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 30:09:2013

CERTAMEN CARNÉ JOVEN DE RELATOS BREVES SOLIDARIOS (España)

  Bases generales del Programa Cultural Arte Joven 2013

1. Objeto de la convocatoria
www.escritores.org
1.1. Los certámenes del Programa Cultural Arte Joven convocados para el año 2013 son los siguientes:

a) Certamen Carné Joven de Poesía con las modalidades de poesía en catalán y poesía en castellano, dotado con un total de 3.000,00 €. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 € para ambas modalidades.

b) Certamen Carné Joven de Música Joven Contemporánea, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio de 2.000,00 €, que el Instituto Balear de la Juventud destina a asumir el gasto originado por las dos actuaciones (1.000,00 € por actuación) que llevará a cabo el grupo ganador del primer premio del certamen, y un segundo premio de 1.000,00 €, que este Instituto también destina a asumir el gasto originado por una actuación musical a cargo del grupo ganador del segundo premio.

c) Certamen Carné Joven de Cómic, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio de 1.000,00 € y un segundo de 500,00 €, ambos en metálico.

d) Certamen Carné Joven de Fotografía CooperArt, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € para la mejor colección y un segundo premio en metálico de 500,00 € para la mejor fotografía. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

e) Certamen Carné Joven de Relatos Breves Solidarios, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 €. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

f) Certamen de Arquitectura Joven, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio en metálico para el mejor proyecto. Asume el importe total del premio el Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares (COAIB).

1.2. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas) de esta Resolución.

 2. Importe y crédito presupuestario

2.1. Los premios para cada uno de los certámenes son los que se establecen en el apartado 1 de estas bases. El importe global máximo de los premios es de 13.500,00 € (trece mil quinientos euros), de los cuales, 7.500,00 € (siete mil quinientos euros) irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013, 3.000,00 € (tres mil euros) con cargo a los presupuestos de la Dirección General de Cooperación e Inmigración para el año 2013 y 3.000,00 € (tres mil euros) a cargo a los presupuestos del COAIB para el año 2013.

2.2. Con respecto a los certámenes Carné Joven de Fotografía CooperArt y Carné Joven de Relato Breve, los gastos derivados de la ampliación, el montaje y el desmontaje de fotografías y de la rotulación del  acontecimiento final irán a cargo de la Dirección General de Cooperación e Inmigración y no superarán los 1.800,00 €. La Dirección General llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud. Con respecto a los gastos de estos dos certámenes correspondientes a desplazamientos y pernoctación, serán gestionados directamente por la Dirección General de Cooperación e Inmigración.

2.3. El resto de gastos -es decir, los que no tengan la consideración de premio de acuerdo con el apartado 1 de estas bases generales y hasta un máximo de 25.000,00 € (veinticinco mil euros)- irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013.

 3. Participantes

3.1. El Programa Cultural Arte Joven se dirige a jóvenes residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 30 años a 31 de diciembre de 2013, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, en el que la edad se amplía hasta los 35 años.

3.2. Se admite la inscripción de grupos en los certámenes de Arquitectura Joven, de Música Joven Contemporánea y de Cómic. En estos casos, se considera como representante del grupo al componente que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que consten en ella. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen formando parte de dos grupos al mismo tiempo o participando como miembro de uno y, al mismo tiempo, individualmente.

3.3. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, tienen que cobrar el premio las personas que los representen legalmente, en caso de que no estén emancipados.

3.4. Los grupos o autores que hayan recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del Programa Cultural Arte Joven no se pueden volver a presentar a la misma modalidad en la que hayan quedado ganadores. Se entiende que el grupo no se puede volver a presentar solo si conserva el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando fue ganador.

3.5. Las obras que se presenten no pueden haber ganado el primer premio en ningún otro certamen o concurso de las Islas Baleares. En el caso de que una obra presentada a cualquiera de las modalidades convocadas por el Programa Cultural Arte Joven, ganara el primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear, en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, la obra quedaría automáticamente excluida del certamen. Con respecto al Certamen de Música Joven Contemporánea, los grupos o músicos en solitario no se pueden presentar al certamen si han ganado el primer premio en otro concurso o certamen convocado dentro del territorio balear. En el caso de que un grupo o un músico en solitario ganara un primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, este quedaría automáticamente excluido del certamen. Se entiende que el grupo queda excluido del certamen de Arte Joven si tiene el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando se presentó y ganó el otro concurso convocado dentro del territorio balear.

 
4. Obligaciones de las personas beneficiarias

4.1. Las personas beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 10 del Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de  2003, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y
Deportes (BOIB nº. 137, de 2 de octubre).

4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La presentación de la solicitud implica que la persona solicitante autoriza al órgano convocante a obtener directamente los certificados que acreditan que está al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.

 5. Presentación de solicitudes: requisitos, plazos y documentación

5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Bienestar Social de 26 de marzo de 2003 por la cual se establecen las bases reguladoras de los certámenes y premios en materia de bienestar social (BOIB nº. 44, de 3 de abril), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB nº. 48, de 26 de marzo), y los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes  de acuerdo con lo que dispone este apartado.

5.2. Las bases completas (generales y específicas), los modelos oficiales de solicitud y el resto de documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en las páginas web  del Instituto Balear de la Juventud ( y ). Los participantes tienen que imprimir la ficha de inscripción y cumplimentarla. Se les facilitará una copia, si así lo desean, en los centros de información juvenil de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera y en la sede del Instituto Balear de la Juventud.

5.3. Las solicitudes se pueden presentar en los lugares que se indican a continuación o en cualquiera de los que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tienen que ir dirigidas al Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, cuyas inscripciones se rigen según las bases específicas recogidas en el anexo 2 de esta convocatoria.

 a) Mallorca:

Instituto Balear de la Juventud
Edificio Palma Arena
Programa Cultural Arte Joven
Avda. del Uruguay, s/n, bajos, 07010 Palma
Tfno.: 971 17 89 47
Fax: 971 17 89 14
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 b) Menorca:

Instituto de la Juventud de Menorca
Avda. de Josep Maria Quadrado, 13, 07703 Maó
Tfno.: 971 36 50 73
Fax: 971 36 27 86
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c) Ibiza:

Centro de Información Juvenil
C. de Joan Xico, s/n, bajos, 07800 Ibiza
Tfno.: 971 31 23 33
Fax: 971 31 88 14
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d) Formentera:
Centro de Información Juvenil
Centro Social Es Molí
Avda. de Portossalè, 88, 07860 Formentera
Tfno.: 971 32 34 93
Fax: 971 32 25 56
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 5.4. Si la solicitud se envía por correo, la persona interesada se tiene que asegurar de que la oficina de Correos feche y selle el ejemplar destinado al Instituto Balear de la Juventud, de acuerdo con lo que dispone el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales (BOE nº. 313, de 31 de diciembre), modificado por el Real decreto 503/2007, de 20 de abril (BOE nº. 111, de 9 de mayo). En caso de que la oficina de Correos no feche y selle la solicitud, se entenderá como fecha válida de presentación la del matasellos.5.5. Si la solicitud se presenta en un lugar diferente de los  especificados en el punto 5.3, se recomienda enviarla por fax, con el sello del registro de entrada, y como máximo durante las 24 horas siguientes a la finalización del plazo de presentación. Así mismo, si se envía por correo certificado, se recomienda enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos en que se haga constar la fecha de presentación.

5.6. El plazo de inscripción y de presentación de la documentación especificada en el punto 5.7 es, para todos los certámenes y todas las modalidades, desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5.7. Para poder participar en los certámenes, se tiene que presentar la documentación siguiente:

a) La ficha de inscripción cumplimentada (original y fotocopia), y firmada por la persona participante o la que represente al grupo.

b) La fotocopia del DNI o NIE en vigor de las personas participantes y del representante del grupo. En estos casos, se considera representante al componente del grupo que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que constan en ella. Cuando el solicitante sea un grupo de jóvenes, dado que se trata de una entidad sin personalidad jurídica, se puede tramitar la constitución y la obtención de un CIF al efecto, el cual se tiene que aportar. En cualquier caso, ha de nombrar una persona representante del grupo, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden al grupo. Además, en el caso de los grupos, se ha de hacer constar de manera explícita en la solicitud de inscripción qué parte del importe del premio corresponde a cada componente del grupo, en caso de que resulte ganador. En caso contrario, se entenderá que todos tienen que percibir la misma proporción.

c) Un certificado municipal de empadronamiento o de residencia en alguna localidad de las Islas Baleares, excepto los residentes en el municipio de Palma.

En el caso de residentes en las Islas Baleares que sean nacionales de un país que no pertenece en la Unión Europea, una fotocopia del documento acreditativo de haber obtenido la residencia legal.

d) Una fotocopia del Carné Joven, excepto en el caso del Certamen de Arquitectura Joven.

e) La documentación adicional que determinen las bases específicas de cada certamen, si procede.

5.8. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o la documentación aportada es incorrecta o incompleta, el Instituto Balear de la Juventud requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente de recibir la notificación, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992. Si en este plazo
no se hacen las enmiendas correspondientes, se entenderá que se desiste de la solicitud y el expediente se archivará sin más trámite.

5.9. El Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.

 6. Instrucción del procedimiento

El órgano instructor es el Instituto Balear de la Juventud, el cual ha de llevar a cabo las actuaciones a que se refieren los artículos 16 y siguientes del Decreto legislativo 2/2005; en concreto, tiene que hacer de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.

