Concursos Literarios

  ESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS

 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito)

Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 31:10:2013

PREMIO DE INVESTIGACIÓN HISTÓRICA Y ETNOGRÁFICA ‘LAYNA SERRANO’ (España)

La Diputación de Guadalajara, con el fin de estimular el estudio de los valores históricos y etnográficos de la provincia, convoca el Premio Provincia de Guadalajara ‘Layna Serrano’ de Investigación Histórica y Etnográfica 2013, estableciendo un único premio dotado con 5.700 euros. Podrán participar en este premio cuantas personas, de forma individual o colectiva, lo deseen, y no podrá ser premiado aquel autor que lo hubiese sido el año anterior a esta convocatoria.       www.escritores.org

Su contenido deberá versar obligatoriamente, en esta ocasión y de modo excepcional, con motivo de la celebración del 200 Aniversario de la creación de la Diputación, cerca de cualquier aspecto de la Historia Contemporánea de la provincia de Guadalajara.

Los trabajos presentados deberán ser inéditos y redactados en castellano. Tendrán una extensión mínima de 200 páginas y máxima de 400 en tamaño DIN-A4. Se entregarán impresos por una sola cara y las páginas ocupadas por las notas y la bibliografía, así como aquellas que contengan los grabados, mapas, fotografías, etcétera, también se contabilizarán.

La obra premiada podrá ser editada por la Diputación dentro del plazo de un año; transcurrido el mismo, su autor dispondrá de ella libremente, pero en el momento de su publicación deberá consignar la distinción concedida. El importe del premio cubrirá los derechos de autor correspondientes a la primera edición, de la que le será entregado el 10 por ciento de los ejemplares editados. Los originales no premiados no se devolverán y serán destruidos una vez pasados tres meses desde el fallo del jurado.

Fuente
Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí

Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí

Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí



banner


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.



PREMIO DE INVESTIGACIÓN JESÚS MONCADA 2022 (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

PREMIO DE INVESTIGACIÓN JESÚS MONCADA 2022 (España)

26:09:2022

Género:  Investigación

Premio:  3.000 €

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Mequinenza y el Centro de Estudios Jesús Moncada

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  26:09:2022

 

BASES

 

 

BASES QUE REGIRÁN EL PREMIO PARA LA INVESTIGACIÓN DE LA FIGURA DEL ESCRITOR MEQUINENZANO JESÚS MONCADA Y LA HISTORIA LOCAL DE MEQUINENZA

Primera. — Objeto del premio.

El Premio de Investigación Jesús Moncada, convocado mediante procedimiento de concurrencia competitiva tiene un doble objetivo:
• Premiar un trabajo de investigación sobre la obra del escritor mequinenzano Jesús Moncada o premiar un trabajo sobre L’univers mequinensà (historia, navegación, minería, lengua, tradiciones, costumbres, personajes de interés mequinenzanos, etc.), presente en toda la obra de Moncada.

Segunda. — Requisitos de participación.www.escritores.org

1. Podrá concurrir al Premio de Investigación Jesús Moncada cualquier persona física que no esté incursa en algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás legislación concordante. Los ganadores en ediciones anteriores no podrán participar en las en las tres convocatorias siguientes desde la obtención de dicho premio por su parte.
2. Los participantes deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como carecer de toda deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento de Mequinenza.
3. De acuerdo con el artículo 9 b) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, será necesario acreditar, mediante declaración responsable, el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores.
4. Los premiados ceden de forma gratuita los derechos de la primera edición de la obra premiada a favor del Ayuntamiento de Mequinenza o de quien este decida.

Tercera. — Requisitos de las obras.

El objeto del Premio Jesús Moncada convocado mediante procedimiento de concurrencia competitiva, es llevar a cabo un trabajo de investigación en el que se desarrolle un tema o línea de reflexión concreta que guarde relación con la obra y figura de Jesús Moncada o sobre L’univers mequinensà (historia, minería, navegación, lengua tradiciones, costumbres, personajes de interés…), presente en toda la obra de Moncada, analizando su influencia y repercusión, siendo de libre elección el tema del trabajo dentro de este abanico de interés específico.
Las obras deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Deberán ser originales e inéditas y no haber sido premiadas con anterioridad ni haberse presentado a ningún otro certamen cuyo fallo deba producirse antes de la resolución del Premio Jesús Moncada 2022.
b) Las obras de investigación se presentarán bajo lema y seudónimo y se adjuntarán, una copia en soporte papel y otra en soporte digital.
c) La extensión de la obra será entre 150 como mínimo y 300 páginas como máximo a una sola cara, numeradas en DIN A-4, letra Times New Roman del cuerpo 12, interlinea 1,5. Se deberán presentar en castellano o catalán.
El beneficiario del premio se compromete a hacer una presentación pública de su trabajo de investigación.

