El Jurado dará a conocer su fallo, con proclamación de premiados y, en su caso, de menciones especiales, en un acto público en el marco de la QUINCENA CULTURAL de la Casa de León, a celebrar en el mes de noviembre. www.escritores.org

7.- El fallo del Jurado también se hará público a través de los medios de comunicación. Serán notificados individualmente los premiados que no se hayan presentado a recoger su diploma y galardones en el acto público.

8.- La Casa de León podrá publicar, en los medios y formas que considere convenientes, las composiciones premiadas en poesía y en relato corto. Los autores deben facilitar el texto en Word si son requeridos para ello una vez premiados. El resto de obras no se devolverá y serán adecuadamente destruidas, salvo las concernientes a modalidad de «artes plásticas» (Base IV.3)

9.- El hecho de concurrir a estos «certámenes» implica la aceptación de sus bases.

II) RELATO CORTO.

1.- Los relatos, escritos en castellano, no pueden tener una extensión inferior a dos folios (DIN A4), ni superior a seis, mecanografiados a doble espacio, o escritos a ordenador con letra Times New Roman, de tamaño 12. Serán inéditos (no premiados o pendientes de fallo en otros concursos, ni publicados en algún medio de difusión), circunstancia que el autor puede acreditar mediante declaración jurada.

2.-Los premios consistirán en:
a) Diploma y 300 € para el ganador.
b) Diploma para los clasificados como 2º y 3º, quienes también recibirán un lote de libros si se hallan presentes en el acto de lectura del veredicto final del Jurado.
c) Serán distinguidos con diploma todos los que alcancen la condición de finalistas.

III) POESÍA.

1.- Los poemas, escritos en castellano, tendrán una extensión mínima de un folio (DIN A4), y máxima de tres, mecanografiados a doble espacio, o escritos a ordenador con letra Times New Roman, de tamaño 12. Podrán estar compuestos en métrica tradicional o en verso libre. Serán inéditos (no premiados o pendientes de fallo en otros concursos, ni publicados en algún medio de difusión), circunstancia que el autor puede acreditar mediante declaración jurada.

2.- Los premios consistirán en:
a) Diploma y 300 € para el ganador.
b) Diploma para los clasificados como 2º y 3º, quienes también recibirán un lote de libros si se hallan presentes en el acto de lectura del veredicto final del Jurado.
c) Serán distinguidos con diploma todos los que alcancen la condición de finalistas.

IV) ARTES PLÁSTICAS

1.- Cada concursante podrá presentar como máximo una obra de cada modalidad. El tema es libre, así como el soporte y la técnica empleada. El tamaño en pintura no será superior a 90 x 50 centímetros, ni inferior a 30 x 20 cm. Si se trata de escultura, la pieza no deberá exceder de 60x40x40 centímetros, pudiendo ejecutarse en arcilla, madera, mármol, tierra, piedra o cualquier material que el artista considere oportuno. Las fotografías se presentarán en formato de copia en papel fotográfico, tamaño de 20x25. Los finalistas deberán facilitar el negativo correspondiente o, en caso de ser fotos digitales, la grabación digital de las mismas.

2.- Los premios consistirán en:
a) Placa de plata y diploma para el ganador.
b) Diploma para los clasificados como 2º y 3º, quienes también recibirán un lote de libros si se hallan presentes en el acto de lectura del veredicto final del Jurado.
c) Serán distinguidos con diploma todos los que alcancen la condición de finalistas.

3.- Hasta el veredicto final del Jurado, la Casa de León puede disponer de los trabajos como estime conveniente. Conocido el fallo definitivo, las obras se devolverán de inmediato a sus autores, siempre que las reclame y retire, por su cuenta, antes de que transcurra un pazo de tres meses desde el acto público de proclamación de ganadores (Base I.6).

V) JÚNIOR

1.- El Certamen Júnior acoge, en una sola categoría, las especialidades generales convocadas por la Casa de León en La Coruña en los certámenes culturales 2022. Las características de los trabajos se ajustarán en tamaño, forma y demás requisitos, a los señalados en cada una de aquellas especialidades.

2. Solo pueden participar en esta modalidad los menores de 18 años. El Jurado tendrá en cuenta «tramos de edad júnior» en el resultado final. 

3. Los premios consistirán en:
a) Diploma y tableta para el ganador.
b) Diploma para los clasificados como 2º y 3º, quienes también recibirán un lote de libros si se hallan presentes en el acto de lectura del veredicto final del Jurado.
c) Serán distinguidos con diploma todos los que alcancen la condición de finalistas.

 

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PREMIO DE POESÍA "ELÍAS LÓPEZ ROLDÁN" 2024 (España)


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PREMIO DE POESÍA "ELÍAS LÓPEZ ROLDÁN" 2024 (España)

15:09:2024

Género:  Poesía

Premio:  2.000 €, edición y 25 ejemplares

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Ateneo de Albacete

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:09:2024

 

BASES

 

 

El Ateneo de Albacete convoca el Premio de Poesía "Elías López Roldán" de acuerdo con las siguientes bases:

1. Podrán tomar parte todos los poetas que lo deseen, excepto los premiados en anteriores ediciones, con un poemario inédito en lengua castellana, con una extensión no inferior a 600 versos ni superior a 900, presentado en formato DIN A-4, por una sola cara y a doble espacio en cuerpo de letra 12 o equivalentes, debidamente encuadernado o cosido.

2. Los originales se presentarán por cuadruplicado, sin firma y bajo lema y acompañados de una plica en cuyo interior se haga constar el nombre y apellidos, fotocopia del DNI, domicilio y teléfono de contacto y una reseña bio-bibliográfica.

3. Los trabajos se remitirán al Ateneo de Albacete, c/ Feria, 14, 2C - 02005 ALBACETE o al apartado de correos 26-02080 haciendo constar en el sobre (para el Premio de Poesía "Elías López Roldán"), hasta el 15 de septiembre de 2024, aceptándose como válida la fecha consignada en el matasellos.

4. Se establece un único e indivisible premio de 2.000€ y la publicación de la obra premiada por parte de la entidad convocante, y de la cual se entregarán al ganador 25 ejemplares.

5. El premio podrá declararse desierto si, a juicio del jurado, ninguna de las obras presentadas al mismo, reúne los requisitos necesarios.www.escritores.org

6. Los originales no premiados no serán devueltos, ni el Ateneo de Albacete mantendrá correspondencia sobre los mismos.

7. El Jurado estará compuesto por el Presidente del Ateneo o persona en quien delegue, por un vocal de su directiva, por tres personas de prestigio en el mundo de la literatura y por el Secretario del Ateneo, que lo será también del Jurado, con voz pero sin voto. La composición del Jurado se dará a conocer en el momento de hacerse público el fallo del mismo y cuya decisión será inapelable.

8. La entrega del premio tendrá lugar en Albacete el 25 de octubre de 2024 para conmemorar el 144° Aniversario de la fundación del Ateneo de Albacete y para lo cual se requiere la presencia del o la poeta ganador/a.

9. La participación en este concurso implica la aceptación de las presentes bases.

 

Fuente

 

 
 

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