Concursos Literarios


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XXI CERTAMEN LITERARIO CATÓLICO  NACIONAL "CARDENAL ANTONIO QUARRACINO" (Argentina)
 30:06:2015

 Género: Relato

Premio:  Medalla de Plata, Diploma y Edición

Abierto a:  alumnos y alumnas de 4º y 5º año del ciclo secundario

Entidad convocante: Comité Ejecutivo de la Exposición del Libro Católico

País de la entidad convocante: Argentina

Fecha de cierre: 30:06:2015

 

BASES

 Al recordar el décimo séptimo aniversario de su partida a la Casa del Padre del Cardenal Antonio Quarracino de feliz memoria, el Comité Ejecutivo de la Exposición del Libro Católico, convoca al XXI CERTAMEN LITERARIO CATÓLICO NACIONAL "CARDENAL ANTONIO QUARRACINO" según las bases que siguen:
 
1)            Se convoca a alumnos y alumnas de 4º y 5º año del ciclo secundario.
 www.escritores.org
2)            Los trabajos presentados estarán referidos al lema "Buenos libros para crecer en familia", en adhesión al Sínodo extraordinario sobre la familia.
 
3)            Las propuestas contenidas en los trabajos deberán coincidir con las orientaciones fijadas en la materia por el Magisterio de la Iglesia Católica.
 
4)            Los trabajos deberán ser personales y tendrán una extensión máxima de 5 páginas. Estas serán tamaño carta y deberán estar mecanografiadas o impresas a doble espacio en una cara del papel.
 
5)            Los autores de los trabajos deberán firmar con sus nombres y apellidos reales y completos, indicando su domicilio (con mención del código postal), número telefónico y dirección de correo electrónico. Indicarán también nombre y dirección del colegio en que cursan sus estudios.
 
6)            Se deberán presentar tres copias de dicho trabajo en carpetas por separado, en cuya tapa figurarán el título, autor, datos personales y colegio en donde cursa (se aceptarán como máximo 4 (cuatro) trabajos por colegio).
 
7)            Los trabajos deberán ser entregados personalmente o remitidos a nombre del XXI CERTAMEN LITERARIO CATÓLICO NACIONAL CARDENAL ANTONIO QUARRACINO, Sarmiento 1272, (1041) Buenos Aires, Argentina, en el horario de lunes a viernes 13 a 20 horas.
 
8)            El plazo de recepción de los trabajos vencerá el 30 de Junio de 2015.
 
9)            Las distinciones establecidas son:
- Primer Premio: Medalla de Plata, Diploma y Edición de la obra.
- Segundo Premio: Medalla de Plata y Diploma.
- Tercer Premio: Medalla y Diploma.
El jurado queda facultado para adjudicar tres menciones.
 
10)         El Jurado dará a conocer el nombre de los ganadores en la inauguración de la XXVII Exposición del Libro Católico, el lunes 31 de agosto a las 19 hs. en la Casa de la Empleada –Obra de Monseñor Miguel de Andrea- Sarmiento 1272 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 
11)         Dado que entre los premios se encuentra la edición del trabajo, la misma se concretará dentro del año 2016.
 
12)         El Jurado estará compuesto por: Dr. Jorge N. Ferro, Prof. María Elena Vigliani de La Rosa y Prof. Marta Susana Campos.
 
INFORMES
(011) 15-4-470-7734
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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 



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XXI CERTAMEN LITERARIO DE BENALMÁDENA "VIGÍA DE LA COSTA" (España)

03:04:2017

Género: Relato

Premio:  800 €, publicación y placa

Abierto a: mayores de 16 años y residentes en Málaga y su provincia

Entidad convocante: Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Benalmádena

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   03:04:2017

 

BASES

 
BASES DEL CERTAMEN:

1.- PARTICIPANTES

Podrán participar en este Certamen todas las personas mayores de 16 años y residentes en Málaga y su provincia.
www.escritores.org
2.- MODALIDAD

Género: “Narrativa Corta”

Los trabajos tendrán una extensión máxima de ocho folios y mínima de cinco, mecanografiados por una sola cara, en caracteres “Times New Roman 12” con interlineado a 1,5 (30-35 líneas por folio). Deberán estar escritos en castellano, de tema libre, inéditos y no premiados en otro certamen. Los trabajos que no se ajusten a estas bases serán rechazados. Se podrán presentar un máximo de tres relatos por autor.