Cuarta. — Dotación del premio.

La dotación del Premio Jesús Moncada consistirá en la cantidad en metálico, indivisible de 3.000 euros. Además, el Ayuntamiento de Mequinenza podrá editar la obra premiada.

Quinta. — Forma de presentación.

Los interesados presentarán:
a) Solicitud de participación, debidamente cumplimentada dirigida al señor alcalde de Mequinenza, conforme al modelo normalizado que figura como anexo I.
b) Una plica en sobre cerrado, en la que deberá figurar el título de la obra y una pequeña sinopsis del trabajo presentado, el seudónimo utilizado, y en la que se incluirá el modelo normalizado que figura como anexo II, así como un breve currículum bibliográfico del autor.
c) En la plica se incluirá:
1. Datos acreditativos de su identidad y domicilio, o bien autorización para recabarlos de acuerdo con el artículo 4.3 de las bases reguladoras.
2. Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de no tener deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Mequinenza.
3. Declaración de si se está o no incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y resto de legislación concordante, el no haber recibido ninguna otra subvención o ayuda por la realización de la misma actividad, el compromiso a ceder los derechos de la primera edición de la obra, la declaración de ser propietario de los textos, de que las obras son originales e inéditas (excepto traducciones) y de que no han sido premiadas con anterioridad ni presentadas a ningún otro certamen.
d) Un ejemplar en papel así como una copia en soporte digital compatible con las aplicaciones comunes (Word, PDF, etc.) susceptible de ser impresa.

Sexta. — Lugar de presentación.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Mequinenza, o bien por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima. — Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPZ y concluirá el día 26 de septiembre de 2022.

Octava. — Jurado.

1. La valoración de las obras de investigación corresponderá a un jurado integrado por los siguientes miembros:
a) PRESIDENTE: Alcalde o concejal delegado de Cultura del Ayuntamiento de Mequinenza.
b) VOCALES: Dos personas de relevancia de la vida literaria e histórica, un representante del mundo editorial y un representante de la Universidad.
c) SECRETARIO: Con voz y sin voto, elegido entre el personal del Ayuntamiento de Mequinenza.
El jurado será designado por el señor alcalde del Ayuntamiento de Mequinenza.
3. El jurado emitirá una valoración con el orden de prelación de los candidatos, según la puntuación de acuerdo con los criterios establecidos en la base novena de la presente orden.
4. Una vez abierta la plica correspondiente a la obra con mejor valoración, en el caso de que se advirtiese que la documentación que se acompaña es defectuosa o incompleta, se requerirá a la persona interesada para que en el plazo máximo de diez días hábiles subsane su solicitud, con apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido, previa resolución dictada en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En tales casos, y tras efectuarse dicha resolución, se procederá en idénticos términos con la siguiente obra que obtenga mayor valoración y así sucesivamente.
5. Vista la valoración del jurado, y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos necesarios, el órgano instructor formulará propuesta motivada que tendrá el carácter de definitiva en los términos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y la elevará al órgano competente para resolver. Igualmente podrá proponer, si ninguna obra alcanza la puntuación mínima establecida en el artículo siguiente, que se declare desierto el premio. La propuesta de resolución deberá expresar la relación de solicitantes, especificando la puntuación obtenida y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como la propuesta de desestimación fundamentada del resto de solicitudes.
6. El premio seráúnico.

Novena. — Valoración de las solicitudes.

1. Para la valoración de las solicitudes, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios objetivos de otorgamiento de puntos:
a) Interés social y académico. Hasta 50 puntos.
b) Originalidad investigadora: Hasta 30 puntos.
c) Rigor científico: Hasta 20 puntos.
2. Aquellas solicitudes que no alcancen un mínimo de 50 puntos serán denegadas.
3. El premio podrá ser declarado desierto.

Décima. — Resolución del procedimiento.

1. El alcalde-presidente es el órgano competente para resolver el procedimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
2. El plazo de resolución y notificación del procedimiento será de seis meses, a partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, transcurrido el cual deberán entenderse denegadas. La resolución se notificará al beneficiario del premio, no precisándose aceptación expresa de la subvención.
3. En la resolución constará el objeto del premio, el beneficiario, la puntuación obtenida en la valoración, el importe del premio, así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión del premio por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes.
4. El decreto de concesión se publicará en página web del Ayuntamiento de Mequinenza.
5. Contra la orden de concesión, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición el alcalde, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o podrán impugnarla directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Undécima. — Otorgamiento de los premios.