  7. Jurados

7.1. El jurado es el órgano colegiado al cual le corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que tiene que servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.

7.2. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud tiene que nombrar los miembros de cada jurado mediante una resolución.

7.3. El jurado de cada uno de los certámenes estará formado por los componentes que se indican a continuación, excepto en el caso del Certamen de Fotografía CooperArt, el del Certamen de Relatos Breves Solidarios y el Certamen de Arquitectura Joven, en que la  composición del jurado se detalla en las bases específicas correspondientes.

a) Presidente (con voto dirimente en caso de empate): la persona que elija a la presidenta del Instituto Balear de la Juventud siguiendo criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

b) Vocales: un mínimo de tres personas seleccionadas por el Instituto Balear de la Juventud de acuerdo con criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

c) Secretaria (con voz pero sin voto): la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud.

7.4. Se considera que hay quórum suficiente cuando en las reuniones del jurado están presentes el presidente y el secretario o, si procede, las personas que los sustituyan y al menos la mitad de sus miembros. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del presidente, este debe ser substituido por la persona del jurado de más edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más para que haya quórum suficiente.

En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del secretario, este será substituido por el técnico del Área de Arte Joven que designe la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

7.5. Los jurados pueden declarar desiertos o compartidos los premios, o establecer una distribución diferente de su importe, excepto en el Certamen de Música Joven Contemporánea, en el que los premios no pueden ser compartidos. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones se tomarán por mayoría simple; no hará falta, pues, unanimidad a la hora de establecer al ganador o los ganadores de cualquier certamen.

7.6. En las modalidades en que las bases específicas establecen algún plazo, este es aproximado. Es el jurado el que tiene que determinar si la falta o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes es penalizable o no, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable.


8. Resolución y notificación

8.1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios es la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

8.2. La concesión de los premios del Programa Cultural Arte Joven se tiene que resolver antes del mes de diciembre de 2013. Este plazo puede ser modificado en caso de que haya impedimentos debidamente justificados que no permitan cumplirlo.

8.3. La resolución de la presidenta, que se tiene que notificar individualmente a las personas interesadas, tiene que ser motivada y tiene que fijar, con carácter definitivo, la cuantía individual de los premios concedidos.

8.4. Presentarse a un certamen o a una modalidad implica aceptar el premio que eventualmente puede corresponder, a menos que se manifieste expresamente lo contrario.

 9. Pago y justificación

9.1. Es suficiente como justificación para el pago de los premios acreditar los requisitos establecidos en la convocatoria.

9.2. De acuerdo con el punto 2.1 de esta convocatoria, los premios se pagarán íntegramente a los beneficiarios en el año 2013, mediante una transferencia bancaria, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de las bases generales, con la excepción de los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea.9.3. Los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea (punto 1.1, apartado b, de este anexo)  se pagarán una vez resuelta y notificada la concesión y presentada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de estas bases generales. En este sentido, para poder tramitar los pagos correspondientes es necesario un certificado que acredite haber hecho las actuaciones mencionadas.

 10. Otras determinaciones

10.1. Los premios establecidos en esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a efectos de lo que establece la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

10.2. El hecho de presentarse a cualquier certamen supone implícitamente que los autores autorizan al Instituto Balear de la Juventud a reproducir y publicar la imagen o el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.

10.3. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente y tiene que resolver todas las cuestiones que puedan surgir con respecto a la interpretación de las bases. Asimismo, se reserva la posibilidad de anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes así lo
aconseje.

10.4. El órgano competente para resolver esta convocatoria de acuerdo con el punto 8.1 se reserva la posibilidad de declarar desiertos los certámenes o las modalidades que no alcancen una participación suficiente, a propuesta de la directora del Instituto Balear de la Juventud. Se entiende que una participación no es suficiente cuando el número de inscritos es inferior a ocho. En caso de que haya poca participación, y antes de declararlo desierto, la presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta de la directora, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación previa en el BOIB.

10.5. El Instituto Balear de la Juventud asume, con cargo a su presupuesto, los gastos originados por el desplazamiento entre islas, con un máximo de 150,00 € para la ida y la vuelta, o con un máximo de 250,00 € cuando también se traslade la obra, con la excepción de los certámenes de Fotografía CooperArt y de Relatos Breves Solidarios cuyos gastos serán asumidos directamente por la Dirección General de
Cooperación e Inmigración, según se indica en el punto 2.2. Estos gastos están previstos para garantizar la asistencia de los finalistas y ganadores al acto público en que se comunicará la decisión de los jurados, así como a la inauguración de las actividades que se lleven a cabo derivadas de esta convocatoria del Programa Cultural Arte Joven, y solo en los casos en que los mencionados finalistas o ganadores tengan
una isla de residencia diferente de la isla en la cual se organice el evento.

10.6. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que se establecen en esta convocatoria implica la aceptación estricta de todas las bases (generales y específicas), de manera que se excluirán las inscripciones que no cumplan las condiciones según la forma establecida.

10.7. Durante los años 2013 y 2014, el Instituto Balear de la Juventud puede editar catálogos, vídeos, Dvd y publicaciones en los que se recopilen las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de las diferentes modalidades objeto de esta convocatoria.

10.8. El Instituto Balear de la Juventud no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos dentro de las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente con ellos. En cualquier caso, no se admitirán a concurso aquellas obras o interpretaciones que hagan apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se da este supuesto, la
presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta del jurado correspondiente por unanimidad, resolverá excluirlas del certamen.10.9. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales o por otras razones debidamente justificadas. 

11. Propiedad de las obras

11.1. Los participantes que no hayan quedado finalistas en ningún certamen tienen que retirar las obras, los dosieres, las maquetas, los prototipos y, en general, cualquier documentación que hayan aportado en el plazo de veinticinco días naturales a contar desde el momento en que reciban la notificación de la resolución o, en cualquier caso, antes de las 14 horas del 27 de diciembre de 2013. A partir de este momento, el material entregado quedará a disposición del Instituto Balear de la Juventud, el cual incluso podrá destruirlo, y el participante perderá el derecho a reclamarlo.

11.2. En el caso de los finalistas y ganadores de cualquier certamen, y visto el punto 10.7 de este anexo, el plazo establecido es del 1 al 29 de diciembre de 2014.

 12. Tratamiento de datos de carácter personal

12.1. Los datos de los participantes se incorporarán a un fichero del Instituto Balear de la Juventud y serán tratados para atender su solicitud de participación en este certamen, de acuerdo con lo que prevé la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

12.2. Igualmente, los datos personales de los participantes solo se comunicarán a terceros cuando sea necesario por imperativo legal o con su consentimiento previo. En este sentido, y en caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos, los datos necesarios para esta finalidad serán comunicados a las agencias de viajes minoristas encargadas de las tramitaciones de los billetes y las reservas, así como a las
empresas cuyos servicios se incluyen en estos viajes y reservas, como empresas de transporte u hoteles.

Por otra parte, a no ser que el afectado indique su voluntad contraria, sus datos podrán ser comunicados a los organismos o entidades patrocinadores del certamen. Finalmente, se divulgarán los nombres de los ganadores y los finalistas y se facilitarán los datos de contacto a los medios de comunicación y prensa de ámbito de las Islas Baleares.

12.3. Cualquier persona interesada puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un escrito y una copia de su DNI al Instituto Balear de la Juventud (edificio Palma Arena, calle Uruguay, s/n, 07010 Palma).

12.4. En el caso de incluir datos de terceros, la persona participante que rellena la ficha de solicitud se compromete a pedir el consentimiento de los interesados con respecto a cualquiera de los aspectos mencionados y a informarles de ello con carácter previo.

13. Revocación

13.1. De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, corresponde revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los cuales está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.

13.2. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto el acto de concesión y se tienen que reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.

 14. Reintegro de las ayudas concedidas14.1. Corresponde reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la cual se reconozca el reintegro en los casos que prevé el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005.

14.2. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por vía de apremio.

14.3. Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perderlo, con la audiencia previa de la persona interesada.

14.4. El ganador perderá el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el Instituto Balear de la Juventud.

15. Régimen de infracciones y sanciones

Si se incumplen los requisitos que establece esta Resolución, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005.

 16. Inspección

Según lo que disponen estas bases, las ayudas objeto de esta convocatoria se tienen que someter a la inspección correspondiente, de acuerdo con la normativa legal vigente aplicable.
 
Bases específicas
 
1. Convocatoria y tema

1.1. El Certamen de Relatos Breves Solidarios, convocado por el Instituto Balear de la Juventud y la Dirección General de Cooperación e Inmigración, tiene como objetivo despertar conciencias críticas y sensibilizar a la ciudadanía balear en temas de solidaridad mediante una narración corta basada en principios solidarios.

1.2. El tema del certamen para el año 2013 es "El agua, un derecho universal". El agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud pero, en algunos países en vías de desarrollo, la población tiene muchos problemas para poder acceder a ella. Una parte de la población mundial no tiene acceso a la cantidad mínima de agua potable necesaria para vivir. No obstante, el derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y tiene que ser una condición previa para la consecución de otros derechos humanos.

2. Participantes

Pueden participar jóvenes residentes en las Islas Baleares que deben tener entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2013. No se admitirá la inscripción de grupos.

 3. Premios

3.1. Se establece una dotación total de 1.500,00 € destinada a premios, que se distribuirá de la manera siguiente:

a. 1.000,00 € al mejor relato.

b. 500,00 € al segundo mejor relato.

3.2. El jurado puede proponer que el certamen sea declarado desierto o compartido o proponer una distribución del premio alternativa.

