Concursos Literarios

 

 

 

PREMIO DE NOVELA CORTA JOSÉ MARÍA DE PEREDA 2023 (España)


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PREMIO DE NOVELA CORTA JOSÉ MARÍA DE PEREDA 2023 (España)

31:03:2023

Género:  Novela

Premio:  12.000 € y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Gobierno de Cantabria

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:03:2023

 

BASES

 

 

Fecha finalización plazo presentación: 31/03/2023

Artículo 1. Objeto y finalidad de la convocatoria.

1. La presente Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de los premios literarios Gobierno de Cantabria que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos. Dichos premios se concederán en las siguientes modalidades:
A. Premio de cuentos Manuel Llano.
B. Premio de poesía Gerardo Diego.
C. Premio de novela corta José María de Pereda.

2. El número de obras a presentar se limita a una por premio.

3. La resolución de convocatoria se lleva a cabo al amparo de las bases aprobadas en la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios literarios Gobierno de Cantabria publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 63 de 5 de abril de 2021, posteriormente modificada por la Orden UIC/41/2021, de 3 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria n° 240 de 16 de diciembre de 2021.

4. De conformidad con lo establecido en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el extracto de esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en adelante BDNS).

Artículo 2. Requisitos para obtener la condición de beneficiario.

1. Podrán participar en estos premios todos los autores, con independencia de su nacionalidad, excepto los ganadores de ediciones anteriores en la correspondiente modalidad.

2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

Artículo 3. Requisitos de las obras.

1. La obra, cuyo contenido y forma serán libres, habrá de cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar escrita en castellano.
b) Se presentará sin firma, bajo seudónimo, con un título o lema y mediante el sistema de plica, en los términos previstos en el artículo 5 de esta resolución.
c) Se presentará en soporte papel, en tamaño DIN A-4, por triplicado, mecanografiado a doble espacio, por una sola cara debidamente paginada, con el título o lema correspondiente al conjunto de la obra, debiendo carecer de cualquier detalle que pueda permitir identificar a su autor.
d) Su extensión y características será la siguiente:
En el Premio Manuel Llano, la extensión de la obra no será inferior a 70 páginas ni superior a 170. El número de renglones por página no será superior a 35 ni inferior a 20, con letra de 12/13 puntos de tamaño de fuente. El número mínimo de relatos de la obra será de cinco, sin límite máximo.
En el Premio José María de Pereda, la extensión de la obra no será inferior a 150 páginas ni superior a 350. El número de renglones por página no será superior a 35 ni inferior a 20, con letra de 12/13 puntos de tamaño de fuente.
En el Premio Gerardo Diego, la extensión de la obra no será inferior a 400 versos ni superior a 700.

2. El autor garantizará que la obra presentada cumple los siguientes requisitos:
a) Ser original e inédita (se considerarán editadas, a estos efectos, las obras que hayan aparecido, total o parcialmente, en alguna publicación impresa).
b) No haber sido premiada con anterioridad en ningún otro concurso nacional o internacional, ni haberse presentado a ningún otro certamen cuyo fallo deba producirse antes de la resolución de la convocatoria del Premio.
c) No haberse cedido a terceros los derechos de autor de la obra, ni comprometido su cesión futura.

Artículo 4. Régimen de concurrencia competitiva.

1. La concesión de los premios se encuentra sometida a un régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 22 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, sometiéndose su valoración a los baremos que establece la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo, y esta resolución y teniendo como límite la disponibilidad presupuestaria existente.

2. Estos premios son compatibles con la percepción de otras subvenciones y ayudas procedentes de cualesquiera Administración o ente público o privado, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, dentro de los límites contemplados en el artículo 34 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 5. Solicitudes: requisitos, forma, lugar y plazo de presentación.

