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XXVII PREMIO DE POESÍA MANUEL ALCÁNTARA 2019 (España)

26:04:2019

Género:  Poesía

Premio:  6.000 € y escultura

Abierto a:  mayor de edad

Entidad convocante: Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   26:04:2019

 

BASES


BASES DEL XXVII PREMIO DE POESÍA MANUEL ALCÁNTARA 2019

El Ayuntamiento de Málaga, en su deseo de contribuir al desarrollo de la cultura y las artes literarias en su más amplia expresión, convoca el XXVII Premio de Poesía Manuel Alcántara, con el objetivo de seleccionar un poema inédito y no premiado anteriormente, como vehículo para promocionar la literatura y en particular la poesía, vinculándola al nombre del poeta malagueño D. Manuel Alcántara.

Es considerado de interés para la cultura malagueña promocionar la poesía mediante un Premio y unir este al nombre de D. Manuel Alcántara. Ello, no solo da prestigio a dicho premio de poesía, sino a la obra ganadora y a nuestra ciudad.

El plazo de presentación de poemas está abierto hasta el próximo 26 de abril.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. OBJETO.

El objeto de esta convocatoria es seleccionar un poema original, inédito y no premiado anteriormente como vehículo para promocionar la literatura y en particular la poesía, vinculándola al nombre de D. Manuel Alcántara. Este poema tiene que ser en lengua castellana, original y sobre tema libre y de forma abierta.

2. BENEFICIARIOS.

Este premio está abierto a la participación de poetas de cualquier nacionalidad, mayor de edad, excluidos los autores galardonados en anteriores ediciones, siempre que los trabajos que concursen estén escritos en lengua española.

No podrán obtener la condición de beneficiarios de los premios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas personas que no se hallen al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

Los beneficiarios están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

3. PRESENTACIÓN DE TRABAJOS Y DOCUMENTACIÓN.

Las obras presentadas serán originales, inéditas y no premiadas en otro concurso literario y consistirán en un poema de tema y forma libre. No se admitirán traducciones ni adaptaciones.

El original deberá estar mecanografiado a doble espacio, utilizando un tipo Arial, Times New Roman o similares, a 12 puntos. En documento a tamaño A-4. Respetando unos márgenes no inferiores a los 2,5 cm en cada dirección (laterales y superior e inferior).

El original de la obra se presentaráúnicamente en formato digital pdf (Adobe Systems Incorporated). El trabajo deberá ser enviado a la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

En el asunto del mail se especificará: “Premio Manuel Alcántara 2019”.

Se enviarán en el mismo correo dos archivos adjuntos en formato pdf:

1) En un archivo que será denominado con el TÍTULO DE LA OBRA en mayúsculas (ejemplo: DON QUIJOTE DE LA MANCHA), se enviará la misma bajo seudónimo. No se aceptarán como seudónimos los nombres artísticos ni alias tan difundidos, por ejemplo en medios digitales, que permitan identificar al autor. ‒ En el inicio de la primera página se colocará el NOMBRE DE LA OBRA y en la
línea sucesiva el SEUDÓNIMO, seguido del texto. ‒ No se aceptarán envíos que incluyan, dibujos, fotos, links externos o cualquier otro tipo de adorno ajeno al propio texto.

2) En otro archivo denominado con el TITULO DE LA OBRA – PLICA en mayúsculas (ejemplo: DON QUIJOTE DE LA MANCHA – PLICA), se enviarán los siguientes datos personales:
- Título de la obra - Seudónimo - Nombre(s) y apellido(s) - Año de nacimiento, ciudad y país de origen - Dirección de domicilio completa, incluido el país - Teléfono(s) - Correo electrónico - Breve currículo literario (no deberá sobrepasar una página).
Como los datos resultan esenciales a la hora de informar al premiado por el Jurado, si inicialmente no son enviados completos, no será aceptada esa participación.

El incumplimiento de estas reglas implicará la descalificación.

4. PLAZO

El plazo de presentación de los poemas será de 20 días hábiles a contar del siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

5. PREMIO

Se establece un único premio dotado con 6.000 € sujeto a las retenciones de IRPF correspondientes y con cargo a la partida 01.3349.48100 PAM 4070 y una escultura, creación exclusiva del artista Jaime Pimentel. Este premio será indivisible y no podrá declararse desierto.

De conformidad con lo regulado en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, la concesión de este premio queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión de los premios.

6. CONSTITUCIÓN DEL JURADO Y FALLO

La instrucción del procedimiento para la concesión de este premio se realizará por el Servicio Jurídico del Área de Cultura.

El premio será concedido por un jurado integrado por:

Cuatro profesionales de reconocido prestigio provenientes de distintos sectores que componen el mundo de las letras, poetas, escritores, críticos, académicos, que serán designados mediante resolución de la Teniente Alcalde Delega de Cultura que actuará a su vez como Presidente del mismo y las funciones de Secretario recaerá en funcionarios adscritos al Área de Cultura, igualmente nombrados mediante la resolución de la delegada antes referida.

Asimismo, se constituirá un pre-jurado, compuesto por un máximo de 3 miembros, que será igualmente designado mediante la resolución anteriormente indicada y que se encargará de realizar una preselección de 20 obras, las cuales se remitirán al jurado para la selección de la obra ganadora.

El jurado es un órgano de carácter propositivo, y como tal, su fallo no puede tener más que el citado carácter, correspondiendo a la la Teniente de Alcalde–Delegada de Cultura otorgar dicho premio previa Resolución, en virtud de las competencias atribuidas, el otorgamiento del premio en cuestión.

Las deliberaciones del jurado son secretas, no establecerá comunicación alguna con ningún participante y su fallo será inapelable.

El fallo se hará público en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de las obras.

Con posterioridad al fallo del Jurado, se solicitarán al autor del poema premiado la cumplimentación del Anexo II (Aportación de datos bancarios donde consten los datos de titularidad de la cuenta corriente de la persona física para realizar la transferencia bancaria) documento que se facilitará en el momento oportuno.
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Las obras premiadas y seleccionadas quedarán en propiedad del Excmo. Ayuntamiento, pudiendo disponer de la misma para uso y reproducciones de cualquier tipo que precisen, por un periodo de 12 meses desde la fecha publicación del fallo del Jurado.
La participación en el premio supone la autorización expresa al Ayuntamiento de Málaga para dar publicidad al premio en los diferentes medios de comunicación, pudiendo aparecer los nombres e imagen del premiado.

7. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y DETERMINACIÓN DEL FUERO.

La presentación de instancias a esta convocatoria supone, por parte de los aspirantes, la aceptación de las presentes bases.

El Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga, Fundación Manuel Alcántara así como los patrocinadores del premio podrá publicar como considere oportuno el poema premiado y no devolverá originales ni mantendrá correspondencia con los autores.

El área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga y el jurado resolverán las cuestiones no previstos en estas bases.

Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial, las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y tribunales de Málaga.

No se devolverán los trabajos presentados, procediéndose a la destrucción de los no premiados o finalistas.

8. RÉGIMEN JURÍDICO

En cuanto al régimen jurídico aplicable a estas actuaciones, es preciso atender a la consideración de las mismas. Teniendo en cuenta que se entienden como actividades de fomento, resulta de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Además, en lo referido a la presentación de la documentación, y a la tramitación del procedimiento, se seguirá lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas


Fuente: cultura.malaga.eu


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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