Concursos Literarios

 

 

 

XXXII PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2022 (España)


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XXXII PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2022 (España)

03:05:2022

Género:  Novela, relato

Premio:   5.000 €, edición y 30 ejemplares

Abierto a:   personas mayores de edad, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  03:05:2022

 

BASES

  

XXXII NORMAS DEL PREMIO DE NARRATIVA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL", AÑO 2022

1. OBJETO

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXII Premio de Narrrativa "Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal", año 2022. www.escritores.org

Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.

2. DESTINATARIOS

Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Narrativa.

3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22022001481). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.

La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Baltasar Gracián la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.

Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.

La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.

4. RETENCIONES E IMPUESTOS

4.1. Retenciones: Los premios quedan sometidos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente, conforme al RD 439/2007, de 30 de marzo, que corresponde a una retención del 15%.

4.2. Impuestos: En relación al impuesto sobre el valor añadido (IVA) se distinguen dos situaciones conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre:

- Actividad de carácter aficionado que no se ejerce en un ámbito de actividad económica: no estaría sujeta al IVA.

- Actividad ejercida como empresario o profesional (incluye el ejercicio de profesiones artísticas): estaría sujeta al IVA y el tipo impositivo corresponderá al 10 % ya que DPZ se queda con la obra ganadora y esta tiene la consideración de objeto de arte según lo dispuesto en el art. 136, núm. 2º, de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

Por ello, la participación en esta convocatoria conlleva la presentación de una Declaración responsable sobre la derivación de la obra de una actividad artística, cuyos rendimientos tienen la consideración de profesionales o certificación censal del IAE como profesional. (Anexo II)

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente)

Para formar parte de la convocatoria, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la misma, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como, el Anexo III (Plica) que incluye datos personales, breve relación de méritos o biografía y una declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.

Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.

Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).

Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital (.doc o .pdf) mecanografiadas electrónicamente en tamaño DIN A4, a doble espacio, con los cuatro márgenes a 2,5 cm y con tipo de letra "arial" o "times" y un tamaño de 12 puntos. La extensión será de 125 a 250 páginas DIN A4. Las páginas irán numeradas.

Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la "XXXII Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2022 y un lema o seudónimo.

Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.

Se presentará todo preferiblemente de manera telemática a través del "Catálogo de trámites" de la sede electrónica de la DPZ: dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

En caso de hacerlo presencialmente, se realizará en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas dentro del plazo establecido, así como, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En este caso, el Anexo III (plica) se presentará a modo de sobre cerrado en cuyo exterior conste: "XXXII Premio de Narrativa "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2022, con el título de la obra y un lema o seudónimo de la persona que sea su autora. En el interior de la misma se incluirán:

- Nombre y apellidos / Dirección de correo postal / Teléfono de contacto / Correo electrónico.

- Breve relación de méritos o biografía.

- Declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a terceros están disponibles en el "Catálogo de trámites" de dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (pap.hacienda.gob.es)

Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

6.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

6.2. Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.

6.3. Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.4. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.5. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.

6.6. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.7. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.

6.8. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2022.

7. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 5/2015, de 24 de marzo, de Subvenciones de Aragón modificado por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento ( artículo 23 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo, no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a el/los beneficiario/s conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrá ser consultada a través de dpz.sedelectronica.es.

La falta de resolución y notificación en este plazo producirá efectos desestimatorios contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

8. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.

Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXI Premio de Poesía "Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal", año 2021, es conforme al Plan estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza ( 2020-2023), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2019-2213 de 20/07/2019 y modificado por Decreto de Presidencia 2020-0234 de fecha 07/02/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-1658 de fecha 05/07/2020, por Decreto de Presidencia nº 2020-2077 de fecha 31/08/2020, Decreto de Presidencia nº 2021-0594 de fecha 11/03/2021 y por Decreto de Presidencia nº 2021-1033 de fecha 15/04/2021.

9. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

10. RENUNCIA Y REINTEGRO

En el supuesto de que el/los ganador/es no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad del premio, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la beca percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito.