1. Los interesados que deseen participar en la convocatoria de los premios deberán presentar su solicitud en el modelo normalizado (Anexo I) que estará disponible en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado Atención a la Ciudadanía 012, Premios (cantabria.es), o en la página web culturadecantabria.com. Dichas solicitudes irán debidamente cumplimentadas y se dirigirán al titular de la consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, pudiendo presentarse en el Registro de la Consejería (C/ Lealtad 24, Santander) o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018 de 22 de noviembre. No obstante, conforme a lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será posible la presentación electrónica de la solicitud ante la necesidad de presentar junto a ella documentación en plica.
Si, en uso de este derecho, la solicitud se remite por correo postal, la misma deberá presentarse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que este proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y el Mercado Postal y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.

2. Las solicitudes de participación (Anexo I) deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
- tres ejemplares de la propuesta de libro de acuerdo con los requisitos recogidos en el artículo 3 de esta resolución.
- una plica, en sobre cerrado, en la que deberá figurar el título de la obra y el seudónimo utilizado, y en la que se incluirá el Anexo II, debidamente cumplimentado, y un breve currículum bio-bibliográfico del autor.

3. Asimismo, en el Anexo II (plica) se hará constar las siguientes declaraciones responsables:
a) Declaración responsable del solicitante acreditando si se han solicitado y también si se han recibido otras subvenciones de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales para la misma finalidad, señalando, en caso afirmativo, entidad concedente e importe.
b) Declaración responsable acreditando que el solicitante no está incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
c) Declaración responsable de la veracidad de los datos reflejados en la solicitud y de la autenticidad de los documentos cuya copia se acompaña y de que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario de este premio.
d) Declaración responsable de la veracidad de los datos consignados en la solicitud relativos a la cuenta bancaria del solicitante.
e) Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimiento de las bases reguladoras establecidas en la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo, posteriormente modificadas por la Orden UIC/41/2021, de 3 de diciembre.
f) Conocer y aceptar que la Administración Pública podrá comprobar, en cualquier momento, la veracidad de los documentos, datos y cumplimiento de los requisitos por cualquier medio admitido en Derecho.
g) Declaración responsable de que la obra presentada a este premio es original e inédita (se considerarán editadas, a estos efectos, las obras que hayan aparecido, total o parcialmente, en alguna publicación impresa).
h) Declaración responsable de que la obra presentada a este premio no ha sido premiada con anterioridad en ningún otro concurso nacional o internacional, ni haberse presentado a ningún otro certamen cuyo fallo deba producirse antes de la resolución de la convocatoria del Premio.
i) Declaración responsable de que, en relación a la obra presentada a este premio, no han sido cedidos a terceros los derechos de autor de la obra, ni se ha comprometido su cesión futura.

4. El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

5. Conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y sin perjuicio de los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la presentación de la solicitud supone la prestación del consentimiento por parte de la persona interesada para que el órgano instructor del procedimiento pueda recabar de los organismos competentes la información relativa a:
a) Datos acreditativos de la identidad del solicitante.
b) El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) El cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
d) El cumplimiento de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
e) Resto de datos o documentos emitidos o en poder de cualquier Administración Pública.
No obstante, el solicitante podrá oponerse, a través de comunicación escrita a la Dirección General de Acción Cultural, manifestando su voluntad en tal sentido. En este supuesto, deberá presentar los documentos acreditativos correspondientes, siendo la no aportación de éstos causa de requerimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

6. No será necesario aportar la documentación exigida que ya obrase en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración Pública, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se identifique el documento o documentos afectados.
b) Que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia y procedimiento en que fueron entregados.
c) Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
d) Que conste que no existe oposición a la consulta y comprobación de dicha documentación.
Excepcionalmente, si no fuera posible recabar los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente al interesado su aportación.

7. El órgano instructor podrá recabar en cualquier momento la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas.

8. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras y de esta convocatoria.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore en una declaración responsable, o la no presentación de la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Artículo 6. Instrucción y tramitación del procedimiento.