 4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. Tiene que presidir el jurado la directora general de Cooperación e Inmigración o la persona en quien delegue. La directora del Instituto Balear de
la Juventud o la persona en quien delegue actuará como vocal. El resto de vocales se tienen que escoger conjuntamente entre el Instituto Balear de la Juventud y la Dirección General de Cooperación e Inmigración de acuerdo con criterios de profesionalidad o prestigio reconocidos en este ámbito profesional o cultural, entre escritores de prestigio, periodistas, críticos y jefes de la sección de cultura de diferentes medios de comunicación y directores o presidentes de editoriales. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

 6. Condiciones técnicas

6.1. Cada participante debe presentar una copia por cuadruplicado del relato y un disquete, CD o memoria USB con el archivo en formato Word, además de la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales (anexo 1) de la convocatoria de los certámenes del Programa Cultural Arte Joven para el 2013.

6.2. La extensión no puede superar los diez folios y cada página debe tener entre 25 y 30 líneas. La letra utilizada será la Times New Roman, de cuerpo 12. Los márgenes tienen que ser de un mínimo de 3 cm.

6.3. Los relatos deben ser originales, inéditos y redactados en lengua catalana o lengua castellana.

6.4. Cada participante solo puede presentar un relato.

 7. Selección y desarrollo

7.1. Los miembros del jurado, una vez leídos los trabajos presentados, se reunirán para determinar los ganadores en las fechas y el lugar que el Instituto Balear de la Juventud determine.

7.2. Una vez que el jurado haya tomado una decisión, esta se tiene que dar a conocer, junto al resto de modalidades convocadas, en un acto público presidido por la directora general de Cooperación e Inmigración y la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

 8. Otras determinaciones

8.1. Las obras finalistas del certamen serán propiedad de la Dirección General de Cooperación e Inmigración en los casos de explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y difusión de la obra resultante. En cualquier caso, siempre se hará constar la autoría de los relatos, el logotipo del Gobierno de las Islas Baleares y la información relativa al Certamen de Relato Breve del Programa Cultural Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud.

8.2. La Dirección General de Cooperación e Inmigración se reserva la posibilidad de adaptar los relatos presentados a formato teatral para que puedan ser representados en diferentes espacios teatrales o  educativos.

Bases generales

Hoja de inscripción del Certamen de Relatos Breves Solidarios


 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

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CERTAMEN CARNÉ JOVEN DE CÓMIC (España)

  Bases generales del Programa Cultural Arte Joven 2013

1. Objeto de la convocatoria
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1.1. Los certámenes del Programa Cultural Arte Joven convocados para el año 2013 son los siguientes:

a) Certamen Carné Joven de Poesía con las modalidades de poesía en catalán y poesía en castellano, dotado con un total de 3.000,00 €. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 € para ambas modalidades.

b) Certamen Carné Joven de Música Joven Contemporánea, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio de 2.000,00 €, que el Instituto Balear de la Juventud destina a asumir el gasto originado por las dos actuaciones (1.000,00 € por actuación) que llevará a cabo el grupo ganador del primer premio del certamen, y un segundo premio de 1.000,00 €, que este Instituto también destina a asumir el gasto originado por una actuación musical a cargo del grupo ganador del segundo premio.

c) Certamen Carné Joven de Cómic, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio de 1.000,00 € y un segundo de 500,00 €, ambos en metálico.

d) Certamen Carné Joven de Fotografía CooperArt, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € para la mejor colección y un segundo premio en metálico de 500,00 € para la mejor fotografía. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

e) Certamen Carné Joven de Relatos Breves Solidarios, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 €. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

f) Certamen de Arquitectura Joven, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio en metálico para el mejor proyecto. Asume el importe total del premio el Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares (COAIB).

1.2. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas) de esta Resolución.

 2. Importe y crédito presupuestario

2.1. Los premios para cada uno de los certámenes son los que se establecen en el apartado 1 de estas bases. El importe global máximo de los premios es de 13.500,00 € (trece mil quinientos euros), de los cuales, 7.500,00 € (siete mil quinientos euros) irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013, 3.000,00 € (tres mil euros) con cargo a los presupuestos de la Dirección General de Cooperación e Inmigración para el año 2013 y 3.000,00 € (tres mil euros) a cargo a los presupuestos del COAIB para el año 2013.

2.2. Con respecto a los certámenes Carné Joven de Fotografía CooperArt y Carné Joven de Relato Breve, los gastos derivados de la ampliación, el montaje y el desmontaje de fotografías y de la rotulación del  acontecimiento final irán a cargo de la Dirección General de Cooperación e Inmigración y no superarán los 1.800,00 €. La Dirección General llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud. Con respecto a los gastos de estos dos certámenes correspondientes a desplazamientos y pernoctación, serán gestionados directamente por la Dirección General de Cooperación e Inmigración.

2.3. El resto de gastos -es decir, los que no tengan la consideración de premio de acuerdo con el apartado 1 de estas bases generales y hasta un máximo de 25.000,00 € (veinticinco mil euros)- irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013.

 3. Participantes

3.1. El Programa Cultural Arte Joven se dirige a jóvenes residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 30 años a 31 de diciembre de 2013, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, en el que la edad se amplía hasta los 35 años.

3.2. Se admite la inscripción de grupos en los certámenes de Arquitectura Joven, de Música Joven Contemporánea y de Cómic. En estos casos, se considera como representante del grupo al componente que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que consten en ella. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen formando parte de dos grupos al mismo tiempo o participando como miembro de uno y, al mismo tiempo, individualmente.

3.3. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, tienen que cobrar el premio las personas que los representen legalmente, en caso de que no estén emancipados.

3.4. Los grupos o autores que hayan recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del Programa Cultural Arte Joven no se pueden volver a presentar a la misma modalidad en la que hayan quedado ganadores. Se entiende que el grupo no se puede volver a presentar solo si conserva el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando fue ganador.

3.5. Las obras que se presenten no pueden haber ganado el primer premio en ningún otro certamen o concurso de las Islas Baleares. En el caso de que una obra presentada a cualquiera de las modalidades convocadas por el Programa Cultural Arte Joven, ganara el primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear, en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, la obra quedaría automáticamente excluida del certamen. Con respecto al Certamen de Música Joven Contemporánea, los grupos o músicos en solitario no se pueden presentar al certamen si han ganado el primer premio en otro concurso o certamen convocado dentro del territorio balear. En el caso de que un grupo o un músico en solitario ganara un primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, este quedaría automáticamente excluido del certamen. Se entiende que el grupo queda excluido del certamen de Arte Joven si tiene el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando se presentó y ganó el otro concurso convocado dentro del territorio balear.

 
4. Obligaciones de las personas beneficiarias

4.1. Las personas beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 10 del Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de  2003, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y
Deportes (BOIB nº. 137, de 2 de octubre).

4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La presentación de la solicitud implica que la persona solicitante autoriza al órgano convocante a obtener directamente los certificados que acreditan que está al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.

 5. Presentación de solicitudes: requisitos, plazos y documentación

5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Bienestar Social de 26 de marzo de 2003 por la cual se establecen las bases reguladoras de los certámenes y premios en materia de bienestar social (BOIB nº. 44, de 3 de abril), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB nº. 48, de 26 de marzo), y los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes  de acuerdo con lo que dispone este apartado.

5.2. Las bases completas (generales y específicas), los modelos oficiales de solicitud y el resto de documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en las páginas web  del Instituto Balear de la Juventud ( y ). Los participantes tienen que imprimir la ficha de inscripción y cumplimentarla. Se les facilitará una copia, si así lo desean, en los centros de información juvenil de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera y en la sede del Instituto Balear de la Juventud.

5.3. Las solicitudes se pueden presentar en los lugares que se indican a continuación o en cualquiera de los que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tienen que ir dirigidas al Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, cuyas inscripciones se rigen según las bases específicas recogidas en el anexo 2 de esta convocatoria.

 a) Mallorca:

Instituto Balear de la Juventud
Edificio Palma Arena
Programa Cultural Arte Joven
Avda. del Uruguay, s/n, bajos, 07010 Palma
Tfno.: 971 17 89 47
Fax: 971 17 89 14
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 b) Menorca:

Instituto de la Juventud de Menorca
Avda. de Josep Maria Quadrado, 13, 07703 Maó
Tfno.: 971 36 50 73
Fax: 971 36 27 86
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c) Ibiza:

Centro de Información Juvenil
C. de Joan Xico, s/n, bajos, 07800 Ibiza
Tfno.: 971 31 23 33
Fax: 971 31 88 14
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d) Formentera:
Centro de Información Juvenil
Centro Social Es Molí
Avda. de Portossalè, 88, 07860 Formentera
Tfno.: 971 32 34 93
Fax: 971 32 25 56
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 5.4. Si la solicitud se envía por correo, la persona interesada se tiene que asegurar de que la oficina de Correos feche y selle el ejemplar destinado al Instituto Balear de la Juventud, de acuerdo con lo que dispone el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales (BOE nº. 313, de 31 de diciembre), modificado por el Real decreto 503/2007, de 20 de abril (BOE nº. 111, de 9 de mayo). En caso de que la oficina de Correos no feche y selle la solicitud, se entenderá como fecha válida de presentación la del matasellos.5.5. Si la solicitud se presenta en un lugar diferente de los  especificados en el punto 5.3, se recomienda enviarla por fax, con el sello del registro de entrada, y como máximo durante las 24 horas siguientes a la finalización del plazo de presentación. Así mismo, si se envía por correo certificado, se recomienda enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos en que se haga constar la fecha de presentación.

