Concursos Literarios

XV PREMIO DE LITERATURA EXPERIMENTAL SPORTING CLUB RUSSAFA CARLOS MORENO MÍNGUEZ

 

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XV PREMIO DE LITERATURA EXPERIMENTAL SPORTING CLUB RUSSAFA CARLOS MORENO MÍNGUEZ (España)

Fecha apertura de la convocatoria:  abierta

Fecha de cierre de la convocatoria:    30:03:2026

Género:  cualquier género literario

Premio:  publicación

Abierto a:    sin restricciones

Entidad convocante:  Sporting Club Russafa – Carlos Moreno Mínguez

País de la entidad convocante: España

Participación por medios electrónicos: Sí

 

 

BASES

XV PREMIO DE LITERATURA EXPERIMENTAL SPORTING CLUB RUSSAFA CARLOS MORENO MÍNGUEZ

www.sportingclubrussafa.com

El Sporting Club Russafa – Carlos Moreno Mínguez convoca, a través de su sección Sporting Club de les LLetres, el XV PREMIO DE LITERATURA EXPERIMENTAL, con el objetivo fundamental de que lo fundamental sea el objetivo. También, y de manera colateral, colaborar, de forma desinteresada, con aquellos creadores literarios que no encuentran acomodo en el resto de concursos estrictamente estrictos o sucedáneos.

  1. Podrán concursar todos/as los/as escritores/as, cualquiera que sea su nacionalidad o residencia, altura, peso, edad, confesión religiosa, orientación sexual, posición social o adscripción política, exceptuando, como es natural, aquellos/as que padezcan astigmatismo en ambos pies.
  1. Cada autor podrá presentar, como mínimo y como máximo, una obra. Se admitirán textos de poesía, prosa, novela, relato, teatro, ensayo u obra que abarque algunas o todas las modalidades anteriores.
  1. Deberán estar escritas en valenciano/catalán, castellano/español, o idioma todavía por descubrir.
  1. La temática será, indefectiblemente, libre; si está presa o no goza de todos los derechos constitucionales… también será aceptada.
  1. La obra, como mínimo, tendrá una extensión de 60 folios (tamaño folio, valga la redundancia), y un máximo de 50.000 folios (tamaño folio, valga la redundancia), aunque el jurado sólo tendrá la obligación de leer hasta el folio 120. A espacio sencillo (a la vez que elegante) o a espacio abierto con vistas al mar; con tipo de letra Times New Roman o cualquier otro que sea legible y lavable; tamaño 12, aunque también se admitirán tamaños inferiores, superiores u obsoletos.
  1. En textos poéticos o específicos en que tengan un papel importante los espacios o las imágenes y estos no sean los habituales, las obras deberán presentarse en formato A5. En este caso de textos poéticos y concretos, la extensión podrá ser racionalmente inferior a la indicada en el punto anterior, siempre que el Jurado considere que esa extensión es suficiente para un libro aspirante al premio.
  1. Las obras, que no podrán llevar firma ni señal alguna que pueda indicar su procedencia, serán enviadas, en formato WORD, a la dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en un mensaje que llevará como asunto el título de la obra. Consultas al correo citado.
  2. El participante deberá adjuntar en el mismo correo electrónico otro archivo en formato PDF o WORD que llevará como nombre o asunto el mismo título de la obra seguido de la palabra PLICA (Es decir, título de la obra - PLICA). Este archivo contendrá los datos personales del autor: nombre y apellidos, dirección completa (calle, número, ciudad, país), teléfono y dirección de correo electrónico.
    • Si algún participante fuere menor de edad, deberá incluir, además, en la plica AUOTRIZACIÓN del padre, madre, o persona responsable o tutor.
  1. Se establece un solo premio, que consistirá en la publicación de la obra, la cual no debe superar las 120 páginas, contadas aleatoriamente, así como un fuerte abrazo del presidente del Sporting Club Russafa o, en su defecto, de aquel o aquella en quien delegue. Treinta ejemplares de dicha publicación corresponderán al autor ganador.
  1. Las obras deberán estar en poder del Sporting Club Russafa Carlos Moreno Mínguez, antes de las 24 horas del día 30 de marzo de 2026.
  1. La decisión del Jurado, que será inapelable, inconcebible e incompetente, se hará pública antes del 31 de mayo de 2026. El premio podrá ser declarado desierto, agreste o tropical. El Jurado estará compuesto por destacadas personalidades de la literatura subyacente o prenatal; asimismo la composición del mismo se hará pública cuando nos dé la gana.

 

  1. La participación en el Certamen implica la aceptación de sus bases y de la resolución del mismo.
  1. El premio no podrá recaer sobre una obra cuyo autor haya sido premiado en una de las cinco últimas convocatorias de este premio.