1. La instrucción del procedimiento se realizará por la Dirección General de Acción Cultural, conforme lo previsto en el artículo 6 de la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios literarios Gobierno de Cantabria.

2. La valoración de las solicitudes presentadas se llevará a cabo por un jurado, cuya composición y régimen se ajustará a lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo.

Artículo 7. Criterios de valoración.

Para la concesión de los premios las obras presentadas serán valoradas atendiendo a los criterios establecidos en el art. 5 de la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo.

Artículo 8. Resolución y notificación.

1. La resolución y notificación del procedimiento se realizará en el plazo máximo de 6 meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme lo previsto en el artículo 7 de la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Literarios Gobierno de Cantabria.

2. Una vez resuelto el procedimiento, a los solos efectos de publicidad, se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria los premios concedidos, expresando la convocatoria, el programa y crédito presupuestario, los beneficiarios y la cantidad concedida, en los términos del artículo 17 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

3. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de los premios podrán dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

4. Los premios concedidos deberán remitirse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Artículo 9. Financiación, cuantía y abono de los premios.

1. Los premios, que estarán sujetos a la retención fiscal establecida en la legislación vigente, se financiarán con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2023 y por las cuantías que se indican a continuación:
A. 2023.03.04.334A.485.02 Premio de cuentos Manuel Llano: 5.000,00 €.
B. 2023.03.04.334A.485.04 Premio de poesía Gerardo Diego: 5.000,00 €.
C. 2023.03.04.334A.485.03 Premio de novela corta José María de Pereda: 12.000 €.

2. No podrá realizarse el pago de los premios en tanto la persona a la que se le haya concedido no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Administración de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público o, si se haya dictado contra la misma resolución de procedencia de reintegro, mientras no se satisfaga o se garantice la deuda de la manera prevista en la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones. El abono del premio se hará efectivo por su importe íntegro, una vez deducida la carga tributaria correspondiente.www.escritores.org

Artículo 10. Edición de las obras premiadas.

1. La Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte se compromete a editar las obras premiadas, en colaboración con una editorial que garantice su distribución a nivel nacional, con la debida continuidad de formato con respecto a ediciones anteriores. Los autores no recibirán cantidad alguna en concepto de derechos de autor en esta primera edición.

2. Los solicitantes no premiados podrán retirar en la Dirección General de Acción Cultural, C/ Vargas 53, 1 planta, Santander, la documentación presentada, conforme al art. 7.6 de la Orden UIC/11/2021, de 22 de marzo.

Artículo 11. Reintegro del premio y régimen sancionador.

1. Procederá la revocación del premio y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, con la exigencia del interés de demora correspondiente, desde el momento del pago hasta la fecha en que se reintegren voluntariamente los fondos percibidos o se acuerde por el órgano competente la procedencia del reintegro, cuando concurra cualquiera de las causas de reintegro tipificadas en el artículo 38 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones y en los supuestos en que se incumplan las condiciones del artículo 3.3 de esta resolución.

2. El procedimiento de reintegro se tramitará conforme a lo dispuesto en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones siendo competente para la incoación del expediente la persona titular de la Dirección General competente en materia de acción cultural y para su resolución el consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte

3. El régimen sancionador aplicable será el previsto en el Título IV de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

 

Fuente y Anexos: cantabria.es/detalle/-/journal_content/56_INSTANCE_DETALLE/16401/28335555

 

 
 

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PREMIO DE NOVELA CORTA MAESTRAZGO 2014 – 2015 (España)
 07:11:2014

Género: Novela

Premio:  1.800 euros y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Comarca del Maestrazgo

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 07:11:2014

 

BASES 

La Comarca del Maestrazgo pretende promover la creación literaria en torno a su comarca y convoca la edición del 2014 del PREMIO DE NOVELA CORTA “MAESTRAZGO”
 
BASES
El texto, de tema libre pero ambientado en la Comarca del Maestrazgo, deberá reunir los siguientes requisitos:
 
1º.- Será original, rigurosamente inédito y no debe estar presentado simultáneamente a otro certamen pendiente de fallo.
 
