Concursos Literarios

XXXIV PREMIO DE POESÍA "JAIME GIL DE BIEDMA" (España)


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XXXIV PREMIO DE POESÍA "JAIME GIL DE BIEDMA" (España)

01:04:2024

Género:  Poesía

Premio:  10.000 € y edición

Abierto a:  sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Segovia

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  01:04:2024

 

BASES

 

 

1ª.- La Diputación Provincial de Segovia convoca el XXXIV premio internacional de poesía en lengua castellana "Jaime Gil de Biedma".

2ª.- El premio se convoca en concurrencia competitiva y su régimen jurídico es el de las subvenciones.

3ª.- Podrá concurrir a este premio cualquier persona física (no se admiten personas jurídicas), de cualquier nacionalidad o lugar de residencia. La autoría del poemario que se presente será de una sola persona, quien será, en su caso, la beneficiaria del premio.

4ª.- La dotación del premio es de trece mil euros, distribuidos del siguiente modo:
• Premio “Jaime Gil de Biedma” dotado con diez mil euros.
• Accésit de tres mil euros.
La concesión se hará con cargo a la aplicación que se consigne en el Presupuesto General de la Diputación de 2024.

La cuantía de los premios se hará efectiva previa deducción, en concepto de retención del I.R.P.F. o en su caso del I.R.N.R, que legalmente se encuentre vigente en el momento de la entrega del premio.

5ª.- El plazo de admisión de trabajos comenzará el día 1 de enero de 2024 y finalizará a las 14:00 horas del 1 de abril siguiente, en horario oficial de España.

6ª- 1. La solicitud se presentará ante el Registro General de entrada de la Diputación, adjuntando la siguiente documentación:
a) De modo obligatorio:
- El poemario, sin firmar, con extensión mínima de 500 versos o 3 500 palabras.
- La plica, que incluirá nombre y apellidos del autor; NIF, o nº de pasaporte para extranjeros; datos de contacto y comunicación: número(s) de teléfono, dirección de correo postal y, en su caso, correo electrónico; así como un breve currículum relativo a aspectos literarios y / o académicos.
b) Opcionalmente:
- Autorización para ser representado. La solicitud, en la que constan los datos personales, podrá ser presentada por persona diferente a quien alegue la autoría del poemario, en cuyo caso debe acreditar que ha sido autorizada por éste.

2. La presentación de la solicitud para participar y la documentación podrá realizarse:

a) Presencialmente, mediante solicitud escrita. La solicitud incluirá una declaración responsable de que no se encuentra incurso en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas y que el poemario es inédito y no ha obtenido galardones en otros premios. Para facilitarlo puede utilizarse el modelo, según se indica debajo. A la solicitud acompañará dos sobres. El primero de los sobres contendrá el poemario; en su exterior ha de hacerse constar el título de la obra. El otro sobre, que ha de estar cerrado e introducido en el primero, contendrá la plica y, en su caso, la autorización para ser representado; en su exterior constará igualmente, el título de la obra.
El acceso presencial ante el Registro General de entrada podrá efectuarse por cualquiera de los medios previstos en la Ley, incluido el correo certificado.
Si en uso de este derecho la solicitud se remite por correo postal, la misma deberá presentarse en sobre abierto para que sea fechada y sellada antes de que se proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y el Mercado Postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia. La dirección para envío postal es Diputación de Segovia. Calle San Agustín, 23. CP:40001.- Segovia. ESPAÑA. Ha de ser visible en el sobre la anotación “ PREMIO DE POESÍA JAIME GIL DE BIEDMA”
Los trabajos en formato papel no se presentarán encuadernados ni grapados ni unidos por cualquier otro sistema de sujeción, por lo que las hojas que lo conformen estarán numeradas.