 

  1. El jurado tendrá muy en cuenta el hecho constatable de la experimentalidad.

 

  1. Literatura experimental:que tiende a la búsqueda de nuevas formas estéticas y de técnicas expresivas renovadoras. (RAE) 

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 


XV PREMIO DE LITERATURA INFANTIL "CIUDAD DE MÁLAGA" 2024 (España)


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XV PREMIO DE LITERATURA INFANTIL "CIUDAD DE MÁLAGA" 2024 (España)

17:05:2024

Género:  Novela, infantil y juvenil

Premio:  10.000 € y edición

Abierto a:  mayores de 18 años, sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  Área de Educación y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  17:05:2024

 

BASES

 

 

El Área de Educación y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga en colaboración con el Grupo Anaya, S.A. convoca el XV Premio de Literatura Infantil “Ciudad de Málaga” 2024. Narrativa

El plazo de presentación de obras al XV Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" comenzará el dia 20 de marzo y permanecerá abierto hasta el dia 17 de mayo.

1: OBJETO

Podrán optar a este premio las obras que sean inéditas y escritas en español, que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso y que no estén pendientes de fallo en otros premios.

El autor o autora de la obra garantizará su autoría y originalidad, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena y que no correspon- de a ningún autor o autora fallecido/a. Asimismo tampoco podrá tener comprometidos con terceros los derechos de edición sobre la misma.

Esta convocatoria se publicaráíntegramente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BNDS) según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

2: BENEFICIARIOS

Podrán concurrir a este premio todas aquellas personas mayores de 18 años, escritores y escritoras de cualquier nacionalidad, residentes en España o en el extranjero, siempre que la obra presentada esté escrita en castellano, sea original, inédita y no se haya premiado en otros certámenes. Asimis- mo, las obras tienen que reunir los requisitos que se establecen en el punto anterior. La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisitos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria.

No podrán obtener la condición de beneficiarios de los premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayunta- miento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. La no aportación de la documentación fiscal requerida al efecto, así como, la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley, será causa de exclusión.

La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisitos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria.

Se excluirán los autores galardonados en anteriores ediciones.

No se admiten, traducciones ni adaptaciones de ningún tipo, haciéndose responsable los autores de los posibles plagios o transgresiones de la legali- dad vigente en que pudiera incurrir.

Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

También será causa de exclusión la presentación extemporánea (fuera de plazo) referida tanto a la solicitud de participación como a la obra participante.

3: DOTACIÓN DEL PREMIO

Se establece un premio económico dotado con DIEZ MIL (10.000,00) EUROS y la EDICIÓN de la obra ganadora; entendiéndose que la dotación económica del premio suple el anticipo de los derechos de autor en la primera edición del libro y que estará sujeta a las retenciones legalmente establecidas en la legislación tributaria vigente.

Para la dotación económica asignada existe consignación presupuestaria suficiente imputable a la partida 39.3265.48100 PAM 4201 del presupuesto en vigor.

La obra ganadora será publicada y distribuida por la Grupo Anaya S.A., renunciando el ganador a los derechos de autor en la primera edición del libro. Durante un año, desde la concesión del premio, el Grupo Anaya S.A. tendrá derecho de opción preferente para la suscripción del contrato de edición de la novela ganadora, suscribiendo el autor/a del mismo el correspondiente contrato con dicha firma editorial.

La primera edición de la obra premiada será publicada por el Grupo Anaya, S.A. en su colección “Libros singulares”.

4: PRESENTACIÓN DE LA OBRA Y DOCUMENTACIÓN

Los autores y autoras que opten al XV Premio de Literatura Infantil “Ciudad de Málaga” 2024 tendrán que seguir las indicaciones y aportar la
información que se detallan a continuación:

Las obras se presentarán, preferentemente, a través de la sede electrónica municipal en la sección dedicada a los premios del Área de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Málaga cuya dirección es:
sede.malaga.eu/es/tramitacion/cultura-y-educacion/detalle-del-tramite/index.html?id=5317&tipoVO=5#.

En esta página se cumplimentará la solicitud (Anexo I) y se adjuntará un archivo en formato pdf (Adobe Systems Incorporated) que contenga la obra escrita a doble espacio utilizando letra Arial tamaño 12 y con una extensión mínima de 25 páginas y un máximo de 45 páginas. En la primera página de la obra se reproducirá su título original así como el seudónimo del autor o autora. En ningún caso se podrá establecer ningún otro dato informativo del autor o autora de la obra, prevaleciendo en todo momento su anonimato, de forma que, dicho seudónimo no se corresponda con abreviaturas, acrónimos o juego de palabras, que sean fácilmente identificables con sus datos personales, especialmente los relativos a nombres y apellidos, en caso contrario quedaría excluida su participación

Las obras no deberán ir acompañadas de ilustraciones y deben ajustarse al género de narrativa-novela, no se admitirán obras integradas por un conjunto de cuentos cortos.