5.6. El plazo de inscripción y de presentación de la documentación especificada en el punto 5.7 es, para todos los certámenes y todas las modalidades, desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5.7. Para poder participar en los certámenes, se tiene que presentar la documentación siguiente:

a) La ficha de inscripción cumplimentada (original y fotocopia), y firmada por la persona participante o la que represente al grupo.

b) La fotocopia del DNI o NIE en vigor de las personas participantes y del representante del grupo. En estos casos, se considera representante al componente del grupo que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que constan en ella. Cuando el solicitante sea un grupo de jóvenes, dado que se trata de una entidad sin personalidad jurídica, se puede tramitar la constitución y la obtención de un CIF al efecto, el cual se tiene que aportar. En cualquier caso, ha de nombrar una persona representante del grupo, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden al grupo. Además, en el caso de los grupos, se ha de hacer constar de manera explícita en la solicitud de inscripción qué parte del importe del premio corresponde a cada componente del grupo, en caso de que resulte ganador. En caso contrario, se entenderá que todos tienen que percibir la misma proporción.

c) Un certificado municipal de empadronamiento o de residencia en alguna localidad de las Islas Baleares, excepto los residentes en el municipio de Palma.

En el caso de residentes en las Islas Baleares que sean nacionales de un país que no pertenece en la Unión Europea, una fotocopia del documento acreditativo de haber obtenido la residencia legal.

d) Una fotocopia del Carné Joven, excepto en el caso del Certamen de Arquitectura Joven.

e) La documentación adicional que determinen las bases específicas de cada certamen, si procede.

5.8. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o la documentación aportada es incorrecta o incompleta, el Instituto Balear de la Juventud requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente de recibir la notificación, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992. Si en este plazo
no se hacen las enmiendas correspondientes, se entenderá que se desiste de la solicitud y el expediente se archivará sin más trámite.

5.9. El Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.

 6. Instrucción del procedimiento

El órgano instructor es el Instituto Balear de la Juventud, el cual ha de llevar a cabo las actuaciones a que se refieren los artículos 16 y siguientes del Decreto legislativo 2/2005; en concreto, tiene que hacer de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.

  7. Jurados

7.1. El jurado es el órgano colegiado al cual le corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que tiene que servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.

7.2. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud tiene que nombrar los miembros de cada jurado mediante una resolución.

7.3. El jurado de cada uno de los certámenes estará formado por los componentes que se indican a continuación, excepto en el caso del Certamen de Fotografía CooperArt, el del Certamen de Relatos Breves Solidarios y el Certamen de Arquitectura Joven, en que la  composición del jurado se detalla en las bases específicas correspondientes.

a) Presidente (con voto dirimente en caso de empate): la persona que elija a la presidenta del Instituto Balear de la Juventud siguiendo criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

b) Vocales: un mínimo de tres personas seleccionadas por el Instituto Balear de la Juventud de acuerdo con criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

c) Secretaria (con voz pero sin voto): la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud.

7.4. Se considera que hay quórum suficiente cuando en las reuniones del jurado están presentes el presidente y el secretario o, si procede, las personas que los sustituyan y al menos la mitad de sus miembros. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del presidente, este debe ser substituido por la persona del jurado de más edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más para que haya quórum suficiente.

En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del secretario, este será substituido por el técnico del Área de Arte Joven que designe la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

7.5. Los jurados pueden declarar desiertos o compartidos los premios, o establecer una distribución diferente de su importe, excepto en el Certamen de Música Joven Contemporánea, en el que los premios no pueden ser compartidos. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones se tomarán por mayoría simple; no hará falta, pues, unanimidad a la hora de establecer al ganador o los ganadores de cualquier certamen.

7.6. En las modalidades en que las bases específicas establecen algún plazo, este es aproximado. Es el jurado el que tiene que determinar si la falta o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes es penalizable o no, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable.


8. Resolución y notificación

8.1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios es la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

8.2. La concesión de los premios del Programa Cultural Arte Joven se tiene que resolver antes del mes de diciembre de 2013. Este plazo puede ser modificado en caso de que haya impedimentos debidamente justificados que no permitan cumplirlo.

8.3. La resolución de la presidenta, que se tiene que notificar individualmente a las personas interesadas, tiene que ser motivada y tiene que fijar, con carácter definitivo, la cuantía individual de los premios concedidos.

8.4. Presentarse a un certamen o a una modalidad implica aceptar el premio que eventualmente puede corresponder, a menos que se manifieste expresamente lo contrario.

 9. Pago y justificación

9.1. Es suficiente como justificación para el pago de los premios acreditar los requisitos establecidos en la convocatoria.

9.2. De acuerdo con el punto 2.1 de esta convocatoria, los premios se pagarán íntegramente a los beneficiarios en el año 2013, mediante una transferencia bancaria, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de las bases generales, con la excepción de los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea.9.3. Los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea (punto 1.1, apartado b, de este anexo)  se pagarán una vez resuelta y notificada la concesión y presentada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de estas bases generales. En este sentido, para poder tramitar los pagos correspondientes es necesario un certificado que acredite haber hecho las actuaciones mencionadas.

 10. Otras determinaciones

10.1. Los premios establecidos en esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a efectos de lo que establece la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

10.2. El hecho de presentarse a cualquier certamen supone implícitamente que los autores autorizan al Instituto Balear de la Juventud a reproducir y publicar la imagen o el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.

10.3. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente y tiene que resolver todas las cuestiones que puedan surgir con respecto a la interpretación de las bases. Asimismo, se reserva la posibilidad de anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes así lo
aconseje.

10.4. El órgano competente para resolver esta convocatoria de acuerdo con el punto 8.1 se reserva la posibilidad de declarar desiertos los certámenes o las modalidades que no alcancen una participación suficiente, a propuesta de la directora del Instituto Balear de la Juventud. Se entiende que una participación no es suficiente cuando el número de inscritos es inferior a ocho. En caso de que haya poca participación, y antes de declararlo desierto, la presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta de la directora, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación previa en el BOIB.

10.5. El Instituto Balear de la Juventud asume, con cargo a su presupuesto, los gastos originados por el desplazamiento entre islas, con un máximo de 150,00 € para la ida y la vuelta, o con un máximo de 250,00 € cuando también se traslade la obra, con la excepción de los certámenes de Fotografía CooperArt y de Relatos Breves Solidarios cuyos gastos serán asumidos directamente por la Dirección General de
Cooperación e Inmigración, según se indica en el punto 2.2. Estos gastos están previstos para garantizar la asistencia de los finalistas y ganadores al acto público en que se comunicará la decisión de los jurados, así como a la inauguración de las actividades que se lleven a cabo derivadas de esta convocatoria del Programa Cultural Arte Joven, y solo en los casos en que los mencionados finalistas o ganadores tengan
una isla de residencia diferente de la isla en la cual se organice el evento.

10.6. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que se establecen en esta convocatoria implica la aceptación estricta de todas las bases (generales y específicas), de manera que se excluirán las inscripciones que no cumplan las condiciones según la forma establecida.

10.7. Durante los años 2013 y 2014, el Instituto Balear de la Juventud puede editar catálogos, vídeos, Dvd y publicaciones en los que se recopilen las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de las diferentes modalidades objeto de esta convocatoria.

10.8. El Instituto Balear de la Juventud no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos dentro de las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente con ellos. En cualquier caso, no se admitirán a concurso aquellas obras o interpretaciones que hagan apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se da este supuesto, la
presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta del jurado correspondiente por unanimidad, resolverá excluirlas del certamen.10.9. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales o por otras razones debidamente justificadas. 

11. Propiedad de las obras

11.1. Los participantes que no hayan quedado finalistas en ningún certamen tienen que retirar las obras, los dosieres, las maquetas, los prototipos y, en general, cualquier documentación que hayan aportado en el plazo de veinticinco días naturales a contar desde el momento en que reciban la notificación de la resolución o, en cualquier caso, antes de las 14 horas del 27 de diciembre de 2013. A partir de este momento, el material entregado quedará a disposición del Instituto Balear de la Juventud, el cual incluso podrá destruirlo, y el participante perderá el derecho a reclamarlo.

11.2. En el caso de los finalistas y ganadores de cualquier certamen, y visto el punto 10.7 de este anexo, el plazo establecido es del 1 al 29 de diciembre de 2014.

 12. Tratamiento de datos de carácter personal

12.1. Los datos de los participantes se incorporarán a un fichero del Instituto Balear de la Juventud y serán tratados para atender su solicitud de participación en este certamen, de acuerdo con lo que prevé la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

12.2. Igualmente, los datos personales de los participantes solo se comunicarán a terceros cuando sea necesario por imperativo legal o con su consentimiento previo. En este sentido, y en caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos, los datos necesarios para esta finalidad serán comunicados a las agencias de viajes minoristas encargadas de las tramitaciones de los billetes y las reservas, así como a las
empresas cuyos servicios se incluyen en estos viajes y reservas, como empresas de transporte u hoteles.

Por otra parte, a no ser que el afectado indique su voluntad contraria, sus datos podrán ser comunicados a los organismos o entidades patrocinadores del certamen. Finalmente, se divulgarán los nombres de los ganadores y los finalistas y se facilitarán los datos de contacto a los medios de comunicación y prensa de ámbito de las Islas Baleares.