b) Por medios electrónicos:
- A través de la sede electrónica de la Diputación: sede.dipsegovia.es/, rellenando el formulario dentro del trámite: CULTURA. Premio de poesía Gil de Biedma. Quien realice el trámite habrá de identificarse mediante cualquiera de los medios admitidos en la sede electrónica: certificado digital, DNIe o sistemas de claves concertadas con Cl@ve. En el caso de que quien presente la solicitud no ostente la autoría del poemario, tendrá que acreditar representatividad para actuar en su nombre. No obstante ello, y al objeto de asegurar al máximo el anonimato, en la primera parte del procedimiento de registro en la sede electrónica:
“identificación”, podrá marcar “Soy interesado”, aun en el supuesto de que el trabajo sea presentado por un representante, para evitar cualquier indicio sobre la autoría.
El propio trámite requiere que se adjunte el poemario, lo que se hará en un solo archivo sin firmar, en cuyo nombre aparecerá la palabra “OBRA” junto a su título. La plica se adjuntará en un archivo sin firmar con el nombre “PLICA” más el título del poemario. En su caso, la autorización para ser representado se presentará, en archivo distinto, junto a la plica.
- O bien, y solo para autores de nacionalidad no española, por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. A efectos de plazo, se considerará realizada la presentación en la fecha y hora de recepción del correo electrónico. En el asunto del correo se hará constar el título de la obra. En documentos adjuntos e independientes se presentará la solicitud, el poemario y la plica, así como la autorización a funcionario habilitado para para la realización del trámite. La solicitud será un archivo denominado “SOLICITUD” y deberá adjuntarse firmada. El poemario se adjuntará en un solo archivo sin firmar, en cuyo nombre aparecerá la palabra “OBRA”, junto al título del poemario. La plica se adjuntará igualmente en solo archivo sin firmar con el nombre “PLICA”, junto al título del poemario. En su caso, la autorización para ser representado se presentará en archivo distinto. La autorización a funcionario habilitado para para la realización del trámite es imprescindible para que se registre la solicitud; el archivo se ajustará al modelo que podrá descargarse en la siguiente dirección: https://www.dipsegovia.es/la- institucion/servicios/secretaria-general/oficina-registro. Este último documento se habrá de cumplimentar incluso con el nombre y apellidos, pero no el DNI, del funcionario o funcionaria a quien se autoriza de los habilitados, cuyos datos figuran publicados en la misma dirección; y deberá estar firmado.
A fin de facilitar la presentación de los documentos requeridos, tanto los modelos de solicitud para la presentación en formato papel, o por correo electrónico como el modelo de autorización para ser representado, así como el modelo de autorización a funcionario habilitado para registrar las solicitudes por correo electrónico aparecen en la página web dipsegovia.es/la- institucion/areas/cultura-juventud-y-deportes/cultura/premio-gil-de-biedma-de-poesia.

3. La instrucción de los expedientes corresponde al Servicio de Cultura de la Diputación de Segovia.

4. Con independencia del modo de presentación, los miembros del jurado y el prejurado solo tendrán acceso a las obras, en las que no aparecerá referencia alguna a la autoría, de forma que quedará resguardada la identidad de quienes presenten obras al certamen, con la excepción de quienes finalmente obtengan los galardones y esto solamente en el momento en que ya se haya adoptado formalmente la decisión de cuales sean las obras premiadas.
De la custodia de estos datos se responsabiliza el órgano instructor, esto es los funcionarios del Servicio de Cultura de la Diputación.
En todo caso, a los solicitantes les asisten todos los derechos que la Ley prevé, cuales son la posibilidad de reparación de su solicitud o la notificación de las resoluciones que les afectan, para poder defender sus intereses, sin que ello afecte al anonimato de sus poemarios para quienes hayan de valorarlo.

7ª.- Respecto de quienes resulten premiados, conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y sin perjuicio de los derechos reconocidos en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la presentación de la solicitud supone la prestación del consentimiento por parte de la persona interesada para que el órgano instructor del procedimiento pueda recabar de los organismos competentes la información relativa a:
a) El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) El cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
c) El cumplimiento de sus obligaciones con la Diputación Provincial de Segovia.