3.- PRESENTACIÓN

La presentación de cada relato se efectuará por quintuplicado, con seudónimo y título; y en plica aparte, cerrada, se incluirán los siguientes datos del autor:
a) Nombre completo del autor ( fotocopia del DNI)
b) Dirección
c) Nota de empadronamiento del autor/a
c) Teléfono
d) Correo electrónico

Relatos y plica se incluirán en otro sobre, en cuyo exterior irá sólo el nombre del concurso, el título del relato y seudónimo.

4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN

Los trabajos se presentarán desde las 15:00 h. hasta las 22:00 h., del día 1 de febrero de 2017, en el Centro Municipal de Formación Permanente. c/ Paseo del Generalife, 6, 29631. Arroyo de la Miel (Benalmádena) o enviándolos por correo a la dirección indicada. Telf: 952566549.

La fecha máxima de presentación será el 3 de abril de 2017 (no se aceptarán trabajos cuyos matasellos sea posterior a dicha fecha)

5.- JURADO

Estará compuesto por profesores y escritores, y presidido por el Sr. Alcalde o persona en quien delegue.

6.- FALLO DEL JURADO

El fallo del jurado, que podrá declarar desierto algún premio si considera que no hay calidad suficiente, será inapelable.

Dicho fallo se hará público en la entrega de premios que se efectuará en un acto que se celebrará el día 21 de abril en el “Castillo Bil-Bil”.

7.- PREMIOS

Los premios a adjudicar son:
Primer Premio : 800 Euros, publicación de la obra y placa
Segundo Premio: 200 Euros y placa
Tercer Premio: placa

Para la recepción de estos premios, es requisito indispensable estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Benalmádena. El pago de estos premios será a través de transferencia bancaria, previa aportación de DNI/NIE y certificado bancario de cuenta corriente del ganador/a.

8.- NOTAS

Los trabajos premiados quedarán en poder del Ayuntamiento, el cual se reserva el derecho a su publicación. Los demás podrán ser retirados del Centro Municipal de Formación Permanente.

Arroyo de la Miel. Benalmádena, del 1 al 30 de junio.

La participación en este concurso implica la aceptación de estas bases.

9.-DIFUSIÓN

Las bases de participación serán difundidas a través de correo electrónico a las Bibliotecas Municipales de Málaga y Provincia, Servicios culturales y otros servicios Municipales. Así mismo, se difundirán a través de los medios de comunicación y de la página web municipal y redes sociales.

Fuente: www.facebook.com/vigiadelacosta



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XXI CERTAMEN LITERARIO DE DECLARACIONES DE AMOR DEL MUNICIPIO DE PARADAS 2017 (España)

31:01:2017

Género: Relato, poesía

Premio:  500 € y diploma

Abierto a: personas residentes en España

Entidad convocante: Ayuntamiento de Paradas

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   31:01:2017

 

BASES

 
Primero.- Aprobar las Bases que regirán en el Certamen Literario de Declaraciones de Amor, que figuran en el Anexo a este acuerdo.

Segundo.- Convocar el XXI Certamen Literario de Declaraciones de Amor para el año 2017.

Tercero.- Nombrar para la presente edición del Certamen al Jurado para la selección de los trabajos ganadores, que quedará compuesto por las siguientes personas:
Titulares:
Presidente: Dª. Vanesa Benjumea Benjumea.
Vocales:
D. Jerónimo Trigueros Barrera.
D. Máximo López Jiménez
Dª. Nerea Jiménez González.
Secretario/a: D. Juan Corzo Gómez.
Suplentes:
Presidente: Dª. Lorena Portillo Portillo.
Vocales:
D. Rafael Navarrete González.
D. Juan Rubén Benjumea Cobano.
Dª. Aurora Ruiz García.
Secretario/a: Dª. María Isabel Ramírez Serrano.

Cuarto.- El plazo de presentación de solicitudes junto a la documentación anexa, comprenderá desde la publicación de la convocatoria hasta el día 31 de enero de 2017. Las solicitudes con su respectiva documentación adjunta se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paradas y se presentarán en el Registro General de documentos, sito en la c/ Larga,
número 2 de Paradas (Sevilla), de 9 a 14 horas, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si el último día del plazo de presentación de las solicitudes de participación coincidiese en sábado, el plazo se prorrogará hasta el siguiente día hábil.

