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CERTAMEN LITERARIO JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX 2019 (España)

07:10:2019

Género: Relato, poesía

Premio:    850 € y exposición

Abierto a:  persona mayor de 18 años, empadronada en cualquier municipio de la provincia de València

Entidad convocante: Junta Municipal de Patraix

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   07:10:2019

 

BASES

 

CONVOCATORIA CERTAMEN LITERARIO 2019, JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX

1. Régimen jurídico

La presente convocatoria, se regirá por lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Valencia y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo de 28 de julio de 2016 (BOP de 0.11.16). Y en su defecto por lo dispuesto en la citada ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, excepto en aquellos aspectos que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable y así mismo por las bases de ejecución del vigente Presupuesto municipal. De conformidad con lo que establece  el artículo 18.4 d) de la OGS, la convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.

2. Objeto

La Junta Municipal de Patraix, organiza un Concurso Literario con el objeto de promocionar la literatura e incentivar la creatividad literaria.

3. Participantes

Podrá presentarse cualquier persona mayor de 18 años, empadronada en cualquier municipio de la provincia de València, que cumpla los requisitos de esta convocatoria.

No podrán participar en la presente convocatoria las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en ella, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la LGS.

Así mismo, deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Autonómica, con el Ayuntamiento de València y frente a la Seguridad Social, así como del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

Las circunstancias explicitadas en el segundo párrafo del presente apartado deberán ser acreditadas por los/as participantes, con carácter previo al acto de concesión, mediante anexo I, según establece el apartado 4º de la Disposición Adicional Segunda y artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones.

Los certificados y declaraciones tendrán una validez de seis meses desde la fecha de su expedición o emisión. Si caducaran antes de la concesión o del cobro total o parcial de la subvención, la persona o entidad interesada o beneficiaria deberá presentar, a requerimiento del servicio gestor, una certificación o declaración actualizada.

4. Tema

El tema de este concurso será libre en prosa y poesía. Quedarán excluidos aquellos que fomenten el odio, la violencia, el racismo o el maltrato.

5. Criterios de valoración.

De conformidad con lo previsto en el art. 18.5 de la citada Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos, se valorará la calidad del relato (30%), técnica (30%) y creatividad e imaginación (40%).

6. Características de las obras escritas.

Los trabajos podrán estar redactados en las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana, en dos modalidades:
1. Redacción en prosa
2. Redacción en poesía.
Los trabajos deberán ser necesariamente originales, inéditos no habiendo sido seleccionados ni premiados en cualquier otro concurso o certamen.

7. Publicación de la convocatoria

La convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que remitirá el extracto de las mismas al BOP, en la página web municipal (webs municipales: Participación/Campañas Municipales) y tablón edictos de la junta.

8.- Forma de presentación.

Para garantizar el anonimato, al dorso de cada trabajo se hará constar el título de la obra y un lema que será común para todas las obras presentadas por cada concursante.

9.- Lugar de entrega y plazos.

Los sobres con las obras escritas se presentarán preferiblemente en el Registro de la Junta Municipal de Patraix, calle Beato Nicólas Factor, nº-1 de Valencia, de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas o en los lugares previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo.
En sobre aparte y debidamente cerrado se incluirán los siguientes datos:
- Título de las obras presentadas
- Lema adoptado por el concursante.
- Nº DNI del participante o pasaporte.
- Autorización expresa y firmada por el concursante por la que se autoriza la publicación de las obras sean o no premiadas.
- Obras en prosa con una extensión de 10-15 folios por una cara.
- Obras en poesía con una extensión de 100 versos.
- Se presentarán a doble espacio en una sola cara del folio.
- Se aportará original y cuatro copias.

La fecha de presentación de las obras será desde el 16 de septiembre al 07 de octubre de 2019, ambos inclusive.

10. Jurado

El jurado estará compuesto por el Presidente de la Junta Municipal o persona en quien delegue (quien podrá ejercer el voto de calidad en caso de empate), cuatro miembros del grupo de trabajo de Cultura de la Junta y un profesional en la materia

Los datos de los/las concursantes solo serán descubiertos por el jurado una vez se haya producido la selección y fallo del jurado.