Se admitirá la presentación de un solo original por cada autor o autora. No se admitirán obras en coautoría.

Para la presentación presencial se enviará la solicitud de participación, debidamente cumplimentada y firmada, junto con la obra que se grabará en un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar, no se admitirán obras en papel.

La presentación se hará en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo 16.4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme al cual:
“Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1;
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca;
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero;
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros;
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes”

La solicitud de participación junto con la obra podrá dirigirse al Edificio del Archivo Municipal, Alameda Principal nº 23, C.P: 29001, Málaga; en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del concurso: “XV PREMIO DE LITERATURA INFANTIL “CIUDAD DE MÁLAGA” 2024”.

El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, fuera de plazo, siendo defectuoso, faltando parte de la informa- ción o cualquiera de los ficheros que obligatoriamente han de ser adjuntados será causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.

Las personas participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Educación del Ayuntamiento de Málaga para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Gestión Tributaria Municipal.

En el caso de que los interesados no faculten al Ayuntamiento a la consulta de dichos datos, se comprometerán a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se haga público el fallo del Jurado.

También, una vez emitido el fallo del Jurado, si el autor o autora que obtenga el premio no es de nacionalidad española y/o no es residente fiscal en España tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.

La no aportación de esta documentación fiscal por la persona ganadora del Premio o la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos por la Ley será causa de exclusión automática del mismo.

5: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS

La solicitud de participación con los ficheros adjuntos descritos en esta convocatoria, será enviada en el plazo de cuarenta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

El anuncio de la presente convocatoria se hará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA), así como en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento de Málaga y en la Web del Área de Educación.

6: CONSTITUCIÓN DEL JURADO Y FALLO

El Jurado estará formado por un presidente y cuatro vocales de entre personas de reconocido prestigio provenientes del ámbito de la literatura infantil
y juvenil, seleccionados por ambas entidades en el cual figurará un representante del Grupo Anaya S.A, así como, por un Secretario proveniente del Ayuntamiento de Málaga. Mediante resolución del Concejal Delegado del Área de Educación del Ayuntamiento de Málaga se nombrará el Jurado con carácter previo a la publicación de esta convocatoria.

El Jurado, para determinar la obra ganadora, tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: originalidad 40%, calidad literaria y técnica narrativa 20%, temas 20% y construcción de personajes 20%. Las deliberaciones del Jurado son secretas y su fallo será inapelable. No se establecerá comunicación alguna con ningún participante. En ningún caso podrá otorgarse el premio a dos obras ex aequo, es decir no habrá posibilidad de empate y otorgar el premio a dos concursantes por estimarse que las dos obras son de la mayor calidad.

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General del Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo, y la de resolución o concesión del premio corresponde a la Concejala Delegada del Área de Educación del Ayuntamiento de Málaga.

El Jurado propondrá la obra ganadora al órgano que otorga el Premio, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente, como ha quedado expuesto en esta convocatoria, el Excmo. Ayuntamiento de Málaga comprobará, o el beneficiario deberá acreditar, que su autor reúne los requisitos legales establecidos para la concesión del premio.

El Premio podrá ser declarado desierto si el Jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

Los miembros del Jurado o la persona ganadora del Premio no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayunta- miento de Málaga lo haga público.

7: ACEPTACIÓN DE LA CONVOCATORIA POR LOS INTERESADOS Y DETERMINACIÓN DEL FUERO

La presentación a este concurso literario no genera derecho alguno a sus participantes hasta que haya sido fallado por el Jurado y hasta tanto haya
sido otorgado el premio por Resolución de la Concejala Delegada del Área de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

Los efectos de todos los actos de trámite dictados en este Premio Literario se entenderán condicionados a que al emitirse la resolución de concesión, mediante el fallo del Jurado y su posterior ratificación por la Concejala Delegada del Área de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, subsis- tan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el momento en que fueron producidos dichos actos.

La presentación a este concurso supone la aceptación de la presente convocatoria, y el compromiso del autor de no retirar la obra antes del fallo, aceptar el premio si le fuera concedido, o reintegrarlo si no se cumplen los requisitos que se establece en la convocatoria, así como suscribir cuantos documentos fueran necesarios para el cumplimiento de esta convocatoria.

El Área de Educación del Ayuntamiento de Málaga y el jurado resolverán las cuestiones no previstas en la presente convocatoria, disponiendo de capacidad de interpretación a cuantos efectos proceda.

La participación en el premio supone la autorización expresa al Ayuntamiento de Málaga para dar publicidad al premio en los diferentes medios de comunicación, pudiendo aparecer los nombres e imagen del premiado.