1. El Premio Jesús Moncada podrá declarase desierto.
2. El autor premiado se compromete a estar presente en el acto de entrega y presentación del trabajo de investigación, en fecha que se fijará dentro de la primera semana del mes de diciembre, así como de todos los actos promocionales que se acuerden por parte del Ayuntamiento.

Duodécima. — Obligaciones de los candidatos premiados.

1. La concesión del premio implica por parte del beneficiario, la aceptación de las obligaciones contenidas en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones. En particular, los beneficiarios están obligados a:
a) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de la Intervención General, el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Aragón.
b) Hallarse al corriente, durante toda la vida de la subvención, de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de toda deuda pendiente con la Hacienda del Ayuntamiento de Mequinenza. Antes de la concesión del premio el candidato deberá presentar los certificados de Hacienda y Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
2. El candidato premiado deberá presentar una ficha de terceros debidamente cumplimentada en el plazo máximo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la notificación.

Decimotercera. — Asignación económica y justificación.

El abono del premio se hará efectivo por su importe íntegro, mediante transferencia bancaria, una vez deducida la carga tributaria correspondiente. Para que el pago pueda hacerse efectivo el beneficiario no precisará otra justificación que la acreditación previa por cualquier medio admisible en derecho de que reúne los requisitos de la convocatoria, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley General de Subvenciones, y del artículo 32.10 de la Ley de Subvenciones de Aragón, sin perjuicio de los controles de verificación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y otras que hubieran podido establecerse.

Decimocuarta. — Edición de la obra premiada.

1. Los derechos de la primera edición, en cualquier soporte, de la obra premiada quedan expresamente cedidos al Ayuntamiento de Mequinenza por sus autores, los cuales no recibirán cantidad alguna en concepto de derechos de autor en esta primera edición.
Decimoquinta. — Destrucción de las obras no premiadas.
Los ejemplares de las obras no premiadas no se devolverán a sus autores, salvo que pasen a recogerlos personalmente o por delegación al Ayuntamiento de Mequinenza en un plazo de dos meses, a partir de entonces serán destruidos debidamente una vez resuelto el procedimiento.

Decimosexta. — Aceptación de las bases.

La presentación de las solicitudes supone la aceptación expresa y formal de estas bases.

Decimoctava. — Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el alcalde del Ayuntamiento de Mequinenza en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el BOPZ, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOPZ, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

 

Fuente y Anexos: mequinenza.com/noticia/3849

 

 
 

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

PREMIO DE INVESTIGACIÓN MEMORIAL BLAS INFANTE (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

PREMIO DE INVESTIGACIÓN MEMORIAL BLAS INFANTE (España)

31:10:2024

Género:  Investigación

Premio:  2.000 euros y medalla

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Fundación Blas Infante

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  31:10:2024

 

BASES

 

La Fundación Blas Infante, dentro de sus objetivos para perpetuar la herencia y semilla dejadas por el Padre de la Patria Andaluza, convoca el PREMIO DE INVESTIGACIÓN MEMORIAL BLAS INFANTE, de acuerdo con las siguientes:

Bases

PRIMERA.- Con el fin de promocionar el conocimiento sobre Andalucía y sus valores culturales, la Fundación Blas Infante otorga un premio a un trabajo de investigación dentro del ámbito de las ciencias sociales y humanas, que ayude a profundizar en los contenidos del pensamiento y obra de Blas Infante y del andalucismo, histórico y actual, y/o en las realidades sociales, políticas y culturales de Andalucía, incluyendo los seculares problemas que esta padece o para contribuir a su solución.

SEGUNDA.- Se presentarán en papel dos ejemplares y otro en formato digital, en archivo PDF, entregándose personalmente o enviándose por correo ordinario, adjuntando el PDF en un formato USB, en la sede de la Fundación Blas Infante, Calle Sol nº 103, 41003, Sevilla, hasta el 31 de octubre de 2024.

