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CONCURSO LITERARIO DE LA JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS 2019 (España)
03:07:2019
Género: Relato
Premio: 200 € y diploma
Abierto a: mayores de 18 años, empadronados/as en cualquier municipio de la provincia de Valencia o, matriculados/as en centros escolares de la provincia
Entidad convocante: Junta Municipal de Abastos, perteneciente al Ayuntamiento de València
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 03:07:2019
BASES
1.- Régimen Jurídico.
La presente convocatoria se rige de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Valencia y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo de 28 de julio de 2016, B.O.P de 2 de noviembre de 2016. Así como por lo dispuesto en dicha ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en aquellos aspectos que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable. De conformidad con lo que establece el artículo 18.4 d) de la OGS, la convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.
2.- Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto fomentar e impulsar la creatividad e imaginación en el desarrollo literario como actividad cultural.
3.- Participantes.
Al concurso de Relato podrá presentarse cualquier persona mayor de 18 años cumplidos en la fecha límite del plazo de presentación de instancias.
Los/as participantes deberán estar empadronados/as en cualquier municipio de la provincia de Valencia o, de no estarlo, matriculados/as en centros escolares de la provincia.
No podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cada una de ellas, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la LGS.
Así mismo, deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con el Ayuntamiento de València y frente a la Seguridad Social, así como del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Las circunstancias explicitadas en el tercer y cuarto párrafo del presente apartado deberán ser acreditadas mediante declaración responsable (anexo I), según establece el apartado 4º de la Disposición Adicional Segunda y artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones.
Los/as participantes deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con el Ayuntamiento de València y frente a la Seguridad Social, así como del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones.
4.- Tema y criterios de valoración.
El tema de los relatos será libre. Se valorará la calidad del relato (30%), el vocabulario utilizado (15%), la imaginación (15%), la intertextualidad (15%), la creatividad (15%) y que están escritos en valenciano (10%).
5.- Características de los relatos.
Las obras han de ser originales e inéditas, no habiendo sido premiadas en otros certámenes o concursos.
Cada participante podrá presentar hasta un máximo de tres relatos, siendo premiado por sólo uno de ellos.
6.- Requisitos de los relatos.
Cada relato tendrá una extensión mínima de 2 folios y máxima de 5, mecanografiados por una sola cara, en formato DIN A4. Los relatos podrán presentarse indistintamente en valenciano o castellano.
7. Publicación de la convocatoria y presentación de solicitudes.
La convocatoria será publicada en el Base de Datos Nacional de Subvenciones, que remitirá el extracto de las mismas al B.O.P. y en la página web municipal (webs municipales: Participación/Campañas Municipales).
La Inscripción para participar se realizará por medio de Instancia General del Ayuntamiento, que deberá ser registrada en el plazo máximo de cuarenta días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de Convocatoria en el B.O.P., es decir, entre el 25 de mayo y el 3 de julio,
a) En el Registro General de Entrada de la Junta Municipal de Abastos (C/ Alberique nº 18), en horario de 08,30 a 14,00 horas, acompañándolos de la siguiente documentación:
Un sobre con 5 ejemplares del relato, sin firmar, en que figurará en su exterior el título de los relatos.
Un segundo sobre que se entregará abierto junto con el de los relatos y que contendrá en su interior los siguientes datos:
- Título de las obras presentadas.
- Nombre y apellidos del concursante.
- Fotocopia del DNI, Pasaporte, o Tarjeta Residente del mismo.
- Domicilio completo a efecto de notificaciones.
- Teléfono y email.
- Declaración Responsable y autorización expresa y firmada el/la concursante (Anexo I).
b) En la sede electrónica del Ayuntamiento de València (https://sede.valencia.es/sede/), y en este caso habrá de enviarse una copia de la instancia al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con el fin de poder hacer el seguimiento de la misma. Deberá enviarse la documentación de la convocatoria como adjunto de la instancia, así como una copia del relato en formato de procesador de textos de Word o plataforma de software libre, de modo que el relato pueda hacerse llegar al jurado del concurso.
c) Por correo ordinario, a la dirección
JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS ALBERIC, 18
46008 VALENCIA
Adjuntando, del mismo modo, la documentación exigida en la convocatoria.