Quinto.- Autorizar el gasto para hacer frente a la concesión de las subvenciones, reteniendose de la aplicación presupuestaria 0000.338.2260902 del presupuesto municipal para el año 2017, actualmente en vigor, por importe de 1.250,00 euros.

Sexto.- Ordenar la publicación de las bases en el Boletín Oficial correspondiente, sede electrónica y “Tablón de anuncios” de la Corporación.

Séptimo.- La presente Convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Paradas, en la sede electrónica y en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, dándose publicidad a las Bases y a la Convocatoria en los diferentes medios de comunicación.

Octavo.- Dar cuenta de lo resuelto al Departamento de Intervención y al Área de Cultura.

BASES REGULADORAS DEL CERTAMEN LITERARIO DE DECLARACIONES DE AMOR DEL MUNICIPIO DE PARADAS

Base Primera. Objeto del certamen. Consistirá en la selección por un jurado de las mejores obras escritas presentadas por los participantes, tanto en prosa como en verso, o en ambas modalidades, que versen expresamente sobre las declaraciones de amor, entendiéndose por tales la manifestación de sentimientos hacia una persona de quien se está enamorado/a.

Base Segunda.- Requisitos de los participantes.
1. El presente certamen tiene carácter abierto y público pudiendo participar todas las personas residentes en España, sin límite de edad, excepto aquellas que hayan obtenido premio o mención especial en la edición anterior.
2. Sólo se admitirá una obra por cada uno de los concursantes.
3. No podrán participar los miembros del Jurado, ni directa ni indirectamente.
4. La presentación de los concursantes supone la aceptación total de cada una de las disposiciones que se fijan en las presentes Bases, constituyendose en únicos responsables ante terceros por toda demanda que pudieran producirse con relación a la creación o explotación de la obra.
5. En el caso de que los participantes sean menores no emancipados, deberán presentar la autorización suscrita por quienes ejerzan su patria potestad, tutela o guarda y custodia de los mismos, conforme al modelo del ANEXO III.

Base Tercera. Requisitos de las obras.
a) Las obras deberán ser originales e inéditas, no habiendo estado premiadas anteriormente en otro certamen o concurso.
Si se descubriese que una de las obras no es original, con anterioridad o posterioridad a la entrega del premio, el participante será descalificado, perderá la posibilidad de volver a participar y, en caso de haber recibido el premio, deberá devolver el premio en su integridad. En dicho caso, el premio pasará al siguiente clasificado de la edición correspondiente.
b) La declaración de amor se presentará en castellano, en prosa o en verso, mecanografiada por una sola cara, en tamaño DIN-A4 a doble espacio, con letra Times New Roman tipo 12 pt o letra de similar tamaño.
c) En prosa, los trabajos no podrán exceder los tres folios y, en poesía, el número de 100 versos.