TERCERA.- El trabajo deberá ser totalmente inédito, no haber sido premiado en cualquier otro certamen, ni haber concurrido a alguna de las convocatorias anteriores de este Premio Memorial. Tendrá una extensión mínima de 150 páginas y máxima de 250, en tamaño DIN A-4, a doble espacio y por una sola cara, convenientemente marginado y encuadernado. Cada trabajo tendrá un lema y se acompañará de un resumen de tres folios como máximo y uno como mínimo, así como de un sobre cerrado en cuyo exterior constará el lema y en su interior los datos del autor (nombre, edad, domicilio, teléfono y mail) y de un breve «currículum vitae» que no excederá de 4.000 caracteres con espacios.

CUARTA.- El premio consistirá en DOS MIL euros y medalla que será entregada en el acto del 5 de julio conmemorativo del nacimiento de Blas Infante. La persona ganadora acepta al presentar su trabajo que la publicación de la obra se someta a criterio de la Fundación Blas Infante, en consenso con la editorial.

QUINTA.- El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio, designadas por la Fundación Blas Infante. Presidirá el jurado El Presidente de la Fundación Blas Infante o persona en quien esta delegue. Su voto será de calidad. Además, se designará entre sus miembros, por unanimidad, un Secretario.

SEXTA.- El premio será fallado en fechas próximas al 4 de diciembre de 2024.

SÉPTIMA.- El premio podrá declararse desierto, pudiéndose conceder un accésit si el jurado lo estimase oportuno, entregándose en ese caso a su autor un diploma acreditativo. En este caso la Fundación se reserva el derecho de edición, salvaguardando los derechos del autor del trabajo.

OCTAVA.- Las decisiones del jurado serán inapelables, entendiéndose a estos efectos que la participación en el certamen supone la aceptación total de las presentes bases, los derechos y obligaciones que de su cumplimiento se deriven, así como su resolución.

NOVENA.- Los trabajos no premiados podrán retirarse en un plazo máximo de tres meses; pasado el mismo, se procederá a su destrucción.  www.escritores.org

Más información: Puede solicitarse información presencialmente, en los teléfonos 954541518 y 608594292, así como a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y en las redes sociales de la Fundación Blas Infante.

Estas bases estarán publicadas en la página web de la Fundación durante el periodo de duración del certamen.

ANDALUCÍA, 2024.


 

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

PREMIO DE INVESTIGACIÓN MEMORIAL BLAS INFANTE

 

alt 

ESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS

 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

PREMIO DE INVESTIGACIÓN MEMORIAL BLAS INFANTE (España)

31:10:2025

Género:  investigación dentro del ámbito de las ciencias sociales y humana

Premio:     2.000 euros y medalla

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:    Fundación Blas Infante

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: No

Fechas de cierre: 31:10:2025

 

BASES

PREMIO DE INVESTIGACIÓN MEMORIAL BLAS INFANTE

La Fundación Blas Infante, dentro de sus objetivos para perpetuar la herencia y semilla dejadas por el Padre de la Patria Andaluza, convoca el PREMIO DE INVESTIGACIÓN MEMORIAL BLAS INFANTE, de acuerdo con las siguientes:

Bases

PRIMERA.- Con el fin de promocionar el conocimiento sobre Andalucía y sus valores culturales, la Fundación Blas Infante otorga un premio a un trabajo de investigación dentro del ámbito de las ciencias sociales y humanas, que ayude a profundizar en los contenidos del pensamiento y obra de Blas Infante y del andalucismo, histórico y actual, y/o en las realidades sociales, políticas y culturales de Andalucía, incluyendo los seculares problemas que esta padece o para contribuir a su solución.

SEGUNDA.- Se presentarán en papel dos ejemplares y otro en formato digital, en archivo PDF, entregándose personalmente o enviándose por correo ordinario, adjuntando el PDF en un formato USB, en la sede de la Fundación Blas Infante, Calle Sol nº 103, 41003, Sevilla, hasta el 31 de octubre de 2025.

TERCERA.- El trabajo deberá ser totalmente inédito, no haber sido premiado en cualquier otro certamen, ni haber concurrido a alguna de las convocatorias anteriores de este Premio Memorial. Tendrá una extensión mínima de 150 páginas y máxima de 250, en tamaño DIN A-4, a doble espacio y por una sola cara, convenientemente marginado y encuadernado. Cada trabajo tendrá un lema y se acompañará de un resumen de tres folios como máximo y uno como mínimo, así como de un sobre cerrado en cuyo exterior constará el lema y en su interior los datos del autor (nombre, edad, domicilio, teléfono y mail) y de un breve «currículum vitae» que no excederá de 4.000 caracteres con espacios.