2º.- Podrá ser un texto único o un conjunto de relatos articulados entre si.
 
3º.- Deberá estar escrito en castellano, con una extensión entre 30 y 60 páginas, por una sola cara en formato DIN A4, en Times New Roman, tamaño 12 y a doble espacio.
 
4º.- Cada autor podrá presentar cuantos trabajos desee.
 
5º.- Los trabajos se presentarán por triplicado, encuadernados o cosidos, y otra copia más en soporte informático. Vendrán acompañados con un título, sin firma y sin ninguna señal que identifique el autor/a.
 
6º.- Cada autor adjuntará un sobre cerrado en cuyo exterior se hará constar el título de la novela y la indicación “Optante al premio de Novela Corta
Comarca del Maestrazgo” y, en su interior, se adjuntarán los datos personales (nombre, edad, dirección completa, teléfono, correo electrónico
y fotocopia del DNI).
Toda esta información será remitida a:
COMARCA DEL MAESTRAZGO
C/ García Valiño, 7
44140 Cantavieja (Teruel)
 
7º.- El plazo de admisión de originales finalizará el 7 de noviembre de 2014. Se considerará como fecha de presentación para las enviadas por correo o empresa de transporte, la del matasellos o el albarán de envío.
 
8º.- Dicho Certamen está dotado con un premio de 1.800 euros (de este importe se deducirán las cargas tributarias correspondientes). Este importe tendrá el carácter de compensación por la renuncia a los derechos de autor de la primera edición a que se refiere la base novena. El premio podrá declararse desierto.
 
9º.- La Comarca del Maestrazgo se compromete a editar la obra ganadora.
El autor no recibirá cantidad alguna en concepto de derechos de autor en esta primera edición.
 
10º.- El jurado, cuyo fallo será inapelable, estará formado por representantes de demostrada suficiencia y todo lo no previsto en las presentes bases quedará sometido a criterio del mismo.
 
11º.- El veredicto del jurado se dará a conocer en las páginas web de la Comarca del Maestrazgo durante el mes de febrero de 2015. El posible Acto Literario de entrega del premio o las presentaciones de la edición se harán saber en su momento, comprometiéndose los ganadores a asistir.
 www.escritores.org
12º.- Los trabajos presentados no premiados serán destruidos una vez se produzca el fallo del Jurado a fin de garantizar los derechos de los autores sobre la originalidad de la obra. La Comarca no se compromete a mantener correspondencia sobre la documentación presentada por los participantes.
 
13º.- Participar en este certamen implica la plena aceptación de las bases y la conformidad con las decisiones del jurado.

Fuente
 

 

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PREMIO DE NOVELA DAGA NEGRA 2025

 

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PREMIO DE NOVELA DAGA NEGRA 2025 (España)

Fecha apertura de la convocatoria:  21:11:2025

Fecha de cierre de la convocatoria: 23:01:2026

Género:  Novela

Premio:     publicación

Abierto a:   residentes en el Estado Español

Entidad convocante:  Festival Octubre Negro en Madrid

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

 

 

BASES

PREMIO DE NOVELA DAGA NEGRA 2025

PRIMERA:

Al premio podrán presentarse todos los originales inéditos de género de ficción histórica con una extensión de entre 150 y 400 folios DIN A4, interlineado doble y tipo Times New Roman tamaño 12.

SEGUNDA:

Los originales estarán escritos en lengua castellana, y no podrán presentarse a ningún otro premio o concurso.

TERCERA:

El premio está abierto a todos los residentes en el Estado Español.

CUARTA:

La presentación de originales se extenderá desde el 21 de noviembre de 2025 hasta a las 23.59 horas del día 23 de enero de 2026.

QUINTA:

Los originales se enviarán cumplimentando el formulario de inscripción de esta misma página.