Base Cuarta. Procedimiento de presentación de las obras.
1. Los trabajos se entregarán en el Registro del Ayuntamiento de Paradas o por cualesquiera de los medios admisibles en el artículo 19.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre los cuales se encuentran las Oficinas de Correos, teniendo en este caso que ser presentadas conforme al procedimiento establecido en las oficinas del operador designado para la prestación del servicio postal universal -la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima-, debiendo solicitar, tanto su presentación en las citadas oficinas como su entrega al destino, con expresa mención de la fecha y hora en que se produzcan ambos eventos. Esta presentación tiene los mismos efectos que la presentación en el registro del municipio de Paradas.
2. Si la documentación se presentara por correo o por cualquier otra forma prevista en la citada Ley 39/2015, distinta a la presentación en el registro presencial del Ayuntamiento, los participantes deberán anunciar su presentación por correo electrónico dirigido a la dirección de correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Base Quinta.- Forma de presentación de las obras.
1. Las obras literarias, la solicitud de participación y documentación que la acompaña se introducirán en un sobre de tamaño no inferior a Din A4 (21,0 x 29,7 cms.), que se dirigirá al Ayuntamiento de Paradas, sito en c/ Larga, número 2, código postal 41610 Paradas (Sevilla), debiendo figurar en su exterior la leyenda:
CERTAMEN LITERARIO DE DECLARACIONES DE AMOR
AYUNTAMIENTO DE PARADAS C/ LARGA, 2
41610 PARADAS (SEVILLA)
2. Dentro de dicho sobre se contendrán dos sobres más pequeños con el siguiente contenido:
Sobre A: En este sobre, que no contendrá datos personales del autor, solamente se expresará en el exterior un seudónimo, el título de la obra y si el/la autor/a está empadronado/a en Paradas, y contendrá seis copias idénticas de la obra con los requisitos que se expresan en las presentes Bases.
Sobre B: En este sobre también figurará en el exterior el mismo seudónimo, título de la obra, y si el/la autor/a está empadronado/a en Paradas que en el sobre anterior, y en el interior contendrá los siguientes documentos:
• Solicitud de participación debidamente formalizada en todos sus apartados y firmada, conforme al modelo que figura en el ANEXO I a las presente Bases
• Fotocopia del N.I.F., Pasaporte o Número de Identificación de Extranjeros del autor.
• Un breve currículum del autor.
• En el caso de que los participantes sean menores de edad no emancipados legalmente, para poder participar en el presente certamen deberán incluir en dicho sobre la autorización de la persona que ejerce la patria potestad (padre, madre o tutor/a legal del menor), conforme al modelo del ANEXO III de estas bases, así como fotocopia del Libro de Familia y fotocopia del D.N.I. de la persona que firma la autorización, de conformidad con lo establecido en el art. 323 del Código Civil y 44 de la Ley de Propiedad Intelectual.
• En caso de pretender presentar la obra para participar en el apartado de Premios a la mejores composiciones de autor local, se deberá incluir el certificado de empadronamiento en la localidad de  Paradas del autor/a, o dar consentimiento expreso para que se consulten los datos estrictamente necesarios para acreditar la residencia.
• ANEXO II, de cesión de derechos de propiedad intelectual a favor del Ayuntamiento de Paradas si resultase ganador de alguno de los premios.
El Sobre B permanecerá cerrado a efectos de no conocer la identidad del autor hasta que se produzca la propuesta de resolución definitiva del Instructor.
3. Quedarán descalificadas las personas cuya solicitud de participación no se encuentre debidamente formalizada y firmada, no presentase el ANEXO II de Cesión de Derechos, o de ser un menor, el ANEXO III.
4. Quedarán descalificadas las personas que presenten datos identificativos en el exterior de alguno de los sobres o en las obras presentadas.
5. En el caso de que un autor presentase más de una obra, o que ésta no sea una obra original e inédita que dará descalificado por la obra u obras presentadas.
6. El Ayuntamiento no se hará responsable de los extravíos o daños que puedan sufrir las obras presentadas al Certamen.
7. No se devolverán las obras presentadas en este Certamen.

Base Sexta. Convocatoria.
1. El órgano competente para aprobar la convocatoria del presente certamen será el Alcalde Presidente de la Corporación Municipal mediante resolución expresa, que precisará el plazo de presentación de solicitudes.
2. La convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamieto de Paradas, en la sede electrónica y en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, dándose publicidad a las Bases y a la Convocatoria en los diferentes medios de comunicación.

Base Séptima. Instrucción del procedimiento.
1. El Jurado será el órgano colegiado al que corresponderá emitir informe y realizar la propuesta de concesión, a través de la/del Teniente de Alcalde delegada/o, que actuará de órgano instructor.
2. Por la/el Teniente de Alcalde delegada/o, a la vista del expediente instruido y de la propuesta del Jurado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se publicará para el conocimiento de los interesados mediante su exposición en el “tablón de anuncios” de la Corporación, conforme a lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/20155, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, concediéndose un plazo de diez hábiles para presentar alegaciones.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
3. Por el/la Teniente de Alcalde delegado se realizarán de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
4. Con posterioridad a la publicación de la propuesta de resolución definitiva se procederá a la apertura de los sobres e identificación de los autores.

Base Octava. Composición del Jurado.
1. El jurado estará compuesto por 5 personas designadas a tal efecto por el Alcalde del Ayuntamiento de Paradas, siendo, todas ellas, personas de reconocida competencia y solvencia dentro del mundo de la cultura y de la literatura.
2. La designación de los miembros del Jurado incluirá la de los respectivos suplentes.
3. Se tenderá a la paridad entre mujer y hombre.
4. Los miembros del jurado deberán abstenerse de intervenir en el proceso de selección o podrán ser recusados por los interesados, por las causas y en la forma en que determinan los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre
5. Los miembros del Jurado deberán actuar con confidencialidad en el proceso de selección y con respecto a las deliberaciones y puntuaciones.
6. La pertenencia al órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
7. Designadas las personas que integran el Jurado, se hará público, en la misma forma y junto a la aprobación de la convocatoria.