El Área de Educación del Ayuntamiento de Málaga no devolverá originales ni mantendrá correspondencia con los autores o autoras, procediéndose a la destrucción de los no premiados o finalistas.www.escritores.org

Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial, las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y tribunales de Málaga.

8: APROBACIÓN Y JURISDICCIÓN

La aprobación de esta Convocatoria del Premio de Literatura Infantil “Ciudad de Málaga” corresponde a la Junta de Gobierno Local.

En todo lo no previsto en esta Convocatoria y con relación al desarrollo del Premio se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga y a las decisiones y criterios del Ayuntamiento de Málaga.

Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y Tribunales de Málaga 

9: RÉGIMEN JURÍDICO

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local 7/1985, de 2 de abril; la Ley del Procedimiento administrativo común 39/2015, de 1 de octubre y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el 8 de noviembre de 2022.

 

Fuente

 

 
 

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XV PREMIO DE NOVELA CORTA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA” (España)
15-07-2014

Género: Novela

Premio:    nueve mil euros (9.000,00 euros) y edición

Abierto a:   sin restricciones

Entidad convocante:    DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 15:07:2014

 

BASES


El Diputado Delegado de Cultura, mediante decreto de fecha 10 de junio de 2014, ha resuelto aprobar la Convocatoria del XV Premio de Novela Corta Diputación de Córdoba, que se regirá por las siguientes bases:www.escritores.org
 
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL “XV PREMIO DE NOVELA CORTA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA”
 
Primera. Podrán presentarse a este concurso narradores de cualquier nacionalidad, siempre que los trabajos presentados estén escritos en castellano.
 
Segunda. Se establece un premio de nueve mil euros (9.000,00 euros), cantidad que se imputará a la aplicación 550.3341.48100 del presupuesto para el ejercicio 2014. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio cubre los derechos de autor de la primera edición, que será de 1.000 ejemplares, de acuerdo con el artículo 46.1 del Texto Refundido de la
Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos de explotación a los que se refiere la Base Undécima.
 
Tercera. El premio se otorgará a una novela inédita de tema libre, y no premiada en ningún otro Certamen. El trabajo se escribirá por uno o varios autores y deberá tener una extensión mínima de 100 páginas y máxima de 150 páginas.
 
Cuarta. Los originales se presentarán por quintuplicado, mecanografiados, en papel tamaño DIN A-4, con tipo de letra Times New Roman, cuerpo 12 e interlineado 1,5 y debidamente encuadernados.
 
Quinta. Los trabajos se entregarán sin firmar y sin identificación alguna. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y una breve nota biográfica y en el exterior del sobre se indicará título del trabajo y lema, incluyéndose una declaración jurada de no tener comprometidos los derechos de la obra y de no estar pendiente de resolución en otro concurso.
 
Sexta. El lugar de presentación será el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15), de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 13.30 horas y los sábados de 10.00 a 13.30 horas.

Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y concluirá el 15 de julio del 2014.
Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores serán excluidos definitivamente de la Convocatoria.
Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará durante el plazo de 10 días, en el Tablón de Edictos de la Diputación, relación de trabajos presentados por título y lema.
 
Séptima. El Jurado estará presidido por el Sr. Diputado-Delegado de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable. Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto el Jefe de Departamento de la Delegación de Cultura.
Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión integrada por personas especializadas con el objeto de llevar a cabo una preselección de los trabajos presentados. Esta Comisión será designada por el Sr. Diputado Delegado de Cultura.
 
Octava. Se leerán todos los trabajos presentados que reúnan los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos, por lo que podrá declararse desierto el premio.
 
Novena. A la vista del fallo del Jurado, el instructor del expediente formulará propuesta, indicando expresamente todas las obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y expresará el autor para el que se propone la concesión del Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
 
Décima. La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.
 
Undécima. Los derechos de la obra ganadora quedará en propiedad de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición, procediéndose a su publicación durante el año 2015, y haciéndose constar en la publicación que se trata del XV Premio de Novela Corta "Diputación de Córdoba" correspondiente al año 2014. Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una Editorial especializada.
 
Duodécima. Los trabajos no premiados se podrán retirar de la Diputación de Córdoba en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la resolución, y previa presentación del recibo extendido por el Registro General o del justificante del Certificado de Correos. Pasado este plazo serán destruidos sin posibilidad de reclamación.
 
Decimotercera. Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto del Diputado Delegado de Cultura, por delegación de la Presidencia de la Corporación.
 
Decimocuarta. El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones administrativas que resulten de aplicación.
 
Fuente  
 

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XV PREMIO DE MICRORRELATOS RED BPM AYUNTAMIENTO DE MADRID (España)


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XV PREMIO DE MICRORRELATOS RED BPM AYUNTAMIENTO DE MADRID (España)

10:04:2023

Género:  Microrrelato

Premio:  1.000 € y diploma acreditativo

Abierto a:  mayores de 15 años

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Madrid

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  10:04:2023

 

BASES

 

 

El plazo de entrega de los microrrelatos será del 11 de marzo al 10 de abril del presente año 2023.