La renuncia a la subvención concedida deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del Premio en el plazo de quince días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Fuente y Anexos: pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/617753

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XXXII PREMIO DE NARRATIVA «ANTONIO PORRAS» (España)
 31:07:2015

 Género: Relato

Premio: 1.600 euros y placa

Abierto a: sin restriciones

Entidad convocante: Biblioteca Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 31:07:2015

 

BASES


Pueden concursar todos los escritores con narraciones originales escritas en español, inéditas y no premiadas en otro concurso.
 www.escritores.org
Se limitará a un sólo tema, con una extensión máxima de 25 folios.
 
Los trabajos se presentarán impresos a doble espacio, con tipo de letra equivalente a ARIAL 12, y por triplicado, se presentarán sin identificación alguna. En sobre aparte cerrado, constará el nombre, apellidos, domicilio, teléfono y fotocopia del D.N.I. del autor, indicando en el exterior del mismo un lema y el título del trabajo.
Solamente serán admitidos los trabajos recibidos en la Biblioteca Pública Municipal, calle León Herrero, nº 21, hasta del día 31 de Julio.
 
Se establece un premio de 1.600 euros y placa. Su dotación económica está sujeta a la retención del IRPF, conforme a la legislación vigente.
 
Los autores de las obras premiadas renuncian en favor del Ayuntamiento a cualquier derecho sobre las mismas, pudiendo esta administración disponer libremente de ellas u publicarlas y difundirlas en cualquier soporte por una sola vez.
Los trabajos no premiados pueden ser retirados en el plazo de un mes después del fallo. El Ayuntamiento no remitirá los trabajos no premiados a sus autores y serán destruidos.
 
No podrán participar ganadores de ediciones anteriores en la misma categoría o modalidad.
 
El Jurado será designado por el Ayuntamiento y su composición no se hará pública hasta después del fallo que tendrá carácter irrevocable. El Jurado podrá declarar el premio desierto si lo estimara oportuno, conceder algún accésit y concederlo ex-aequo.
 
Cada autor no podrá presentar más de un trabajo.
 
El hecho de concursar supone la aceptación de las bases.
 
ORGANIZA : Concejalía de Biblioteca Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco
 
Si desea más información o resolver dudas envíe su e-mail a  : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


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XXXII PREMIO DE POESÍA "BLAS DE OTERO" (España)


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XXXII PREMIO DE POESÍA "BLAS DE OTERO" (España)

30:08:2022

Género:  Poesía

Premio:   6.000 € y placa de plata conmemorativa

Abierto a:  sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Majadahonda

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:08:2022

 

BASES

CONVOCATORIA DEL XXXII PREMIO DE POESÍA "BLAS DE OTERO" DE MAJADAHONDA

El Ayuntamiento de Majadahonda, a través de su Concejalía de Cultura, convoca el XXXII PREMIO DE POESÍA "BLAS DE OTERO" de acuerdo con las siguientes Bases, como muestra de reconocimiento a este insigne poeta español que vivió y murió en Majadahonda.
La presente convocatoria está regulada por sus Bases Genéricas del Premio de Poesía Blas de Otero de Majadahonda, aprobadas por la Concejal de Educación, Cultura y Juventud con fecha 19 de mayo de 2016 y publicadas en BOCM Nº 141 del miércoles 15 de junio de 2016:

www.escritores.org

1ª. Podrán concurrir a este certamen cuantas personas lo deseen de cualquier nacionalidad o lugar de residencia, siempre que la obra esté escrita en castellano.

2ª. Se establece un único premio dotado con 6.000 €, cuyo gasto se contraerá con cargo a la partida 48001 "Premio Blas de Otero" del programa presupuestario 005 3341 del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Majadahonda, entregándose, a su vez, una placa de plata conmemorativa. Las obligaciones fiscales que se deriven del premio serán única y exclusivamente de la autora o del autor premiado. Este premio será indivisible y, excepcionalmente, podría ser declarado desierto si a juicio del Jurado las obras presentadas no reunieran suficiente calidad, en cuyo caso no sería acumulable, destinándose su importe a actividades de la Concejalía de Cultura. El importe del premio no será a cuenta de derechos de autor.

