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XV BECA DE INVESTIGACIÓN "SERAPIO MÚGICA" SOBRE LA HISTORIA DE IRUN 2017 (España)
11:09:2017
Género: Investigación
Premio: Beca de 9.000 €
Abierto a: sin restricciones
Entidad convocante: Ayuntamiento de Irun
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 11:09:2017
BASES
CONVOCATORIA
1.- NORMATIVA REGULADORA
La presente convocatoria está regida por la normativa siguiente:
- Bases Generales reguladoras de la XV. Beca de Investigación "Serapio Múgica" sobre la historia de Irun, publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 112 de 13/06/2017.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo y demás normativa concordante
2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO
La cuantía de la beca otorgada será de 9.000 euros brutos.
Se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 1.0910.489.01.326.20 - Premios, becas y ayudas al estudio.
3. OBJETO
Es objeto de la presente convocatoria, la regulación del acceso y concesión de la “Beca de investigación Serapio Múgica sobre la Historia de Irun”, de carácter bienal.
El fin de esta ayuda es el fomento del hábito investigador en el campo de la Historia, así como impulsar los estudios de historia local referentes al municipio de Irun.
4.- REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO
Podrán optar a las ayudas establecidas todas las personas que presenten proyectos de investigación, originales e inéditos, que contribuyan al conocimiento del devenir histórico de la comunidad de Irun o a la recuperación de sus fuentes históricas, quedando a la entera libertad del autor tanto el área temática como el período cronológico objeto de la investigación.
Quedarán excluidas del ámbito de aplicación de esta beca las personas o entidades en las que concurran los motivos de exclusión establecidos en el artículo 4. de la Base General reguladora de esta Beca.
5.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
Concurrencia competitiva.
6. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL
El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros o personas en quien deleguen, que tengan la condición de autoridades públicas o de ser reconocidas personalidades vinculadas a la disciplina de la Historia:
• Delegado de Sociedad de la Información y Participación Ciudadana, quien actuará como Presidente del Tribunal. Si por razones inherentes a su cargo hubiera de excusar su presencia, habrá de hacerlo por escrito delegando sus atribuciones en cualquier cargo político o técnico adscrito al Ayuntamiento de Irun.
• Un representante de la Asociación Cultural irundarra Luis de Uranzu Kultur Taldea.
• Doctor/a en Historia adscrito/a la UPV-EHU.
• Doctor/a en Historia, Historiador-Investigador.
• Licenciados en Historia:
-Bibliotecario del Ayuntamiento de Hondarribia.
-Responsable del Archivo de Irun, quien actuará como Secretaria.
La designación nominal de los miembros del Tribunal se hará por Resolución del Alcalde de Irun, que será comunicada a los candidatos a los efectos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Este Tribunal quedará facultado para requerir de los aspirantes toda aquella información complementaria que considere necesaria para una perfecta comprensión de los proyectos de investigación presentados, así como, en su caso, la personación y explicación de la Memoria-Síntesis ante el propio Tribunal.
7.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, con fecha límite el 11 de septiembre de 2017.
8.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
La instrucción del procedimiento de concesión compete a la Dirección de Sociedad de la Información, Participación Ciudadana y Barrios. La resolución del procedimiento de concesión es competencia del Alcalde-Presidente, previo informe de la Comisión de Valoración.
Dicha resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de su notificación, o bien impugnarse directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la fecha de su notificación, todo ello con independencia de cualquier otro que se estime oportuno.
El Tribunal Calificador, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la Base general, emitirá su fallo en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de finalización de admisión de solicitudes. Dicho fallo será comunicado a los interesados.
El Tribunal Calificador queda facultado para la interpretación de las presentes bases, así como para la resolución de cuantas incidencias no previstas explícitamente en las cláusulas precedentes pudieran presentarse en el desarrollo de la convocatoria, pudiendo declarar desierto el premio si así lo considerara apropiado.
El beneficiario deberá comunicar por escrito la aceptación de la Beca en un plazo máximo de veinte días a partir de la fecha de comunicación de la concesión de la misma.