CONVOCATORIA DE LA XV EDICIÓN DEL PREMIO DE MICRORRELATOS DE LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

1.- Objeto y finalidad.

1.1. El Premio de Microrrelatos de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales tiene como objetivo impulsar la creatividad dentro de este género literario mediante la convocatoria de un certamen que reconozca los textos más sobresalientes.

Las obras serán originales e inéditas. No se podrán presentar microrrelatos que hayan sido presentados a ediciones anteriores o que hayan recibido algún premio público o privado, ni tampoco que hayan sido publicados antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.

Tampoco podrán presentarse obras que están pendientes de fallo en cualquier otro concurso en el momento de presentar la solicitud. Además, con la presentación, el solicitante adquiere el compromiso de no presentar el mismo texto a otros concursos hasta que este premio haya sido fallado.

1.2. Todos los microrrelatos deberán estar relacionados con el siguiente tema: “Microhistorias en el ascensor”. Quedarán automáticamente excluidos todos los microrrelatos que no guarden relación con este tema.

1.3. Podrá participar cualquier persona mayor de 15 años, con independencia de su nacionalidad, siempre que sea la autora del texto presentado. Las obras deberán estar escritas en lengua castellana, contar con un título, un pseudónimo y un cuerpo de texto de un máximo de 100 palabras.

1.4. Cada participante podrá presentar una sola obra. Los premios no podrán ser divididos ni tampoco concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si el participante falleciera después del fallo del jurado. Los premios del concurso podrán quedar desiertos si el Jurado estima que ninguna obra se ajusta a las exigencias del certamen.

2.- Obras excluidas.

Estará excluida cualquiera obra que no cumpla con los requisitos establecidos en el apartado anterior o que no haya sido presentada dentro del plazo de solicitud.

Tampoco se aceptarán las solicitudes formuladas por interesados que no tengan residencia fiscal en alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea.

3.- Dotación económica.

La dotación económica del Premio es de 2.000 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 2023/001/130/332.10/482.03 “Premios”.

La concesión del premio estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

4.- Publicación de la convocatoria.

4.1. La publicidad de la convocatoria se realizará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica de este último (sede.madrid.es). La publicidad de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

4.2. El resto de los actos de trámite, incluida la concesión de la ayuda, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.- Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante un mes natural a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

6. Forma de presentación.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas según el modelo que se adjunta a la presente convocatoria y que se obtendrá a través de la sede electrónica (sede.madrid.es), se dirigirán a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid y se presentarán, junto con el resto de la documentación exigida, por algunas de las siguientes dos vías:

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, sede.madrid.es. En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
b) Presencialmente, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. En este caso, las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos - Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte – Calle Conde Duque 9-11 - 28015 Madrid

A fin de garantizar el anonimato de los participantes ante el jurado, el documento con el texto del microrrelato que ha de adjuntarse a la solicitud vendrá firmado con pseudónimo.

7.- Documentación.

La solicitud constará de los datos personales identificativos del autor/a y el propio texto a presentar.

8.- Subsanación de defectos.

8.1. Si el escrito de solicitud no reuniera los requisitos exigidos en esta convocatoria o no aportase correctamente la documentación a que se refiere el apartado anterior, se requerirá al solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Terminado el plazo de subsanación, el órgano instructor verificará si se acredita el cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiario/a y, entre ellos, que no se incurra en las prohibiciones del artículo 13.2 y
13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

8.2. A fin de garantizar que todos los participantes elaboran su obra en igualdad de condiciones, y en el mismo plazo de tiempo, no se permitirá la subsanación de defectos en el contenido del microrrelato ni tampoco de su falta de presentación en el plazo señalado en el apartado 5. Así, las solicitudes que se presenten sin incluir el microrrelato o que, aun incluyéndolo, su lectura resulte ilegible por cuestiones técnicas no imputables al ayuntamiento, quedarán automáticamente excluidas.

9.- Instrucción del procedimiento.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, a quien corresponde realizar las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

10.- Firma de la solicitud.

10.1. La presentación de la solicitud conllevará la firma de una declaración responsable por la que el solicitante manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos que establece el apartado 1 de la convocatoria, así como el compromiso de mantener dichos requisitos durante todo el tiempo inherente al reconocimiento del derecho.

10.2. La solicitud también implicará la firma de una declaración responsable de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. De conformidad con lo previsto en el artículo 24.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, tratándose de un importe que no supera los 3.000 euros, esta declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones previstas en los artículos 22.2 y 22.3 de dicho Reglamento.