Base Novena. Funcionamiento del Jurado.
1. El Jurado no podrá constituirse sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros, titulares o suplentes, siendo necesaria la presencia del Presidente y el Secretario o quienes les sustituyan.
2. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal del Presidente Titular y su Suplente se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, dirimiendo en caso de empate el voto del Presidente.
4. El Jurado quedará vinculado por las presentes bases y podrá interpretar las mismas y resolver las dudas o cuestiones que surgiesen, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la elección de las propuestas ganadoras.
5. Designadas las personas que integran el Jurado, se hará público, en la misma forma y junto a la convocatoria para presentar los trabajos.
6. De las reuniones del Jurado se levantará un acta que deje constancia del resultado, con la fundamentación del veredicto.
7. El Jurado podrá declarar desiertos los premios o menciones del certamen, si ninguna de las obras presentadas alcanzase la mínima calidad.
De esta posibilidad se excluye el otorgamiento de la Mención especial local, incluida entre los premios a las mejores composiciones de autor local, con la finalidad de fomentar la participación de los residentes en el municipio en este Certamen.
8. Los miembros del Jurado desempeñarán todas sus funciones a titulo gratuito, sin que quepa ningún tipo de contraprestación económica y/o indemnización.
9. El veredicto del jurado será inapelable.

Base Décima. Criterios de calificación de los trabajos.
1. Los criterios de calificación en base a los cuales se seleccionaran los trabajos presentados, serán los siguientes:
• Calidad literaria.
• Emotividad.
• Creatividad y originalidad.
• Mensaje y significado.

Base Undécima. Premios.
1. El jurado seleccionará las obras que resultarán ganadoras.
2. Los premios no podrán otorgarse “ex aequo”, por lo que no podrá declararse que dos o más obras tienen igual mérito para compartir alguno de los premios o menciones.
3. Se establecen los siguientes premios:
• Primer Premio: 500 euros y Diploma.
• Segundo Premio: 300 euros y Diploma.
• Tercer Premio: 150 euros y Diploma.
• Menciones Especiales: Se otorgarán 2 Menciones Especiales, premiadas con 60 euros cada una de ellas y Diplomas, para aquellas composiciones que se estimen como merecedoras por su

calidad, originalidad o por cualquier otra circunstancia que se consideren dignas de estas menciones.
4. Premios a la mejores composiciones de autor local:
• Primer premio: 120 euros y Diploma para la obra que por su calidad, originalidad o por cualquier otra circunstancia se considere digna de esta mención.
• Mención especial local: 60 euros y Diploma, que se otorgará a la mejor composición, de entre las presentadas, desde el punto de vista de la calidad literaria y emotiva de la composición.
5. Las cantidades percibidas como premio serán objeto de las retenciones que legal o reglamentariamente estén establecidas.
6. Los diplomas se entregarán durante el acto de lectura de las obras ganadoras.
7. Los premios se entregarán con arreglo a la prelación de pagos establecida en el Plan de disposición de fondos del Ayuntamiento de Paradas.

Base Duodécima. Obligaciones de los participantes y ganadores.
1. La participación en este certamen implica la total aceptación del contenido de sus bases por los participantes. Cualquier imprevisto no especificado en ellas será dirimido por el Jurado, a cuya decisión se someten los participantes.
2. Los participantes deberán guardar la debida confidencialidad y sigilo sobre la autoría de sus obras, hasta que el fallo del Jurado sea hecho público.

Base Decimotercera. Resolución y publicación del resultado.
1. El Sr. Alcalde-Presidente resolverá definitivamente el procedimiento en el plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde la terminación del plazo de presentación de alegaciones.
2. El procedimiento que concluirá con la notificación de la resolución no podrá exceder de seis meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria. El vencimiento de ese plazo sin haberse notificado la resolución, legitimará a los interesados para entender desestimada por silencio administrativa la solicitud de concesión de los premios.
3. La Resolución se publicará para el conocimiento de los interesados mediante su exposición en el “tablón de anuncios” de la Corporación, conforme a lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/20155, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, concediéndose un plazo de diez hábiles para presentar alegaciones.
4. Si se renunciase al premio por alguno de los beneficiarios, el Ayuntamiento podrá acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión del premio al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de
las solicitudes.