12.3. Cualquier persona interesada puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un escrito y una copia de su DNI al Instituto Balear de la Juventud (edificio Palma Arena, calle Uruguay, s/n, 07010 Palma).

12.4. En el caso de incluir datos de terceros, la persona participante que rellena la ficha de solicitud se compromete a pedir el consentimiento de los interesados con respecto a cualquiera de los aspectos mencionados y a informarles de ello con carácter previo.

13. Revocación

13.1. De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, corresponde revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los cuales está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.

13.2. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto el acto de concesión y se tienen que reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.

 14. Reintegro de las ayudas concedidas14.1. Corresponde reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la cual se reconozca el reintegro en los casos que prevé el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005.

14.2. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por vía de apremio.

14.3. Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perderlo, con la audiencia previa de la persona interesada.

14.4. El ganador perderá el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el Instituto Balear de la Juventud.

15. Régimen de infracciones y sanciones

Si se incumplen los requisitos que establece esta Resolución, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005.

 16. Inspección

Según lo que disponen estas bases, las ayudas objeto de esta convocatoria se tienen que someter a la inspección correspondiente, de acuerdo con la normativa legal vigente aplicable.
 
Bases específicas
 
1. Convocatoria

El Instituto Balear de la Juventud convoca este certamen dirigido a jóvenes dibujantes y guionistas.

 2. Participantes

Se pueden presentar a este certamen formando equipo el guionista y el dibujante del trabajo. Los participantes tienen que ser residentes en las Islas Baleares y tener entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2013.

3. Premios

3.1. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 €, y un segundo premio de 500,00 € en metálico.

3.2. Ambos premios pueden ser declarados desiertos o compartidos si así lo considera el jurado. La decisión del jurado es inapelable.

4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

 5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b del punto 7.3 se indica que los vocales se designarán entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

Con respecto al Certamen Carné Joven de Cómic, estos deben escogerse entre representantes de la Asociación de Amigos y Víctimas del Cómic, del Cluster de Cómic y Nous Mèdia de Mallorca, del Instituto de Estudios Baleáricos, dibujantes y guionistas de reconocido prestigio en las Islas Baleares y directores de editoriales de cómic. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

 6. Condiciones técnicas6.1. Cada participante tiene que presentar, además de la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria, una copia por cuadruplicado del trabajo en formato DIN A4, y un disquete, CD o memoria USB con el trabajo digitalizado en una resolución de 300 puntos por pulgada.

6.2. Los trabajos, de temática libre, se pueden presentar en blanco y negro o en color, tienen que ser anónimos y deben tener un mínimo de dos páginas y un máximo de seis. Pueden ser en catalán o en castellano.

6.3. Cada persona o equipo solo puede presentar un trabajo. Una misma persona no puede participar en dos o más equipos.

 7. Selección y desarrollo

7.1. El certamen prevé la organización de una fase de selección previa y una fase final.

7.2. Fase de preselección. Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado tiene que seleccionar, a partir de los criterios de calidad y creatividad artística, un máximo de diez obras para pasar a la fase final.

7.3. Fase final. La fase final se llevará a cabo en las fechas y los lugares que designe oportunamente el IBJove. Se expondrán todas las obras seleccionadas y el  jurado seleccionará la obra o las obras

ganadoras. Los dibujantes finalistas tendrán que presentar, cuando lo requiera el Área de Arte Joven, las páginas de su cómic en formato DIN A3 para su exposición.

7.4. Una vez el jurado haya tomado una decisión, esta se dará a conocer en un acto público, junto al resto de modalidades convocadas.

 8. Otras determinaciones

El Instituto Balear de la Juventud publicará un álbum con todos los cómics finalistas. Corresponde al Instituto Balear de la Juventud determinar el calendario, los lugares y las empresas contratadas con que se editará este cómic recopilatorio, que será presentado en un acto público a lo largo del 2014.

Bases generales 
Hoja de inscripción del Certamen de Cómic 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

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 11:10:2013

XV PREMIO JOVEN DE NARRATIVA (España)

La Universidad Complutense de Madrid, consciente de su responsabilidad con la investigación, la formación y la transferencia, un año más convoca el “Premio Joven”, con objeto de reconocer a quienes dedican su trabajo y esfuerzo a la búsqueda del conocimiento, a la creación en sus diferentes ámbitos, o están comprometidos con una serie de valores.

 La vocación, el esfuerzo, el trabajo bien hecho, la solidaridad y la responsabilidad, son cualidades que la UCM fomenta y practica, y constituyen una parte de su identidad. Por ello, las actividades se deben impregnar de valores humanos con reconocimiento universal y servir de ejemplo a otras instituciones públicas o privadas que tienen una clara responsabilidad y proyección social. Más que nunca, conceptos como “ética”, “honestidad”, “responsabilidad social corporativa”, “ejemplaridad” y “austeridad”, se deben premiar cuando se practican y por el contrario exigir cuando están ausentes.

Más que nunca es imprescindible reconocer el valor del conocimiento y de la creación, como motores de un impulso económico en tiempos de crisis, y más que nunca, la unión entre conocimiento y valores es fundamental que sea asumida por los más jóvenes, responsables de configurar el futuro.

 Jurados integrados por personalidades relevantes en artes plásticas, economía, comunicación, narrativa, ciencia y tecnología, solidaridad y derechos humanos y sostenibilidad y medio ambiente, serán los encargados de seleccionar a los mejores. Gracias a nuestros patrocinadores, los premios comportan una dotación económica que les permitirán avanzar en algunos de sus proyectos.

 BASES
 
A. PREMIO JOVEN DE NARRATIVA. Podrán presentarse de forma individual o colectiva jóvenes de nacionalidad española o residentes en España con una novela original e inédita, escrita en español y no premiada en ningún otro certamen en el momento de producirse el fallo. Los/as candidatos/as deberán tener una edad comprendida entre los 18 y 35 años en la fecha de cierre del plazo de admisión de obras.

 B. El Premio tiene una dotación de 3.000 euros (cantidad a la que se le aplicarán las retenciones previstas en la Legislación Tributaria) y el compromiso de la edición y publicación de la novela, así como la promoción y publicidad de la misma. Podrá ser declarado desierto.

 C. La extensión de la novela se fija en, aproximadamente, 200 páginas (a 1.800 caracteres por página), impresas y cosidas o encuadernadas. En caso de presentarlas en este formato deberá adjuntarse una copia digital de la misma (CD o similar). También existe la posibilidad de enviar las novelas por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

D. Cada autor/a podrá presentar cuantas novelas estime oportuno, remitiéndolas por correo certificado sin remite o entregándolas en mano, en días laborables, de 9,30 a 14,00 horas en la siguiente dirección: FUNDACIÓN GENERAL UCM.Área de Cultura. C/ Donoso Cortés, 65, 2ª planta. 28015 Madrid, indicando: “Premio Joven de Narrativa”. Se presentarán mediante el procedimiento de lema y plica, sin firma ni datos que puedan identificar al autor/a en la novela, y en sobre aparte, cerrado, se incluirá la dirección con los datos personales y fotocopia del DNI o NIE. En el interior de la novela y en el exterior de la plica se hará constar el lema o seudónimo utilizado y el título de la obra. Este mismo procedimiento se deberá aplicar en el caso del envío de originales por correo electrónico, remitiendo en sobre aparte y por correo certificado a la dirección anteriormente citada, la plica con los datos personales y fotocopia del DNI o NIE en el interior y en el exterior del sobre deberá aparecer claramente el título de la novela y el seudónimo del autor/a.

E. El plazo de admisión de las obras finaliza el día 11 de octubre de 2013. Del 10 al 25 de agosto, la sede de la Fundación General UCM permanecerá cerrada, por lo tanto, podrán seguir enviándose trabajos o candidaturas durante esas fechas exclusivamente a través del correo electrónico.

 F. La Fundación General UCM no responderá de pérdidas, roturas, robos o daños en los trabajos por razón de fuerza mayor o cualquier otra causa ajena a su voluntad.

G. Una vez recibidos los trabajos se evaluarán por un Jurado compuesto por profesionales de reconocido prestigio y su composición se dará a conocer el día del fallo. Su decisión será inapelable.

H. El fallo del Jurado se difundirá mediante nota de prensa en los medios de comunicación por la Universidad Complutense de Madrid y se remitirá al ganador/a o ganadores/as. Igualmente los participantes podrán consultar esta información en la web de la UCM, de la Fundación General UCM y en la de Gadir Editorial.

I. La entrega del Premio se efectuará en acto público en fecha que se anunciará previamente.

J. Los originales no premiados podrán retirarse por su autor/a o personas autorizadas (previa solicitud telefónica). A partir de la fecha de comunicación del fallo del Premio dispondrán del plazo de un mes para su retirada en horario de 9,30 a 14,00 horas. Los ejemplares no retirados serán destruidos transcurrido dicho plazo.

 K. La novela será publicada por Gadir Editorial, en un plazo no superior a 1 año después de fallado el Premio.

L. Gadir Editorial asume la distribución de la obra ganadora dentro de alguna de sus colecciones de narrativa y el acto público de su presentación, asimismo, adquiere los derechos de reproducción y explotación comercial de la obra ganadora, para el ámbito de España y el resto del mundo.

M. De igual modo, Gadir Editorial tendrá, durante un mes, la primera opción de publicación de cualquiera de las novelas que se hayan presentado a concurso y no hayan sido premiadas.