10.3. Los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán incluir una declaración responsable en la que manifiesten que no tienen obligaciones tributarias ni con la Seguridad Social española, por tributar en otro estado.

10.4. Igualmente, la solicitud incluirá la declaración por parte del solicitante de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en su caso, estar al corriente de pago o no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones.

10.5. La existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá comportar, en función de su importancia, la inadmisión de la solicitud de la subvención, sin perjuicio de las restantes responsabilidades que pudieran derivarse.

11.- Jurado.

11.1. El fallo del premio corresponderá a un jurado que será designado por la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y que estará formado por personal de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos y, mayoritariamente, de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales.

• Presidencia: Jefa de Servicio de Bibliotecas Públicas o persona en que delegue.
• Vocalías: en función del número de solicitudes presentadas, la Delegada del Área de Gobierno podrá nombrar de 7 a 15 vocales.
• Secretaría: un funcionario sin voz ni voto.

Cuando un elevado número de obras presentadas así lo aconseje, el jurado podrá organizarse en comités de lectura previos que realicen un labor de preselección de los mejores microrrelatos. Estos comités de lectura garantizarán que cada microrrelato sea leído por, al menos, dos jurados distintos.

11.2. Las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría. En el momento de las votaciones solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, bien de forma presencial bien virtual en caso de celebrarse por medios electrónicos. No se admitirá la delegación de voto.

11.3. En el momento del fallo se procederá a la apertura de la plica para comprobar la identidad del autor/a de la obra ganadora.

12.- Premios.

12.1. Se establecen los siguientes premios:
- Primer premio: diploma acreditativo y 1.000 euros
- Segundo premio: diploma acreditativo y 600 euros
- Tercer premio: diploma acreditativo y 400 euros

12.2. Adicionalmente se podrán otorgar hasta diez accésits honoríficos siempre y cuando el jurado lo considero oportuno por la calidad de las obra presentadas.

13.- Concesión del premio.

Finalizada la fase de instrucción por parte de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos, y una vez reunido el jurado, este emitirá su fallo, reflejándose en el acta que al efecto se suscriba.

El órgano instructor, a la vista del fallo contenido en la citada acta, formulará propuesta de resolución definitiva, que tendrá naturaleza definitiva, de acuerdo con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, pues en el procedimiento no se tendrán en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados a través de sus solicitudes. Esta propuesta no creará derecho alguno a favor de los ganadores frente a la Administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión.

La propuesta se notificará a los ganadores de los tres premios en metálico para que, en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a aquél en que reciba la notificación, comunique su aceptación del premio propuesto, así como para la aportación de la siguiente documentación:
- Aceptación o renuncia del premio concedido.
- Impreso T, alta de pago por transferencia, debidamente cumplimentado, en caso de no tener de alta en el Ayuntamiento de Madrid ninguna cuenta para el pago del premio. En el caso de estar de alta en alguna cuenta del Ayuntamiento de Madrid, deberá presentarse un escrito solicitando el ingreso de la subvención en la correspondiente cuenta.

Aportada la documentación correspondiente por el ganador, el órgano instructor remitirá el expediente a la Intervención Delegada para su fiscalización. El expediente de concesión de los premios contendrá el informe del órgano instructor en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que la persona beneficiaria cumple todos los requisitos necesarios para acceder al mismo. No será necesario obtener la aceptación en el caso de los accésits honoríficos.

Una vez fiscalizado de conformidad, la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte resolverá el procedimiento en los términos previstos en el artículo 25 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

14.- Propiedad intelectual.

15.1. El interesado garantiza la autoría y originalidad del texto presentado. Los participantes serán responsables de las reclamaciones que se pudieran producir por perjuicios a terceros.

15.2. La participación en el premio implica, en el caso de los ganadores y de los reconocidos con un accésit honorífico, la cesión no exclusiva al Ayuntamiento del derecho de comunicación pública, en los términos recogidos en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, aprobado por Real Decreto 1/1996, de 12 de abril.

15.- Publicación, comunicación pública y acto de entrega.

14.1. El fallo del premio se publicará en la Sede Electrónica y el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. De conformidad con el artículo 45.b de la Ley 39/2015, esta publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

14.2. El Ayuntamiento, podrá, a través del portal la Red de Bibliotecas Municipales, hacer público los textos premiados y los reconocidos con un accésit.

14.3. Siempre que sea posible, se celebrará un acto de entrega coincidiendo con el Día de las Bibliotecas (24 de octubre). En su defecto, la entrega de los diplomas acreditativos se entregará presencialmente en la Subdirección General de Bibliotecas y Archivos, sita en la calle del Conde Duque 9-11 de Madrid.

16.- Recursos.