En caso de oposición, la persona galardonada podrá denegar o revocar de forma expresa este consentimiento, a través de comunicación escrita a la Diputación Provincial de Segovia, manifestando su voluntad en tal sentido. En este supuesto, deberá presentar los documentos acreditativos correspondientes, siendo su no aportación, causa de requerimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.

8ª.- a.- El trabajo será inédito, en tanto poemario bajo el mismo título. Sí es admisible que algunos de los poemas o textos hayan sido previamente publicados en cualquier medio escrito o digital, siempre que no superen el 10% de los versos o palabras del poemario.
b.- El jurado no podrá proponer que se premien trabajos que hayan obtenido premio o accésit en concurso de poesía fallado con anterioridad al del premio convocado en las presentes bases. En el supuesto de que el poemario fuere premiado en la resolución de otra convocatoria después de haber sido presentado a la presente y antes de que sea fallada, el interesado se obliga a comunicarlo al Departamento de Cultura de la Diputación en el menor plazo posible desde el momento que hubiere sido galardonado.
c.- Quedan excluidos de participación aquellos autores que ya hayan obtenido el máximo galardón de este premio en cualquiera de sus ediciones anteriores.
d.- Los ganadores de un accésit en cualquiera de las ediciones anteriores sí podrán ser galardonados con el primer premio.
e.- Los autores que hubieran obtenido algún accésit en las últimas diez ediciones no podrán ser galardonados con un nuevo accésit – aunque sí con el premio principal, según establece el punto anterior-.

9ª.- a.- Las obras que obtengan tanto el premio como el accésit, serán publicadas por la Editorial Visor.
b.- Los autores premiados conservarán la propiedad intelectual de sus libros, de modo que la cesión de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública se circunscriben a la publicación señalada en la base anterior y exclusivamente a su primera edición.
c.- Los derechos de explotación correspondientes a la primera edición se entienden compensados con el abono del premio respectivo y la entrega de 100 ejemplares.

10ª.- a.- Los poemarios serán valorados por un jurado, presidido por el presidente de la Diputación de Segovia o persona en quien delegue, ejerciendo la secretaría del mismo, con voz y sin voto, un funcionario del Servicio de Cultura de la Diputación. El fallo del jurado servirá de base a la propuesta de concesión de los premios que se eleve al órgano concedente.
b.- El jurado valorará los poemarios seleccionados por un prejurado, que emitirá informe motivado, suscrito por los coordinadores del premio, con expresión, en su caso, del procedimiento de deliberación o votación.
c.- Coordinará el jurado don Juan Manuel de Prada Blanco. Dña. María Antonia de Isabel Estrada será coordinadora del prejurado.
d.- El prejurado estará formado por un máximo de tres vocales y el jurado por un máximo de siete vocales, en ambos casos nombrados por el presidente de la Diputación a propuesta de los coordinadores, entre relevantes personalidades del mundo de la poesía. Los coordinadores serán, además de los vocales que se designen, miembros de ambos órganos.
e.- Antes de la finalización del plazo de presentación de poemarios, se hará pública la composición del prejurado y del jurado en la página web institucional de la Diputación de Segovia (dipsegovia.es) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.
f.- Las personas interesadas podrán promover la recusación de miembros del Jurado si consideran que en alguno de ellos concurre alguna de las causas previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

11ª.- El fallo del jurado, que se adoptará por mayoría simple de entre sus miembros, tendrá lugar en un período que no excederá en tres meses al de la finalización de la presentación de los trabajos. Jurado, y prejurado gozarán de plena libertad para la selección de las obras premiadas. No se podrá premiar ningún libro que no haya sido previamente seleccionado por el prejurado.