N. El importe del Premio en metálico, se entenderá a cuenta de derechos de autor por la publicación de la obra o su explotación, es decir, como ANTICIPO o cantidad abonada, no retornable, a cuenta de los derechos o royalties acordados entre las partes según los valores habituales del sector (los concursantes podrán consultar el modelo de contrato con Gadir Editorial).

 O. Cualquier información sobre la convocatoria o solicitud del boletín de presentación a la misma puede obtenerse mediante contacto con la Fundación General UCM, por cualquiera de los siguientes procedimientos: Tel. 91 394 6398, Fax. 91 394 6490, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., www.fundacionucm.es

 P. La participación en el Premio implica la aceptación total de sus bases.

 Condiciones Generales de Publicación

 1. La Universidad Complutense de Madrid, de acuerdo con Gadir Editorial, se reserva la primera opción de publicación del “Premio Joven”, en cualquiera de sus modalidades en formato de libro y/o su explotación en medios audiovisuales, magnéticos, ópticos y digitales, por un periodo de un año.

 
2. El importe del Premio (cantidad a la que se le aplicarán las retenciones previstas en la Legislación Tributaria) se entenderá a cuenta de derechos de autor por la publicación de la obra o su explotación, es decir, como anticipo o cantidad abonada, no retornable, a cuenta de los derechos o royalties acordados entre las partes según los valores habituales del sector.

 
3. De igual modo, la Universidad Complutense de Madrid tendrá durante un mes la opción de publicación de cualquiera de las obras que se hayan presentado a concurso y no hayan sido premiadas.

4. Si transcurriese un mes desde que se fallase el Premio, y el autor no hubiese tenido comunicación, fehaciente y por escrito, de la decisión de la Entidad Convocante de publicar o explotar la obra, el autor quedará libre en ese sentido. Sólo en el caso de las obras premiadas, si la obra fuera publicada por otra entidad, el autor se comprometerá a garantizar que en la misma aparecerá en un lugar visible de la cubierta y en la página de créditos la siguiente mención:

PREMIO JOVEN. DECIMOQUINTA EDICIÓN

Universidad Complutense de Madrid
 
* La participación en la presente Edición del Premio Joven, implica la inclusión de los datos personales de los participantes en un fichero responsabilidad de la Fundación General UCM, domiciliada en la calle Donoso Cortés 65, 28015 Madrid.

Dichos datos serán utilizados únicamente por la Fundación General UCM a los propios efectos de la Edición de dicho Premio y de informar a los participantes de la celebración de sucesivas ediciones, garantizando, en todo caso, el mantenimiento de las debidas condiciones de confidencialidad en relación con los mismos. Asimismo, el participante autoriza expresamente a la Fundación General UCM para que incluya su nombre y currículum tanto en el catálogo como junto a su obra en la exposición que se va a organizar, así como, para que lo publique en la página web de la Fundación.

El participante podrá dirigirse a la dirección anteriormente indicada a efectos de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Bases


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

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 30:09:2013

CERTAMEN CARNÉ JOVEN DE POESÍA (España)

  Bases generales del Programa Cultural Arte Joven 2013

1. Objeto de la convocatoria
www.escritores.org
1.1. Los certámenes del Programa Cultural Arte Joven convocados para el año 2013 son los siguientes:

a) Certamen Carné Joven de Poesía con las modalidades de poesía en catalán y poesía en castellano, dotado con un total de 3.000,00 €. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 € para ambas modalidades.

b) Certamen Carné Joven de Música Joven Contemporánea, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio de 2.000,00 €, que el Instituto Balear de la Juventud destina a asumir el gasto originado por las dos actuaciones (1.000,00 € por actuación) que llevará a cabo el grupo ganador del primer premio del certamen, y un segundo premio de 1.000,00 €, que este Instituto también destina a asumir el gasto originado por una actuación musical a cargo del grupo ganador del segundo premio.

c) Certamen Carné Joven de Cómic, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio de 1.000,00 € y un segundo de 500,00 €, ambos en metálico.

d) Certamen Carné Joven de Fotografía CooperArt, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € para la mejor colección y un segundo premio en metálico de 500,00 € para la mejor fotografía. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

e) Certamen Carné Joven de Relatos Breves Solidarios, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 €. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

f) Certamen de Arquitectura Joven, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio en metálico para el mejor proyecto. Asume el importe total del premio el Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares (COAIB).

1.2. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas) de esta Resolución.

 2. Importe y crédito presupuestario

2.1. Los premios para cada uno de los certámenes son los que se establecen en el apartado 1 de estas bases. El importe global máximo de los premios es de 13.500,00 € (trece mil quinientos euros), de los cuales, 7.500,00 € (siete mil quinientos euros) irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013, 3.000,00 € (tres mil euros) con cargo a los presupuestos de la Dirección General de Cooperación e Inmigración para el año 2013 y 3.000,00 € (tres mil euros) a cargo a los presupuestos del COAIB para el año 2013.

2.2. Con respecto a los certámenes Carné Joven de Fotografía CooperArt y Carné Joven de Relato Breve, los gastos derivados de la ampliación, el montaje y el desmontaje de fotografías y de la rotulación del  acontecimiento final irán a cargo de la Dirección General de Cooperación e Inmigración y no superarán los 1.800,00 €. La Dirección General llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud. Con respecto a los gastos de estos dos certámenes correspondientes a desplazamientos y pernoctación, serán gestionados directamente por la Dirección General de Cooperación e Inmigración.

2.3. El resto de gastos -es decir, los que no tengan la consideración de premio de acuerdo con el apartado 1 de estas bases generales y hasta un máximo de 25.000,00 € (veinticinco mil euros)- irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013.

 3. Participantes

3.1. El Programa Cultural Arte Joven se dirige a jóvenes residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 30 años a 31 de diciembre de 2013, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, en el que la edad se amplía hasta los 35 años.

3.2. Se admite la inscripción de grupos en los certámenes de Arquitectura Joven, de Música Joven Contemporánea y de Cómic. En estos casos, se considera como representante del grupo al componente que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que consten en ella. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen formando parte de dos grupos al mismo tiempo o participando como miembro de uno y, al mismo tiempo, individualmente.

3.3. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, tienen que cobrar el premio las personas que los representen legalmente, en caso de que no estén emancipados.

3.4. Los grupos o autores que hayan recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del Programa Cultural Arte Joven no se pueden volver a presentar a la misma modalidad en la que hayan quedado ganadores. Se entiende que el grupo no se puede volver a presentar solo si conserva el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando fue ganador.

3.5. Las obras que se presenten no pueden haber ganado el primer premio en ningún otro certamen o concurso de las Islas Baleares. En el caso de que una obra presentada a cualquiera de las modalidades convocadas por el Programa Cultural Arte Joven, ganara el primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear, en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, la obra quedaría automáticamente excluida del certamen. Con respecto al Certamen de Música Joven Contemporánea, los grupos o músicos en solitario no se pueden presentar al certamen si han ganado el primer premio en otro concurso o certamen convocado dentro del territorio balear. En el caso de que un grupo o un músico en solitario ganara un primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, este quedaría automáticamente excluido del certamen. Se entiende que el grupo queda excluido del certamen de Arte Joven si tiene el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando se presentó y ganó el otro concurso convocado dentro del territorio balear.

 
4. Obligaciones de las personas beneficiarias

4.1. Las personas beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 10 del Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de  2003, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y
Deportes (BOIB nº. 137, de 2 de octubre).

4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La presentación de la solicitud implica que la persona solicitante autoriza al órgano convocante a obtener directamente los certificados que acreditan que está al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.

 5. Presentación de solicitudes: requisitos, plazos y documentación

5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Bienestar Social de 26 de marzo de 2003 por la cual se establecen las bases reguladoras de los certámenes y premios en materia de bienestar social (BOIB nº. 44, de 3 de abril), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB nº. 48, de 26 de marzo), y los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes  de acuerdo con lo que dispone este apartado.

5.2. Las bases completas (generales y específicas), los modelos oficiales de solicitud y el resto de documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en las páginas web  del Instituto Balear de la Juventud ( y ). Los participantes tienen que imprimir la ficha de inscripción y cumplimentarla. Se les facilitará una copia, si así lo desean, en los centros de información juvenil de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera y en la sede del Instituto Balear de la Juventud.

5.3. Las solicitudes se pueden presentar en los lugares que se indican a continuación o en cualquiera de los que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tienen que ir dirigidas al Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, cuyas inscripciones se rigen según las bases específicas recogidas en el anexo 2 de esta convocatoria.

 a) Mallorca:

Instituto Balear de la Juventud
Edificio Palma Arena
Programa Cultural Arte Joven
Avda. del Uruguay, s/n, bajos, 07010 Palma
Tfno.: 971 17 89 47
Fax: 971 17 89 14
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 b) Menorca:

Instituto de la Juventud de Menorca
Avda. de Josep Maria Quadrado, 13, 07703 Maó
Tfno.: 971 36 50 73
Fax: 971 36 27 86
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c) Ibiza:

Centro de Información Juvenil
C. de Joan Xico, s/n, bajos, 07800 Ibiza
Tfno.: 971 31 23 33
Fax: 971 31 88 14
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d) Formentera:
Centro de Información Juvenil
Centro Social Es Molí
Avda. de Portossalè, 88, 07860 Formentera
Tfno.: 971 32 34 93
Fax: 971 32 25 56
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 5.4. Si la solicitud se envía por correo, la persona interesada se tiene que asegurar de que la oficina de Correos feche y selle el ejemplar destinado al Instituto Balear de la Juventud, de acuerdo con lo que dispone el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales (BOE nº. 313, de 31 de diciembre), modificado por el Real decreto 503/2007, de 20 de abril (BOE nº. 111, de 9 de mayo). En caso de que la oficina de Correos no feche y selle la solicitud, se entenderá como fecha válida de presentación la del matasellos.5.5. Si la solicitud se presenta en un lugar diferente de los  especificados en el punto 5.3, se recomienda enviarla por fax, con el sello del registro de entrada, y como máximo durante las 24 horas siguientes a la finalización del plazo de presentación. Así mismo, si se envía por correo certificado, se recomienda enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos en que se haga constar la fecha de presentación.