16.1. La concesión del premio pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabrá interponer, en el plazo de dos meses desde la publicación de la concesión, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la concesión.www.escritores.org

16.2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el último día de presentación de solicitudes, de conformidad con lo previsto en artículo 28.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, transcurrido un plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria sin que haya recaído resolución expresa de la misma, se podrá entender desestimada por silencio administrativo.

17.- Abono del premio.

El premio será abonado a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por la persona beneficiaria. El importe estará sujeto a la retención correspondiente de IRPF, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

18.- Régimen jurídico.

La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley; la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013; y, finalmente, en todos aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 40/2015, de 1 de octubre o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.

 

 
 

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XV PREMIO DE NOVELA CORTA ENCINA DE PLATA (España)


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XV PREMIO DE NOVELA CORTA ENCINA DE PLATA (España)

15:06:2021

Género: Novela

Premio:   6.000 € y edición

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante:  Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Navalmoral

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:06:2021

 

BASES

 

Desde la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Navalmoral se organiza cada año el Certamen Literario Encina de Plata, una de las citas culturales más importantes entre las muchas que se celebran anualmente en nuestra localidad.

La convocatoria persigue continuar con la organización de este premio que se ha convertido en uno de los certámenes literarios de referencia en toda España, consolidándose como uno de los más importantes que se organizan en la modalidad de novela corta en todo el país.

www.escritores.org
Esta categoría se ve reflejada cada año en la gran cantidad de obras literarias que se presentan a concurso, procedentes no solo de todos los puntos de España, sino de todo el mundo de habla hispana, llegando novelas de toda Sudamérica e incluso de Estados Unidos, así como de otros países europeos.

Otro de los grandes valores con los que cuenta el Premio es la composición del Jurado, sin duda el más prestigioso de cuantos premios de novela corta hay en nuestro país. La presencia de figuras como los académicos Luis Mateo Diez, José María Merino, Luis Landero o los escritores extremeños Hidalgo Bayal y Pilar Galán, suponen un motivo de orgullo para todos nosotros.

La ceremonia de entrega del Premio, que se celebrará en la primera quincena del mes de octubre, se ha convertido en cita ineludible, lugar de encuentro para todas las personas interesadas en el mundo de la cultura en nuestra zona.

Con todo ello, la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata considera procedente efectuar la convocatoria de la decimoquinta edición del Premio de Novela Corta Encina de Plata, de acuerdo con las siguientes,

 

BASES:

 

1.- OBJETIVOS

Sobre la base de las competencias recogidas en el articulo 25 de la 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, concretamente el apartado 2.m "Promoción de la cultura y equipamientos culturales", se establece la presente convocatoria que tiene por objeto:

• Incentivar y promover la literatura, dando cabida con el formato de novela corta a las aspiraciones literarias de muchos autores que buscan una oportunidad de dar a conocer sus trabajos.
• Dar a conocer Navalmoral como lugar de encuentro cultural, aprovechando el prestigio con el que cuenta el Certamen a nivel nacional e internacional.
• Incentivar la lectura entre la población, motivada por la gran repercusión que tiene el Premio.
• Promocionar las actividades culturales y educativas en nuestra localidad.
• Potenciar la proyección de la Feria del Libro en Navalmoral, con un acto de indudable categoría cultural, que forma parte de su programación anual.

2.- DESTINATARIOS Y CONDICIONES DE LOS MISMOS

- Podrán participar escritores, cualquiera que sea su nacionalidad, con obras escritas en castellano.
- Solo podrá presentarse una única obra por cada persona participante.
- Los interesados deberán hallarse al corriente de pago con sus obligaciones con la Agencia Tributaria.
- Los interesados no podrán hallarse en ninguna situación de deuda con la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Tampoco podrán obtener la condición de beneficiaria las personas o entidades que tengan deudas o sanciones de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.

3.- SUBVENCIÓN Y PREMIOS

Para financiar la convocatoria del Premio de Novela Corta Encina de Plata, se presupuesta un gasto de 6000 €, destinado a un único premio que se otorga al autor o autora de la novela ganadora.

El Jurado del Certamen se reserva el derecho de declarar desierto el premio, pero no compartido.

4.- CONDICIONES Y FORMATO DE LOS TRABAJOS PRESENTADOS

Se establece una única categoría para todos los participantes.

Los originales serán inéditos y no deben haber sido premiados con anterioridad ni estar pendientes de fallo en cualquier otro concurso literario y deberán tener una extensión mínima de 75 folios y máxima de 100.

Los originales deberán presentarse mecanografiados a doble espacio y por una sola cara, en tamaño DIN A-4 (210 x 297 mm), con los cuatro márgenes a 2,5 cm, y deberán utilizar los tipos de letra Times o Arial, con un tamaño de 12 puntos. Se presentarán cuatro ejemplares debidamente encuadernados.

No podrán participar quienes hayan resultado ganadores en los últimos cinco años, así como aquellas personas que de alguna forma hayan estado vinculadas a la Organización de este certamen durante el mismo periodo de tiempo.