12ª.- La resolución se efectuará por la presidencia de la Diputación con posterioridad al fallo del jurado y en base al mismo, salvo que los ganadores propuestos no pudieren ostentar la condición de beneficiarios de subvención por cualquiera de los supuestos previstos en la Ley. La categoría en que esto ocurriere, podrá ser resuelta como desierta.
Dado que los autores de los poemarios pueden no aparecer como interesados en el expediente administrativo, la resolución se publicará, además de en el tablón de anuncios y la página web oficial de la Diputación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación, de conformidad con el art. 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

13ª.- Transcurridos tres meses desde que sea firme la resolución del premio, se procederá a la destrucción o eliminación de los poemarios y plicas presentados.www.escritores.org

14ª.- La presentación de los trabajos al PREMIO INTERNACIONAL DE POESIA "JAIME GIL DE BIEDMA" implica la aceptación de las presentes BASES, conociendo que, sin perjuicio su contenido, será de aplicación lo dispuesto por:
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Segovia y sus entes adscritos de 25 de abril de 2019 (BOP nº 73 de 19 de junio de 2019)

 

Fuente y Anexos: dipsegovia.es/la-institucion/servicios/cultura/premio-gil-de-biedma-de-poesia

 

 
 

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XXXIV PREMIO DE POESÍA "JOAQUÍN BENITO DE LUCAS" (España)

31:08:2018

Género: Poesía

Premio:   5.000 €, edición y 100 ejemplares

Abierto a: poetas que no tengan más de un libro publicado

Entidad convocante: Ayuntamiento de Talavera de la Reina

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   31:08:2018

 

BASES

 
El Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina a través del Organismo Autónomo Local de Cultura, convoca el

XXXIV PREMIO DE POESÍA “JOAQUÍN BENITO DE LUCAS”

Que habrá de regirse por las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Podrán concurrir a este Premio, que será indivisible, todos los poetas que no tengan más de un libro publicado, siempre que los libros presentados estén escritos en castellano y sean inéditos, aunque parcialmente hayan visto la luz en publicaciones periódicas. Quedan excluidos los poetas que hayan obtenido este Premio en anteriores convocatorias.

SEGUNDA.- Los libros tendrán una extensión mínima de 500 versos y máxima de 800.

TERCERA.- Los originales se presentarán con título y lema por duplicado, cosidos, mecanografiados a doble espacio y por una sola cara, sin firma y sin identificación alguna. En sobre cerrado se incluirá currículo del autor, indicando en el exterior del sobre el título y lema del libro, siendo imprescindible hacer constar que concursa al XXXII Premio “Joaquín Benito de Lucas”.

CUARTA.- La dotación del Premio, que podrá ser declarado desierto, es de CINCO MIL EUROS (5.000 Euros) y, la edición de la obra en la Colección “Melibea” de Poesía. De esta edición se entregarán al autor cien ejemplares en concepto de derechos de autor. El premio queda sometido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de acuerdo con la legislación vigente; y conlleva el compromiso del ganador/a a la asistencia de la presentación del libro.

QUINTA.- El plazo de admisión de originales quedará abierto desde la fecha de publicación de estas bases hasta el día 31 de agosto de 2018.

SEXTA.- Los trabajos se enviarán, por correo certificado, al Organismo Autónomo Local de Cultura, Centro Cultural Rafael Morales, sito en la Plaza del Pan, nº 5, (45600) Talavera de la Reina (Toledo), haciendo constar en el sobre: “Para el XXXIV Premio de Poesía JOAQUÍN BENITO DE LUCAS”.

SÉPTIMA.- El Jurado que estará presidido por el Sr. Alcalde- Presidente o persona en quien delegue, lo formarán poetas, profesores y críticos de reconocido prestigio, y su fallo, que será inapelable, se hará público en el mes de octubre de 2018. Actuará como Secretario del Jurado un representante del Organismo Autónomo Local de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina.