5.6. El plazo de inscripción y de presentación de la documentación especificada en el punto 5.7 es, para todos los certámenes y todas las modalidades, desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5.7. Para poder participar en los certámenes, se tiene que presentar la documentación siguiente:

a) La ficha de inscripción cumplimentada (original y fotocopia), y firmada por la persona participante o la que represente al grupo.

b) La fotocopia del DNI o NIE en vigor de las personas participantes y del representante del grupo. En estos casos, se considera representante al componente del grupo que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que constan en ella. Cuando el solicitante sea un grupo de jóvenes, dado que se trata de una entidad sin personalidad jurídica, se puede tramitar la constitución y la obtención de un CIF al efecto, el cual se tiene que aportar. En cualquier caso, ha de nombrar una persona representante del grupo, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden al grupo. Además, en el caso de los grupos, se ha de hacer constar de manera explícita en la solicitud de inscripción qué parte del importe del premio corresponde a cada componente del grupo, en caso de que resulte ganador. En caso contrario, se entenderá que todos tienen que percibir la misma proporción.

c) Un certificado municipal de empadronamiento o de residencia en alguna localidad de las Islas Baleares, excepto los residentes en el municipio de Palma.

En el caso de residentes en las Islas Baleares que sean nacionales de un país que no pertenece en la Unión Europea, una fotocopia del documento acreditativo de haber obtenido la residencia legal.

d) Una fotocopia del Carné Joven, excepto en el caso del Certamen de Arquitectura Joven.

e) La documentación adicional que determinen las bases específicas de cada certamen, si procede.

5.8. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o la documentación aportada es incorrecta o incompleta, el Instituto Balear de la Juventud requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente de recibir la notificación, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992. Si en este plazo
no se hacen las enmiendas correspondientes, se entenderá que se desiste de la solicitud y el expediente se archivará sin más trámite.

5.9. El Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.

 6. Instrucción del procedimiento

El órgano instructor es el Instituto Balear de la Juventud, el cual ha de llevar a cabo las actuaciones a que se refieren los artículos 16 y siguientes del Decreto legislativo 2/2005; en concreto, tiene que hacer de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.

  7. Jurados

7.1. El jurado es el órgano colegiado al cual le corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que tiene que servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.

7.2. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud tiene que nombrar los miembros de cada jurado mediante una resolución.

7.3. El jurado de cada uno de los certámenes estará formado por los componentes que se indican a continuación, excepto en el caso del Certamen de Fotografía CooperArt, el del Certamen de Relatos Breves Solidarios y el Certamen de Arquitectura Joven, en que la  composición del jurado se detalla en las bases específicas correspondientes.

a) Presidente (con voto dirimente en caso de empate): la persona que elija a la presidenta del Instituto Balear de la Juventud siguiendo criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

b) Vocales: un mínimo de tres personas seleccionadas por el Instituto Balear de la Juventud de acuerdo con criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

c) Secretaria (con voz pero sin voto): la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud.

7.4. Se considera que hay quórum suficiente cuando en las reuniones del jurado están presentes el presidente y el secretario o, si procede, las personas que los sustituyan y al menos la mitad de sus miembros. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del presidente, este debe ser substituido por la persona del jurado de más edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más para que haya quórum suficiente.

En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del secretario, este será substituido por el técnico del Área de Arte Joven que designe la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

7.5. Los jurados pueden declarar desiertos o compartidos los premios, o establecer una distribución diferente de su importe, excepto en el Certamen de Música Joven Contemporánea, en el que los premios no pueden ser compartidos. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones se tomarán por mayoría simple; no hará falta, pues, unanimidad a la hora de establecer al ganador o los ganadores de cualquier certamen.

7.6. En las modalidades en que las bases específicas establecen algún plazo, este es aproximado. Es el jurado el que tiene que determinar si la falta o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes es penalizable o no, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable.


8. Resolución y notificación

8.1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios es la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

8.2. La concesión de los premios del Programa Cultural Arte Joven se tiene que resolver antes del mes de diciembre de 2013. Este plazo puede ser modificado en caso de que haya impedimentos debidamente justificados que no permitan cumplirlo.

8.3. La resolución de la presidenta, que se tiene que notificar individualmente a las personas interesadas, tiene que ser motivada y tiene que fijar, con carácter definitivo, la cuantía individual de los premios concedidos.

8.4. Presentarse a un certamen o a una modalidad implica aceptar el premio que eventualmente puede corresponder, a menos que se manifieste expresamente lo contrario.

 9. Pago y justificación

9.1. Es suficiente como justificación para el pago de los premios acreditar los requisitos establecidos en la convocatoria.

9.2. De acuerdo con el punto 2.1 de esta convocatoria, los premios se pagarán íntegramente a los beneficiarios en el año 2013, mediante una transferencia bancaria, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de las bases generales, con la excepción de los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea.9.3. Los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea (punto 1.1, apartado b, de este anexo)  se pagarán una vez resuelta y notificada la concesión y presentada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de estas bases generales. En este sentido, para poder tramitar los pagos correspondientes es necesario un certificado que acredite haber hecho las actuaciones mencionadas.

 10. Otras determinaciones

10.1. Los premios establecidos en esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a efectos de lo que establece la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

10.2. El hecho de presentarse a cualquier certamen supone implícitamente que los autores autorizan al Instituto Balear de la Juventud a reproducir y publicar la imagen o el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.

10.3. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente y tiene que resolver todas las cuestiones que puedan surgir con respecto a la interpretación de las bases. Asimismo, se reserva la posibilidad de anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes así lo
aconseje.

10.4. El órgano competente para resolver esta convocatoria de acuerdo con el punto 8.1 se reserva la posibilidad de declarar desiertos los certámenes o las modalidades que no alcancen una participación suficiente, a propuesta de la directora del Instituto Balear de la Juventud. Se entiende que una participación no es suficiente cuando el número de inscritos es inferior a ocho. En caso de que haya poca participación, y antes de declararlo desierto, la presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta de la directora, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación previa en el BOIB.

10.5. El Instituto Balear de la Juventud asume, con cargo a su presupuesto, los gastos originados por el desplazamiento entre islas, con un máximo de 150,00 € para la ida y la vuelta, o con un máximo de 250,00 € cuando también se traslade la obra, con la excepción de los certámenes de Fotografía CooperArt y de Relatos Breves Solidarios cuyos gastos serán asumidos directamente por la Dirección General de
Cooperación e Inmigración, según se indica en el punto 2.2. Estos gastos están previstos para garantizar la asistencia de los finalistas y ganadores al acto público en que se comunicará la decisión de los jurados, así como a la inauguración de las actividades que se lleven a cabo derivadas de esta convocatoria del Programa Cultural Arte Joven, y solo en los casos en que los mencionados finalistas o ganadores tengan
una isla de residencia diferente de la isla en la cual se organice el evento.

10.6. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que se establecen en esta convocatoria implica la aceptación estricta de todas las bases (generales y específicas), de manera que se excluirán las inscripciones que no cumplan las condiciones según la forma establecida.

10.7. Durante los años 2013 y 2014, el Instituto Balear de la Juventud puede editar catálogos, vídeos, Dvd y publicaciones en los que se recopilen las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de las diferentes modalidades objeto de esta convocatoria.

10.8. El Instituto Balear de la Juventud no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos dentro de las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente con ellos. En cualquier caso, no se admitirán a concurso aquellas obras o interpretaciones que hagan apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se da este supuesto, la
presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta del jurado correspondiente por unanimidad, resolverá excluirlas del certamen.10.9. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales o por otras razones debidamente justificadas. 

11. Propiedad de las obras

11.1. Los participantes que no hayan quedado finalistas en ningún certamen tienen que retirar las obras, los dosieres, las maquetas, los prototipos y, en general, cualquier documentación que hayan aportado en el plazo de veinticinco días naturales a contar desde el momento en que reciban la notificación de la resolución o, en cualquier caso, antes de las 14 horas del 27 de diciembre de 2013. A partir de este momento, el material entregado quedará a disposición del Instituto Balear de la Juventud, el cual incluso podrá destruirlo, y el participante perderá el derecho a reclamarlo.

11.2. En el caso de los finalistas y ganadores de cualquier certamen, y visto el punto 10.7 de este anexo, el plazo establecido es del 1 al 29 de diciembre de 2014.

 12. Tratamiento de datos de carácter personal

12.1. Los datos de los participantes se incorporarán a un fichero del Instituto Balear de la Juventud y serán tratados para atender su solicitud de participación en este certamen, de acuerdo con lo que prevé la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

12.2. Igualmente, los datos personales de los participantes solo se comunicarán a terceros cuando sea necesario por imperativo legal o con su consentimiento previo. En este sentido, y en caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos, los datos necesarios para esta finalidad serán comunicados a las agencias de viajes minoristas encargadas de las tramitaciones de los billetes y las reservas, así como a las
empresas cuyos servicios se incluyen en estos viajes y reservas, como empresas de transporte u hoteles.