CUARTA.- El premio consistirá en DOS MIL euros y medalla que será entregada en el acto del 5 de julio conmemorativo del nacimiento de Blas Infante. La persona ganadora acepta al presentar su trabajo que la publicación de la obra se someta a criterio de la Fundación Blas Infante, en consenso con la editorial.

QUINTA.- El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio, designadas por la Fundación Blas Infante. Presidirá el jurado El Presidente de la Fundación Blas Infante o persona en quien esta delegue. Su voto será de calidad. Además, se designará entre sus miembros, por unanimidad, un Secretario.

SEXTA.- El premio será fallado en fechas próximas al 4 de diciembre de 2025.

SÉPTIMA.- El premio podrá declararse desierto, pudiéndose conceder un accésit si el jurado lo estimase oportuno, entregándose en ese caso a su autor un diploma acreditativo. En este caso la Fundación se reserva el derecho de edición, salvaguardando los derechos del autor del trabajo.

OCTAVA.- Las decisiones del jurado serán inapelables, entendiéndose a estos efectos que la participación en el certamen supone la aceptación total de las presentes bases, los derechos y obligaciones que de su cumplimiento se deriven, así como su resolución.

NOVENA.- Los trabajos no premiados podrán retirarse en un plazo máximo de tres meses; pasado el mismo, se procederá a su destrucción.

Más información: Puede solicitarse información presencialmente, en los teléfonos 954541518 y 608594292, así como a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y en las redes sociales de la Fundación Blas Infante.

Estas bases estarán publicadas en la página web de la Fundación durante el periodo de duración del certamen.

ANDALUCÍA, 2025.

 

 

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aqu

 

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

PREMIO DE INVESTIGACIÓN POÉTICA PABLO GARCÍA BAENA 2020 (España)


altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

PREMIO DE INVESTIGACIÓN POÉTICA PABLO GARCÍA BAENA 2020 (España)

15:11:2020

Género:  Ensayo

Premio:   2.000 €, edición y 50 ejemplares

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Universidad de Córdoba

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:11:2020

 

BASES

 

Convocatoria del Premio de Investigación Poética Pablo García Baena 2020

Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 28 de mayo de 2020, por el que seconvoca el Premio de Investigación Poética Pablo García Baena 2020.

Artículo 1. Objeto.

1. Mediante la presente resolución se convoca el “Premio Pablo García Baena 2020” de la Universidad de Córdoba, con el objetivo de premiar el mejor ensayo en español sobre la poesía española desde la segunda mitad del siglo XX.

2. El montante económico del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 10 154100 422D 226.08

Artículo 2. Normativa aplicable.

El Premio de investigación poética “Pablo García Baena 2020” de la Universidad de Córdoba se regirá por la presente convocatoria, por el Texto Refundido 1/2020 del Reglamento de las Bases reguladoras del Premio de investigación poética Pablo García Baena, así como por la normativa universitaria y el resto del ordenamiento jurídico-administrativo que resulten de aplicación.

Artículo 3. Requisitos de las personas participantes y presentación de los trabajos.

1. Podrán optar al premio “Pablo García Baena 2020” aquellas personas mayores de edad con interés en la investigación sobre la poesía española de la segunda mitad del siglo XX.

2. No podrá otorgarse el premio a quien lo haya recibido con anterioridad.

Artículo 4. Características de los trabajos presentados.

1. Los trabajos presentados deberán ser individuales y rigurosamente inéditos, no pudiendo estar pendientes de resolución en otro certamen ni haber sido premiados en otros concursos (incluidos accésits).

2. La extensión de los originales no sobrepasará las 150 páginas ni será inferior a 100.

Artículo 5. Lugar y forma de presentación de los trabajos.

1. Los trabajos para optar al premio “Pablo García Baena”, junto con la documentación necesaria, se dirigirán al Vicerrectorado de Cultura, Comunicación y Proyección Social de la Universidad de Córdoba, y se podrá presentar de manera presencial en el Registro General de Rectorado, en el Registro Auxiliar del Campus de Rabanales (Edificio Paraninfo) o en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Belmez (Córdoba), de manera telemática a través de la administración electrónica de la UCO, así como por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Los trabajos se entregarán bajo plica identificados únicamente con el título. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico y breve currículum del autor o autora. En el exterior del sobre solo se indicará el título del trabajo.
Se presentarán encuadernados por triplicado, mecanografiados, en papel tamaño DIN A4, tipo de letra Times New Roman (12 pt.), a dos espacios y solo por una cara, sin ilustraciones.
Se adjuntará también una copia en CD, identificada solamente con el título de la obra.