OCTAVA.- Los originales no premiados serán destruidos.

NOVENA.-Se entiende que con la presentación de los originales los poetas concursantes aceptan la totalidad de estas Bases.


Fuente: www.talavera.es

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XXXIV PREMIO DE POESÍA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2024 (España)


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XXXIV PREMIO DE POESÍA "SANTA ISABEL DE ARAGÓN, REINA DE PORTUGAL" 2024 (España)

03:04:2024

Género:  Poesía

Premio:  5.000 €, edición y 30 ejemplares

Abierto a:  personas mayores de edad, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón

Entidad convocante:  Diputación Provincial de Zaragoza

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  03:04:2024

 

BASES

 

 

Plazos de presentación: hasta el 3 de abril

1. OBJETO

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXIV Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”, año 2024.

Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.

2. DESTINATARIOS

Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Poesía.

3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

El premio esta dotado con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22024000110). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas.

La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Veruela Poesía la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.

Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.
La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.

4. RETENCIONES E IMPUESTOS

4.1. Retenciones: Los premios quedan sometidos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de No Residentes de acuerdo con la legislación vigente, conforme al RD 439/2007, de 30 de marzo, que corresponde a una retención del 15%.

4.2. Impuestos: En relación al impuesto sobre el valor añadido (IVA) se distinguen dos situaciones conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre:
- Actividad de carácter aficionado que no se ejerce en un ámbito de actividad económica: no estaría sujeta al IVA.
- Actividad ejercida como empresario o profesional (incluye el ejercicio de profesiones artísticas): estaría sujeta al IVA y el tipo impositivo corresponderá al 10 % ya que DPZ se queda con la obra ganadora y esta tiene la consideración de objeto de arte según lo dispuesto en el art. 136, núm. 2º, de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

Por ello, la participación en esta convocatoria conlleva la presentación de una Declaración responsable sobre la derivación de la obra de una actividad artística, cuyos rendimientos tienen la consideración de profesionales o certificación censal del IAE como profesional. (Anexo II)

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente)

Para formar parte de la convocatoria, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la misma, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como, el Anexo III (Plica) que incluye datos personales, breve relación de méritos o biografía y una declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.

Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.
Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).

Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital .pdf mecanografiadas electrónicamente y con las páginas numeradas. El tema de las obras será libre, al igual que la métrica y forma de composición. Las obras deberán tener una extensión mínima de 350 versos. El interlineado y tipo de letra son libres, y no se admitirán fotos o dibujos.
Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la “XXXIV Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2024 y un lema o seudónimo.

Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.
Se presentará todo preferiblemente de manera telemática a través del “Catálogo de trámites” de la sede electrónica de la DPZ: dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

En caso de hacerlo presencialmente, se realizará en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas dentro del plazo establecido, así como, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En este caso, el Anexo III (plica) se presentará a modo de sobre cerrado en cuyo exterior conste: “XXXIV Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2024, con el título de la obra y un lema o seudónimo de la persona que sea su autora. En el interior de la misma se incluirán:
- Nombre y apellidos / Dirección de correo postal / Teléfono de contacto / Correo electrónico.
- Breve relación de méritos o biografía.
- Declaración expresa de que la obra es inédita y que no fue premiada hasta la fecha de concesión, en ningún otro certamen o premio.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a teceros están disponibles en el “Catálogo de trámites” de dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

6. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y TRAMITACIÓN DEL PREMIO

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

6.1. Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.

6.2. Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.

6.3. Propuesta de concesión del Premio formulada por el Jurado debidamente motivada y justificada, atendiendo a los siguientes criterios:
- Calidad de la composición literaria.
- Originalidad y creatividad de la obra.
- Innovación conceptual y lingüística.
- Técnica literaria y estilo.

6.4. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.

6.5. Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

6.6. Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.
6.7. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.

6.8. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.