Por otra parte, a no ser que el afectado indique su voluntad contraria, sus datos podrán ser comunicados a los organismos o entidades patrocinadores del certamen. Finalmente, se divulgarán los nombres de los ganadores y los finalistas y se facilitarán los datos de contacto a los medios de comunicación y prensa de ámbito de las Islas Baleares.

12.3. Cualquier persona interesada puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un escrito y una copia de su DNI al Instituto Balear de la Juventud (edificio Palma Arena, calle Uruguay, s/n, 07010 Palma).

12.4. En el caso de incluir datos de terceros, la persona participante que rellena la ficha de solicitud se compromete a pedir el consentimiento de los interesados con respecto a cualquiera de los aspectos mencionados y a informarles de ello con carácter previo.

13. Revocación

13.1. De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, corresponde revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los cuales está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.

13.2. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto el acto de concesión y se tienen que reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.

 14. Reintegro de las ayudas concedidas14.1. Corresponde reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la cual se reconozca el reintegro en los casos que prevé el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005.

14.2. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por vía de apremio.

14.3. Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perderlo, con la audiencia previa de la persona interesada.

14.4. El ganador perderá el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el Instituto Balear de la Juventud.

15. Régimen de infracciones y sanciones

Si se incumplen los requisitos que establece esta Resolución, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005.

 16. Inspección

Según lo que disponen estas bases, las ayudas objeto de esta convocatoria se tienen que someter a la inspección correspondiente, de acuerdo con la normativa legal vigente aplicable.
 
Bases específicas
 
1. Convocatoria

El Instituto Balear de la Juventud convoca este certamen, en el que se establecen dos modalidades:

Poesía en catalán.

Poesía en castellano.

 
2. Participantes

Pueden participar jóvenes artistas, residentes en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2013. No se admitirá la inscripción de grupos.

3. Premios

3.1. Poesía en catalán. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio de 500,00 € en metálico. Ambos premios pueden ser declarados desiertos o compartidos si así lo considera el jurado. La decisión del jurado es inapelable.

3.2. Poesía en castellano. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 €, y un segundo de 500,00 € en metálico. Ambos premios pueden ser declarados desiertos o compartidos si así lo considera el jurado. La decisión del jurado es inapelable.

 4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b del punto 7.3 se indica que los vocales tienen que ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. Con respecto al Certamen Carné Joven de Poesía, estos han de ser designados entre escritores de prestigio reconocido en el ámbito de las Islas Baleares o del Estado español, periodistas, críticos y jefes de la sección de cultura de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en el resto del Estado, entre los directores o presidentes de editoriales de las Islas Baleares y un representante del Instituto de Estudios Baleáricos. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

 6. Condiciones técnicas

6.1. Cada participante tiene que presentar, junto con la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), cuatro copias del libro de poemas que presenta a concurso y un CD o memoria USB que contenga el archivo del poemario.

6.2. El trabajo, de temática libre, tiene que ser original e inédito y redactado en la lengua de la modalidad a la cual se presenta.

 Bases generales 
Hoja de inscripción del Certamen de Poesía 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

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 01:10:2013

CONCURSO DE NOVELAS DE PELÍCULA BAN! (Argentina)

Morena Films y Buenos Aires Negra convocan un concurso para adaptaciones cinematográficas
www.escritores.org
La productora española Morena Films ha llegado al acuerdo con el festival de literatura negra, dirigido por el novelista Ernesto Mallo, para convocar un concurso que tiene como objetivo seleccionar obras literarias que por su tema, calidad y factura se consideren apropiadas para una posible adaptación y realización cinematográfica.
  
Serán admitidas todas aquellas obras que hayan sido publicadas por una editorial, excluyéndose las llamadas “publicaciones de autor”, desde el 31 de diciembre de 1999, hasta ahora. Deben estar escritas en idioma castellano y no pueden haber sido previamente adaptadas cinematográficamente.

La convocatoria para presentar novela se abrió el pasado 6 de agosto y se cerrará el próximo 1 de octubre, dándose a conocer la preselección de los 10 finalistas el 30 de enero de 2014 durante la celebración del BAN!-Buenos Aires Negra 2014.

El jurado final estará formado por un amplio elenco de novelistas reconocidos, así como Ernesto Mallo (novelista y representante de BAN!) y Fernando Marías (novelista y representante de Morena Films). El jurado preseleccionador estará formado por novelistas (cuatro: dos desde Argentina y dos desde España).
 
BASES COMPLETAS

CONCURSO DE NOVELAS DE PELÍCULA BAN!

BAN!  Buenos Aires Negra y Morena Films, en adelante llamados “los organizadores” convocan a una oposición de méritos con el fin de seleccionar novelas para adaptar a guion cinematográfico y, eventualmente, ser realizadas.

 OBJETIVO: Queda entendido que esta convocatoria tiene por objetivo seleccionar obras literarias que por su tema, calidad y factura se consideren apropiadas para su posible adaptación y realización cinematográfica. Los criterios de ajuste al tema, calidad literaria, factura y posibilidades de producción serán determinados exclusivamente por “los organizadores”, sin que puede oponerse ningún argumento contra sus resoluciones. Esta convocatoria no implica obligatoriedad para los organizadores de adaptar o realizar cinematográficamente una o más de las novelas participantes.

 OBRAS: Se admitirán únicamente novelas que hayan sido publicadas por una editorial comercial, excluyéndose las llamadas “publicaciones de autor”. Podrán participar novelas que en su primera edición hayan sido publicadas después del 31 de diciembre de 1999, en idioma castellano y que no hayan sido llevadas a versión cinematográfica.

 DERECHOS: Los autores de las novelas a presentarse en esta convocatoria deberán estar en condiciones de disponer libremente de los derechos de adaptación cinematográfica de la novela. Los autores responden ilimitadamente por la originalidad de las obras.

 PARTICIPANTES: Esta convocatoria se limita a autores vivos, hábiles para contratar y que tengan su residencia en cualquier país de América, con independencia de su nacionalidad.

 TEMÁTICA: Los temas de las novelas a presentarse estarán relacionados con la novela negra y se le dará prioridad a aquellas que incursionen en la fusión de géneros (fantástico, terror,) y que revelen un cierto compromiso con la realidad social y política de nuestro tiempo.

 PADRINAZGO: Las novelas a presentarse a esta convocatoria deberán contar con el aval de un escritor y/o guionista de reconocido prestigio en los medios editoriales o cinematográficos. Dicho aval deberá realizarse por escrito, firmado por el padrino y enviado en un archivo gráfico conjuntamente con la novela. Las obras que no cuenten con el mencionado aval o que tuvieran defectos de forma o fondo quedarán automáticamente descalificadas.

PRESENTACIÓN: A fin de participar en la presente convocatoria cada participante deberá presentar la novela en un archivo en formato PDF, no admitiéndose la presentación en ningún otro formato. Una vez finalizada esta convocatoria, los ejemplares entregados no se devolverán. Conjuntamente con la novela se presentará la carta/aval de padrinazgo y una copia de la presente convocatoria firmada por el autor.

Las novelas y el aval deben enviarse como archivos adjuntos a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

CALENDARIO: La presente convocatoria abre el día 6 de agosto de 2013, y cierra indefectiblemente el día 1° de octubre de 2013. No serán admitidas las novelas enviadas luego de esa fecha.

La preselección de los 10 finalistas se dará a conocer el día 30 de enero de 2014 y será publicado en las páginas web de BAN! - Buenos Aires Negra y Morena Films simultáneamente.

El fallo del jurado se dará a conocer durante la celebración de BAN! - Buenos Aires Negra 2014.

 JURADO: Se formará un jurado compuesto por cuatros escritores o cineastas de reconocido prestigio, dos designados por BAN! - Buenos Aires Negra y dos designados por Morena Films. Este comité designará un Presidente Honorario quien zanjará cualquier cuestión en la que hubiera disparidad de criterios.

PRESELECCIÓN: Un Grupo de Lectores designado por el comité calificador tendrá a su cargo la preselección de las diez novelas finalistas que serán sometidas a la consideración del Jurado.

 RECOMENDACIÓN: El Jurado tendrá a su cargo la tarea de calificar las diez novelas finalistas con un puntaje de cero a diez teniendo en cuenta tanto la calidad literaria y de trama, como sus posibilidades de adaptación, producción y realización, siendo diez la más recomendable y cero la menos recomendable. El Jurado podrá declarar desierta la convocatoria si ninguna novela reuniese las condiciones mencionadas.

 PRODUCCIÓN: Morena Films podrá elegir de entre las diez novelas finalistas aquellas que a su juicio fuesen las más aptas y convenientes para ser incluidas en sus planes de producción. En tal caso se propondrá a sus autores la firma del contrato-modelo de producción cinematográfica que se adjunta como Apéndice II de la presenta convocatoria y que forma parte integrante de la misma. Morena Films, a su sólo arbitrio y sin expresión de causa podrá considerar que ninguna de las novelas presentadas a la convocatoria reúne las condiciones necesarias para ser integrada a sus planes de producción, sin que nada pueda oponerse a dicha decisión.

 DISTINCIONES: Los autores de las diez novelas finalistas recibirán un diploma que acredite su participación y serán invitados a participar como escritores en la siguiente edición de BAN! - Buenos Aires Negra conforme la programación que dicho festival produzca.

 La participación en esta convocatoria implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

Bases Completas

Apéndice II

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

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