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2ª CONVOCATORIA AYUDAS DE DOCUMENTACIÓN E INVESTIGACIÓN DE PROYECTOS DE CREACIÓN AUDIOVISUAL (España)
14:09:2015
Género: Guion
Premio: 2.000 euros
Abierto a: autores socios de la SGAE
Entidad convocante: Fundación SGAE
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 14:09:2015
BASES
Bases de las ayudas a la fase de documentación e investigación de proyectos de creación audiovisual
2ª Convocatoria 2015
En esta segunda convocatoria se concederán un mínimo de 5 ayudas por una cuantía máxima cada una de 2.000 euros (impuestos incluidos)
Primera: solicitantes
La Fundación SGAE estudiará las solicitudes de ayudas presentadas por autores socios de la SGAE que desarrollen su actividad principal en el campo de escritura de guiones o dirección audiovisual tanto para cine como para televisión. Así, tendrán cabida las propuestas que se enmarquen en las distintas corrientes de dirección/realización y escritura de guiones para largometrajes y cortometrajes de cine o de series televisivas, tv movies, etc.
Un autor no podrá recibir, en el conjunto de ayudas ofrecidas por la Fundación SGAE, más de una ayuda en el mismo año, con la única excepción de las ayudas recibidas en concepto de Ayudas a viajes para la promoción internacional, cuya recepción sí es compatible con la de otras ayudas.
Segunda: tipología de los proyectos
Serán susceptibles de participar en esta convocatoria los proyectos de creación enviados por autores socios de la SGAE (ver cláusula Primera) que necesiten para su desarrollo labores previas de documentación o investigación.
El proyecto deberá ser presentado acompañado de una descripción del mismo, especificando los trabajos detallados en materia de documentación o investigación necesarios para el proceso de creación. El proyecto debe realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015.
Un mismo proyecto no podrá ser presentado en más de una convocatoria de las convocadas por Fundación SGAE.
Tercera: aportación de la Fundación SGAE
La cuantía máxima atribuible a cada solicitud no podrá superar los 2.000 € (impuestos incluidos). El pago se realizará conforme a lo establecido en la clausula octava de estas mismas Bases, mediante un documento de pago vinculado al convenio y aplicando las oportunas retenciones de IRPF.
Cuarta: documentación
Las solicitudes deberán contener la siguiente documentación:
1. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
2. Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte.CV del solicitante.
3. Descripción del proyecto de creación para el que se solicita la ayuda y cronograma.
4. Presupuesto detallado de costes.
5. Certificación de la colaboración de otras entidades, en su caso.
6. Otra documentación adicional.
Quinta: criterios de evaluación
Para la evaluación de los proyectos recibidos, se valorarán especialmente aquellos aspectos recogidos en el Plan Director de la Fundación SGAE, entre los que podemos destacar, a estos efectos, los siguientes:
1. Facilitar la relación de la autoría con el conjunto de la sociedad, promover la pedagogía social sobre el derecho de autor e impulsar el acceso a la cultura.
2. Fomentar las nuevas expresiones artísticas y los proyectos multidisciplinares en el conjunto del repertorio sobre el que trabaja la Fundación SGAE.
3. Colaboración con otras instituciones y organizaciones.
4. Fomento de la participación de las autoras.
Además, se tendrá en cuenta la viabilidad del proyecto acorde a los presupuestos presentados, la potencial repercusión socio-cultural del mismo y la eficiencia en la aplicación de los recursos aportados, si fuera el caso, por estas ayudas.
Sexta: presentación de solicitudes y plazo
1. El formulario de solicitud estará disponible en la web de la Fundación SGAE www.fundacionsgae.org. Deberá usarse el formato electrónico del formulario, siendo necesario rellenar todos los campos. La Fundación SGAE acusará recibo de todas las solicitudes. Las solicitudes que no aporten la documentación solicitada en las presentes Bases tendrán un plazo máximo de quince días para la subsanación desde la notificación correspondiente.
2. El plazo de presentación de las solicitudes para la segunda convocatoria 2015 de ayudas a la documentación e investigación de proyectos de creación audiovisual se iniciará el viernes 10 de julio y se mantendrá abierto hasta las 24:00 del lunes 14 de septiembre. Las solicitudes recibidas fuera de dicho plazo serán desestimadas.
Séptima: procedimiento y resolución de solicitudes
1. Un Comité de Evaluación, designado por el Patronato de la Fundación SGAE, se encargará de estudiar y evaluar las solicitudes que cumplan los requisitos indicados en estas Bases.
2. El Comité decidirá la concesión de las ayudas y su resolución será comunicada a todos los interesados por escrito.
3. La resolución del Comité será inapelable.
4. En el supuesto de resolución positiva por parte del Comité la documentación aportada pasará a formar parte inseparable del convenio que se suscribirá entre las partes y no se devolverá mientras dicho convenio esté vigente.
Octava: formalización de la colaboración
La Fundación SGAE y el solicitante cuyo proyecto haya sido aprobado, suscribirán un convenio de colaboración específico que habrá de contener, necesariamente, las Bases establecidas en el presente documento y la información que enumeramos a continuación, a título enunciativo:
1. Derechos y obligaciones de cada una de las partes.
2. Plazo de inicio y finalización del proyecto.
3. Importe de la ayuda concedida.
4. Forma de pago.
5. Seguimiento del proyecto (informe, evaluación, material donde se incluya la imagen corporativa de la Fundación SGAE y memoria final).
El convenio será formalizado con el solicitante de la ayuda, que debe cumplir con lo expuesto en la clausula primera de estas Bases.
Novena: deber de confidencialidad y protección de datos personales
Todos los datos personales que las partes suministren en la gestión del proyecto tienen carácter confidencial y no podrán ser revelados a terceros ni utilizados para fines distintos a los establecidos, salvo las excepciones establecidas por la legislación vigente. Los datos, que voluntariamente faciliten, se incorporarán en un fichero cuyo responsable es Fundación SGAE, que será notificado al Registro General de Protección de Datos de la AEPD. El titular del Derecho Fundamental a la Protección de Datos Personales cuenta con los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición. Para ejercerlos puede dirigirse por escrito a: Fundación SGAE, a la atención del Director General, calle Bárbara de Braganza, 7, 28004 Madrid. Fundación SGAE presume que los datos facilitados por el afectado son veraces y responden a su situación actual. El afectado se obliga a comunicar su modificación desde el momento en que se produzca.
Décima: normas generales
1. El solicitante incluirá el logotipo de Fundación SGAE en la promoción que realice del proyecto, tales como publicidad, carteles, catálogos, folletos y otros análogos.
2. La presentación de la solicitud por parte del solicitante implica la aceptación tácita de éste de las condiciones y Bases establecidas en el presente documento y conlleva la autorización del solicitante para que la Fundación SGAE pueda difundir información de la ayuda prestada en sus Memorias y demás publicaciones.
3. El solicitante exime a Fundación SGAE de cualquier responsabilidad derivada de cualquier transgresión de la legislación vigente en que pudiera incurrir el solicitante respecto de la realización y desarrollo del proyecto.
4. Fundación SGAE no adquiere, en virtud de este contrato, ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria en relación con la realización y desarrollo del proyecto distinta de la aportación concedida.
5. La legislación aplicable al presente documento es la española y las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid capital, renunciando al fuero que pudiera corresponderles.
www.escritores.org
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Fuente
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.