3ª. Para el abono del premio, el ganador deberá aportar previamente la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de cumplir los requisitos del Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones sobre requisitos para obtener la condición de beneficiario, o los previstos en la norma que pudiera modificar o sustituir a ésta.
b) Comunicación al Ayuntamiento de la obtención o no de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
c) Documentos acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. El certificado de estar al corriente de las obligaciones frente al Ayuntamiento de Majadahonda será aportado por el propio Ayuntamiento de Majadahonda.

4ª. Las obras presentadas a este certamen serán originales y rigurosamente inéditas, no premiadas anteriormente en ningún otro concurso ni sujetas a compromiso alguno de edición. Tampoco podrán estar pendientes de fallo en cualquier otro concurso en la fecha en que finalice el plazo de presentación a éste, ni podrán ser presentadas a otro certamen hasta que éste sea fallado. Las autoras o autores están obligados a comunicar a la organización cualquier cambio respecto al carácter inédito y no premiado de su trabajo, que se produzca con posterioridad a su entrega.
Se admitirán obras que hayan tenido la categoría de finalista o accésit en otro concurso siempre que hubiera sido sólo a título honorífico, sin retribución económica alguna y no estuvieran condicionadas a incluir esa circunstancia en su publicación en caso de que resultasen premiadas en este certamen.
Tanto el tema como la métrica y la rima serán libres. No se admitirán traducciones, adaptaciones, recreaciones, copias totales o parciales, ni refundiciones de otros textos.

5ª. No serán admitidas a concurso aquellas obras cuyas autoras o autores ya hayan sido premiados en cualquiera de las ediciones anteriores del Premio de Poesía "Blas de Otero" de Majadahonda. Cada autora o autor podrá presentar una sola obra por triplicado, en hojas de papel tamaño folio o DIN A4, mecanografiadas o impresas por una sola cara, convenientemente grapadas o cosidas y paginadas, y con una extensión mínima de 700 versos y máxima de 1.000 versos. No se admitirán soportes informáticos, salvo en la impresión.

6ª. Las obras sin firmar y sin ningún dato que pueda identificar a la autora o al autor, se presentarán en mano o por correo, sin remite, en la Casa de Cultura "Carmen Conde" de Majadahonda, Plaza de Colón, s/n. 28220 Majadahonda (Madrid).
El plazo de admisión de las obras abarcará desde la publicación de la correspondiente convocatoria del premio hasta las 13:00 horas del día 30 de agosto de 2022 inclusive, siendo improrrogablemente cerrado el plazo de admisión en dicha fecha y hora. No se admitirán aquéllas que fueran presentadas fuera de este plazo. No obstante, en caso de que fueran remitidas por correo se entenderá la fecha de entrega la que figure en el matasellos, siempre que su recepción sea antes del 2 de septiembre de 2022.

7ª. Las obras llevarán en su encabezamiento el título de la misma y el lema del autor. Se presentarán en sobre cerrado en cuya parte exterior se hará constar XXXII PREMIO DE POESÍA "BLAS DE OTERO", y en su interior se adjuntará otro sobre que contendrá una nota con el título de la obra, lema adoptado, nombre y apellidos de la autora o del autor, domicilio, teléfono, copia de documento que acredite fehacientemente su identidad y breve currículum. Al cierre del plazo, el conjunto de plicas será precintado hasta que se pronuncie el fallo.

8ª. Un comité de lectura integrado por personas cualificadas determinará las obras que habrán de pasar a la final y que serán entregadas a los miembros del Jurado. La relación de obras finalistas no será dada a conocer hasta después del fallo, y constarán en el acta del Jurado los títulos de las mismas, pero no el nombre de sus autores o autoras. Una vez emitido el fallo, a estos autores o autoras se les comunicará su condición de finalistas, pero su identidad no será hecha pública.