9.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud, acompañada de los datos y documentación complementaria correspondiente, se presentará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Irun www.irun.org/sac o por cualquiera de los medios establecidos en la legislación vigente sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación electrónica de la solicitud deberá ser realizada por el representante de la entidad solicitante. Dicha representación se acreditará mediante:
- un certificado electrónico que le acredite como tal, o
- la previa inscripción en el Registro de Representantes del Ayuntamiento de Irun.
Para la presentación de la solicitud de forma electrónica, la solicitud deberá firmarse utilizando alguno de los sistemas de firma electrónica contemplados en el art. 11 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (DNIe, Certificados electrónicos de IZENPE ó FNMT, IrunTxartela…).
10.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- Memoria-Síntesis del proyecto de investigación (máximo 20 folios) en la que especifiquen las directrices básicas del mismo, la metodología y unidades analíticas, así como las fuentes e idioma en que se presentará el trabajo. Deberá presentarse obligatoriamente en soporte digital.
- Currículum vitae de los candidatos, especificando los siguientes extremos:
• Formación (titulaciones, idiomas, másteres, cursos de postgrado...)
• Experiencia Laboral (trabajos, publicaciones, premios, otras becas...)
Se deben aportar los documentos justificativos de dichos méritos, así mismo, en soporte digital.
- Justificante acerca de la situación laboral del solicitante.
- Declaración responsable y autorización de consulta de datos, conforme al modelo general para la solicitud de subvenciones al Ayuntamiento de Irun, que se adjuntará como Anexo a la correspondiente convocatoria. (Este documento no es necesario si la presentación se realiza a través de la Sede Electrónica).
Si la documentación presentada por la persona solicitante fuese incompleta o no reuniese los requisitos exigidos en las presentes Bases, se le requerirá para que en un plazo de diez días hábiles subsane los defectos formales o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose la solicitud sin más trámite, de acuerdo con la normativa vigente.
11.- ESTRUCTURA DE PAGOS DE LA AYUDA
El abono de la ayuda se efectuará, previos los trámites administrativos oportunos, de la siguiente forma:
- El 30% del importe total, en el momento de la concesión de la beca, en concepto de anticipo.
- El 30% del importe total, a la mitad del período de concesión de la beca y previa presentación de una memoria explicativa del trabajo realizado y del que se vaya a realizar hasta el final del período de la ayuda.
- El 40% restante, al final de la vigencia de la beca y previa presentación de los resultados.
A la vista de la naturaleza de la labor investigadora que se pretende impulsar y de las especiales características de los beneficiarios, siempre una persona física, se considera innecesaria la prestación de garantía por parte del mismo por los abonos realizados como anticipo, sin perjuicio de lo dispuesto sobre reintegro de subvenciones en la normativa vigente para el caso de incumplimiento de sus obligaciones por el beneficiario.
12.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA / ENTREGA DEL TRABAJO
www.escritores.org
El trabajo definitivamente concluido, redactado en euskera o castellano, deberá ser entregado a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Irun (www.irun.org/sac) o presencialmente -en soporte informático- en el Servicio de Atención Ciudadana (C/ San Marcial, 2), con fecha límite el día 31 de octubre de 2018.
El trabajo deberá ir acompañado de un resumen y de una selección de descriptores que ofrezcan una idea clara acerca de su contenido y permitan su inserción en bases de datos documentales.
Si por causa excepcional el autor hubiera de modificar sustancialmente su investigación o previera la imposibilidad de dar por concluida la misma en los plazos prefijados, deberá ponerlo en conocimiento del Servicio de Archivo, a través de solicitud debidamente razonada. En esta tesitura, se procederá a convocar nuevamente al Tribunal Calificador el cual, valorando las circunstancias concurrentes, procederá a estimar o desestimar las modificaciones o prórrogas, fijando, en su caso, el nuevo plazo de entrega.
13.- PUBLICIDAD/COMUNICACIÓN.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información relativa a:
• las bases reguladoras de esta Beca,
• la convocatoria,
• el programa y crédito presupuestario al que se imputan, y
• el objeto o finalidad de la Beca.
Igualmente, una vez resuelta la convocatoria, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre:
• el beneficiario o beneficiarios,
• el importe de las ayudas otorgadas y efectivamente percibidas, y
• en su caso, las resoluciones de reintegro y/o de sanciones impuestas.
Fuente y Declaración Responsable: www.irun.org/cod/subvenciones/beca.asp?idioma=1&from=buscador&clave=711
Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.