Base Decimocuarta. Presentación pública de las obras ganadoras.
1. Las personas ganadoras se comprometen a comparecer de forma gratuita para dar lectura a las obras premiadas.
2. El Ayuntamiento convocará a dichos efectos a los ganadores el día y lugar fijados para dicho acto.
3. Los ganadores serán descalificados, siendoles retirados los premios otorgados, si no asisten personalmente al referido acto, salvo causa de fuerza mayor, libremente apreciada por el Jurado, en cuyo caso podrá participar el representante que designe el ganador.

Base Decimoquinta. Derechos de Propiedad Intelectual y explotación.
1. El autor o autores de las obras declararán para su participación en el certamen:
- Que es autor de la obra presentada, declarando que la misma es original, no siendo copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena.
- Que la obra presentada, con total indemnidad para el Ayuntamiento de Paradas, tiene carácter inédito en todo el mundo, que tiene la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre la misma y frente a terceros.
- Que autorizan expresamente al Ayuntamiento de Paradas a mostrar la obra en exposición pública, dentro del procedimiento de tramitación para la elección del ganador del certamen, y a que su obra forme parte de un catálogo o publicación de las obras que se han presentado al certamen, cediendo de manera gratuita los derechos de distribución y comunicación pública al Ayuntamiento de Paradas de forma indefinida a dicho fin.
- Que acepta las Bases del Certamen que declara conocer.
2. En su condición de autora/or de las obras del Certamen Literario de Declaraciones de Amor del municipio de Paradas, los ganadores deberán otorgar documento conforme al modelo que aparece en el ANEXO II a estas Bases, por el que declararán expresamente:

- Que en calidad de autor de la obra cede al Ayuntamiento de Paradas, en exclusiva, los derechos de explotación de la obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación relacionados en los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, durante el plazo señalado en el artículo 26 del citado Texto Refundido, teniendo derecho a expresar la obra por cualquier medio o soporte tangible, o intangible, comprendiendo, todas y cada una de las modalidades de explotación, incluyéndose los derechos de reproducción en cualquier soporte o formato, así como los derechos de distribución y comunicación pública de la obra, para su explotación comercial en el ámbito español y en el resto del mundo, conforme a los Convenios y tratados Internacionales.
- Que en función del objeto del Certamen al que se presenta, y que la explotación de la obra no producirá ingresos, se establece que la remuneración a tanto alzado para el autor consistirá en la percepción del premio que se establece en las Bases del Certamen.
- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el autor ganador presta su autorización para que el Ayuntamiento de Paradas pueda modificar, desarrollar o adaptar dicha obra utilizando cualquier medio que considere oportuno.
- Que renuncia expresamente a su derecho a realizar modificaciones de la obra respetando los derechos adquiridos por el Ayuntamiento.
3. Que en caso de ser uno de los ganadores del Certamen, sabe que si no formalizase el ANEXO II de cesión de derechos de propiedad intelectual a favor del Ayuntamiento de Paradas o incumpliese las Bases del Certamen quedará descalificado automáticamente, pasando a ocupar su lugar el segundo premiado, y si se diese la misma circunstancia respecto a éste, pasaría
el primer premio al tercero, y así sucesivamente.

Base Decimosexta.- Protección de datos de carácter personal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) se informa que los datos de carácter personal facilitados para participar en el presente certamen, así como la documentación aportada, serán incluidos en el fichero con la finalidad de tramitar y gestionar correctamente su solicitud de participación y proceder al tratamiento de sus datos en los términos establecidos en las presentes bases. Así mismo serán incluidos en el fichero TERCEROS, cuya finalidad es disponer de un registro único de las personas físicas o representantes de entidades jurídicas que se relacionan con el Ayuntamiento. La titularidad de estos ficheros corresponde al Ayuntamiento de Paradas, estando inscrito en el Registro General de Protección de Datos.
Los datos serán tratados de manera confidencial, siendo comunicados en aquellos casos en los que se cumplan las exigencias establecidas en la legislación vigente de Protección de Datos.

Las personas titulares de los datos podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la precitada Ley, mediante comunicación escrita dirigida al responsable del fichero: Ayuntamiento de Paradas - c/ Larga, número 2 - 41610 PARADAS (Sevilla).