SEXTA:

El Jurado del Concurso estará presidido por el comisario del “Festival Octubre Negro en Madrid”, José Domingo Álvarez, y de él formarán parte el Director de la colección de Novela Negra “Sed de Mal”, José Luis Muñoz, y los escritores José Vaccaro Ruiz y María José García Molina.

SÉPTIMA:

El fallo del premio será inapelable y se dará a conocer el jueves 26 de febrero de 2026 a las 18.30 horas, en Ceremonia de Entrega en Restaurante Madrid Medieval (C/ San Bernardo, 4. Madrid).

El premio podrá declararse desierto si el Jurado considera que ninguna de las novelas reúne la calidad suficiente.

OCTAVA:

El premio consistirá en la publicación en formato papel con solapas de la novela ganadora, a cargo de Octubre Negro Ediciones, destacando de manera prominente en la portada que se trata de la obra ganadora de este premio.

NOVENA:

La presentación al premio comporta la aceptación de estas bases.

INSCRIPCIONES: https://octubrenegro.es/premios-literarios/daganegra/

 

 

 

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PREMIO DE NOVELA CORTA MAESTRAZGO 2017 - 2018 (España)

28:07:2017

Género: Novela, relato

Premio:   1.800 € y edición

Abierto a: sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante: Comarca del Maestrazgo

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   28:07:2017

 

BASES

 
La Comarca del Maestrazgo pretende promover la creación literaria en torno a su comarca y convoca el
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PREMIO DE NOVELA CORTA “MAESTRAZGO”

BASES

El texto, de tema libre pero ambientado en la comarca del Maestrazgo, deberá reunir los siguientes requisitos:

1º.- Será original, rigurosamente inédito y no debe estar presentado simultáneamente a otro certamen pendiente de fallo.

2º.- Podrá ser un texto único o un conjunto de relatos articulados entre si.

3º.- Deberá estar escrito en castellano, con una extensión entre 30 y 60 páginas, por una sola cara en formato DIN A4, en Times New Roman, tamaño 12 y a doble espacio.

4º.- Cada autor podrá presentar cuantos trabajos desee.

5º.- Los trabajos se presentarán por triplicado, encuadernados o cosidos, y otra copia más en soporte informático.
Vendrán acompañados con un título, sin firma y sin ninguna señal que identifique el autor.

6º.- Cada autor adjuntará un sobre cerrado en cuyo exterior se hará constar el título de la novela y la indicación “Optante al premio de Novela Corta Comarca del Maestrazgo” y, en su interior, se adjuntarán los datos personales (nombre, edad, dirección completa, teléfono, correo electrónico y fotocopia del DNI).

Toda esta información será remitida a:
COMARCA DEL MAESTRAZGO
C/ García Valiño, 7
CP 44140 Cantavieja (Teruel)

7º.- El plazo de admisión de originales finalizará el 28 de julio de 2017. Se considerará como fecha de presentación para las enviadas por correo o empresa de transporte, la del matasellos o el albarán de envío.

8º.- Dicho Certamen está dotado con un premio de 1.800 euros (de este importe se deducirán las cargas tributarias correspondientes). Este importe tendrá el carácter de compensación por la renuncia a los derechos de autor de la primera edición a que se refiere la base novena. El premio podrá declararse desierto.

9º.- La Comarca del Maestrazgo se compromete a editar la obra ganadora. El autor no recibirá cantidad alguna en concepto de derechos de autor en esta primera edición.

10º.- El jurado, cuyo fallo será inapelable, estará formado por representantes de demostrada suficiencia y todo lo no previsto en las presentes bases quedará sometido a criterio del mismo.

11º.- El veredicto del jurado se dará a conocer en las páginas web de la Comarca del Maestrazgo durante el mes de diciembre de 2017. El posible Acto Literario de entrega del premio o las presentaciones de la edición se harán saber en su momento, comprometiéndose el ganador a asistir.