La obra premiada se publicará bajo el patrocinio del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata a cargo de una editorial de prestigio, con una tirada no inferior a los 500 ejemplares, entendiéndose el premio como anticipo de los derechos de autor de la primera edición de la obra.

La solicitud de participación en el concurso implica el pleno conocimiento y aceptación de las Bases que regulan esta convocatoria, el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos, a asumir la decisión y la interpretación del Comité de Lectura y del Jurado de las presentes Bases.

5.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Las obras se enviarán al Ayuntamiento de Navalmoral, Concejalía de Cultura, Plaza de Rafael Medina, s/n, 10300 Navalmoral de la Mata (Cáceres), haciendo constar en el exterior del sobre XV PREMIO ENCINA DE PLATA.

El plazo de presentación finalizará el día 15 de junio de 2021 a las 14:00 horas.

Una vez adjudicado el premio, los autores no premiados podrán retirar los originales en la Casa de Cultura de Navalmoral de la Mata en el plazo de un mes a partir de la fecha de la concesión de los premios. El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata no asumirá responsabilidades por pérdidas o deterioros. Los ejemplares no retirados en ese plazo serán destruidos.

6.- DOCUMENTOS E INFORMACIONES A PRESENTAR

Las obras no podrán estar firmadas, llevarán un lema o seudónimo que habrá de figurar en el exterior de la plica que se adjuntará, donde constarán los datos personales del autor, así como una pequeña reseña biográfica y una declaración jurada del carácter original e inédito de la obra, garantizando así que la misma no se halla pendiente de fallo en ningún otro Premio y que el autor tiene la libre disposición de todos los derechos de explotación sobre la obra en cualquier forma y en sus diferentes modalidades.

7.- COMPOSICIÓN DEL JURADO

El Jurado estará compuesto por las siguientes personas:
- D. Luis Mateo Díez (Presidente del Jurado)
- D. José María Merino Sánchez
- D. Luis Landero Durán
- Dª. Pilar Galán Rodríguez
- D. Gonzalo Hidalgo Bayal
- Dª. Rosa Mª. Bautista Rodríguez

8.- COMITÉ DE LECTURA

Se constituirá una Comité de Lectura coordinado por la escritora Pilar Galán independiente del Jurado final.

El Comité de Lectura, integrado por personas cualificadas, determinará los originales que habrán de pasar a la final del premio y que serán entregados a los miembros del Jurado. Los titulos de las obras finalistas se harán públicos a través de los medios de comunicación antes de la fecha del fallo final.

9.- FALLO DEL JURADO

El Jurado se reserva la opción de declarar desierto el Premio si los trabajos presentados no se ajustaran a las bases o no alcanzaran un mínimo de calidad.

El fallo del Jurado será inapelable.

Del mismo se dará traslado al órgano correspondiente del Ayuntamiento para su resolución.

El beneficiario deberá informar del número de cuenta para realizar el oportuno ingreso a través del documento "ALTA A TERCEROS" (Anexo II).

El fallo del jurado será inapelable y se dará a conocer el viernes 8 de octubre de 2021, en una Gala Literaria a celebrar en Navalmoral de la Mata.

Los finalistas están obligados a asistir a dicho acto, o nombrar un representante. La no asistencia implica la renuncia al premio. El Ayuntamiento de Navalmoral asumirá los gastos derivados del alojamiento.

10.- EDICIÓN DE LA OBRA

La obra premiada se publicará bajo el patrocinio del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata a cargo de Premium Editorial, con una tirada no inferior a los 500 ejemplares, dentro de la colección Encina de Plata, y el correspondiente pago de derechos de autor, que será el 12% sobre el precio de venta al público (sin IVA), entendiendo el importe del premio como adelanto a este concepto a efectos solo de los 100 primeros ejemplares vendidos. Es decir, el autor gozará de estos derechos del 12% tan pronto las ventas superen dicha cuantia.
En el preceptivo contrato de edición, que el autor deberá suscribir a la percepción del Premio, éste cederá en exclusiva y para todo el mundo los derechos de explotación de la obra ganadora, incluidos los de traducción y audiovisuales. Premium Editorial podrá efectuar, durante el periodo máximo que permita la ley, cuantas ediciones juzgue oportunas de la obra, decidiendo según su criterio, distribución, modalidad y formato de la edición.

11.- ANUNCIOS

La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletin Oficial de la Provincia de Cáceres. Los sucesivos anuncios relativos al concurso se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata: www.aytonavalmoral.es

12.- RECURSOS

Contra estas Bases se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de la publicación efectuada a través de la Base Nacional de Datos en el Boletin de la Provincia, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, y potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que aprueba las mismas.

 

Fuente y Anexos

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