Base Decimoséptima. Normativa de aplicación.
En todo lo no previsto en estas Bases será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de éstas subvenciones, no resulte aplicable, a tenor de lo dispuesto en la Disposición adicional décima de dicha Ley, para los premios educativos, culturales, científicos
o de cualquier otra naturaleza.

Base Decimoctava. Recursos.
1. Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases podrá interponerse alternativamente, los siguientes recursos:
a) Recurso de Reposición, potestativamente y ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del mismo, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Recurso Contencioso-administrativo impugnándolo directamente ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 y Capítulo II del Título I de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. El órgano jurisdiccional competente se determinará conforme a lo establecido en los artículos 8 y ss de la citada Ley 29/1998.
En caso de recurrirse en reposición no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del primero. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
2. En cuanto a las resoluciones del Jurado y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
La oposición a los restantes actos de trámite podrá alegarse por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
3. Dichos recursos cabrá fundarlos en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos artículos 47 y 48 de la citada Ley 39/2015.www.escritores.org
4. La resolución definitiva que ponga fin al proceso administrativo, que será adoptada por el Sr. Alcalde-Presidente, podrá ser recurrida en la forma, ante los órganos y, en los plazos establecidos en el número 1 anterior, contados estos últimos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Fuente y Anexos: www.paradas.es/opencms/export/sites/default/paradas/galeriaFicheros/2017/Bases_Declaraciones_de_Amor_2017.pdf


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XXI CERTAMEN LITERARIO DE CARTAS DE AMOR VILLA DE MIJAS (España)

31:05:2017

Género: Carta

Premio:  100 €

Abierto a: mayores de 16 años, residentes en España

Entidad convocante: Delegación de Cultura  del Ayuntamiento de Mijas

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   31:05:2017

 

BASES


1. Con el fin de fomentar la creación y difusión literaria,  alentar la creatividad escrita de nuestra población, el fomento de la lectura y la iniciativa en la búsqueda de crear nuevos espacios para la cultura en el ámbito de las letras, la Delegación de Cultura  del Ayuntamiento de Mijas convoca el XXI Certamen Literario de Cartas de Amor Villa de Mijas.
 www.escritores.org
2. Podrán participar, sin límite de edad, todas aquellas personas mayores de 16 años y  residentes en España  que lo deseen, enamorados, desamorados, ilusionados, desengañados, fieles, infieles, amantes, novios, casados,...
 
3. Los temas de las cartas serán el AMOR o el DESAMOR. Las cartas de amor o desamor podrán ser dirigidas a personas u objetos personificados, sin distinción de sexo, edad, color o rango.
 
4. Las cartas deberán estar escritas en español.
 
5. Los trabajos deberán tener una extensión máxima de un folio (A4) por una sola cara.
 
6. Los trabajos deberán estar escritos en género epistolar, respetando la forma de una carta.
 
7. Como máximo se presentará una carta por participante.

Las cartas se podrán presentar de dos maneras:
 
Por correo a:   XXI Concurso Cartas de Amor.
Casa Museo de la Villa.  Plaza de la Libertad, 2.  29650 Mijas (Málaga)
        
O bien, entregados en alguna de las tres Bibliotecas Municipales de Mijas
 
Cada carta se presentará firmada con un pseudónimo y junto a ella un sobre cerrado en cuyo exterior se repetirá el pseudónimo y en el interior los datos personales del autor/a (Nombre y apellidos, dirección, teléfono). Importante que envíe la carta participante y tres copias de ésta.
 
Por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
En el email se adjuntará la carta participante en formato PDF firmada por un pseudónimo y en otro documento adjunto también en PDF los datos personales del autor/a. 
 
8. El plazo de admisión quedará cerrado el  31 de mayo de 2017.
Los trabajos no premiados serán destruidos al finalizar el concurso.
(Las cartas no podrán ser retiradas).
 
9. Se establecen tres primeros premios de 100 € cada uno. A cada uno de los premios en metálico (100 €), se le aplicarán las retenciones previstas en la vigente legislación tributaria. Las obras ganadoras pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Mijas el cual se reserva los derechos sobre las mismas.
 
10. El jurado será designado por la Concejala de Cultura y estará formado por:
Presidente: Concejala Delegada de Cultura o en quien delegue .
Vocales: personas designadas por la Concejala de Cultura que tengan relación con el mundo de las letras.
Secretario: El Jefe del Dpto. de Cultura o persona adscrita a dicho departamento.
 