12º.- Los trabajos presentados no premiados serán destruidos una vez se produzca el fallo del Jurado a fin de garantizar los derechos de los autores sobre la originalidad de la obra. La Comarca no se compromete a mantener correspondencia sobre la documentación presentada por los participantes.

13º.- Participar en este certamen implica la plena aceptación de las bases y la conformidad con las decisiones del jurado.


Fuente


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PREMIO DE NOVELA ELISA MÚJICA 2018 (Colombia)

16:05:2018

Género: Novela

Premio:  $ 30.000.000 y edición

Abierto a: mujer colombiana, mayor de 18 años que resida de manera permanente en Colombia

Entidad convocante: Alcaldía Mayor, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes y Laguna Libros

País de la entidad convocante: Colombia

Fecha de cierre:   16:05:2018

 

BASES

 
Información básica

Línea estratégica Creación
Área Literatura

Número de estímulos 1
Total de recursos $30.000.000

La participación a esta convocatoria se realiza con seudónimo


Cronograma

Fecha de apertura 07/feb/2018
Fecha de cierre 16/may/2018
Publicación de resultados de evaluación 13/sep/2018


Objeto

La alcaldía Mayor con el apoyo del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, en cooperación con Laguna Libros, reconoce, mediante un estímulo económico, el trabajo de una mujer escritora colombiana cuya propuesta de libro, desde el género de la novela, alcance los más altos niveles de calidad literaria. Por ello, premiará la mejor novela inédita, escrita por una autora colombiana, cuya extensión no supere las 300 páginas. Laguna Libros publicará la obra y realizará todas las acciones necesarias para su difusión y posicionamiento.

El Premio se concibe además como un homenaje a Elisa Mújica, una de las escritoras colombianas más destacadas del siglo XX, de quien, en enero de 2018 se conmemoran 100 años de su nacimiento. Nacida en Bucaramanga, Elisa Mújica desarrolló su carrera literaria en la ciudad de Bogotá en donde vivió por varias décadas; empezó a publicar a finales de los 40's en diversos géneros entre los que se cuenta la novela, el cuento, la literatura infantil, la entrevista, la crónica, la crítica literaria, el ensayo, versiones de cuentos populares, prólogos y ediciones de obras de la literatura colombiana. Colaboró en las más importantes revistas y periódicos del país. Su obra refleja el quehacer de las colombianas en diversos campos de la vida nacional con textos que permiten reconstruir la labor de la mujer de mediados del siglo XX.

Elisa Mújica fue la primera en alcanzar la posición de miembro honor de la Academia Colombiana de la Lengua y fue elegida por votación secreta desde 1984 como miembro hispanoamericano de la Real Academia Española. Es recordada por ser de las pocas novelistas de su época que criticó con insistencia la distinción existente entre las oportunidades para hombres y mujeres y celebró la perseverancia de las mujeres colombianas.


Tipo de participante

Persona Natural


Perfil específico del participante

Persona natural: mujer colombiana, mayor de 18 años que resida de manera permanente en Colombia.

Convocatoria abierta bajo la modalidad de SEUDÓNIMO

(ver lineamientos de entrega de propuestas bajo seudónimo en los requisitos generales de participación)


Quiénes no pueden participar

- Las novelas que hayan sido publicadas parcial o totalmente en algún medio digital o impreso.
- Las novelas que hayan sido premiadas o hayan recibido mención de honor en otra convocatoria.
- Agrupación.
- Persona Jurídica.


