XIII CERTAMEN DE RELATO CORTO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO 2020 (España)



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XIII CERTAMEN DE RELATO CORTO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO 2020 (España)

16:06:2020

Género: Relato

Premio:   500 €

Abierto a:  mujeres mayores de 18 años

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Mislata

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  16:06:2020

 

BASES

 

Aprobadas por Resolución de la Alcaldía número 1205, de fecha 23 de abril de 2020, las bases reguladoras del “XIII Certamen de relato corto con perspectiva de género, 2020”, se procede a su publicación según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

BASES

La Concejalía de Políticas de Igualdad convoca la treceava edición del CERTAMEN DE RELATO CORTO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO. Este certamen se convoca con el objetivo prioritario de consolidar la perspectiva de género en la cultura. Favoreciendo una sociedad igualitaria y más justa entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género.

La igualdad entre mujeres y hombres es un derecho fundamental y constituye un valor capital para la democracia. A fin de que se cumpla plenamente este derecho no solamente ha de ser reconocido legalmente, sino que además se ha de ejercer efectivamente e implicar en todos los aspectos de la vida: políticos, económicos, sociales y culturales.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva para las mujeres y hombres, establece en:
El título I en el art.11 las Acciones Positivas “con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, los Poderes Públicos adoptarán medidas específicas a favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto a los hombres. Tales medidas, serán aplicables en tanto subsistan dichas situaciones, habrán de ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso.

En el art. 26: “la Igualdad en el Ámbito de la Creación y Producción Artística e Intelectual” en el párrafo 2 establece que: Los distintos organismos, agencias y demás estructuras de las administraciones públicas que de modo directo o indirecto configuren el sistema de gestión cultural, desarrollarán las siguientes actuaciones:

a) Adoptar iniciativas destinadas a favorecer la promoción específica de las mujeres en la cultura y a combatir su discriminación estructural y/o difusa.

b) Políticas activas de ayuda a la creación y producción artística e intelectual de autoría femenina, traducidas en incentivos de naturaleza económica, con el objeto de crear las condiciones para que se produzca una efectiva igualdad de oportunidades.

c) Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en la oferta artística y cultural pública.

El I Plan de Igualdad de la Ciudadanía de Mislata (2018-2021), en su Eje I: “Incorporación de la perspectiva de género en las diferentes áreas del Ayuntamiento”, recoge en la acción nº 4” que: “En los distintos premios y reconocimientos promovidos por el Ayuntamiento se valorará incorporar una categoría o mención especial a la promoción de la igualdad de género, conseguir una presencia equilibrada de ambos sexos en cuanto a la participación y realizar un seguimiento permanente para asegurar el respecto a la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres”

Este premio se regirá con las siguientes BASES:

1. OBJETO Y FINALIDAD

1.1. Las presentes Bases tienen por objeto regular la concesión de los premios, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios del “XIII Certamen de Relato Corto con perspectiva de género”, 2020.

1.2. La finalidad de esta convocatoria es fomentar la participación social de las mujeres, dando a conocer su aportación; favoreciendo el protagonismo femenino en la creación literaria como un modo más de contribuir a la visualización del papel activo de la mujer en la construcción del mundo actual y promocionando a las ya existentes y suscitando la aparición de actividades críticas y creativas y favorecer la eliminación de estereotipos y roles de género, en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.

 

2. MARCO NORMATIVO

2.1. El XIII Certamen de Relato Corto con perspectiva de género 2020 se concederá en concepto de subvención y se regirán por estas Bases, por la Ley de Haciendas Locales, por la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, por el RD 887/2006 de 21 de julio, por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2020, por la Ordenanza de Subvenciones y el Plan Estratégico de Subvenciones (2019-2021) del Ayuntamiento de Mislata.

 

3. CUANTÍA, FINANCIACIÓN, PAGO Y JUSTIFICACIÓN

3.1. La dotación presupuestaria adscrita a estos premios asciende a 1.500€ con cargo a la aplicación presupuestaria 3272.48100 del Presupuesto Municipal del año 2020.

3.2. A los premios que las galardonadas recibirán, se aplicará la retención legal correspondiente de acuerdo con la legislación legal vigente. Las beneficiarias deberán autorizar al Ayuntamiento de Mislata para que compruebe que están al corriente de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social. No obstante, podrán denegar expresamente el consentimiento y, cuando la Concejalía de Políticas de Igualdad, se lo requieran presentar certificados de estar al corriente de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Mislata.