El jurado se reserva el derecho de la interpretación de las condiciones de la presente convocatoria y de la resolución de los casos no contemplados de acuerdo con su mejor criterio. El jurado tomará los acuerdos por mayoría de votos y sus decisiones serán inapelables.

Del veredicto del jurado se levantará la correspondiente acta y su resultado será comunicado personalmente a las personas premiadas y será publicado en el tablón de anuncios de la Junta y en la web del Ayuntament de Valencia (webs municipales: Participación / Campañas Municipales). Asimismo se notificará personalmente a los/las premiados/as, telefónicamente y/o mediante correo electrónico durante la semana posterior a la resolución del jurado, notificándose conforme al previsto en el art. 41 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo máximo de resolución y notificación será de dos meses contados desde el último día del plazo de presentación de instancias.

La resolución de la concesión de los premios pone fin a la vía administrativa. El órgano competente para aprobar esta convocatoria es la Alcaldía y, por delegación, la Junta de Gobierno Local en virtud de lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía nº. 9, de fecha 20 de junio de 2019.

Contra los acuerdos que se dicten al amparo de esta convocatoria, que son definitivos en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación del acuerdo. Si transcurrido un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de València, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del acuerdo.

El jurado se reserva el derecho a declarar desierto los premios que se establecen en el siguiente apartado, si los trabajos presentados no reunieran a su criterio los méritos suficientes.

11. Premios

Los premios serán los siguientes:

• Primer Premio, en metálico, modalidad prosa 850,00€.
• Segundo Premio, en metálico, modalidad prosa 500,00€.
• Tercer Premio, en metálico, modalidad prosa 200,00 €
• Premio, en metálico, modalidad poesía 500,00 €

La cuantía total máxima a que ascienden los diferentes premios es de 2.050,00 €.

Los premios se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria JU130 92400 48100 del Presupuesto municipal 2019. El pago de los premios se hará a través de transferencia bancaria en la cuenta que a tal efecto se indique por los premiados.

La percepción de los premios se sujetará a la normativa fiscal legal vigente. Se deberá practicar retención o ingreso a cuenta sobre los premios con base de retención superior a 300,00 euros, en virtud de lo dispuesto por el artículo 75.3.f) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.

A efectos de la justificación de los premios será aplicable lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley General de Subvenciones, esto es, que para otorgar los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor no requieren una justificación ulterior.

12. Exposición

Entre las obras presentadas, el jurado seleccionará, si el número de trabajos presentados así lo motivara, los trabajos que serán expuestos en la sala, que para tal efecto, determine la Junta.

13. Observaciones

Los relatos premiados pasarán a ser propiedad de la Junta Municipal de Patraix que se reserva todos los derechos sobre las mismas y podrá utilizarlas posteriormente con los fines que se estimen convenientes, citando siempre el nombre del autor y ateniéndose en todo caso a lo que dispone la Ley de Propiedad Intelectual.

La organización tendrá un cuidado estricto en la manipulación de los relatos, pero declina cualquier responsabilidad por pérdida, roturas, robos o daños sufridos en las mismas tanto en el envío como durante el concurso y la exposición, si la hubiese.

Los/as concursantes se responsabilizarán totalmente de que no existen derechos de terceros sobre los relatos presentados haciéndose responsable de cualquier reclamación que pudiera surgir por supuestos derechos de imagen o cualquier otro derecho alegado por terceros.

Todos aquellos trabajos que no cumplan alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria quedarán descalificados.

Tanto las obras no seleccionadas para la exposición, como las seleccionadas y no premiadas, podrán recogerse en la Junta Municipal de Patraix. A tal efecto se comunicará el plazo y los días y horas en que los originales podrán ser recogidos.

La mera participación en este Concurso supone la aceptación de las condiciones de esta convocatoria y de los derechos y obligaciones que se derivan de la misma. Cualquier circunstancia no prevista en las mismas será resuelta por la organización de la manera más conveniente para el desarrollo del concurso.


Fuente: www.valencia.es


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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