11. Los criterios de valoración de los trabajos serán su originalidad, calidad literaria, estética en la composición y en la expresión, variedad léxica y expresiva así como su coherencia con el tema propuesto.
 
10. Una vez aprobados los presupuestos municipales del ejercicio 2017, la convocatoria se publicará en los tablones de anuncio del Ayuntamiento de Mijas, en la Web Corporativa, así como se dará difusión a través de los medios locales. Las cuantías económicas con las que están dotados los premios de este certamen estarán condicionadas a la existencia de crédito presupuestario.
 
11. Todas las cuestiones e incidencias no previstas serán resueltas por el Jurado.
 
Contacto e información: 952 59 03 80 –Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Fuente

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XXI CERTAMEN LITERARIO DE NARRACIÓN CORTA "CIUDAD DE ADRA" (España)


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XXI CERTAMEN LITERARIO DE NARRACIÓN CORTA "CIUDAD DE ADRA" (España)

06:11:2020

Género:  Relato

Premio:   250 € y diploma

Abierto a:  mayor de edad y residente en la provincia de Almería

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Adra

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  06:11:2020

 

BASES

NOTA:
El Ayuntamiento ha reanudado la celebración del XXI Certamen Literario de Narración Corta 'Ciudad de Adra', después de que el concurso tuviera que ser suspendido en el mes de marzo debido a la crisis sanitaria provocada por la Covid-19. De este modo, el Consistorio reabre el plazo de presentación de trabajos que se podrán entregar hasta el próximo 6 de noviembre. 

 

El Ayuntamiento de Adra ha hecho públicas las bases para participar en el XIX Certamen de Cuentos y el XXI Certamen Literario de Narración Corta.

Para motivar la participación del mayor número de personas en estos dos certámenes, se otorgarán premios por valor cercano a los 1.000 euros entre los ganadores, con el objetivo último de fomentar la creatividad literaria entre los jóvenes de la localidad de Adra y adultos de toda la provincia, despertando su interés por la escritura. La temática de ambos certámenes girará en torno al cine, con motivo de su 125º aniversario.

La concejala de Cultura, Elisa Fernández, ha destacado que "este equipo de Gobierno continúa apostando por la cultura en nuestra ciudad, en todos los campos, también en el marco de la literatura"."Estos certámenes se han convertido en una de las actividades culturales de referencia en Adra y tienen como finalidad motivar a los jóvenes de la localidad a que se acerquen al mundo de las letras, tanto por la escritura como la lectura", ha explicado la edil. Además, Fernández ha asegurado que "tenemos en cuenta la afición de muchos adultos por la escritura, por eso damos participación en estos certámenes a personas de toda la provincia, una forma de incrementar la participación y enriquecer los concursos".

Para más información sobre plazos para la presentación de los trabajos, entrega de premios, y condiciones técnicas, todos los interesados pueden consultar las bases de cada uno de los certámenes en la página web www.adra.es o en las dependencias del Ayuntamiento de Adra.

 

XXI Certamen Literario de Narración Corta

Podrá participar en el XXI Certamen Literario de Narración Corta 'Ciudad de Adra' cualquier persona mayor de edad y residente en la provincia de Almería. El tema de los trabajos irá relacionado con el cine y podrá presentarse un único trabajo por autor, que deberá ser original y no premiado en ningún otro concurso. La presentación de los trabajos se hará personalmente o por correo hasta el día 6 de Noviembre de 2020 en el Biblioteca Pública Municipal, sita en C/ Travesía del Mercado.

Se establecerán tres premios, recibiendo el primer clasificado 250 euros y un diploma, por su parte, el segundo premio recibirá 150 euros y un diploma, y la persona galardonada con el tercer premio recibirá 100 euros y un diploma.

 

Jurado y fallo
El jurado estará integrado por personas ligadas a la actividad cultural y no evaluará aquellos trabajos que incumplan alguno de los requisitos recogidos en las bases del certamen. Por otra parte, cabe la posibilidad de que los premios queden desiertos y el fallo se dará a conocer el 26 de noviembre en la Biblioteca Municipal las 18.00 horas, si bien la recogida de premios deberá efectuarse personalmente por los concursantes o a través de representantes acreditados.

 

Fuente: www.adra.es


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