3. Los trabajos presentados que no resulten premiados no se devolverán a sus autores.

Artículo 6. Documentación acreditativa.

1. Junto con el trabajo de investigación poética que se presente se deberá también aportar una declaración del autor o autora en la que manifieste que el trabajo presentado es original e inédito y no está sujeto a compromiso de edición ni ha sido presentado a ningún otro certamen que esté pendiente de resolución.

2. Asimismo, deberá también presentarse:
a) Declaración expresa del/de la candidato/a, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en la que queda informado de que sus datos serán incluidos en un fichero de datos de carácter personal titularidad de la Universidad de Córdoba, que garantiza la seguridad y confidencialidad de los datos y cuya finalidad es la gestión de convocatorias de ayudas, premios y subvenciones gestionados por la Universidad de Córdoba y la gestión económica derivada de estas, estando previsto cederlos a organismos públicos con competencia en la materia.
b) Reconocimiento expreso del/de la candidato/a que queda informado/a de que puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición.
c) Autorización expresa del/de la candidato/a a que la Universidad de Córdoba pueda utilizar, publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones que realice de carácter informativo o divulgativo, tanto en medios de comunicación escritos en soporte físico como en Internet.

Artículo 7. Plazo de presentación de trabajos.

El plazo de presentación de trabajos se abrirá el día 2 de septiembre de 2020 y se cerrará el día 15 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

Artículo 8. Premio.

1. El Premio “Pablo García Baena 2020” consistirá una dotación de 2 000 euros. Adicionalmente, la Universidad de Córdoba asumirá a través de su editorial UCOPRESS la publicación de una primera edición del trabajo premiado, de los que 50 serán entregados a la persona que haya obtenido el premio.
A tal efecto la persona premiada deberá adaptar el trabajo presentado a las normas de publicación de la editorial UCOPRESS.

2. El premio tendrá el tratamiento fiscal que corresponda conforme a la normativa vigente.

3. La entrega del premio se realizará en un acto público coincidiendo con la celebración de la festividad de Santo Tomás de Aquino.

Artículo 9. Subsanación de errores, ordenación e instrucción.

1. Si la solicitud no reuniera alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria o en las correspondientes Bases, o cualquiera de los previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se otorgará un plazo a las personas solicitantes para que subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos. Si no lo hicieren se tendrá por desistida la solicitud.

2. Tras la subsanación de las solicitudes incompletas, en su caso, se procederá a publicar el listado de los trabajos admitidos al procedimiento.

3. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse la resolución de concesión.

Artículo 10. Criterios de valoración de los trabajos presentados.

1. El Premio se concederá sobre la base de los siguientes criterios de valoración:
a) Aportación significativa a los estudios de poesía española.
b) Originalidad.
c) Calidad de la investigación.

Artículo 11. Decisión del Jurado.

1. El Jurado podrá declarar desierto el premio en el caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúne los méritos o la calidad suficientes.

2. La decisión del Jurado será inapelable, resultando de la participación la aceptación de los contenidos de las bases reguladoras y de esta convocatoria.

3. Todas las decisiones del Jurado se harán públicas a través de la página web del Área de Cultura de la Universidad de Córdoba. Además, la concesión del Premio se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba.

Artículo 12. Derechos de propiedad intelectual y de explotación.

Los derechos de propiedad intelectual sobre el trabajo premiado corresponderán al autor del mismo. A la Universidad de Córdoba le corresponderán los derechos de explotación del trabajo en su primera edición, que será publicada por la Universidad de Córdoba a través de su editorial UCOPRESS.
Los ejemplares de los trabajos presentados no serán devueltos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer, si a su
derecho conviene, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, ante este Consejo de Gobierno (artículos 123 a 126 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Córdoba (arts. 6.4 de la LOU y 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Fuente

 



©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

Te puede interesar

CursosCursosCursos de formación, escritura creativa.
Concursos LiterariosConcursos Literarios España y Latinoamérica
librosLibros Publicita tus libros
BiografíasBiografíasBiografías de escritores.
Recursos para escritoresRecursosRecursos para escritores
¿buscas editor?Publicar¿Deseas publicar?
AsesoríaAsesoríaAsesoría literaria. Informes, Correcciones

Cursos

banner cursos escritores org v

Asesoría

banner escritores asesoria v2

Datos de contacto

Escritores.org

CIF:  B61195087

  • Email: info@escritores.org
  • Web: www.escritores.org
  • © 1996 - 2025