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CONCURSO DE CÓMIC DE LA JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA 2019 (España)

18:05:2019

Género: Cómic, infantil y juvenil

Premio:  250 €

Abierto a: personas empadronadas en la ciudad de València o realizando estudios en algún centro educativo de la ciudad de València

Entidad convocante: Junta Municipal de Ruzafa

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  18:05:2019

 

BASES

 
CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE CÓMIC 2019 JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
Publicación Oficial: BOP nº 76, de 18 de abril de 2019.

1. Régimen jurídico.
La presente convocatoria del CONCURSO DE CÓMIC DE LA JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA 2019, se regirá de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ordenanza General de Subvenciones  del  Ayuntamiento  de València y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo de 28 de  julio  de 2016, BOP de 2 de noviembre de 2016, así como por lo dispuesto en dicha ordenanza, en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y   su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en aquellos aspectos que por la especial naturaleza de estas  subvenciones  no  resulte aplicable y así mismo por las bases de ejecución del vigente Presupuesto municipal. De conformidad con lo que establece el artículo 18.4 d) de la OGS, la concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.

2. Objeto.
La Junta Municipal de Ruzafa organiza un Concurso de Cómic, cuyo objetivo principal es fomentar el conocimiento y consumo de esta manifestación cultural.

3. Participantes.
Podrán participar todas las personas dibujantes aficionadas que tendrán  que  estar empadronadas en la ciudad de València o realizando estudios en algún centro educativo de la ciudad de València.

El Ayuntamiento de València realizará la verificación que las y los participantes se encuentran efectivamente empadronadas/os. En el caso de las personas matriculadas en centros educativos y sin empadronamiento en Valencia, tendrán que aportar una certificación del centro confirmando que  se  encuentran cursando estudios en el mismo. Si no es así (empadronada/o cursando estudios), se producirá la inmediata descalificación de la o del concursante.

4. Categorías.
Se establecen dos categorías:
a. Categoría primera: mayores de 18 años cumplidos en 2019.
b. Categoría segunda: menores con edades de 12 a 17 años cumplidos en 2019.  En las dos categorías, las obras se podrán presentar tanto en castellano como en valenciano.

5. Condiciones.
Cada participante podrá presentar al concurso un máximo de un cómic por idioma, original, inédito y no premiado en otros concursos.
No se admitirán, por lo tanto, aquellos ya presentados o premiados en otros concursos, así como los que hayan sido objeto de publicación y no supongan, en todo o en parte, copia o plagio otros publicados propios u otros artistas.
El contenido de las obras no podrá atentar contra la dignidad de las personas y   los animales. Los autores y las autoras serán responsables, ante la Junta y terceros, del cumplimiento de lo establecido en la presente convocatoria.
No podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en ella, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la LGS.
A tal efecto, las personas participantes deberán presentar una declaración responsable de no encontrarse incurso/a en ninguna de las  prohibiciones previstas en el citado artículo. Así como estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con el Ayuntamiento de València y, frente a la Seguridad Social, así como de las obligaciones de reintegro de subvenciones. En el caso de menores, deberán hacerlo sus padres/madres/tutores/tutoras.
Con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión, los participantes deberán acreditar que se encuentran al corriente del cumplimiento de dichas obligaciones.

6. Técnica, tema y criterios de selección. La técnica y el tema serán libres.
El jurado para efectuar su valoración atenderá los criterios, de conformidad con   lo previsto en el art. 18.5 de la citada Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos: se valorará la  calidad  (40%), originalidad (20%), imaginación (20%) y creatividad (20%), tanto del guion como de los dibujos.

7. Formato.
La obra será copia del original, en blanco y negro o en color. En caso de presentarse en apoyo CD, también se tiene que presentar impreso en formato  DIN A-3, y con resolución de 300 píxeles/pulgada. En ningún caso se aceptarán originales. Las obras enviadas podrán tener entre dos y seis páginas.

8. Publicación de la convocatoria e inscripción.
La convocatoria será publicada en el Base de Datos Nacional de Subvenciones,  que remitirá el extracto de las mismas al BOP y en la página web  municipal.  (webs municipales: Participación/Campañas Municipales).
Cada una de las obras tendrá que traer adherida detrás la hoja de participación, (Anexo B), con el título de la obra si lo tuviera y el pseudónimo de la persona concursante, con el fin de preservar su identidad hasta la resolución del jurado. Los cómics se introducirán en un sobre que irá cerrado y en el cual constará el título y pseudónimo, en letras mayúsculas, en el exterior, sin constar alusión alguna que permita identificar a la persona concursante, siendo causa de  exclusión del concurso el incumplimiento de esta norma.
A los trabajos empaquetados se adjuntará otro sobre QUE SE PRESENTARÁ ABIERTO EN EL REGISTRO, en el anverso del cual figurará el lema: CONCURSO DE CÓMIC JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA, el título, si lo tuviera, y el pseudónimo.
En el registro se facilitará un impreso normalizado de inscripción a este concurso por duplicado, que tendrá que rellenarse con los datos de la  persona  concursante, introduciéndose una copia de las dos en el sobre, el cual se cerrará en ese momento, quedando la otra copia en poder del/de la concursante.
En el interior de dicho sobre se adjuntará a la solicitud de inscripción: fotocopia del DNI del o de la concursante, declaración jurada que no se encuentra incurso  en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición  de  beneficiario/a que establece el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y que conoce y acepta las normas que rigen el certamen, lugar, fecha y firma. En todo caso deberá constar, además de los datos personales y, en su caso, de representación, el teléfono y correo electrónico.
Este sobre solo será abierto por la Presidencia del jurado y en presencia del resto de miembros una vez se haya producido la selección y resolución del mismo, y en el supuesto de que haya resultado premiado el cómic correspondiente.
La inscripción para participar se realizará por medio de instancia general del Ayuntamiento. El plazo de inscripción será de 30 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.ÚNICAMENTE en el Registro General de Entrada de la Junta Municipal de Ruzafa (c/ Matías Perelló, 5), en horario de 08.30 a 14.00.
En el caso de presentarlos por correo, el paquete con el cómic, y el  sobre,  tendrán que introducirse en otro, el cual será franqueado a  la  siguiente  dirección: Junta Municipal de Ruzafa C/ Matías Perelló, 5  46005 València
El impreso normalizado de inscripción, en este caso, tendrá que solicitarse en el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
No se aceptará las inscripciones fuera del plazo de  presentación  establecido, salvo que la fecha del matasellos se encuentro dentro del plazo de  la convocatoria.
Estas normas podrán ser consultadas en el tablón de edictos de la Junta y en la web del Ayuntamiento de València (webs municipales: Participación / Campañas Municipales).