9ª. El Jurado estará integrado por personas de reconocida solvencia en el campo de las letras y su composición no se dará a conocer hasta después del fallo del premio. A las deliberaciones del Jurado asistirán, con voz pero sin voto, la Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Majadahonda, que actuará como presidenta, y el Director Técnico de la Concejalía de Cultura, que actuará como secretario. Tras pronunciado el fallo, la Presidenta y el Secretario, en presencia de los miembros del Jurado, desprecintarán las plicas y abrirán únicamente, en primer lugar, la correspondiente a la obra ganadora y posteriormente las pertenecientes a las obras finalistas. A la autora o autor premiado se le comunicará el fallo por teléfono. El acta del fallo del Jurado estará a disposición de quien lo solicite, sea o no concursante.

10ª. El fallo del premio será inapelable y tendrá lugar durante la segunda quincena de septiembre de 2022 y, una vez hecho público, se entregará el premio en el transcurso de un acto cultural, cuya celebración será notificada con anterioridad con suficiente antelación. La persona premiada deberá asistir personalmente, o mediante representante caso de resultarle imposible, al acto de entrega del premio en el lugar, fecha y hora que se señale públicamente a tal efecto, así como entregar en soporte informático el trabajo premiado. El sistema de votación lo determinará el propio Jurado, quien tendrá potestad en sus decisiones, siempre que no contravengan estas Bases.

11ª. Si una vez fallado el premio, se constatase fehacientemente que la obra premiada no es original, en todo o en parte, o el ganador renunciase al mismo, el Jurado se reunirá para revocar el fallo, y en cualquiera de los dos supuestos deberá declarar desierta la concesión del premio u otorgarlo a otro de los finalistas. En el supuesto de revocación del fallo o renuncia por parte del ganador, éste estará obligado a devolver íntegramente el importe del premio y la placa conmemorativa, si éstos ya le hubieran sido entregados, haciéndose cargo, a su vez, de los posibles gastos que pudiera generar esta devolución.

12ª. Un original de la obra ganadora quedará en propiedad de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Majadahonda.

13ª. Las obras presentadas, tanto las descalificadas porque no se ajusten a estas Bases como las no seleccionadas y las finalistas, podrán ser retiradas personalmente por las autoras o los autores o por la persona, agencia o gestoría autorizada por el concursante dentro de los 60 días naturales contados partir del día siguiente al de la fecha del fallo del Jurado. Transcurrido este plazo, sin ser retiradas por sus autores, serán destruidas. No se mantendrá correspondencia ni se asumirán responsabilidades por pérdidas o deterioros.

14ª. El Ayuntamiento de Majadahonda se reserva el derecho de publicar la obra premiada completa, o una parte de ella, sin que la publicación devengue derecho alguno a favor de la autora o del autor premiado proveniente del Ayuntamiento convocante, ni de la editora, si la hubiere.
El Ayuntamiento de Majadahonda se reserva los derechos de explotación de la obra premiada sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo éste la única y total remuneración, considerándose y conviniendo sus autores o autoras a tales efectos que:
a) La autora o el autor premiado cederá de forma indefinida, sin límite territorial y para cualquiera de los posibles sistemas de comercialización, modalidades y soportes de edición, los derechos de reproducción, distribución y venta de la obra premiada. Esta cesión será en exclusiva para el Ayuntamiento de Majadahonda durante 365 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha del fallo del Jurado.
b) El Ayuntamiento de Majadahonda queda facultado para la realización, por sí mismo o mediante convenio con el servicio editorial público o privado que esta administración local elija, de cuantas ediciones considere oportunas, y con el número de ejemplares que en cada una de ellas decida libremente.
c) El Ayuntamiento de Majadahonda queda facultado para la traducción de la obra premiada a otros idiomas, con los mismos derechos de explotación y uso que en la lengua original.
El Ayuntamiento de Majadahonda entregará a la autora o al autor premiado un máximo de 150 ejemplares de la primera edición, si la hubiera.
En caso de que el Ayuntamiento de Majadahonda no optase por la edición de la obra ganadora durante el período de cesión en exclusiva de los derechos de reproducción, distribución y venta de la obra premiada indicados en el segundo párrafo de la presente base, apartado a), esta opción será comunicada a la autora o autor premiado, quien podrá editarla a partir de ese momento, en las condiciones que estime conveniente, sin que devengue ningún derecho a favor del Ayuntamiento de Majadahonda. Si así fuera, de la primera edición que publique la autora o el autor premiado, ésta o éste deberá entregar 20 ejemplares al Ayuntamiento de Majadahonda, sin cargo alguno para esta administración local, quien determinará libremente su uso y destino.