6.9. El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2024.

7. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 26 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento ( artículo 23 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo, no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a el/los beneficiario/s conforme a los artículos 58 y siguientes de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015, y podrá ser consultada a través de dpz.sedelectronica.es.

La falta de resolución y notificación en este plazo producirá efectos desestimatorios contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

8. LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no establecido expresamente en sus disposiciones quedan sujetas a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y al Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón; la Ordenanza General de Subvenciones vigente de la Diputación Provincial de Zaragoza, las Bases de Ejecución del Presupuesto Provincial y supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo aplicables.www.escritores.org
Asimismo, debe indicarse que el contenido de las normas reguladoras del XXXIV Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2024, se ajusta a los principios, fines y objetivos del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza (2024-2027), aprobado mediante Decreto de Presidencia nº 2023-2527 de fecha 21/09/2023.

9. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Resolución por la que se aprueban las presentes normas pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso de reposición potestativo frente al mismo órgano que la ha dictado o directamente recurso contencioso- administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados desde el día siguiente a la publicación de estas normas en el BOPZ.

10. RENUNCIA Y REINTEGRO

En el supuesto de que el/los ganador/es no cumplieran con las obligaciones de la presente convocatoria, se entenderá incumplida la finalidad del premio, lo que conllevará a la obligación del ganador/es de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía del premio percibido en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito. La renuncia a la subvención concedida deberá efectuarse mediante declaración expresa suscrita por el participante del premio en el plazo de 15 días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la resolución de la convocatoria. Si el último día de plazo fuera sábado, éste finalizará el primer día hábil siguiente. En el supuesto que la renuncia se remita fuera del plazo legalmente establecido, y el importe del premio haya sido abonado, la devolución del mismo conllevará el importe de los intereses legalmente establecidos.
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes normas, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Fuente y Anexos: dpz.es/noticias/premios-y-becas-para-artistas-de-la-diputacion-de-zaragoza-convocatoria-2024

 

 
 

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XXXIV PREMIO DE POESÍA "JOAQUÍN BENITO DE LUCAS" (España)

31:08:2018

Género: Poesía

Premio:  5.000 €, edición y 100 ejemplares

Abierto a: poetas que no tengan más de un libro publicado

Entidad convocante: Ayuntamiento de Talavera de la Reina

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   31:08:2018

 

BASES

 
El Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina a través del Organismo Autónomo Local de Cultura, convoca el
XXXIV PREMIO DE POESÍA “JOAQUÍN BENITO DE LUCAS”

Que habrá de regirse por las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Podrán concurrir a este Premio, que será indivisible, todos los poetas que no tengan más de un libro publicado, siempre que los libros presentados estén escritos en castellano y sean inéditos, aunque parcialmente hayan visto la luz en publicaciones periódicas. Quedan excluidos los poetas que hayan obtenido este Premio en anteriores convocatorias.

SEGUNDA.- Los libros tendrán una extensión mínima de 500 versos y máxima de 800.

TERCERA.- Los originales se presentarán con título y lema por duplicado, cosidos, mecanografiados a doble espacio y por una sola cara, sin firma y sin identificación alguna. En sobre cerrado se incluirá currículo del autor, indicando en el exterior del sobre el título y lema del libro, siendo imprescindible hacer constar que concursa al XXXII Premio “Joaquín Benito de Lucas”.

CUARTA.- La dotación del Premio, que podrá ser declarado desierto, es de CINCO MIL EUROS (5.000 Euros) y, la edición de la obra en la Colección “Melibea” de Poesía. De esta edición se entregarán al autor cien ejemplares en concepto de derechos de autor. El premio queda sometido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de acuerdo con la legislación vigente; y conlleva el compromiso del ganador/a a la asistencia de la presentación del libro.

QUINTA.- El plazo de admisión de originales quedará abierto desde la fecha de publicación de estas bases hasta el día 31 de agosto de 2018.