3.3. Como justificación de la concesión de los premios se considerará la fecha en la que se efectué el acto público de entrega de premios, que tendrá lugar en la Casa de la Dona de Mislata durante el último trimestre del año 2020. El Ayuntamiento de Mislata no se responsabilizará del desplazamiento de las premiadas a dicho acto.

 

4. PUBLICIDAD DE LAS BASES Y CONVOCATORIA

4.1. Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata www.mislata.es.
4.2. El extracto de la convocatoria de esta subvención se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Posteriormente, la BDNS dará traslado del extracto de esta al Boletín Oficial de la Provincia de Valencia para su publicación.

 

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES; PLAZO Y LUGAR. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y CARACTERISTICAS DE LA OBRA.

5.1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Podrán concurrir a este certamen todas aquellas mujeres, mayores de 18 años, siempre que sus trabajos estén redactados en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana: valenciano y/o castellano.

Las mujeres de Mislata podrán, además, optar también a la mención por ser artista local obligatoriamente lo tendrán que indicar en el asunto del correo electrónico en el que presenten su trabajo, que optan a la Mención honorífica a la artista local.

No podrán participar en el certamen las mujeres que, cumpliendo los requisitos específicos de participar en el certamen establecidos en los apartados anteriores, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No podrán concurrir trabajos premiados en otros concursos, ni pendientes de resolución, presentados simultáneamente a otros certámenes.

Cada autora podrá presentar una única obra.

La presentación de un trabajo implicará la garantía por parte de quien participe de la autoría y la originalidad de la obra presentada, así como del carácter inédito de la misma y de la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre la obra y frente a terceras personas (Anexo II: “Declaración de Autoría)

Quedan excluidas de la convocatoria aquellas autoras, cuyas obras hayan sido premiadas, en cualquiera de las modalidades, en las cuatro últimas ediciones de este certamen o hayan sido premiadas en otro concurso por esta misma obra o estén pendientes de veredicto.

Las participantes se comprometen a cumplir las bases que rigen este concurso.

Al objeto de acreditar los requisitos anteriores, las participantes de este certamen deberán presentar junto con el relato los Anexos I: Ficha de Inscripción, Anexo II: Declaración de Autoría y Anexo III: Declaración Responsable al presentarse a esta convocatoria.

5.2. CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA

Las obras serán anónimas, originales e inéditas para este concurso; por lo tanto, no pueden haber sido premiados en otro concurso o estar pendientes de veredicto en ningún otro certamen.

El relato breve de temática relacionada con la IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES, donde se valorarán: la defensa de valores no discriminatorios, ni sexistas, la ruptura de estereotipos y roles y/o la denuncia explicita contra la violencia machista, siempre desde el respecto y sin incluir ninguna actitud degradante contra las personas. Se tendrá en cuenta, en todo momento, un uso inclusivo del lenguaje.

La obra se presentará en documento Word o similar con un tamaño de letra 12 y un interlineado normal y tipo de fuente Times New Roman o Arial y en formato PDF.

Los trabajos que se presenten al certamen deberán tener una extensión mínima de cinco folios y máxima de doce. Las páginas deberán ir debidamente numeradas.

Los relatos estarán estructurados en relatos breves, con una calidad literaria, línea clara y podrán estar escritas en valenciano o en castellano.

5.3 PRESENTACIÓN SOLICITUDES. Las obras se presentarán por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando en el asunto del e-mail: “XIII CERTAMEN DE RELATO CORTO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO, 2020” y si opta a la Mención honorífica a la artista local.

Cada autora presentará:

1. La obra en formato Word y PDF

2. La FICHA DE INSCRIPCIÓN al certamen (Anexo I) en la que se rellenará la fecha de presentación y se firmará el documento con firma que no identifique a la autora y/o seudónimo. La Concejalía de Políticas de Igualdad al recibir la obra rellenará el número de participantes según el orden de presentación, validará con el sello de la Concejalía de Políticas de Igualdad y se la devolverá a la autora por correo electrónico como recibo de su participación en el “XIII Certamen de relato corto con perspectiva de género”.

3. DECLARACIÓN DE AUTORÍA (Anexo II) debidamente cumplimentada y firmada con firma que no identifique a la autora y/o seudónimo.

4. DECLARACIÓN RESPONSABLE (Anexo III) debidamente cumplimentada y firmada con firma que no identifique a la autora y/o seudónimo.