15ª. En todo caso, la publicación al margen del Ayuntamiento de Majadahonda de la obra premiada deberá ir acompañada de la mención obligatoria, en primera de cubierta y en lugar destacado del interior, con caracteres relevantes, de la siguiente leyenda:
"OBRA GANADORA DEL XXXII PREMIO DE POESÍA BLAS DE OTERO, CONVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA".

16ª. El Ayuntamiento de Majadahonda se reserva el derecho de tomar iniciativas en aspectos no regulados por las presentes Bases y de introducir modificaciones si redundase en beneficio y éxito del concurso.

17ª. Esta convocatoria será publicada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Majadahonda. Así mismo, será publicitada en la web municipal siguiendo el siguiente vínculo: cultura.majadahonda.org/premio-de-poesia-blas-de-otero, y en los foros literarios habituales.

18ª. El hecho de participar en este concurso implica la total conformidad y aceptación de sus Bases, y en lo no especificado en las mismas, con la decisión del Jurado o del Ayuntamiento de Majadahonda, que será inapelable.

 

Fuente

 

 

 
 

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XXXII PREMIO DE NOVELA BREVE JUAN MARCH CENCILLO (España)


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XXXII PREMIO DE NOVELA BREVE JUAN MARCH CENCILLO (España)

30:04:2024

Género:  Novela

Premio:  12.000 € y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante:  Fundación Bartolomé March Servera

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  30:04:2024

 

BASES

 

 

1) LA FUNDACIÓN BARTOLOMÉ MARCH SERVERA CONVOCA LA XXXIIª EDICIÓN DEL PREMIO JUAN MARCH CENCILLO DE NOVELA BREVE, DOTADO CON 12.000 EUROS. EL PREMIO Y SU DOTACIÓN SON INDIVISIBLES.

2) LAS OBRAS PRESENTADAS DEBEN SER ORIGINALES E INÉDITAS, CON UNA EXTENSIÓN DE 75 A 110 FOLIOS TAMAÑO DIN-A4 (MÁXIMO 30 LÍNEAS POR FOLIO Y CUERPO 12) ENCUADERNADOS, MECANOGRAFIADOS A DOBLE ESPACIO. PUEDEN ESTAR ESCRITAS EN CUALQUIERA DE LAS DOS LENGUAS OFICIALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES (CASTELLANO Y CATALÁN).

3) DEBERÁN PRESENTARSE TRES COPIAS DE LA OBRA ANTES DEL 1 DE MAYO DEL 2024. ADEMÁS DEL TÍTULO, EN PORTADA DEBE CONSTAR EL NOMBRE, APELLIDOS, NIF, DIRECCIÓN, TELÉFONO Y CORREO ELECTRÓ- NICO DEL AUTOR. SI SE DESEA MANTENER EL ANONIMATO, PODRÁN ENVIARSE LOS DATOS PERSONALES EN PLICA CERRADA ADJUNTA.

4) EL JURADO PODRÁ DECLARAR DESIERTO EL PREMIO.

5) LA OBRA PREMIADA SERÁ PUBLICADA POR LA EDITORIAL PRE-TEXTOS Y LA FUNDACIÓN BARTOLOMÉ MARCH SERVERA.

6) EL MES DE AGOSTO SE HARÁ PÚBLICO EL FALLO DEL PREMIO.

