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VI CONCURSO SOBRE IGUALDAD DE GÉNERO "CUÉLATE POR LA IGUALDAD" 2017 (España)

30:10:2017

Género:  Cómic, cuento, infantil y juvenil

Premio:   Tablet y lote de libros

Abierto a:  alumnas/os de Centros Educativos del término municipal de Málaga que durante el curso escolar 2016-2017 estén cursando 5ºó 6º de Primaria y 1ºó 2º de E.S.O

Entidad convocante: Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   30:10:2017

 

BASES

 
CONVOCATORIA DEL VI CONCURSO SOBRE IGUALDAD DE GÉNERO «CUÉLATE POR LA IGUALDAD»

ÁREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Málaga 2017

El Excmo. Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Igualdad de Oportunidades lleva a cabo actuaciones y proyectos para promocionar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, para la sensibilización de la ciudadanía en general y del alumnado de primaria y secundaria en particular.

En consecuencia y de acuerdo con lo anterior se convoca el VI CONCURSO SOBRE IGUALDAD DE GENERO “CUÉLATE POR LA IGUALDAD”, que se regulará de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- OBJETO Y FINALIDAD

Las presentes bases tienen como objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios del VI CONCURSO SOBRE IGUALDAD DE GÉNERO “CUÉLATE POR LA IGUALDAD”, con motivo de la celebración del 8 de marzo “Día Internacional de la Mujer”.

La finalidad de la presente convocatoria es sensibilizar al alumnado de los centros de Educación Primaria y Secundaria de Málaga capital, sobre la corresponsabilidad, la igualdad entre hombres y mujeres, niñas y niños, en todos los ámbitos, en definitiva intentar fomentar entre el alumnado valores relacionados con la igualdad de género.

SEGUNDA.- BENEFICIARIOS/AS

Podrán participar en el concurso las/os alumnas/os de Centros Educativos del término municipal de Málaga que durante el curso escolar 2016-2017 estén cursando 5ºó 6º de Primaria y 1ºó 2º de E.S.O.

En ningún caso podrán ser beneficiarios/as las personas que incurran en algunas de las situaciones recogidas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

TERCERA.- TEMÁTICA Y PREMIOS

La temática sobre la que versará esta sexta convocatoria será LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES. La igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la igualdad de derechos, el papel de la mujer en la sociedad actual frente al que desempeñan los hombres, las distintas responsabilidades que asumen hombres y mujeres, conciliación laboral, familiar y personal, corresponsabilidad familiar, etc.

Todas estas cuestiones pueden ser abordadas por las personas participantes, en forma de Cuento en el caso del alumnado de primaria y en forma de Cómic en el caso del alumnado de secundaria.

Se concederá un único premio por cada categoría, cuya financiación se hará con cargo a la partida 27.2314.48100 PAM 2930 del presupuesto para el ejercicio 2017 del Área de Igualdad de Oportunidades, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la convocatoria, los premios son los siguientes:

1.- CATEGORÍA PRIMARIA: Una PS VITA y un lote de libros coeducativos.
2.- CATEGORÍA SECUNDARIA: Una Tablet y un lote de libros coeducativos.

Los premios estarán sujetos a los impuestos y retenciones establecidos por las normas tributarias.

En ningún caso el premio podrá ser compartido por dos o más participantes.

CUARTA.- CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS

1.- Las obras serán originales e inéditas, no presentadas ni premiadas anteriormente en este u otros concursos y escritas en castellano.

2.- Las técnicas para la confección del Cómic serán libres. Pueden ser en color o blanco y negro, en formato Din A-4 con una extensión mínima de un folio y un máximo de cuatro (por una sola cara) y portada aparte.

3.- Los Cuentos se presentarán en formato de papel DIN A4, escrito a ordenador, el tamaño de la fuente será de 12 puntos, interlineado sencillo y 2cm de margen a derecha e izquierda, por una sola cara y con una extensión máxima de 8 folios. Podrán acompañarse de ilustraciones.

4.- Las obras premiadas pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, reservándose todos los derechos para su utilización, reproducción, edición, exhibición y difusión, haciendo mención a la autoría, sin que ello suponga remuneración alguna a la persona autora del cuento/comic, que se compromete (su padre/madre o tutor) a no reivindicar derechos de autor en las reproducciones que de su obra pudieran hacerse.