Los certificados y declaraciones que, en su caso, se presenten junto a la solicitud, tendrán una validez de seis meses desde la fecha de su expedición o emisión. Si caducaran antes de la concesión o del cobro total o parcial, la persona interesada deberá presentar una certificación o declaración actualizada.
8.- Jurado.
El jurado será presidido por el coordinador del Grupo de Trabajo de Cultura de la Junta o persona en quien delegue (quien podrá ejercer el voto de calidad en caso de empate), y constituido por vocales miembros de la citada comisión, o representantes en quien se delegue, en número proporcional al número de representantes de los grupos municipales en el Consejo de Abastos, con la asistencia de personas relacionadas con el mundo de la literatura.
Los datos de los concursantes sólo serán descubiertos por el Jurado una vez se haya producido la selección y fallo del Jurado.
El jurado se reserva el derecho de la interpretación de la presente convocatoria y de la resolución de los casos no contemplados, de acuerdo con su mejor criterio.
Se reserva también el derecho a declarar desierto el premio que se establece en el siguiente apartado, si los trabajos presentados no reunieran a su criterio los méritos suficientes.
El jurado tomará los acuerdos per mayoría de votos i sus decisiones serán inapelables.
El veredicto del jurado, del que se levantará la correspondiente acta, se publicará en el Tablón de Anuncios de la Junta Municipal de Abastos y en la página web del Ayuntamiento (webs municipales: Participación/Campañas Municipales) y se notificará personalmente a los/las premiados/as telefónicamente durante la semana posterior a la resolución del jurado, notificándose conforme al previsto en el art. 41 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.- Premios.
Un premio en metálico de 200 € y diploma.
Los premios en metálico se harán con cargo a la aplicación presupuestaria JU130 92400 48100 del Presupuesto Municipal 2018 y serán entregados en un acto organizado por la Junta Municipal a tal efecto. La percepción de los premios se sujetará a la normativa fiscal legal vigente.
La obra premiada pasará a ser propiedad de la Junta Municipal de Abastos que se reserva todos los derechos sobre la misma y podrá utilizarla, posteriormente, con los fines que se estimen convenientes, citando siempre el nombre del autor y ateniéndose en todo caso a lo que dispone la Ley de Propiedad Intelectual.
La resolución de la concesión de los premios pone fin a la vía administrativa. El órgano competente para aprobar la convocatoria y resolver el procedimiento es la Alcaldía y, por delegación, la Junta de Gobierno Local, en virtud del que dispone la Resolución de la Alcaldía núm. 20 de fecha. 26 de junio del 2015.
A efectos de la justificación de los premios se aplicará el que prevé el art. 30.7 de la Ley General de Subvenciones, esto es, que para otorgarse los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor no requieren una justificación ulterior.
Contra los acuerdos que se dictan al amparo de esta convocatoria, que son definitivos en vía administrativa, y en conformidad con el que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso- administrativa, podrá interponerse alguno de los recursos siguientes:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de la fecha de la publicación. Si transcurrido un mes desde el día siguiente de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del acuerdo.
Sin perjuicio que puedan ejercitar cualquier otro recurso o acción que se estime procedente.
10.- Observaciones.
La organización tendrá un cuidado estricto en la manipulación de las obras recibidas, pero declina cualquier responsabilidad por pérdida, roturas, robos o daños sufridos en las mismas tanto en el envío como durante el concurso
Los/as concursantes se responsabilizarán totalmente de que no existen derechos de terceros sobre los relatos o poemas presentados haciéndose responsable de cualquier reclamación que pudiera surgir por supuestos derechos de propiedad intelectual o cualquier otro derecho alegado por terceros.
Todos aquellos relatos o poemas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria quedarán descalificados.
Las obras premiadas quedarán en poder de la Junta Municipal de Abastos que podrá hacer uso público de las mismas, con mención a su autor/a.
Los trabajos no premiados podrán retirarse dentro de los 30 días siguientes a la decisión del jurado, siendo necesario presentar el resguardo acreditativo que se le entregará a cada concursante en el momento de la presentación. Pasado este plazo la documentación entregada será destruida.
La mera participación en este Concurso implica la total aceptación de la convocatoria y, cualquier circunstancia no prevista en la misma, será resuelta por la organización de la manera más conveniente para el desarrollo del concurso.
Fuente y Anexo
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.