LAS AUTORAS GANADORAS DE LOS PREMIOS: modalidad castellana, valenciano y mención honorífica a la artista local, cuando se le haya comunicado el veredicto del jurado y publicada el Acta del “XIII Certamen de relato corto con perspectiva de género, 2020” y se le requiera por la Concejalía de Políticas de Igualdad deberá presentar:

- DECLARACIÓN RESPONSABLE Y DE AUTORÍA (Anexo IV), a rellenar por las autoras galardonadas, debidamente cumplimentadas y firmadas, donde constarán los datos personales de las ganadoras (nombre, apellidos, teléfonos de contacto, correo electrónico). Las premiadas autorizan al Ayuntamiento de Mislata a que de oficio realice las comprobaciones a través de certificados telemáticos de que está al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria y con las Seguridad Social y de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Mislata.

----- Si, autorizo al Ayuntamiento de Mislata a obtener los certificados
------No autorizo al Ayuntamiento de Mislata a obtener los certificados.

No obstante, podrá denegar expresamente su consentimiento marcando la casilla “no autorizo” debiendo aportar junto con el Anexo IV y la fotocopia del DNI/ NIE/PASAPORTE. Dichos certificados al ser beneficiarias de uno de los premios del “XIII Certamen de relato corto con perspectiva de género”

- Fotocopia de DNI/NIF/NIE.

5.4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS: El plazo será de 20 días una vez se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

6. PREMIOS

6.1. Los premios no podrán coincidir en la misma persona.

6.2. El concurso tiene dos modalidades: castellano y valenciano y la mención a la autora local.

6.3. Todas las participantes independientemente de su lugar de nacimiento o residencia podrán optar a los premios de la modalidad de castellano o valenciano. A la mención local podrán optar las mujeres residentes en Mislata.

6.4. Se entregará un premio de 500€ a la ganadora que opte a la modalidad de relato escrito en castellano.

6.5. Se entregará un premio de 500€ a la ganadora que opte a la modalidad de relato escrito en valenciano.

6.6. Se entregará un premio de 500€ a la ganadora de la mención local.

6.7. De los premios concedidos se dará publicidad en los términos establecidos en el artículo 18 de la Ley General de Subvenciones.

6.8. Se enviará comunicado de prensa con la información y se hará público en la web municipal y en cualquier medio de difusión que se considere oportuno.

 

7. COMISIÓN DE VALORACIÓN

7.1 Para la valoración de los trabajos que concurran a la convocatoria y su resolución se nombrará el correspondiente jurado.

7.2 Este jurado estará compuesto por:

- Una persona representativa del ámbito de la defensa de la igualdad de género y contra la violencia machista o persona en quien delegue.

- Una persona representativa del mundo literario, o persona en quien delegue.

- La jefa de sección de Políticas de Igualdad y Promoción del Valenciano o persona en quien delegue.

 

Esta comisión de valoración estará presidida por la concejala de Políticas de Igualdad y actuará como secretaria, con voz, pero sin voto, la técnica de Mujer y Políticas Inclusivas del Ayuntamiento de Mislata.

7.3. El jurado estará facultado para resolver cualquier cuestión no prevista en estas bases.
7.4. Cualquiera de los premios establecidos podrá quedar desierto, en el caso de considerarse que ninguno de los trabajos presentados reúne méritos suficientes para ser premiados.
7.5. El jurado actuará como órgano colegiado al efecto de elevar un informe al órgano instructor. Una vez realizada la valoración del informe correspondiente, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución debidamente motivada. La propuesta de resolución será elevada al órgano competente que resolverá el procedimiento. La resolución será inapelable.

 

8. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN, CONCESIÓN Y PUBLICIDAD.

8.1. El jurado se reunirá en la Casa de la Dona en el mes de septiembre de 2020 y realizará la correspondiente valoración según los siguientes criterios:
- La promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación por razón de sexo.
- El rechazo explícito a la violencia de género.
- La utilización de un lenguaje no sexista e inclusivo.
- La defensa de valores no discriminatorios ni sexistas.
- La ruptura de estereotipos masculinos y femeninos.
- La calidad literaria de los relatos.

8.2. La publicación del acta del certamen se hará pública en el último trimestre del año 2020.
8.3. El Jurado actuará como órgano colegiado al efecto de elevar un informe, al órgano instructor. Una vez realizada la valoración del informe correspondiente, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución debidamente motivada. La propuesta de resolución será elevada al órgano competente que resolverá el procedimiento. La resolución será inapelable.