9. Premios.
Se concederán:
Primera categoría: para las personas ganadoras de la primera categoría, tanto en valenciano como en castellano, un premio 250 € en metálico, cada uno.
Segunda categoría: para las personas ganadoras de la segunda categoría, tanto   en valenciano como en castellano, un premio de 125 € en metálico, cada uno.
Ascendiendo el importe total de los premios que se pretenden conceder a 750 €  El importe de todos los premios se imputará a la aplicación JU130 92400 48100 del vigente Presupuesto municipal.
El pago de los premios en metálico se hará a través de transferencia bancaria. No existirá la obligación de practicar la retención o ingreso por anticipado sobre premios cuya base de retención no sea superior a 300 €.
A efectos de la justificación de los premios será aplicable lo previsto en el art.
30.7 de la Ley General de Subvenciones, esto es, que para otorgarse los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor no requieren una justificación ulterior.

10. Jurado.
El jurado presidido por la presidenta de la Junta Municipal de Ruzafa o persona   en quien delegue (quien podrá ejercer el voto de calidad en caso de empate), y constituido por la misma y como mínimo  dos personas de  reconocido prestigio en el mundo del cómic designados por la Presidencia.
El jurado podrá optar por otorgar los premios o declarar desierto  el  certamen. Las personas participantes, por el mero hecho de tomar parte, aceptan expresamente su autoridad, tanto para resolver sobre el premio como para solucionar cualquier incidencia no prevista en las presentes normas.
El jurado tomará los acuerdos por mayoría de votos y sus decisiones serán inapelables.
El veredicto del jurado, del que se levantará la correspondiente acta, se publicará en el Tablón de Edictos de la Junta Municipal de Ruzafa y en la página web del Ayuntamiento (webs municipales: Participación/ Campañas Municipales) y se notificará personalmente a las personas premiadas telefónicamente  y/o  mediante correo electrónico durante la semana posterior a la resolución del jurado, notificándose conforme al previsto en los artículos 41 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo máximo de resolución y notificación será de dos meses desde el día siguiente al de fin del plazo de presentación solicitud de inscripciones.
La resolución de la concesión de los premios pone fin a la vía administrativa. Contra los acuerdos que se dicten al amparo de esta convocatoria, que son definitivos en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano  que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación. Si transcurrido un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de València, en  el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- administrativo de València, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del acuerdo

11. Devoluciones.
Tanto las obras no seleccionadas para la exposición, como las seleccionadas y no premiadas, podrán recogerse en la Junta Municipal de Ruzafa. Se notificará en el Tablón de Anuncios de la misma, el plazo y los días y horas en que las obras podrán ser recogidas.
La organización pondrá la máxima atención en el trato a las obras presentadas, pero no se responsabilizará de las pérdidas, sustracciones o  deterioro  que puedan sufrir durante la exposición, manipulación o devolución. La Junta podrá disponer de las obras no recogidas después del plazo dispuesto a tal efecto.

12. Propiedad.
Las obras premiadas quedarán en poder de la Junta Municipal de Ruzafa, que podrá hacer uso público de las mismas, con mención a su autor/a.
Los/as autores/as de las obras que pudieran  ser seleccionadas para  incluirse  en la cartelería de la exposición, por el hecho de participar en el concurso, cederán sus derechos de reproducción provisionalmente a la Junta de Ruzafa, eximiendo por lo tanto a la misma de cualquier conflicto de derecho de  propiedad  intelectual que pudiera suscitarse a raíz de la publicación de esta cartelería.
Deberán también, por medio de documento escrito a la Junta Municipal de Ruzafa, ceder su obra, autorizando a la misma como parte del Ayuntamiento de València por tiempo indefinido y en cualquier ámbito territorial, para el ejercicio de los derechos de reproducción, publicación y distribución del mismo.
En el caso de los menores de edad, serán  los padres, madres, tutores o tutoras   de las personas premiadas las que deberán autorizar lo anteriormente citado.

13. Normas finales.
El jurado del concurso tendrá la competencia para resolver cualquier imprevisto. La participación en el concurso supone la aceptación de sus normas. Cualquier circunstancia no prevista en las presentes normas será resuelta por  la organización de la manera más conveniente para el desarrollo del concurso.
Los padres, madres, tutores o tutoras de las personas premiadas deberán autorizar en su caso, la aparición de los menores en alguna fotografía si fuere el caso.
El órgano competente para aprobar la convocatoria y resolver el procedimiento  es la Alcaldía y por delegación la Junta de Gobierno Local, en virtud del que se dispone en la Resolución de Alcaldía nº. 20, de fecha 26 de junio de 2015.'


Fuente y Anexos: www.valencia.es/ayuntamiento/tablon_anuncios.nsf/vDocumentosWebTablon/34F8BE0711A23E9FC12583DD0031FAD1

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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