SEXTA.- Los trabajos se enviarán, por correo certificado, al Organismo Autónomo Local de Cultura, Centro Cultural Rafael Morales, sito en la Plaza del Pan, nº 5, (45600) Talavera de la Reina (Toledo), haciendo constar en el sobre: “Para el XXXIV Premio de Poesía JOAQUÍN BENITO DE LUCAS”.

SÉPTIMA.- El Jurado que estará presidido por el Sr. Alcalde- Presidente o persona en quien delegue, lo formarán poetas, profesores y críticos de reconocido prestigio, y su fallo, que será inapelable, se hará público en el mes de octubre de 2018. Actuará como Secretario del Jurado un representante del Organismo Autónomo Local de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina.

OCTAVA.- Los originales no premiados serán destruidos.

NOVENA.-Se entiende que con la presentación de los originales los poetas concursantes aceptan la totalidad de estas Bases.


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XXXIV PREMIO DE POESÍA CAFETÍN CROCHÉ (España)

17:09:2018

Género: Poesía

Premio:   800 € y trofeo conmemorativo

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Cafetín Croché de San Lorenzo de El Escorial

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   17:09:2018

 

BASES


En la intención de fomentar la creación y difusión poética, Cafetín Croché de San Lorenzo de El Escorial, convoca la Trigésima Cuarta  Edición de su Premio de Poesía, con arreglo a las siguientes  bases:

1 – El certamen está abierto a la participación de poetas en lengua castellana, con obras originales e inéditas, con o sin rima, a excepción de los que hayan obtenido el Primer Premio en anteriores convocatorias de este certamen de poesía.

2 – Se concederá un Primer y Segundo Premios dotados con 800 y 400 euros respectivamente y artístico trofeo conmemorativo. Asimismo se concederá, si la calidad y cantidad de los originales presentados lo requiriese, dos Menciones Especiales, a los poemas clasificados en tercer y cuarto lugar, dotados con 200 euros cada uno y galardonados con trofeo conmemorativo.
www.escritores.org
3 – La extensión de los poemas deberá estar comprendida entre los seis y sesenta versos presentándose en papel (Arial o Times cuerpo 12), con temática y composición libres, admitiéndose un máximo de seis  poemas por autor.

4 – Dichos trabajos habrán de remitirse, por cuadruplicado a  Cafetín  Croché,  calle  San  Lorenzo, 6 - 28200 San Lorenzo de El Escorial (Madrid), con la indicación en el sobre de “Para la Trigésima Cuarta Edición del Premio de Poesía Cafetín Croché”,  o  bien  se  presentarán  en el propio Cafetín personalmente.
Se admitirán obras procedentes de otros países por correo electrónico. Consultar en www.crochecafetin.com.

5 – El plazo de admisión  de  originales  se  cerrará el día 17 de septiembre de 2018. En los enviados por correo, siempre que se reciban en la semana siguiente a la fecha de fin de plazo, se considerará la que figure en el matasellos.

6 – Las obras habrán de concurrir bajo plica. En sobre  cerrado  aparte  se  incluirá  nota  con el título, nombre,  apellidos, teléfono, dirección postal, correo electrónico y copia del documento oficial de identidad del  autor,  mencionándose en el exterior el título del poema.
7 – Cafetín Croché designará el jurado formado por diversas  personalidades  del  mundo  de las letras y la cultura. Su composición se hará pública al emitirse el fallo, siendo éste inapelable.

8 – La determinación de  los  poemas  ganadores  y entrega de premios, tendrá lugar entre los meses de octubre y noviembre de 2018. La fecha exacta se anunciará oportunamente. 
9 – Cafetín Croché se reserva el derecho de no devolver los originales  presentados  y  no  premiados  y  la  publicación de los trabajos galardonados, así como para resolver cualquier cuestión que no recojan las presentes bases.

10 – El hecho de participar en este certamen presupone la total aceptación de las presentes bases.


Fuente


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