8.4 Vista la propuesta motivada de resolución formulada por la comisión de valoración corresponde a la alcaldía dictar la resolución para otorgar los premios.

8.5. Cualquiera de los premios establecidos podrá quedar desierto, en el caso de considerar que ninguna de las obras presentadas a esa categoría reúne méritos para ser premiadas.

 

9. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.

9.1. Las participantes se comprometen a cumplir con la normativa en materia de datos de carácter personal, en concreto la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y a garantizar la correspondiente seguridad, confidencialidad e integridad de los datos de carácter personal a los que pudieran tener acceso o fueran sometidos a tratamiento, a resultas de las actividades desarrolladas en el marco del presente acuerdo de colaboración.

9.2. Los datos por Ud. facilitados serán tratados por el AYUNTAMIENTO DE MISLATA, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar la gestión administrativa del registro municipal de asociaciones u otros colectivos, a fin de contactar con Uds. Para la invitación u organización de actividades, actos o eventos, así como cualquier otra de interés municipal o asociativo, así como ser publicados, en su caso, en la página web del AYUNTAMIENTO DE MISLATA.

9.3 No obstante, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fin histórico o fines estadísticos.

9.4. La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el ejercicio de los poderes públicos o competencias conferidas o, en su caso, la necesidad de cumplimiento de una misión realizada en interés público. En concreto, viene habilitado por la Ley 38/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9.5 No obstante, en el caso de que no quiera que los datos de contacto sean cedidos o publicados, indíquelo expresamente a continuación ------

9.6. Ud. podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación o, en su caso, Oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada del AYUNTAMIENTO DE MISLATA en la Plaza de la Constitución, 8 o, en su caso, a nuestro Delegado de Protección de Datos ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).

9.7 En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuará mediante representante legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo.

 

10. SUBSANACIÓN.

10.1. De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, si al proceder a la apertura de plicas de los trabajos ganadores resultará que el sobre cerrado no incluyera la documentación solicitada, se requerirá a las ganadoras que lo subsanen en el plazo de 10 días, con la indicación de que, en caso de no hacerlo, se considerará como desistida su opción al premio previa resolución dictada a este efecto en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.

 

11. DERECHOS.

11.1. Los relatos ganadores y la mención serán propiedad del Ayuntamiento de Mislata. Las autoras cederán gratuitamente todos los derechos de explotación con carácter exclusivo de la obra que la Ley de Propiedad Intelectual reconoce a las autoras sin el perjuicio de los derechos morales que les correspondan.

11.2. El Ayuntamiento de Mislata se reservará el derecho de edición o publicación de las obras ganadoras. Será responsabilidad de las autoras cualquier reclamación que pueda producirse con relación a la autoría de la obra y su posible plagio.

 

12. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

12.1. La Declaración de Autoría (Anexo II) presentada para participar a la convocatoria de este certamen implica, a todos los efectos, la aceptación integra de las presentes bases, así como de las decisiones que con arreglo a las mismas puedan tomar la Comisión Evaluadora y el resto de órganos competentes. La presentación de la documentación requerida (Base 5.2) debidamente cumplimentada supone también la certeza y la veracidad de todos los datos consignados en la solicitud y en la documentación que le acompañe, reservándose el Ayuntamiento de Mislata las facultades y cuantas funciones de Inspección y control se consideren pertinentes, con arreglo a las disposiciones vigentes, para lo relacionado con lo regulado en estas bases.

 

13. NORMATIVA COMPLEMENTARIA.

13.1. En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en cuanto proceda, el régimen previsto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RLGS), en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata y el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata 2019-2021, así como por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2020.

 

14. DOCUMENTACIÓN ANEXA.

ANEXO I: FICHA DE INSCRIPCIÓN. ANEXO II: DECLARACIÓN DE AUTORIA. ANEXO III: DECLARACIÓN RESPONSABLE
ANEXO IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE Y DE AUTORÍA (solo lo presentarán las autoras ganadoras).

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará, en el momento que finalice las suspensión de los plazos administrativos por la D.A, tercera del RD. 463/2020 de 14 de marzo de 2020 y será de 20 días una vez se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

 

Fuente y Anexos: www.mislata.es/es/informate/tablon-de-anuncios/i/27240/72/xiii-certamen-de-relato-corto-con-perspectiva-de-genero-2020


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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Soy una mujer atrapada en un cuerpo masculino.¿Puedo participar?

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