7) LA FUNDACIÓN NO MANTENDRÁ CORRESPONDENCIA SOBRE LOS ORIGINALES PRESENTADOS.www.escritores.org

8) LOS ORIGINALES NO PREMIADOS PODRÁN RETIRARSE DE LA SEDE DE LA FUNDACIÓN DURANTE LOS SIGUIENTES 40 DÍAS A LA COMUNICACIÓN PÚBLICA DEL FALLO.

9) LA PRESENTACIÓN AL PREMIO JUAN MARCH CENCILLO DE NOVELA BREVE SUPONE LA ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES.

Fundación Bartolomé March
Palau Reial, 18
07001 Palma de Mallorca
Tel. 0034 971 71 11 22
Fax 0034 971 72 58 03
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Fuente

 

 
 

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XXXII PREMIO DE POESÍA "ELADIO CABAÑERO" (España)

03:05:2019

Género: Poesía

Premio:   4.500 €, diploma y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Ayuntamiento de Tomelloso

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   03:05:2019

 

BASES

 
El Ayuntamiento de Tomelloso coincidiendo con la celebración de la Feria y Fiestas 2019 de esta ciudad, convoca el XXII Premio de Narrativa “Francisco García Pavón”, el XXII Premio de Poesía “Eladio Cabañero”, el LXIX Certamen Literario “Fiesta de las Letras Ciudad de Tomelloso” y el XXIV Certamen Artículo Periodístico “Juan Torres Grueso” con arreglo a las siguientes Bases:

BASES COMUNES
www.escritores.org
A.- Podrán concurrir a los distintos premios todos los autores/as que lo deseen de cualquier nacionalidad y cuyos trabajos estén escritos en castellano. No serán premiados aquellos autores/as que hayan obtenido el mismo premio en las tres últimas convocatorias. Los premios locales, “Ángel López Martínez” y “Félix Grande”, quedan reservados a autores/as naturales o vinculados a la ciudad de Tomelloso.

B.- Los originales que concursen a cualquiera de los premios deberán ser rigurosamente inéditos, no haber sido premiados en otros concursos, ni hallarse pendientes de fallo en cualquier otro premio.

C.- Los trabajos respetarán el número de versos y páginas marcados en las condiciones específicas de cada premio y se ajustarán al tamaño DIN A-4 a doble espacio, en letra con cuerpo 12 puntos.

D.- Cada autor/a no podrá presentar más de DOS OBRAS por modalidad.

E.- Formas de ENVÍO

1- Por correo POSTAL
- Por CUADRUPLICADO, en ejemplares separados, numerados, mecanografiados en formato DIN A-4 a doble espacio, en letra con cuerpo 12 puntos, sin la firma del autor/a que será sustituida por un lema o seudónimo escrito en su cabecera indicando el nombre del premio al que se presenta. Los originales podrán estar impresos por las dos caras del folio, y serán entregados personalmente en el Departamento de Servicios Culturales, en horario de oficina, o remitidos al mismo Departamento por correo certificado a la dirección:
C/ Independencia, 32 - 2ª Planta. – 13700 Tomelloso (Ciudad Real).

- Todos los originales deberán ir acompañados de Plica cerrada con el título y el lema o seudónimo escrito en el sobre y el nombre del premio al que concursan.

En el interior de la Plica, debe figurar:
- Copia del DNI o pasaporte, datos personales, Currículum Vitae y CD que contenga el trabajo presentado a concurso.
- Declaración de autoría, que figura en el Anexo a estas Bases, cumplimentada y firmada.

2- Por correo ELECTRÓNICO a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.,
siendo además, REQUISITO INDISPENSABLE el envío o entrega de UN EJEMPLAR IMPRESO en la dirección arriba indicada, en cuyo sobre figurará el título de la obra seguido del lema, si lo hubiera y el premio al que se presenta.