QUINTA.- PARTICIPACIÓN

La participación del alumnado se realizará a través de sus respectivos centros escolares, remitiendo las obras, sin firmar y sin ningún tipo de identificación, en un sobre cerrado en cuyo exterior se reflejará la categoría en la que se participa, el título de la obra y el nombre del colegio, con la siguiente leyenda: VI CONCURSO SOBRE IGUALDAD DE GENERO “CUÉLATE POR LA IGUALDAD”,
Dentro del mismo sobre se incluirá otro sobre con el título de la obra en el exterior y con la documentación que se refleja en el punto siguiente.

La televisión municipal ONDA AZUL, podrá grabar a los/as participantes en la categoría de primaria leyendo los cuentos con los que han participado en el concurso, grabaciones que serán emitidas en un programa de esta televisión, aún por determinar.

SEXTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

1.- Solicitud debidamente cumplimentada para participar en el concurso (ANEXO I).

SÉPTIMA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

La documentación requerida se presentará preferentemente en el Área de Igualdad de Oportunidades del Excmo. Ayuntamiento de Málaga sita en C/ Concejal Muñoz Cerván, nº 3 Módulo 3 segunda planta, 29003 Málaga, o bien a través de cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como los establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud del apartado 2, párrafo 2 de la Disposición Derogatoria Única de la Ley 39/2015.

El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

La participación en el concurso supone la plena aceptación de las presentes bases que podrán ser interpretadas por el Área de Igualdad de Oportunidades.

OCTAVA.- JURADO

El jurado estará presidido por la Directora General del Área de Igualdad de Oportunidades o persona en quien delegue, y estará integrado por profesionales expertos/as en género y por profesionales del mundo de la cultura y de los medios de comunicación. El fallo del jurado será inapelable y se notificará personalmente a las personas ganadoras.

Las deliberaciones del Jurado son secretas. El Jurado elegirá la obra ganadora en cada categoría y procederá a abrir el sobre que relaciona la obra con el/la autor/a para comprobar que se cumple con los requisitos legalmente establecidos para ser beneficiario/a del premio.

El fallo del jurado, que será inapelable, no creará derecho a favor de las personas premiadas propuestas hasta tanto en cuanto no se dicte Resolución por parte del órgano competente.

El premio podrá ser declarado desierto.

NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

Para la elección de las obras ganadoras el Jurado valorará el enfoque empleado y el mensaje que las obras presentadas transmitan en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la igualdad de derechos, el papel de la mujer en la sociedad actual frente al que desempeñan los hombres, las distintas responsabilidades que asumen hombres y mujeres, conciliación laboral, familiar y personal, corresponsabilidad familiar, etc.

También será objeto de valoración la originalidad de las obras, grado de construcción de la historia, redacción, la ejecución del dibujo en el caso de los cómics, así como aquellos otros elementos que en el momento de valoración el Jurado considere interesantes.

DÉCIMA.- PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS Y ÓRGANOS COMPETENTES PARA SU INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN.

La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de los premios recaerá sobre la Dirección del Área, y en su caso, por empleado público que designe el Teniente de Alcalde Delegado del Área de Derechos Sociales, Buen Gobierno y Transparencia.
www.escritores.org
Corresponde la resolución del procedimiento de concesión de los premios al Tte. Alcalde Delegado del Área de Derechos Sociales, Buen Gobierno y Transparencia, por delegación de la Junta de Gobierno Local, otorgada en sesión ordinaria de fecha 27 de enero de 2017.

El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de esta convocatoria según la legislación vigente. La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente, pudiendo no obstante, interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición.

La resolución del procedimiento se notificará por carta a las personas ganadoras de los premios y se procederá a la publicación del resultado en la página web del Área de Igualdad de Oportunidades.

UNDÉCIMA.- OBRAS NO PREMIADAS

La devolución de las obras no premiadas, y del resto de documentación presentada se realizará en el plazo máximo de dos meses desde la resolución, transcurrido el cual y no habiéndose retirado los trabajos, estos se destruirán.

DUODÉCIMA.- RESPONSABILIDADES

Las personas participantes en este concurso serán las exclusivas responsables con respecto a que no existan derechos de terceras personas sobre las obras que presenten a concurso, así como al efecto de solicitar el debido consentimiento a estos terceros.

Por tanto serán los responsables ante cualquier eventual reclamación que se realice, eximiendo al Excmo. Ayuntamiento de Málaga, así como al Área de Igualdad de Oportunidades de cualquier tipo de responsabilidad.

DÉCIMOTERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO.-

En todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, con carácter supletorio, las bases de ejecución del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento que la desarrolla, la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como cuantas normas de carácter general o procedimental resulten de aplicación.


Fuente y Solicitud de participación: www.malaga.eu/inter/visor_contenido2/SGTDocumentDisplayer/27243/DocumentoTramite27243




 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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