Documentos técnicos para evaluación

PROPUESTA

Condiciones

- La obra debe ser escrita por una sola autora.
- Una participante podrá inscribir sólo una (1) propuesta en esta convocatoria.
- La obra debe ser inédita en su totalidad y de tema libre, no haber sido publicada en medio digital ni en medio impreso, no haber sido premiada ni estar participando en otras convocatorias, y no podrá tener compromiso con ninguna institución, empresa o editorial.
- La autora deberá estar en capacidad de demostrar, si fuese necesario, la autoría de la obra y la titularidad de sus derechos patrimoniales, de acuerdo a las normas vigentes sobre propiedad intelectual.
- Ni la participación en esta convocatoria ni el premio obtenido significan una cesión al área de Literatura de los derechos de autor de las participantes y la ganadora, quienes son las únicas titulares de los derechos patrimoniales y morales de sus obras.
- Tanto la cesión de derechos como otras consideraciones con respecto a cambios en el texto, diseño, regalías, etc., serán lideradas por Laguna Libros.
- Laguna Libros publicará la obra ganadora y se llevará a cabo todas las acciones necesarias para su difusión y posicionamiento.

Contenido:

A. Novela: Las participantes deberán enviar una obra escrita de tema libre, en formato PDF, digitada en computador en fuente Arial o Times New Roman, tamaño 12 puntos, interlineado doble, márgenes de 3 cm x 3 cm x 3 cm x 3 cm, tamaño carta (21,6 cm x 27,9 cm). La obra debe tener una extensión mínima de cien (100) páginas y un máximo de trescientas (300).
El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta cartilla, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

NOTA: El uso del seudónimo es obligatorio para lograr igualdad de condiciones al momento de evaluar las propuestas. De lo contrario, la propuesta será rechazada.

Criterios de evaluación

Ronda 1
Criterio / Puntaje
Aspectos formales (puntuación, gramática, uso del lenguaje) 10
Solidez de la estructura 30
Verosimilitud, construcción de personales, argumento y recursos estilísticos del género 30
Voz propia  30

Nota

Una vez publicado el listado definitivo de propuestas habilitadas para evaluación, se definirá la pertinencia de designar los jurados de preselección que se necesiten para esta labor quienes serán seleccionados del Banco Sectorial de Hojas de Vida de acuerdo al perfil que se requiera para la presente convocatoria, y cuya función es realizar una preselección de propuestas y emitir un concepto individual y escrito de cada una de las obras revisadas. Las propuestas preseleccionadas serán evaluadas por un jurado que deliberará y seleccionará la propuesta ganadora de la convocatoria y emitirá un concepto individual y escrito de cada una de las propuestas evaluadas.

Ronda 2
Criterio / Puntaje
Aspectos formales (puntuación, gramática, uso del lenguaje) 10
Solidez de la estructura 30
Verosimilitud, construcción de personales, argumento y recursos estilísticos del género 30
Voz propia 30


Derechos y deberes específicos de los ganadores

Una vez notificado el acto administrativo que acoge la decisión del jurado, el ganador deberá tener en cuenta que el acto surte sus efectos y queda en firme a los diez días siguientes de surtida la notificación vía correo electrónico y en consecuencia deberán presentar para el primer desembolso dentro de los cinco días siguientes a este último término, todos los documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las condiciones generales de participación.

A. DESEMBOLSO

Se realizará un único desembolso equivalente al ciento por ciento (100%) del valor del premio, posterior al proceso de comunicación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto. Al 100% del valor del estímulo económico se le aplicará las retenciones tributarias a que haya lugar.

B. DEBERES ESPECÍFICOS:

- Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con el Instituto Distrital de las Artes – Idartes.
- Aceptar las condiciones de publicación estipuladas por Laguna Libros, que implican una sesión de los derechos patrimoniales de la obra para su publicación en formato impreso y digital, con exclusividad para el territorio de Colombia y durante 5 años. La autora devengará el 10% de las regalías sobre el precio de venta al público de los libros vendidos.


Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comuníquese al 3795750 - De Lunes a Viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.


Fuente y Anexos: siscred.scrd.gov.co/estimulos/public/convocatoria-pde.xhtml?c=NTlhY2IyYzMtZjkyOS00NTIzLTkwNGEtNDM0OGZjNmMwN2Mz


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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