Se enviarán DOS correos electrónicos independientes desde una dirección de correo electrónico que no permita identificar el nombre del autor y contendrán:

• Correo 1º se enviará el trabajo presentado a concurso en archivo adjunto en formato PDF.
EL ASUNTO de este correo contendrá el título de la obra seguido del lema, si lo hubiera, y el premio al que se presenta.
• Correo 2º cuyo ASUNTO será el titulo de la obra seguido del lema, si lo hubiera y el premio al que se presenta.
Al que se adjuntarán dos archivos:
Archivo Plica: contendrá copia DNI o Pasaporte y todos los datos personales, así como una breve nota biográfica y profesional sin olvidar el número de teléfono de contacto.
Archivo Declaro: contendráíntegra la declaración responsable en los términos recogidos en el Anexo a estas bases que podrá descargarse en el siguiente enlace de la página del Ayto. de Tomelloso: http://www.tomelloso.es/cultura/fiesta-de-las-artes-y-las-letras
y deberá llevar la firma escaneada del autor.

Serán descartados de forma automática los correos con datos y archivos incompletos o incorrectos y/o que no presenten el correspondiente ejemplar impreso.

El plazo de recepción de trabajos terminará el día 3 de mayo de 2019.

F.- Todos los premios estarán sujetos a la legislación vigente y se les aplicará la retención legalmente establecida.

G.- Será responsabilidad del Jurado, formado por destacadas personalidades de las letras, rechazar aquellos trabajos que no se ajusten a las Bases de esta convocatoria, conceder los accésit y menciones honoríficas que considere, así como, declarar desierto cualquiera de los premios si, a juicio del Jurado, ningún trabajo reuniera los méritos suficientes o no se ajustara a las condiciones establecidas en las presentes Bases. Todas las decisiones del Jurado serán inapelables.

H.- El Ayuntamiento se reserva el derecho de publicación de los originales premiados dentro de sus medios de difusión. Su autor/a queda obligado a mencionar el premio obtenido en cualquier libro o revista que lo reproduzca.

I.- La entrega de premios tendrá lugar en un acto público, que se celebrará el 30 de agosto de 2019, con la presencia del autor/a galardonado. La ausencia injustificada, a juicio del Ayuntamiento de Tomelloso, se entenderá como renuncia al mismo. Asimismo, el ganador/a deberá atenerse a las normas protocolarias establecidas por la organización.

J.- Los originales no premiados serán destruidos sin abrir plicas, una vez conocido el fallo del Jurado.

K.- El Ayuntamiento de Tomelloso, se reserva la posibilidad de suspender los Certámenes Literarios siempre que existan causas mayores debidamente justificadas y ajenas a la organización del mismo.

L.- El hecho de presentar trabajos a estos Certámenes, supone la aceptación incondicional de las presentes Bases.

M.-Toda la información relativa a estos Certámenes Literarios (Bases, fallo del Jurado, etc…) estará disponible en la página web municipal www.tomelloso.es /Cultura/Fiesta de las Artes y las Letras. También pueden dirigir sus consultas o sugerencias al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


XXII PREMIO DE POESÍA “ELADIO CABAÑERO”

Podrán concurrir todos  aquellos  originales  que reúnan,  además de     las condiciones detalladas en las Bases Comunes, los siguientes requisitos:

1.- Tener una extensión mínima de 700 versos. En cada página aparecerá reflejado el número de versos acumulados.
En la última página aparecerá reflejado el cómputo TOTAL de versos.

2.- Se establece un premio único de 4.500 € y Diploma.

3.- El original premiado será publicado. La cuantía del premio cubrirá los Derechos de Autor correspondientes a la primera edición de la obra ganadora, implicando la concesión del premio que su autor/a, sin perjuicio de reconocérsele la propiedad intelectual de su obra, cede en exclusiva al Ayuntamiento de Tomelloso los derechos de explotación y edición de la misma. No obstante, este Ayuntamiento queda facultado y autorizado por el autor de la obra ganadora para ceder a su vez los derechos de explotación y edición a la Editorial. El autor/a se compromete a que en ediciones posteriores a la primera, figure siempre la referencia de haber sido galardonado con el Premio “Eladio Cabañero” del Ayuntamiento de Tomelloso.


Fuente y Anexo

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